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Resolución de Empates |
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De producirse un empate en el resultado final
de la evaluación, se privilegiará, en primer término, la oferta que haya
obtenido el puntaje más alto en el criterio de evaluación “Precio”;
de mantenerse dicha igualdad, se continuará comparando los puntajes de los
restantes criterios de evaluación, según la importancia asignada en su
ponderación. En caso que aún con aplicación de esta regla se mantenga el
empate, se adjudicará al oferente que haya efectuado primero su oferta en el
portal www.mercadopublico.cl, en conformidad al certificado de presentación de
oferta emitido por el mencionado portal.
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DEL CONTRATO |
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Artículo 19°.- Para poder suscribir el contrato respectivo, el proveedor adjudicado deberá cumplir con las condiciones establecidas en el artículo 4° de la Ley N° 19.886, de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios y, además, estar inscrito en el Registro de Contratistas y Proveedores de la Dirección de Compras y Contratación Pública (Chileproveedores).
Para los efectos de suscribir el contrato el proponente adjudicado, deberá acompañar a la Oficina Regional de Logística, dentro del plazo de 05 días corridos contados desde la notificación de adjudicación de la propuesta, los documentos y antecedentes que se mencionan a continuación:
Tratándose de una Persona Jurídica:
a) Copia de escritura pública de constitución de la sociedad y de sus modificaciones; y copia de la escritura pública en la que conste la personería de su representante legal;
b) Certificado emanado del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces respectivo, en donde conste la vigencia del poder del representante legal de la sociedad, de una antigüedad no superior a 60 días corridos, con todas sus anotaciones marginales;
c) Copia de la inscripción con vigencia, de la sociedad en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces respectivo, de una antigüedad no superior a 60 días corridos;
d) En el caso de personas jurídicas acogidas a la ley N° 20.659, se deberá acompañar Certificado de Vigencia, Certificado de Estatuto Actualizado y Certificado de Anotaciones, en su caso, emitido por el Administrador del Registro de Empresas y Sociedades, además de instrumento en donde conste el poder del representante legal, si procede, debidamente inscrito en el Registro;
e) Documento que garantice el fiel y oportuno cumplimiento del contrato, de conformidad a lo establecido en el artículo 18°, de las presentes bases.
f) Declaración jurada simple que dé cuenta si el adjudicatario registra o no registra saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores, o con trabajadores contratados en los últimos dos años, con una antigüedad no superior a seis meses;
g) Boletín laboral y previsional de la Dirección del Trabajo, de una antigüedad no superior a 60 días;
h) Fotocopia del Rol Único Tributario;
i) Cedula Nacional de Identidad o pasaporte de el o los representantes legales.
Tratándose de Personas Naturales:
a) Fotocopia de la cédula nacional de Identidad, por ambos lados;
b) Documentación donde conste la iniciación de actividades ante el Servicio de Impuestos Internos;
c) Documento que garantice el fiel y oportuno cumplimiento del contrato, de conformidad a lo establecido en el artículo 18°, de las presentes bases;
d) Boletín laboral y previsional de la Dirección del Trabajo, de una antigüedad no superior a 60 días;
e) Declaración jurada simple que de cuenta si el adjudicatario registra o no saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores, o con trabajadores contratados en los últimos dos años, con una antigüedad no superior a seis meses.
Los proveedores que se encuentren inscritos en Chileproveedores y que tengan acreditados los referidos documentos no necesitarán acompañarlos. En todo caso deberán señalar expresamente dicha circunstancia.
Tratándose de una Unión Temporal de Proveedores:
En caso de resultar adjudicado, además de los documentos ya señalados, el Acuerdo de Unión Temporal de Proveedores se deberá acompañar la escritura pública en que haya sido formalizado dicho acuerdo y el documento en el que se acredite la personería del representante legal autorizado para suscribir contratos, la que debe encontrarse vigente.
Cuando la Unión Temporal esté conformada por más de una persona jurídica, todas ellas deberán acompañar los documentos señalados precedentemente, así también en el caso de las personas naturales, salvo el documento por garantía de fiel cumplimiento del contrato.
En el caso que resulte adjudicada la oferta presentada por una unión temporal de proveedores, sus integrantes serán solidariamente responsables de las obligaciones consignadas en el contrato respectivo y la oferta que lo complemente.
La forma en que las entidades en la unión temporal de proveedores distribuyan el costo de formular la oferta, la ejecución de la oferta (en caso de adjudicación), la distribución del pago por los servicios contratados y la carga de trabajo a asumir para dar cumplimiento al contrato, en caso de serle adjudicado, no será oponible al Servicio y constituirá una materia que compete regular exclusivamente a los integrantes de la unión temporal de proveedores entre sí. En consecuencia, no podrán excusarse en el incumplimiento de alguno de sus integrantes para justificar el incumplimiento de todo o parte de las obligaciones del contrato.
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DE LA ENTREGA |
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Artículo 23°.- Para todos los efectos a que haya lugar, la entrega del servicio se realizará de forma ininterrumpida mientras dure el contrato, conforme lo estipulen las bases técnicas y administrativas en su artículo 22°.
Artículo 24°.- Para todos los efectos a que haya lugar en la presente contratación, la Contraparte Técnica o supervisor técnico del Servicio frente al proveedor, será don Javier Valenzuela Domínguez, debido a la naturaleza del servicio a contratar.
La Contraparte Técnica ejercerá las siguientes funciones, sin que la enunciación sea taxativa:
- Supervisar, coordinar y fiscalizar el debido cumplimiento de los procedimientos establecidos en estas bases para el fiel y oportuno cumplimiento de la contratación y de todos los aspectos considerados en estas bases.
- Verificar que la calidad del servicio entregado corresponda a la ofrecida y contratada, adecuándose a los requerimientos técnicos indicados en estas Bases.
- Velar por el correcto cumplimiento de la contratación, informando oportunamente mediante oficio a la Oficina de Logística en caso que deban aplicarse multas.
- Dar visto bueno y recepción conforme a la entrega del servicio, como asimismo informar sobre eventuales incumplimientos de las condiciones técnicas requeridas para dar tramitación a los pagos y a las multas correspondientes.
-. Cualquier otra tarea que implique la supervigilancia del cumplimiento de las obligaciones contractuales por parte de la empresa.
Artículo 25°.- El plazo que se estipule se entenderá de días corridos y se contará desde la total tramitación de la resolución que apruebe el contrato, sin perjuicio de la emisión de la orden de compra y la aceptación de ésta por parte del proveedor en el portal www.mercadopublico.cl, aceptación que deberá efectuarse dentro de las 48 horas siguientes a la respectiva emisión.
Artículo 26º.- En el caso de rechazo del servicio, o por incumplimiento en la prestación del servicio por parte del proveedor, se procederá conforme lo establece las bases de Licitación.
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