Licitación ID: 2408-367-LE14
CONSTRUCCIÓN SEDE SOCIAL J.V. VILLA LAS TRANQUERAS
Responsable de esta licitación: I MUNICIPALIDAD DE LOS ANGELES
Reclamos recibidos por incumplir plazo de pago: 14
Este número indica los reclamos recibidos por esta institución desde los últimos 12 meses hasta el día de ayer. Recuerde interpretar esta información considerando la cantidad de licitaciones y órdenes de compra que esta institución genera en el Mercado Público.
Dejar un reclamo sobre esta licitación Dejar un reclamo sobre esta licitación
Productos o servicios
1
Construcción de obras civiles 1 Unidad
Cod: 72131702
CONSTRUCCIÓN SEDE SOCIAL J.V. VILLA LAS TRANQUERAS  

1. Características de la licitación
Nombre de la licitación:
CONSTRUCCIÓN SEDE SOCIAL J.V. VILLA LAS TRANQUERAS
Estado:
Adjudicada
Descripción:
Consiste en la construcción de una Sede Social de acuerdo a planos y especificaciones técnicas y Convenio de Transferencia del Gobierno Regional.
Tipo de licitación:
Pública-Licitación Pública igual o superior a 100 UTM e inferior a 1.000 UTM (LE)
Tipo de convocatoria:
ABIERTO
Moneda:
Peso Chileno
Etapas del proceso de apertura:
Una Etapa
Contrato
Se requerirá suscripción de contrato
Toma de razón por Contraloría:
No requiere Toma de Razón por Contraloría
Publicidad de ofertas técnicas:
Las ofertas técnicas serán de público conocimiento una vez realizada la apertura técnica de las ofertas.
2. Organismo demandante
Unidad de compra:
IMUNI_LOSANGELES ADQUISICIONES
R.U.T.:
69.170.100-K
Dirección:
colo colo 1100
Comuna:
Los Angeles
Región en que se genera la licitación:
Región del Biobío
3. Etapas y plazos
Fecha de cierre de recepción de la oferta: 25-04-2014 11:00:00
Fecha de Publicación: 14-04-2014 13:55:39
Fecha inicio de preguntas: 14-04-2014 15:00:00
Fecha final de preguntas: 16-04-2014 18:00:00
Fecha de publicación de respuestas: 21-04-2014 16:00:00
Fecha de acto de apertura técnica: 25-04-2014 11:30:00
Fecha de acto de apertura económica (referencial): 25-04-2014 11:30:00
Fecha de Adjudicación: 11-07-2014 12:34:54
Fecha de entrega en soporte fisico No hay información
Fecha estimada de firma de contrato No hay información
Tiempo estimado de evaluación de ofertas No hay información
4. Antecedentes para incluir en la oferta
Documentos Administrativos
1.- DE LOS PARTICIPANTES1
Podrán participar personas Naturales o jurídicas, chilenas o extranjeras habilitadas para funcionar legalmente en Chile, con fines de lucro, las personas naturales podrán actuar personalmente o representadas por un tercero, cuya actividad tenga relación con la contratación que motiva esta Licitación. Todos los oferentes interesados que cumplan con la condición anterior, podrán acceder a las bases administrativas, en el sitio www.mercadopublico.cl, sin perjuicio de lo cual, para poder presentar ofertas deberán cumplir con los siguientes requisitos: Contar con infraestructura, equipo y personal idóneo. El idioma español regirá para todo el proceso de Licitación, para todos los documentos asociados y aquellos que posteriormente originen la realización de esta contratación. La distorsión o alteración de cualquiera de los documentos o antecedentes requeridos en las bases administrativas, será causal suficiente para rechazar la propuesta presentada declarándola como inadmisible o para rescindir del Contrato. Atendidas las características de los procesos licitatorios, en el Portal www.mercadopublico.cl, no se contempla la asistencia en forma personal ni representantes de los oferentes en el acto de Apertura.
2.- Entregar Antecedentes Administrativos
Los oferentes que participen en la presente licitación pública, deberán ingresar la Boleta Bancaria de Seriedad de la Oferta, en Tesorería Municipal, ubicada en calle Caupolicán Nº399, Los Angeles, hasta las 11:00 horas, del día Viernes 25 de Abril de 2014, el oferente que no ingrese dicha Boleta de garantía en la fecha y hora indicadas, será declarado fuera de bases. Las propuestas se presentarán en Forma Electrónica, a través del Portal www.mercadopublico.cl. El oferente debe presentar toda la documentación requerida de acuerdo al siguiente detalle: PARA LOS EFECTOS DE LA PRESENTACIÓN DE LA OFERTA DEBERÁ ADJUNTARSE LA SIGUIENTE DOCUMENTACIÓN ADMINISTRATIVA, LOS QUE OBLIGATORIAMENTE DEBERÁN SER INGRESADOS EN LA SECCIÓN "A", ANEXOS ADMINISTRATIVOS: 1.- Identificación del Oferente, según Anexo Nº 1. 2.- Declaración Jurada Notarial, según Anexo Nº 2. 3.- Patente Municipal al día correspondiente al rubro. 4.- Nómina de Proyectos Similares Ejecutados los últimos 3 años, según Anexo Nº3. 5.- En caso que el oferente sea persona jurídica, deberá acompañar además, los siguientes documentos: Certificado de Vigencia de la Inscripción en el Registro de Comercio de la inscripción de la entidad y sus modificaciones, documento que deberá tener una antigüedad no superior a 30 días corridos, contados hacia atrás desde la fecha de apertura de la propuesta. NOTA: Para los oferentes inscritos en Chileproveedores, los documentos señalados en los Nº3 y 5, solicitados anteriormente, que estén ingresados en el link " Documentos Acreditados" de Chileproveedores, no se requerirá su presentación. Sin embargo, en dicho link la Patente Municipal debe estar VIGENTE a la fecha de apertura de la propuesta y el Certificado de Vigencia indicado en el punto Nº 5 debe tener una antigüedad no superior a 30 días corridos, contados hacia atrás desde la fecha de apertura de la propuesta. Toda la documentación requerida, deberá ser remitida sólo mediante alguna de las siguientes extensiones: .jpg .bmp .pdf .doc .tif .xls .mpp ó .zip De lo contrario quedará fuera de bases.
3.- Entregar Antecedentes Económicos
II.- ANTECEDENTES ECONOMICOS A PRESENTAR, LOS QUE OBLIGATORIAMENTE DEBERAN SER INGRESADOS EN LA SECCION "C", ANEXOS ECONOMICOS: 1.- Presupuesto Detallado, según Anexo Nº4. 2.- Oferta Económica, según Anexo Nº5. 3.- Análisis de Precios Unitarios. De lo contrario quedará Fuera de Bases.
4.- Asistir a Reuniones y/o Visitas a Terreno
Para mayor claridad de las obras, los oferentes deberán asistir a una visita a terreno de carácter OBLIGATORIA, el Martes 15 de Abril de 2014 a las 11:00 horas. El lugar de encuentro será las dependencias municipales ubicadas en Colo Colo Nº 0455 (Balmaceda con Colo Colo), desde donde se dará inicio a la visita a terreno. El profesional a cargo de la visita a terreno levantará un Acta, la que deberá ser firmada por cada oferente o representante que asistió a la visita a terreno.
No hay información de Antecedentes Técnicos
No hay información de Antecedentes Económicos
5. Requisitos para contratar al proveedor adjudicado
Persona natural
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.
 
2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.
 
3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.
 
4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.
 
5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.
 
6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.
 
7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.
 
8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).
 
Documentos persona natural
- Fotocopia Legalizada de Cédula de Identidad
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
- Certificado de Antecedentes del Registro Civil.
- Boletín Laboral y Previsional de la Dirección del Trabajo
- Certificado de deuda de la Tesorería General de la República
Persona jurídica
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.

2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.

3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.

4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.

5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.

6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.

7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.

8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).

Documentos persona jurídica
- Fotocopia Legalizada del Rut de la Empresa
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6° de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
- Certificado de quiebras de la Superintendencia de Quiebras..
- Boletín Laboral y Previsional de la Dirección del Trabajo.
- Certificado de deuda de la Tesorería General de la República.
6. Criterios de evaluación
ÍtemObservacionesPonderación
1 Experiencia de los Oferentes Se evaluará como una proporcionalidad directa, en relación al oferente que obtenga el mayor puntaje. De acuerdo a Anexo Nº 3. 15%
2 Precio Se evaluará como una proporcionalidad indirecta, en relación al oferente que obtenga el mayor puntaje. De acuerdo Anexo Nº 5. 80%
3 Cumplimiento de Requisitos Formales Se evaluará de acuerdo a lo siguiente: 1.- Cumple con todos los documentos administrativos solicitados en la apertura de ofertas: 5 ptos. 2.- Entrega 1 o más documentos en el periodo de presentación de antecedentes omitidos: 3 ptos. 3.- No presenta o presenta en forma errada uno o más documentos: Fuera de Bases. 5%

7. Montos y duración del contrato
Estimación en base a: Presupuesto Disponible
Fuente de financiamiento: Gobierno Regional Región del Bío Bío
Monto Total Estimado: 35540000
Contrato con Renovación: NO
Observaciones EL PRESUPUESTO DISPONIBLE INCLUYE IMPUESTOS. Se deberá tener presente que el portal considera valores netos.
Tiempo del Contrato 120 Días
Plazos de pago: Pagos Mensuales
Opciones de pago: Cheque
Nombre de responsable de pago: Margarita Jimenez Jimenez
e-mail de responsable de pago: mjimenez@losangeles.cl
Nombre de responsable de contrato: Paulina Zapata Lamana
e-mail de responsable de contrato: pzapata@losangeles.cl
Teléfono de responsable del contrato: 56-43-2409473-
Prohibición de subcontratación: No permite subcontratación
EL CONTRATISTA ES EL UNICO RESPONSABLE DE TODAS LAS OBLIGACIONES CONTRAIDAS CON LA MUNICIPALIDAD.
8. Garantías requeridas
    Garantías de Seriedad de Ofertas
Tipo de documento: Boleta de Garantía
Beneficiario: Municipalidad de Los Ángeles
Fecha de vencimiento: 24-06-2014
Monto: 300000 Peso Chileno
Descripción: ESTA BOLETA SERÁ PAGADERA A LA VISTA O CON AVISO DE 30 DIAS, TOMADA POR EL OFERENTE EN FORMA IRREVOCABLE A NOMBRE DE LA MUNICIPALIDAD DE LOS ANGELES, EMITIDA POR UNA ENTIDAD BANCARIA CON OFICINA EN LA CIUDAD DE LOS ÁNGELES.
Glosa: LA GLOSA DEBERÁ INDICAR "PARA GARANTIZAR SERIEDAD DE LA OFERTA EN PROPUESTA PÚBLICA: CONSTRUCCIÓN SEDE SOCIAL J.V. VILLA LAS TRANQUERAS".
Forma y oportunidad de restitución: PODRA SER SOLICITADA SU DEVOLUCION UNA VEZ RESUELTA LA LICITACIÓN, EL OFERENTE ADJUDICADO PODRA SOLICITAR UNA VEZ ENTREGADA LA BOLETA DE GARANTÍA DE FIEL CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO.
    Garantía fiel de Cumplimiento de Contrato
Tipo de documento: Boleta de Garantía
Beneficiario: Municipalidad de Los Ángeles
Fecha de vencimiento: 31-12-2014
Monto: 10 %
Descripción: ESTA BOLETA SERÁ POR EL MONTO EQUIVALENTE AL 10% DE LA OFERTA ADJUDICADA, PAGADERA A LA VISTA O CON AVISO DE 30 DIAS TOMADA POR EL CONTRATISTA EN FORMA IRREVOCABLE A NOMBRE DE LA MUNICIPALIDAD DE LOS ÁNGELES, EMITIDA POR UNA ENTIDAD BANCARIA CON OFICINA EN LA CIUDAD DE LOS ÁNGELES.
Glosa: LA GLOSA DE LA BOLETA DEBERÁ INDICAR:"PARA GARANTIZAR EL FIEL CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO EN PROPUESTA PÚBLICA: CONSTRUCCIÓN SEDE SOCIAL J.V. VILLA LAS TRANQUERAS".
Forma y oportunidad de restitución: ESTA BOLETA SERÁ CANJEADA POR LA BOLETA DE GARANTÍA DE CORRECTA EJECUCIÓN DE LAS OBRAS AL MOMENTO DE LA RECEPCION PROVISORIA DE LAS OBRAS SIN OBSERVACIONES.
    Otras Garantías
Tipo de documento: Boleta de Garantía
Beneficiario: Municipalidad de Los Ángeles
Fecha de vencimiento: 29-02-2016
Monto: 5 %
Descripción: ESTA BOLETA SERÁ POR EL MONTO EQUIVALENTE AL 5% DEL MONTO TOTAL DEL CONTRATO, PAGADERA A LA VISTA O CON AVISO DE 30 DÍAS, TOMADA POR EL CONTRATISTA EN FORMA IRREVOCABLE A NOMBRE DE LA MUNICIPALIDAD DE LOS ÁNGELES, EMITIDA POR UNA ENTIDAD BANCARIA CON OFICINA EN LA CIUDAD DE LOS ÁNGELES.
Glosa: LA GLOSA DEBERÁ INDICAR:"PARA GARANTIZAR LA CORRECTA EJECUCIÓN DE LA OBRA: CONSTRUCCIÓN SEDE SOCIAL J.V. VILLA LAS TRANQUERAS".
Forma y oportunidad de restitución: PODRÁ SER SOLICITADA SU DEVOLUCIÓN UNA VEZ REALIZADA LA LIQUIDACIÓN DEL CONTRATO POR PARTE DE LA MUNICIPALIDAD.
9. Requerimientos técnicos y otras cláusulas
ITEM PRESUPUESTARIO
Construcción Sede Social J.V. Villa Las Tranqueras
Imputación Presupuestaria: 05-68-02-33-03-125-1518
Código BIP 30113671-0 
Gobierno Regional, Región del Bío Bío  
COMISION DE APERTURA

Comisión de Apertura presidida por el Director de Secplan o funcionario de dicha repartición, y conformada por el Administrador Municipal o funcionario de dicha repartición, la Directora de Asesoría Jurídica o funcionario de dicha repartición y como Ministro de Fe, el Sr. Secretario Municipal, levantándose acta circunstanciada de lo obrado, la que será firmada por todos los integrantes de la Comisión. El acto de apertura de la propuesta será en Forma Electrónica a través del portal www.mercadopublico.cl, en la Sala de Directores de la Municipalidad de Los Ángeles, ubicada en el tercer piso del Edificio Consistorial, calle Caupolicán N°399, Los Ángeles, en presencia de la comisión de apertura.

Se declarará desierta la licitación cuando no se presenten ofertas. Se declarará inadmisible las ofertas cuando éstas no cumplan con los requisitos establecidos en las bases y/o la normativa vigente, en esta etapa o en la etapa de evaluación de ofertas.

 En caso de que la licitación fuera declarada desierta o inadmisible, se podrá realizar un trato directo, si la Comisión de Apertura así lo dispone y solicita en forma fundada un Decreto Alcaldicio.

 

Los oferentes podrán hacer observaciones en relación al proceso de la apertura de la licitación, dentro de las 24 horas siguientes de ocurrida. Atendidas las características de los procesos licitatorios, en el Portal www.mercadopublico.cl, plataforma de licitaciones, no se contempla la asistencia en forma personal ni representantes de los oferentes en el Acto de Apertura.

DE LA EVALUACION Y ADJUDICACION DE LA OFERTA
La Comisión de Evaluación presidida por el Director de SECPLAN o quien lo subrogue, con exclusión de funcionarios que elaboren las bases y conformada por el Administrador o funcionario de dicha repartición y un profesional de SECPLAN estudiará las diferentes ofertas recibidas y que corresponderán a los Anexos y documentación exigida en el Art. Nº4 "Antecedentes para incluir en la Oferta". La evaluación de las ofertas considerará los aspectos económicos, en cada caso se asignarán puntajes, serán estandarizados y se confeccionará un ránking de evaluación según la ponderación establecida en las presentes Bases Administrativas. La Comisión de Evaluación evaluará las distintas ofertas recibidas y presentará, en un plazo máximo de 8 días hábiles, al Sr. Alcalde, una nómina de los oferentes ordenados de acuerdo a la evaluación realizada, proponiendo adjudicar al oferente mejor evaluado. La Municipalidad se reserva el derecho de rechazar todas las ofertas cuando no sean convenientes a los intereses municipales y con el debido fundamento, y sin que por ello incurra en responsabilidad alguna respecto del oferente no adjudicado. Resuelta la propuesta por parte de la Municipalidad, a través de Decreto Alcaldicio notificará al proveedor adjudicado a través del sistema www.mercadopublico.cl . Los oferentes no adjudicados también serán notificados a través del sistema www.mercadopublico.cl .

Respecto de los Criterios de Evaluación específicamente "Experiencia de los Oferentes":

Se considerarán como obras o proyectos similares, a las obras que mantengan la misma tipología del proyecto en Licitación, así como también, otros tipos de proyectos que incluyan alguna de las partidas principales de esta Licitación.

Para efectos de contabilización, puntuación y ponderación, se considerará como unidad de medida de la experiencia el M².

APLICACION DE NORMAS DE DERECHO

La presente Licitación se regirá exclusivamente por estas Bases Administrativas, Anexos, Consultas y Aclaraciones, si las hubiere, Especificaciones Técnicas, Convenio de Transferencia, así como toda la restante Documentación complementaria y la Oferta Económica, que se entiende forma parte de la referida propuesta. Una vez adjudicada la Licitación toda la Documentación que forman parte de la propuesta será obligatorio y se entenderá que forma parte de las presentes Bases para los efectos de su cumplimiento y sanciones por infracción. Supletoriamente se aplicarán las disposiciones legales y reglamentarias que sobre la materia contempla la legislación chilena. Para la interpretación de los antecedentes de esta licitación regirá el orden de prelación indicado a continuación:

PRELACIÓN ADMINISTRATIVA

 -Consultas y Aclaraciones, si las hubiere.

-Bases Administrativas y sus Anexos.

- Convenio de Transferencia Gobierno Regional

-Normativa Vigente.

-Oferta Económica.

-Contrato.

PRELACIÓN TÉCNICA

-Consultas y Aclaraciones, si las hubiere.

-Normativa Vigente.

- Planos.

-Especificaciones Técnicas.

DE LAS OFERTAS
Cada Oferente presentará su Oferta Económica, la que deberá ser según formato del Anexo N°5, en moneda nacional. La oferta será concordante con el valor de formato de presupuesto detallado Anexo Nº 4, presentado por el Oferente. Los proponentes deberán considerar en la propuesta todas las partidas. Por el sólo hecho de la presentación de una oferta, se entenderá la aceptación de las presentes Bases, por parte del proponente. La propuesta considera los trabajos para las obras de “CONSTRUCCIÓN SEDE SOCIAL J.V. VILLA LAS TRANQUERAS”, de acuerdo a Especificaciones Técnicas y Planos adjuntos a las presentes Bases. Las ofertas de los Proponentes serán calificadas en única instancia por la Municipalidad, la que en el proceso de evaluación técnica y selección de las Ofertas podrá solicitar asesoría que considere necesaria. Por el sólo hecho de la presentación de una oferta, los oferentes aceptan las presentes Bases Administrativas, Planos y Especificaciones Técnicas del Proyecto.
DE LA VIGENCIA DE LA OFERTA
Los oferentes, con la sola presentación de su oferta, quedan obligados al mantenimiento de la misma durante el plazo de vigencia de la Boleta de Garantía de Seriedad de la Oferta. El adjudicado queda obligado en los mismos términos que indica el contrato y la restante documentación que rige esta Licitación.
DE LA SUFICIENCIA DE LA OFERTA
Se considerará que el oferente, antes de presentar su oferta, está en conocimiento de todos los riesgos, contingencias y demás factores de todo tipo y financiamiento requerido para cubrir todas las obligaciones en las condiciones establecidas en las Bases Administrativas, sus Anexos, Planos, Especificaciones Técnicas del Proyecto, Consultas y Aclaraciones, si las hubiere y toda la Documentación que rige esta Licitación.
DE LAS CONSULTAS Y RESPUESTAS
Las consultas sobre antecedentes deberá formularse a través del Portal www.chilecompra.cl Link Foro. No se aceptará ni responderá ningún tipo de consulta telefónica ni extraoficial. Las aclaraciones respectivas se entregarán a través del mismo Portal www.mercadopublico.cl
DEL VALOR DEL CONTRATO
La propuesta se formulará a suma alzada, en moneda nacional (pesos chilenos), sin reajustes ni intereses y su valor incluye todos los gastos que irrogue el cumplimiento del contrato, sea directo, indirecto o a causa de el. El valor del contrato será por los montos indicados por el proponente que se haya adjudicado la propuesta y dicho valor debe responder por todas las obras permanentes y provisorias para ejecutar las obras, de acuerdo a estas Bases, Especificaciones Técnicas, Planos, documento consultas y aclaraciones, si las hubiere y demás documentos del contrato. El valor del contrato corresponderá a obras totalmente terminadas, incluye la construcción de las obras, instalación de las mismas, ensayes, recepciones y aprobaciones, impuestos, etc., y sin que esta enumeración sea taxativa ni excluyente del valor del contrato que incluye cualquier pago necesario para el cumplimiento del contrato.
DEL CONTRATO

Para contratar, el oferente adjudicado deberá contar con inscripción en el sitio www.mercadopublico.cl en calidad de proveedor del rubro respectivo. Una vez resuelta la adjudicación de la licitación mediante Decreto Alcaldicio y una vez notificado a través del sistema www.mercadopublico.cl al proponente favorecido (en adelante el Contratista), se procederá a la suscripción del  Contrato respectivo, de carácter Privado ante Notario, redactado por la Dirección de Asesoría Jurídica de la Municipalidad.

El contrato suscrito ante Notario deberá ser devuelto a la Municipalidad de Los Angeles, dentro de los 15 días hábiles contados desde la entrega del mismo para su firma Notarial, en la misma ocasión el Contratista deberá:

- Hacer entrega de la Boleta Bancaria de Garantía de “Fiel Cumplimiento del Contrato”.

- Si el Contratista no suscribiere o no entregare el contrato en el plazo indicado o no hiciere la entrega de la Boleta Bancaria de Garantía de Fiel Cumplimiento del Contrato, se le tendrá por desistido de su oferta y se hará efectiva la Boleta de Garantía de Seriedad de la Oferta . En caso de desistimiento, el Mandante podrá llamar a una nueva licitación o aceptar la oferta del otro oferente mejor evaluado.

- Todos los gastos que se originen tanto de la Propuesta como de la suscripción del Contrato serán exclusivamente de cargo del Contratista.

- Toda discrepancia que surja sobre las interpretaciones del contenido del contrato, será resuelta por los tribunales ordinarios de justicia.

- El Contratista no podrá traspasar su contrato a otra persona, sea natural o jurídica.

DE LA DEVOLUCION DE LAS GARANTIAS
La devolución de documentos de garantía deberá ser solicitado por el interesado en documento dirigido al Director de Obras, en el cual se identifique el nombre de la propuesta, el nombre del oferente, el número de boleta y el banco que la emitió, habiéndose cumplido los compromisos contractuales.
Para el caso de la Boleta de Garantía de Seriedad de la Oferta. deberá ser solicitada al Director de SECPLAN, en las mismas condiciones descritas.
DE LOS PLAZOS

a. El plazo de ejecución de las obras no podrá ser superior a 120 días corridos y corresponderá al plazo propuesto por el Contratista en su oferta Económica y contado desde la fecha del acta de entrega del terreno. Sólo por causas de fuerza mayor o caso fortuito debidamente calificados por la Municipalidad, ésta podrá modificar el plazo para el desarrollo de las obras por el tiempo que estrictamente dure el inconveniente.

b. El Contratista deberá evaluar técnicamente el tiempo real de ejecución de las obras, al momento de evaluar su oferta. El no cumplimiento de los plazos establecidos en el contrato dará lugar a la aplicación de las multas correspondientes.

c. El plazo fijado en las presentes bases administrativas se entenderá en días, sín deducción de días de lluvia, feriados, ni festivos y deberá ser cumplido estrictamente, salvo fuerza mayor o caso fortuito, cuando concurran la siguientes circunstancias:

1.- Que se produzca el atraso en forma independiente de la voluntad del contratista.

2.- Que el hecho sea imprevisible, inesperado, sorpresivo.

3.- Que el hecho sea insuperable.

4.- Que se produzca la imposiblidad de ejecutar la obligación contraída.

Si el contratista estimara tener derecho a un aumento del plazo contractual, deberá solicitarlo por escrito fundadamente a la Municipalidad, con una antelación mínima de 15 días del vencimiento del plazo contractual. La ejecución de nuevas obras, ya sean obras extraordinarias o aumento de obras, dará derecho a un aumento del plazo contractual a convenir entre las partes. El aumento de plazo deberá ser concedido a través de un decreto dictado en forma, previo a la fecha del términos del plazo contractual. Si el contrato sufriera aumento de plazo se deberá prorrogar la vigencia de todos los documentos de garantía en custodia. Cualquier modificación de contrato generará en "Contrato modificatorio" el cual deberá ser aprobado por decreto.

DEL PAGO
El pago se efectuará, por avance de obra, conforme a estados de pagos mensuales, calculados de acuerdo al porcentaje de avance físico de la obra y a los precios del presupuesto presentado por el contratista e incluído en el contrato. No se podrán presentar estados de pago por materiales depositados al pie de la obra o por fabricación de elementos prefabricados. El último estado de pago, el que no podrá ser inferior al 5% del contrato, se pagará una vez que se haya realizado la recepción provisoria sin observaciones.
Se hace presente que el pago se ejecutará con fondos externos provenientes del Gobierno Regional Región del Bío Bío y que éstos serán transferidos al Municipio, de acuerdo a la disponibilidad presupuestaria del Fondo Nacional de Desarrollo Regional.
DOCUMENTOS PARA EL PAGO

1.- Para el pago, el Contratista deberá presentar los siguientes documentos en original y dos copias ordenados en carpetas individuales:

· Estado de pago de acuerdo a formato entregado por la Municipalidad.

· Presentación de la factura correspondiente a nombre de la Municipalidad de Los Ángeles R.U.T. 69.170.100-K domiciliada en Caupolicán Nº399, Los Ángeles.

· Nómina de trabajadores contratados para la obra.

· Fotocopia de documentos que acrediten el pago de las remuneraciones y pago de cotizaciones previsionales de los trabajadores contratados para la ejecución de las Obras durante el mes correspondiente a la factura en proceso de cobro. En el caso de existir subcontratistas, deberá presentar los documentos señalados anteriormente respecto de los trabajadores del subcontratista.

· Certificado vigente de la Inspección del Trabajo que acredite que el Contratista no tiene reclamaciones laborales por parte de los trabajadores contratados para la ejecución de la obra a que se refiere ésta Licitación (incluyendo a los trabajadores de los subcontratistas).

. Seis fotografías que den cuenta del avance físico de las obras.

2.- Antes del último estado de pago, la obra deberá contar con la Recepción Municipal por parte de la Dirección de Obras Municipales y en coordinación con el Inspector Técnico de la Obra, la obra deberá contar además con Acta de recepción provisoria aprobada mediante Decreto Alcaldicio.

DE LAS OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA

a. Será obligación del Contratista ejecutar las obras con sujeción estricta a las Bases Administrativas, Especificaciones Técnicas, Planos  y demás antecedentes de esta licitación y reglamentación vigente, empleando materiales, maquinaria equipos y mano de obra de acuerdo a las características de la obra y lo establecido en su oferta.

b. Será obligación del Contratista acatar y dar solución a las observaciones e indicaciones que haga la Inspección Técnica de la obra.

c. Será responsabilidad y cargo del Contratista obtener la totalidad de las informaciones y permisos que fueren necesarios para la ejecución de las obras en los Servicios respectivos.

d. El Contratista deberá dar cumplimiento a lo dispuesto en el D. S. N°75 del Ministerio de Transporte y Telecomunicaciones de 1987, en el que se establecen normas relativas al transporte de materiales.

e. Será responsabilidad del Contratista los pagos de permisos u otros similares que no signifiquen obras, que haya que pagar a Servicios Públicos o Privados con motivo de la ejecución y entrega al uso público de las obras que comprende la Licitación.

 f. El Contratista deberá cumplir oportunamente con las obligaciones laborales y previsionales respecto de su personal, de acuerdo a la legislación vigente. Será responsabilidad exclusiva del Contratista tanto el pago de remuneraciones o indemnizaciones que se devenguen, como el cumplimiento de todas las Leyes Laborales, Previsionales y Tributarias vigentes. Se deja expresa constancia que cualquier contravención a las leyes vigentes en que incurra el contratista, ya sea en materias laborales, tributarias u otras, serán de exclusiva responsabilidad de éste. Para el evento que la Municipalidad deba pagar alguna obligación laboral o previsional o de otra naturaleza contraída por el contratista, aquélla podrá ejercer en contra de este último las acciones de repetición que fueren pertinentes y que le confiera la legislación vigente. Que de la misma manera para el evento que la Municipalidad de Los Ángeles sea condenada a pagar civilmente una cantidad o monto de dinero a causa o con ocasión de haber sido esta demandada por falta de servicio a raíz de la ejecución de las presentes obras que debe realizar el contratista, así declarada por sentencia firme y ejecutoriada, aquella podrá ejercer en contra de esta último las acciones de repetición pertinentes y que le confiere la legislación vigente.

g. Es obligación del Contratista realizar todo tipo de ensayos pertinentes a la obra y que hayan sido solicitado por la Inspección Técnica y establecidos en las Especificaciones Técnicas.

h. El Contratista es responsable íntegramente de las emergencias, daños a terceros o a sus propios trabajadores en razón de las labores realizadas, en virtud de lo cual deberá disponer las medidas de resguardo y/o contratación de seguros necesarios.

 i. El Contratista deberá proporcionar y mantener por su propia cuenta los cuidadores, serenos, cercos y las luces de alumbrado, en la cantidad suficiente para asegurar la protección de las obras y la seguridad y conveniencia del público y de sus propios obreros.

 j. Será obligación del Contratista que durante la noche, los puntos de peligro, permanezcan señalizados acorde a las necesidades.

 k. El Contratista está obligado a proveer, colocar y mantener por su cuenta, de día y de noche, durante todo el período que duren las faenas, la señalización de peligro y tomar medidas de seguridad adecuadas a la naturaleza de sus trabajos. Esta señalización debe ser retirada según las instrucciones que emanen de la Inspección Técnica.

l. El Contratista está obligado y se compromete a ejecutar los trabajos con el menor malestar a los vecinos y vehículos que deban transitar por zonas contiguas a donde se ejecuten los trabajos. La Municipalidad se reserva el derecho de ponderar este comportamiento y aplicar las sanciones y/o multas de acuerdo a la Ordenanza Local, por uso indebido de calles y demás terrenos de uso público, que corresponda.

m. Todo daño de cualquier naturaleza que cause a terceros con motivo de la ejecución de obras de construcción y conservación, así como los daños que puedan causar los baches o cualquier otra condición deficiente de la conservación de la obra será de exclusiva responsabilidad del Contratista, a quien le corresponderá hacer las gestiones ante las compañías de seguros para que se efectúe el pago de estos daños.

n. Una vez terminadas las obras, el contratista lo comunicará por escrito a la I.T.O., para que se realice la recepción provisoria, acto en el cual se procederá a verificar y confirmar el término de las obras como el fiel cumplimiento del proyecto y especificaciones del contrato.

DE LA RESPONSABILIDAD,CUIDADO DE LA OBRA Y RIESGO
El Contratista será el único responsable por el suministro, suficiencia, estabilidad, seguridad, protección, construcción, demolición y retiro, transporte, mantención y seguro contra todos los riesgos, de la totalidad de los elementos, tales como planta de construcción, obras provisorias, materiales y transporte y objetos de cualquier naturaleza y deberá reponerlos, reconstruirlos o reejecutarlos en caso que se pierdan o resulten dañados o inadecuados, todo ello por su propia cuenta. Esta responsabilidad le corresponde al Contratista durante todo el período de vigencia del Contrato, y deberá acatar las indicaciones que al respecto emanen de la Inspección Técnica.
DE LA PREVENCION DE RIESGOS Y SEGUROS DE ACCIDENTE
El Contratista deberá proveer a su personal del Equipo de Seguridad que establezcan las normas de seguridad, cumplir las prevenciones de riesgo de los mismos y las instrucciones que imparte la Mutual de Seguridad o la entidad aseguradora con la cual se haya contratado el Seguro de Accidentes correspondientes, además de las Normas sobre trabajos en la vía pública establecidas por el Artículo 102º, de la Ley de Tránsito N° 18.290, así como todas aquellas que se señalan en las Especificaciones Técnicas de estas Bases.
DE LOS AUMENTOS Y DISMINUCIONES DE OBRAS
La Municipalidad podrá otorgar ampliación de obras y/u obras extraordinarias, previo informe técnico de la ITO, visado por el Director de Obras y de acuerdo a la disponibilidad presupuestaria del Gobierno Regional Región del Bío Bío. Sin perjuicio de lo dispuesto en las presentes Bases Administrativas, la Municipalidad podrá, con el fin de llevar a un mejor término la obra contratada, ordenar modificación o paralización temporal de las obras, las que deberán ser aprobadas por Decreto Alcaldicio, antes de la fecha del plazo contractual, además los aumentos efectivos de obra y aumentos de plazo, deberán ser debidamente garantizados mediante boletas de garantía bancaria, en los mismos porcentajes estipulados en el contrato original y la vigencia de dichos documentos serán a lo menos la fecha de término de las obras mas 90 días corridos. Los aumentos o disminuciones de obras se cotizarán a los Precios Unitarios del presupuesto adjudicado. La Oferta del Contratista incluye el costo total de la obra, por lo que no podrá cobrar ningún tipo de obras extraordinarias. No obstante, a exclusivo juicio de la Municipalidad podrá ésta ordenar obras extraordinarias o el empleo de materiales no considerados a precios unitarios convenidos, a fin de llevar a un mejor término la obra, en cuyo caso se incluirán éstas al valor total del contrato como “aumento de obras extraordinarias” y siempre que exista disponibilidad presupuestaria debidamente autorizada. Cualquier aumento, disminución de obras y/o obras extraordinarias, deben ser aprobadas por la Municipalidad antes de la fecha contractual.
DE LA INSPECCION TECNICA
Se entiende por Inspección Técnica de la Obra (I.T.O.), a la o las personas que, nombradas por Decreto Alcaldicio por parte de la Municipalidad, asumen el derecho y la obligación de fiscalizar el cumplimiento del contrato que emane de esta Licitación. La I.T.O. deberá verificar los avances que efectúe el Contratista, y aprobarlos cuando corresponda. El Contratista deberá someterse a las instrucciones o resoluciones que impartan por escrito la I.T.O., conforme los términos y condiciones del contrato. Dichas órdenes deberán ser cumplidas y/o apeladas por el contratista, en un plazo máximo de 5 (cinco) días hábiles, contados desde la fecha de notificación hecha en el libro de obra. Toda consulta, apelación, observación o proposición del Contratista, que se relacione con los trabajos, deben formularse por escrito, dirigidas al Director de Obras y entregadas en la secretaría de la Dirección, ubicada en calle Caupolicán Nº 399, ciudad de Los Ángeles, en horario de 9:00 a 13:30 horas. La Comisión de Evaluación, resolverá dicha apelación en 6 (seis) días hábiles y comunicará por escrito al contratista la resolución. El incumplimiento de esta obligación dará lugar a aplicar las sanciones establecidas en las presentes Bases.
DEL LIBRO DE OBRAS Y DOCUMENTOS EN OBRA
Para la fiscalización de la obra se llevará en ella un libro que se denominará "Libro de Obras", en el cual se anotarán todas las observaciones de la marcha de los trabajos y las órdenes que la I.T.O. y/o proyectista de al Contratista. Será responsabilidad y cargo del contratista proveer el Libro de Obras manifold autocopiativo foliado en triplicado, el cual deberá permanecer en la obra.
DEL CONTROL
El control que ejerza la Municipalidad por medio de la Inspección Técnica, no libera al Contratista de la responsabilidad contractual y técnica que le cabe. La responsabilidad por la calidad del trabajo será exclusivamente del Contratista.
DE LA RECEPCION PROVISORIA
Una vez terminadas las obras, el contratista solicitará por escrito la recepción de las obras a la I.T.O., solicitud que deberá ingresar en la oficina de partes de la Municipalidad, para ante la I.T.O., la que deberá verificar el Fiel cumplimiento de las especificaciones del contrato y comunicarlo, dentro del plazo de 5 días, por escrito, a la Unidad respectiva, indicando por él la fecha en que el contratista puso término a la obra. La comisión de recepción deberá constituirse en la obra en un plazo no superior a 10 días corridos , contados desde la fecha de terminación de la obra. El día y la hora fijado para la recepción debe ser comunicado al contratista con dos días de anticipación, por lo menos, para que concurra al acto si lo desea, la no concurrencia del contratista, se dejará constancia del hecho en el acta correspondiente. Una vez verificada por la comisión el cabal cumplimiento del contrato, éste dará curso a la recepción y levantará un acta dentro del plazo de 7 días corridos contados del día de la recepción en terreno, y que será firmada por los miembros asistentes, por la I.T.O. y el contratista, si lo desea. Si este no estuviere de acuerdo con el texto propuesto deberá formular sus observaciones en el término de 5 días. La comisión consignará, la fecha que haya indicado la I.T.O. en el Oficio indicado anteriormente. Si de la recepción de las obras, la Comisión determina que los trabajos adolecen de defectos fácilmente reparables, recepcionarán las obras con reserva, levantando un “Acta de Recepción Provisoria con Observaciones”, detallando éstas y fijando un plazo para que el contratista ejecute a su costo los trabajos requeridos, el plazo adicional no podrá exceder del 25% del plazo contractual y no estará afecto a multas. El I.T.O. deberá certificar el cumplimiento de las observaciones formuladas por la comisión, dentro del plazo fijado para ello. Una vez subsanadas las observaciones dentro del plazo establecido, la comisión procederá a su recepción y a levantar un acta dejando constancia del cumplimiento de las correcciones técnicas ordenadas, y de la fecha de término real de las obras. Si en contratista hubiere excedido el plazo otorgado por la comisión, esos días adicionales estarán afectos a multas, las que serán aplicadas de acuerdo a lo estipulado en las presentes Bases, de lo que se dejará constancia en el Acta de Recepción. Si de la Recepción de las obras resulta que los trabajos no están terminados o no se ejecutaron de acuerdo a planos, especificaciones técnicas y reglas de la inspección técnica, o se han empleado materiales defectuosos o inadecuados, la comisión no dará curso a la recepción provisoria y elevará un informe detallado al Jefe de la Unidad Técnica el cual notificará al contratista, quién ejecutará a su costo los trabajos que faltan o las reparaciones que ella determine. Si la comisión establece dentro del plazo (22 días corridos) que la obra no ha sido terminada, dejará constancia de ello en el informe y al contratista le serán aplicadas las multas por atraso, por el monto equivalente al dos por mil del monto contratado, a contar de la fecha en que ingresó la notificación de términos de obra. Este informe se notificará a través del libro de obra. El contratista una vez que considere haber terminado la obra deberá requerir nuevamente la Recepción Provisoria en la forma señalada precedentemente. Efectuada la recepción provisoria sin observaciones el Contratista deberá canjear la garantía de “Fiel Cumplimiento del Contrato” por la de “Correcta Ejecución de las Obras”.Una vez efectuada la recepción provisoria sin observaciones se sancionará mediante Decreto Alcaldicio.
DE LA COMISION DE RECEPCION
La recepción de las obras se efectuará por una Comisión compuesta por el Director de Obras, el Director de SECPLAN y un profesional SECPLAN.
DE LA RECEPCION DEFINITIVA
Será responsabilidad del Contratista solicitar por escrito, al Director de Obras, la recepción Definitiva de la obra. La Recepción Definitiva se hará dentro de un plazo de 180 días corridos contados desde la recepción provisoria sin observaciones, la cual se hará en la misma forma y solemnidad de la provisoria. El mandante usará o explotará la obra, después de la recepción provisoria de ella. Sin embargo, el contratista será siempre responsable durante el plazo de garantía por la correcta ejecución de la obra, de todos los defectos que presenta la ejecución de la misma, a menos que estos se deban al uso o explotación inadecuadas de la obra, y deberá repararlos a su costo antes de la fecha que razonablemente señale la I.T.O. La comisión receptora verificará básicamente durante la recepción definitiva de la obra, lo siguiente: a) La buena ejecución de los trabajos (que no se hayan producido daños atribuibles a la ejecución defectuosa). b) La calidad de los materiales empleados (que no se hayan presentado desperfectos o deficiencias propias de los materiales utilizados).
DE LA LIQUIDACION FINAL DEL CONTRATO
Realizada la Recepción Definitiva sin observaciones, y dictado el decreto respectivo, se procederá a realizar la Liquidación final del Contrato dentro de un plazo de 30 días corridos, la que será sancionada mediante Decreto Alcaldicio. La Liquidación final del Contrato deberá establecer claramente saldos pendientes que resulten a favor o en contra del Contratista. Cumplido lo anterior y si no existen saldos pendientes a favor de la Municipalidad, se dictará el decreto respectivo y posteriormente se devolverá al Contratista la garantía de “Correcta Ejecución de la Obra”.
DEL TERMINO ANTICIPADO DEL CONTRATO
· El contrato podrá terminar administrativamente, en forma anticipada, por mutuo acuerdo de las partes, o por incumplimiento del Contratista a cualquiera de sus obligaciones contenidas en estas Bases, sus aclaraciones, Especificaciones Técnicas, y demás antecedentes que rigen esta licitación. En caso de que el término anticipado se declare por incumplimiento del Contratista, la Municipalidad de Los Ángeles, hará efectiva la Garantía correspondiente.
Cuando lo exija el interés público o la seguridad nacional, según lo establece el artículo Nº77, del Decreto Supremo 250-04, del Ministerio de Economía Fomento y Reconstrucción.
DE LAS SANCIONES Y MULTAS
a. Si las obras se entregaran con posterioridad al plazo contractual, se aplicará al contratista una multa equivalente al cinco por mil del monto total neto contratado por cada día de atraso. Esta multa que será en pesos deberá cobrarse a partir de la fecha de término del contrato y hasta un plazo máximo de 15 días corridos. Si transcurridos este tiempo el contratista no hiciera entrega de las obras terminadas, la Municipalidad, podrá hacer efectiva la Boleta Bancaria de Garantía que cauciona el contrato y podrá dar término al contrato administrativamente y sin intervención de los tribunales de justicia. En caso que la entrega de las obras fuera antes de los 15 días, sólo se aplicará la multa correspondiente a los días afectos al retraso. El contratista comunicará por escrito el término de las obras y será el ITO quién verifique lo informado.
b. Las observaciones o instrucciones, emanadas de la ITO, no apeladas o apeladas y resueltas, que no sean cumplidas, darán lugar a la aplicación de una multa diaria del dos por mil del monto total neto del contrato. De persistir el incumplimiento por más de 15 (quince) días hábiles, la Municipalidad podrá sancionar con el término anticipado del Contrato.
c. Dichas multas serán aplicadas por el Inspector Técnico y podrán ser apeladas en la forma y procedimiento establecido en las presentes Bases.
d. Las multas se descontarán del monto del Estado de Pago siguiente a la sanción aplicada.
DE LOS DESCUENTOS
En el pago podrán hacerse descuentos por sanciones y multas a que se hubiere hecho merecedor el Contratista. Los descuentos se harán de los estados de pago del Contratista y/o de las garantías vigentes.
RESPONSABILIDAD
La Municipalidad de Los Ángeles queda exenta de toda responsabilidad por daños que se produjeran a terceros con motivo u ocasión del traslado de materiales, o por las obras, recayendo la responsabilidad civil y penal pertinente en el adjudicado.
JURISDICCION, DOMICILIO Y LEY APLICABLE
Toda divergencia que surja entre las partes acerca de la interpretación o aplicación de cualquiera de las cláusulas del Contrato, será sometida a conocimiento de los Tribunales Ordinarios de Justicia. Para los efectos del contrato las partes fijan su domicilio en la ciudad de Los Ángeles, prorrogando en consecuencia ante sus Tribunales la competencia. En todos los casos será aplicable la legislación Chilena que se presume conocida por las partes.
DE LA RESOLUCION ADMINISTRATIVA CON CARGO
Si el contratista no diere cumplimiento a las condiciones pactadas en el contrato o se negare a dar cumplimiento a las instrucciones impartidas por la I.T.O., la Municipalidad podrá disponer la resolución administrativa con cargo al contrato. Para los efectos de las presentes Bases Administrativas, resolver administrativas con cargo a un contrato, aplica la facultad que tiene la Municipalidad de poner término anticipado a un contrato de ejecución de obras, sin necesidad de recurrir a la justicia ordinaria para tales efectos, habida consideración de la aceptación del contratista por el solo hecho de suscribir el contrato correspondiente, siendo de cargo de dicho contratista todo mayor gasto, directos o indirectos que su incumplimiento le signifiquen a la Municipalidad. Se entiende por cargo de un contrato resuelto administrativamente, el mayor costo que deba pagar la Municipalidad por la ejecución y terminación de las obras contratadas, incluyéndose la totalidad de los gastos en que deba incurrir, tanto directos como indirectos o a causa de ello. La Municipalidad podrá declarar resuelto administrativamente el contrato con cargo, sin forma de juicio, y hacer efectivas de inmediato todas las garantías que obren en su poder, en los siguientes casos: a) Si el contratista, por causa que le sea imputable, no iniciare las obras dentro del plazo máximo de 07 días corridos, contados desde la fecha de entrega del terreno. b) Por paralizar las obras por mas de 15 días corridos sin causa justificada ante la I.T.O. c) Por el incumplimiento de las ordenes o instrucciones impartidas por la I.T.O. relacionadas con la ejecución de las obras. d) Por modificaciones o alteraciones de las obras contratadas sin la debida autorización. e) Si las obras quedaren con defectos graves que no pudieren ser reparadas y comprometieren la seguridad de ellas u obligaren a modificaciones sustanciales del proyecto, sin perjuicio que la Municipalidad adopte las medidas procedentes. f) Por quiebra, cesión de bienes o notoria insolvencia. Se presumirá insolvencia del contratista cuando tenga documentos protestados o se encuentre en mora en el pago de obligaciones previsionales o tributarias. g) Si el contratista fuere formalizado por algún delito que merezca pena aflictiva. Tratándose de sociedades, cuando lo fuere alguno de sus socios, miembros del directorio o apoderado. h) Si el contratista fuere una sociedad y se disolviere o se hubiere manifestado la voluntad de disolverla, encontrándose pendiente la ejecución del contrato. i) Por otras causales indicadas en las presentes Bases Administrativas que establezcan dicha sanción. Resuelto administrativamente con cargo el contrato, la Municipalidad deberá contratar las obras, materia del mismo, de acuerdo a las normas de las presentes Bases Administrativas, procurando mantener, en lo posible el mismo número, calidad, especificaciones de las obras contratadas primitivamente. Para terminar las obras liquidadas administrativas con cargo, la Municipalidad podrá recurrir a los estados de pago pendientes y hacer efectivas las garantías en custodia de cualquier naturaleza. La Municipalidad dispondrá de un plazo de 90 días corridos, contados desde la fecha de tramitación de la resolución que disponga de la medida a que se refieren los artículos precedentes, para contratar la terminación de las obras. En caso que al contratarse la terminación de las obras, fuere necesario modificar partidas o especificaciones del contrato resuelto administrativamente con cargo, para los efectos de liquidar el cargo, se deberán considerar para aquellas partidas, los valores y cantidades contemplados en el presupuesto detallado, según sea el caso. Terminadas y recibidas por la Municipalidad las obras contratadas se procederá a terminar contablemente en contrato resuelto administrativamente con cargo, para lo cual se deberá expresar en pesos el monto del contrato que se liquida, a la fecha de término establecido para el mismo. De resultar un saldo a favor del contratista, se le restituirá, dictando previamente el efecto un Decreto que sancione la liquidación pertinente. Si de la liquidación se obtiene un saldo en contra del contratista, este tendrá un plazo de 30 días corridos, contados desde la fecha de notificación de la resolución que aprueba la liquidación contable, para entregar en arcas de la Municipalidad el total adeudado. Vencido dicho plazo, la Municipalidad iniciará las acciones judiciales que procedan.
Resolución de Empates

Si en la evaluación se presentara un empate entre 2 o más ofertas, ello se resolverá adjudicando al oferente que hubiese obtenido el mayor puntaje en el criterio “Precio". Si aplicando la fórmula anterior aún persiste el empate entre oferentes, dicha situación se resolverá adjudicando al oferente que hubiese obtenido el mayor puntaje en el criterio “Experiencia de los oferentes”. De persistir el empate, se adjudicará al oferente que hubiese obtenido el mayor puntaje en el criterio “Cumplimiento de Requisitos Formales”. 

Mecanismo para solución de consultas respecto a la adjudicación

En caso que los oferentes quieran aclarar aspectos de la evaluación y/o adjudicación, podrán comunicarse vía correo electrónico con el contacto de la licitación indicado en la cláusula 2 de las respectivas bases. Las consultas efectuadas serán respondidas por correo electrónico al proveedor que realiza la consulta, junto con ello las preguntas y respuestas serán publicadas como anexos a la licitación.

 

Presentación de antecedentes omitidos por los oferentes

En caso que uno o más oferentes omitan algún antecedente de carácter administrativo, podrán presentarlo en un plazo fatal de 48 horas contados desde el requerimiento de la Municipalidad.  Se exceptúa de esta opción la entrega de oferta técnica económica, la cual deberá ser entregada antes del cierre de la adquisición.

 

DEL PLAZO DE ADJUDICACIÓN
En caso de no cumplirse con la fecha de adjudicación indicada en las presentes bases de licitación, se publicará una nueva fecha en el portal www.mercadopublico.cl informando allí las razones del atraso.
10. Demandas ante el Tribunal de Contratación Pública
No cuenta con demandas ante el Tribunal de Contratación Pública.