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CRITERIO DE DESEMPATE |
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En caso de empate de puntajes entre dos o más oferentes en el primer lugar, el que presente un
menor precio será el adjudicado. Si luego de aplicar la regla anterior subsiste el empate, el segundo
criterio de desempate corresponderá a la experiencia del oferente. Si aún persiste definirá quien
presente más puntaje en calidad técnica del vehículo, si el empare aún persiste se decidirá por quien
ingreso la oferta en primer lugar
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COMISION EVALUADORA: |
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Las propuestas serán evaluadas por un/a funcionario/a designado mediante Decreto Alcaldicio, el
que propondrá la adjudicación o rechazo de ellas mediante un informe de adjudicación en que
indicará las razones técnicas, financieras y jurídicas del rechazo o de la aceptación de cada una de
las ofertas analizadas. En caso de que la Autoridad Administrativa y/o Jefe de Servicio respectivo
rechazase la o las ofertas propuestas para ser adjudicadas, su resolución deberá ser fundada en los
antecedentes de la propuesta y por lo prescrito en las presentes Bases Administrativas. Toda
información que se demuestre sea falsa, alterada o maliciosamente incompleta y que altere el principio de igualdad de los oferentes, entregada en los Documentos Anexos u otros, será estimada
fraudulenta, siendo causal de eliminación del oferente del proceso de licitación.
El informe de evaluación, elaborado conforme al art. 57 del Reglamento N°661 de la Ley 21.634,
deberá contener al menos: criterios y ponderaciones aplicadas, ofertas inadmisibles y su
fundamento, eventuales propuestas de declarar desierta la licitación, puntajes asignados y
fórmulas utilizadas, así como la propuesta de adjudicación
Prohibiciones y Deberes
• Los oferentes solo podrán comunicarse con la Ilustre Municipalidad a través del portal de
mercado público velando siempre por la transparencia y probidad de este.
• Desde la publicación hasta la adjudicación, los miembros son sujetos pasivos de lobby,
debiendo registrar en agenda pública reuniones, viajes o donativos vinculados al proceso.
• La Comisión será asesorada por el Departamento Jurídico durante todo el procedimiento.
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ORDEN DE COMPRA |
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Emitida la Orden de Compra, el adjudicatario deberá aceptarla a través del portal Mercado Público
dentro del plazo máximo de 48 horas. El incumplimiento de esta obligación facultará a la
Municipalidad para dejar sin efecto la adjudicación, informar a la Dirección de Compras y
Contratación Pública para la aplicación de las sanciones correspondientes, y, eventualmente, re
adjudicar el contrato al oferente que, según el Acta de Evaluación, haya obtenido la segunda mejor
calificación en los aspectos administrativos, técnicos y económicos.
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OBLIGACIONES DEL PROVEEDOR |
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Sin perjuicio del fiel, oportuno y estricto cumplimiento de las obligaciones que estas bases y el
contrato impongan al proveedor.
• Someterse a la fiscalización e instrucciones que disponga la unidad Técnica a fin de
comprobar el desarrollo de la adquisición y su eficiente ejecución.
• Dar cumplimiento a las instrucciones impartidas por la unidad técnica en el cumplimiento
del contrato.
• Entregar en la oportunidad, forma, calidad y lugar que indique la unidad técnica los
servicios adquiridos por el municipio.
• El proveedor asume, dentro del valor de la oferta, todos los riesgos e imponderables de la
correcta ejecución del contrato, aun si ello significa un mayor costo que el originalmente
previsto, cualquiera será su origen, naturaleza o procedencia sin poder solicitar al
mandante reajuste, indemnizaciones o suma alguna de dinero.
• La unidad técnica está facultada para rechazar y ordenar el retiro de todos aquellos
servicios que no sean de la calidad y especificaciones requeridas en las bases técnicas,
debiendo el proveedor proceder de inmediato a ajustarse a los términos del contrato sin
que medie mayor plazo para la ejecución de la provisión de las especies como tampoco un
mayor precio.
• La empresa será responsable de velar por el adecuado desarrollo de las actividades,
obligaciones y responsabilidades en materia de Higiene y Seguridad durante toda la
ejecución de los trabajos y/o servicios señalados en las bases administrativas y técnicas
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MULTAS |
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INFRACCIÓN MULTA
✓ Traslado de alguien no autorizado o en
lista
5 U.T.M
✓ Atrasos reiterados del personal al
inicio de servicio se entenderá por
reiterado cada dos atrasos.
3 U.T.M ( cada dos atrasos)
✓ Realizar transporte de carga en
conjunto con los estudiantes
5 U.T.M
✓ Conducta irrespetuosa de parte del
personal del oferente
3 U.T.M
✓ Maltrato a uno de los estudiantes 5 U.T.M y se podrá rescindir el
contrato
✓ Presentar al momento de la ejecución
del servicio, un vehículo diferente al
ofertado, sin aviso o autorización del
supervisor de contrato
Termino del contrato
✓ Presentar un chofer diferente al
mencionado en la oferta, sin
autorización
5 U.T.M
✓ No notificar factoring 3 U.T.M
Procedimiento de aplicación de Multas:
Estas multas serán aplicadas por el municipio mediante Decreto Alcaldicio el que será
notificado al proveedor mediante Notificaciones electrónicas. Los Proveedores deberán
fijar, a través del Sistema de Información, una dirección de correo electrónico única para
recibir notificaciones sobre medidas aplicadas por incumplimientos contractuales. Es
responsabilidad de los proveedores mantener dichas direcciones de correo electrónico
actualizado e informar cualquier cambio a la Dirección de Compras, conforme lo prevé el
artículo 46 de la ley 19.880 y se descontará del estado de pago respectivo y/o boleta de
garantía, siempre que el pago no se realice voluntariamente desde la notificación del
señalado decreto. Si aún quedase un saldo por recuperar de multa, se procederá mediante
cobranza judicial por parte del a municipalidad.
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VIGENCIA DEL CONTRATO |
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La vigencia del contrato será de 10 meses desde la firma del contrato
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DE LOS PLAZOS DE ENTREGA Y RECEPCION DE LOS PRODUCTOS |
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La entrega de los productos se deberá realizar en el plazo ofertado por el proveedor, el que se
contara desde el requerimiento efectuado por la Unidad Técnica, en el lugar que
oportunamente sea indicado.
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