1.-
• Anexo N°3 “Oferta técnica”: Se deberá adjuntar un único Anexo N°3 “Oferta técnica” debidamente completado y firmado por el oferente, independiente de que la oferta se refiera a una o más líneas de producto. En caso de no adjuntarse dicho anexo, o éste no se encuentra debidamente completado y firmado por el oferente, la oferta será declarada inadmisible en su totalidad y no participará del proceso de evaluación.
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2.-
• Anexo N°4 “Ficha técnica: Se deberá adjuntar el Anexo N°4, correspondiente a la ficha técnica del producto ofertado, por cada vehículo distinto que oferte de acuerdo con la(s) línea(s) de producto a la que postule el oferente, según lo declarado en su oferta económica (Anexo N°5). Al respecto se deja constancia de que, tal como se señala en el Anexo B, numeral 1, el oferente deberá proponer un único vehículo tipo ambulancia por cada línea de producto a la que postule, el que deberá ser el mismo para cada uno de los organismos que demandan dicha línea de producto. Se declararán inadmisibles las ofertas respecto de las líneas de producto ofertadas en donde se verifique el incumplimiento de los requisitos anteriormente señalados, esto es, que se evidencie que el oferente: no presentó debidamente completado y firmado el Anexo N°4 correspondiente a la ficha técnica del producto, o bien, ofertó más de un vehículo para una misma línea;
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3.-
• Set fotográfico: el oferente deberá incluir un set fotográfico de forma obligatoria por cada vehículo distinto que oferte según lo indicado en el anexo N°5 “Oferta económica”. Dicho set fotográfico es parte de lo requerido en la “Ficha técnica” contenida en el Anexo N°4 y obligatoriamente debe ser adjuntado en la forma ahí establecida (Anexo N°4, numeral 5). Se declararán inadmisibles las ofertas que incumplan lo dispuesto anteriormente, respecto de aquella(s) línea(s) de producto en donde se evidencien dichos incumplimientos.
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4.-
• Anexo N°7 “Encuesta de calidad de servicio post venta ambulancias”: El oferente deberá adjuntar en su oferta las encuestas de calidad de servicio post venta de ambulancias, según formato del Anexo N°7, debidamente completadas y firmadas por parte de los clientes a quienes le hayan vendido ambulancias dentro de los últimos 48 meses contados regresivamente desde la fecha de publicación de la presente licitación en el Sistema de Información. Se declararán inadmisibles en su totalidad aquellas ofertas que no presenten al menos una encuesta de calidad de servicio post venta que sea válida según lo establecido en la cláusula N°10.7.3, literal c), lo anterior, sin perjuicio de que pueda aplicarse lo dispuesto en el artículo 40 del Reglamento de la Ley N°19.886, si procede.
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5.-
• Copia de certificado de representación de la marca: Cuando el vehículo ofertado no sea provisto por el titulares de la marca respectiva, sino que sea adquirido por el oferente a empresas distribuidoras/comercializadoras de la marca, se deberá adjuntar a propuesta una copia del certificado de representación de la marca por cada marca distinta correspondiente a los vehículos que oferte según la línea de producto a la cual postule para obtener el máximo puntaje en el subcriterio “Representación de marca en el país”. Excepcionalmente, podrá adjuntar cualquier otro documento de carácter oficial que permita acreditar que dicho distribuidor/comercializador cuenta con la representación de la marca en cuestión. Cabe señalar que este documento no será exigido para obtener el puntaje máximo en el subcriterio antes dicho cuando el vehículo ofertado sea provisto por los titulares de la marca respectiva.
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6.-
• Documentación técnica mínima del vehículo: El oferente deberá adjuntar obligatoriamente en su propuesta, la documentación que es requerida para acreditar lo declarado en el Anexo N°4 “Ficha técnica”, numeral 3, de acuerdo con lo descrito en el Anexo B, numeral 3.3.1, la cual es:
i. Certificado norma NCh2426. Of98,
ii. Ficha técnica, manual o catálogo del fabricante,
iii. Certificado cumplimiento norma de emisión Euro VI (si la norma de emisión no es señalada en documento referido en el literal anterior),
iv. Certificado del sistema emitido por fabricante o representante de la marca del vehículo (para acreditar el tipo de suspensión del vehículo),
v. Memoria de cálculo de sistema de calefacción,
vi. Memoria de cálculo de sistema de refrigeración,
En el caso de que el oferente no adjunte alguno de los documentos anteriormente señalados, cuando proceda, la oferta será declarada inadmisible respecto de la línea de producto en donde se evidencie dicha situación, por cuanto no se podrá acreditar el cumplimiento de los requerimientos mínimos asociados a dicho medio de verificación, esto sin perjuicio de que pueda aplicarse lo dispuesto en el artículo 40 del Reglamento de la Ley N°19.886, si procede.
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7.-
• Documentación técnica opcional del vehículo: El oferente deberá adjuntar en su propuesta la siguiente documentación cuando declare en el Anexo N°4, numeral 4, cumplir con ítem 1.1 “Certificado de homologación de ambulancia”:
i. Certificado de homologación de ambulancia extendido por institución certificadora, documento requerido en el Anexo B, numeral 3.4.
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