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Acreditación de cumplimiento de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social |
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El
Proveedor adjudicado será responsable del íntegro y oportuno cumplimiento de
las obligaciones laborales y previsionales que correspondan respecto de su
personal. La Entidad Licitante podrá requerir, durante la ejecución de la
contratación y previamente al pago de una o más facturas, la presentación del
Certificado de Cumplimiento de Obligaciones Laborales y Previsionales vigente,
emitido por la Dirección del Trabajo, u otros antecedentes idóneos que
acrediten dicho cumplimiento, especialmente en caso de subcontratación
autorizada, denuncias, incumplimientos detectados o cuando existan antecedentes
que lo justifiquen. En caso de existir subcontratación autorizada, podrá
requerirse, además, la documentación correspondiente del subcontratista, en los
mismos términos.
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Presentación de antecedentes omitidos por los oferentes |
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Durante
la etapa de evaluación, la Entidad Licitante podrá solicitar, a través del foro
inverso de aclaración de ofertas, que los oferentes aclaren aspectos formales
de su oferta, subsanen errores u omisiones formales, o acompañen
certificaciones o antecedentes omitidos al momento de presentar su oferta,
siempre que éstos se hubieren producido u obtenido con anterioridad al
vencimiento del plazo para presentar ofertas, o se refieran a situaciones no
mutables entre dicho vencimiento y el período de evaluación, y que ello no
altere el contenido de la oferta, no recaiga sobre el precio ofertado ni
otorgue una situación de privilegio respecto de los demás oferentes. Para estos
efectos, se otorgará un plazo breve y fatal. Si el oferente no responde dentro
de plazo, o si su respuesta no resulta suficiente, la Entidad Licitante
resolverá con los antecedentes disponibles, pudiendo declarar inadmisible la
oferta cuando corresponda. La oferta que requiera aclaración, complementación o
subsanación a través del foro inverso será evaluada conforme a lo señalado en
el criterio de cumplimiento de los requerimientos formales de presentación de
la oferta. Asimismo, podrán admitirse defectos de forma o errores manifiestos
que carezcan de incidencia sustancial en la oferta, siempre que puedan
esclarecerse con los antecedentes ya acompañados y sin alterar la oferta
presentada, lo que no afectará la asignación del puntaje máximo en el criterio
señalado.
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Pacto de integridad |
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Por el solo hecho de participar en la presente licitación, el oferente declara conocer y aceptar expresa e íntegramente el presente Pacto de Integridad, obligándose a cumplir todas y cada una de las estipulaciones contenidas en él, además de las demás obligaciones establecidas en las presentes Bases, sus anexos y los demás antecedentes que integran el proceso licitatorio. Asimismo, se obliga a proporcionar toda la información y documentación exigida en estas Bases, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:
1. Respetar los derechos fundamentales de sus trabajadores, en especial los consagrados en el artículo 19 N° 1, 4, 5, 6, 12 y 16 de la Constitución Política de la República, en relación con el artículo 485 del Código del Trabajo. Asimismo, se obliga a respetar los derechos humanos, evitando generar o contribuir a efectos adversos sobre ellos mediante sus actividades, productos o servicios, y adoptando las medidas necesarias para prevenir, mitigar y corregir dichos efectos, conforme a los Principios Rectores sobre Empresas y Derechos Humanos de las Naciones Unidas.
2. No ofrecer, conceder ni intentar ofrecer o conceder sobornos, regalos, dádivas, pagos o beneficios de cualquier naturaleza, monto o especie a funcionarios públicos, ni a terceros que puedan influir, directa o indirectamente, en el proceso licitatorio, en la toma de decisiones, en la adjudicación o en la ejecución del contrato o de la orden de compra que se derive del mismo.
3. No intentar ni celebrar acuerdos, ni ejecutar actos, conductas o prácticas que tengan por objeto o efecto impedir, restringir, falsear o entorpecer la libre competencia, especialmente aquellas de carácter colusorio, cualquiera sea su forma o denominación.
4. Revisar y verificar la información y documentación presentada en el proceso, adoptando las medidas necesarias para asegurar su veracidad, integridad y suficiencia.
5. Ajustar su conducta a los principios de legalidad, probidad, ética, transparencia y buena fe durante todo el proceso licitatorio y durante la ejecución del contrato o de la orden de compra que se derive del mismo.
6. Conocer y respetar íntegramente las reglas y condiciones establecidas en las presentes Bases, sus anexos y demás antecedentes del proceso, así como las obligaciones que emanen del contrato o de la orden de compra respectiva, y las instrucciones u observaciones que sean formalmente impartidas por la Unidad Técnica o por el Inspector Técnico del Servicio, según corresponda.
7. Asumir las consecuencias, medidas y sanciones previstas en las presentes Bases y en la normativa aplicable, en caso de infracción a los compromisos asumidos en este Pacto de Integridad.
8. Abstenerse, una vez iniciado el procedimiento de contratación, de mantener comunicaciones con otros participantes o eventuales interesados en el proceso, así como con personas que desempeñen funciones en el organismo licitante y que intervengan en el proceso de adjudicación, en asuntos directa o indirectamente vinculados con éste, salvo que dichas comunicaciones se efectúen a través del Sistema de Información y Gestión de Compras Públicas, en la forma prevista en la Ley, el Reglamento y las presentes Bases, resguardando la transparencia, publicidad e igualdad de los oferentes. Lo anterior se entiende además de la prohibición establecida en el artículo 35 ter de la Ley N° 19.886.
9. Adoptar todas las medidas necesarias para que las obligaciones precedentemente señaladas sean igualmente observadas y cumplidas por su personal, dependientes, asesores, agentes, subcontratistas y, en general, por todas las personas que se vinculen con él con ocasión de la presente licitación o de la ejecución del contrato, siendo responsable por su incumplimiento, sin excluir las responsabilidades individuales que correspondan
Cualquier incumplimiento al presente Pacto de Integridad, constatado, podrá ser sancionado conforme a la etapa en que se verifique. Si ocurriere durante el procedimiento licitatorio, podrá dar lugar a la inadmisibilidad de la oferta o a la exclusión del proceso. Si se verificare con posterioridad a la adjudicación y antes de la formalización de la contratación, la Municipalidad podrá dejar sin efecto la adjudicación y readjudicar, conforme a la cláusula XVIII.5. Si se detectare durante la ejecución contractual, podrá dar lugar al término anticipado del contrato, conforme a la cláusula XXI.2.
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