Licitación ID: 2446-20-LR26
Licitación Pública Nº122026 para la ejecución del proyecto “CONSTRUCCIÓN EDIFICIO COMUNITARIO SECTOR CENTRO DE COQUIMBO” CÓDIGO BIP 40011210-0.
Responsable de esta licitación: I MUNICIPALIDAD DE COQUIMBO
Fecha de Cierre: 12-03-2026 15:30:00
Reclamos recibidos por incumplir plazo de pago: 184
Este número indica los reclamos recibidos por esta institución desde los últimos 12 meses hasta el día de ayer. Recuerde interpretar esta información considerando la cantidad de licitaciones y órdenes de compra que esta institución genera en el Mercado Público.
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Productos o servicios
1
Construcción de obras civiles 1 Unidad
Cod: 72131702
CONSTRUCCIÓN EDIFICIO COMUNITARIO SECTOR CENTRO DE COQUIMBO  

1. Características de la licitación
Nombre de la licitación:
Licitación Pública Nº122026 para la ejecución del proyecto “CONSTRUCCIÓN EDIFICIO COMUNITARIO SECTOR CENTRO DE COQUIMBO” CÓDIGO BIP 40011210-0.
Estado:
Publicada
Descripción:
Licitación Pública Nº12/2026 para la ejecución del proyecto “CONSTRUCCIÓN EDIFICIO COMUNITARIO SECTOR CENTRO DE COQUIMBO”, CÓDIGO BIP 40011210-0.
Tipo de licitación:
Pública-Licitación Pública igual o superior a 5.000 UTM (LR)
Tipo de convocatoria:
ABIERTO
Moneda:
Peso Chileno
Etapas del proceso de apertura:
Dos Etapas
Toma de razón por Contraloría:
No requiere Toma de Razón por Contraloría
Licitación de contrato de obra:
40011210
Publicidad de ofertas técnicas:
Las ofertas técnicas serán de público conocimiento una vez realizada la apertura técnica de las ofertas.
2. Organismo demandante
Unidad de compra:
IMUNI_COQUIMBO
R.U.T.:
69.040.300-5
Dirección:
BILBAO 348
Comuna:
Coquimbo
Región en que se genera la licitación:
Región de Coquimbo
3. Etapas y plazos
Fecha de cierre de recepción de la oferta: 12-03-2026 15:30:00
Fecha de Publicación: 06-02-2026 16:32:24
Fecha inicio de preguntas: 12-02-2026 9:00:00
Fecha final de preguntas: 16-02-2026 12:00:00
Fecha de publicación de respuestas: 19-02-2026 17:30:00
Fecha de acto de apertura técnica: 12-03-2026 15:31:00
Fecha de acto de apertura económica (referencial): 18-03-2026 15:31:00
Fecha de Adjudicación: 29-05-2026 17:30:00
Fecha de entrega en soporte fisico No hay información
Fecha estimada de firma de contrato No hay información
Tiempo estimado de evaluación de ofertas No hay información
4. Antecedentes para incluir en la oferta
Adicionalmente, todos los proveedores para ofertar en esta licitación, deberán obligatoriamente confirmar y firmar electrónicamente la Declaración Jurada de Requisitos para Ofertar.
Documentos Administrativos
1.- OFERTA ADMINISTRATIVA ANTECEDENTES QUE SE REQUIEREN Y QUE DEBEN PUBLICARSE EN LA PLATAFORMA MERCADO PÚBLICO www.mercadopublico.cl - banner “Anexo Administrativo”. La oferta administrativa deberá contar con los siguientes documentos: 1. FORMULARIO N°1: Identificación Oferente. 2. FORMULARIO N°2 (ESENCIAL). Declaración Jurada simple de aceptación de las Bases que regulan la propuesta, de conocimiento de los antecedentes técnicos y de las características del terreno. 3. GARANTÍA SERIEDAD DE LA OFERTA, (ESENCIAL) según lo previsto en el numeral 10.3 de las presentes Bases. 4. Documentos Oferentes: 4.1. Presentar acuerdo de Unión Temporal de Proveedores, escritura pública. (art.180 y 181 del Reglamento) en atención al monto, deberá constar por escritura pública. 4.2. En caso de personas jurídicas, debe adjuntar el Certificado de vigencia de la sociedad o persona jurídica y el Certificado que acredite la personería del representante legal, ambos con una vigencia máxima de 30 días desde su fecha de emisión respecto a la fecha de apertura inicial (considerando que eventualmente dicha fecha pueda ser modificada). Copia del Rut de la empresa y/o sociedad. En caso que dichos documentos se encuentren a la vista en el portal y con la vigencia solicitada, se podrá obviar su presentación, de acuerdo a lo indicado en el numeral 11.1. letra b) de las presentes Bases de Licitación. 4.3. En caso de persona natural debe adjuntar copia simple de la Cédula de Identidad. 4.4. Los proponentes que oferten bajo la modalidad de UTP, cada uno de sus integrantes, deberán acompañar los Formularios N°1 y N°2, copia simple de cédula de identidad de todos sus integrantes; por otra parte, si los miembros de las UTP obedecen a personas jurídicas, deberá acompañar certificado de vigencia de la sociedad y/o empresa y el certificado que acredite la personería del representante legal, ambos con una vigencia no superior a 30 días máximo desde su fecha de emisión, copia del RUT de las empresas. 5. CAPACIDAD ECONÓMICA: El oferente para acreditar la capacidad económica deberá presentar los siguientes documentos: i. Formulario 22 Declaración de Renta 2025 del SII. (ESENCIAL) ii. Certificado de Capital Propio Tributario emitido por una Institución Bancaria, según Anexo 1 adjunto. (ESENCIAL) Nota: En la licitación se adjunta el Anexo 1 “Certificado de Capital Propio” bancario. En caso que el oferente presente el certificado en otro formato, dicho documento debe contener a lo menos la información indicada en el Anexo 1 publicado; y en caso de no cumplir con dicho contenido, se tendrá por no presentado. 6. FORMULARIO Nº 3: Pacto de Integridad. 7. Programa de Integridad del oferente, junto con documentos que acrediten que dicho pacto fue difundido para conocimiento y aplicación por parte de su personal. Nota: Si el oferente corresponde a una Unión Temporal de Proveedores (UTP), para efectos de la evaluación del criterio, la presentación del pacto de integridad y el documento que acredite ser conocido por el personal, deberá ser presentado por cada uno de los miembros de la UTP.
Documentos Técnicos
1.- OFERTA TECNICA ANTECEDENTES QUE SE REQUIEREN Y QUE DEBEN PUBLICARSE EN LA PLATAFORMA MERCADO PÚBLICO www.mercadopublico.cl – banner “Anexo Técnico” 8. FORMULARIO N°4: EXPERIENCIA DEL OFERENTE. Para acreditar la experiencia, las empresas oferentes deberán publicar documentos que acrediten que el oferente ha ejecutado obras de edificación públicas y/o privadas, cuya superficie construida sea superior a 200 m2. Los certificados presentados que permitan acreditar la Experiencia del Oferente, deben coincidir con lo declarado en el Formulario N° 4. Se aceptará como acreditación de experiencia: a) Certificados emitidos por Instituciones Públicas que actúan como mandante de una obra. Debiendo indicar como mínimo, nombre de la obra, superficie edificada (m2) y nombre de la empresa que acredita experiencia. b) Certificado de Recepción Definitiva de Obras de Edificación, emitido por la Dirección de Obras Municipales. Nota: Si en el certificado no se individualiza a la empresa oferente, deberá adjuntar contrato de obra que acredite su participación en la ejecución de la misma. c) Certificados emitidos por privados que actúan como mandante de una obra, debiendo indicar nombre de la obra, superficie edificada (m2), dirección de la edificación y nombre del acreditado. También debe indicar dirección y teléfono de quien emite el certificado. En este caso, además deberá acompañar Certificado de Recepción Definitiva de Obra de Edificación, emitido por la D.O.M. de la respectiva obra acreditada. Para la evaluación la empresa debe presentar ambos documentos, en su defecto la comisión no considerará dicha experiencia. 9. PROFESIONAL RESIDENTE O JEFE DE OBRA: El Oferente deberá disponer de un profesional Constructor Civil o Ingeniero Constructor que realizará la labor de Profesional Residente durante la ejecución de las Obras. Deberá contar con una experiencia mínima de 5 años en construcción en obras de edificación. Respecto al profesional Residente el oferente deberá presentar lo siguiente: • Curriculum Vitae (ESENCIAL) • Certificado de Título o título (ESENCIAL) El profesional presentado como Residente deberá estar legalmente facultado para ejercer la profesión en el país. Es decir, deberá contar con título profesional, emitido y/o validado por una entidad reconocida por el Estado. 10. CARTA COMPROMISO. El profesional presentado como Residente deberá comprometerse por escrito y firmar la carta compromiso, documento que deberá ser adjuntado como parte de la oferta. 11. FORMULARIO N°5: EXPERIENCIA DEL PROFESIONAL RESIDENTE A CARGO DE LAS OBRAS. El Oferente deberá adjuntar título del profesional Constructor Civil o Ingeniero Constructor que realizará la labor de Profesional Residente durante la ejecución de las Obras. La experiencia del profesional Residente se podrá acreditar de la siguiente forma: i. Contratos donde conste que dicho profesional fue contratado para ejercer las funciones de administrador de obras, jefe de terreno o profesional residente, en la construcción de obras de edificación. ii. Certificados de Instituciones Públicas donde conste que dicho profesional fue contratado para ejercer las funciones de administrador de obras, jefe de terreno o profesional residente, en la construcción de obras de edificación. Nota: No se aceptará experiencia distinta a la construcción de obras de edificación.
 
Documentos Económicos
1.- OFERTA ECONÓMICA ANTECEDENTES QUE SE REQUIEREN Y QUE DEBEN PUBLICARSE EN LA PLATAFORMA MERCADO PÚBLICO www.mercadopublico.cl - banner “Anexo Económico”. 12. FORMULARIO N° 6 (ESENCIAL): OFERTA ECONÓMICA, los oferentes deberán ingresar su oferta a través del portal www.mercadopublico.cl a valor neto. El formulario de oferta económica deberá indicar el monto total del proyecto IVA incluido, además del Plazo ofertado del proyecto en días corridos, según Formulario anexo adjunto. Dentro del plazo ofertado, el contratista deberá prever la ejecución completa del proyecto, en cumplimiento a las Especificaciones Técnicas, planos, bases administrativas, contrato y considerar las aprobaciones de los organismos competentes, conexiones agua potable – alcantarillado y conexiones eléctricas de CGE. Nota 1: Se debe considerar que el monto referencial de la licitación es de $886.815.666.- IVA incluido. Nota 2: El valor neto ingresado al portal www.mercadopublico.cl debe ser coincidente con el valor neto indicado en la carta oferta (Formulario Nº6). Si existe alguna discrepancia entre ambos valores prevalecerá el indicado en el formulario, siempre que los valores de los formatos 6 y 7 sean coincidentes. Nota 3: Se debe considerar que el plazo referencial a ofertar para la ejecución de las obras es de 240 días corridos. El plazo ofertado, comprende la ejecución completa de la obra que se encomienda, junto con la tramitación de los permisos y certificaciones necesarias, incluyendo la recepción de las obras. Nota 5: Los proponentes que oferten bajo la modalidad de UTP (Unión Temporal de Proveedores) cada uno de sus integrantes deberán firmar el Formulario de Oferta Económica y Plazo Propuesto, o en su defecto el representante de la UTP que tenga facultades para presentar la oferta. 13. FORMULARIO N° 7 (ESENCIAL): PRESUPUESTO DETALLADO DE OBRAS. El presupuesto, deberá incluir todas las partidas que acrediten la ejecución completa del proyecto de acuerdo a lo establecido en Especificaciones Técnicas y Planimetría correspondiente a los proyectos. El Formulario N°8 de presupuesto detallado del proyecto, deberá contener la ejecución de las obras de acuerdo a lo señalado en planos y especificaciones técnicas. El oferente deberá presentar su presupuesto de acuerdo a formato itemizado adjunto, el cual no se puede modificar en cuanto a las partidas, unidades y cantidades. Nota 1: En cumplimiento del Convenio Mandato suscrito con el Gobierno Regional de Coquimbo, y lo indicado por las Normas NIP/2025 de procedimientos de aprobación de proyectos de inversión pública, el oferente deberá presentar su presupuesto de acuerdo a formato itemizado adjunto, debiendo ceñirse estrictamente a las partidas, unidades y cantidades de obras allí indicadas, que corresponden al proyecto recomendado por el MIDESO. Si la oferta presenta modificaciones al itemizado en cuanto a partidas, unidades y cantidades, será declarada inadmisible. El proponente en la presentación de su oferta, y en la ejecución de las obras, deberá considerar el cumplimiento de las normas del buen construir, de manera que, aun cuando las especificaciones técnicas, planos, etc., hayan omitido partidas detalles o partidas, necesarias para cumplir con ese principio del buen construir, el proponente deberá integrarlas en su oferta y en la ejecución de la obra, respetando la modalidad de contrato en su carácter de suma alzada. Nota 2: Los proponentes deberán indicar separadamente el costo directo, sus gastos generales y utilidad, en monto y porcentaje en relación al costo directo, generando el valor neto y sumar el impuesto IVA, lo que da el valor total ofertado. Nota 3: Las partidas cuyas unidades se contemplan en global, de acuerdo al Formulario 7, serán pagadas cuando se encuentren 100 % ejecutadas. 14. FORMULARIO N°8: DETALLE GASTOS GENERALES (ESENCIAL): El oferente deberá presentar el detalle de ítems y costos considerados para el cálculo de los gastos generales en pesos chilenos, expresados en cifras redondas (sin decimales), considerados en la elaboración del presupuesto. 15. PRECIOS UNITARIOS (ESENCIAL): Los oferentes deberán presentar los precios unitarios, expresados en pesos chilenos (cifras redondeadas sin decimales) de cada una de las partidas e ítems del presupuesto, de acuerdo a formato tipo adjunto a la licitación. 16. FORMULARIO N°9: FLUJO DE CAJA MENSUAL. El oferente deberá programar los estados de pagos mensuales desde el inicio hasta el término de las obras en formulario adjunto. 17. PROGRAMACIÓN DE OBRAS (ESENCIAL): Documento que muestre la programación de las obras, que permita visualizar el tiempo de ejecución de las actividades y/o partidas del proyecto y que muestre qué partidas dependen de otra para iniciar su ejecución y qué partidas pueden realizarse en forma simultánea, obteniendo de este estudio el plazo ofertado. El plazo resultante de la programación debe ser coincidente con el plazo de ejecución indicado en el Formulario N°6 Oferta Económica. Este documento puede ser una Carta Gantt u otro sistema de programación de obras, el cual debe ser de escritura legible y estar debidamente firmado por el oferente.
5. Requisitos para contratar al proveedor adjudicado
Persona natural
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.
 
2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.
 
3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.
 
4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.
 
5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.
 
6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.
 
7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.
 
8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).
 
Documentos persona natural
- Fotocopia Legalizada de Cédula de Identidad
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
Persona jurídica
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.

2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.

3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.

4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.

5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.

6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.

7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.

8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).

Documentos persona jurídica
- Fotocopia Legalizada del Rut de la Empresa
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
- Certificado de Vigencia de la Sociedad
- (1) Certificado de Boletín de Informes Comerciales
- (1) Certificado de Quiebras/Convenio Judicial
6. Criterios de evaluación
ÍtemObservacionesPonderación
1 OFERTA ECONOMICA Corresponde al monto total ofertado indicado en el Formulario N°6 de Oferta Económica. Se evaluará con el mayor puntaje la oferta más conveniente (menor precio ofertado). Si todas las ofertas son mayores al presupuesto referencial, se considerará el monto referencial como oferta más conveniente. Las demás ofertas serán evaluadas de acuerdo a la siguiente formula. Pje Oi = (Oe/Oi)* 100 Donde: Pje Oi : Puntaje obtenido por oferente i Oe : Oferta más conveniente (menor precio ofertado) Oi : Oferta del oferente i Puntaje Oferta Económica = Puntaje obtenido x 0.9 90%
2 COMPORTAMIENTO CONTRACTUAL ANTERIOR I. Se evaluará con 100 puntos al Proveedor que no registra reclamos/sanciones en Mercado Público durante los últimos 24 meses. II. Se evaluará con 50 puntos si el proveedor registra entre 1 y 4 reclamos/sanciones en Mercado Público durante los últimos 24 meses. III. Se evaluará con 0 puntos si el proveedor registra más de 5 reclamos/sanciones en Mercado Público durante los últimos 24 meses. Puntaje Comportamiento contractual anterior = Puntaje obtenido x 0.05 5%
3 CUMPLIMIENTO REQUISITOS FORMALES I. Se evaluará con 100 puntos a quien presente la totalidad de los documentos solicitados. II. Se evaluará con 80 puntos, a los proponentes que hayan presentado la totalidad de los antecedentes hasta el cierre de la Licitación, pero se hayan detectado errores menores de llenado o en caso de ser necesario aclarar documentos adjuntos, debiendo realizar una segunda presentación de los formatos. III. Se evaluará con 50 puntos a aquellos oferentes que no presenten un documento requerido en el artículo 11.2 y 11.3 antes del cierre de recepción de ofertas y que no sea esencial. IV. Se evaluará con 0 puntos a aquellos oferentes que no presentaron dos o más documentos requeridos en el artículo 11.2 y 11.3 antes del cierre de recepción de ofertas y que no sean esenciales. Puntaje Cumplimiento de requisitos formales = Puntaje obtenido x 0.05 5%

7. Montos y duración del contrato
Estimación en base a: Precio Referencial
Fuente de financiamiento: GOBIERNO REGIONAL - FNDR
Monto Total Estimado: 886815666
Contrato con Renovación: NO
Observaciones Sin observaciones
Tiempo del Contrato 240 Días
Plazos de pago: 30 días contra la recepción conforme de la factura
Opciones de pago: Transferencia Electrónica
Nombre de responsable de pago: GOBIERNO REGIONAL DE COQUIMBO
e-mail de responsable de pago: oficinadepartes@gorecoquimbo.cl
Prohibición de subcontratación: Se permite subcontratación
8. Garantías requeridas
    Garantías de Seriedad de Ofertas
Beneficiario: ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE COQUIMBO
Fecha de vencimiento: 08-09-2026
Monto: 2000000 Peso Chileno
Descripción: En virtud de lo que dispone el Artículo 123 del Reglamento de la Ley de Compras Públicas N°19.886 y de acuerdo al Artículo Nº 38 de la Ley Nº18.695, la empresa adjudicataria, previo a la firma del contrato, deberá entregar una Garantía extendida a favor del Gobierno Regional de Coquimbo, R.U.T. N° 72.225.700-6, por un monto equivalente al 5% del valor neto del contrato, cuyo objetivo es garantizar el fiel cumplimiento de éste y la correcta ejecución de la obra; garantía que deberá entregar antes de la suscripción del contrato de obra definitivo. Su glosa debe decir: “Garantía de fiel cumplimiento y correcta ejecución de la obra CONSTRUCCIÓN EDIFICIO COMUNITARIO SECTOR CENTRO DE COQUIMBO”, CÓDIGO BIP 40011210-0, la que deberá ser extendida a favor del Gobierno Regional de Coquimbo, R.U.T. N°72.225.700-6. La garantía por Fiel Cumplimiento del Contrato y Correcta Ejecución de la Obra deberán cubrir el plazo ofertado más 14 meses, plazo que cubre la emisión de los actos administrativos previos a levantar el Acta de Entrega de Terreno, tales como decretos aprobatorios de contratos y designación de Inspección Técnica.
Glosa: Su glosa debe decir: “Garantía de Seriedad de la Oferta proyecto “CONSTRUCCIÓN EDIFICIO COMUNITARIO SECTOR CENTRO DE COQUIMBO”, a favor de la I.Municipalidad de Coquimbo, R.U.T. N° 69.040.300-5.
Forma y oportunidad de restitución: Las garantías de Fiel Cumplimiento del Contrato y Correcta Ejecución de Las Obras se devolverá al Contratista una vez que se haya otorgado la recepción definitiva de las obras por parte de la Unidad Técnica, sin observaciones de ninguna especie, lo que quedará consignada en el Acta de Recepción Definitiva emitida por la Inspección Técnica que autorizará su devolución, debiendo contar a su vez, con la liquidación del contrato debidamente firmada por el Municipio y el contratista.
    Garantía fiel de Cumplimiento de Contrato
Beneficiario: GOBIERNO REGIONAL DE COQUIMBO
Fecha de vencimiento: 30-06-2028
Monto: 5 %
Descripción: MONTO EQUIVALENTE AL 5% DEL VALOR NETO DEL MONTO ADJUDICADO Su glosa debe decir: “Garantía de Fiel Cumplimiento de contrato y correcta ejecución de las obras “CONSTRUCCION EDIFICIO COMUNITARIO SECTOR CENTRO DE COQUIMBO”, incluye equipamiento y equipos, CÓDIGO BIP 40011210-0, la que deberá ser extendida a favor del Gobierno Regional de Coquimbo, R.U.T. N° 72.225.700-6
Glosa: Su glosa debe decir: “Garantía de Fiel Cumplimiento de contrato y correcta ejecución de las obras “CONSTRUCCION EDIFICIO COMUNITARIO SECTOR CENTRO DE COQUIMBO”, incluye equipamiento y equipos, CÓDIGO BIP 40011210-0, la que deberá ser extendida a favor del Gobierno Regional de Coquimbo, R.U.T. N° 72.225.700-6
Forma y oportunidad de restitución: Las garantías de “Fiel Cumplimiento del Contrato y Correcta Ejecución de Las Obras” se devolverá al Contratista una vez que se haya otorgado la recepción definitiva de las obras por parte de la Unidad Técnica, sin observaciones de ninguna especie, lo que quedará consignada en el Acta de Recepción Definitiva emitida por la Inspección Técnica que autorizará su devolución, debiendo contar a su vez, con la liquidación del contrato debidamente firmada por el Municipio y el contratista.
9. Requerimientos técnicos y otras cláusulas
Pacto de integridad
El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones que contenidas el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:
1.- El oferente se compromete a respetar los derechos fundamentales de sus trabajadores, entendiéndose por éstos los consagrados en la Constitución Política de la República en su artículo 19, números 1º, 4º, 5º, 6º, 12º, y 16º, en conformidad al artículo 485 del código del trabajo. Asimismo, el oferente se compromete a respetar los derechos humanos, lo que significa que debe evitar dar lugar o contribuir a efectos adversos en los derechos humanos mediante sus actividades, productos o servicios, y subsanar esos efectos cuando se produzcan, de acuerdo a los Principios Rectores de Derechos Humanos y Empresas de Naciones Unidas.
2.-El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.
3.- El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas.
4.- El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma. 5.- El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio. 6.- El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase.
7.- El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.
8.- El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.
9.- El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.
Readjudicación
La Municipalidad podrá, en caso de que el proveedor adjudicado se rehúse a suscribir el contrato, no entregue la garantía de fiel cumplimiento en el plazo establecido para estos efectos, no cumpla con los requisitos para contratar, establecidos en las presentes bases, se desista de su oferta o sea inhábil para contratar de acuerdo a la Ley N° 19.886 y su Reglamento, adjudicar al oferente que le siga en puntaje de acuerdo a la evaluación de las propuestas y así sucesivamente.
Aclaración de la oferta - foro inverso
La Comisión podrá solicitar a los oferentes a través del foro disponible en el Portal y dentro del período de evaluación, aclaraciones de errores u omisiones detectados durante la evaluación siempre y cuando las rectificaciones de dichos vicios u omisiones no les confieran a esos oferentes una situación de privilegio respecto de los demás competidores. El uso de esta potestad no podrá suponer en ningún caso la presentación extemporánea de antecedentes exigidos expresamente en estas Bases.
Consultas y aclaraciones
El Proponente podrá solicitar, vía el portal www.mercadopublico.cl , aclaraciones a los Antecedentes de la Propuesta, e incluir sus consultas surgidas a raíz de la visita a terreno o del análisis de los antecedentes de la Licitación. No se tomará en cuenta las consultas verbales y/o hechas fuera de plazo. Las respuestas serán dadas una a una, por escrito, con reproducción textual de la pregunta respectiva y con reserva del autor de la consulta. Estas respuestas serán publicadas en la opción “Foro” del Portal www.mercadopublico.cl, para conocimiento de todos los proponentes. La Municipalidad podrá publicar, incluso antes de estas fechas, los documentos que estime necesarios (enmiendas) y que ayuden al mejor entendimiento de la licitación y, por ende, de la oferta de los proponentes. Las modificaciones a las Bases deberán realizarse mediante acto administrativo totalmente tramitado, antes del cierre de recepción de las ofertas. La incorporación de estas respuestas y aclaraciones a la propuesta del Proponente, es de su exclusiva responsabilidad. Será responsabilidad del contratista cerciorarse de la existencia de estas eventuales aclaraciones a las Bases de Licitación, las cuales formarán parte del contrato que se celebre. Cabe señalar que las respuestas que se entreguen en el proceso de consultas y aclaraciones formarán parte integrante de la presente licitación, para todos los oferentes, por lo tanto, bajar el documento de aclaración del portal Mercado Público, es de exclusiva responsabilidad de cada participante. En consecuencia, no se admitirá reclamo alguno fundado en el desconocimiento de las aclaraciones de parte de cualquier participante que no haya bajado el documento en la forma antes prevista. La Municipalidad se reserva el derecho de no contestar preguntas que, a su juicio, no sean pertinentes al proceso o perjudiquen el desarrollo de la licitación.
PRESENTACION ANTECEDENTES OMITIDOS
Los encargados de evaluar podrán aceptar ofertas que presenten defectos de forma, omisión o errores menores, siempre que éstos no sean sobre cuestiones de fondo, ni su corrección altere el monto de su oferta, ni atente contra el proceso de licitación y el principio de igualdad de los oferentes. Podrán permitir la presentación de certificaciones o antecedentes que los oferentes hayan omitido presentar al momento de efectuar la oferta, siempre que dichas certificaciones o antecedentes hayan sido emitidos o tengan fecha anterior al plazo de cierre de recepción de ofertas. Para ello se les especificará un plazo breve y fatal, a través del foro inverso disponible en la plataforma www.mercadopublico.cl. En estos casos se les asignará un menor puntaje a las ofertas que no cumplieron dentro del plazo, en el criterio de evaluación Cumplimiento de Requisitos Formales. La presentación de antecedentes debe realizarse en un plazo máximo de 48 horas hábiles, desde la notificación a través del sistema de información Mercado Público www.mercadopublico.cl
RESOLUCION DE EMPATES
RESOLUCIÓN DE EMPATES En caso de producirse empate en el puntaje final entre dos o más ofertas, se adjudicará a la oferta con mayor puntaje obtenido en el criterio “Oferta económica”. De persistir el empate, se preferirá y adjudicará a la oferta que hubiere obtenido mayor puntaje en el criterio “Comportamiento Contractual” de perdurar el empate, se propondrá para adjudicar a la empresa con mayor puntaje en el criterio “Cumplimiento de Requisitos Formales”. Excepcionalmente, si el empate continúa, será utilizará como desempate el criterio “Experiencia del Oferente”, en el caso que se mantenga el empate, se utilizará el criterio “Experiencia del Profesional Residente”, de persistir el empate se adjudicará al proponente con mayor puntaje en el criterio “Capacidad Económica”, y por último de mantenerse el empate se considerará el criterio ”Programa de Integridad y Compliance” proponiendo la adjudicación de la oferta que tenga mayor puntaje en el mencionado criterio. Si se presenta la situación que, aun utilizando los criterios de desempate expuestos precedentemente, se mantiene el empate entre las ofertas, se adjudicará a la empresa que haya efectuado primero su oferta en portal www.mercadopublico.cl, el cual, será verificado en el documento comprobante de ingreso de la oferta.
FORMA DE PAGO
DE LOS ESTADOS DE PAGOS ESTADO DE PAGO POR AVANCE DE OBRA El Gobierno Regional de Coquimbo pagará al Contratista, el valor de las obras efectivamente ejecutadas, las que serán presentadas en estados de pagos por avance de obra. El último estado de pago será cancelado una vez emitido el decreto que aprueba el Acta de Recepción Provisoria de las obras. Los estados de pagos serán considerados como abonos parciales que efectúa el Mandante y en ningún caso se estimarán como una recepción parcial o total de la obligación cumplida por el Contratista. El estado de pago deberá ser firmado, fechado y recibido satisfactoriamente por el Inspector Técnico de Obra, en el cual deberá deducirse las retenciones establecidas en las presentes Bases y los demás descuentos que procedan. Los estados de pago se cancelarán de acuerdo a los Precios Unitarios del Presupuesto ofertado por el contratista. El contratista debe tener en cuenta que las partidas cuyas unidades se contemplan en carácter global, de acuerdo a Formulario N° 7, serán pagadas cuando se encuentren totalmente ejecutadas. Los Estados de Pago correspondiente a aumento de obra y/u obras extraordinarias deberán continuar con la numeración de pago correlativo al contrato original. El último estado de pago se deberá presentar una vez obtenida la recepción provisoria, de acuerdo a lo estipulado en el Artículo 29 de las presentes Bases y no deberá ser inferior al 5% del monto contratado. El contratista deberá facturar por la totalidad del saldo del contrato, independiente de los descuentos por aplicación de multas que haya cursado la ITO. Los montos de las multas se harán efectivos según se establece en el artículo 27 de las presentes bases administrativas. PRESENTACIÓN DE LOS ESTADOS DE PAGO Se adoptará el sistema de Estados de Pago por estado de avance de la obra, es decir de acuerdo al avance físico por partidas que esta presenta al momento de cursar el estado de pago. La forma de presentar la documentación en cada estado de pago será en coordinación con la Inspección Técnica de Obras. Posterior a la fecha de entrega de terreno, el contratista presentará los avances físicos acumulados programados a los días 15 o días hábil anterior desde el comienzo de la obra hasta el término, según formatos dispuestos por el Gobierno Regional. Las partidas indicadas como GLOBALES en el presupuesto serán canceladas cuando se encuentren ejecutadas en un 100%. Los Estados de Pago se presentarán a la Inspección Técnica de la Obra (ITO) dependiente de la Dirección de Obras, siempre y cuando efectivamente se hayan ejecutado la cantidad de obra que especifica cada Estado de Pago, el que será remitido para su cancelación. El estado de pago deberá considerar una retención de un 10% hasta completar el 5% del monto contratado. Esta Retención será devuelta en el último Estado de Pago del Contrato, previa entrega de los certificados de los servicios competentes, conexión de los servicios básicos y el Acta de Recepción Provisoria de las Obras. El último Estado de Pago del Contrato, se presentará adjuntando los certificados de los servicios competentes que corresponda, conexión de los servicios básicos y el Acta de Recepción Provisoria de las Obras sin observaciones de ningún tipo. El contratista deberá facturar por la totalidad del saldo del contrato, independiente de los descuentos por aplicación de multas que haya cursado la ITO. Para la presentación de los estados de pago, será responsabilidad de la empresa contratista presentar la siguiente documentación mediante Oficio conductor dirigido al Director de Obras Municipales. a. Carta dirigida al Municipio en la que conste la fecha de cobro del estado de pago y los documentos que acompaña. b. Carátula de solicitud de Estado de Pago, Estado de Avance y Control de Avance del proyecto, que consigne fecha de inicio y corte del estado de pago correspondiente. Firmado por el ITO. (Formato Gobierno Regional) c. Nómina de trabajadores que se han desempeñado en la obra. d. Certificado de cumplimiento de Obligaciones Laborales F30-1, emitido por la Dirección Provincial del Trabajo, en el que conste que se encuentran pagadas las obligaciones laborales y previsionales de los trabajadores en el periodo en que se cursa el estado de pago. En el caso que el E.P. se corte antes de la fecha límite que por ley la empresa está obligada a pagar las obligaciones laborales de sus trabajadores, se podrá presentar el F30-1 del mes anterior. e. Contrato de ejecución de las obras subcontratadas, en el caso que las hubiere. f. Si el contratista subcontratara parcialmente las obras, de acuerdo al punto 36 de las Bases Administrativas Generales, se exigirá el Certificado de Obligaciones Laborales y las planillas de imposiciones previsionales pagadas correspondientes a los trabajadores del subcontratista. Si la empresa no subcontrata obras para el estado de pago en curso, deberá presentar un certificado notarial, que indique que no tiene partidas subcontratadas. g. Set de Fotografías, que den cuenta que las partidas cobradas en el estado de pago se encuentran ejecutadas y que muestren el avance de la obra. h. Certificado (s) de ensayo (s) de materiales (si corresponde). i. Certificaciones de calidad de materiales y/o partidas del proyecto, que hayan sido solicitados por la inspección técnica de obra (I.T.O), (si corresponde). j. Certificado de Conformidad debidamente firmado por el Inspector Técnico de Obras (formato GORE) En el caso del Primer Estado de Pago, se deberá acompañar adicionalmente lo siguiente: i. Acta de Entrega de Terreno (copia) ii. Contrato de obra. Copia. iii. Garantía por Fiel Cumplimiento del Contrato y correcta ejecución de las Obras (copia). iv. Fotografía del letrero de obra instalado. Para cursar el último estado, además de los documentos solicitados para la presentación de los estados de pagos, se deberá acompañar lo siguiente: i. Acta de Recepción Provisoria sin Observaciones, emitida por la ITO y la comisión de Recepción, aprobada por Decreto Exento. ii. Certificado de Antecedentes Laborales y Previsionales, F-30, emitido por la Dirección Provincial del Trabajo, con vigencia a la aprobación del estado de pago por parte de la Inspección Técnica de Obras. iii. Boletas canceladas al día de pago de servicios de agua potable, alcantarillado y electricidad, de forma que no existan deudas al momento de la entrega de la obra u otro certificado que acredite que la empresa no tiene deudas por dichos servicios utilizados durante la ejecución de la obra. El valor total del último Estado de Pago no deberá ser inferior al 5% del monto total del contrato suscrito. La Inspección Técnica enviará el estado de pago a la Secretaría Comunal de Planificación y ésta lo remitirá al Gobierno Regional para revisión. Una vez que el estado de pago se encuentre aprobado por el Gobierno Regional de Coquimbo, la empresa podrá emitir la Factura. FACTURACIÓN Y PAGOS La factura deberá ser extendida a nombre del Gobierno Regional de Coquimbo, Rut 72.225.700-6, dirección calle Arturo Prat N°350, La Serena. La factura debe ser emitida y entregada a la Inspección Técnica una vez que el Estado de Pago se encuentre aprobado por el Gobierno Regional de Coquimbo. La Unidad Técnica ingresará al Gobierno Regional de Coquimbo, por oficio, los antecedentes que respaldan el estado de pago, la factura válidamente emitida por el monto exacto del estado de pago visado conforme y será recepcionada por el Gobierno Regional en el sistema digital del Servicio de Impuestos Internos para proceder a su pago de acuerdo a los plazos señalados en el artículo 3° de la Ley N°19.983. Toda factura remitida al Gobierno Regional con anterioridad a la visación conforme del estado de pago, será rechazada por falta de acreditación del cumplimiento de las obligaciones contractuales relacionadas con el estado de pago. El contratista deberá validar los siguientes puntos al momento de emitir la factura: 1. Verificar si el DTE fue recibido y aceptado por el SII. 2. Si el proveedor envió el archivo xml a la casilla de intercambio dipresrecepcion@custodium.com 3. Que en el Campo de Referencia 801 (Orden de Compra) quede sin completar. El contratista al momento de emitir la factura electrónica a nombre del Gobierno Regional de Coquimbo, y en un plazo no mayor de 3 días corridos, deberá comunicar la emisión de la Factura a la Secretaría Comunal de Planificación adjuntando el formato PDF a los correos electrónicos: ralegre@municoquimbo.cl c.c. a jbugueno@municoquimbo.cl.; vpalmar@municoquimbo.cl El plazo para reclamar del contenido de la factura será de 8 días corridos contados desde la emisión de la factura, una vez que el estado de pago respectivos, se encuentre visado conforme de manera previa, comunicándose tal circunstancia al Inspector Técnico de Obras. Si el contratista no da aviso de la emisión de la factura como se establece en el párrafo anterior o la emite previo a la aprobación del estado de pago por el Gobierno Regional, ésta será irrevocablemente rechazada en el sistema del S.I.I., debiendo el contratista emitir una nota de crédito que anule la factura rechazada. Por lo anterior no se podrá Factorizar, sin haber cumplido con las exigencias indicadas anteriormente. Cumplido lo anterior, la empresa está en condiciones de factorizar, para lo cual deberá acompañar carta con dicha intención dirigida al Inspector Técnico de Obras, indicando N° de factura, fecha, monto y nombre del factoring con el cual realizará la operación a fin de que los responsables de autorizar cesiones de facturas puedan firmar. Los pagos por conceptos de estados de pagos se efectuarán dentro de los treinta días corridos siguientes a la recepción de la factura, en cumplimiento a al artículo 2° de la Ley N° 21.131 y al artículo 133 del Reglamento de Compras Públicas. PAGOS INDEBIDOS En el caso que se produjeren pagos indebidos al contratista por error aritmético o partidas mal aprobadas por el Inspector Técnico de Obras o cualquier otra situación que derive en un desembolso a favor del contratista, pago que no correspondería y que la empresa no tiene derecho, el Inspector Técnico notificará al contratista de esta situación, vía correo electrónico o libro de obras. Notificado lo ocurrido a la empresa, está obligada a restituir los valores pagados en exceso, pudiendo descontarse del siguiente estado de pago a cursar después de ocurrido el pago indebido. Para el caso que el pago indebido se produjere en el pago del último estado de pago, el Inspector Técnico deberá requerir al contratista vis oficio la restitución de los montos correspondientes, dentro de un plazo de 30 días hábiles, desde que se tomó conocimiento del pago indebido, pudiendo notificar a la empresa a través del sistema de información. En caso que el contratista no proceda a la restitución en el plazo solicitado, la Unidad Técnica informará dicha situación a la Dirección de Compras, para que inicie un procedimiento de suspensión, en conformidad a los artículos 160 numeral 9 y 161 del Reglamento de Compras Públicas. RETENCIONES En cada Estado de pago el Municipio retendrá el 10% del valor del avance de obra, hasta enterar un 5% del valor total del contrato, incluidos sus aumentos, como garantía de la correcta ejecución de los trabajos y del cumplimiento de todas las obligaciones del contrato, laborales y sociales de los trabajadores contratados para la obra, hasta la Recepción Provisoria del Contrato. Las retenciones serán devueltas en forma conjunta con el último estado de pago una vez suscrita el Acta de Recepción Provisoria de parte de la Inspección Técnica de Obras. La devolución de las retenciones señalada en el inciso anterior se hará efectiva una vez que el Acta de Recepción Provisoria sea aprobada por decreto por la Municipalidad de Coquimbo y la Inspección Técnica de Obras apruebe la Carátula de Devolución de Retenciones. DESCUENTOS Del estado de pago se restarán los valores que correspondan por concepto de retenciones y multas que hubiere lugar de acuerdo al contrato.
CRITERIOS EVALUACION
CRITERIOS DE EVALUACIÓN De acuerdo de lo dispuesto en el literal a) del número 7, del INSTRUCTIVO DE CARÁCTER GENERAL N°6/2024, dictado por el Tribunal de Defensa de Libre Competencia con fecha 30/12/2024, publicado en el Diario Oficial el 19/03/2025, esta entidad licitante dispondrá una evaluación de dos etapas, en los términos que se establece en el inciso tercero del artículo 43 del Reglamento de la Ley de Compra. Así, las condiciones habilitantes o de aptitud del proponente para llevar a cabo la obra licitada, serán evaluadas en la Etapa I. De dicho examen y evaluación contemplado en la Etapa I, pasarán a la Etapa II de evaluación, aquellos oferentes que no hayan sido declarados inadmisibles, y aquellos que obtengan un puntaje mínimo igual o superior a 60 puntos. El puntaje en la Etapa I no será factor a considerar en la Etapa II, la cual contempla criterios específicos. La evaluación de la Etapa II se realizará según los criterios dispuestos en estas bases administrativas, en cumplimiento de lo instruido en el Instructivo de Carácter General N° 6-2024, ya citado, de manera que todos los oferentes que pasen a la Etapa II estarán en las mismas condiciones iniciales. Para el análisis de las condiciones habilitantes o aptitud de los proponentes y la evaluación de las ofertas, la comisión ponderará los siguientes factores de acuerdo al porcentaje que se indica, en la etapa respectiva, los que serán evaluados según puntaje de cero (0) a cien (100), siendo el cien (100) la mayor ponderación de las ofertas. El análisis y evaluación de las propuestas se realizará mediante la aplicación de la siguiente pauta a cada oferente según la etapa respectiva. EVALUACIÓN ETAPA I La Etapa I considera las condiciones habilitantes o de aptitud del oferente. Se considerará: la experiencia del oferente, experiencia del profesional residente, capacidad económica y el programa de integridad. Aquellos oferentes cuya puntuación en la Etapa I sea igual o superior a 60 puntos, pasarán a la evaluación de la Etapa II, en caso contrario la oferta será declarada inadmisible. CRITERIOS EVALUACIÓN ETAPA I.- Criterios Ítem Porcentaje A Experiencia del Oferente 50% B Experiencia del Profesional Residente 20% C Capacidad Económica 25% D Programa Integridad y Compliance 5% El análisis y evaluación de cada propuesta se realizará mediante la aplicación de la siguiente pauta: A) – EXPERIENCIA DEL OFERENTE 50 % Para la evaluación de este criterio se aplicará lo siguiente: i. Se considerará la experiencia que se encuentre indicada en Formulario N°4 y que esté acreditada con los correspondientes certificados de experiencia, contratos debidamente respaldados según se dispone en el artículo 11.3 número 8. ii. Para el caso, que la experiencia se encuentre indicada en el Formulario N°4 y no se acredite con documento de respaldo según se dispone en el artículo 11.3 número 8, no será considerada por Comisión Evaluadora. iii. Para el caso, que la experiencia no se encuentre indicada en el Formulario N°4 y se presente documentos de respaldo según se dispone en el artículo 11.3 número 8, dicha experiencia será considerada por la Comisión Evaluadora. iv. Experiencia distinta a la construcción de obras de edificación no será considerada por la Comisión Evaluadora en la evaluación del criterio experiencia. El puntaje se estipulará de acuerdo a la siguiente tabla: M2 Construidos Puntaje Igual o mayor que 2.000 m2 100 puntos Entre 1.999 y 1.500 m2 80 puntos Entre 1499 y 1000 m2 60 puntos Entre 999 y 500 m2 30 puntos Entre 499 y 200 m2 20 puntos Menor a 200 m2 0 puntos Puntaje Experiencia del Oferente = Puntaje obtenido x 0.50 B) – EXPERIENCIA DEL PROFESIONAL RESIDENTE 20 % Para la evaluación de este criterio se considerarán los contratos del Profesional Residente que cumpla con lo establecido en el artículo 11.3 número 11 de las presentes Bases Administrativas, los cuales deben indicarse en el Formulario N°5. Para la evaluación de este criterio se aplicará lo siguiente: a) Se considerará la experiencia que se encuentre indicada en Formulario N°5 y que esté acreditada y debidamente respaldada según se dispone en el artículo 11.3 número 11 letras i y ii de las presente bases administrativas b) Para el caso, que la experiencia se encuentre indicada en el Formulario N°5 y no sea respaldada según se dispone en el artículo 11.3 número 11letras i y ii, no será considerada por Comisión Evaluadora. c) Para el caso, que la experiencia no se encuentre indicada en el Formulario N°5 y se encuentre respaldada según se dispone en el artículo 11.3 número 11 letras i y ii, dicha experiencia será considerada por la Comisión Evaluadora. Cantidad de Documentos Puntaje Mayor o igual a 5 100 puntos 4 80 puntos 3 50 puntos 2 30 puntos 1 20 puntos Nota: Experiencia distinta a la construcción de obras de edificación no será considerada por la Comisión Evaluadora en la evaluación del criterio experiencia. Puntaje Experiencia del Profesional Residente = Puntaje obtenido x 0.2 C) CAPACIDAD ECONÓMICA 25% La capacidad económica será determinada por el Capital Propio Tributario del oferente, en relación al presupuesto referencial de la licitación pública. El capital propio tributario será obtenido en base al Formulario 22 Declaración de la Renta año 2025 del S.I.I. y al Certificado de Capital Tributario emitido por una institución bancaria. Este criterio se evaluará según la siguiente tabla: Capital Propio Tributario (CPT) Puntaje CPT mayor o igual a 50% 100 puntos CPT entre 49% y 31% 80 puntos CPT entre 30% y 21% 50 puntos CPT entre 20% y 11% 20 puntos CPT entre 5 o igual a 10% 10 puntos CPT menor a 5% Se declara inadmisible Nota 1: Los oferentes que presenten un capital propio tributario igual o superior al 50% del presupuesto referencial de la licitación pública, obtendrán el puntaje máximo del criterio. Los demás oferentes serán evaluados de acuerdo a la tabla precedente. Los oferentes cuyo capital propio tributario sea inferior al 5% del presupuesto referencial de la licitación pública, sus ofertas se declararán inadmisibles. Puntaje Capacidad Económica = Puntaje CPT x 0.25 D) PROGRAMA DE INTEGRIDAD Y COMPLIANCE 5% En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 17 del Reglamento de la Ley de Compras Públicas y al Dictamen N° E370752 del año 2023 de la Contraloría General de la República, procede incluir un criterio de evaluación referido a si los oferentes cuentan con programas de integridad conocidos por su personal. En ese tenor, el criterio Pacto de Integridad se orienta a evaluar de acuerdo a las disposiciones contenidas en el inciso primero y sexto del artículo 4° de la ley N° 19.886, en el N° 2) del artículo 8° de la ley N° 20.393, que regula la responsabilidad penal de las personas jurídicas respecto de los delitos que indica, y en la letra d) del artículo 26 del decreto Ley 211 de 1973, que fija Normas para la Defensa de la Libre Competencia, que quienes contraten con la Administración del Estado, demuestren que han tenido un comportamiento íntegro, lo que se traduce en que las personas que trabajen para esos proveedores y participen en las actuaciones que deben llevarse a cabo durante la etapa concursal, y luego en la ejecución del contrato, procedan con la debida integridad. Este criterio evalúa si la empresa oferente cuenta con un programa de integridad conocido por sus directivos y trabajadores, según la información contenida en el Formulario N° 3 y los documentos solicitados. Para el caso de una empresa oferente se evaluará de la siguiente forma: I. Se evaluará con 100 puntos al Proveedor que adjunte programa de integridad conocido y documento que acredita ser por sus trabajadores. II. Se evaluará con 0 puntos si el proveedor no cuenta o no adjunta el programa de integridad conocido por sus trabajadores. Para el caso que el oferente sea una UTP, se evaluará de la siguiente forma. I. Se evaluará con 100 puntos, si cada una de las empresas que componen la UTP adjuntan el programa de integridad y documento que acredita ser conocido por sus trabajadores. II. Se evaluará con 0 puntos, si alguna de las empresas que componen la UTP no cuentan o no adjuntan el programa de integridad y/o no presenta el documento que acredita ser conocido por sus trabajadores. Puntaje Programa de Integridad y compliance = Puntaje obtenido x 0.05 PUNTAJE ETAPA I El puntaje para la Etapa I se calculará sumando los puntajes obtenidos en los criterios indicados anteriormente. Puntaje Etapa I = A + B + C + D Los oferentes analizados y evaluados en la Etapa I que pasarán a la Etapa II serán los que obtengan un puntaje igual o superior a 60 puntos. En caso contrario la oferta será declarada inadmisible. EVALUACIÓN ETAPA II Tal como lo dispone el literal a) del número 7, del INSTRUCTIVO DE CARÁCTER GENERAL N°6/2024, dictado por el Tribunal de Defensa de Libre Competencia con fecha 30/12/2024, publicado en el Diario Oficial el 19/03/2025, los oferentes cuyas ofertas hubiesen obtenido un puntaje igual o mayor a 60 puntos en la evaluación de la Etapa I, pasarán a evaluación de la Etapa II, por lo que se procederá a la apertura de los antecedentes económicos en el portal www.mercadopublico.cl. En la Etapa II todos los oferentes estarán en las mismas condiciones iniciales para la evaluación. CRITERIOS EVALUACIÓN ETAPA II.- Criterios Ítem Porcentaje F Oferta Económica 90% G Comportamiento contractual 5% H Cumplimiento de requisitos formales 5% F) OFERTA ECONÓMICA 90 % Corresponde al monto total ofertado indicado en el Formulario N°6 de Oferta Económica. Se evaluará con el mayor puntaje la oferta más conveniente (menor precio ofertado). Si todas las ofertas son mayores al presupuesto referencial, se considerará el monto referencial como oferta más conveniente. Las demás ofertas serán evaluadas de acuerdo a la siguiente formula. Pje Oi = (Oe/Oi)* 100 Donde: Pje Oi : Puntaje obtenido por oferente i Oe : Oferta más conveniente (menor precio ofertado) Oi : Oferta del oferente i Puntaje Oferta Económica = Puntaje obtenido x 0.9 G) COMPORTAMIENTO CONTRACTUAL ANTERIOR 5% I. Se evaluará con 100 puntos al Proveedor que no registra reclamos/sanciones en Mercado Público durante los últimos 24 meses. II. Se evaluará con 50 puntos si el proveedor registra entre 1 y 4 reclamos/sanciones en Mercado Público durante los últimos 24 meses. III. Se evaluará con 0 puntos si el proveedor registra más de 5 reclamos/sanciones en Mercado Público durante los últimos 24 meses. Puntaje Comportamiento contractual anterior = Puntaje obtenido x 0.05 H) CUMPLIMIENTO DE REQUISITOS FORMALES 5% I. Se evaluará con 100 puntos a quien presente la totalidad de los documentos solicitados. II. Se evaluará con 80 puntos, a los proponentes que hayan presentado la totalidad de los antecedentes hasta el cierre de la Licitación, pero se hayan detectado errores menores de llenado o en caso de ser necesario aclarar documentos adjuntos, debiendo realizar una segunda presentación de los formatos. III. Se evaluará con 50 puntos a aquellos oferentes que no presenten un documento requerido en el artículo 11.2 y 11.3 antes del cierre de recepción de ofertas y que no sea esencial. IV. Se evaluará con 0 puntos a aquellos oferentes que no presentaron dos o más documentos requeridos en el artículo 11.2 y 11.3 antes del cierre de recepción de ofertas y que no sean esenciales. Puntaje Cumplimiento de requisitos formales = Puntaje obtenido x 0.05 PUNTAJE ETAPA II El puntaje para la Etapa II se calculará sumando los criterios según se indica: Puntaje Etapa II = F + G + H La comisión evaluadora podrá requerir la participación y asesoría de uno o más funcionarios municipales y los informes técnicos que al efecto se precisen para la adecuada ponderación de las ofertas, además podrá solicitar por escrito a los oferentes, con posterioridad al acto de apertura, las aclaraciones o informaciones que considere oportunas, siempre y cuando ellas no resten transparencia al proceso, no atenten contra los principios de estricta sujeción a las Bases Administrativas y la igualdad de los oferentes. La Comisión Evaluadora levantará un Acta de Evaluación, en donde se propondrá un adjudicatario, rechazar o declarar inadmisibles las ofertas según corresponda. Documento que tendrá que contener lo dispuesto en el artículo 57 del Reglamento (DS N°661 de 2024): los criterios y ponderaciones utilizados en la evaluación de las ofertas, las ofertas que deben declararse inadmisibles por no cumplir con los requisitos establecidos en las bases, en la Ley 19886 o el Reglamento, debiéndose especificar los requisitos incumplidos, la proposición de declaración de la licitación como desierta, cuando no se presentaren ofertas, o bien, cuando la comisión evaluadora juzgare que las ofertas presentadas no resultan convenientes a los intereses del Municipio, la asignación de puntajes para cada criterio y las fórmulas de cálculo aplicadas para la asignación de dichos puntajes, así como cualquier observación relativa a la forma de aplicar los criterios de evaluación y la proposición de adjudicación, dirigida al alcalde para adoptar la decisión final.
10. Demandas ante el Tribunal de Contratación Pública
No cuenta con demandas ante el Tribunal de Contratación Pública.