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Cláusula de Readjudicación |
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Si el respectivo adjudicatario se desiste de su oferta, no entrega los antecedentes legales para contratar y/o la garantía de fiel cumplimiento, no firma el contrato o no se inscribe en Chileproveedores en los plazos que se establecen en las presentes bases, la entidad licitante podrá dejar sin efecto la adjudicación y seleccionar al oferente que, de acuerdo al resultado de la evaluación le siga en puntaje, y así sucesivamente, a menos que, de acuerdo a los intereses del servicio, se estime conveniente declarar desierta la licitación.
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Forma da pago |
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En conformidad al artículo 8º de la Ley de Presupuestos del Sector Público para el presente año, todos los pagos a proveedores de bienes y servicios de cualquier tipo que se realicen por parte de los órganos de la Administración del Estado (UTEM entre ellos) durante el presente año, incluidos aquellos relacionados a contratos de obra o infraestructura, deberán realizarse mediante transferencia electrónica de fondos. Por lo tanto, el proveedor debe tener habilitada la opción de recibir pagos por transferencia electrónica, debiendo proporcionar con la debida antelación la información bancaria para que ello pueda realizarse. De igual manera, la ley establece que el reconocimiento en la ejecución presupuestaria deberá realizarse en pleno cumplimiento de la Ley N°19.983, que regula la transferencia y otorga mérito ejecutivo a copia de la factura. Por consiguiente, el pago se realizará dentro de 30 días corridos, contados desde la recepción de la factura. Con todo, para proceder al pago se requerirá que previamente se certifique por parte de UTEM la recepción conforme de los bienes y/o servicios adquiridos o contratados.
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Aumento o disminución de los bienes y/o servicios |
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La Universidad Tecnológica Metropolitana se reserva el derecho de modificar, disminuir o aumentar las cantidades originalmente estimadas, según acto administrativo totalmente tramitado, hasta un tope del 10% del total adjudicado; previa información vía correo electrónico a la empresa, a través del Departamento de Abastecimiento, indicando la cantidad de bienes y los motivos que fundamentan la modificación.
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Multas por incumplimiento contractual |
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Las multas por atraso en la entrega, entrega parcial o por rechazo por no cumplimiento de las especificaciones técnicas, se aplicarán por cada día hábil de atraso y se calcularán como un 2% del valor neto de los bienes o servicios objeto de la entrega, con un tope de 10 días hábiles. Las multas no podrán sobrepasar el 20 % del valor total del contrato (orden de compra). La entrega de los productos y/o servicios, deberá realizarse dentro del plazo ofertado por el proveedor en el Anexo N°6 y comenzará a regir 24 horas posterior al envío de la orden de compra. Multa por atraso en la entrega = 2% x día de atraso en la entrega del servicio/bien/producto 20 Se entenderá como atraso injustificado, todo aquel retraso en la entrega del servicio/producto (corresponde a la entrega de cualquier servicio/producto acordado) no imputable a la UTEM, que no sea producto de un caso fortuito o de fuerza mayor debidamente calificado por esta última. • La calificación de fuerza mayor corresponde exclusivamente a la UTEM. • La multa y sus fundamentos deberán ser sancionadas mediante acto administrativo
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RESERVA DE DERECHOS |
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La Universidad Tecnológica Metropolitana se reserva el derecho a: a) La Universidad podrá en cualquier momento, y hasta antes del vencimiento del plazo de presentación de las ofertas, modificar las presentes Bases, ya sea por iniciativa propia o en atención a una aclaración o consulta. La Institución evaluará las condiciones de aplicación de las modificaciones, considerando la naturaleza de estas, para ajustar los plazos de presentación de las ofertas si la situación lo amerita. Dichas modificaciones serán obligatorias para todos los participantes y serán publicadas en el portal http://www.mercadopublico.cl. b) Declarar desierta la licitación en caso de que todas las propuestas ofrecidas excedan la disponibilidad presupuestaria con que cuenta para financiar el gasto que irrogue la contratación de los servicios que se licitan y ante el evento que ninguno de los proponentes dé cumplimiento a la suscripción del contrato o la inscripción en Mercado público en los plazos señalados en estas Bases. c) Adjudicar a la propuesta que sea la mejor combinación de los criterios de evaluación técnicos y de precio, aunque no sea la del menor precio ofrecido. d) Adjudicar a la propuesta del siguiente mejor puntaje, cuando el oferente adjudicado no se presente a celebrar el contrato cuando se exija o no suministre la garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato (aplicable únicamente cuando este instrumento financiero haya sido requerido en las bases administrativas), conforme a la forma y plazo establecidos en estas Bases.
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Resolución de Empates |
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En caso de empates en los puntajes totales otorgados a los oferentes, se optará por aquella oferta con más alto puntaje en OFERTA ECONÓMICA, de persistir el empate se optará por la oferta con mayor puntaje en PLAZO DE ENTREGA, de persistir el empate se optará por la oferta con mayor puntaje en MATERIAS DE ALTO IMPACTO SOCIAL y, por último, en caso de que persista el empate, se optará por aquella oferta con mayor puntaje el CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS FORMALES. Aún si se mantuviere el empate, se determinará por quién haya subido primero la oferta en la plataforma www.mercadopublico.cl.
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Mecanismo para solución de consultas respecto a la adjudicación |
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Si existieran dudas y/o consultas respecto de la adjudicación podrá efectuarse la consulta respectiva, de forma electrónica dirigida a un correo electrónico de la Universidad Tecnológica Metropolitana que será informado en http://www.mercadopublico.cl.
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Presentación de antecedentes omitidos por los oferentes |
Siempre que dichas certificaciones o antecedentes se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar ofertas o se refieran a situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas y el período de evaluación.
Las certificaciones o antecedentes antes señalados deberán ser presentados en el plazo y la forma señalados en el punto 4.3 de las presentes bases.
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Pacto de integridad |
El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones que contenidas el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las Bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo con las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:
a) El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.
b) El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas.
c) El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de esta.
d) El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio.
e) El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las Bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase.
f) El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.
g) El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.
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h) El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.
I) El proveedor declara que conoce y respetará íntegramente la Política Institucional de Género, que trata sobre la Violencia de Género, Acoso Sexual y Discriminación debido a Género de la Universidad Tecnológica Metropolitana.
En caso de hechos eventualmente constitutivos de violencia de género, acoso sexual y discriminación debido a género que ocurran con ocasión de la ejecución del contrato con la Universidad, el proveedor deberá activar sus protocolos internos de investigación/sanción y adoptar las medidas para evitar la comisión de este u otros hechos similares. En caso de incumplimiento de esta cláusula, la Universidad podrá terminar el contrato ipso facto y sin derecho a indemnizaciones.
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Forma de pago de las multas |
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Una vez notificada la resolución que impone la multa respectiva al proveedor, este deberá pagarla en el plazo de 5 días hábiles a esta Casa de Estudios, mediante transferencia electrónica bancaria a la cuenta Banco Santander cuenta N° 68-80396-9. De esta transferencia deberá remitirse su comprobante al correo de mloyolam@utem.cl, con copia a gestiondecontratos@utem.cl, dirigido a juan.toledo@utem.cl. En dicho correo deberá indicarse el nombre "ADQUISICION, INSTALACION Y PUESTA EN MARCHA UPS", los datos de individualización de esta, el monto a pagar, y los datos de individualización del proveedor.
En caso de que la multa no sea pagada en el plazo antes indicado, la Universidad quedará facultada a hacer efectiva las garantías correspondientes (en caso de que las haya y aplicable únicamente cuando este instrumento haya sido requerido en las bases administrativas)
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