Licitación ID: 1380-110-LP26
PPTA 95-26 “ADQUISICIÓN DE DIFERENTES ARTÍCULOS DE ASEO PARA EL HOSPITAL”
Responsable de esta licitación: HOSPITAL DOCTOR HERNAN HENRIQUEZ ARAVENA
Fecha de Cierre: 08-06-2026 15:00:00
Reclamos recibidos por incumplir plazo de pago: 94
Este número indica los reclamos recibidos por esta institución desde los últimos 12 meses hasta el día de ayer. Recuerde interpretar esta información considerando la cantidad de licitaciones y órdenes de compra que esta institución genera en el Mercado Público.
Faltan 20 días para que cierre esta licitación.
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Productos o servicios
1
Shampoo 1728 Unidad
Cod: 53131628
SHAMPOO EN SACHET, SIMILAR O EQUIVALENTE HEAD SHOULDERS.  

2
Paños de limpieza 4800 Unidad
Cod: 47131502
PAÑO FIBRA ABRASIVA, SIMILAR O EQUIVALENTE SCOTCH BRITE.  

3
Paños de limpieza 9600 Unidad
Cod: 47131502
PAÑO LIMPIEZA MICROFIBRA  

4
Mopas húmedas 12000 Unidad
Cod: 47131618
TRAPERO MICROFIBRA CON OJAL  

5
Desinfectantes domésticos 2220 Botella
Cod: 47131803
CLORO 500 ML, SIMILAR O EQUIVALENTE CLORINDA  

6
Juegos de higiene dental 1200 Unidad
Cod: 53131506
CEPILLO DENTAL ADULTO  

7
Detergentes surfactantes 2880 Botella
Cod: 12161902
LIMPIADOR ABRASIVO EN CREMA PARA PULIR (SIMILAR O EQUIVALENTE CIF CREMA)  

8
Cubre camillas 2976 Unidad
Cod: 42132102
PROTECTOR DE CAMA TIPO SABANILLA DESECHABLE SIMILAR O EQUIVALENTE AL COTIDIAN  

9
Cubre camillas 13200 Rollo
Cod: 42132102
SABANILLA MEDICA DESECHABLE  

10
Gorras de quirófano 69600 Unidad
Cod: 42131611
COFIAS DESECHABLES BLANCAS  

11
Toallas de papel 19200 Unidad
Cod: 14111703
TOALLA DE PAPEL ABSORBENTE 24 MTS.MÍNIMO, SIMILAR O EQUIVALENTE A TORK  

12
Servilletas de papel 2016 Unidad
Cod: 14111705
SERVILLETAS COCKTAIL DE PAPEL SIMILAR O EQUIVALENTE A MARCA TORK  

13
Frazadas o mopas para limpieza del suelo 240 Unidad
Cod: 47131501
MOPA HÚMEDA  

14
Jabón de uso público o expendedoras de loción 1056 Botella
Cod: 47131704
JABÓN NEUTRO BALSÁMICO SIN AROMA DE 800 CC PARA DISPENSADOR, SIMILAR O EQUIVALENTE A DIFEM PHARMA.  

15
Antisépticos basados en alcohol o acetona 8400 Pack
Cod: 51102710
ALCOHOL PAD (TOALLA ESTÉRIL CON ALCOHOL ISOPROPILICO), SIMILAR O EQUIVALENTE A DIFEM PHARMA.  

16
Detergentes surfactantes 768 Bidón
Cod: 12161902
LIMPIADOR DESINFECTANTE SUPERFICIE CON AMONIO CUATERNARIO DE CUARTA GENERACIÓN SIMILAR O EQUIVALENTE A GERMEKIL  

17
Esponjas 3600 Unidad
Cod: 47131603
ESPONJA LANA DE ACERO  

18
Máquinas de afeitar 3600 Unidad
Cod: 53131603
RASURADORAS DESECHABLES SIMILAR O EQUIVALENTE A PRESTOBARBA  

1. Características de la licitación
Nombre de la licitación:
PPTA 95-26 “ADQUISICIÓN DE DIFERENTES ARTÍCULOS DE ASEO PARA EL HOSPITAL”
Estado:
Publicada
Descripción:
Estas Bases de Licitación orientan, fijan y determinar las normas y procedimientos por las que deben regirse las personas naturales y jurídicas, interesadas en participar en el llamado a Propuesta para la ADQUISICIÓN DE DIFERENTES ARTÍCULOS DE ASEO PARA EL HOSPITAL, en adelante los insumos, para el Stock Bodega, para posteriormente abastecer al Hospital, todo en concordancia al Plan de Compras y Contrataciones año 2026 (PAC), a la legislación vigente, Bases Administrativas y Técnicas, Requerimientos técnicos, detallados en los Anexos Nº 3.1 al N° 3.18 y otros anexos que constituyen el referido llamado a licitación.
Tipo de licitación:
Pública-Licitación Pública igual o superior a 1.000 UTM e inferior a 5.000 UTM (LP)
Tipo de convocatoria:
ABIERTO
Moneda:
Peso Chileno
Etapas del proceso de apertura:
Una Etapa
Toma de razón por Contraloría:
No requiere Toma de Razón por Contraloría
Publicidad de ofertas técnicas:
Las ofertas técnicas serán de público conocimiento una vez realizada la apertura técnica de las ofertas.
2. Organismo demandante
Unidad de compra:
HOSPITAL DOCTOR HERNAN HENRIQUEZ ARAVENA
R.U.T.:
61.602.232-6
Dirección:
Manuel Montt 115
Comuna:
Temuco
Región en que se genera la licitación:
Región de la Araucanía
3. Etapas y plazos
Fecha de cierre de recepción de la oferta: 08-06-2026 15:00:00
Fecha de Publicación: 19-05-2026 18:32:19
Fecha inicio de preguntas: 19-05-2026 18:41:00
Fecha final de preguntas: 26-05-2026 10:00:00
Fecha de publicación de respuestas: 29-05-2026 14:30:00
Fecha de acto de apertura técnica: 08-06-2026 15:01:00
Fecha de acto de apertura económica (referencial): 08-06-2026 15:01:00
Fecha de Adjudicación: 17-08-2026 15:00:00
Fecha de entrega en soporte fisico No hay información
Fecha estimada de firma de contrato No hay información
Tiempo estimado de evaluación de ofertas No hay información
4. Antecedentes para incluir en la oferta
Adicionalmente, todos los proveedores para ofertar en esta licitación, deberán obligatoriamente confirmar y firmar electrónicamente la Declaración Jurada de Requisitos para Ofertar.
Documentos Administrativos
1.- • Anexo Nº 1A, Identificación del Oferente, formulario que el oferente debe completar y firmar para efectos de lo señalado en el artículo 35 quáter de la Ley N° 19.886. (Requisito formal).
2.- • Anexo Nº 2, Declaración Jurada Simple, Inhabilidades Art. N°4 Ley N°19.886 e Inhabilidades Arts. N°8 y N°10 de la Ley Nº20.393. (Requisito formal).
3.- • Anexo Nº 2A, Declaración jurada programa de integridad.
4.- • Anexo N°2B, Declaración jurada de independencia de la oferta. (Requisito Formal).
5.- • Documento de programa de integridad y ética empresarial.
6.- • Copia de la escritura pública de constitución y/o eventuales modificaciones, emitida dentro de los 3 meses anteriores a la fecha de cierre electrónico de la licitación y/o Estatuto actualizado emitido dentro de los 3 meses anteriores a la fecha de cierre electrónico de la licitación. En el caso de que la escritura no haya sufrido cambios, acompañar el certificado de vigencia correspondiente, de acuerdo a la naturaleza de la persona jurídica. Sin perjuicio de lo referido en el artículo N°15, inciso 5 de la Ley N° 19.886. (Requisito Formal).
Documentos Técnicos
1.- • Anexos N°3.1, Especificaciones Técnicas con características de lo ofertado y cumplimiento de los requerimientos técnicos (Requisito de Admisibilidad). Si el oferente no completa la columna de cumplimiento de especificaciones técnicas, se entenderá como un incumplimiento.
 
2.- • Anexos N°3.2, Especificaciones Técnicas con características de lo ofertado y cumplimiento de los requerimientos técnicos (Requisito de Admisibilidad). Si el oferente no completa la columna de cumplimiento de especificaciones técnicas, se entenderá como un incumplimiento.
 
3.- • Anexos N°3.3, Especificaciones Técnicas con características de lo ofertado y cumplimiento de los requerimientos técnicos (Requisito de Admisibilidad). Si el oferente no completa la columna de cumplimiento de especificaciones técnicas, se entenderá como un incumplimiento.
 
4.- • Anexos N°3.4, Especificaciones Técnicas con características de lo ofertado y cumplimiento de los requerimientos técnicos (Requisito de Admisibilidad). Si el oferente no completa la columna de cumplimiento de especificaciones técnicas, se entenderá como un incumplimiento.
 
5.- • Anexos N°3.5, Especificaciones Técnicas con características de lo ofertado y cumplimiento de los requerimientos técnicos (Requisito de Admisibilidad). Si el oferente no completa la columna de cumplimiento de especificaciones técnicas, se entenderá como un incumplimiento.
 
6.- • Anexos N°3.6, Especificaciones Técnicas con características de lo ofertado y cumplimiento de los requerimientos técnicos (Requisito de Admisibilidad). Si el oferente no completa la columna de cumplimiento de especificaciones técnicas, se entenderá como un incumplimiento.
 
7.- Anexos N°3.7, Especificaciones Técnicas con características de lo ofertado y cumplimiento de los requerimientos técnicos (Requisito de Admisibilidad). Si el oferente no completa la columna de cumplimiento de especificaciones técnicas, se entenderá como un incumplimiento.
 
8.- Anexos N°3.8, Especificaciones Técnicas con características de lo ofertado y cumplimiento de los requerimientos técnicos (Requisito de Admisibilidad). Si el oferente no completa la columna de cumplimiento de especificaciones técnicas, se entenderá como un incumplimiento.
 
9.- Anexos N°3.9, Especificaciones Técnicas con características de lo ofertado y cumplimiento de los requerimientos técnicos (Requisito de Admisibilidad). Si el oferente no completa la columna de cumplimiento de especificaciones técnicas, se entenderá como un incumplimiento.
 
10.- Anexos N°3.10, Especificaciones Técnicas con características de lo ofertado y cumplimiento de los requerimientos técnicos (Requisito de Admisibilidad). Si el oferente no completa la columna de cumplimiento de especificaciones técnicas, se entenderá como un incumplimiento.
 
11.- Anexos N°3.11, Especificaciones Técnicas con características de lo ofertado y cumplimiento de los requerimientos técnicos (Requisito de Admisibilidad). Si el oferente no completa la columna de cumplimiento de especificaciones técnicas, se entenderá como un incumplimiento.
 
12.- Anexos N°3.12, Especificaciones Técnicas con características de lo ofertado y cumplimiento de los requerimientos técnicos (Requisito de Admisibilidad). Si el oferente no completa la columna de cumplimiento de especificaciones técnicas, se entenderá como un incumplimiento.
 
13.- Anexos N°3.13, Especificaciones Técnicas con características de lo ofertado y cumplimiento de los requerimientos técnicos (Requisito de Admisibilidad). Si el oferente no completa la columna de cumplimiento de especificaciones técnicas, se entenderá como un incumplimiento.
 
14.- Anexos N°3.14, Especificaciones Técnicas con características de lo ofertado y cumplimiento de los requerimientos técnicos (Requisito de Admisibilidad). Si el oferente no completa la columna de cumplimiento de especificaciones técnicas, se entenderá como un incumplimiento.
 
15.- Anexos N°3.15, Especificaciones Técnicas con características de lo ofertado y cumplimiento de los requerimientos técnicos (Requisito de Admisibilidad). Si el oferente no completa la columna de cumplimiento de especificaciones técnicas, se entenderá como un incumplimiento.
 
16.- Anexos N°3.16, Especificaciones Técnicas con características de lo ofertado y cumplimiento de los requerimientos técnicos (Requisito de Admisibilidad). Si el oferente no completa la columna de cumplimiento de especificaciones técnicas, se entenderá como un incumplimiento.
 
17.- Anexos N°3.17, Especificaciones Técnicas con características de lo ofertado y cumplimiento de los requerimientos técnicos (Requisito de Admisibilidad). Si el oferente no completa la columna de cumplimiento de especificaciones técnicas, se entenderá como un incumplimiento.
 
18.- Anexos N°3.18, Especificaciones Técnicas con características de lo ofertado y cumplimiento de los requerimientos técnicos (Requisito de Admisibilidad). Si el oferente no completa la columna de cumplimiento de especificaciones técnicas, se entenderá como un incumplimiento.
 
19.- • Anexo N°4 Experiencia del oferente, experiencia comprobable en la venta de los insumos iguales o similares a los publicados, en el sector público o privado en los últimos cinco (5) años, desde la fecha de publicación del ID en Portal Mercado Público, indicando nombre de la institución o cliente, Nº de ID del convenio con empresas públicas o N° de Facturas para convenios con empresas privadas, N° de OC para empresas públicas, nombre del servicio, periodo del servicio, nombre de contacto, indicando teléfono y correo electrónico. Esta nómina servirá para evaluar la experiencia del oferente. Si no cuenta con clientes, ingresar anexo (firmado) indicando tal condición. Para el caso de venta de los insumos con el sector privado, se deben adjuntar convenios, facturas o certificados firmados de la autoridad competente. (Requisito de Admisibilidad).
 
20.- • Ficha Técnica de Los insumos con clara descripción de lo ofertado, y documentos adicionales que puedan servir para identificar mejor los insumos ofrecidas (catálogos, folletos, especificaciones, de preferencia en idioma español y otros que sirvan de apoyo para la evaluación). (Requisito Formal). NOTA: No se aceptarán Catálogos, folletos, ficha técnica o documentos adicionales, modificados o personalizados por los oferentes, distribuidor o representante, ni documentos que reproduzcan textualmente las especificaciones solicitadas en las bases sin acreditar su fuente de origen. Puesto que estos documentos, deberán permitir verificar objetivamente el cumplimiento de los requisitos establecidos en los Anexos N°3.1 al N°3.18. En caso de que estos documentos no correspondan al formato o contenido oficial del fabricante, o no sea posible verificar su autenticidad, las ofertas serán declaradas inadmisibles.
 
21.- • Condiciones, Políticas de Canje y Devolución, ante pronto vencimiento, entrega de productos defectuosos en su presentación o que no cumplan con la calidad o especificaciones técnicas ofertadas. (Requisito formal).
 
Documentos Económicos
1.- • Anexo Nº 1, Oferta económica e Identificación del Oferente, debe ser completado y firmado, indicando claramente el valor unitario y el valor total ofertado. (Requisito de Admisibilidad de la Oferta). La omisión o presentación incompleta de este anexo dejará Inadmisible la Oferta.
5. Requisitos para contratar al proveedor adjudicado
Persona natural
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.
 
2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.
 
3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.
 
4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.
 
5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.
 
6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.
 
7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.
 
8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).
 
Documentos persona natural
- Fotocopia Legalizada de Cédula de Identidad
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
Persona jurídica
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.

2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.

3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.

4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.

5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.

6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.

7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.

8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).

Documentos persona jurídica
- Fotocopia Legalizada del Rut de la Empresa
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
- Certificado de Vigencia de la Sociedad
- (1) Certificado de Boletín de Informes Comerciales
- (1) Certificado de Quiebras/Convenio Judicial
6. Criterios de evaluación
ÍtemObservacionesPonderación
1 E) EVALUACIÓN REQUERIMIENTOS FORMALES SEGUN PTO N°9.8 ÍTEM II DE LAS BASES ADMINISTRATIVAS 5%
2 C) EXPERIENCIA DEL OFERENTE SEGUN PTO N°9.8 ÍTEM II DE LAS BASES ADMINISTRATIVAS 10%
3 D) PROGRAMA DE INTEGRIDAD SEGUN PTO N°9.8 ÍTEM II DE LAS BASES ADMINISTRATIVAS 5%
4 A) EVALUACION ECONOMICA SEGUN PTO N°9.8 ÍTEM II DE LAS BASES ADMINISTRATIVAS 60%
5 B) PLAZO DE ENTREGA SEGUN PTO N°9.8 ÍTEM II DE LAS BASES ADMINISTRATIVAS 20%

7. Montos y duración del contrato
Estimación en base a: Precio Referencial
Fuente de financiamiento: HOSPITAL DR. HERNAN HENRIQUEZ ARAVENA
Monto Total Estimado: 213749509
Justificación del monto estimado 2.1 El presupuesto referencial para esta propuesta, para doce 12 meses es el siguiente 213.749.509 IVA Incluido pesos, tomando como referencia el valor de la UTM del mes de la presente Resolución para su conversión, y así determinar la cantidad de
Contrato con Renovación: SI
Justificación Renovación: 2.2. Podrá acordarse entre las partes, una renovación del Contrato hasta por un plazo similar al plazo del contrato originario, motivo de esta licitación pública y por una sola vez, de acuerdo a lo señalado en el Decreto N°661 del año 2024, que aprueba e
Observaciones 2.2 El precio Unitario NETO deberá ingresarse al Sistema de Información Portal Mercado Público al momento de ingresar su Oferta.
Tiempo del Contrato 12 Meses
Plazos de pago: 30 días contra la recepción conforme de la factura
Opciones de pago: Transferencia Electrónica, Cheque
Nombre de responsable de pago: EUGENIA ACUÑA MORALES
e-mail de responsable de pago: EUGENIA.ACUNA@ASUR.CL
Prohibición de subcontratación: No permite subcontratación
Para la presente Propuesta Pública se prohíbe la subcontratación.
8. Garantías requeridas
    Garantía fiel de Cumplimiento de Contrato
Beneficiario: HOSPITAL DR HERNAN HENRIQUEZ ARAVENA
Fecha de vencimiento: 15-11-2027
Monto: 5 %
Descripción: 5.1 Al Adjudicatario, se le solicitará un Documento de Garantía por Fiel y Oportuno cumplimiento del contrato, que podrá ser Vale Vista, póliza de seguro electrónica, Boleta de Garantía o cualquier otra forma o documento que asegure el pago de la garantía de manera rápida y efectiva, pagaderos a la vista o Certificado de Fianza pagaderos al primer requerimiento, todas de carácter irrevocable, para asegurar el cumplimiento del mismo, por el 5% del monto total neto ofertado del adjudicatario; la cual podrá otorgarse mediante uno o varios instrumentos financieros de la misma naturaleza, que en conjunto representen el monto o porcentaje a caucionar; con fecha de vencimiento noventa (90) días corridos después del plazo de término del contrato lo cual será comunicado al proveedor, de acuerdo a lo establecido en Bases
Glosa: 5.2 Este Documento de Garantía deberá contener la siguiente información: - Beneficiario: Hospital Dr. Hernán Henríquez Aravena - Rut: 61.602.232-6 - Nombre y Número de Propuesta Pública: N° 95 del 2026 “ADQUISICIÓN DE DIFERENTES ARTÍCULOS DE ASEO PARA EL HOSPITAL”; - Número ID Portal: - Fecha de Vencimiento: día/mes/año - Monto en Moneda Nacional (peso chileno) - En Glosa señalar o indicar que corresponde a Garantía de Fiel y Oportuno Cumplimiento del Contrato.
Forma y oportunidad de restitución: 5.8 El documento de garantía por fiel y oportuno cumplimiento de contrato será devuelto al adjudicatario dentro de un plazo de diez (10) días hábiles, contados a partir de la finalización del periodo de vigencia del mencionado documento, conforme a lo establecido en las bases. Esta devolución será informada al proveedor mediante correo electrónico para su correcta gestión.
9. Requerimientos técnicos y otras cláusulas
Resolución de Empates

9.18.         En caso de que se produzca igualdad de puntaje entre dos (2) o más Oferentes, el Hospital dirimirá de la siguiente manera:

a)              Mayor puntaje obtenido en punto A de los criterios de evaluación “Precio” y de persistir el empate;

b)              Mayor puntaje obtenido en punto B de los criterios de evaluación “Plazo de Entrega” y de persistir el empate;

c)              Mayor puntaje obtenido en punto C de los criterios de evaluación “Experiencia Oferente” y de persistir el empate;

d)              Mayor puntaje obtenido en el punto D de los criterios de evaluación “Programa de Integridad”, y de persistir el empate;

e)              Mayor puntaje obtenido en el punto E de los criterios de evaluación de “Evaluación de requerimientos formales”.



Presentación de antecedentes omitidos por los oferentes

19.6.         Solicitud de certificaciones o antecedentes omitidos

  • El Hospital tiene la facultad de permitir la presentación de certificaciones o antecedentes que los oferentes hayan omitido presentar al momento de efectuar la oferta, siempre que dichas certificaciones o antecedentes se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar ofertas o se refieran a situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas y el período de evaluación (Art. N° 56 del Decreto N° 661/24). Tratándose de certificaciones o antecedentes incompletos o no firmados por quien se exija en estas bases, se entenderán como no presentados oportunamente y podrá aplicarse lo dispuesto en esta cláusula. No obstante, lo anterior, no se aceptarán certificados que se encuentren en “trámite” o “no vigentes”. No obstante, la solicitud de certificaciones o antecedentes omitidos no podrán reemplazar documentos exigidos como requisitos de admisibilidad.
  • Para dicha subsanación se otorgará un plazo fatal de cuarenta y ocho (48) horas corridas,  contadas desde su comunicación al oferente por parte de la entidad licitante, la que se informará a través del Sistema de información www.mercadopublico.cl; prorrogable una sola vez en las mismas condiciones. La responsabilidad de revisar oportunamente dicho sistema durante el período de evaluación recae exclusivamente en los respectivos oferentes.
  • Lo dispuesto en esta cláusula se aplicará de acuerdo a los factores de evaluación establecidos en el punto 9.8 del presente apartado de las bases administrativas. 

1.2.          Todas las aclaraciones, preguntas y/o respuestas emitidas por el Hospital y los oferentes, formarán parte integrante de la licitación. Cabe señalar que la responsabilidad de revisar el “foro inverso”, disponible en http://www.mercadopublico.cl, a través del cual se solicitan los antecedentes y aclaraciones durante el periodo de evaluación, recae exclusivamente en los oferentes.



2. DURACIÓN DE LA PROPUESTA Y OFERTA

2.1.         La propuesta pública por la adquisición tendrá una duración de doce (12 meses), o hasta el consumo total de los montos adjudicados, lo que ocurra primero se traducirá en la finalización del contrato.

2.2.         Podrá acordarse entre las partes, una renovación del Contrato hasta por un plazo similar al plazo del contrato originario, motivo de esta licitación pública y por una sola vez, de acuerdo a lo señalado en el Decreto N°661 del año 2024, que aprueba el reglamento de la Ley N°19.886 de bases sobre contratos administrativos de suministro y prestación de servicio, existiendo motivos fundados para ello, tales como, cuando se justifique adecuadamente que no se pudo contar oportunamente con un nuevo contrato, basado esto, en hechos que provengan de una causa enteramente ajena a la voluntad de la entidad o que el carecer de un nuevo contrato se deba a causas inevitables o, en su caso, que el renovar el contrato sea necesario para la continuidad del servicio, o que por la urgencia de la prestación o servicio, sea necesaria tal renovación, todo esto, solo y únicamente si es debidamente justificado, el monto de la renovación no podrá superar el monto de lo adjudicado en el contrato originario.

2.3.         Los precios del servicio ofertado serán fijos por el periodo que dure la Licitación (12 Meses). De conformidad a lo señalado en el punto anterior, en caso de que el Sub Departamento de Abastecimiento General solicite la renovación del contrato al adjudicatario, el valor podrá ser reajustado, siempre y cuando el adjudicatario acepte la renovación del contrato por el mismo periodo (12 Meses) y en los mismos términos y condiciones del contrato original.

2.4.         El valor a convenir para su Renovación será Reajustado de acuerdo a la variación que experimente el Índice de Precios al Consumidor (IPC) de los últimos Doce (12) meses previos al término del periodo de esta Licitación, utilizando los valores obtenidos en la Calculadora de IPC del INE del siguiente enlace: https://calculadoraipc.ine.cl/.

2.5.         El Reajuste obtenido de acuerdo a la variación del Índice de Precios al Consumidor (IPC) de los Últimos Doce (12) meses, previos al término del periodo de esta Licitación, se aplicará automáticamente con la aceptación de la Renovación por parte del Proveedor, y comenzará a regir desde la fecha en que se renueve el contrato. El valor del reajuste tendrá una vigencia por el periodo que dure la renovación de esta licitación (12 meses), no pudiendo ser modificado en forma posterior a su entrada en vigencia ni ser reajustado nuevamente.





4. DE LA FACTURACIÓN Y FORMA DE PAGO

  1. DE LA FACTURACIÓN Y FORMA DE PAGO

4.1           La emisión de la Orden de Compra se hará mensualmente, durante los primeros días hábiles del mes siguiente de consumo, de acuerdo al valor señalado en su Anexo N°1 Carta Oferta, previa revisión y aprobación por parte del Inspector Técnico del Convenio (ITC). Estos antecedentes serán enviados al Inspector Administrativo. Con estos antecedentes, se emitirá mensualmente y de acuerdo a la disponibilidad presupuestaria, la Orden de Compra, la cual deberá ser aceptada por el proveedor en Mercado Publico. 

4.2           Una vez recibida la notificación de “recepción conforme” en la plataforma de Mercado Publico, el proveedor deberá proceder a la emisión de la correspondiente Factura electrónica 24 horas después de recibida esta notificación.

4.3           La factura emitida por el proveedor deberá contener la siguiente información:

HOSPITAL DR. HERNÁN HENRÍQUEZ ARAVENA.

RUT. 61.602.232-6.

DIRECCIÓN: MANUEL MONTT 115 – TEMUCO.

GIRO: HOSPITAL.

N° ORDEN DE COMPRA (registrar en campo 801):

N° GUÍA DE DESPACHO:

4.4           La Factura emitida por el Proveedor deberá hacer referencia en el detalle a la Orden de Compra (OC) respectiva, dicho número de orden deberá ser registrado en el Campo 801 del documento electrónico. En caso de no contener esta información la factura será rechazada, y se solicitará su refacturación.

4.5           En caso de que la factura no contenga la información indicada en los puntos N°4.3, y N°4.4 se procederá a realizar el rechazo del documento y se solicitará su refacturación.

4.6           Las facturas deberán ser enviadas a la casilla electrónica: dipresrecepcion@custodium.com, daniela.montes@redsalud.gob.cl y maría.brevisb@redsalud.gov.cl.

4.7           Entre la fecha de emisión de factura y la fecha de recepción de la misma no podrá haber más de ocho (8) días corridos de diferencia, de lo contrario la factura será devuelta al remitente, solicitando la refacturación con fecha correspondiente.

4.8           Solo se pagarán las facturas que cumplan con las bases técnicas. El proveedor no podrá facturar si los productos no están recibidos conforme, en este caso la factura será rechazada.

4.9           No se dará curso al pago de ninguna factura si no se ha ingresado la Garantía de Fiel y Oportuno Cumplimiento de Contrato.

4.10        El pago de la factura se realizará mediante trasferencia electrónica de fondos del Hospital Hernán Henríquez Aravena, de acuerdo a la normativa legal vigente y disponibilidad presupuestaria según la Ley de presupuesto N° 21.796 para el año 2026 para los Servicios de Salud, el cual deberá ser pagado en un plazo que no podrá exceder de treinta días (30) corridos, a contar de la fecha en que la factura es aceptada. (según legislación vigente).

4.11        El Hospital no se hace responsable por el extravío de facturas que son ingresadas al establecimiento por otras vías que no son las indicadas en las presentes bases. Si esto ocurre el Adjudicatario tendrá que regularizar dicha situación a través de la emisión de una nueva factura y nota de crédito.




8. DE LAS OBLIGACIONES

8.1           Será obligación del Adjudicatario cumplir con plazos y horarios de entrega de los insumos.

8.2           Será obligación del Adjudicatario cumplir con todas las condiciones de entrega señaladas en las Bases Técnicas.

8.3           Será obligación del Adjudicatario hacer entrega de la documentación legal exigida al momento de la entrega de los insumos (Facturas o Guías de Despacho).

8.4           El Adjudicatario deberá dar cumplimiento a todas las leyes, reglamentos, ordenanzas y normas relacionadas con la Licitación y con los demás aspectos que digan relación con el desarrollo de la misma, todos los cuales se entenderá que son plenamente conocidos, por tanto, integradas a las presentes Bases.



9. MULTAS

9.1           El incumplimiento de alguna de las obligaciones del Adjudicatario, entendiendo por tal el incumplimiento de las obligaciones señaladas en el punto N.º 8 del Ítem III de las Condiciones de Contratación de las Bases Administrativas. Multa de 1 UTM.

9.2           Si el Adjudicatario entrega pedido en mal estado o no cumple con la calidad establecida en los anexos N° 3.1 al 3.18 de las bases técnicas, se procederá a la restitución del insumo requerido, otorgando un periodo de 2 días hábiles para la restitución del Insumo requerido en los anexos N.° 3.1 al 3.18 de las Bases Técnicas, previa notificación al adjudicatario. Si el adjudicatario no cumple con la restitución en el plazo anteriormente planteado, se procederá a cobrar multa equivalente a dos (2) UTM por cada día corrido de atraso en la restitución del insumo que presenta desperfectos.

9.3           Si la devolución de pedidos es reiterada (3 o más veces en el mes correspondiente) se procederá a dar término de contrato, y cobro del Documento de Garantía y se realizará nuevo proceso licitatorio.

9.4           El Inspector Técnico del convenio, al detectar un incumplimiento o una situación que amerite la imposición de una multa, deberá informar, mediante correo electrónico, al Inspector Administrativo de la Unidad Compradora dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes en que tomó conocimiento de dicho hecho. El Inspector Administrativo reunirá todos los antecedentes que sustenten la aplicación de la multa y enviará la documentación correspondiente al correo electrónico: gestioncontratos.hhha@redsalud.gob.cl del subdepartamento de Gestión de Contratos del Hospital para su respectiva tramitación.

9.5           El subdepartamento de Gestión de Contratos elaborará el ordinario que detalla los hechos que constituyen el incumplimiento, así como la sanción asociada, el cual será visado previamente por el Inspector Administrativo. Una vez aprobado, el subdepartamento de Gestión de Contratos será la encargada de notificar al proveedor, enviándole el ordinario al correo electrónico que haya declarado en su Anexo N°1 “Carta Oferta”. Simultáneamente, el ordinario será publicado en el Sistema de Información Mercado Público. A partir de la fecha de publicación en el Sistema de Información (conforme al artículo 9 del Decreto 661/24 del Ministerio de Hacienda), el proveedor dispondrá de un plazo de cinco (5) días hábiles, para presentar sus descargos, alegaciones o defensas en relación al eventual incumplimiento. Estos podrán ser entregados por escrito en la Oficina de Partes del Hospital, ubicada en calle Manuel Montt N°115, primer piso, de la ciudad de Temuco, o a través de correo electrónico: gestioncontratos.hhha@redsalud.gob.cl. Si el proveedor no presenta los antecedentes dentro del plazo estipulado, se entenderá que acepta la multa impuesta, perdiendo así el derecho a impugnarla.

9.6           Recibidos los descargos del proveedor o, en su defecto, vencido el plazo para presentarlos sin que se haya recibido respuesta, el subdepartamento de Gestión de Contratos deberá informar al Inspector Administrativo, mediante correo electrónico, tanto sobre los descargos, alegaciones o defensas presentados por el proveedor (si los hubiere) como sobre los antecedentes pertinentes que obren en su poder para acreditar el incumplimiento. En caso de que el plazo haya vencido sin presentación de descargos, deberá igualmente informar de esta situación al Inspector Administrativo.

9.7           Posteriormente, el subdepartamento de gestión de contratos convocará a reunión que incluirá al inspector administrativo, a un profesional del Departamento de asesoría jurídica, y al inspector técnico del convenio, en los casos que corresponda. En esta instancia, los participantes analizarán los antecedentes basándose en un estándar de evaluación que incluirá: causas atribuibles al proveedor, gravedad del incumplimiento, el impacto en el suministro o en la prestación del servicio, el historial de cumplimiento del proveedor en otros contratos y circunstancias atenuantes o agravantes.

9.8           En base al análisis y ponderación de los antecedentes, se determinará si corresponde: aplicar la multa en los términos estipulados en las bases o condiciones de contratación o no aplicar la multa en caso de que las causas del incumplimiento no sean atribuibles al proveedor, incluyendo factores externos o de fuerza mayor debidamente acreditados.

9.9           Si, tras la evaluación, se concluye que corresponde la aplicación de la multa, el subdepartamento de gestión de contratos solicitará al Jefe del Departamento de asesoría jurídica redactar la resolución fundada la que deberá incluir: detalle claro de los motivos que justifican la determinación adoptada, pronunciamiento de los descargos presentados por el proveedor si los hubiera y la justificación de la medida adoptada en términos claros y objetivos. Esta resolución será remitida al Director del Hospital para su firma y posterior notificación.

9.10        La resolución que aplica la multa deberá ser notificada al proveedor afectado, tanto a través del Sistema de Información de Mercado Público como mediante correo electrónico. Esta misma resolución, junto con la que se pronuncie sobre los eventuales recursos interpuestos, deberá ser ingresada al sistema local de gestión de contratos y a la correspondiente ficha de contratos en la plataforma de Mercado Público por el subdepartamento de gestión de contratos.

9.11        A su vez, la resolución será remitida al subdepartamento de comercialización, a fin de efectuar el respectivo devengo, así como a la unidad compradora respectiva y al subdepartamento de gestión de contratos, siendo esta última responsable de registrar la resolución en los sistemas de gestión internos y plataforma mencionados en el punto anterior.

9.12        Las multas se aplicarán en forma administrativa, sin forma de juicio, mediante una resolución dictada por el Director del Hospital, que será notificada al proveedor en la forma descrita anteriormente. Contra dicha resolución, procederán los recursos establecidos en la Ley N°19.880, que establece las bases de los procedimientos administrativos, en las formas y plazos estipulados por la normativa. La resolución que resuelva los recursos deberá notificarse al interesado según lo ya indicado, así como al Departamento de Finanzas para su distribución al Subdepartamento de Comercialización, unidad de tesorería, unidad compradora respectiva y al subdepartamento de gestión de contratos.

9.13        Luego de la notificación de la multa, el proveedor dispondrá de un plazo de quince (15) días hábiles, contados desde dicha notificación, para efectuar el pago, el cual podrá realizarse a través de los siguientes medios:

a)    Depósito o transferencia electrónica a la cuenta corriente N°62909137751 del Banco Estado, enviando una copia del comprobante al correo electrónico: multas.hhha@redsalud.gob.cl, acompañado de una copia de la resolución que aplica la multa o de la que resuelva los eventuales recursos interpuestos.

b)    Pago directo en la caja de tesorería, ubicada en edificio de Acceso Principal, Manuel Montt 115, Temuco, acompañado de una copia de la resolución que aplica la multa o de la que resuelva los eventuales recursos interpuestos.

9.14        Transcurridos los quince (15) días hábiles sin que el proveedor haya realizado el pago, el subdepartamento de comercialización solicitará a la unidad de tesorería del hospital que proceda a descontar el monto de la multa de las facturas más próximas a vencer asociadas al contrato respectivo. Esta acción estará condicionada a que el Hospital no se encuentre en la situación prevista en el artículo 13 ter, inciso 5, de la Ley N°19.886 relativo a la existencia de deudas pendientes con el proveedor. Si, dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes de la solicitud, no se cuenta con facturas disponibles para compensar, la Unidad de Tesorería deberá notificar al Subdepartamento de Comercialización, el cual a su vez informará al subdepartamento de gestión de contratos para proceder con las gestiones correspondientes.

9.15        Notificado el subdepartamento de gestión de contratos sobre el no pago o la imposibilidad de descontar mediante facturas, este deberá solicitar el cobro del documento de garantía, si lo hubiere, enviando la solicitud a la Unidad de Tesorería mediante correo electrónico. El monto a cobrar será el adeudado por el proveedor. Si se requiere cobrar el monto total del documento de garantía, se deberá contabilizar en una cuenta extrapresupuestaria la diferencia y realizar el reintegro al proveedor.  Una vez realizado el cobro del documento de garantía, el proveedor estará obligado a reponer dicho documento en las mismas condiciones establecidas en las condiciones de contratación, incluyendo el plazo de presentación, el porcentaje y vigencia exigida. En caso de que no exista un documento de garantía, el subdepartamento de gestión de contratos podrá proceder al término anticipado del contrato, y deberá notificar este hecho al Subdepartamento de Comercialización para que este continue con las gestiones de cobranza a través de correo electrónico, carta certificada y publicación en la plataforma de Mercado Público.

9.16        Las multas en su conjunto tendrán un tope máximo del 30% del valor total del contrato. La acumulación de las multas que exceda dicho porcentaje será causal de término anticipado del contrato. Excepcionalmente este tope no se aplicará si la Dirección del Hospital, mediante resolución fundada, determina que no resulta conveniente para los intereses del Hospital. Esta resolución deberá considerar al menos, uno de los siguientes factores: el estado de ejecución del contrato, la necesidad de garantizar la continuidad del servicio, la existencia de circunstancias de fuerza mayor o el impacto crítico que su aplicación pudiera generar.

9.17        Para todos los casos en que se aplique una multa basada en el valor de la UTM, se considerará el valor de la UTM correspondiente al mes en que ocurrió el incidente que dio origen a la sanción.

10. DE LAS CAUSALES DE TÉRMINO ANTICIPADO DEL CONTRATO

  1. DE LAS CAUSALES DE TÉRMINO ANTICIPADO DEL CONTRATO

1.

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5.

6.

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8.

9.

10.

El Hospital está facultado para disponer administrativamente el término anticipado del contrato, en cualquier momento, sin derecho a indemnización alguna para el adjudicatario, si concurre alguna de las causales que se señalan a continuación:

10.1.      Incumplimiento del Adjudicatario de las siguientes obligaciones

  1. Resciliación o mutuo acuerdo entre los contratantes, siempre que el proveedor no se encuentra en mora de cumplir sus obligaciones.
  2. La muerte o incapacidad sobreviviente de la persona natural, o la extinción de la personalidad jurídica de la sociedad contratista.
  3. El incumplimiento grave de las obligaciones contraídas por el proveedor.
  4. Presentación de documentos aparentemente adulterados o con inconsistencias verificables. El Hospital se reserva el derecho de realizar verificaciones sobre la autenticidad de los documentos presentados, incluyendo el uso de códigos de verificación o consultas a las autoridades competentes, entre otros mecanismos de verificación. En caso de detectarse inconsistencias, se procederá al término anticipado del contrato y, de corresponder, a realizar las denuncias pertinentes ante las autoridades judiciales o administrativas para su calificación formal.
  5. La acumulación de las multas que exceda el 30% del valor del contrato, será causal de término anticipado del contrato, según lo estipulado en el punto 9.16 del ítem III.
  6. Incumplimiento reiterado, entiéndase una cuarta (4ta) vez de las obligaciones del Adjudicatario, entendiendo por tal el incumplimiento de las obligaciones señaladas en el Punto Nº8, Ítem III de las Bases Administrativas y advertidas por el ITC en el informe de desempeño.
  7. Se podrá dar término al contrato anticipadamente cuando las necesidades del Hospital cambien, en el sentido que sea posible cubrir la demanda de las prestaciones que dan origen a esta contratación.
  8. Que el Adjudicatario fuere declarado en quiebra o de Insolvencia Económica, siempre y cuando – a juicio del Hospital- no se hayan mejorado las cauciones entregadas o las existentes fueran insuficientes para garantizar el cumplimiento del contrato.
  9. Será causal de término anticipado de contrato el ocultar información relevante para ejecutar el contrato que afecte a cualquiera de sus miembros.
  10. En caso de ser el adjudicatario de una Unión Temporal de Proveedores (UTP) y concurra alguna de las siguientes circunstancias:
  • Inhabilidad sobreviniente de uno de los integrantes de la UTP en el Registro de Proveedores, que signifique la UTP no pueda continuar ejecutando el contrato con los restantes miembros en los mismos términos adjudicados.
  • De constatarse que los integrantes de la UTP constituyeron dicha figura con el objeto de vulnerar la libre competencia. En este caso, deberán remitirse los antecedentes pertinentes a la Fiscalía Nacional Económica.
  • Retiro de algún integrante de la UTP que hubiere reunido una o más características objeto de la evaluación de la oferta.
  • Cuando el número de integrantes de una UTP sea inferior a dos y dicha circunstancia ocurre durante la ejecución del contrato.
  • Disolución de la UTP.
  1. Registrar saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años, a la mitad del periodo de ejecución del contrato, con un máximo de seis (6) meses.
  2. Esta entidad podrá dar término anticipada a este contrato cuando existan razones de caso fortuito o fuerza mayor, debidamente calificados por la autoridad respectiva.
  3. Por exigirlo el interés público o la seguridad nacional, razones de ley o de la autoridad ministerial de salud, dictadas en caso de epidemias, pandemias u otras emergencias sanitarias, que hagan imperiosa su inmediata terminación, debidamente justificado.
  4. Perder la condición de hábil en el Registro de Proveedores del Estado por causal de inhabilidad sobreviniente establecida en la Ley de Compras Públicas y su Reglamento.
  5. En el caso de incumplimiento de lo dispuesto en el punto 18, ítem III “Pacto de Integridad”.
  6. Las demás causales indicadas en el Art. N°13 de la Ley N°19.886, en su Reglamento y Art. N°13 bis de la Ley N°21.634.


13. VARIACIÓN O MODIFICACIÓN DE CONTRATO

  1. VARIACIÓN O MODIFICACIÓN DE CONTRATO

11.1.      El contrato podrá ser modificado de mutuo acuerdo entre las partes o, de forma unilateral, por el Hospital Dr. Hernán Henríquez Aravena, por motivos fundados y en caso de que ello sea indispensable para adecuarlo a la correcta satisfacción de las necesidades del Hospital o lo exija el interés público. En ningún caso la modificación podrá alterar los elementos esenciales del contrato o de la orden de compra. Se entenderá que una modificación altera los referidos elementos esenciales en los siguientes casos:

a)       Cuando se introducen condiciones que alteran los principios de igualdad de los oferentes y de estricta sujeción a las bases, en términos que hubiese implicado la aceptación de una oferta distinta a la aceptada inicialmente, o habrían atraído a más participantes en el procedimiento de contratación;

b)       Si la modificación altera el equilibrio financiero del contrato; o

c)       Si da como resultado un contrato de naturaleza diferente. 

11.2.      Las modificaciones de contrato serán aplicables cuando las circunstancias que dieron origen al contrato cambien o se alteren, debiendo adecuarse a las nuevas condiciones sin alterar la esencia de lo pactado, conforme a lo señalado en el punto anterior.

11.3.      En este sentido, el Hospital se reserva el derecho de aumentar o disminuir cantidades manteniendo el mismo valor unitario indicado en la Carta Oferta (Anexo Nº 1), sin alterar la esencia del contrato ni la igualdad entre los oferentes. Cualquier aumento o disminución deberá comunicarse al Adjudicatario oportunamente.

11.4.      En ningún caso la modificación podrá superar el treinta por ciento (30%) del valor total del respectivo contrato ni alterar su naturaleza, objeto o elementos esenciales, debiendo ser autorizada por el correspondiente acto administrativo.

11.5.      Cuando la modificación implique un aumento en el plazo o en el valor del contrato, el adjudicatario deberá entregar una nueva garantía de fiel cumplimiento, aplicando las mismas reglas de presentación de la garantía original, ajustada al monto y plazo correspondiente a la modificación.

11.6.      La nueva garantía podrá complementar la garantía original o ser canjeada por una nueva, que cubra el monto total del contrato modificado, y plazo en los casos que corresponda.

11.7.      Toda modificación al contrato formará parte integrante del mismo y será formalizada mediante una resolución fundada, la cual comenzará a regir a partir de la fecha que indique dicha resolución. Esta resolución será publicada en el Portal Mercado Público, conforme a lo dispuesto en el artículo N°132 del Decreto 661/24 del Ministerio de Hacienda, manteniendo, en lo no modificado, las condiciones contractuales previamente pactadas.



10. Demandas ante el Tribunal de Contratación Pública
No cuenta con demandas ante el Tribunal de Contratación Pública.