Licitación ID: 1425773-8-LE26
SERVICIOS GUARDIAS MARZO 2026
Responsable de esta licitación: CORP CULTURAL Y TURISMO DE CALAMA
Fecha de Cierre: 05-03-2026 17:32:00
Reclamos recibidos por incumplir plazo de pago: 0
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Productos o servicios
1
Guardias de seguridad 1 Unidad
Cod: 92121504
La presente licitación pública tiene por objeto contratar el Servicio de Guardias de Seguridad de carácter preventivo, destinado a resguardar el orden, la seguridad de las personas, el control de accesos y la protección de la infraestructura, equipamiento  

1. Características de la licitación
Nombre de la licitación:
SERVICIOS GUARDIAS MARZO 2026
Estado:
Publicada
Descripción:
La presente licitación pública tiene por objeto contratar el Servicio de Guardias de Seguridad de carácter preventivo, destinado a resguardar el orden, la seguridad de las personas, el control de accesos y la protección de la infraestructura, equipamiento e instalaciones habilitadas con ocasión de los eventos culturales, recreativos y masivos organizados por la Corporación Cultural y Turismo de Calama, en el marco del Programa Aniversario de Calama 2026. El servicio será de carácter preventivo, ejecutándose conforme a la normativa vigente y a las instrucciones de la Corporación, resguardando la seguridad y el uso eficiente de los recursos públicos. El servicio se prestará específicamente para los eventos detallados en las Bases Técnicas, incluyendo jornadas masivas y no masivas del Programa Aniversario Calama 2026, debiendo el proveedor ajustar su dotación y operación a cada uno de ellos.
Tipo de licitación:
Pública-Licitación Pública igual o superior a 100 UTM e inferior a 1.000 UTM (LE)
Tipo de convocatoria:
ABIERTO
Moneda:
Peso Chileno
Etapas del proceso de apertura:
Una Etapa
Contrato
El contrato se formalizará con la orden de compra
Toma de razón por Contraloría:
No requiere Toma de Razón por Contraloría
Publicidad de ofertas técnicas:
Las ofertas técnicas serán de público conocimiento una vez realizada la apertura técnica de las ofertas.
2. Organismo demandante
Unidad de compra:
CORP CULTURAL Y TURISMO DE CALAMA
R.U.T.:
88.951.800-6
Dirección:
AVENIDA O´HIGGINS SN PARQUE EL LOA
Comuna:
Antofagasta
Región en que se genera la licitación:
Región de Antofagasta
3. Etapas y plazos
Fecha de cierre de recepción de la oferta: 05-03-2026 17:32:00
Fecha de Publicación: 27-02-2026 23:16:38
Fecha inicio de preguntas: 27-02-2026 23:59:00
Fecha final de preguntas: 02-03-2026 14:00:00
Fecha de publicación de respuestas: 02-03-2026 17:00:00
Fecha de acto de apertura técnica: 05-03-2026 17:33:00
Fecha de acto de apertura económica (referencial): 05-03-2026 17:33:00
Fecha de Adjudicación: 06-03-2026 17:33:00
Fecha de entrega en soporte fisico No hay información
Fecha estimada de firma de contrato No hay información
Tiempo estimado de evaluación de ofertas No hay información
4. Antecedentes para incluir en la oferta
Adicionalmente, todos los proveedores para ofertar en esta licitación, deberán obligatoriamente confirmar y firmar electrónicamente la Declaración Jurada de Requisitos para Ofertar.
Documentos Administrativos
1.- 5.2.1 ICONO “ANEXOS ADMINISTRATIVOS” La oferta deberá incluir, en forma completa, ordenada y legible, los documentos administrativos obligatorios exigidos en las presentes Bases. La omisión o presentación incompleta de dichos antecedentes constituirá causal de inadmisibilidad de la oferta, por tratarse de requisitos esenciales, sin perjuicio de la facultad de la Corporación de solicitar la subsanación de errores u omisiones formales, conforme a los artículos 71 y siguientes del Reglamento de la Ley N° 19.886, aprobado por el D.S. N° 661, siempre que no se altere la esencia de la oferta ni se otorguen ventajas indebidas. A) Documentos Anexos – Persona Natural a) Hoja de Identificación del Oferente, debidamente firmada, según formato Persona Natural – ANEXO N° 1. b) Declaración Jurada Simple de aceptación íntegra de los antecedentes de la licitación, según formato – ANEXO N° 2. c) Fotocopia de la Cédula de Identidad vigente. B) Documentos Anexos – Persona Jurídica a) Hoja de Identificación del Oferente, según formato Persona Jurídica – ANEXO N° 1. b) Declaración Jurada Simple de aceptación íntegra de los antecedentes de la licitación, según formato – ANEXO N° 2. c) Fotocopia del RUT de la empresa. d) Fotocopia de la Cédula de Identidad vigente del Representante Legal. e) Acreditación OS-10 (Obligatorio) Copia de la resolución de autorización vigente otorgada por OS-10 de Carabineros de Chile, que habilite al oferente para prestar servicios de guardias de seguridad privada, de conformidad con la normativa vigente.
Documentos Técnicos
1.- 5.2.2 ANEXO TÉCNICO (Persona Natural y/o Jurídica) La Oferta Técnica deberá ser ingresada exclusivamente a través del portal electrónico www.mercadopublico.cl, conforme a las instrucciones del sistema, y deberá contener, a lo menos, el siguiente antecedente: ANEXO TÉCNICO –Debidamente completado, según formato – ANEXO N° 3. La información técnica presentada será utilizada para la evaluación del cumplimiento de los requerimientos técnicos y de los criterios establecidos en la respectiva matriz de evaluación. 5.2.3 EXPERIENCIA EN EL RUBRO – ANEXO N° 4 Para efectos de la evaluación del criterio “Experiencia en el Rubro”, el oferente deberá acreditar experiencia previa en la prestación de servicios de eventos con guardias al requerido en la presente licitación, ejecutados durante los últimos dos (2) años, contados hacia atrás desde la fecha de cierre de recepción de ofertas. La experiencia deberá acreditarse únicamente mediante la presentación del Anexo 4 de Experiencia, debidamente completado, el cual deberá contener, a lo menos, la siguiente información por cada servicio declarado: La información falsa o inexacta será causal de exclusión del proceso y dará lugar a las responsabilidades administrativas que correspondan.5.2.5 PROGRAMA DE INTEGRIDAD El oferente deberá firmar y adjuntar, a través del Portal Mercado Público, el Programa de Integridad, conforme al formato establecido en el ANEXO N° 6, el cual constituye un requisito obligatorio de admisibilidad de la oferta. Asimismo, la existencia y aplicación del Programa de Integridad será objeto de evaluación, conforme a los criterios y ponderaciones definidos en la respectiva matriz de evaluación, en los términos establecidos en las presentes Bases.
 
Documentos Económicos
1.- 5.2.4 PROPUESTA ECONÓMICA (Persona Natural y/o Jurídica) La Oferta Económica deberá ser ingresada a través del portal electrónico www.mercadopublico.cl, y deberá contener los siguientes antecedentes obligatorios: a) Propuesta Económica, según formato – ANEXO N° 5 b) Ingreso del valor total NETO del servicio guardias aniversario 2026 en el portal electrónico. c) El Anexo 5 de Propuesta Económica deberá indicar claramente el valor total de la propuesta incluido iva d) En la oferta económica, los oferentes deberán considerar todos los costos directos e indirectos, gastos asociados, impuestos, seguros y cualquier otro costo necesario para la correcta ejecución del servicio, no procediendo pagos adicionales por conceptos no incluidos en la oferta.
5. Requisitos para contratar al proveedor adjudicado
Persona natural
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.
 
2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.
 
3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.
 
4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.
 
5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.
 
6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.
 
7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.
 
8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).
 
Documentos persona natural
- Fotocopia Legalizada de Cédula de Identidad
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
Persona jurídica
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.

2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.

3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.

4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.

5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.

6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.

7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.

8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).

Documentos persona jurídica
- Fotocopia Legalizada del Rut de la Empresa
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
- Certificado de Vigencia de la Sociedad
- (1) Certificado de Boletín de Informes Comerciales
- (1) Certificado de Quiebras/Convenio Judicial
6. Criterios de evaluación
ÍtemObservacionesPonderación
1 PROGRAMA INTEGRIDAD (PI) D. PROGRAMA INTEGRIDAD (PI) – 5% Se evaluará la existencia y aplicación de un Programa de Integridad, conforme a lo establecido en las presentes Bases: • 100 puntos: Acredita contar con un Programa de Integridad implementado y vigente. • 0 puntos: No acredita contar con Programa de Integridad. Puntaje Ponderado PI = (PI × 5) / 100 5%
2 PRECIO (P) La evaluación económica se efectuará considerando el precio total ofertado, conforme a la información ingresada por el oferente en el Portal Mercado Público, de acuerdo con la metodología y fórmula definida en la matriz de evaluación. Para efectos de la evaluación, prevalecerá el valor ingresado en el Portal Mercado Público, por sobre cualquier otro documento adjunto. A la oferta de menor precio se le asignará el puntaje máximo de 100 puntos, y las demás ofertas se evaluarán proporcionalmente, de acuerdo con la siguiente fórmula: Puntaje Precio (PE) = (Precio menor ofertado / Precio oferta evaluada) × 100 El puntaje ponderado del criterio económico se obtendrá aplicando la siguiente fórmula: Puntaje Ponderado Precio = (PE × 45) / 100 45%
3 EXPERIENCIA EN EL RUBRO B. Experiencia en el Rubro (ER) – 20% Este subcriterio evaluará la experiencia del oferente en servicios de similar naturaleza, la cual deberá ser acreditada mediante la presentación del Anexo N° 4 Experiencia en el Rubro, en los términos y condiciones establecidos en las presentes Bases. La evaluación se realizará conforme a la siguiente escala: • 100 puntos: Acredita experiencia igual o superior a 2 años dentro del período exigido. • 50 puntos: Acredita experiencia de 1 año dentro del período exigido. • 0 puntos: No acredita experiencia. Puntaje Ponderado ER = (ER × 20) / 100 20%
4 CUMPLIMIENTO TECNICO A. Cumplimiento Técnico (CT) 25% Este subcriterio evaluará el cumplimiento de la dotación exigida en las Bases Técnicas, correspondiente a un total de 480 unidades requeridas. La asignación de puntaje se realizará conforme al número de unidades efectivamente ofertadas y acreditadas por el oferente, de acuerdo con la siguiente escala objetiva: • 100 puntos: Oferta que cumple íntegramente con la dotación solicitada de 480 unidades. • 80 puntos: Oferta que acredita al menos 450 unidades y menos de 480 unidades. • 50 puntos: Oferta que acredita al menos 440 unidades y menos de 450 unidades. • 0 puntos: Oferta que acredita menos de 440 unidades. Para efectos de evaluación: • La dotación deberá encontrarse debidamente respaldada en la documentación exigida en las Bases Técnicas. • No se considerará cumplimiento parcial fuera de los tramos expresamente establecidos. Puntaje ponderado: Puntaje Ponderado CT = (CT × 25) / 100 25%
5 CUMPLIMIENTO DE REQUISITOS C.CUMPLIMIENTO DE REQUISITOS (CR) 5% Este subcriterio evaluará el cumplimiento formal y completo de los antecedentes exigidos en las presentes Bases, incluyendo la correcta presentación de los Anexos Administrativos, Técnicos y Económicos, dentro de los plazos y formas establecidas. • 100 puntos: Presenta la totalidad de los documentos solicitados, en forma completa y correcta. • 50 puntos: Presenta documentación incompleta o con observaciones subsanables. • 0 puntos: No presenta la documentación requerida. Este criterio se aplicará únicamente respecto de ofertas previamente declaradas admisibles. 5%

7. Montos y duración del contrato
Estimación en base a: Presupuesto Disponible
Fuente de financiamiento: SUBVENCION MUNICIPAL 2026
Contrato con Renovación: NO
Observaciones Sin observaciones
Plazos de pago: 30 días contra la recepción conforme de la factura
Opciones de pago: Cheque
Nombre de responsable de pago: ANDRES AYABIRE MOLINA
e-mail de responsable de pago: aayabire@calamacultural.cl
Prohibición de subcontratación: Se permite subcontratación
8. Garantías requeridas
    Garantía fiel de Cumplimiento de Contrato
Beneficiario: CORPORACION CULTURAL Y TURISMO
Fecha de vencimiento: 15-04-2026
Monto: 5 %
Descripción: No hay información
Glosa: SERVICIO DE GUARDIAS ANIVERSARIO CALAMA 2026
Forma y oportunidad de restitución: CONTRA RECEPCION CONFORME , EL INFORME FINAL Y EL PAGO DE LA FACTURA , SE EFECTUARA LA DEVOLUCIÓN DE LA GARANTIA CUMPLIDO EL PLAZO
9. Requerimientos técnicos y otras cláusulas
Requerimientos Tecnicos y Otras cláusulas
Cláusula Re-Adjudicación Si el adjudicatario se desistiere de su oferta, no aceptare la Orden de Compra dentro del plazo establecido y/o no mantuviere inscripción vigente en el Registro de Proveedores del Estado (ChileProveedores), la Entidad Licitante podrá dejar sin efecto la adjudicación y readjudicar al oferente que le siga en puntaje,conforme al resultado de la evaluación aprobada, en los mismos términos técnicos y económicos, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 60 del Reglamento de la Ley N° 19.886, aprobado por Decreto Supremo N° 661 del Ministerio de Hacienda, o bien declarar desierta la licitación si así lo exigieren los intereses del servicio.
Resolución de Empates
8.7 CRITERIOS DESEMPATE En caso de producirse empate entre dos o más oferentes en el puntaje final, este se resolverá aplicando, en forma sucesiva y excluyente, los siguientes criterios: 1. Mayor puntaje obtenido en el criterio Precio. 2. Mayor puntaje obtenido en el criterio Evaluación Técnica. 3. Mayor puntaje obtenido en el criterio Experiencia en el Rubro, cuando corresponda. 4. Mayor puntaje obtenido en el criterio Cumplimiento de Requisitos Formales. De mantenerse el empate, la Comisión Evaluadora dejará constancia fundada de la situación en el informe respectivo, resolviéndose conforme a los principios de objetividad y racionalidad administrativa.
Mecanismos para solución de consultas respecto a la adjudicación .- Aclaracioón de Adjudicación
9.3 ACLARACIÓN DE LA ADJUDICACIÓN Las consultas deberán formularse dentro del plazo de 48 horas hábiles contado desde la notificación de la adjudicación, y serán respondidas individualmente mercado publico. Asimismo, por principios de transparencia e igualdad de información, las preguntas y respuestas serán publicadas en el portal Mercado Público como anexo de esta licitación, conforme a lo dispuesto en el artículo 18 del Reglamento aprobado por D.S. N° 661 del Ministerio de Hacienda. La Corporación adjudicará la presente licitación al oferente que obtenga el mayor puntaje final, siempre que haya dado cumplimiento íntegro a los requisitos exigidos en las Bases y anexos, y se haya ajustado a los criterios objetivos de evaluación definidos en las bases, conforme a lo prevsto en el artículo 60 del Reglamento
18. PACTO DE INTEGRIDAD
18. PACTO DE INTEGRIDAD El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones que contenidas el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo con las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos: 1.- El oferente se compromete a respetar los derechos fundamentales de sus trabajadores, entendiéndose por éstos los consagrados en la Constitución Política de la República en su artículo 19, números 1º, 4º, 5º, 6º, 12º, y 16º, en conformidad al artículo 485 del código del trabajo. Asimismo, el oferente se compromete a respetar los derechos humanos, lo que significa que debe evitar dar lugar o contribuir a efectos adversos en los derechos humanos mediante sus actividades, productos o servicios, y subsanar esos efectos cuando se produzcan, de acuerdo con los Principios Rectores de Derechos Humanos y Empresas de Naciones Unidas. 2.-El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven. 3.- El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas. 4.- El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de esta. 5.- El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio. 6.- El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase. 7.- El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma. 8.- El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas. 9.- El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.
RESOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS
17.RESOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS Toda controversia que surja entre la Corporación Cultural y Turismo de Calama y el proveedor adjudicado, con ocasión de la interpretación, ejecución, cumplimiento o término del contrato, deberá intentarse resolver preferentemente por la vía administrativa, mediante presentación escrita del proveedor ante la Unidad Técnica correspondiente, dentro del plazo de cinco (5) días hábiles desde ocurrida la situación que la origine. Si transcurridos diez (10) días hábiles desde dicha presentación no se logra una solución, las partes podrán recurrir a la jurisdicción ordinaria, fijándose como domicilio la ciudad de Calama y prorrogándose expresamente la competencia a favor de sus tribunales ordinarios de justicia. Lo anterior es sin perjuicio del deber del proveedor de continuar cumpliendo el contrato, mientras no exista resolución firme que disponga su modificación, suspensión o término.
Aplazamiento de fecha Adjudicaciòn
9.4 APLAZAMIENTO DE FECHA DE ADJUDICACIÓN. La Corporación Cultural y Turismo podrá adjudicar la presente licitación por situaciones que lo ameriten, en otra fecha de la estipulada en las bases, para lo cual la Corporación publicará una nueva fecha en el portal www.mercadopublico.cl, informándose las razones del atraso.
FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO
10. FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO 10.1 ORDEN DE COMPRA Notificada la Resolución de Adjudicación, la Corporación Cultural y Turismo de Calama emitirá la correspondiente Orden de Compra a través del Portal Mercado Público, dentro del plazo de tres (3) días hábiles, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 61 del Reglamento de la Ley N° 19.886, aprobado por Decreto Supremo N° 661, de 2024, del Ministerio de Hacienda. La aceptación de dicha Orden de Compra tendrá carácter administrativo y preparatorio. Atendida la naturaleza del servicio contratado, la adjudicación requerirá, además, la suscripción de un contrato escrito, conforme a lo establecido en el artículo 63 del citado Reglamento. En consecuencia, la emisión y aceptación de la Orden de Compra no habilitará el inicio de la ejecución del servicio, el cual solo podrá comenzar una vez que el contrato se encuentre debidamente suscrito y formalizado por ambas partes. El proveedor adjudicado deberá suscribir el contrato dentro del plazo de cinco (5) días hábiles, contados desde la notificación de la Resolución de Adjudicación. La ejecución anticipada del servicio, sin que el contrato se encuentre formalizado, no generará derecho a pago alguno y será de exclusiva responsabilidad del proveedor. La negativa injustificada del adjudicatario a suscribir el contrato dentro del plazo señalado facultará a la Corporación para dejar sin efecto la adjudicación, pudiendo adjudicar al oferente que le siga en puntaje o declarar desierta la licitación, según corresponda, sin derecho a indemnización alguna. El contrato que se suscriba contendrá, a lo menos, las siguientes estipulaciones esenciales: • Identificación de las partes contratantes. • Objeto del contrato y especificaciones del servicio, de conformidad con las Bases Administrativas y Bases Técnicas que rigen el proceso licitatorio. • Plazo de ejecución del servicio y fecha de término del contrato. • Obligaciones técnicas, administrativas, laborales y previsionales que deberá cumplir el proveedor adjudicado. • Garantías exigidas, indicando su forma de constitución, vigencia y procedimiento para su ejecución. • Condiciones y modalidad de pago del servicio contratado. • Régimen de multas, sanciones y demás medidas contractuales aplicables en caso de incumplimiento. • Causales y procedimiento para el término anticipado del contrato.
MODIFICACIONES DE CONTRATO
MODIFICACION DE CONTRATO.El contrato podrá ser modificado durante su vigencia, únicamente mediante acto administrativo fundado, en conformidad con lo dispuesto en el artículo 77 del Reglamento de la Ley N° 19.886, aprobado por Decreto Supremo N° 661 del Ministerio de Hacienda. Las modificaciones deberán responder a circunstancias objetivas, imprevisibles y debidamente justificadas, y no podrán alterar la naturaleza del contrato, su objeto esencial ni desnaturalizar la licitación, resguardando en todo momento el principio de igualdad entre los oferentes. En ningún caso las modificaciones podrán implicar un aumento del monto contratado que exceda los límites permitidos por la normativa vigente, ni podrán utilizarse para subsanar deficiencias imputables al proveedor. Toda modificación deberá constar por escrito, formar parte integrante del contrato y ser publicada en el Portal Mercado Público, conforme a las disposiciones legales aplicables
TERMINO DE CONTRATO
14.TÉRMINO DEL CONTRATO De conformidad con lo dispuesto en el artículo 78 del Reglamento de la Ley N° 19.886, aprobado mediante Decreto Supremo N° 661 del Ministerio de Hacienda, vigente desde el 12 de diciembre de 2024, la Corporación Cultural y Turismo de Calama podrá poner término anticipado al contrato, mediante resolución fundada y debidamente motivada, en cualquiera de las siguientes circunstancias: a) Incumplimiento grave o reiterado de las obligaciones contractuales establecidas en el contrato, las Bases Administrativas, Bases Técnicas o sus anexos. b) Incumplimiento de plazos esenciales del servicio que afecte o ponga en riesgo el desarrollo normal de los eventos programados. c) Aplicación de sanciones o multas que, individual o acumuladamente, alcancen o superen el veinte por ciento (20%) del monto total adjudicado. d) Reiterado desacato a instrucciones formales impartidas por la Unidad Técnica de la Corporación, debidamente acreditado mediante informe. e) Ejecución defectuosa del servicio, cuando los vicios, fallas técnicas o deficiencias estructurales sean de tal entidad que no admitan reparación y comprometan la seguridad, estabilidad o continuidad del evento. f) Incumplimiento de obligaciones laborales o previsionales, incluyendo la existencia de saldos insolutos por concepto de remuneraciones, cotizaciones previsionales o de seguridad social, respecto de trabajadores actuales o que hayan participado en la ejecución del servicio. g) Pérdida sobreviniente de idoneidad técnica, inhabilidad legal o incapacidad del proveedor para ejecutar el contrato en los términos adjudicados. h) Estado de notoria insolvencia, declaración de quiebra, liquidación concursal o extinción de la personalidad jurídica del proveedor; o fallecimiento del proveedor, si se trata de una persona natural. i) Cesión, traspaso total o parcial del contrato, o de las obligaciones derivadas de este, sin autorización previa y por escrito de la Corporación. j) Modificación o alteración unilateral del servicio por parte del proveedor, sin autorización expresa de la Corporación. k) Condena judicial firme del proveedor por prácticas antisindicales o infracciones a derechos fundamentales de los trabajadores, conforme a la legislación vigente. l) Imposibilidad de adecuar el contrato ante modificaciones sustanciales del servicio, conforme a lo dispuesto en el artículo 77 del Reglamento de la Ley N° 19.886. m) Necesidades sobrevinientes de interés público o razones de buen servicio, debidamente fundadas, que hagan inviable la continuación del contrato. n) Caso fortuito o fuerza mayor, debidamente acreditados, que impidan en forma total y definitiva la ejecución del contrato, conforme a las reglas generales del derecho. o) Hechos imputables al proveedor ocurridos con ocasión de emergencias o desastres naturales que impidan la correcta prestación del servicio, cuando dichos hechos no constituyan fuerza mayor ni justifiquen la imposibilidad de cumplimiento.
SANCIONES Y MULTAS.
En caso de incumplimiento de los plazos, condiciones técnicas, estándares de seguridad, obligaciones contractuales o entrega de informes exigidos en las presentes Bases y en el contrato, la Corporación Cultural y Turismo de Calama podrá aplicar multas administrativas, sin perjuicio de las demás sanciones contractuales que resulten procedentes. Las multas se aplicarán conforme a los principios de proporcionalidad, gradualidad y razonabilidad, y podrán hacerse efectivas administrativamente, sin necesidad de requerimiento judicial previo, mediante descuento directo de los estados de pago, retención de montos adeudados o cobro de la garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato, conforme a lo dispuesto en los artículos 65 y 78 del Reglamento de la Ley N° 19.886, aprobado por el D.S. N° 661 del Ministerio de Hacienda. Tabla de Multas Las multas se calcularán sobre el monto total adjudicado (valor neto del contrato), conforme al siguiente detalle: Situación Multa diaria Incumplimiento de turnos y horarios 0.1% del monto total adjudicado por cada día de atraso Ausencia de supervisión 0.1% del monto total adjudicado por cada día de atraso En todo caso, las multas diarias no podrán exceder, en forma acumulada, del 20% del monto total adjudicado, sin perjuicio de la aplicación de las causales de término anticipado del contrato establecidas en las presentes Bases. La aplicación de multas no libera ni exime al proveedor de la obligación de cumplir íntegra y oportunamente el contrato.
10. Demandas ante el Tribunal de Contratación Pública
No cuenta con demandas ante el Tribunal de Contratación Pública.