Licitación ID: 2555-6-LE26
CHAQUETAS Y PANTALON EN TELA GABARDINA PEE SIC 539
Responsable de esta licitación: CORP NACIONAL FORESTAL
Fecha de Cierre: 11-06-2026 9:30:00
Reclamos recibidos por incumplir plazo de pago: 73
Este número indica los reclamos recibidos por esta institución desde los últimos 12 meses hasta el día de ayer. Recuerde interpretar esta información considerando la cantidad de licitaciones y órdenes de compra que esta institución genera en el Mercado Público.
Faltan 8 días para que cierre esta licitación.
Dejar un reclamo sobre esta licitación Dejar un reclamo sobre esta licitación
Productos o servicios
1
Vestuario 400 Unidad
Cod: 91111703
CHAQUETA MANGA LARGA • Chaqueta Gris/ Naranjo • Tela gabardina. • Cierre nylon a la vista separable. • 4 Bolsillos con fuelle, tapeta y cierre. Distribuidos 2 en nivel superior y 2 bolsillos en nivel inferior. • 80% Poliéster o algodón • 20% Algo  

2
Vestuario 400 Unidad
Cod: 91111703
PANTALON CARGO • Pantalón cargo multifuncional. • Tela Gabardina o similar • Cintura ajustable. • Cierre nylon a la vista separable. • Convertible en bermuda. • 80% Poliéster. • 20% Algodón. • 235 grs. • Mínimo 6 bolsillos funcionales, consider  

1. Características de la licitación
Nombre de la licitación:
CHAQUETAS Y PANTALON EN TELA GABARDINA PEE SIC 539
Estado:
Publicada
Descripción:
CHAQUETAS Y PANTALONES EN TELA GABARDINA POLIÉSTER Y ALGODÓN PROGRAMA DE EMERGENCIA DE EMPLEO COQUIMBO 2026 SIC 539
Tipo de licitación:
Pública-Licitación Pública igual o superior a 100 UTM e inferior a 1.000 UTM (LE)
Tipo de convocatoria:
ABIERTO
Moneda:
Peso Chileno
Etapas del proceso de apertura:
Una Etapa
Contrato
El contrato se formalizará con la orden de compra
Toma de razón por Contraloría:
No requiere Toma de Razón por Contraloría
Publicidad de ofertas técnicas:
Las ofertas técnicas serán de público conocimiento una vez realizada la apertura técnica de las ofertas.
2. Organismo demandante
Razón social:
Unidad de compra:
IV Región - Oficina Regional de Coquimbo
R.U.T.:
61.313.000-4
Dirección:
Regimiento Arica 901, Sector Peñuelas, Coquimbo
Comuna:
Coquimbo
Región en que se genera la licitación:
Región de Coquimbo
3. Etapas y plazos
Fecha de cierre de recepción de la oferta: 11-06-2026 9:30:00
Fecha de Publicación: 01-06-2026 8:35:04
Fecha inicio de preguntas: 01-06-2026 9:30:00
Fecha final de preguntas: 04-06-2026 21:00:00
Fecha de publicación de respuestas: 05-06-2026 21:00:00
Fecha de acto de apertura técnica: 11-06-2026 9:31:00
Fecha de acto de apertura económica (referencial): 11-06-2026 9:31:00
Fecha de Adjudicación: 26-06-2026 18:00:00
Fecha de entrega en soporte fisico No hay información
Fecha estimada de firma de contrato No hay información
Tiempo estimado de evaluación de ofertas No hay información
Extensión automática del plazo de ofertas:

Se estableció para esta licitación que: "Si a la fecha de recepción de ofertas, se han recibido 2 o menos propuestas, el plazo de cierre se ampliará automáticamente en 2 días hábiles, por una sola vez, bajo las condiciones establecidas en el artículo 25, inciso octavo, del Reglamento de la ley 19.886."
4. Antecedentes para incluir en la oferta
Adicionalmente, todos los proveedores para ofertar en esta licitación, deberán obligatoriamente confirmar y firmar electrónicamente la Declaración Jurada de Requisitos para Ofertar.
Documentos Administrativos
1.- ANEXO 1-2-3-4
Documentos Técnicos
1.- ANEXOS TÉCNICOS 5-6-7-9
 
Documentos Económicos
1.- ANEXO 8
5. Requisitos para contratar al proveedor adjudicado
Persona natural
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.
 
2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.
 
3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.
 
4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.
 
5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.
 
6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.
 
7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.
 
8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).
 
Documentos persona natural
- Fotocopia Legalizada de Cédula de Identidad
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
Persona jurídica
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.

2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.

3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.

4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.

5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.

6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.

7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.

8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).

Documentos persona jurídica
- Fotocopia Legalizada del Rut de la Empresa
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
- Certificado de Vigencia de la Sociedad
- (1) Certificado de Boletín de Informes Comerciales
- (1) Certificado de Quiebras/Convenio Judicial
6. Criterios de evaluación
ÍtemObservacionesPonderación
1 Precio X= Precio mínimo ofertado * 100 /Precio Oferta X 40%
2 Experiencia de los Oferentes Experiencia del oferente en servicios de igual o similar naturaleza. Nº de contratos y facturas emitidas. Servirán como medios de verificación facturas, órdenes de compra del portal mercado público y certificaciones de conformidad de servicio. Anexo N° 5: Experiencia del Oferente A. 5 o más contratos y/o facturas emitidas. 100 B. Entre 2 y 4 contratos y/o facturas emitidas. 50 C. 1 o ningún contrato y/o factura emitida. 25 D. No informa, no acompaña medio de verificación o ningún medio de verificación en Servicios de Igual o similar naturaleza. 0 10%
3 Cumplimiento de los requisitos Cumplimiento de requisitos formales Anexos N°1, N°2, N°3 y N°4 No requiere presentar antecedentes omitidos 100 Requiere presentar 1 o 2 antecedentes omitidos 50 Requiere presentar 3 o más antecedentes omitidos 0 3%
4 Programa Control Huella de Carbono: Programa Control Huella de Carbono: Documento que aprueba el Programa en Huella Chile, Anexo N° 7 A. El oferente adjunta documento que aprueba el Programa Control Huella de Carbono. 100 B. El oferente “No” adjunta documento que aprueba el Programa Control Huella de Carbono. 0 2%
5 Plazo de Entrega Plazo de Entrega Anexo N°8 - Plazo de Entrega A. Menor a 15 dias habiles 100 B. 15 dias habiles y menor a 20 dias habiles 50 C. 20 días habiles 0 15%
6 Calidad Técnica de los Bienes o Servicios Calidad Técnica: Vestuario para personal de Faena (chaqueta y pantalón) Anexo N°6: Calidad técnica A. Cumple con la calidad técnica en todos los aspectos. 100 B. No cumple con la calidad técnica en todos los aspectos. 0 30%

7. Montos y duración del contrato
Estimación en base a: Presupuesto Disponible
Fuente de financiamiento: CONAF
Contrato con Renovación: NO
Observaciones PESOS
Plazos de pago: 30 días contra la recepción conforme de la factura
Opciones de pago: Transferencia Electrónica
Nombre de responsable de pago: MARIA LOPEZ
e-mail de responsable de pago: maria.lopez@conaf.cl
Prohibición de subcontratación: Se permite subcontratación
8. Garantías requeridas
No hay información de Garantías
9. Requerimientos técnicos y otras cláusulas
Cláusula de Readjudicación
Si el respectivo adjudicatario se desiste de su oferta, no entrega los antecedentes legales para contratar y/o la garantía de fiel cumplimiento, no firma el contrato o no se inscribe en Chileproveedores en los plazos que se establecen en las presentes bases, la entidad licitante podrá dejar sin efecto la adjudicación y seleccionar al oferente que, de acuerdo al resultado de la evaluación le siga en puntaje, y así sucesivamente, a menos que, de acuerdo a los intereses del servicio, se estime conveniente declarar desierta la licitación.
BASES DE LICITACIÓN BASES ADMINSITRATIVAS, TÉCNICAS Y ECONOMICAS (MAYOR O IGUAL A 100 UTM E INFERIOR A 1.000 UTM) ADQUISICIÓN CHAQUETAS Y PANTALONES EN TELA GABARDINA 80% POLIÉSTER Y 20% ALGODÓN PROGRAMA DE EMERGENCIA DE EMPLEO COQUIMBO 2026
BASES DE LICITACIÓN BASES ADMINSITRATIVAS, TÉCNICAS Y ECONOMICAS (MAYOR O IGUAL A 100 UTM E INFERIOR A 1.000 UTM) ADQUISICIÓN CHAQUETAS Y PANTALONES EN TELA GABARDINA 80% POLIÉSTER Y 20% ALGODÓN PROGRAMA DE EMERGENCIA DE EMPLEO COQUIMBO 2026 Mayo 2026   BASES ADMINISTRATIVAS I. CARACTERÍSTICAS DE LA LICITACIÓN Nombre de la licitación ADQUISICIÓN CHAQUETAS Y PANTALONES EN TELA GABARDINA 80% POLIÉSTER Y 20% ALGODÓN - PROGRAMA DE EMERGENCIA DE EMPLEO COQUIMBO 2026 Objetivo de la Licitación La Corporación Nacional Forestal, en adelante “CONAF” o la “Corporación”, indistintamente, invita a los oferentes inscritos en el portal de compras del Estado www.mercadopublico.cl, a participar en la licitación pública ID 2555 – X – LE26, para la “Adquisición, de Chaquetas Manga larga y Pantalones Cargo convertible en bermuda, ambos en tela de Gabardina 235 Grs/M2, 80% Poliéster y 20% Algodón, Cintura Elastizada, Costuras reforzadas, Bolsillos delanteros, laterales y traseros. Tipo de licitación MAYOR O IGUAL A 100 UTM E INFERIOR A 1.000 UTM Tipo de convocatoria Abierto Moneda por utilizar en las ofertas económicas Pesos Chilenos. Etapas del proceso de Apertura En una Etapa. Suscripción de Contrato Se formaliza con la Aceptación de la Orden de Compra Publicidad de ofertas técnicas: Las ofertas técnicas serán de público conocimiento una vez realizada la apertura técnica de las ofertas. Adjudicación La adjudicación será asignada por las tres líneas a un mismo oferente, por tanto, no se adjudicarán las líneas en forma separada a distintos oferentes. II. ORGANISMO DEMANDANTE ORGANISMO DEMANDANTE Entidad Licitante CORPORACIÓN NACIONAL FORESTAL Unidad de Compra OFICINA REGIONAL COQUIMBO RUT 61.313.000-4 Dirección Avenida Regimiento Arica 901, Sector Peñuelas, Coquimbo Comuna Coquimbo Región en que se genera la licitación Región de Coquimbo III. LÍNEAS DE PRODUCTO/SERVICIO: CONJUNTO DE CHAQUETA Y PANTALON NN° PRODUCTO UNIDAD 11 CHAQUETA MANGA LARGA • Chaqueta Gris/ Naranjo • Tela gabardina. • Cierre nylon a la vista separable. • 4 Bolsillos con fuelle, tapeta y cierre. Distribuidos 2 en nivel superior y 2 bolsillos en nivel inferior. • 80% Poliéster o algodón • 20% Algodón. • 235 grs. • Puños ajustables Según foto de referencia 400 12 PANTALON CARGO • Pantalón cargo multifuncional. • Tela Gabardina o similar • Cintura ajustable. • Cierre nylon a la vista separable. • Convertible en bermuda. • 80% Poliéster. • 20% Algodón. • 235 grs. • Mínimo 6 bolsillos funcionales, considerando: • 2 bolsillos delanteros. • 2 bolsillos traseros: 1 con tapeta y fuelle y 1 bolsillo con cierre. • 2 bolsillos laterales tipo cargo con fuelle y tapeta. Según foto de referencia 400 Observación importante: . La presente licitación requiere ropa de trabajo, conforme a lo especificado en las bases técnicas. Las ofertas que incluyan vestuario distinto al requerido serán eliminadas durante el proceso de apertura de ofertas, por no cumplir con los requisitos establecidos y seran consideradas inadmisibles. DETALLE DE TALLAS TALLAS CANTIDAD TALLA S 120 TALLA M 120 TALLA L 110 TALLA XL 30 TALLA 2XL 20 TOTAL 400 IV. MONTOS Y DURACIÓN DEL CONTRATO Estimación en base a Presupuesto Disponible $8.000.000.- Monto Bruto $8.000.000.- Valor impuestos incluidos. Plazos de Pago A 30 días contra la recepción conforme de la factura. Contrato renovable No Opciones de pago Transferencia de Fondos Fuente de financiamiento CONAF Tipo de contrato Contrato de Ejecución Inmediata. Nombre de responsable de pago Carolina Jimenes Vega – Jefa Administración y Finanzas Email responsable de pago Carolina.jimenez@conaf.cl Tiempo del contrato Contrato de Ejecución Inmediata. Nombre responsable del Contrato Óscar Posenatto Ojeda– Jefe de Proyecto programa de Emergencia de Empleo Email oscar.posenatto@conaf.cl Teléfono 51 2 244769 Prohibición de Subcontratación Se permite la subcontratación. No obstante, el adjudicatario mantendrá la plena y exclusiva responsabilidad de garantizar el correcto y oportuno cumplimiento de todas las obligaciones contractuales. V. ETAPAS Y PLAZOS ETAPAS DÍAS DESDE PUBLICACIÓN DE LA LICITACIÓN Fecha de Publicación Según bases Fecha Inicio de Preguntas Según bases Fecha Final de Preguntas Según bases Fecha Publicación Respuestas Según bases Fecha Cierre de Recepción de Ofertas Según bases Fecha de Acto de Apertura Según bases Fecha de Adjudicación Según bases Excepcionalmente, en el caso que CONAF determine que, por razones de buen servicio, los plazos establecidos en la tabla anterior, no sean suficientes para cumplir las etapas predefinidas de este proceso licitatorio, podrá modificar los plazos, con estricta sujeción a los principios de igualdad y de libre concurrencia que deben primar para todos los oferentes, decisión que sólo deberá ser comunicada, mediante una aclaración, a través de la Plataforma de Licitaciones www.mercadopublico.cl , en el correspondiente ID del proceso de licitación. La fecha de cierre de recepción de ofertas podrá ser prorrogada en dos días hábiles, si al momento del cierre de recepción de ofertas se han recibido dos o menos ofertas en el Portal de Mercado Público, sin necesidad de emitir un nuevo acto administrativo, lo que se indicará en el portal www.mercadopublico.cl , en caso de que a dicha fecha no se hayan recibido ofertas. En el mismo tiempo serán ampliadas cada una las fechas de todas las etapas de esta Licitación Pública.   VI. CONSULTAS Y ACLARACIONES Las consultas referentes a las Bases Técnicas y Administrativas deberán ser realizadas sólo por la modalidad FORO del portal de compras del Estado, durante las fechas indicadas en el Calendario “Etapas y Plazos” de esta Licitación Pública. Las respuestas a dichas preguntas se publicarán a través de la misma modalidad FORO en la fecha establecida. Modificación de las bases La Corporación podrá complementar o modificar las Bases de Licitación, de acuerdo al Art. 40° del Reglamento de la Ley de Compras, ya sea por iniciativa propia o en atención a una aclaración solicitada por alguno de los Oferentes durante el proceso de consultas a través del foro de preguntas y respuestas, otorgando en estos casos un plazo prudencial para que los oferentes puedan adecuar sus ofertas a los nuevos requerimientos, e informando de ello a través del sitio www.mercadopublico.cl. Estas complementaciones y /o modificaciones formarán parte integrante de las Bases. Las modificaciones de bases estarán vigentes desde la total tramitación del acto administrativo que las apruebe. Junto con aprobar la modificación, se establecerá un nuevo plazo prudencial para el cierre o recepción de las propuestas, a fin de que los potenciales oferentes puedan adecuar sus ofertas, en caso de que la Corporación así lo amerite. VII. ACEPTACIÓN DE BASES Y PRESENTACIÓN DE LAS OFERTAS La presentación de la oferta implica la aceptación por parte del oferente de todas y cada una de las disposiciones contenidas en las presentes bases, de las normas y condiciones que regulan tanto el mecanismo de licitación, selección y adjudicación, así como la ejecución del contrato. Para estos efectos, el oferente deberá suscribir y presentar el anexo N°1 denominado “Declaración Jurada Simple de conformidad con las bases”. VIII. ANTECEDENTES PARA INCLUIR EN LA OFERTA ANEXOS ADMINISTRATIVOS El oferente deberá completar los archivos adjuntos, con los siguientes antecedentes: Declaración Jurada Simple, firmada por el Oferente o su representante legal en caso de ser una persona jurídica, según Anexo N° 1, adjunto a las presentes Bases, donde declare conocer y aceptar en su totalidad el contenido de esta licitación, con expresa mención que este conocimiento ha sido determinante para postular a la mencionada licitación pública y presentar ofertas. Declaración Jurada Simple, firmada por el Oferente o su representante legal en caso de ser una persona jurídica, según Anexo N° 2 (Declaración Jurada sobre Inhabilidades), adjunto a las presentes Bases, donde el Oferente declare no haber sido condenado por prácticas antisindicales o por infracción de derechos fundamentales laborales. Asimismo, el Oferente no debe haber sido condenado por el Tribunal de Defensa de la Libre Competencia a la medida dispuesta en la letra d) del artículo 26 del Decreto con Fuerza de Ley N° 1, de 2004, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, que Fija el texto refundido, coordinado y sistematizado del Decreto Ley N° 211, de 1973, que fija normas para la defensa de la libre competencia. Si el Oferente fuese persona jurídica, se requiere, además, que su representante legal declare que no ha sido condenada con la pena de prohibición de celebrar actos y contratos con organismos del Estado, por los delitos mencionados en la ley N° 20.393. En caso de que oferte una unión temporal de proveedores, este anexo debe ser completado por cada uno de sus integrantes. Declaración Jurada Simple, firmada por el Oferente o su representante legal en caso de ser una persona jurídica, según Anexo N° 3 (declaración jurada simple acerca del sistema prevención de lavado de activos, financiamiento del terrorismo y delitos funcionarios). Declaración Jurada Simple, firmada por el Oferente o su representante legal en caso de ser una persona jurídica, según Anexo N°4 (Conflicto de interés), según corresponda, adjunto a las presentes Bases, donde el Oferente declara no podrán encontrarse afecto a ningunas de las causales de incompatibilidad establecidas en el artículo 35 quáter de la ley N° 19.886, entre ellas no tener calidad de funcionario directivo de CONAF, no tener vínculo de parentesco con directivos de CONAF, y que no es una sociedad de la que formen parte directivos de CONAF o sus parientes. Todos los Anexos deben ser firmados por la persona natural o el representante legal de la persona jurídica, según corresponda. ANEXOS TÉCNICOS El oferente deberá completar los anexos adjuntos que se indican, con los siguientes antecedentes: Anexo Técnico N°5 “Experiencia del oferente: El oferente deberá indicar su experiencia, a través de los trabajos relacionados al rubro venta de vestuario de trabajo. La cual deberá ser comprobada, a través de contratos firmados, y/o facturas , con el detalle del servicio u órdenes de compra en estado aceptadas o recepción conforme. Todas de procesos diferentes, realizadas con instituciones públicas y/o privadas, desde el año 2023 a la fecha de publicación de la licitación. De no adjuntar el respaldo, la información no será considerada para la evaluación. La Corporación sólo podrá validar las Órdenes de Compra a través del portal Mercado Público, de indicar facturas/boletas o contratos, deberá adjuntar el respaldo, en caso contrario, no serán contabilizados. Anexo Técnico N°6 Calidad técnica. El oferente deberá presentar ficha técnica de los productos ofertados según lo requerido en punto III. LÍNEAS DE PRODUCTO/SERVICIO. Toda la documentación debe presentarse en español. Si se utiliza otro idioma, se deberá adjuntar una traducción oficial al español. La comisión de evaluación podrá rechazar las ofertas que no cumplan con este requisito. Anexo N°7: Programa de control de huella de carbono El oferente deberá adjuntar documentación que acredite la implementación de un programa de gestión de huella de carbono, idealmente validado en el marco del programa Huella Chile. ANEXO ECONÓMICO Para efectos de evaluación el oferente deberá completar el Anexo N°8 : Oferta Economica, donde deberá indicar el valor neto y bruto del servicio, según la línea de producto solicitada, en pesos chilenos. La Corporación se reserva el derecho de verificar la validez de los antecedentes entregados por el oferente ante los organismos pertinentes. En caso de discrepancia entre el valor ingresado en este Anexo y el valor ingresado en el ID de la oferta en el portal Chile Compra, prevalecerá el valor ingresado en dicho portal. Asimismo, en caso de que la oferta ingresada no esté en la moneda requerida (peso chileno), ésta será rechazada durante la apertura electrónica de las ofertas. Todo error en la oferta será de exclusiva responsabilidad del oferente, y no constituirá hecho imprevisto ni excusará de la responsabilidad adquirida, por el sólo hecho de haber presentado oferta. La Comisión Evaluadora está facultada para aceptar propuestas que presenten defectos menores de forma. Observaciones: Las únicas ofertas válidas serán las presentadas a través del portal www.mercadopublico.cl, en la forma en que se solicita en estas bases. No se aceptarán ofertas que se presenten por un medio distinto al establecido en estas Bases, a menos que se acredite la indisponibilidad técnica del sistema, de conformidad con el artículo 62 del Reglamento de la Ley de Compras. Será responsabilidad de los oferentes adoptar las precauciones necesarias para ingresar oportuna y adecuadamente sus ofertas. Los oferentes deben constatar que el envío de su oferta a través del portal electrónico de compras públicas haya sido realizado con éxito, incluyendo el previo ingreso de todos los formularios y anexos requeridos completados de acuerdo con lo establecido en las presentes bases. Debe verificar que los archivos que se ingresen contengan efectivamente los anexos solicitados. Asimismo, se debe comprobar siempre, luego de que se finalice la última etapa de ingreso de la oferta respectiva, que se produzca el despliegue automático del “Comprobante de Envío de Oferta” que se entrega en dicho Sistema, el cual puede ser impreso por el proponente para su resguardo. En dicho comprobante será posible visualizar los anexos adjuntos, cuyo contenido es de responsabilidad del oferente. El hecho de que el oferente haya obtenido el “Comprobante de envío de ofertas” señalado, únicamente acreditará el envío de ésta a través del Sistema, pero en ningún caso certificará la integridad o la completitud de ésta, lo cual será evaluado por la comisión evaluadora. En caso de que, antes de la fecha de cierre de la licitación, un proponente edite una oferta ya enviada, deberá asegurarse de enviar nuevamente la oferta una vez haya realizado los ajustes que estime, debiendo descargar un nuevo Comprobante. ANEXO PLAZO DE ENTREGA La entrega de los productos deberá realizarse en la oficina regional de CONAF Coquimbo, ubicada en calle Regimiento Arica N°901, sector Peñuelas, Coquimbo, en horario de oficina. El plazo máximo de entrega no podrá superar los 15 días hábiles (Anexo N° 9: plazo de Entrega) contados desde el envío de la orden de compra. Su incumplimiento podrá dar lugar al cobro de multas por atraso en la entrega y a la reasignación de los mismos, de acuerdo con lo establecido en estas bases de licitación. IX. UNIÓN TEMPORAL DE PROVEEDORES La Unión Temporal de Proveedores deberá dar cumplimiento a lo siguiente: a. Estará integrada por una o más empresas de menor tamaño. b. Su objetivo es unirse para la presentación de una oferta en caso de licitaciones o convenio marco, o para la suscripción de un contrato, en caso de una contratación directa, sin que sea necesario constituir una sociedad. c. Se constituye exclusivamente para un proceso de compra en particular. Su vigencia no podrá ser inferior a la del contrato adjudicado, incluyendo su renovación o prórroga. d. Deberá materializarse por escritura pública. Sin embargo, cuando se trate de adquisiciones inferiores a 1.000 UTM, el acuerdo en que conste la unión podrá materializarse por instrumento público o privado. e. Los proveedores deberán establecer en el instrumento que formaliza la unión la solidaridad entre los integrantes respecto de todas las obligaciones que se generen con la Entidad licitante, y el nombramiento de un representante o apoderado común con poderes suficientes para representarlos en conjunto. El representante de la Unión Temporal de Proveedores deberá adjuntar, al momento de ofertar, el documento que da cuenta del acuerdo para participar de esta forma. Al momento de la presentación de las ofertas, los integrantes de la unión determinarán qué antecedentes presentarán para ser considerados en la evaluación respectiva, siempre y cuando lo anterior no signifique ocultar información relevante para la ejecución del respectivo contrato que afecte a alguno de los integrantes de esta. Cada integrante de la Unión Temporal de Proveedores deberá encontrarse hábil en el Registro de Proveedores. Para las habilidades de los integrantes de la Unión Temporal de Proveedores e Inhabilidades, las bases se apegan a los artículos 182 y 183 del reglamento de Ley. Presentación de las Ofertas Esta Licitación Pública se regirá por las Bases Administrativas, Técnicas y Anexos que se publican en el portal de compras del Estado www.mercadopublico.cl. En lo no previsto por estas Bases, se aplicarán las normas de la Ley N° 19.886 de Compras y Contratación Pública, sus modificaciones y su Reglamento. Asimismo, formarán parte de las mismas, las aclaraciones escritas que emita CONAF, en respuestas a consultas que fueren requeridas por los participantes, a través de la modalidad FORO del mencionado portal de compras. Todas las ofertas y documentos anexos obligatorios, deberán ser presentados a través del portal Mercado Público. Las ofertas que se presenten deberán ceñirse a las bases, especificaciones técnicas y otros antecedentes del proceso de licitación. Por el solo hecho de presentarse a esta propuesta se entiende que el Proveedor ha estudiado todos los antecedentes y ha verificado su concordancia entre sí, de las bases, especificaciones técnicas, aclaraciones y presupuesto; también ha verificado las condiciones en las cuales debe desarrollar la entrega de los servicios y está conforme con las condiciones de lo solicitado. X. ANTECEDENTES PARA INCLUIR EN LA OFERTA. Los interesados en presentar una oferta deberán efectuar el estudio completo y detallado de todos los antecedentes solicitados en esta Licitación. Para la confección de la oferta, deberá tener en cuenta las disposiciones siguientes: Si durante el estudio de los antecedentes, el o la oferente estima que existen dudas o contradicciones entre las Especificaciones Técnicas y demás antecedentes, deberá efectuar las Consultas en los plazos correspondientes a través del Portal Mercado Público, en la modalidad foro. Las aclaraciones y las rectificaciones que la Corporación Nacional Forestal hiciere a las consultas de uno o más interesados o por iniciativa propia, serán enviadas a través del Portal, en la fecha indicada en el Cronograma del Portal Mercado Público. Para dar cumplimiento a la disposición del inciso anterior, si fuere necesario, se podrá postergar la fecha fijada para el envío de las Aclaraciones y/o la Apertura de la Propuesta, en cuyo caso las nuevas fechas serán notificadas como Aclaración en el Portal Mercado Público. XI. APERTURA DE LAS OFERTAS La apertura electrónica de las ofertas económicas y técnicas se realizará directamente en el portal de Mercado Público, y estará a cargo de la jefa de la sección Administración regional o de quien la represente. A la apertura se podrá invitar a los integrantes de la Comisión de Evaluación de ser necesario. a) Observaciones a la apertura de las ofertas Los oferentes podrán efectuar observaciones dentro de las 24 horas siguientes a la apertura de las ofertas a través del mecanismo establecido por el portal de compras, sin perjuicio de lo dispuesto en el inciso final del artículo 51 del Reglamento de la Ley N° 19.886. b) Errores u omisiones Una vez realizada la apertura electrónica de las ofertas, CONAF podrá solicitar a los oferentes que salven errores u omisiones formales, siempre y cuando las rectificaciones de dichos vicios u omisiones no les confieran a esos oferentes una situación de privilegio respecto de los demás participantes, esto es, en tanto, no se afecten los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes y se informe de dicha solicitud al resto de los oferentes si correspondiere a través del Sistema de Información. Este proceso se realizará a través de la funcionalidad de la Plataforma de Compras. De conformidad al Art. 56, del reglamento de la Ley de Compras Públicas, se deberá asignar un menor puntaje a las ofertas que sea necesario salvar errores u omisiones o hayan requerido presentar certificaciones fuera de plazo de presentación de ofertas. XII. EVALUACIÓN DE LAS OFERTAS ACEPTADAS Designados los miembros de esta Comisión por medio de acto administrativo, deberán suscribir una declaración jurada simple en la que expresen no tener conflicto de interés que les impida su participación en el presente proceso licitatorio. Las ofertas aceptadas durante la apertura electrónica de esta Licitación Pública serán evaluadas por esta Comisión Evaluadora, compuesta por los siguientes trabajadores y/o funcionarios: 1. Coordinadora Regional Programas de Empleo Región de Coquimbo: Liliana Yáñez Portilla. 2. Jefe Departamento Finanzas y Administración: Carolina Jiménez Vega. 3. Jefe Proyecto Programas de Emergencia de Empleo, Región de Coquimbo: Oscar Posenatto Ojeda. 4. Como ministro de fe: Jefe Unidad Jurídica: Francisco Zepeda Cruz, o quien subrogue. En caso de inhabilidad, ausencia o impedimento de alguno de los miembros de la Comisión señalados precedentemente, en calidad de suplentes, se designan: 1. Jefe Sección Administración: Claudio Antonio Ortíz Veliz. 2. Apoyo Administrativo Programa Emergencia Empleo: Michael Boris Guzmán Araya La integración de la comisión evaluadora se publicará en www.mercadopublico.cl. La secuencia de evaluación considerará, la verificación del cumplimiento de los Requisitos Mínimos de Evaluación, esto es, el chequeo de la recepción de todos los antecedentes requeridos, para revisar la aplicación de los Criterios de Evaluación, señalados en las presentes Bases; concluyendo su labor con la preparación del Informe de la Comisión Evaluadora, de acuerdo al Art. 57 del Reglamento de Compras Públicas. CRITERIOS DE EVALUACIÓN DE LAS OFERTAS La Adjudicación se realizará según la siguiente tabla de evaluación: N° CRITERIO PUNTAJES PONDERACIÓN 1 Experiencia del oferente en servicios de igual o similar naturaleza. Nº de contratos y facturas emitidas. Servirán como medios de verificación facturas, órdenes de compra del portal mercado público y certificaciones de conformidad de servicio. Anexo N° 5: Experiencia del Oferente A. 5 o más contratos y/o facturas emitidas. 100 10% B. Entre 2 y 4 contratos y/o facturas emitidas. 50 C. 1 o ningún contrato y/o factura emitida. 25 D. No informa, no acompaña medio de verificación o ningún medio de verificación en Servicios de Igual o similar naturaleza. 0 2 Calidad Técnica: Vestuario para personal de Faena (chaqueta y pantalón) Anexo N°6: Calidad técnica A. Cumple con la calidad técnica en todos los aspectos. 100 30% B. No cumple con la calidad técnica en todos los aspectos. 0 3 Precio Anexo N°8: Oferta Económica Precio mínimo / precio oferta x 100 El precio mínimo obtiene el máximo porcentual 40% 4 Programa Control Huella de Carbono: Documento que aprueba el Programa en Huella Chile, Anexo N° 7 A. El oferente adjunta documento que aprueba el Programa Control Huella de Carbono. 100 2% B. El oferente “No” adjunta documento que aprueba el Programa Control Huella de Carbono. 0 5 Plazo de Entrega Anexo N°8 - Plazo de Entrega A. Menor a 15 dias habiles 100 15% B. 15 dias habiles y menor a 20 dias habiles 50 C. 20 días habiles 0 6 Cumplimiento de requisitos formales Anexos N°1, N°2, N°3 y N°4 No requiere presentar antecedentes omitidos 100 3% Requiere presentar 1 o 2 antecedentes omitidos 50 Requiere presentar 3 o más antecedentes omitidos 0 TOTAL 100% XIII. CRITERIOS DE DESEMPATE. En caso de empate entre 2 o más ofertas, se resolverá adjudicando al oferente que haya ofertado el mayor puntaje en el criterio “Oferta económica”, en caso que aun persista la situación de empate, se adjudicará al proveedor que haya obtenido mayor puntaje en el criterio “Experiencia del oferente en servicios de igual o similar naturaleza” y de persistir el empate, se adjudicará al proveedor que haya demostrado mayor puntaje en el criterio “Oferta técnica”. En el evento de persistir el empate, se adjudicará al proveedor que haya ingresado primero su oferta en el portal de mercado público. XIV. ERRORES U OMISIONES Durante la etapa de evaluación, CONAF podrá solicitar a los oferentes de acuerdo, al artículo 56 del Reglamento de Compras, lo siguiente: 1. Salvar los errores u omisiones formales en que ha incurrido. No se considerará error formal errores en el precio de la oferta. 2. La presentación de certificaciones o antecedentes que hayan omitido presentar al momento de efectuarla la oferta, siempre que dichas certificaciones o antecedentes se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar ofertas; y, La presentación de certificaciones o antecedentes que se refieran a situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas y el periodo de evaluación de éstas Las rectificaciones de los errores u omisiones detectados por la Entidad licitante y que se solicitan y permiten salvar o subsanar a los oferentes, no podrán conferir una situación de privilegio respecto de los demás competidores, dado que se afectará el principio de igualdad de los oferentes. XV. ACTA DE EVALUACIÓN DE LAS OFERTAS. De la evaluación resultante, se elaborará un acta que será suscrita por todos los integrantes de la Comisión Evaluadora. Dicha acta dará cuenta de la evaluación de las ofertas e indicará a qué proponente/s se sugiere adjudicar la licitación, o, en su caso, se propondrá declarar desierto el proceso. En caso de que corresponda, también se deberá dejar constancia en el acta de las ofertas que fueron declaradas inadmisibles o que no fueron evaluadas de conformidad a las bases: A lo menos, la presente acta deberá hacer mención a: Criterios y ponderaciones utilizados en la evaluación de las ofertas. Las ofertas que deben declararse inadmisibles por no ajustarse a los requerimientos señalados en las bases administrativas y/o Técnicas, la Ley de Compras o su Reglamento; o por corresponder a Empresas relacionadas o pertenecientes al mismo grupo empresarial (Art 60, del Decreto N°661, del Ministerio de Hacienda). La proposición de declaración como desierta cuando no se presenten ofertas, o cuando las presentadas no resulten convenientes a los intereses de la Corporación. La asignación de puntajes para cada criterio y las fórmulas de cálculo aplicadas para la asignación de dichos puntajes, así como cualquier observación relativa a la forma de aplicar los criterios de evaluación. La proposición de adjudicación. XVI. GARANTÍAS a) Garantía de la seriedad de la oferta. NO SE SOLICITA. b) Garantía de fiel cumplimiento. NO SE SOLICITA XVII. ADJUDICACIÓN Y READJUDICACIÓN CONAF se reserva el derecho de adjudicar la oferta que estime más conveniente a sus requerimientos, ajustándose a los criterios de evaluación indicados en las presentes Bases de Licitación. La presente licitación pública se adjudicará mediante resolución. El acto administrativo de adjudicación deberá especificar los criterios de evaluación que, previamente establecidos en las bases, hayan permitido al adjudicatario obtener la calificación de oferta más conveniente, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 58 del reglamento de la Ley. Antes de la adjudicación, CONAF podrá revocar el llamado de licitación mediante resolución. También podrá declarar desierto el proceso de licitación cuando no se presenten ofertas, o bien, cuando estas no resulten convenientes a sus intereses. Sea cual fuere la decisión de CONAF, los proponentes que no resulten seleccionados no tendrán derecho a indemnización alguna. Fecha de la Adjudicación En caso de no cumplirse con la fecha indicada de adjudicación de las presentes bases de licitación, CONAF publicará una nueva fecha en el portal www.mercadopublico.cl informando allí las razones del cambio de fecha e indicando un nuevo plazo. Según lo indica el artículo 58, del reglamento de la Ley de Compras. Observaciones posteriores a la adjudicación y readjudicación. Las reclamaciones que se interpongan en contra la resolución de adjudicación por cualquiera de los participantes de la licitación deberán formularse a través del Sistema de Información y Gestión de Compras y Contrataciones del Estado, www.mercadopublico.cl, las que serán respondidas por CONAF en plazo de 5 días hábiles contados desde el ingreso del reclamo. La adjudicación podrá ser dejada sin efecto en los siguientes casos, sin generar pago de indemnización alguna al proveedor adjudicado: Si oferente adjudicado se encuentra inhábil para contratar con CONAF. Si el adjudicatario desistiera de firmar el contrato dentro del plazo establecido, o aceptar la orden de compra, o no cumpliese con las demás condiciones y requisitos establecidos en las presentes Bases. En todos los casos, CONAF podrá declarar sin efecto la adjudicación y podrá readjudicar al siguiente proponente que le seguía en puntaje, y así sucesivamente, a menos que se estime conveniente efectuar una nueva licitación, declarando desierto el proceso. El plazo máximo de readjudicación será de 10 días corridos, contados a partir de la publicación de adjudicación original. Vigencia de la oferta La oferta presentada deberá tener validez por los siguientes 90 días corridos, a contar de la fecha indicada como plazo máximo de recepción de ofertas. XVIII. Contrapartes de CONAF en la gestión del contrato La contraparte técnica de CONAF ante el oferente adjudicado, la ejercerá Michael Guzmán Araya. Apoyo Administrativo Programa PEE. La contraparte administrativa de CONAF la ejercerá Diego Rojas Araya, Jefe Sección Administración o quien lo represente. b.1.) Contraparte Técnica Serán funciones de la Contraparte Técnica, las siguientes: ⮚ Administrar el contrato por medio de la supervisión constante del proveedor, permitiendo la prestación íntegra y oportuna del servicio adquirido. ⮚ Velar por el oportuno y fiel cumplimiento de todos los requerimientos técnicos de los servicios contratados mientras se encuentre vigente el contrato. ⮚ Aprobar la recepción conforme de los servicios y el visto bueno para el pago de la factura vigente, realizando el correspondiente informe. ⮚ Revisar, calcular e informar las multas asociadas al proceso en conjunto con la Contraparte Administrativa. Esta actividad se desarrollará en aquellos casos donde no se hayan cumplido lo establecido en las Bases de Licitación. ⮚ Pronunciarse en conjunto con la contraparte administrativa, sobre el cobro de la garantía. ⮚ Cualquier otra tarea necesaria para la oportuna e íntegra ejecución de la contratación. b.2.) Contraparte Administrativa Serán funciones de la contraparte Administrativa, las siguientes: ⮚ Emitir órdenes de compra asociadas a cada proceso de compra. ⮚ Gestionar los contratos asociados a cada proceso de compra, cuando corresponda. ⮚ Responder a los posibles reclamos derivados de las licitaciones públicas, por adquisición de bienes o contratación de servicios. ⮚ Revisar e Informar las multas asociadas al proceso en conjunto con la Contraparte Técnica. Esta actividad se desarrollará en aquellos casos donde no se hayan cumplido lo establecido en las Bases de Licitación al respecto, lo cual quedará de manifiesto a través del Certificado de Recepción Conforme. ⮚ Pronunciarse en conjunto con la contraparte administrativa, sobre el cobro de la garantía. ⮚ Comunicar al Departamento de Finanzas, el valor total de las multas a descontar en la factura del proveedor. XIX. REQUISITOS PARA CONTRATAR Idoneidad técnica y financiera de los proveedores De acuerdo a lo señalado en el artículo 26 del Reglamento de Compras Públicas, la idoneidad técnica y financiera de los proveedores será acreditada con la inscripción de los proveedores en el Registro de Proveedores. En todo caso, los proveedores que deseen ofertar deberán presentar los antecedentes técnicos y financieros que se requieran en cada licitación y que no se encuentren en poder de la Administración del Estado. XX. FORMALIZACIÓN DE LA CONTRATACIÓN Y OTRAS CLÁUSULAS Formalización de la Contratación es con la aceptación de la orden de compra, no requiere contrato escriturado. La contratación se formalizará mediante la aceptación por parte del proveedor, de la Orden de Compra, en conformidad a lo dispuesto en el artículo 117, del Decreto Supremo, N°661/2024, del Ministerio de Hacienda, que aprueba el Reglamento del Ley N°19.886, y sus modificaciones. En caso de que una Orden de Compra no haya sido aceptada, las Entidades podrán solicitar su rechazo, entendiéndose definitivamente rechazada una vez transcurridas veinticuatro horas desde dicha solicitud. XXI. FORMALIDAD PARA EL PAGO El pago del servicio se efectuará una vez recepcionado conforme el producto por la contraparte técnica. La recepción conforme se efectuará por medio de comunicación que la contraparte técnica debe remitir al Departamento de Finanzas y Administración. En caso de servicios consistentes en entrega de informes o productos intelectuales, se seguirán las siguientes reglas: - Se requerirá un informe fundado de la contraparte técnica que dé cuenta la conformidad del servicio. - La contraparte técnica desde la recepción del producto, tendrá el plazo de 05 días hábiles para pronunciarse. Si el informe o producto es rechazado, se deberán comunicar las razones al proveedor para efectos de que corrija lo pertinente, debiendo volver a ingresar el producto dentro del plazo que fije la contraparte técnica. - Las reglas anteriores se aplicaran, en lo pertinente, a cada informe o producto intelectual que contemple el servicio durante su ejecución. En caso de aprobar el bien o producto respectivo, se comunicará al proveedor y al Departamento de Finanzas y Administración, para efectos de que proceda el proveedor a emitir la factura respectiva. Para efectos del pago, el proveedor o adjudicatario deberá emitir la correspondiente factura a nombre de Corporación Nacional Forestal, región de Coquimbo. La factura será pagada en un plazo no superior a 30 días corridos una vez recepcionado conforme el servicio. Se deja constancia que la Corporación Nacional Forestal podrá reclamar del contenido de la misma de acuerdo a lo señalado en la ley N° 19.983 que “Regula la transferencia y otorga merito ejecutivo a copia de la factura”. Para proceder al pago además de la recepción conforme del servicio, se requerirá que el proveedor haga entrega de aquellos antecedentes que den cuenta del cumplimiento de sus obligaciones laborales respecto de sus trabajadores, cuando aquello se desprenda de la naturaleza del servicio. En el evento de contemplarse en la evaluación el criterio de condiciones de remuneración y empleabilidad, se deberá verificar previo al pago, el cumplimiento de la oferta en estas materias. Los pagos serán realizados con transferencia electrónica, en caso de no poseer cuenta alguna, debe darlo a conocer por escrito para así realizar el pago mediante cheque. El responsable de realizar el pago es la Srta. Carolina Alvarez Vega y su e-mail es: carolina.jimenez@conaf.cl El proveedor deberá informar oportunamente en caso de contratar servicio de factoring. Remedios ante incumplimiento contractual 1.) Multas y procedimiento El proveedor adjudicado, salvo caso fortuito o fuerza mayor o justificación suficiente calificada por CONAF, estará obligado a pagar las multas derivadas de los incumplimientos que a continuación se señalarán, de conformidad a las reglas siguientes. 1.1.) Causales i) Se cobrarán multas de un 1% del total del contrato, por cada día de atraso en la prestación del servicio o entrega del producto respectivo. Se podrá cobrar multas respecto de todos los productos, informes, insumos o hitos de la prestación de servicio que tengan plazos asignados, una vez verificado su retraso. El atraso comenzará a contar del día corrido siguiente de la fecha de entrega acordada entre las partes. El proveedor, previendo la existencia de retrasos, podrá, por medio de la contraparte técnica, indicar aquellas circunstancias fundadas que justifiquen el incumplimiento, señalando el nuevo plazo de entrega, para lo cual la Corporación se pronunciará de acuerdo a los méritos señalados en la presentación, pudiendo acoger los fundamentos y prorrogar o en su defecto no acogerlos e iniciar el procedimiento de cobro de multas. No serán admitidas en ningún caso justificaciones presentadas una vez producido el retraso. ii) Se cobrarán multas de un 1% del total del contrato, por cada 3 días que transcurran desde las instrucciones escritas de la contraparte técnica hacia el proveedor sin que las ejecute conforme a lo pedido. iii) Incumplimiento de las obligaciones señaladas en el presente pliego, contrato si correspondiese y en la oferta del proveedor adjudicado. El incumplimiento deberá ser preciso y determinado. Se aplicará, dependiendo de la gravedad del incumplimiento y sus efectos para el servicio y CONAF, una multa del 2% al 15% del valor total del contrato. Las multas no podrán sobrepasar el 15% del valor total del contrato, en cuyo caso se podrá poner término anticipado al contrato. El monto de las multas será rebajado del pago que la entidad licitante deba efectuar al adjudicatario en los estados de pago más próximos o bien por medio del cobro de la garantía de fiel cumplimiento del contrato. Cuando el cálculo del monto de la respectiva multa convertido a pesos chilenos, resulte un número con decimales, éste se redondeará al número entero más cercano. Las multas se aplicarán sin perjuicio del derecho de la entidad licitante de recurrir ante los Tribunales Ordinarios de Justicia, a fin de hacer efectiva la responsabilidad del contratante incumplidor. 1.2.) Procedimiento para la aplicación de medidas derivadas de incumplimientos Detectada una situación que amerite la aplicación de una multa, la contraparte técnica deberá emitir un informe fundado, el que se notificará al proveedor por medio de correo electrónico, de conformidad al art. 140 del reglamento de la Ley de Compras. A contar de la notificación, el proveedor tendrá un plazo de 5 días hábiles para efectuar sus descargos por escrito, acompañando todos los antecedentes que lo fundamenten. En los descargos, el proveedor deberá efectuar sus defensas o alegaciones tendientes a fundamentar aquellas circunstancias que permitan atenuar o establecer su falta de responsabilidad en los hechos. Transcurrido el plazo, sea que el proveedor haya o no presentado sus descargos, la Dirección Regional, una vez analizados los antecedentes pertinentes, determinará fundadamente respecto de la aplicación de la multa y su cuantía. El acto administrativo que se pronuncie sobre la aplicación de la multa, en su caso, se notificará por medio de correo electrónico. El proveedor podrá reclamar de la multa por medio del recurso de reposición de conformidad a las normas y procedimiento de la Ley 19.880. Conociendo el recurso, la Dirección Regional podrá rebajar la multa hasta en un 50% o no aplicar multa en caso de antecedentes justificados, todo lo cual deberá motivarse en el respectivo acto administrativo. 2.) Término anticipado CONAF está facultada para declarar administrativamente el término anticipado de la relación contractual, en cualquier momento, sin derecho a indemnización alguna para el adjudicado, si concurre alguna de las causales que se señalan a continuación: a) Si el adjudicado se encuentra en un procedimiento concursal de liquidación en calidad de deudor o se encuentra en manifiesta insolvencia financiera, a menos que se mejoren las cauciones entregadas. b) Si se disuelve la empresa adjudicada. c) Por incumplimiento grave de las obligaciones contraídas por el proveedor adjudicado. Se entenderá por incumplimiento grave la no ejecución o la ejecución parcial por parte del adjudicatario de las obligaciones contractuales descritas en las presentes Bases y cuando dicho incumplimiento le genere a la entidad licitante perjuicio en el cumplimiento de sus funciones. d) Si el adjudicatario, sus representantes, o el personal dependiente de aquél, no actuaren éticamente durante la ejecución del respectivo contrato, o propiciaren prácticas corruptas, tales como: a.- Dar u ofrecer obsequios, regalías u ofertas especiales al personal de la entidad licitante, que pudiere implicar un conflicto de intereses, presente o futuro, entre el respectivo adjudicatario y la entidad licitante. b.- Dar u ofrecer cualquier cosa de valor con el fin de influenciar la actuación de un funcionario público durante la relación contractual objeto de la presente licitación. c.- Tergiversar hechos, con el fin de influenciar decisiones de la entidad licitante. e) En caso de que el atraso en la entrega de los bienes o la prestación de los servicios supere los 15 días corridos. f) En caso de que las multas cursadas por atrasos sobrepasen el 15 % del valor total contratado. g) Por incumplimiento de obligaciones de confidencialidad que puedan establecer las presentes Bases. h) Registrar, a la mitad del período de ejecución contractual, con un máximo de seis meses, saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos 2 años. i) Por resciliación o mutuo acuerdo de las partes. En todos los casos señalados, además del término anticipado, se procederá al cobro de la garantía de fiel cumplimiento del contrato, salvo que el término se debe a mutuo acuerdo o resciliación. El término anticipado se efectuará previo informe técnico fundado por la contraparte técnica, por medio de acto administrativo. Resuelto el término anticipado, no operará indemnización alguna para el adjudicatario, debiendo la entidad licitante concurrir al pago de las obligaciones ya cumplidas que se encontraren insolutas a la fecha. Sin perjuicio de lo anterior, la entidad licitante y el respectivo adjudicatario podrán poner término a la relación contractual en cualquier momento, de común acuerdo. a) Medidas para mantener la continuidad del servicio. En caso de término del contrato, anticipado o no, el proveedor adjudicado deberá entregar a la Corporación Nacional Forestal la información utilizada en la prestación de los servicios hasta ese momento, de modo de habilitar cualquier solución que éste defina. Durante el período que media entre la notificación de la terminación y la fecha que ésta se hará efectiva, el proveedor adjudicado deberá prestar toda la colaboración que la Corporación Nacional Forestal le requiera para que este último pueda traspasar a otro prestador la operación del servicio, de manera que se mantenga la continuidad de este, en todo momento. Adicionalmente, se podrán aplicar todas las medidas tendientes a mantener la continuidad del servicio que deba efectuar el órgano contratante, por cuenta, costo y riesgo del proveedor, previa notificación del mismo y para aquellos casos que la terminación le sea imputable a este último, de conformidad a las causales establecidas en el contrato. b) Modificaciones El contrato sólo podrá modificarse durante su vigencia. Las modificaciones no podrán alterar la naturaleza del contrato ni sus elementos esenciales. La modificación de plazo de ejecución del servicio sólo podrán realizarse por caso fortuito o fuerza mayor o por motivo imputable a la Corporación cuando el proveedor adjudicado requiera de algún insumo, material, antecedente, autorización, entre otros, para el cumplimiento del contrato y que su entrega sea responsabilidad de la Corporación. Se podrá sustituir algún bien o producto del contrato de suministro o servicio, o modificar alguno de sus características o componentes, cuando aquello sea necesario para la mejor ejecución del servicio y la satisfacción de la necesidad pública, previa fundamentación. c) Servicios adicionales La Corporación, en acuerdo con el contratista, podrán establecer servicios adicionales como mas productos, nuevos productos, entregas en otros lugares, otras. En el caso que la Corporación, requiera efectuar adquisiciones adicionales de los servicios, éstos no podrán superar el 30% del monto adjudicado, evento en el cual el adjudicatario deberá mantener las condiciones técnicas y económicas de la oferta y, en su caso, renovar la respectiva garantía. Los acuerdos que se tomen en la materia deberán ser autorizados previamente por la respectiva resolución. Estos acuerdos no podrán alterar la naturaleza del contrato o servicio. La Corporación deberá emitir la Orden de Compra respectiva. XXII. TRABAJADORES DEPENDIENTES DEL ADJUDICADO Será de responsabilidad única exclusiva del adjudicatario velar por la salud, seguridad e integridad de sus trabajadores dando estricto cumplimiento a la Ley N°16.744, Ley N°20.123 y Ley 21.342. Los trabajadores que intervengan en la prestación del servicio serán dependientes exclusivos del oferente adjudicado, correspondiendo a éste cumplir con las obligaciones legales, previsionales, laborales y otras que le correspondan en cuanto empleador, conforme a la legislación vigente. Además, el adjudicatario deberá asumir como propias todas las disposiciones establecidas en el Reglamento Interno de Higiene y Seguridad institucional, como, asimismo, el Reglamento especial para empresas contratistas y subcontratistas de seguridad y salud en el trabajo. a. Denuncia de accidentes del trabajo Es obligación del adjudicatario efectuar la denuncia de los accidentes de trabajo, y su no cumplimiento será sancionado con una multa de una a tres UTM, con cargo a la factura de pago y su aplicación, cuando fuere necesario, se hará administrativamente, si corresponde. XXIII. OTRAS CLAUSULAS a) Cláusula de confidencialidad, protección y conservación de datos. Para efectos de la presente Licitación Pública, se entenderá por “Información confidencial” toda información, sea completa o parcial, verbal o escrita, independiente del medio en que conste o se transmita, que las partes reciban la una de la otra y que sea designada como tal. La Información Confidencial será mantenida en estricta reserva por las partes, quienes deberán mantener la debida confidencialidad de los datos, bases de datos, documentos y a todos los archivos informáticos a que tenga acceso con motivo del presente contrato, quedándole expresamente prohibido divulgarlos, publicarlos, fotocopiarlos, copiarlos o distribuirlos a terceros extraños al contrato o hacer cualquier uso indebido de ellos. No se considerará información confidencial (1) la información que llegue a ser de dominio público sin que medie un incumplimiento del contrato, (2) la información que la parte receptora reciba lícitamente de otra fuente sin una obligación de confidencialidad, (3) la información que se desarrolle de manera independiente, o (4) la información que constituya un comentario o sugerencia ofrecida voluntariamente acerca del negocio, los productos o servicios de la otra parte. El proveedor adjudicado guardará especial atención y se obliga a mantener la confidencialidad de los datos a que pueda tener acceso en virtud del presente contrato. En ese sentido, el proveedor adjudicado no podrá recolectar, almacenar, transferir, transmitir, comunicar, tratar, ceder o usar, de cualquier forma los datos indicados anteriormente, salvo que dichas acciones sean necesarias para el cumplimiento de las obligaciones consignadas en la presente licitación pública y/o que medie una autorización escrita por parte de la Dirección Ejecutiva de la Corporación Nacional Forestal. En ningún caso se entenderá que el proveedor tiene algún derecho sobre datos personales que se le han entregado, ni se entenderá que su titular ha prestado su consentimiento para dicho tratamiento. El proveedor adjudicado adoptará todas las medidas conducentes a resguardar la confidencialidad de la información por parte de su personal, incluyendo profesionales, consultores, contratistas o demás personas que deban tomar, hayan tomado o tengan conocimiento de la Información Confidencial de la Corporación Nacional Forestal. Los consultores y personal dependiente del proveedor, que de una u otra manera se vinculen a la ejecución de los servicios contratados, en cualquiera de sus etapas, deberán guardar confidencialidad de la misma forma aplicable al proveedor. b) Protección de Datos Personales. El proveedor adjudicado se compromete a observar lo establecido en la ley N° 19.628 de Protección de la vida privada y demás legislación chilena aplicable, respecto de datos personales. En particular, deberá destruir o eliminar datos de carácter personal o cualquier soporte o documento en que éstos se incorporen, a la finalización del contrato asociado a la presente Licitación Pública o por requerimiento expreso y por escrito de la Corporación Nacional Forestal. Las obligaciones derivadas de la presente estipulación se extinguirán en el momento en que los datos de carácter personal hayan sido completamente borrados o eliminados del equipo de almacenamiento de datos o de algún modo, destruidos o convertidos en inaccesibles. El proveedor adjudicado se compromete a adoptar, actualizar y mantener las medidas organizativas y técnicas que estime necesarias para garantizar la seguridad y confidencialidad de los datos de carácter personal, impidiendo cualquier alteración, perdida, tratamiento, procesamiento o acceso no autorizado. Esta obligación se desarrollará de conformidad con el estado de la tecnología, la naturaleza de los datos y los riesgos a los que estén expuestos ya sea que provengan de la acción humana o del medio físico o natural. c) Uso de los datos de la Corporación Nacional Forestal. Los datos de CONAF se utilizarán únicamente para prestar los servicios contratados al proveedor adjudicado, incluyendo finalidades compatibles con la prestación de dichos servicios. El proveedor no utilizará los datos de CONAF-no derivará información de ellos-para finalidades publicitarias o finalidades comerciales similares. Por lo que respecta a las partes, la Corporación Nacional Forestal conserva todos los derechos, la titularidad e intereses sobre sus datos. d) Cláusula ley subcontratación Se podrá aceptar la subcontratación de algunas partidas, siendo de responsabilidad del proponente el acatamiento de todas y cada una de las cláusulas del contrato por parte del subcontratado y su equipo. e) Responsabilidad del proveedor Como toda Empresa o Proveedor que suscriba contrato con la Corporación Nacional Forestal, esto es, el adjudicatario respectivo, deberá aceptar y aplicar las normas y procedimientos generales de Prevención de Accidentes y las instrucciones escritas o verbales que sobre la materia le imparta al inspector respectivo, durante el desarrollo del servicio. Además de lo anterior, responderá del fiel cumplimiento de las disposiciones del Código del Trabajo, leyes previsionales, de medicina curativa y preventiva, sobre accidentes del trabajo y enfermedades profesionales, y en general, toda legislación social y provisional vigente. El proveedor o adjudicatario es el único responsable del servicio ante la Corporación Nacional Forestal y frente a terceros. El proveedor o adjudicatario será el responsable exclusivo de los daños y perjuicios que causare a terceros, ya sea por defecto del servicio, por infracción a los Reglamentos y Ordenanzas, y en general, por cualquier error, negligencia o imprudencia de parte suya o de sus trabajadores o contratistas. f) Exclusividad La presente licitación no condiciona a la Corporación Nacional Forestal un trato de exclusividad con el adjudicado. La Corporación podrá, si así lo estima pertinente, realizar licitaciones y/o Tratos Directos que incluya las partidas que forman parte de la presenta Licitación con otros proveedores. g) Jurisdicción aplicable Cualquier dificultad que surja entre las partes será resuelta, una vez agotadas las gestiones extrajudiciales, por la justicia ordinaria, a la cual desde ya se someten las partes, estableciendo como domicilio la ciudad y comuna Coquimbo. h) Documentos de la licitación Esta licitación pública y los servicios que de ésta se desprendan se realizarán y regirán por los siguientes documentos: ● Las Bases Administrativas, Técnicas y económicas, los anexos que se incluyan en este proceso de licitación. ● Las consultas, respuestas y aclaraciones, derivadas del procedimiento establecido en las presentes Bases de licitación. ● La oferta técnica y económica del oferente adjudicado. ● El contrato correspondiente a la adjudicación de los servicios licitados, sus anexos y los documentos que se entiendan incorporados al mismo, según corresponda. ● Las modificaciones efectuadas a las Bases Técnicas y Administrativas de esta licitación pública, si las hubiere. ● Otros antecedentes documentados que solicite o proporcione la Corporación. i) Interpretación de las bases Toda diferencia en la interpretación de las Bases Administrativas, Técnicas y Anexos pertenecientes a esta licitación pública, será resuelta administrativamente por CONAF. j) Prevención de delitos de colusión, corrupción, asociación ilícita y otros. En cumplimiento de lo dispuesto en la Ley Nº 20.393 y demás normas atingentes, que establecen la responsabilidad penal de las personas jurídicas y naturales en los delitos de colusión, uso de información privilegiada, cohecho-soborno, corrupción, lavado de activos, financiamiento del terrorismo, asociación ilícita, apropiación indebida, negociación incompatible, administración desleal, contaminación de aguas, veda de productos, pesca ilegal de recursos del fondo marino y procesamiento, almacenamiento de productos escasos, como también en relación a aquellos delitos que se incorporen en lo sucesivo en la citada Ley; las partes declaran rechazar cualquier actividad vinculada a dichos ilícitos.” k) Principio de igualdad y no discriminación arbitraria. La Corporación Nacional Forestal y el proveedor adjudicado/ el proveedor, o la organización, según corresponda, con el fin de promover una adecuada implementación y desarrollo de las actividades descritas en el Convenio/Contrato establecen las siguientes obligaciones recíprocas: 1. Respetar y promover el principio de igualdad y no discriminación arbitraria. 2. Respetar y promover, entre las/os trabajadoras/es y/o funcionarias/funcionarios de ambas organizaciones, comportamientos acorde con las disposiciones legales vigentes en Chile, evitando todo tipo de hechos de carácter irregular, malos tratos, hostigamiento o acoso entre ellos. 3. Generar relaciones de respeto al interior de las dependencias de ambas organizaciones, procurando un ambiente grato y sana convivencia entre las/os trabajadoras/es y/o funcionarias/os, para lo cual deberá promoverse la utilización de un lenguaje correcto, esto es, no discriminatorio y respetuoso. En este sentido, no está permitida la utilización de términos que resulten despectivos, denigrantes, hostiles, ofensivos o humillantes en relación con la raza, color, sexo, edad, estado civil, sindicación, religión, opinión política, nacionalidad, ascendencia nacional, situación socioeconómica, idioma, creencias, participación en organizaciones gremiales, orientación sexual, identidad de género, filiación, apariencia personal, enfermedad o discapacidad u origen social, aun tratándose de bromas o chistes. 4. En general, adoptar todas las medidas que se estimen pertinentes destinadas a promover el respeto y trato digno entre las/os trabajadoras/es y/o funcionarias/os, para lo cual se establece que frente a conductas irregulares por parte de alguna/o, la institución respectiva, deberá informar de manera inmediata a la contraparte, con el fin de establecer las medidas pertinentes. 5. Para estos efectos, se entenderá por “Discriminación arbitraria”, de acuerdo a la Ley N°20.609, que Establece Medidas contra la Discriminación “toda distinción, exclusión o restricción que carezca de justificación razonable, efectuada por agentes del Estado o particulares, y que cause privación, perturbación o amenaza en el ejercicio legítimo de los derechos fundamentales establecidos en la Constitución Política de la República o en los tratados internacionales sobre derechos humanos ratificados por Chile y que se encuentren vigentes, en particular cuando se funden en motivos tales como la raza o etnia, la nacionalidad, la situación socioeconómica, el idioma, la ideología u opinión política, la religión o creencia, la sindicación o participación en organizaciones gremiales o la falta de ellas, el sexo, la maternidad, la lactancia materna, el amamantamiento, la orientación sexual, la identidad y expresión de género, el estado civil, la edad, la filiación, la apariencia personal y la enfermedad o discapacidad.” l) Ley 21.643, ley Karin. En cumplimiento a lo dispuesto en la Ley N°21.643, que modificó el Código del Trabajo y Otros Cuerpos Legales, en materia de prevención, investigación y sanción del acoso laboral, sexual o de violencia en el trabajo, y el Decreto N° 21/2024 del Ministerio del Trabajo y Previsión Social, que aprobó el Reglamento que estableció las directrices a las cuales deberán ajustarse los procedimientos de investigación de acoso sexual, laboral o de violencia en el trabajo, el proveedor y sus dependientes deberán dar cumplimiento íntegro a las disposiciones legales estipuladas en la normativa antes indicada. Las partes declaran rechazar cualquier conducta que sea constitutiva de acoso laboral, sexual y violencia en el trabajo, tanto a dependientes de esta Corporación Nacional Forestal como a dependientes del proveedor o a terceros, y viceversa. Asimismo, en los casos que la conducta provenga de terceros ajenos a la relación laboral, entendiéndose por tal aquellas conductas que afecten a las personas trabajadoras, con ocasión de la prestación de servicios, por parte de clientes, proveedores del servicio, usuarios, entre otros, la persona trabajadora afectada podrá presentar la denuncia ante su empleador o la Dirección del Trabajo, quienes deberán realizar la investigación conforme a las directrices establecidas en el presente reglamento según corresponda. Por su parte, se deberá informar, cuando los hechos puedan ser constitutivos de delitos penales, los canales de denuncia ante el Ministerio Público, Carabineros de Chile, la Policía de Investigaciones, debiendo el empleador proporcionar las facilidades necesarias para ello, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 175 del Código Procesal Penal. En caso que el empleador principal o usuaria reciba una denuncia de una persona trabajadora dependiente de otro empleador, deberá informar las instancias que contempla el artículo 211-B bis del Código del Trabajo, cuando los involucrados en los hechos sean de la misma empresa, ya sea en régimen de subcontratación o de servicios transitorios, según corresponda. Una vez conocida la decisión de presentar su denuncia ante su empleador o la Dirección del Trabajo, la empresa principal deberá remitir la denuncia respectiva, en el plazo de tres días, a la instancia que sustanciará el procedimiento. Cuando los hechos denunciados involucren a personas trabajadoras de distintas empresas, sean estas de la principal o usuaria, de la contratista, de la subcontratista, o de servicios transitorios, según corresponda, la persona afectada podrá denunciar ante la empresa principal o usuaria respectiva, ante su empleador o ante la Dirección del Trabajo. Cuando la persona trabajadora efectúa su denuncia ante su empleador, éste deberá informar de ella a la empresa principal o usuaria, dentro de los tres días desde su recepción. La empresa principal o usuaria será siempre la responsable de realizar la investigación conforme lo establecido por el presente reglamento, según corresponda. Los empleadores de las personas trabajadoras involucradas deberán adoptar las medidas de resguardo y aplicar las sanciones que correspondan respecto de sus dependientes conforme lo establecido en la normativa vigente. Por lo anterior, el proveedor conoce los procedimientos internos establecidos en la Corporación Nacional Forestal, regulados en su Reglamento Interno de Orden, Higiene y Seguridad, específicamente en el Anexo N°2 y en el Protocolo de Prevención del acoso sexual, acoso laboral y violencia en el trabajo, que se encuentran adjuntos y forma parte integrante del presente procedimiento de contratación. XXIV. PACTO DE INTEGRIDAD El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones que contenidas el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos: 1.- El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven. 2.- El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas. 3.- El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma. 4.- El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio. 5.- El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase. 6.- El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma. 7.- El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas. 8.- El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes. XXV. OBSERVACIONES GENERALES En lo no previsto por estas Bases, se aplicarán las normas de la Ley 21.634 y su Reglamento. Se deja constancia expresa de que todas y cada una de las estipulaciones contenidas en estas Bases de Licitación que no sean modificadas en el contrato que se suscriba, se entiende y entenderán incorporadas a dicho contrato.
10. Demandas ante el Tribunal de Contratación Pública
No cuenta con demandas ante el Tribunal de Contratación Pública.