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Participantes |
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Podrán participar en esta licitación, las personas naturales o jurídicas chilenas o extranjeras constituidas en Chile que, actuando individualmente o a través de una Unión Temporal de Proveedores, y al momento de la presentación de la oferta, NO hayan sido condenadas por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador o por los delitos concursales establecidos en el Código Penal, en los últimos dos años, a contar de la fecha de presentación de ofertas (numeral 3.3 de estas BA). Para este efecto, deberán presentar los siguientes documentos, según sea el caso:
• Proveedores inscritos en Registro de Proveedores de la Dirección de Compras y Contratación Pública que no tengan subidas estas declaraciones en el Portal: Deben presentar declaraciones juradas de los Anexos Nºs 1, 4 y 5 (Declaraciones Juradas Simples), firmadas por quien o quienes tengan facultades para representar al respectivo proponente, tanto para ofertar, así como también, para suscribir contratos, en el caso de resultar adjudicado.
• Proveedores inscritos en Registro de Proveedores de la Dirección de Compras y Contratación Pública que tengan disponibles las declaraciones juradas en el Portal: No deberán presentarlas.
Las UTP deberán estar constituidas mediante escritura pública, contener las menciones mínimas establecidas en el artículo 180 del Decreto Supremo del Ministerio de Hacienda Nº 661/24 y cumplir con el resto de los requisitos legales y reglamentarios.
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Forma de cotización |
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Las ofertas y sus antecedentes, se deberán subir al portal www.mercadopublico.cl, en las fechas que se identifican en el numeral 3 “Etapas y plazos” de las presentes bases de licitación. Para el caso que los archivos se encuentren dañados y/o no pueden ser visualizados, la oferta será declarada inadmisible, lo que constará en el acta de evaluación correspondiente junto con su debido respaldo. Asimismo, las ofertas y sus antecedentes no podrán ser confeccionados en forma manuscrita y deberán presentarse en idioma español, sin perjuicio de los términos técnicos que en su concepto, denominación y/o aplicación se utilicen en idioma inglés u otro.
Para presentar la oferta en el portal www.mercadopublico.cl y para asegurar la visibilidad de la oferta, los participantes deberán ingresar los documentos solicitados en estas bases, de acuerdo a los siguientes software: Documentos en formato PDF, documentos de texto compatibles con Microsoft Word o formato imagen JPEG”
El oferente deberá tener presente el tiempo suficiente para subir los antecedentes y las siguientes condiciones:
a. LAS OFERTAS (ANEXOS NºS 1 AL 5) DEBEN EMANAR DE QUIEN O QUIENES TENGAN FACULTADES PARA REPRESENTAR AL RESPECTIVO PROPONENTE, TANTO PARA OFERTAR, ASÍ COMO TAMBIÉN, PARA SUSCRIBIR CONTRATOS, EN EL CASO DE RESULTAR ADJUDICADO.
b. Los oferentes deberán presentar sus ofertas, solamente, ingresándolas en el Portal, dentro del plazo señalado en el numeral 3.3 de las presentes BA, de lo contrario, no serán considerados en el proceso de licitación, salvo lo señalado en el artículo 115, numeral 2, del D.S. N°661/2024, del Ministerio de Hacienda.
c. En el caso de que existan diferencias entre el valor precio neto de la oferta del Anexo Nº 2 y el precio ofertado en el Comprobante de Oferta que el oferente ingrese en el portal Mercado Público, prevalecerán los señalados en el Anexo Nº 2, salvo que exista un error evidente, como por ejemplo, incluir IVA si no se ha solicitado.
d. Los oferentes que se unen temporalmente para presentar ofertas, determinarán qué antecedentes presentarán para ser considerados en la evaluación señalada en el numeral 6 de estas bases, siempre y cuando lo anterior no signifique ocultar información relevante para la ejecución del respectivo contrato que afecte a alguno de los integrantes de la misma (Artículo 181, inciso 2º, Decreto Supremo Nº 661/2024, del Ministerio de Hacienda).
e. Los archivos de cada oferente que se encuentren subidos en el Portal, serán descargados al momento de la apertura electrónica de las ofertas, por ende se solicita identificar los archivos de los formularios anexos con los nombres señalados en estas bases, con el fin de facilitar el proceso.
f. Las ofertas deberán considerar los elementos y antecedentes señalados en las presentes bases de licitación. Serán de exclusivo cargo de los oferentes, todos los costos directos e indirectos asociados a la preparación y presentación de los antecedentes exigidos en las bases, no siendo la Dirección de Vialidad Región Metropolitana, en ningún caso, responsable de estos.
g. En la etapa de apertura electrónica, la Dirección de Vialidad Región Metropolitana recibirá todas las ofertas ingresadas al Portal, las que serán derivadas a los revisores de ofertas, quien deberá verificar el cumplimiento de los requisitos establecidos en las presentes BA, BT y Anexos.
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Plazo de validez de la oferta |
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Las ofertas deberán tener una validez mínima de 60 días corridos, contados desde la fecha de cierre de recepción de ofertas de la licitación, en el portal www.mercadopublico.cl.
Durante el período de vigencia de las ofertas, la Dirección de Vialidad Región Metropolitana deberá resolver acerca de la adjudicación de la presente licitación. Si este hecho no ocurre dentro del plazo señalado, los oferentes podrán revalidar sus ofertas por el plazo que para el efecto establezca la Dirección de Vialidad Región Metropolitana
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Precios y Monedas |
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Los precios presentados por los oferentes en el Portal Mercado Público se cotizarán en Pesos Chilenos, NETOS sin IVA y no tendrán ningún tipo de reajuste ni variación, incluyendo el valor de fletes, seguros, gastos generales y cualquier otro gasto que sea requerido para ejecutar el servicio en las condiciones presentadas por las presentes Bases de Licitación.
Solo se aceptará una oferta por oferente, en los casos en que un oferente presente más de una oferta, los revisores de ofertas revisarán sólo la que resulte más conveniente para el Servicio, los motivos de esta decisión quedarán establecidos en el Acta de Evaluación de Ofertas correspondiente.
Asimismo, y en virtud al artículo 60 del D.S. N°661 de 2024, del Ministerio de Hacienda, se declarará inadmisible una o más ofertas cuando se presentaren simultáneas respecto de un mismo bien o servicio por parte de empresas pertenecientes al mismo grupo empresarial o relacionadas entre sí, según dispone el artículo 9 de la Ley de Compras. En este caso, se considerará para efectos de la evaluación de la licitación pública, solo la oferta más conveniente de los respectivos proveedores del mismo grupo empresarial o relacionadas entre sí, según los criterios establecidos en las Bases, y declarará inadmisibles las demás.
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Inspector Fiscal |
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Para la presente contratación, actuarán como Inspectores Fiscales , los Jefes de las Plazas de Pesaje de Curacaví y El Monte o sus subrogantes respectivamente funcionarios y en la contraparte técnica de la Dirección Regional de Vialidad Metropolitana, quienes serán los encargados de supervisar los trabajos de reparación y mantención en las dependencias correspondientes, además velarán por el fiel cumplimiento del servicio contratado y visar documentación de pago en señal de recepción conforme de las reparaciones y mantenciones realizadas. En caso de ausencia será el funcionario que se lo subroga, en cada Plaza de Pesaje, siendo responsables de cumplir las mismas funciones de los Inspectores Fiscales Titulares, ya señalados.
La Empresa deberá contactarse con los Inspectores Fiscales, según corresponda, para coordinar día, hora y lugar en donde se efectuarán las reparaciones y posteriormente las mantenciones del servicio contratado.
Durante la vigencia del contrato, la Inspección Fiscal que corresponda, exigirá la certificación o acreditación documentada del cumplimiento de las obligaciones laborales y previsionales respecto de sus trabajadores, quedando la Dirección de Vialidad Región Metropolitana facultada, en caso de detectarse incumplimientos, para poner término anticipado al contrato.
La documentación antes mencionada deberá ser enviada por el adjudicatario, para revisión y posterior envío a pago de las facturas, siempre y cuando cumpla con toda la documentación, de lo contrario las facturas serán reclamadas al Servicio de Impuestos Internos.
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Evaluación de antecedentes y aceptación de la oferta |
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Las Ofertas serán evaluadas por al menos un funcionario de la Dirección de Vialidad Región Metropolitana, del Ministerio de Obras Públicas. Dicho acto será publicado con anterioridad a la fecha de cierre de presentación de ofertas, en el Sistema de Información, www.mercadopublico.cl.
Asimismo, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 35 nonies de la Ley N°19.886, cada revisor de oferta, deberá suscribir una declaración jurada en la que declare expresamente la ausencia de conflictos de intereses en el proceso licitatorio y se obligue a guardar confidencialidad en relación al proceso de evaluación. Las respectivas declaraciones juradas, se adjuntarán en los documentos del proceso de compra que se publiquen en el Sistema de Información.
9.7.1. Procedimiento de Evaluación
a. Los Revisores de ofertas recibirán todas las ofertas y sus antecedentes ingresados al Sistema de Información, para su revisión y evaluación de conformidad a las presentes BA y BT o por corresponder a empresas relacionadas o pertenecientes a un mismo grupo empresarial, en conformidad al artículo 60 del D.S. de Hda N° 661/2024.
b. Los Revisores propondrán declarar inadmisibles:
• Las ofertas que no cumplan con la presentación de la documentación señalada en el numeral 4 de estas bases de licitación, salvo los anexos N° 1 por su carácter opcional y anexo N°5, por corresponder a un criterio de evaluación. En el caso de las UTP, además de lo señalado, debe incluir los documentos públicos o privados mediante los cuales se da cuenta de la unión.
• Las ofertas que contengan archivos que se encuentren dañados y/o no pueden ser visualizados.
• Las ofertas y/o antecedentes confeccionados en forma manuscrita.
• Las ofertas riesgosas o temerarias, según lo establecido en el artículo 61 del D.S. de Hda N° 661/2024.
c. Los Revisores propondrán declarar desierta la licitación, conforme a lo señalado en el art. 9 de la Ley Nº 19.886, en los siguientes casos:
• Cuando no se presenten ofertas, o;
• Cuando las ofertas que se presenten no resulten convenientes a los intereses del Servicio.
Los fundamentos de esta decisión se incluirán en el Acta de Evaluación de Ofertas correspondiente, el cual deberá contener las materias señaladas en el artículo 57 del D.S. de Hda N° 661/2024.
d. Los Revisores efectuarán la evaluación técnica y económica de las ofertas, aplicando los criterios definidos en el numeral 9.7.2 de las presentes BA.
e. Los Revisores rechazarán las ofertas que NO cumplan con los requisitos mínimos establecidos en las BA y BT, proponiendo su inadmisibilidad, conforme a lo señalado en el artículo 54 del D.S. de Hda N° 661/2024.
f. Los Revisores tendrán el plazo señalado en el numeral 3.8 de las presentes BA, para presentar el Acta de Evaluación de las Ofertas ingresadas en el Sistema de Información, proponiendo la adjudicación, de conformidad a lo establecido en las BA y BT, a la oferta más conveniente para el interés del Servicio, y que haya obtenido el mayor puntaje final.
9.7.2. Factores de Evaluación
Para la proposición de adjudicación de la licitación, las ofertas serán evaluadas, técnica y económicamente, de conformidad a la siguiente ponderación y a los factores y puntajes que se precisan a continuación:
a. Oferta económica: 50%
b. Plazo de entrega del servicio de reparación : 20%
c. Servicio post venta (Garantía por los trabajos): 15%
d. Ética empresarial: 5%
e. Cumplimiento de Requisitos Formales: 5%
f. Sustentabilidad 5%
El puntaje ponderaciones indicadas precedentemente y en el caso de existir decimales en el resultado será aproximado hasta el número entero superior.
El puntaje final resultará al sumar el puntaje obtenido por cada factor descrito, aplicadas las
El puntaje final resultará al sumar el puntaje obtenido por cada factor descrito, aplicadas las ponderaciones indicadas precedentemente y en el caso de existir decimales en el resultado será aproximado hasta el número entero superior.
a) Puntaje por Evaluación Oferta Económica : 50 %
El o los Revisores de Ofertas, analizarán el precio que presenten las ofertas en el Anexo N°2 Oferta Económica, otorgándole puntaje al oferente, de acuerdo a la siguiente fórmula:
(Precio Mínimo Ofertado / Precio de la Oferta) x 100 x 0.50
b) Puntaje por Plazo de entrega: 20 %
El o los Revisores de Ofertas, analizarán el plazo de entrega que presenten las ofertas, para la etapa de Servicio de Reparación de sistema bombas en Estaciones 12 y 34 de las Plazas de Pesaje Curacaví y El Monte (sin incluir mantenciones), que se detallan en el Anexo N°3 Oferta Técnica otorgándole puntaje al oferente, de acuerdo a la siguiente fórmula:
(Cantidad Mínima días Ofertados / Días Ofertados) x 100 x 0.20
c) Puntaje por Servicio Post Venta (Garantía del Servicio entregado): 15 %
El o los Revisores de Ofertas, analizarán el Servicio Post Venta de acuerdo a la garantía indicada en el Anexo N°3 Oferta Técnica otorgándole puntaje al oferente, de acuerdo a la siguiente fórmula:
(Cantidad de Meses Ofertados / Cantidad Máxima Meses Ofertados) x 100 x 0.15
Cabe indicar que las especies y servicio adjudicado deben contar con una garantía no inferior a los 8 meses, contado desde la recepción conforme del servicio. Garantías menores a 8 meses serán declaradas inadmisibles.
Para hacer efectiva la garantía, se notificará al proveedor adjudicado del hecho que se considere como parte de la falla, mediante oficio notificado al domicilio del proveedor y al mail registrado en el contrato. En dicho instrumento, se informará el plazo que el proveedor tendrá para reparar las especies defectuosas, el cual no debe exceder de los 5 días hábiles dependiendo de la criticidad del daño, el lugar desde el cual deberán ser retiradas y el plazo de reposición de las especies, en caso que se opte por ella.
En esta materia regirá lo establecido en la Ley N° 19.496, que establece Normas sobre Protección de los Derechos de los Consumidores. Se deja expresa constancia que, se aplicará íntegramente lo establecido en la presente ley y especialmente el derecho contenido en el artículo N° 20 del citado cuerpo legal, el cual establece que: “En los casos que se indican en la referida norma, sin perjuicio de la indemnización por los daños ocasionados, el consumidor podrá optar entre la reparación gratuita del bien o previa restitución, su reposición o la devolución de la cantidad pagada”.
d) Evaluación Programa de integración y ética empresarial: 5 %
El oferente deberá acompañar junto a su oferta la Declaración Jurada Simple (ANEXO N°5), que indique que tiene programas de integridad y ética empresarial, los cuales sean efectivamente conocidos y aplicados por su personal, y debiéndose adjuntar estos programas; en conformidad al artículo 17 del D.S. N°661 de 2024, del Ministerio de Hacienda.
El puntaje, se asignará de la siguiente forma:
EXPERIENCIA Puntaje Máximo
Presenta Declaración Jurada Simple, acreditando que cuenta con programas de integridad y ética empresarial. Acompaña junto a los anexos subidos al portal programas de integridad y ética empresarial 5 %
No Presenta Declaración Jurada Simple y/o programas de integridad y ética empresarial y/o No acompaña junto a los anexos subidos al portal programas de integridad y ética empresarial 0 %
Para evaluar el programa de integridad y ética empresarial, el oferente deberá enviar la Declaración Jurada Simple (ANEXO N° 5), que indique que tiene programas de integridad y ética empresarial, los cuales sean efectivamente conocidos y aplicados por su personal, y debiéndose adjuntar estos programas; en conformidad al artículo 17 del D.S. N°661 de 2024, del Ministerio de Hacienda.
Se entenderá por programas de integridad cualquier sistema de gestión que tenga como objetivo prevenir y si resulta necesario, identificar y sancionar las infracciones de leyes, regulaciones, códigos o procedimientos internos que tienen lugar en una organización, promoviendo una cultura de cumplimiento.
En el caso de que una oferta sea presentada por una UTP, para la asignación de puntaje, la totalidad de los integrantes deben cumplir con lo requerido previamente.
Nota: El oferente que presente Declaración Jurada Simple indicando NO tener Programas de Integridad y ética empresarial, será declarado INADMISIBLE
e) Puntaje por Cumplimiento de requisitos formales: 5 %.
Los Revisores de Ofertas, asignarán puntaje de la siguiente forma:
DESCRIPCIÓN PUNTAJE
Cumple con entregar antes del cierre de recepción de ofertas en la licitación, Anexos y documentos legales que correspondan a su oferta. 5 %
Cumple con entregar después, según los plazos establecidos en el punto de las Bases, o entrega de forma parcial la documentación solicitada 0 %
NOTA: En caso de que el oferente no entregue algún documento o la información solicitada a través del foro inverso del Portal Mercado Público, su oferta será declarada inadmisible. En caso contrario, tendrá cero puntos en el criterio “Cumplimiento de requisitos formales”. La oferta que no cumpla con las características mínimas establecidas en las bases, no se evaluará y se propondrá su inadmisibilidad.
f) Puntaje por Certificación de sustentabilidad: 5%
El proveedor deberá completar en ANEXO CRITERIO SUSTENTABLE y subir las certificaciones correspondientes VIGENTES, con el fin de verificar la información entregada y se asignará puntaje de acuerdo a la siguiente tabla:
CRITERIO PUNTAJE
El oferente cuenta con certificaciones de sustentabilidad para proveedores, tales como HuellaChile, Acuerdos de Producción Limpia (APL), Sello Empresa Mujer o ProPyme, etc., en estado VIGENTE 5 %
El oferente NO cuenta con certificaciones de sustentabilidad para proveedores, tales como HuellaChile, Acuerdos de Producción Limpia (APL), Sello Empresa Mujer, ProPyme, etc., o No se encuentran vigente. 0 %
NOTA: En caso de que el oferente no entregue algún documento o la información solicitada a través del foro inverso del Portal Mercado Público, su oferta será declarada inadmisible. En caso contrario, tendrá cero puntos en el criterio “Cumplimiento de requisitos formales”. La oferta que no cumpla con las características mínimas establecidas en las bases, no se evaluará y se propondrá su inadmisibilidad.
9.7.3. Calificación final de la oferta:
La calificación final del proceso de evaluación de cada oferta será el resultado de aplicar la siguiente fórmula:
Puntaje Final = Puntaje Oferta Económica + Puntaje Oferta Técnica + Puntaje Programa de integración y ética empresarial + Certificación de sustentabili-dad + Cumplimiento de requisitos formales
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Contacto en etapa de evaluación de ofertas |
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En conformidad al artículo 56 del D.S. N°661 de 2024 del Ministerio de Hacienda, durante la etapa de evaluación la Entidad licitante podrá solicitar a los oferentes:
1. Salvar los errores u omisiones formales en que ha incurrido. No se considerará error formal errores en el precio de la oferta.
2. La presentación de certificaciones o antecedentes que hayan omitido presentar al momento de efectuar la oferta, siempre que dichas certificaciones o antecedentes se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar ofertas; y,
3. La presentación de certificaciones o antecedentes que se refieran a situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas y el periodo de evaluación de éstas.
Las rectificaciones de los errores u omisiones detectados por la Dirección de Vialidad Región Metropolitana, no podrán conferir una situación de privilegio respecto de los demás competidores, dado que se afectará el principio de igualdad de los oferentes.
Las aclaraciones se solicitarán a través del Portal y las respuestas se harán por el mismo medio, referidas solamente a los puntos solicitados en el plazo de 2 días hábiles, contados desde efectuado el requerimiento.
Desde la fecha de publicación en el Portal de la resolución que designa a los Revisores de Ofertas y hasta la adjudicación, éstos solo podrán mantener contacto con los oferentes de la licitación, para los efectos de la solicitud de aclaraciones y antecedentes que estos pudiesen requerir durante la evaluación y que hubiesen sido previstas en las bases, ésta se realizará por medio del encargado del proceso de compra correspondiente, quien a su vez gestionará el requerimiento a través del módulo disponible en el Portal Mercado Público, quedando absolutamente prohibido cualquier otro tipo de contacto. Asimismo, sus integrantes no podrán tener contacto con terceros, referidos a esta licitación ni recibir donativos.
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Derecho a desestimar las ofertas |
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La Dirección de Vialidad Región Metropolitana se reserva el derecho de desestimar o desechar cualquiera de las ofertas, cuando estas superen el 30% del monto estimado de la contratación, si así conviniera al interés fiscal. Los fundamentos de esta decisión se incluirán en el acta de evaluación de ofertas correspondiente. En tal caso, el oferente no podrá reclamar indemnización alguna en contra de la Dirección de Vialidad Región Metropolitana.
En caso de desestimar las ofertas o declarar desierto el proceso, la autoridad competente de la Dirección de Vialidad Región Metropolitana dictará una resolución fundada, la que será publicada en el Portal Mercado Público.
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Derecho a variación de cantidades |
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La Dirección de Vialidad Región Metropolitana se reserva el derecho a disminuir o aumentar las cantidades originalmente solicitadas durante la vigencia del contrato, sin embargo, ésta variación no podrá superar el 30% del precio total IVA incluido del total de la oferta, cualesquiera sean sus montos, precios y condiciones. Si al aplicar el porcentaje indicado, resulta una cifra con decimales, se asumirá la unidad superior correspondiente. Tal variación no podrá significar una alteración del precio unitario y solo podrá realizarse en la medida en que se configuren las situaciones que se detallan a continuación:
• Para evaluar la procedencia de la modificación, se requerirá un informe en el cual el Inspector Fiscal correspondiente, exponga a autoridad contratante, todos los argumentos por los cuales se justifica técnica y/o económicamente la variación del requerimiento original.
• Cuando la variación implique recursos adicionales, el informe señalado en el punto precedente deberá contener la factibilidad de recursos, validada y formalizada por la Unidad de Gestión Presupuestaria.
• La Autoridad Contratante, en base al informe presentado, emitirá la conformidad o rechazo de la variación de cantidades solicitadas, dejando registro en el mismo Informe de su decisión.
• En el caso que las variaciones sean autorizadas, se procederá a formalizar mediante resolución fundada
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Adjudicación de la licitación |
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La adjudicación de la licitación se materializará mediante resolución fundada de la Dirección de Vialidad Región Metropolitana. Formarán parte integrante de esta resolución, dado que son antecedentes que sirven de fundamento a las bases: las presentes BA, BT y Anexos; las ofertas presentadas por los oferentes y sus aclaraciones, si las hubiere.
La adjudicación de la licitación corresponderá a la oferta más conveniente para el interés del Servicio y que haya obtenido el mayor puntaje final, pudiendo no ser necesariamente la de menor precio ofertado. Los fundamentos de la decisión se basarán en el acta de evaluación de ofertas, en lo que corresponda.
El oferente adjudicado deberá acreditar la inscripción en el Registro de Proveedores a cargo de la Dirección de Compras y Contratación Pública, antes de suscribir el contrato señalado en el numeral 3.7 de las presentes BA. Cuando se trate de una UTP, cada oferente adjudicado que conforme esa Unión, deberá acreditar la inscripción precitada.
ES IMPORTANTE SEÑALAR QUE, NO SE CONTRATARÁ LA OFERTA DE AQUEL OFERENTE QUE SE ENCUENTRE INHABILITADO PARA CONTRATAR CON LAS ENTIDADES QUE CONFORMAN LA ADMINISTRACIÓN DEL ESTADO.
9.12.1. Situaciones en que la adjudicación queda sin efecto
En las siguientes situaciones, se dejará sin efecto la adjudicación:
a) En caso de que el proveedor se desista de firmar el contrato
b) En caso de que el proveedor no acepte o rechace la orden de compra.
c) En caso de incumplimiento del pacto de integridad.
d) Si el oferente adjudicado NO acreditase su inscripción en el Registro de Proveedores de la Dirección de Compras y Contratación Pública, www.mercadopublico.cl, en el plazo establecido en las presentes BA.
e) Si el oferente adjudicado correspondiese a una UTP y uno o más de sus integrantes, en forma individual, NO acreditasen su inscripción en el Registro anteriormente señalado.
Lo anterior, no se aplicará en el caso de que la UTP decida excluir al integrante proveedor no inscrito del presente proceso de Licitación Pública, y desee continuar con los restantes proveedores hábiles, no obstante lo anterior, la oferta presentada deberá mantenerse en los mismos términos. Esta comunicación se hará mediante la presentación de la modificación al documento público o privado, en el plazo máximo de 5 días hábiles, contados desde la notificación de la adjudicación.
f) Si el oferente adjudicado NO cumpliese con los requisitos para contratar, establecidos en el numeral 5 de las presentes BA.
g) Por la no entrega de los antecedentes requeridos para la elaboración del contrato, de acuerdo con las presentes bases.
h) En caso de que el proveedor adjudicado no presente garantías exigidas en punto 8 de las presentes BA, en caso de que hayan sido requeridas
i) Por la presentación de una oferta no fidedigna, manifiestamente errónea o conducente a error
j) En general, por incumplimiento de cualquiera de las obligaciones que se imponen al oferente durante el presente proceso licitatorio.
La Dirección de Vialidad Región Metropolitana podrá efectuar una nueva adjudicación, dentro del plazo de 30 días contados desde la publicación de la adjudicación original, mediante acto administrativo totalmente tramitado, y recaerá en el proponente que haya obtenido el segundo más alto puntaje y así sucesivamente y teniendo presente lo señalado en el numeral 9.15 “Readjudicación de la licitación”, de las presentes BA.
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Notificación y aceptación de orden de compra |
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La Dirección de Vialidad Región Metropolitana publicará el resultado de la licitación en el Sistema de Información, una vez tramitada la Resolución de Adjudicación. De acuerdo al artículo 9 del D.S. de Hda N°661/2024, se entenderá por notificado el proveedor adjudicado, luego de las 24 horas transcurridas desde que la Dirección de Vialidad Región Metropolitana publique en el Sistema de Información, la resolución objeto de la notificación.
Asimismo, el adjudicatario deberá aceptar la respectiva orden de compra, remitida a través del Sistema de Información, en plazo máximo de 2 días hábiles posteriores su fecha de envío; de lo contrario, la Dirección de Vialidad Región Metropolitana podrá cancelar dicha orden de compra.
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Readjudicación de la licitación |
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La Dirección de Vialidad Región Metropolitana podrá, en caso que el proveedor adjudicado se rehúse a suscribir el contrato, no entregue la garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato en el plazo establecido (cuando haya sido requerida), no cumpla con los requisitos para contratar establecidos en las presentes bases, se desista de su oferta o se encuentre inhábil para contratar de acuerdo con los términos de la Ley Nº19.886 y su reglamento; adjudicar al oferente que le siga en puntaje de acuerdo a la evaluación de las propuestas y así sucesivamente.
En tal caso, se dejará sin efectos la primera adjudicación y se procederá a readjudicar
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Cesión del contrato |
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La empresa adjudicataria NO podrá ceder a terceros el contrato que se celebre
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Gestión del contrato |
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a. Firma del contrato
De acuerdo con el numeral 3.7 de las presentes BA.
b. Habilidad de proveedores
La Dirección de Vialidad Región Metropolitana, verificará la habilidad del proveedor adjudicado en el Registro de Proveedores de la Dirección de Compras y Contratación Pública, debiendo encontrarse en calidad de Hábil.
Si durante el periodo del contrato fuera declarada la inhabilidad sobreviniente del proveedor, se deberá estar a lo dispuesto en el artículo 159 del D.S. N°661 de 2024 del Ministerio de Hacienda.
c. Evaluación de proveedores
La Dirección de Vialidad Región Metropolitana, evaluará antes de tramitar el pago correspondiente, a través del Anexo establecido por la Dirección ChileCompra, el comportamiento que tuvo el Oferente adjudicado.
Los factores a medir, son:
• Oportunidad de entrega
• Calidad
• Cumplimiento de Bases Técnicas
• Desempeño en general
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Vigencia del contrato |
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El Contrato a suscribir con el oferente adjudicado tendrá una vigencia de 24 meses y comenzará a regir a contar del día hábil siguiente al de la total tramitación de la resolución que lo apruebe. Sin perjuicio que, por razones de buen servicio, los plazos de entrega o prestación de servicios puedan comenzar a regir desde la fecha de suscripción de contrato, quedando el pago supeditado a la notificación de la resolución que apruebe el contrato.
No obstante lo indicado se deberá dejar constancia de la fecha de entrega del servicio, en una Acta preparada para tal efecto, la cual deberá ser firmada por la Inspección Fiscal y un representante del Oferente adjudicado.
El contrato podrá ser prorrogado, en el caso que a su fecha de término el nuevo proceso licitatorio que se realice aún se encuentre en trámite o bien, se declare desierto o sus ofertas sean consideradas inadmisibles.
En el caso de prórroga, deberá efectuarse en los mismos términos y condiciones del contrato original, incluyendo la mantención de la vigencia de la garantía de fiel cumplimiento y en las condiciones del artículo 42 y 129 del D.S. N°661 de 2024, del Ministerio de Hacienda.
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Plazo de Entrega del Servicio |
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Los oferentes deberán indicar en el Anexo Nº 3, el plazo de entrega del servicio de reparación de las bombas de agua. Estos Plazos deben ser expresados en días hábiles, contados desde la fecha de notificación de adjudicación a través de portal www.mercadopublico.cl.
Si con posterioridad a la adjudicación de la propuesta, el adjudicatario no pudiere cumplir con el plazo aceptado por causa de fuerza mayor debidamente calificadas por la Dirección, podrá solicitar una ampliación.
Esta ampliación, deberá ser solicitada antes de la fecha de vencimiento del plazo de entrega original, con los antecedentes sustentatorios que lo justifiquen. No obstante, lo anterior, esta solicitud, no obliga de modo alguno a la Dirección, siendo ésta la soberana para conceder, disminuir o denegar el aumento de plazo solicitado.
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Condiciones de pago |
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Los pagos al proveedor se realizarán dentro de los 30 días corridos siguientes a la recepción de la factura o del respectivo instrumento tributario de cobro.
Con todo, para proceder al pago se requerirá que previamente, la Inspección Fiscal certifique la recepción conforme de los bienes y/o servicios adquiridos por la Dirección de Vialidad Región Metropolitana.
Las facturas electrónicas al momento de su emisión:
1. Deben indicar en las “Referencias” el código UDP 1650.
2. Deben indicar en las “Referencias” el nombre de la Unidad de Pago, que en este caso es:
1650 REG_METROPO_DIRECCION_DE_VIALIDAD_.
3. Deben ser enviadas al correo electrónico: mop_dte@paperless.cl
En caso de no concretarse la recepción conforme, el documento será reclamado de acuerdo con lo que establece la ley.
Los documentos tributarios deben ser extendidos con los siguientes antecedentes:
Razón Social: MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS – DIRECCIÓN GENERAL DE OBRAS PÚBLICAS DCYF
Domicilio: Morandé 71, primer piso. Comuna: Santiago.
RUT: 61.202.000-0
Giro: Gobierno Central
El pago se realizará mediante transferencia electrónica, para lo cual el proveedor deberá verificar, antes de generar su factura, que su cuenta bancaria se encuentre registrada en la Tesorería del Ministerio de Obras Públicas (MOP).
Para acceder a la plataforma de seguimiento al sitio web MOP ubicado en el siguiente enlace: https://dcyf.mop.gob.cl/Paginas/default.aspx, o bien, https://aplicaciones.mop.gob.cl/TramitesDCyF/inicio e identificarse mediante Clave Única y completar el formulario web.
Requisitos para crear una solicitud
Requisitos en caso de ser Persona Natural: Sólo deberá ingresar completando las credenciales de la clave única, con lo que se verificará identidad.
Requisitos en caso de ser Persona Jurídica:
Ser Representante Legal de una Empresa.
Contar con Certificado de Vigencia de Sociedad del Registro de Comercio, emitido por el Conservador de Bienes Raíces.
Contar con Certificado de Vigencia de Poder del Registro de Comercio, emitido por el Conservador de Bienes Raíces.
Ambos certificados hayan sido emitidos recientemente y tengan una antigüedad máxima de antigüedad máxima de 48 horas.
Crear una solicitud
Completar el formulario web indicando:
• Rut de la empresa
• Región (en la que desea agregar o revocar la cuenta)
• Correo electrónico
• Tipo de Solicitud (Agregar o Revocar cuenta)
• Cuenta
• Tipo de Cuenta
• Banco
Además, en caso de ser Persona Jurídica:
• Cargar Certificado de Vigencia de Sociedad del Registro de Comercio emitido recientemente (no más de 48 horas al ingreso de la solicitud)
• Cargar Certificado de Vigencia de Poder del Registro de Comercio emitido recientemente (no más de 48 horas al ingreso de la solicitud)
Ambos certificados pueden ser obtenidos en el sitio web del Conservador de Bienes Raíces de Santiago / Trámites en Línea /Registro de Comercio (https://www.conservador.cl/portal/)
Aprobación/Rechazo de la solicitud
Una vez verificados los datos proporcionados en la solicitud de Autorización, ésta será Aprobada o Rechazada.
La notificación del resultado de la solicitud será entregada a través del correo electrónico proporcionado en formulario web. En caso de ser aprobada, la autorización o revocación comenzará a regir a partir del tercer día hábil siguiente desde que la solicitud sea recibida en la plataforma.
La autorización comenzará a contar del tercer día hábil siguiente a la fecha de recepción del documento en la Dirección de Contabilidad y Finanzas, y se otorga por un plazo indefinido, sin perjuicio de poder revocarla, notificando por escrito con a lo menos 3 días de anticipación a la fecha requerida de revocación. También será causal de expiración el cierre de la cuenta individualizada. La información que se detalla en esta autorización es de exclusiva responsabilidad del beneficiario, eximiendo a la Dirección de Contabilidad y Finanzas de toda responsabilidad por errores o imprecisiones en los datos entregados. Las personas jurídicas deberán acreditar su representación mediante los instrumentos requeridos.
Consulta de Pagos: Para los Contratista y Proveedores se encuentra se encuentra disponible el trámite que les permite obtener información en nuestra página WEB https://aplicaciones.mop.gob.cl/proveedores/inicio.
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Multas, Sanciones y procedimientos para su aplicación |
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La Inspección Fiscal debe notificar por oficio, carta o correo electrónico al adjudicatario y luego, informada mediante oficio o correo electrónico a la Unidad de Gestión y Ejecución Presupuestaria D.V.R.M., las sanciones que se aplicarán, a fin de recibir los descargos correspondientes, para las medidas pertinentes, si existen multas relacionadas con el incumplimiento contractual, de acuerdo con lo indicado en el Anexo Nº 3 y posteriores mantenciones.
Se establece como unidad monetaria de multa la UF al día de la aplicación de la misma, los montos por aplicación serán descontados del pago de la factura del mes correspondiente.
Se considerará incumplimiento grave el hecho que la multa mensual exceda del 30% (treinta por ciento) del valor total mensual del servicio contratado, y/o multas acumuladas, cualquiera sea su naturaleza, que excedan de 150 (ciento cincuenta), en un período de tres meses consecutivos. En tales circunstancias la Dirección de Vialidad podrá poner término anticipado al contrato, sin perjuicio de hacer efectiva la Garantía de Fiel cumplimiento del Contrato.
En caso de que el proveedor contratado incurra en las situaciones previstas en la siguiente tabla, se aplicarán las multas que en cada caso se señalan, las que se aplicarán sobre el precio mensual de la prestación incluido el IVA.
DETALLE DE MULTAS Y COBROS
A El retraso en la puesta en marcha del servicio de reparación en Plaza de Pesaje El Monte, señalada en las Bases de Licitación, por causa imputable al oferente adjudicado, conforme a la fecha establecida para el inicio de la vigencia del Contrato, Sin embargo, si el atraso supera los 10 días corridos sin que exista fuerza mayor o caso fortuito, de acuerdo a lo establecido en los artículos 45 y 1547 del Código Civil, calificado como tal por la Dirección de Vialidad Región Metropolitana, se pondrá término anticipado al Contrato haciéndose efectiva la Garantía de Fiel Cumplimiento. generará una multa diaria equivalente al 2% (dos por ciento), calculado sobre el precio mensual del Contrato, IVA incluido (traducir a UF)
B
En caso de discontinuidad de los trabajos, sin causa justificada o por la no concurrencia a llamados por emergencias y/o eventualidades y la no concurrencia a las visitas preventivas trimestrales, en las fechas definidas 1 UF por cada día hábil de incumplimiento.
C Responsabilidad por robo de especies, pérdida o daños en las instalaciones, sean estas directas o por omisión. O permitir ingreso de personas ajenas al servicio y/o vehículos no estén autorizados por el Inspector fiscal correspondiente permitir 2 UF por cada hecho investigado, además del costo por reposición de la especie robada o dañada.
INCUMPLIMIENTOS NO MULTABLES
No procederá el cobro de las multas y sanciones señaladas en este punto, si el incumplimiento se debe en caso fortuito o fuerza mayor, de acuerdo con los Artículos 45 y 1547 del Código Civil o una causa enteramente ajena a la voluntad de las partes, el cual será calificado como tal por la Dirección de Vialidad, en base al estudio de los antecedentes por los cuales el oferente adjudicado acredite el hecho que le impide cumplir.
El oferente adjudicado, deberá comunicar por escrito al Inspector Fiscal del Contrato, con copia a la Jefa del Sub-Depto. de Pesaje DVRM., la ocurrencia del hecho que impide el cumplimiento, considerado como causa ajena a la voluntad de las partes o caso fortuito o fuerza mayor, para lo cual dispondrá de 5 días hábiles, a contar del día de producido dicho evento.
PROCEDIMIENTO DE APLICACIÓN DE MULTAS
En el caso que corresponda la aplicación de una multa, el procedimiento será el siguiente:
a) La Inspección Fiscal comunicará mediante carta, oficio o correo electrónico al proveedor contratado que ha incurrido en una causal de incumplimiento que amerita el cobro de multa, dando cuenta de la causal específica que justifica dicha medida, así como de los hechos que la configuran.
La Inspección Fiscal conocerá y analizará los descargos del proveedor, quien los podrá presentar (en soporte papel o electrónico) en el plazo de 5 días hábiles, contados desde la fecha de notificación por la contraparte técnica/inspector fiscal. Si este último estima que aún existe incumplimiento, derivará los antecedentes al Director de Vialidad Región Metropolitana, solicitando que se aplique la multa que corresponda, indicando la causal del incumplimiento, el cálculo y monto de la multa.
b) El Director de Vialidad Región Metropolitana analizará los antecedentes, y si es procedente, aplicará la multa mediante resolución fundada que establezca la causal del incumplimiento, la que deberá pronunciarse sobre los descargos presentados, si existieren, y que deberá publicarse oportunamente en el Portal Mercado Público. Esta resolución deberá ser notificada por escrito a la empresa adjudicada, en el plazo máximo de 5 días hábiles, contados desde que se encuentre totalmente tramitada. Se deberá enviar copia de dicha notificación a la Unidad de Gestión y Ejecución Presupuestaria D.V.R.M.
c) En contra de la resolución que apruebe la aplicación de una multa, el adjudicatario podrá interponer los siguientes recursos: 1) Recurso de Reposición, ante la autoridad señalada en el numeral anterior (Director de Vialidad Región Metropolitana), y subsidiariamente, 2) Recurso Jerárquico, ante el Director General de Obras Públicas.
d) Los recursos señalados en la letra c) anterior, deberán ser fundados e interponerse, por escrito, y conjuntamente en el mismo escrito, en el plazo de 5 días hábiles, contados desde la notificación de la resolución que apruebe la aplicación de multa.
e) Las autoridades llamadas a pronunciarse sobre los recursos a que se refieren la letra c), tendrán un plazo no superior a 30 días hábiles para resolverlos, contados desde la recepción de los antecedentes.
f) La multa respectiva, será descontada del pago correspondiente.
Además de lo señalado, se podrá iniciar el procedimiento judicial encaminado a exigir el pago, por parte del proveedor responsable del incumplimiento, de las indemnizaciones por los daños y perjuicios ocasionados.
No procederá el cobro de la multa señalada, si el incumplimiento se debe a un caso fortuito o fuerza mayor, de acuerdo con los Artículos 45 y 1547 del Código Civil o una causa enteramente ajena a la voluntad de las partes, el cual será calificado como tal por la Dirección de Vialidad Región Metropolitana en base al estudio de los antecedentes por los cuales el adjudicatario acredite el hecho que le impide cumplir.
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Modificación y Término del Contrato |
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En virtud artículo 129 del D.S. N°661 de 2024 del Ministerio de Hacienda, el contrato podrá modificarse durante su vigencia cuando se dé algunas de los siguientes supuestos:
1. Cuando así se haya previsto en las Bases de licitación o el contrato.
2. Las modificaciones no previstas en las Bases de licitación solo podrán realizarse cuando cumpla los siguientes requisitos:
(i) Que se encuentre en una situación de caso fortuito o fuerza mayor, debidamente calificada por la Dirección de Vialidad Región Metropolitana.
(ii) Que el cambio de proveedor generara inconvenientes significativos o un aumento sustancial de costes para Dirección de Vialidad Región Metropolitana,
(iii) Que se límite introducir las variaciones estrictamente indispensables para responder a la causa objetiva que la haga necesaria, y
(iv) Que se respete el equilibrio financiero del contrato.
La Dirección de Vialidad Región Metropolitana estará facultada para aumentar el plazo de ejecución del contrato o la Orden de Compra mientras dure el impedimento. Asimismo, podrá realizar una modificación a los bienes y/o servicios comprometidos en el contrato o la Orden de Compra, siempre y cuando existieren razones de interés público, y que esta permita satisfacer de igual o mejor forma la necesidad pública que hubiere dado origen al procedimiento de contratación.
En ningún caso, el monto de estas modificaciones podrá exceder, independientemente o en su conjunto con las demás modificaciones realizadas a este durante su vigencia, el equivalente al 30% del monto originalmente convenido entre el Proveedor y la Dirección de Vialidad Región Metropolitana, siempre que este último cuente con disponibilidad presupuestaria para ello.
Por otro lado, y en conformidad al artículo 130 del D.S. N°661 de 2024 del Ministerio de Hacienda, el contrato podrá terminarse anticipadamente por las siguientes causales:
1. La muerte o incapacidad sobreviniente de la persona natural, o la extinción de la personalidad jurídica de la sociedad contratista.
2. La resciliación o mutuo acuerdo entre las partes, siempre que el proveedor no se encuentre en mora de cumplir sus obligaciones.
3. El incumplimiento grave de las obligaciones contraídas por el proveedor.
4. El estado de notoria insolvencia del contratante, a menos que se mejoren las cauciones entregadas o las existentes sean suficientes para garantizar el cumplimiento del contrato.
5. La imposibilidad de ejecutar la prestación en los términos inicialmente pactados, cuando no sea posible modificar el contrato conforme al artículo 129 del reglamento de la ley de compras públicas. En tal caso, la Dirección de Vialidad Región Metropolitana sólo pagará el precio por los bienes y/o servicios que efectivamente se hubieren entregado o prestado, según corresponda, durante la vigencia del contrato. Asimismo, en el evento que la imposibilidad de cumplimiento del contrato obedeciere a motivos imputables al proveedor, procederá que se apliquen en su contra las multas y otras las medidas establecidas en las bases, según el artículo 135 del reglamento de la ley de compras públicas.
6. Por exigirlo el interés público o la seguridad nacional.
7. Las demás establecidas en la ley, en las Bases de la licitación o en el contrato.
En el evento de verificarse alguna de las causales señaladas, la contraparte técnica/Inspector Fiscal, deberá informar y solicitar a la Dirección de Vialidad Región Metropolitana, que emita el acto administrativo correspondiente.
En estos casos de término anticipado, se aplicará el mismo procedimiento para la aplicación de las medidas derivadas de incumplimientos, haciéndose efectiva la Garantía de Fiel y Oportuno Cumplimiento cuando se haya solicitado.
Resuelto el término anticipado, no operará indemnización alguna para el proveedor, debiendo la Dirección de Vialidad Región Metropolitanas, concurrir al pago de las obligaciones ya cumplidas que se encontraren insolutas a la fecha. Sin perjuicio de lo anterior, la Dirección de Vialidad Región Metropolitana y el respectivo proveedor podrán poner término a la relación contractual en cualquier momento, de común acuerdo.
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Confidencialidad y seguridad de la información |
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a) El proveedor y su personal, deberán guardar absoluta confidencialidad sobre los antecedentes (activos de información en general), reservados o no, a los que tengan acceso durante el desarrollo de la prestación del servicio o con ocasión de este, tanto durante la vigencia del contrato como con posterioridad a su finalización.
b) El proveedor, durante su gestión y mientras dure el contrato, debe cumplir las normas, procedimientos y las Políticas de Seguridad de la Información que se encuentren vigentes en el MOP, las cuales se encuentran publicadas en el portal institucional del MOP: http://www.mop.cl/acercadelmop/Paginas/pmgssi.aspx
c) Para estos efectos, la Información Confidencial comprende todo tipo de información y/o idea de cualquier especie, tangible o intangible, a las que el proveedor pueda tener acceso con motivo u ocasión de las labores que realicen en el MOP y toda aquella información cuya divulgación o revelación no autorizada pueda causar daño a los intereses del MOP, o de terceros, aun cuando dicha información no haya sido definida expresamente como confidencial.
d) El Ministerio de Obras Públicas, se reserva el derecho de ejercer las acciones legales que correspondan de acuerdo con las normas legales vigentes, en el caso de que no se cumplan las condiciones de confidencialidad y seguridad de la información señalada.
e) En caso de incumplimiento de la obligación de confidencialidad aquí establecida, tanto por el proveedor como por sus trabajadores o por cualquiera de las personas con las cuales éste se relacione para la prestación del servicio o ejecución del contrato, el MOP dará término anticipado al referido contrato, sin perjuicio de ejercer, además, las acciones legales que correspondan.
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Solución de controversias |
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Los reclamos que se susciten durante la ejecución del contrato serán presentados al Coordinador General o Inspector Fiscal quién los enviará, si fuere necesario, a la Unidad correspondiente para su resolución o para que se someta a la consideración del Director Regional de Vialidad, sin perjuicio de las facultades que correspondan al Director Nacional de Vialidad, al Director General de Obras Públicas, la Ministra de Obras Públicas y Contralora General de la República.
La autoridad deberá constatar la exactitud o veracidad del reclamo presentado, para lo cual debe abrir un periodo probatorio —de oficio o a petición de parte—. Dicho periodo no podrá ser inferior a 10 días ni superior a 30 días corridos. Durante la tramitación del reclamo podrá solicitar informes de especialistas de acuerdo con la naturaleza del asunto debatido, los que podrán ser profesionales del Ministerio o externos.
Respecto del acto administrativo que se pronuncia acerca del conflicto suscitado se procederá en conformidad a lo dispuesto por la ley Nº 19.880.
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Jurisdicción y domicilio |
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Para todos los efectos, los oferentes fijan domicilio en la comuna y ciudad de Santiago de Chile y se someterán a la ley chilena y a la jurisdicción de sus Tribunales de Justicia. Lo anterior, sin perjuicio de las facultades fiscalizadoras de la Contraloría General de la República.
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Interpretación e información |
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Las BA, BT y Anexos se interpretarán en forma armónica, de manera que exista entre sus disposiciones la debida correspondencia. Todos los documentos relativos a la licitación se interpretarán siempre en el sentido de la más perfecta elaboración y ejecución de la propuesta, de acuerdo con las reglas de la ciencia y técnica aplicable según sea el caso particular que se trate. En caso de discrepancia en la interpretación, primará lo dispuesto en las Bases, las que estarán por sobre lo establecido en la oferta del adjudicatario.
Cualquier falta, descuido u omisión de los oferentes o adjudicatario, en la obtención de información y estudio de los documentos relativos al proceso de licitación, no los exime de la responsabilidad de apreciar adecuadamente los costos necesarios para la elaboración y desarrollo de su propuesta o prestación del servicio. Por lo tanto, serán de su cargo todos los costos en que incurra para corregir faltas, errores, descuidos u omisiones resultantes de sus análisis e interpretación de la información disponible o que se obtenga.
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Integración del Contrato |
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Se deja constancia que todas y cada una de las cláusulas contenidas en las BA, BT y Anexos de la licitación, se entenderán incorporadas sin necesidad de mención expresa en el contrato que se celebre con el proveedor adjudicado y este se hará responsable del cumplimiento de las obligaciones que de tales documentos se derivan.
Por lo anterior, constituirán parte integrante del contrato, las Bases de Licitación (BA, BT y sus Anexos), las consultas, respuestas y aclaraciones (si las hubiere), la oferta presentada por el adjudicatario, el contrato definitivo, la orden de compra y toda su documentación anexa, que dan origen al presente contrato, forman parte del mismo para todos los efectos legales.
Los documentos antes mencionados forman un todo integrado y se complementan recíprocamente, especialmente respecto de las obligaciones que aparezcan en uno u otro de los documentos señalados. Se deja constancia que se considerará el principio de preeminencia de las Bases de Licitación.
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Días inhábiles |
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Los plazos de días corridos que se establezcan en las presentes BA y BT, cuyo vencimiento recayeren en día inhábil, se entenderá prorrogado para el día hábil siguiente a su vencimiento.
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Estándares de probidad |
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El adjudicatario deberá observar, durante toda la época de ejecución de la relación contractual, el más alto estándar ético exigible a los funcionarios públicos. Los estándares de probidad exigibles a el personal de apoyo, por lo tanto, deben entenderse equiparados a aquellos exigidos a los funcionarios de la Administración Pública, en conformidad con el título III de la ley N° 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado
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Marca o equivalentes |
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Cualquier referencia a marcas y modelos respecto de lo solicitado en la presente licitación, entiéndase con la posibilidad de ofertar equivalentes del mismo, de acuerdo con lo establecido en la normativa de compras públicas.
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