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1.-
BASES ADMINISTRATIVAS Y ECONÓMICAS:
1. Antecedentes básicos del organismo solicitante
1.1. Antecedentes administrativos
La licitación tendrá el carácter de pública. El llamado, adjudicación, contratación y, en general, todos
los procesos de comunicación, adquisición y contratación de esta licitación a que aluden las Bases,
se hará a través del Sistema de Información de las Compras y Contrataciones de los Organismos
Públicos del Estado Chileno, www.mercadopublico.cl.
Las Bases son obligatorias para todas las personas oferentes y se entenderán aceptadas
íntegramente por aquellas por el solo hecho de presentar sus ofertas. Ante cualquier eventual
contradicción entre las presentes bases y la información publicada en la caratula de la licitación
en el Portal Mercado Público que no haya sido aclarada en un sentido o en otro, deberá
entenderse como válido lo señalado en las bases. Las oferentes serán responsables por la exactitud
y veracidad del contenido de sus propuestas, así como del costo que signifique presentarlas.
Quienes actúen como proponentes deberán encontrarse inscritos en el Registro de Contratistas de
los Organismos Públicos, Registro Proveedores, al momento de presentar sus ofertas. La habilidad
deberá mantenerse en todo el proceso licitatorio, hasta la celebración del contrato definitivo,
situación que será acreditada, con el certificado correspondiente. En todo caso, para celebrar el
contrato definitivo a las personas adjudicadas se les exigirá acreditar la inscripción en Registro
Proveedores. En caso de que quien resulte adjudicado se haya presentado bajo la modalidad “Unión
Temporal de Proveedores”, cada proveedor o proveedora de dicha unión deberá inscribirse en
Registro Proveedores y encontrarse hábil al momento de ofertas, y previo a la celebración del
contrato. Cabe recordar que solo podrán constituirse como UTP las empresas de menor tamaño,
su vigencia no podrá ser inferior a la del contrato adjudicado, incluyendo renovación y prórroga.
Se declarará inadmisible la oferta presentada con proveedores que no correspondan a empresas
de menor tamaño.
De acuerdo al artículo 35 TER de la Ley N° 19.886, se prohíbe la comunicación entre los participantes
o interesados en el proceso de contratación una vez iniciado el procedimiento de contratación, o
entre eventuales interesados o participantes en él y las personas que desempeñen funciones en el
organismo licitante que participen del proceso de adjudicación, independientemente de su calidad
jurídica, en lo referido directa o indirectamente a tal proceso, salvo que se realice a través del
Sistema de Información y Gestión de Compras Públicas administrado por la Dirección de Compras y
Contratación Pública y en la forma establecida en las bases de licitación, que asegure la participación
e igualdad de todos los oferentes.
En caso de que el servicio contratado sea de aquellos en que la ley permite la no celebración de un
contrato escrito, quien oferta deberá acreditar la inscripción en Registro Proveedores al momento
de la adjudicación.
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La Unidad de Administración del Programa Bibliometro actuará como Unidad Técnica a cargo
para la presente licitación.
Serán funciones de esta Unidad Técnica, entre otras, las siguientes:
a) Recibir a conformidad los servicios esperados, planteando al proveedor las observaciones
y/o recomendaciones que se estimen convenientes, certificando la recepción conforme de
éstos e informarle los plazos establecidos para subsanar estas observaciones, para el visto
bueno y validación definitiva del pago respectivo.
b) Colaborar y asistir al proveedor en el ámbito de sus competencias.
c) Supervisar y controlar el desarrollo del trabajo, velando por el estricto cumplimiento de los
objetivos y de los servicios contemplados, establecidos en el respectivo contrato.
d) Autorizar por escrito, las adecuaciones del proyecto, atender y resolver situaciones
coyunturales o emergentes no consideradas y que no constituyen modificación del
contrato. La comunicación entre la Unidad Técnica a cargo y el proveedor se hará por escrito
o por correo electrónico.
e) Solicitar la ejecución de los trabajos o servicios adicionales, según lo indicado en la cláusula
de aumento y/o disminución de los servicios de las bases administrativas.
1.2. Etapas y plazos
El día de publicación del llamado constituirá el día cero del calendario de eventos establecido. El
plazo de cierre para la recepción de ofertas no podrá vencer en días inhábiles (sábado, domingo o
festivo) ni en un día lunes o en un día siguiente a un día inhábil, antes de las quince horas. De todas
maneras, si esto ocurriese así, de acuerdo al calendario establecido a continuación, se entenderá
que dicho plazo caerá en el primer día hábil siguiente al día señalado, conforme a lo aclarado en
el Portal.
Las fechas en las que deberán verificarse las diversas etapas de la presente licitación se incluyen en
el siguiente Calendario General:
ACTIVIDAD
PLAZOS DESDE LA
PUBLICACIÓN DE LAS
BASES
Publicación del llamado en www.mercadopublico.cl 0 día
Visita a Terreno obligatoria 5° día
Recepción de consultas y solicitud de aclaración 10° día
Respuestas y/o aclaraciones 15° día
Recepción de propuestas 20° día
Apertura electrónica de propuestas 21°día
Evaluación de las propuestas, legal, técnica y económica 30° día
Adjudicación, hasta 45° día
Entrega de la garantía de fiel y oportuno cumplimiento y antecedentes señalados
en el punto 5.4 de las presentes bases, hasta
6 días desde la
adjudicación
Firma del contrato, hasta 15 días desde la
adjudicación
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1.3 Visita a terreno Obligatoria
A efectos de que quienes participen como proponentes puedan establecer adecuadamente la oferta
técnica y económica, se ha determinado una visita para el día y hora señalado en la carátula de la
licitación del portal www.mercadopublico.cl. Para estos efectos, la persona encargada de la visita
permitirá que oferentes que no hayan llegado a la hora fijada en el portal, se incorporen a la misma
hasta quince minutos de iniciada. Posterior a dicho lapso, se tendrán por no presentados a la visita,
circunstancia que quedará consignada en el acta.
Para ofertar, será condición obligatoria asistir a la visita de terreno en el día y la hora fijada y
publicada en el Portal de Mercado Público, así como suscribir, durante la visita, el Acta de Visita a
Terreno, con indicación del nombre y número de RUT de la persona que asiste y el nombre y número
de RUT de la persona que representa. De no cumplir con lo anterior, la oferta será inadmisible.
En caso de que a la visita a terreno no se presenten oferentes o se presente solo uno, el Serpat
podrá disponer de una nueva y última visita a terreno, la cual será informada a través del portal
www.mercadopublico.cl.
La fecha, hora y lugar de la visita a terreno será informada a través del portal al momento de la
publicación de la licitación
2. Oferente
2.1. Requisitos del Oferente
Podrán participar en la presente licitación pública personas naturales y jurídicas, nacionales o
extranjeras que, cumpliendo los requisitos señalados en las presentes bases y encontrándose
inscritas en el portal www.mercadopublico.cl, presenten una oferta en la oportunidad y forma
establecida en las mismas. Para las personas extranjeras, se observará lo dispuesto en el artículo
180 del D.S. N°661, del Ministerio de Hacienda de 2024.
En caso de que se participe en la presente licitación mediante la modalidad de “Unión Temporal de
Proveedores”, ésta deberá cumplir con todos los requisitos especiales establecidos en el artículo
180 del D.S. N°661, del Ministerio de Hacienda, Reglamento de la Ley N°19.886.
En el caso de no presentar la documentación solicitada en el anexo N° 8, que hace referencia a la
experiencia del oferente en servicios similares referentes al aseo la oferta será declarada
inadmisible.
2.2. No podrán participar
a) El oferente que tiene entre sus socios a una o más personas que sean funcionarios directivos
del Servicio Nacional del Patrimonio Cultural, o personas unidas a ellos por lo vínculos de
parentesco descritos en la letra b) del artículo 54 de la ley N°18.575, Orgánica Constitucional
de Bases Generales de la Administración del Estado. Ni aquellas sociedades de personas de
las que formen parte los funcionarios directivos y personas mencionadas en el punto
anterior, ni en una sociedad comandita por acciones o anónima cerrada en que aquéllos o
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éstas sean accionistas, ni una sociedad abierta en que aquéllos o éstas sean dueños de
acciones que representen el 10% o más del capital.
b) Las personas naturales o jurídicas que, dentro de los dos años anteriores al momento de la
presentación de la oferta, hayan sido condenados por prácticas antisindicales o infracción a
los derechos fundamentales del trabajador/a, o por delitos concursales establecidos en el
Código Penal.
c) El oferente afecto a la prohibición del artículo 10 de la Ley N°20.393, esto es, no haber sido
condenada, temporal o perpetuamente, a celebrar contratos con los organismos del Estado,
en virtud de haberse establecido su responsabilidad penal en delitos de lavado de activos,
financiamiento de terrorismo y delitos de cohecho.
d) Oferentes que hayan sido condenados por el Tribunal de Defensa de la Libre Competencia
en conformidad con lo dispuesto en el artículo 26, letra d), del decreto ley N°211, de 1973,
esto es, por participar en hechos, cometer actos o concurrir a convenciones que impiden,
restringen o entorpecen la libre competencia o que tienden a producir dicho efectos,
conforme con lo previsto en el artículo 3, letra a), del mismo cuerpo normativo.
e) Oferente que le afecte las prohibiciones y/o inhabilidades establecidas en el artículo 35
QUÁTER y 35 SEPTIES de la Ley N° 21.634.
Lo anterior se acreditará mediante las declaraciones juradas que se encuentran en los anexos (N°2
, N°3, N°4 y N°5) del presente instrumento.
3. Modificaciones a las Bases
Antes del cierre de recepción de las ofertas, el Serpat, mediante resolución fundada y debidamente
tramitada, podrá modificar las presentes bases, otorgando un plazo de adecuación, a objeto de que
las personas oferentes puedan readecuar sus propuestas.
4. Consultas y aclaraciones
4.1. Recepción de consultas
Las consultas se recibirán solamente a través de portal www.mercadopublico.cl, desde el mismo día
de publicada esta licitación, a través de la opción preguntas y respuestas. La fecha de cierre de
preguntas será la señalada en el calendario general establecido en el punto 1.2. de las presentes
bases.
4.2. Respuestas a las consultas y aclaraciones
Las respuestas a las consultas y a la solicitud de aclaraciones se entregarán por el mismo medio,
hasta la fecha y hora que se indica en el portal, las que formarán parte integrante de las bases de
esta licitación.
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5. Antecedentes y presentación de los oferentes
5.1. Presentación de antecedentes del proponente para ofertar
Las ofertas deberán ser presentadas a través del portal www.mercadopublico.cl.
La sola presentación de las ofertas por parte de quien se interese en suministrar bienes muebles o
de proveer el servicio, significa la aceptación de todas las cláusulas a considerar en las presentes
Bases Administrativas y Bases Técnicas.
Las personas oferentes que participen de esta licitación, que se encuentren inscritas en Registro
proveedores y que, además, mantengan actualizados los antecedentes en conformidad a lo exigido
en estas bases, podrán acreditar dichos antecedentes por esta vía.
5.2. Antecedentes legales para la presentación de ofertas
A las proponentes que sean personas naturales o jurídicas que hayan decidido participar en la
licitación, se les exigirá la presentación de cuatro declaraciones juradas adjuntas (anexos N°1, 2 ,3 y
4) y de la oferta económica (Anexo N° 6), Pacto de integridad (anexo N° 5) firmadas por la persona
natural o el representante legal de la persona jurídica. No requiere ser ante notario público
Si la garantía de Seriedad de Oferta no es presentada y recepcionada en los plazos establecidos la
oferta presentada será declarada inadmisible.
Además, se requerirá la presentación de los siguientes antecedentes:
a) Para personas naturales:
- Fotocopia de la cédula nacional de Identidad.
- Fotocopia de Iniciación de Actividades en SII o documento idóneo que así lo acredite.
b) Para personas jurídicas:
- Fotocopia del R.U.T. de la persona jurídica.
- Fotocopia de la cédula nacional de identidad del representante legal.
- Fotocopia de la escritura de constitución de la persona jurídica y sus eventuales
modificaciones, con constancia de su inscripción en el Registro de Comercio, si
correspondiere.
c) Unión Temporal de Proveedores:
- Documento que formaliza la Unión Temporal, estableciendo la responsabilidad solidaria
entre las partes, la identificación del representante legal con poderes suficientes, y la
vigencia de esta unión, la que no podrá ser inferior al plazo del servicio en licitación,
incluyendo la posible renovación, si se contemplare.
- Fotocopia de los RUT y cédulas de identidad de las personas jurídicas o naturales
participantes.
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La falta de cualquiera de los documentos anteriormente explicitados al momento de la apertura de
las ofertas, implicará que la oferta presentada será declarada inadmisible, salvo la excepción
establecida en el punto 5.3.
5.3. Presentación de antecedentes después del cierre de la fecha de recepción de ofertas
Conforme al artículo 56 del Reglamento de la ley N° 19.886, el Serpat podrá solicitar a los oferentes
que salven errores u omisiones formales, siempre y cuando las rectificaciones de dichos vicios u
omisiones no les confieran a esos oferentes una situación de privilegio respecto de los demás
competidores, esto es, en tanto no se afecten los principios de estricta sujeción a las bases y de
igualdad de los oferentes
Asimismo, de acuerdo al artículo 56 inciso 2° y 3°, el Serpat podrá requerir la presentación de
certificaciones o antecedentes que los oferentes hayan omitido presentar al momento de efectuar
la oferta, siempre que dichas certificaciones o antecedentes se hayan producido u obtenido con
anterioridad al vencimiento del plazo para presentar ofertas, o se refieran a situaciones no mutables
entre el vencimiento del plazo para ofertar y el periodo de evaluación. El plazo para presentarlos
será de 3 días corridos, contados desde el requerimiento por parte del Serpat.
5.4. Presentación de antecedentes del adjudicatario para la celebración del contrato
Para celebrar el contrato definitivo, se exigirá la presentación de un Certificado de Antecedentes
Laborales emitido por la Inspección del Trabajo, con vigencia a la fecha del contrato.
Además, en caso de tratarse de personas jurídicas, estas deberán presentar los siguientes
documentos:
a) Copia simple de la escritura, acta de Directorio u otro instrumento en el que conste el
nombre de los representantes legales de la persona jurídica y las facultades de que están
investidos para representarla y obligarla.
b) Certificado de vigencia de la persona jurídica emitido por el órgano competente con un
máximo de 90 (noventa) días de anticipación a la fecha de celebración del contrato.
c) Certificado de vigencia de los poderes del representante legal, emitidos por el órgano
competente con un máximo de 90 (noventa) días de anticipación a la fecha de celebración
del contrato.
De acuerdo a lo establecido en el artículo N° 35 QUÁTER de la Ley N° 19.886, ningún organismo del
Estado podrá suscribir contratos administrativos con el personal del mismo organismo, cualquiera
que sea su calidad jurídica, o con las personas naturales contratadas a honorarios por ese
organismo, ni con sus cónyuges o convivientes civiles, ni con las demás personas unidas por los
vínculos de parentesco en segundo grado de consanguinidad o afinidad, ni con sociedades de
personas o empresas individuales de responsabilidad limitada de las que formen parte o sean
beneficiarios finales, ni con sociedades en comanditas por acciones, sociedades por acciones o
anónimas cerradas en que sean accionistas directamente, o como beneficiarios finales, ni con
sociedades anónimas abiertas en que aquéllos o éstas sean dueños de acciones que representen el
diez por ciento (10 %) o más del capital, directamente o como beneficiarios finales, ni con los
gerentes, administradores, representantes o directores de cualquiera de las sociedades antedichas.
La prohibición establecida en el inciso anterior debe entenderse respecto del personal dependiente
del Servicio Nacional del Patrimonio Cultural o su directora nacional, los cuales intervenga en el
procedimiento de contratación.
Igualmente, la prohibición para suscribir contratos establecida en el inciso primero se extenderá,
respecto de los funcionarios directivos de los organismos del Estado, hasta el nivel de jefe de
departamento o su equivalente, y de los funcionarios definidos en el reglamento que participen en
procedimientos de contratación, a las personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco
descritos en la letra b) del artículo 54 de la Ley N° 18.575, orgánica constitucional de Bases Generales
de la Administración del Estado, y a las sociedades en que aquellos o éstas participen en los términos
expuestos en el inciso primero, durante el tiempo en que ejerzan sus funciones, y hasta el plazo de
un año contado desde el día en que el respectivo funcionario o funcionaria haya cesado en su cargo.
Sin perjuicio de lo anterior, cuando circunstancias excepcionales lo hagan necesario, de acuerdo a
lo señalado por el jefe de servicio, los organismos del Estado podrán celebrar dichos contratos,
siempre que se ajusten a condiciones de equidad similares a las que habitualmente prevalecen en
el mercado. La aprobación del contrato deberá hacerse por resolución fundada, que se comunicará
al superior jerárquico del suscriptor, a la Contraloría General de la República y a la Cámara de
Diputados, en el caso de los órganos de la Administración del Estado.
En virtud de lo establecido en el artículo 52 de la Ley N° 19886, y en el artículo 180 del D.S 661 de
2024, del Ministerio de Hacienda, Reglamento de la Ley 19.886, las personas jurídicas y/o naturales
que se adjudiquen un proceso licitatorio igual o superior a 1000 UTM, y que hayan concurrido a
través de una Unión Temporal de Proveedores, deberán, para efectos de la celebración del contrato,
suscribir en Escritura Pública la formalización de ésta, incorporando todas las exigencias legales y
reglamentarias señaladas en la norma recién indicada. Lo anterior, sin perjuicio de lo exigido en el
numeral 5.2 de estas Bases Administrativas, referente a los antecedentes legales para la
presentación de ofertas; esto implica la obligatoriedad de presentar, conjuntamente con la oferta,
documento privado o público que da cuenta del acuerdo para participar de esta forma.
La adjudicación queda condicionada a que los documentos exigidos al tiempo del contrato sean
entregados en la forma y con los requisitos exigidos en estas bases.
De acuerdo con el artículo 4° de la ley N°19.886, si al presentarse el Certificado de Antecedentes
Laborales se comprobare la existencia de condenas por prácticas antisindicales, infracción a los
derechos fundamentales del trabajador/a, o por delitos concursales establecidos en el Código Penal,
dentro de los dos años anteriores al momento de la presentación de la oferta, la parte Adjudicataria
será considerada inhábil para contratar, procediendo a readjudicar y suscribir el contrato respectivo
con quien hubiere ocupado el segundo lugar o el tercero, si el anterior no aceptara la adjudicación,
o bien declarar desierta la licitación.
Asimismo, en caso de que la adjudicataria no concurra a suscribir el contrato o no entregue la
garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato en los plazos establecidos para este efecto
por el Serpat, se entenderá que ésta no acepta la adjudicación. Además, el Serpat podrá adjudicar
y suscribir el contrato respectivo con quien hubiere ocupado el segundo lugar o el tercero, si el
anterior no aceptara la adjudicación, o bien declarar desierta la licitación.
5.5. Recepción de las propuestas
La fecha y hora de cierre para la recepción de ofertas técnicas, económicas y de los antecedentes
de la parte proponente, serán las señaladas en los antecedentes de la licitación en el portal
www.mercadopublico.cl.
Solo se considerarán las propuestas que hubieren sido presentadas dentro del plazo señalado en el
portal, por lo que una vez expirado dicho plazo no se admitirá propuesta alguna. Del mismo modo,
quienes presenten una propuesta no la podrán retirar ni hacer modificaciones en ellas una vez
presentadas. Las ofertas tendrán una vigencia de 60 (sesenta) días corridos contados desde la fecha
de cierre de recepción de las ofertas.
5.6. Posibilidad de presentar más de una oferta
Los oferentes pueden presentar más de una oferta, las que de forma separada deben cumplir con
todos los requisitos administrativos, técnicos y económicos señalados en estas Bases de Licitación.
Con todo, se declarará inadmisibles las ofertas simultáneas respecto de un mismo bien o servicio
por parte de empresas pertenecientes al mismo grupo empresarial o relacionado entre sí. Para la
evaluación se deberá considerar la oferta más conveniente presentada por el grupo empresarial o
relacionado entre sí, y declarar inadmisible las demás.
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