Licitación ID: 1751-1-LP26
Campañas Comunicacionales Seguridad Vial
Responsable de esta licitación: FISCALIZACION Y CONTROL
Reclamos recibidos por incumplir plazo de pago: 2
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Productos o servicios
1
Campañas publicitarias o de marketing 1 Unidad
Cod: 80141612
Campañas Comunicacionales de Seguridad y Convivencia Vial  

1. Características de la licitación
Nombre de la licitación:
Campañas Comunicacionales Seguridad Vial
Estado:
Adjudicada
Descripción:
La Subsecretaría de Transportes requiere contratar servicios creativos, de producción y/o estrategia de medios y marketing para desarrollar hasta cinco campañas comunicacionales, a nivel nacional, regional y metropolitano, orientadas a concientizar sobre las muertes en siniestros viales, promover conductas responsables e informar sus efectos permanentes mediante mensajes educativos.
Tipo de licitación:
Pública-Licitación Pública igual o superior a 1.000 UTM e inferior a 5.000 UTM (LP)
Tipo de convocatoria:
ABIERTO
Moneda:
Peso Chileno
Etapas del proceso de apertura:
Una Etapa
Toma de razón por Contraloría:
No requiere Toma de Razón por Contraloría
Publicidad de ofertas técnicas:
Las ofertas técnicas serán de público conocimiento una vez realizada la apertura técnica de las ofertas.
2. Organismo demandante
Razón social:
Unidad de compra:
Comisión Nacional de Seguridad de Tránsito (CONASE
R.U.T.:
61.975.600-2
Dirección:
Agustinas N° 1382
Comuna:
Santiago
Región en que se genera la licitación:
Región Metropolitana de Santiago
3. Etapas y plazos
Fecha de cierre de recepción de la oferta: 09-07-2026 16:00:00
Fecha de Publicación: 10-06-2026 10:58:40
Fecha inicio de preguntas: 10-06-2026 11:01:00
Fecha final de preguntas: 15-06-2026 23:59:00
Fecha de publicación de respuestas: 30-06-2026 20:00:00
Fecha de acto de apertura técnica: 09-07-2026 16:01:00
Fecha de acto de apertura económica (referencial): 09-07-2026 16:01:00
Fecha de Adjudicación: 30-07-2026 13:37:33
Fecha de entrega en soporte fisico No hay información
Fecha estimada de firma de contrato No hay información
Tiempo estimado de evaluación de ofertas No hay información
4. Antecedentes para incluir en la oferta
Adicionalmente, todos los proveedores para ofertar en esta licitación, deberán obligatoriamente confirmar y firmar electrónicamente la Declaración Jurada de Requisitos para Ofertar.
Documentos Administrativos
1.- Acorde al punto 2.10 de las bases adjuntas
Documentos Técnicos
1.- Acorde al punto 2.9.1 de las bases adjuntas
 
Documentos Económicos
1.- Acorde al punto 2.9.2 de las bases adjuntas
5. Requisitos para contratar al proveedor adjudicado
Persona natural
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.
 
2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.
 
3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.
 
4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.
 
5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.
 
6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.
 
7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.
 
8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).
 
Documentos persona natural
- Fotocopia Legalizada de Cédula de Identidad
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
- Programas de integridad y ética empresarial
- Certificado de cumplimiento de obligaciones laborales y de remuneración
Persona jurídica
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.

2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.

3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.

4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.

5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.

6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.

7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.

8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).

Documentos persona jurídica
- Fotocopia Legalizada del Rut de la Empresa
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
- Certificado de Vigencia de la Sociedad
- (1) Certificado de Boletín de Informes Comerciales
- (1) Certificado de Quiebras/Convenio Judicial
- I18n entry not found: Certificado de cumplimiento de obligaciones laborales y de remuneración
- I18n entry not found: Programas de integridad y ética empresarial
- I18n entry not found: Declaración jurada simple de persona jurídica
6. Criterios de evaluación
ÍtemObservacionesPonderación
1 Cumplimiento de los requisitos Según punto 2.17.5 de las bases 2%
2 PROGRAMA DE INTEGRIDAD Según el punto 2.17.6 de las bases 2%
3 TÉCNICO (Briefing y Estrategia de medios) Briefing 80% y Estrategia de medios 20% 80%
4 Experiencia de los Oferentes según punto 2.17.3 de las bases 5%
5 Comisión de Agencia Según el punto 2.17.4 de las bases 11%

7. Montos y duración del contrato
Estimación en base a: Presupuesto Disponible
Fuente de financiamiento: Presupuesto Vigente
Monto Total Estimado: 350000000
Justificación del monto estimado De acuerdo a procesos de licitación anteriores.
Contrato con Renovación: SI
Justificación Renovación: Si existen motivos fundados, que serán calificados a través de un acto administrativo, se podrá prorrogar la contratación por una sola vez por un periodo de 16 meses, en conformidad con lo dispuesto en el artículo 129 del decreto N° 661, 2024, M.Hacienda
Observaciones Sin observaciones
Tiempo del Contrato 16 Meses
Plazos de pago: 30 días contra la recepción conforme de la factura
Opciones de pago: Transferencia Electrónica
Nombre de responsable de pago: Priscila Vega
e-mail de responsable de pago: pvega@mtt.gob.cl
Nombre de responsable de contrato: Joaquín Ghisolfo
e-mail de responsable de contrato: jghisolfo@mtt.gob.cl
Teléfono de responsable del contrato: 56-2-24213000-
Prohibición de subcontratación: Se permite subcontratación
8. Garantías requeridas
    Garantía fiel de Cumplimiento de Contrato
Beneficiario: Subsecretaria de Transportes
Fecha de vencimiento: 31-03-2028
Monto: 5 %
Descripción: No hay información
Glosa: “Garantía de fiel y oportuno cumplimiento para la contratación del servicio CAMPAÑAS COMUNICACIONALES DE SEGURIDAD Y CONVIVENCIA VIAL, y de las obligaciones que ordena el artículo 11 de ley N° 19.886” o una redacción similar.
Forma y oportunidad de restitución: La garantía solo será devuelta al contratista o a aquella persona a quien este haya mandatado para hacer recepción conforme de dichos documentos. Para esto se levantará, en su oportunidad, un acta de recepción y devolución de garantía de fiel y oportuno cumplimiento de la contratación. La devolución de la garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato se efectuará una vez vencida su vigencia o, en su defecto, la vigencia mínima establecida.
9. Requerimientos técnicos y otras cláusulas
Cláusula de Readjudicación
En caso que el adjudicatario se desistiera de su oferta, la Subsecretaría podrá readjudicar la licitación a la oferta que le suceda en la calificación y así sucesivamente con todas las ofertas que fueron consideradas admisibles.
Resolución de Empates
Acorde al punto "2.18. MECANISMO DE DESEMPATE" de las bases.
Si en la evaluación final se produjera un empate entre 2 o más ofertas, éste se resolverá aplicando los criterios de evaluación en el siguiente orden de prelación:
a) Briefing.
b) Estrategia de medios.
c) Comisión de agencia.
Si el empate persiste, será resuelto considerando el orden de ingreso de las ofertas en el portal www.mercadopublico.cl. En última instancia, el empate será resuelto mediante sorteo.
Mecanismo para solución de consultas respecto a la adjudicación
Acorde al punto "2.20 ACLARACIONES Y/O CONSULTAS DE LA ADJUDICACIÓN" de las bases.
Se podrán enviar consultas referentes a la adjudicación hasta dentro del 3° día hábil de notificada. Las consultas se efectuarán a través de los correos electrónicos cguajardos@mtt.gob.cl y/o cortiza@mtt.gob.cl, ambas casillas de la Subsecretaría de Transportes, o bien, mediante el Sistema de Información y serán respondidas por el mismo medio a través del cual hubieren sido ingresadas.
Presentación de antecedentes omitidos por los oferentes
Acorde al punto "2.14. PRESENTACIÓN DE ANTECEDENTES OMITIDOS" de las bases.
De conformidad a lo establecido en el artículo 56 del decreto N° 661, de 2024, del Ministerio de Hacienda, una vez realizada la apertura de las ofertas, la Subsecretaría podrá solicitar, a través de la funcionalidad disponible en el portal www.mercadopublico.cl, que se salven errores u omisiones formales en que han incurrido, no considerándose dentro de esta categoría los errores en el precio de la oferta, siempre que las rectificaciones de dichos vicios u omisiones no les confieran a esos oferentes una situación de privilegio respecto de las demás, esto es, en tanto no se afecten los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de las oferentes, y se informe de dicha solicitud a través del Sistema de Información.
Se permitirá la presentación de certificaciones o antecedentes que se hayan omitido entregar al momento de efectuar la oferta, siempre que dichas certificaciones o antecedentes se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar ofertas o se refieran a situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas y el período de evaluación. A través de estos documentos no podrá presentarse una oferta técnica o económica distinta a la presentada dentro del período establecido en estas bases para recibir ofertas.
Los oferentes tendrán un plazo máximo de 48 horas, que se contarán una vez transcurridas 24 horas desde que se realizó el requerimiento en el portal, conforme a lo señalado en el artículo 9 del decreto N° 661, de 2024, del Ministerio de Hacienda, para responder a lo solicitado a través del Sistema de Información.

De dicha solicitud se deberá dejar constancia en el acta que, al efecto, elabore la comisión evaluadora.

Sin perjuicio de lo anterior, la presentación de los antecedentes que puedan ser solicitados del modo y dentro del plazo expresados en este punto será considerada al momento de la evaluación de la respectiva oferta, conforme al criterio “Cumplimiento de requisitos formales de presentación de la oferta”, indicado en el punto 2.17 de las bases
Pacto de integridad
Acorde al punto "2.35. PACTO DE INTEGRIDAD" de las bases.
La presentación de una oferta implica, para quien la formule, la aceptación del presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas las sus estipulaciones, que se La presentación de una oferta implica, para quien la formule, la aceptación del presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas sus estipulaciones, que se indican a continuación, tanto durante el proceso licitatorio como durante la contratación: i. El oferente respetará los derechos fundamentales de sus trabajadores, entendiéndose por éstos los consagrados en la Constitución Política de la República, en su artículo 19, números 1º, 4º, 5º, 6º, 12º, y 16º, en conformidad al artículo 485 del Código del Trabajo. Asimismo, respetará los derechos humanos, evitando toda acción u omisión que dé lugar o contribuya a generar efectos adversos a ellos y subsanará tales efectos cuando se produzcan, de acuerdo con los Principios Rectores de Derechos Humanos y Empresas de Naciones Unidas. ii. El oferente no ofrecerá, no concederá, ni intentará ofrecer o conceder sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a funcionario público alguno relacionado con su oferta, con el proceso de licitación pública o con la ejecución del contrato que eventualmente derive de ella, tampoco las ofrecerá o concederá a terceros que pudiesen influir directa o indirectamente en tales procesos. iii. El oferente no llegará ni intentará llegar a acuerdos, tampoco realizará negociaciones, actos o conductas, que tengan por objeto influir o afectar, de cualquier forma, la libre competencia, especialmente, aquellos de tipo o naturaleza colusiva, en cualquiera de sus tipos o formas. iv. El oferente revisará y verificará la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de toda la información y documentación que presente para efectos del presente proceso licitatorio. v. El oferente ajustará su actuar y cumplirá con los principios de legalidad, probidad y transparencia en el presente proceso licitatorio. vi. El oferente adoptará las medidas que sean necesarias para que las estipulaciones señaladas sean cumplidas por sus empleados, dependientes, asesores, agentes, subcontratistas, y, en general, por cualquier persona con quien se relacione, directa o indirectamente, en virtud o como efecto de la presente licitación, siendo responsable de las consecuencias de su infracción por parte de éstas. Lo anterior, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y fuesen determinadas por los organismos correspondientes. La contravención de alguna de las estipulaciones señaladas en este punto se considerará como un incumplimiento grave de la contratación, para efectos de lo dispuesto en el punto 2.29 de estas bases.
PROPIEDAD INTELECTUAL
2.36. PROPIEDAD INTELECTUAL La propiedad intelectual de los productos y todo el material que sea producido con ocasión de la ejecución de los servicios materia de las bases de licitación y del contrato que emane de éstas, serán de propiedad exclusiva de la Subsecretaría de Transportes. En razón de lo anterior, es la Subsecretaria quien determinará las formas de uso futuro de los mismos, pudiendo autorizar su utilización posterior, puesto que constituirán antecedentes que podrán informar la adopción de una resolución, medida o política pública. El contratista no podrá difundir o reproducir, en cualquier forma o medio, total o parcialmente, el producto resultante del cumplimiento del contrato.
CESIÓN DE LA CONTRATACIÓN
2.31. CESIÓN DE LA CONTRATACIÓN El contratista no podrá ceder ni transferir en forma alguna, sea total o parcialmente, los derechos y obligaciones que nacen con ocasión de la licitación y de la contratación respectiva, salvo que norma legal especial permita las referidas cesiones. Lo anterior es sin perjuicio que los documentos justificativos de los créditos que emanen de estos contratos puedan transferirse de acuerdo a las normas de derecho común. La infracción a esta obligación autorizará a esta Subsecretaría a poner término inmediato a la contratación, de conformidad a lo establecido en el punto 2.29 de las bases
SUBCONTRATACIÓN
2.32. SUBCONTRATACIÓN El contratista podrá concertar con terceros la ejecución parcial de la contratación, siempre y cuando esta no exceda el 60% de su monto total y que ello sea informado en la oferta o luego de la adjudicación de la licitación y, a más tardar, cuando inicie la ejecución del contrato, caso en el cual, deberá ser informado por escrito a la contraparte técnica; indicando claramente la parte de la contratación que se subcontratará, su importe y el nombre o razón social del subcontratista. La contraparte técnica se pronunciará por escrito, en orden a estimar la procedencia o no de la subcontratación informada, remitiendo los antecedentes a la Subsecretaría de Transportes para lo que corresponda. El fundamento del porcentaje antes mencionado se sustenta en que la contratación recae en una industria que opera bajo un modelo de intermediación especializada para funcionar adecuadamente. Las agencias deben contratar terceros proveedores de difusión y producción para cumplir con el objeto de la presente contratación de manera que se pueda alcanzar la alta capacidad ejecución operativa, necesario para dar cumplimiento a los lineamientos esenciales sobre la producción y planes de medios. De todas formas, aun existiendo alta subcontratación de difusión y operacional del servicio permanece bajo responsabilidad directa del contratista. En todo caso, será el contratista principal el único responsable ante la Subsecretaría del cabal y oportuno cumplimiento de la contratación. Asimismo, el contratista principal deberá notificar por escrito a la contraparte técnica de cualquier modificación en las prestaciones que desarrollará el subcontratista, o en su identidad, con a lo menos 10 días hábiles anteriores a la materialización de estos cambios. En caso de cambio en la identidad del subcontratista, el contratista principal deberá acreditar que éste cumple con lo señalado en el párrafo siguiente. El subcontratista no puede estar afecto a las inhabilidades e incompatibilidades establecidas en el artículo 154, en relación con lo indicado en la letra c), del inciso tercero, del artículo 128, ambos del decreto N° 661, de 2024, del Ministerio de Hacienda. El incumplimiento del plazo indicado en los párrafos primero y cuarto dará lugar a la aplicación de la multa dispuesta en el punto 2.27 de las bases.
10. Demandas ante el Tribunal de Contratación Pública
No cuenta con demandas ante el Tribunal de Contratación Pública.