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I. INCUMPLIMIENTOS DEL PROVEEDOR |
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Todo incumplimiento del proveedor al contrato facultara a la Corporación para aplicar una o más sanciones que se indican, las cuales según lo establecido en la Ley N° 19.886 deberán ser proporcional al monto adjudicado y, a su vez, no podrán superar el 30% del valor total indicado en el contrato.
N° MULTA MONTO APLICABILIDAD
1. Multa por atraso de aceptación de la Orden de Compra 2% del valor del contrato, por orden de compra emitida Corresponde a la sanción, cada vez que el proveedor no de cumplimiento a la fecha de entrega comprometida, según lo ofertado por este.
2. Multa por despacho o servicio incompleto 2% del valor del contrato por evento Corresponde a la sanción cuando el proveedor no da cumplimiento a la totalidad de lo descrito en la orden de compra y despacha o ejecuta el servicio de manera incompleta.
3. Incumplimiento de plazos de atención 2% del valor del contrato por evento Se entenderá por incumplimiento de plazos de atención la no ejecución, inicio o finalización de los servicios de mantención preventiva o correctiva de los equipos de aire acondicionado dentro de los plazos establecidos en el contrato, orden de servicio o programación acordada, sin causa justificada ni autorización previa de la Corporación.
4. No concurrencia o cancelación injustificada 3% del valor del contrato por evento Se entenderá por no concurrencia o cancelación injustificada la inasistencia del proveedor al lugar, fecha y hora previamente coordinados para la ejecución del servicio, o la cancelación del mismo sin aviso previo ni causa debidamente justificada y aceptada por la Corporación.
5. Ejecución deficiente del servicio 3% del valor del contrato por evento Se entenderá por ejecución deficiente del servicio la realización de las labores de mantención preventiva o correctiva de forma incompleta, incorrecta o no conforme a las especificaciones técnicas, normas vigentes o estándares de calidad exigidos en el contrato, requiriendo su corrección o repetición sin costo adicional para la Corporación.
6. Incumplimiento de normativa técnica y de seguridad 10% del valor del contrato por evento Se entenderá por incumplimiento de normativa técnica y de seguridad la inobservancia de las normas legales, técnicas o reglamentarias aplicables al servicio, incluyendo disposiciones de la SEC, seguridad laboral, uso de elementos de protección personal y manejo adecuado de equipos y refrigerantes, poniendo en riesgo a las personas, instalaciones o equipos.
7. Incumplimiento administrativo 5% del valor del contrato por evento Se entenderá por incumplimiento administrativo la no entrega, entrega incompleta o fuera de plazo de informes técnicos, actas de servicio, certificados, respaldos u otra documentación exigida en el contrato o bases administrativas para la correcta acreditación y control de la ejecución del servicio.
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DE LOS SERVICIOS |
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El proveedor empleará personal debidamente calificado para la prestación del servicio, el que estará bajo su única y directa subordinación y dependencia, por lo cual, el proveedor contratado será el único responsable frente a la Corporación de las obligaciones que impone el contrato y estas bases. Asimismo, el personal del proveedor deberá contar y entregar certificado de inhabilidad para trabajar con menores.
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EQUIPOS DE BAJA |
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En caso de que, producto del resultado de la mantención preventiva se encuentre que un equipo no es posible hacer técnicamente la reparación, ya que no existen las piezas para su reparación en mercado o es inviable económicamente, se definirá como un “equipo de baja". Para este caso se procederá de la siguiente manera: Se generará un informe emitido por la empresa indicando fecha, causa de la baja, nombre del técnico responsable y empresa que emite dicho informe. Dicho informe será entregado al responsable del contrato, quien aplicará el procedimiento respectivo.
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MODO DE OPERACIÓN |
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a. La Encargada de Adquisiciones solicita vía correo electrónico, cotización a la empresa por trabajos requeridos, vía formulario denominado "orden de trabajo", adjuntando antecedentes, videos o imágenes si es necesario
b. La empresa deberá evaluar si procede realizar visita técnica
C. La Empresa ejecuta la valorización de los trabajos solicitados conforme a lo ofertado en su oferta económica, detallando los trabajos a realizar, para su posterior análisis y aprobación de la contraparte técnica d. Será responsabilidad de la empresa entregar los presupuestos (al menos dos cotizaciones) los cuales deberá explicitar los plazos de ejecución de los servicios
e. La Subdirección de Administración y Finanzas, aprueba y devuelve a la empresa, la orden valorizada, timbrada y firmada. De no aprobarse la orden de valorización, se devuelve con sus observaciones y se retoma nuevamente el punto a)
f. De ser aprobado el servicio será formalizado mediante el envío de la orden de compra a través de la Encargada de Adquisiciones por medio del portal Mercado Público
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TIEMPOS DE EJECUCIÓN |
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TIPO MANTENCIÓN N° MES (DESDE LA ADJUDICACIÓN)
1° 2° 3° 4° 5° 6° 7° 8° 9° 10° 11° 12°
PREVENTIVA X X
CORRECTIVA Sujeto a necesidad
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REQUISITOS NECESARIOS DEL PROVEEDOR Y SU PERSONAL |
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La empresa y su personal deberán poseer la idoneidad técnica necesaria para prestar los servicios que se le encomienden; tener buenos antecedentes y salud compatible con el servicio. El personal asignado por el adjudicatario para las tareas de mantención será de su exclusiva dependencia, siendo de su cargo y responsabilidad pagar sus remuneraciones, enterar las imposiciones previsionales y de salud que procedieran, seguros de cesantía y accidentes, pago de mutuales, impuestos y otros que se deriven de dicha relación laboral, a modo que la Corporación de Desarrollo Social de Lampa se mantenga libre de toda responsabilidad respecto de dicho personal. En todo momento se deberá contar con los implementos de seguridad necesarios. La seguridad de los trabajadores será de completa responsabilidad del oferente que se adjudique la presente licitación. En todo momento se deberá velar por la limpieza del entorno y al finalizar los trabajos el retiro de todo material sobrante y desechos que puedan resultar de estos. Los equipos y recursos tecnológicos necesarios para proveer el abastecimiento en condiciones normales y los de respaldo para condiciones de emergencia serán de cargo del oferente, quien deberá procurar el buen funcionamiento y mantención de los mismos.
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OTRAS CONSIDERACIONES |
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• Se solicita certificar la mantención de los equipos mediante autoadhesivo, indicando fecha de la mantención y la próxima fecha en que debiese ser chequeado por el profesional técnico
• El o los oferentes adjudicados deberán tener y contar con todas las medidas de protección estipuladas en la legislación chilena y los seguros pertinentes para el personal asignado a las labores de mantención a realizar, además, es obligación del contratista dar fiel cumplimiento a todas las normas legales vigentes en materia de accidentes de trabajo, no correspondiendo a la Corporación Municipal de Cultura y Deportes de Recoleta por accidentes del trabajador que ocupe el contratista. El contratista queda obligado a tomar las precauciones necesarias para reducir el riesgo de accidentes.
• Todos los materiales, insumos u otros utilizados por el proveedor, deberán estar acreditados y cumplir la normativa actualmente vigente.
• El o los adjudicados serán responsables por todos los elementos e instalaciones que resulten dañados o destruidos por acción u omisión de sus operarios. Dichos elementos se repararán o repondrán, todo esto con cargo al adjudicado.
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