Los archivos serán entregados por
CONAF al oferente que se adjudique la presente licitación en formato
Illustrator CC y PDF en calidad imprenta con sus correspondientes fuentes y
archivos vinculados. El oferente debe ser el responsable de contar con los
programas en sus versiones anteriormente nombradas para el correcto
procesamiento e impresión de estos. Luego de la adjudicación, CONAF no realizará
cambios de formato en los archivos, excepto que estos cuenten con errores o
incongruencias evidentes con respecto a las bases de licitación.
Cualquier petición o duda posterior a
la adjudicación, el oferente se deberá comunicar a través de correo
electrónico, directamente con el Diseñador Gráfico a cargo de los diseños, al
correo mauricio.bonacic@conaf.cl
Presupuesto Disponible
A
continuación se presenta el presupuesto disponible para cada producto licitado,
de acuerdo a la Línea de licitación correspondiente.
Los
presupuestos indicados consideran valores totales, con impuestos y flete
incluidos, al igual que considera todo gasto en que deba incurrir el proveedor
para la impresión, preparación y entrega del producto.
De
ofertar por un monto mayor al presupuesto disponible, será motivo de análisis,
pudiendo ser declarada inadmisible por falta de presupuesto.
Línea 1:
$5.500.000.- (Cinco millones quinientos mil pesos). incluido impuestos y puestos en Puerto Natales
Línea 2:
$900.000.- (Novecientos mil pesos) incluido impuestos y puestos en Punta Arenas
Línea 3:
$1.600.000.- (Un millón seiscientos mil pesos) incluido impuestos y puestos en Punta Arenas
Línea 4:
$600.000.- (Seiscientos mil pesos) incluido impuestos y puestos en Punta Arenas
Línea 5:
$13.000.000.- (Trece millones de pesos) incluido impuestos y puestos en Puerto Natales
Línea 6:
$250.000.- (Doscientos cincuenta mil pesos) incluido impuestos y puestos en Punta Arenas
Línea 7:
$1.000.000.- (Un millón pesos) incluido impuestos y puestos en Punta Arenas
Línea 8:
$2.000.000.- (Dos millones pesos) incluido impuestos y puestos en Puerto Natales
Línea 9:
$ 1.000.000.- (Un millón pesos) incluido impuestos y puestos en Puerto Natales
Prórroga
fecha cierre recepción de ofertas
La Corporación estará facultada para extender los
plazos del llamado a licitación, incluyendo las etapas de la misma, si no se
hubiesen presentado oferentes faltando 24 horas hábiles para el cierre, o si
las ofertas fuesen inferiores a 3 ó también en el caso que se efectuasen
modificaciones o complementos a las bases.
Complementación
de las bases
CONAF
podrá complementar las Bases de la Licitación, ya sea por iniciativa propia o
en atención a una aclaración solicitada por alguno de los Oferentes, durante el
proceso de la Licitación, otorgando un plazo prudencial para que los oferentes
puedan adecuar sus ofertas a los nuevos requerimientos, informando de ello a
través del sitio www.mercadopublico.cl. Estas complementación formarán parte
integral de las bases.
Productos
y/o Servicios Adicionales
Si la
Unidad Técnica de CONAF requiere adquirir productos y/o servicios adicionales a
los señalados en la presente licitación pública, se podrá recurrir a este
proceso licitatorio ajustado a la normativa y procedimientos vigentes. CONAF
podrá requerir partidas adicionales de los artículos y/o servicios que se
licitan siempre que el oferente adjudicado conserve las condiciones técnicas y
económicas ingresadas. Sin embargo las cantidades adicionales no podrán ser
superar a las adjudicadas originalmente.
Apertura
y Evaluación de ofertas
Para el
proceso de Apertura y Evaluación de las Ofertas recibidas se constituirá una comisión, la
cual estará integrada por funcionarios del Departamento de Áreas Silvestres
Protegidas y funcionarios del Departamento de Finanzas y Administración.
Readjudicación
de ofertas
La
Corporación podrá readjudicar las ofertas cuando el oferente adjudicado incurra
en incumplimiento o desestimiento, de acuerdo a la Ley 19.886 y su Reglamento,
adjudicando a la oferta que le siga en puntaje a quien haya obtenido la mejor
calificación.
De igual
manera hará efectiva la garantía que se hubiere establecido como seriedad de la
oferta comprometida.
Plazo de
adjudicación
La
Corporación podrá determinar ampliar el plazo de la adjudicación, informando
oportunamente en el sistema de información la nueva fecha y las razones que justifican
esta decisión.
Inscripción
en Chile Proveedores
Aquellos participantes que al momento
de la presentación de sus ofertas no estén inscritos en el Registro Electrónico
de Proveedores del Estado, denominado “Chileproveedores”, estarán obligados a
inscribirse en caso de ser adjudicados, dentro de los plazos reglamentarios
establecidos. El oferente que se adjudique esta licitación deberá encontrarse
inscrito en el Registro Oficial de Proveedores del Estado, denominado
“Chileproveedores”.
De no estar inscrito, se transcribe a
continuación, la instrucción de la Circular N° 09, de fecha 6 de Marzo de 2007,
de los Ministerios del Interior y Hacienda: “En caso que el o los proveedores
adjudicados no estén inscritos en el registro electrónico oficial de
contratistas de la Administración, Chileproveedores, estarán obligados a
inscribirse dentro del plazo de 15 días hábiles contados desde la adjudicación
o de la emisión de la orden de compra respectiva”.
En
caso de no cumplir con la obligación en el tiempo señalado o no tener la
condición de “Habilitado” para contratar con el Estado de Chile, la Corporación
solicitará la cancelación de la respectiva orden de compra y procederá a
readjudicar la licitación al proveedor que siga en puntaje al que obtuviera la
mayor calificación, si así lo estimare conveniente.
Adjudicación,
Deserción o Inadmisibilidad
La CONAF
se reserva el derecho de declarar inadmisible cualquiera de las ofertas
presentadas que no cumplan los requisitos o condiciones establecidos en las
presentes bases, sin perjuicio de la facultad de la CONAF de solicitar a los
oferentes que salven errores u omisiones formales de acuerdo con lo establecido
en la normativa de compras públicas y en las presentes bases.
La
Corporación Nacional Forestal se reserva el derecho de adjudicar y/o declarar
inadmisible total o parcialmente cualquiera de las ofertas presentadas que no
cumplan los requisitos o consideraciones establecidos en las Bases.
La
Corporación Nacional Forestal podrá declarar desierta la licitación cuando el
puntaje del oferente mejor evaluado sea inferior al 50% del puntaje máximo
posible.
Podrá
además declarar desierta la licitación cuando no se presenten ofertas o cuando
estas no resulten conveniente a sus intereses. En estos últimos casos, dichas
declaraciones deberán ser por Resolución Fundada.
Al evaluar las ofertas con los criterios de
evaluación correspondientes, sólo podrá ser adjudicado el oferente
que cumpla con un puntaje mínimo de 80 o más en la suma total.
Modificaciones
a las Bases
Se podrán
modificar las presentes bases y sus anexos, ya sea por iniciativa propia
o en atención a una aclaración solicitada por alguno de los oferentes,
durante el proceso de la propuesta, hasta antes del vencimiento del plazo para presentar
ofertas.
Las
modificaciones que se lleven a cabo, serán informadas a través del sitio web
www.mercadopublico.cl. Estas modificaciones formarán parte integral de las
bases. Las modificaciones de base estarán vigentes desde la total tramitación
del acto administrativo que las apruebe.
Junto con
aprobar la modificación, se podrá establecer un nuevo plazo prudencial para el
cierre o recepción de las propuestas, a fin de que los potenciales oferentes
puedan adecuar sus ofertas
Multas
El adjudicatario
podrá ser sancionado por la Corporación con el pago de multas por atrasos en la
entrega de los productos comprendidos en las presentes bases de licitación. Las
multas por atraso en la entrega se aplicarán por cada día de atraso, y se
calcularán como un 2% del valor neto del producto solicitado y
aplicable a las cantidades que se entreguen atrasadas respecto del plazo de
entrega establecido por el proveedor. Para los casos en que el proveedor no
hubiese aceptado formalmente la Orden de Compra, a través de www.mercadopublico.cl, se considerará que el plazo de
entrega comienza el segundo día hábil de emitida la Orden de Compra.
Las multas se podrán
aplicar sin perjuicio de recurrir a los tribunales ordinarios de justicia.
Procedimiento para
aplicación de multas: Detectada una situación que amerite la aplicación de
multas, por parte de la Corporación o del funcionario responsable, éste le
notificará al adjudicatario, personalmente o por carta certificada, indicando
la infracción cometida, los hechos que la constituyen y el monto de la multa. A
contar de la notificación de la comunicación precedente, el adjudicatario
tendrá un plazo de cinco días hábiles, para efectuar sus descargos, acompañando
todos los antecedentes que estime pertinentes.
Vencido el plazo sin
presentar descargos, la Corporación dictará la respectiva resolución o acto
administrativo aplicando la multa.
Si el adjudicatario
hubiera presentado descargos en tiempo y forma, la Corporación tendrá un plazo
de hasta 30 días hábiles a contar de la recepción de los mismos, para
rechazarlos o acogerlos, total o parcialmente, lo que se determinará, mediante
resolución o acto administrativo, lo que se notificará al adjudicatario,
personalmente o por carta certificada
Cobro de la multa: Quedará
ejecutoriada la multa o la absolución de ella, con la notificación de dicha
resolución o acto administrativo. Desde ese momento el adjudicatario se
encontrará obligado al pago de la multa, si es que procediera.
El monto de las
multas será rebajado del pago que la Corporación deba efectuar al adjudicatario
en las facturas o boletas más próximas. De no ser suficiente este monto o en
caso de no existir pagos pendientes, se le cobrará directamente, debiendo ser
pagada dentro de los 10 días hábiles siguientes a la notificación del
requerimiento.
El no pago de la
multa, dentro de los plazos establecidos, faculta a la Corporación, para
requerir la ejecución de la garantía por Fiel y Oportuno Cumplimiento, en caso
que existiera.
Procedimiento de
Reposición: El adjudicatario dispondrá del plazo de cinco días hábiles, a
contar desde la fecha de notificada la resolución o acto administrativo que le
impone la multa, para reponer fundadamente, acompañando todos los antecedentes
pertinentes a la reposición.
El Director(a)
Regional de la Corporación, resolverá dentro de 30 días hábiles siguientes,
acogiendo o rechazando total o parcialmente la Reposición. Se notificará dicha
resolución o acto administrativo al respectivo proveedor y a la DCCP.
Suscripción
de contrato
La
suscripción de contrato se formalizará con la emisión de la orden de compra y
su aceptación por parte del proveedor, de acuerdo a lo establecido en el
Reglamento
Condiciones de pago
Orden de Compra se debe encontrar en estado ACEPTADA
en el sistema www.mercadopublico.cl
El pago se efectuará previa presentación de
factura o boleta de honorarios correspondiente y de la recepción conforme por
parte de la unidad Técnica CONAF.
El pago se efectuará antes de los treinta (30)
días posteriores a la recepción de estos documentos.