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Artículo 1º. OBJETO: Las presentes Bases Administrativas regulan el llamado a Licitación Pública, por parte de la División de Bienestar, para la obtención de financiamiento externo por un monto de UF 133.420,85 (ciento treinta y tres mil cuatrocientos veinte coma ochenta y cinco Unidades de Fomento), para continuar el avance del proyecto habitacional “Los Torreones” en la ciudad de Coyhaique, conforme a lo preceptuado en los artículos 11°, 12° y 13° de la Ley N.° 18.712, de 04JUN1988, que aprueba “Nuevo Estatuto de los Servicios de Bienestar Social de las Fuerzas Armadas” y mediante el procedimiento de contratación de Licitación Pública establecido en la Ley N.º 19.886, de 30JUL2003, de “Bases Sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios” y su Reglamento Complementario.
Artículo 2º. CONTENIDO: Las presentes Bases contienen las disposiciones generales y particulares que regirán las relaciones entre la División de Bienestar y los Oferentes durante el presente proceso licitatorio y en todas las materias relacionadas con "La Licitación".
Artículo 3º. OFERENTES: La propuesta se llevará a cabo a través del Sistema de Información de Compras y Contrataciones de la Administración de Mercado Público, portal www.mercadopublico.cl y podrán participar en la presente Licitación Pública todas las instituciones bancarias y/o financieras que estén legalmente constituidas en Chile, que cuenten con oficina en el país y estén autorizadas por ley para otorgar créditos, de acuerdo a la normativa que les sea aplicable y se encuentren fiscalizadas por la Comisión para el Mercado Financiero.
Artículo 4º. DOMICILIO DEL OFERENTE: Se entiende que, por el sólo hecho de presentar una propuesta, el oferente constituye domicilio en la comuna y ciudad de Santiago, Región Metropolitana, para todos los efectos legales derivados de la presente Licitación Pública y acepta expresamente la competencia de sus Tribunales de Justicia.
Artículo 5º. INHABILIDADES: Los oferentes no podrán encontrarse afectados por alguna de las siguientes inhabilidades para contratar con la Administración del Estado:
Las establecidas en el artículo 4° de la Ley N.° 19.886, de 30JUL2003, de “Bases Sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios”, esto es:
No haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador, dentro de los 2 (dos) años anteriores a la fecha de presentación de las ofertas.
Ningún organismo de la administración del Estado y de las empresas, corporaciones del Estado o en que éste tenga participación, podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes o prestación de servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco descritos en la letra b) del artículo 54º de la Ley N.º 18.575, “Orgánica Constitucional de Bases Generales de la administración del Estado”, ni con sociedades de personas de las que aquéllos o éstas formen parte, ni con sociedades en comandita por acciones o anónimas cerradas en aquéllos o éstas, sean accionistas, ni con sociedades anónimas abiertas en aquéllos o éstas, sean dueños de acciones que representen el 10% o más del capital, ni con los gerentes, administradores, representantes o directores de cualquiera de las sociedades antedichas.
No haber sido condenado por los delitos concursales establecidos en el artículo 463º y siguientes del Código Penal, dentro de los 2 (dos) años anteriores a la fecha de presentación de las ofertas.
No estar afectos a la prohibición temporal o perpetua de celebrar actos y contratos con los organismos del Estado, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 8º y 10º de la Ley N.º 20.393 de 02DIC2009, que "Establece la responsabilidad penal de las personas jurídicas en los delitos de lavado de activos, financiamiento del terrorismo y delitos de cohecho que indica".
No podrán contratar con la Administración aquellos condenados por el Tribunal de Defensa de la Libre Competencia en conformidad con lo dispuesto en el artículo 26, letra d), del DFL N.º 1, de 07MAR2005 que “Fija el texto refundido, coordinado y sistematizado del Decreto Ley N.° 211, de 22DIC1973, que establece: “En el caso de las conductas previstas en la letra a) del artículo 3°, podrá imponer, además, la prohibición de contratar a cualquier título con órganos de la administración centralizada o descentralizada del Estado, con organismos autónomos o con instituciones, organismos, empresas o servicios en los que el Estado efectúe aportes, con el Congreso Nacional y el Poder Judicial, así como la prohibición de adjudicarse cualquier concesión otorgada por el Estado, hasta por el plazo de cinco años contados desde que la sentencia definitiva quede ejecutoriada”.
Para estos efectos, los oferentes deberán suscribir una Declaración Jurada Simple, que se acompaña en Anexo de estas Bases.
La División de Bienestar se reserva el derecho de verificar esta información a través del Registro que para tal efecto lleva la Dirección de Compras y Contratación Pública.
Artículo 6º. ACEPTACIÓN DE LAS BASES: La presentación de una oferta implica, para quien la efectúa, la aceptación de las presentes Bases, sin exclusión o excepciones.
Artículo 7º. DE LA MODALIDAD DE LICITACIÓN: La presente Licitación Pública se llevará a cabo en una etapa, lo que, de conformidad con la ley, consiste en que, en el acto de apertura se procede a la apertura de las ofertas económicas y técnicas.
Artículo 8º. COMUNICACIÓN DURANTE EL PROCESO: Toda comunicación durante el presente proceso de Licitación Pública deberá realizarse únicamente a través del “Sistema de Información de Compras y Contrataciones de la Administración del Estado”, a través del portal www.mercadopublico.cl.
De acuerdo a lo anterior, queda prohibido establecer contactos formales o informales con personal de la División de Bienestar que tenga directa relación o incidencia con la presente Licitación Pública y para fines relacionados a beneficios o intereses particulares, salvo los contemplados en estas Bases.
Artículo 9º. DE LOS PLAZOS: Salvo que expresamente se señale lo contrario, los plazos de días establecidos en estas Bases, son de días corridos.
Cuando en las Bases se disponga que se trata de días hábiles, se entenderá que son inhábiles los días sábados, domingos y festivos.
Los plazos se computarán desde el día siguiente a aquél en que se notifique el acto de que se trata, de conformidad a lo señalado en el artículo siguiente. Con todo, en cualquiera de los casos antes señalados, cuando el último día del plazo sea inhábil, este se entenderá prorrogado al primer día hábil siguiente.
Artículo 10°. DE LAS PUBLICACIONES Y NOTIFICACIONES: La División de Bienestar publicará de manera completa y oportuna, la información básica relativa a la presente Licitación Pública, en el “Sistema de Información de Compras y Contrataciones de la Administración del Estado”, a cargo de la Dirección de Compras y Contratación Pública, en adelante y para efectos de estas Bases, “Sistema de Información de Compras”.
Todas las notificaciones que hayan de efectuarse en virtud de las disposiciones de la Ley N.º 19.886, de Bases sobre “Contratos Administrativos de Suministros y Prestación de Servicios”, en adelante y para efectos de estas Bases, “Ley de Compras”, y del Decreto Supremo N.º 250, de 24SEP2004, Ministerio de Hacienda, que aprueba el Reglamento de la Ley de Compras, en adelante y para efectos de estas Bases, “Reglamento de Compras”, incluso la notificación de la resolución de adjudicación, se entenderán realizadas luego de transcurridas 24 (veinticuatro) horas desde que la División de Bienestar publique en el Sistema de Información de Compras, el documento, acto o resolución objeto de la notificación, una vez que ha sido tomado razón por parte de la Contraloría General de la República.
Se exceptúan de esta regla, las notificaciones que dicen relación con lo dispuesto en el capítulo V de la Ley de Compras.
Artículo 11º. DISPONIBILIDAD DE LAS BASES: Desde el día de la publicación del llamado, las Bases estarán disponibles en el Sistema de Información de Compras, para todos los interesados en presentar ofertas.
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