Licitación ID: 1461054-9-LP25
SUMINISTRO OBRAS MENORES EE LA HIGUERA SLEP ELQUI
Responsable de esta licitación: SERVICIO LOCAL DE EDUCACIÓN PÚBLICA DEL ELQUI
Reclamos recibidos por incumplir plazo de pago: 2
Este número indica los reclamos recibidos por esta institución desde los últimos 12 meses hasta el día de ayer. Recuerde interpretar esta información considerando la cantidad de licitaciones y órdenes de compra que esta institución genera en el Mercado Público.
Dejar un reclamo sobre esta licitación Dejar un reclamo sobre esta licitación
Productos o servicios
1
Construcción de obras civiles 1 Unidad
Cod: 72131702
CONTRATO DE SUMINISTRO DEL SERVICIO DE MANTENIMIENTO, OBRAS MENORES Y CONTINGENCIA DE ESTABLECIMIENTOS EDUCACIONALES Y JARDÍNES VTF DEL SERVICIO LOCAL DE EDUCACIÓN PÚBLICA DEL ELQUI, COMUNA DE LA HIGUERA  

1. Características de la licitación
Nombre de la licitación:
SUMINISTRO OBRAS MENORES EE LA HIGUERA SLEP ELQUI
Estado:
Adjudicada
Descripción:
contrato de suministro para la ejecución del servicio de mantenimiento, reparaciones de obras menores y contingencia para establecimientos educacionales y jardines infantiles de su dependencia ubicados en la comuna de La Higuera, con objeto de satisfacer las necesidades de infraestructura de las unidades educacionales de manera eficaz, eficiente y oportuna.
Tipo de licitación:
Pública-Licitación Pública igual o superior a 1.000 UTM e inferior a 5.000 UTM (LP)
Tipo de convocatoria:
ABIERTO
Moneda:
Peso Chileno
Etapas del proceso de apertura:
Una Etapa
Toma de razón por Contraloría:
No requiere Toma de Razón por Contraloría
Publicidad de ofertas técnicas:
Las ofertas técnicas serán de público conocimiento una vez realizada la apertura técnica de las ofertas.
2. Organismo demandante
Unidad de compra:
P02 Establecimientos Educacionales
R.U.T.:
61.981.040-6
Dirección:
No hay información
Comuna:
No hay información
Región en que se genera la licitación:
Región de Coquimbo
3. Etapas y plazos
Fecha de cierre de recepción de la oferta: 21-07-2025 15:30:00
Fecha de Publicación: 01-07-2025 16:33:56
Fecha inicio de preguntas: 04-07-2025 9:00:00
Fecha final de preguntas: 08-07-2025 12:00:00
Fecha de publicación de respuestas: 10-07-2025 17:30:00
Fecha de acto de apertura técnica: 21-07-2025 15:30:00
Fecha de acto de apertura económica (referencial): 21-07-2025 15:30:00
Fecha de Adjudicación: 04-08-2025 17:20:48
Fecha de entrega en soporte fisico No hay información
Fecha estimada de firma de contrato No hay información
Tiempo estimado de evaluación de ofertas No hay información
4. Antecedentes para incluir en la oferta
Adicionalmente, todos los proveedores para ofertar en esta licitación, deberán obligatoriamente confirmar y firmar electrónicamente la Declaración Jurada de Requisitos para Ofertar.
Documentos Administrativos
1.- a) FORMULARIO N°1: IDENTIFICACIÓN DEL OFERENTE. Formato Identificación del oferente. b) FORMULARIO N°2 (Esencial): ACEPTACIÓN DE BASES. Declaración Jurada de aceptación de bases y conocimiento de los Antecedentes Administrativas y técnicos que regulan el proyecto. Deberá utilizar formato adjunto que se entregará. c) Personas Naturales y Jurídicas: La información del oferente en la etapa de presentación de ofertas solo será validado con la ficha del contratista alojado en la plataforma Mercado Público, información que podrá ser cotejada según lo expuesto por el contratista en el formulario N°1 solicitado en el presente proceso. d) Unión Temporal de Proveedores: El representante de la UTP deberá adjuntar al momento de ofertar, el documento público que da cuenta del acuerdo para participar de esta forma (Esencial), documento que deberá establecer a lo menos, la solidaridad entre las partes respecto a las obligaciones que se generen con la entidad, representante o apoderado común y el o los responsables de emitir factura y recepcionar el pago. e) Documento de inscripción al Rol Único Tributario o E-RUT y/o Declaración jurada de Inicio de Actividades o certificados de modificaciones del mismo, que reflejen la dirección vigente ante el SII. En caso de no acompañar este documento, el oferente será evaluado con cero puntos en “Impacto Local” detallado en los Criterios de Evaluación de las presentes bases, sin que esta omisión sea causal de rechazo de su oferta. f) FORMULARIO N°7: PROGRAMA(S) DE INTEGRIDAD. El contratista deberá indicar si cuenta con programa de Integridad de la empresa conocido por sus trabajadores. Para lo anterior, deberá adjuntar el programa en cuestión y medios verificados de su distribución, tales como actas de entrega, correos electrónicos de distribución, nóminas firmadas por los trabajadores, u otros medios de respaldo que acrediten que dichos programas han sido conocidos efectivamente por sus trabajadores.
Documentos Técnicos
1.- a) FORMULARIO N°5: Formulario en que el oferente declara su experiencia en la provisión de los servicios materia de la presente licitación o de similar naturaleza en instituciones, servicios, organismos, o empresas públicas o privadas, entendiendo éstas como servicios de conservaciones, mejoramientos, construcción, ampliación, normalización, convenios de mantenimiento y/o reparaciones de infraestructura y obras menores. Para validar la experiencia declarada en el formulario, se aceptará únicamente como documentos válidos para su acreditación, cualquiera de los siguientes: - Contratos suscritos con instituciones, servicios, organismos, o empresas públicas con sus respectivas Resoluciones aprobatorias, o solo estas últimas en la medida que estas últimas incorporen el texto del respectivo contrato o convenio, todos debidamente firmados. - Órdenes de Compra provenientes de un contrato emitidas en el sistema Mercado Público, en estado de recepción conforme. - Tratándose de ejecución de contratos para particulares, contratos debidamente suscritos, firmados por las partes, con sus respectivas facturas que acrediten la ejecución el pago de la totalidad de los servicios contratados. - Resoluciones que aprueben recepción definitiva de obras emitidas por la Dirección de Obras Municipales. La experiencia que no sea informada en el formulario N°5, o que no se acredite con la documentación señalada anteriormente, no será considerada para su evaluación, siendo el oferente evaluado con cero puntos en el criterio de evaluación de experiencia del contratista, sin que esta omisión sea causal de rechazo de su oferta; misma situación ocurrirá en el caso de que el contratista no acompañe el formulario N°5 que detalla la experiencia y su documento verificador. Los documentos validadores de experiencia que provengan de un mismo proceso de Licitación, o de un mismo proceso de contratación directa, o las derivadas de la prórroga o ampliación de un contrato anterior, serán contabilizadas como un solo contrato, para efectos de su evaluación. En el caso de las Uniones Temporales de Proveedores, se contabilizará la sumatoria de las experiencias de los integrantes de ésta. b) FORMULARIO N°6 (Esencial): Equipo de trabajo. Documento que identifica el equipo de trabajo base que el contratista presenta en su oferta inicial, la cual, podrá aumentar durante la vigencia del contrato en la medida que la ejecución de las partidas y trabajos solicitados así lo ameriten para la correcta realización de acuerdo con los plazos establecidos en las bases técnicas de la presente licitación. En el equipo de trabajo, el contratista deberá incluir e identificar el Profesional administrador del contrato y la nómina del equipo de mano de obra, que, dada la magnitud del contrato licitado, idealmente debe incluir jornaleros, carpintero, pintor, soldador certificado, electricista, albañil y cerrajero, pudiendo añadir otra mano de obra no especificada en el presente apartado. El proveedor deberá contar con un mínimo de 3 trabajadores como mano de obra indicada, incluyendo al administrador del contrato. Para validar la especialidad o labor del trabajador informado, el formulario N°6 deberá ser acompañado de los currículos vitae y/o cualquier otro documento que acredite su especialidad (contratos, certificados, cursos, títulos, finiquitos, etc.). Por su parte, para el administrador de contrato o profesional encargado de las obras de mantención, se solicitará que su perfil profesional sea acreditado con el certificado de título correspondiente, y su experiencia laboral, mediante currículo vitae.
 
Documentos Económicos
1.- a) FORMULARIO N°3 (Esencial): CARTA OFERTA U OFERTA ECONOMICA. Documento en el cual el proveedor deberá indicar el valor total unitario de todas las partidas que se solicitan y que deben formar parte de su oferta en la comuna de La Higuera, correspondiente a la suma de todos los costos unitarios de la totalidad de partidas indicadas en el formulario N°4 incluidos gastos generales, utilidades e IVA, las cuales se encomiendan de acuerdo a las bases técnicas. Además, en este formulario los contratistas deberán indicar la cantidad de días corridos de cobertura o vigencia de su Garantía Post Mantención. El servicio de mantenimiento, obras menores y contingencia que forma parte del presente proceso, así como su descripción y características técnicas, se encuentran expresamente indicadas en las bases técnicas adjuntas a las presentes bases de Licitación. La oferta económica deberá efectuarse en pesos chilenos, fijo, sin reajustes, impuestos ni intereses de ninguna especie, considerando todos los gastos necesarios para la realización de los servicios requeridos, y en general, todo cuanto implique un gasto para la presentación de la oferta y el cumplimiento de la relación contractual, sea este directo o causa de él. El Servicio Local no efectuará ningún pago adicional o distinto al señalado por el Oferente en su oferta económica. b) FORMULARIO N°4 (Esencial): PRESUPUESTO DETALLADO O ITEMIZADO. . Documento en formato excel que incluye todas las partidas que acrediten el desarrollo del proyecto de acuerdo a lo solicitado en Bases Técnicas, en el cual, el proveedor deberá indicar el valor unitario de cada una de las partidas que se solicitan como base del contrato de suministro y que forman parte de la oferta del contratista, indicando el valor neto unitario de cada partida, costo directo total unitario, más gastos generales y utilidades, sumado el Impuesto al Valor Agregado. Los contratistas deberán indicar separadamente el costo directo, sus gastos generales y utilidades, en monto y porcentaje, generando el valor neto y sumar el impuesto IVA, lo que da el valor total ofertado unitario por línea. Cada partida que formara parte del contrato de suministro de mantenimiento, obras menores y contingencia, así como su descripción y características técnicas, se encuentran expresamente indicadas y descritas en las bases técnicas que formas parte de las presentes bases de Licitación. Los precios unitarios de los productos que regirán durante la vigencia del contrato de suministro, serán aquellos contenidos en el formulario N°4 presentado por el oferente. En él, se deben incluir los precios unitarios considerando los materiales, insumos, herramientas, junto con todo lo necesaria para su instalación, mantención o reparación, y todos los costos y accesorios requeridos para asegurar la correcta ejecución de cada partida. Asimismo, los oferentes de forma obligatoria deberán ajustar sus precios unitarios para cada una de las partidas que forman parte de este proceso de Licitación, de acuerdo a los precios máximos definidos por el Servicio Local de Educación Elqui. Los valores unitarios máximos presupuestados para cada partida, serán los indicados en el formulario N°4, correspondiente al presupuesto detallado o itemizado.
5. Requisitos para contratar al proveedor adjudicado
Persona natural
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.
 
2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.
 
3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.
 
4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.
 
5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.
 
6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.
 
7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.
 
8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).
 
Documentos persona natural
- Fotocopia Legalizada de Cédula de Identidad
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
Persona jurídica
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.

2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.

3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.

4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.

5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.

6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.

7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.

8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).

Documentos persona jurídica
- Fotocopia Legalizada del Rut de la Empresa
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
- Certificado de Vigencia de la Sociedad
- (1) Certificado de Boletín de Informes Comerciales
- (1) Certificado de Quiebras/Convenio Judicial
6. Criterios de evaluación
ÍtemObservacionesPonderación
1 EXPERIENCIA DEL CONTRATISTA Para la evaluación de este criterio, únicamente se considerará la experiencia declarada en el formulario N°5 y acreditada conforme disponen estas bases. Por ello, se revisará el referido formulario y la documentación acompañada por los oferentes. Revisar cuadro de puntuacion indicado en bases administrativas 15%
2 PERSONAL PERMANENTE Criterio que evalúa y pondera el personal permanente que disponga el oferente para las especialidades y trabajos; este formulario deberá ser acompañado de sus currículos vitae y/o cualquier otro documento que acredite su especialidad (contratos, certificados, cursos, títulos, finiquitos, etc.). El puntaje será asignado de acuerdo a la tabla indicada en bases 10%
3 IMPACTO LOCAL Para la determinación del puntaje de cada oferente en este criterio, se evaluará considerando la comuna de la dirección registrada en el E-RUT, o certificado de Inicio de actividades o su modificación (vigentes) ante el Servicio de Impuestos Internos. El puntaje será asignado de acuerdo a la tabla indicada en bases 20%
4 CUMPLIMIENTO DE REQUISITOS FORMALES I. Se evaluará con 100 puntos a quien presente la totalidad de los documentos solicitados en los puntos 8.4.2, 8.4.3 y 8.4.4 de esta Bases, sin que se soliciten aclaraciones o correcciones a su oferta. II. Se evaluará con 80 puntos, a los proponentes que hayan presentado la totalidad de los documentos solicitados en los puntos 8.4.2, 8.4.3 y 8.4.4 de esta Bases , pero respecto a los cuales se solicitaron una o más solicitudes de aclaración de su oferta, sin necesidad de acompañar documentos faltantes, debido a errores menores, o para aclarar documentos adjuntos. III. Se evaluará con 50 puntos a aquellos oferentes que no presenten antes del cierre de recepción de ofertas un documento requerido en el artículo 8.4.2, 8.4.3 y 8.4.4, y que no sea esencial. IV. Se evaluará con 0 puntos a aquellos oferentes que no presenten, antes del cierre de recepción de ofertas dos o más documentos requeridos en el artículo 8.4.2, 8.4.3 y 8.4.4 y que no sean esenciales. 3%
5 PROGRAMAS DE INTEGRIDAD DEL PROVEEDOR I. El oferente cuenta con programas de integridad que sean conocidos por el personal, y además de acompañar los programas de integridad, adjunta medios de verificación para acreditar son conocidos por estos (correos electrónicos, actas de entrega programa firmada por quien la recibe, etc.) 100 puntos. II. No cuentan con programas de integridad que sean conocidos por el personal o cuenta con programas de integridad, pero no adjunta medios de verificación para acreditar que son conocidos por su personal, o no adjunta dichos programas. 0 puntos. 2%
6 SERVICIO DE GARANTIA POST MANTENCION Este criterio buscar evaluar los tiempos de vigencia y cobertura de las garantías por las obras menores, de mantención y/o contingencia realizadas, revisando el plazo ofertado en el formulario N°3, en donde se deberá detallar el periodo de garantía post mantención incluido para todas y cada una de las partidas del presupuesto, que deben ser expresadas en días corridos. Revisa tabla en bases 5%
7 OFERTA ECONOMICA Corresponde al monto total unitario IVA incluido ofertado en el Formulario de N°3 “Oferta Económica”, resultante de la sumatoria de cada partida unitaria indicada en el Presupuesto detallado o itemizado contenido en el Formulario N°4. Se evaluará con el mayor puntaje (100 puntos) a la oferta más conveniente o económica. Las demás ofertas serán evaluadas de acuerdo a la siguiente fórmula: Fórmula de Cálculo: Pje. Oi = ((Oe/Oi)*100)*45%) Donde: Pje. Oi : Puntaje obtenido por oferente i. Oe : Monto de la oferta más económica. Oi : Monto de la oferta del oferente i. 45%

7. Montos y duración del contrato
Estimación en base a: Presupuesto Disponible
Fuente de financiamiento: LEY DE PRESUPUESTO PUBLICO - P02
Monto Total Estimado: 69446615
Contrato con Renovación: NO
Observaciones Sin observaciones
Tiempo del Contrato 18 Meses
Plazos de pago: 30 días contra la recepción conforme de la factura
Opciones de pago: Transferencia Electrónica
Nombre de responsable de pago: VIVIANA GARAY
e-mail de responsable de pago: viviana.garay@slepelqui.gob.cl
Nombre de responsable de contrato: Francisca Pérez García
e-mail de responsable de contrato: francisca.perez@slepelqui.gob.cl
Teléfono de responsable del contrato: 56-9-42203726-
Prohibición de subcontratación: Se permite subcontratación
8. Garantías requeridas
    Garantía fiel de Cumplimiento de Contrato
Beneficiario: Servicio Local de Educación Pública Elqui
Fecha de vencimiento: 31-03-2028
Monto: 5 %
Descripción: En virtud de lo que dispone el Artículo 121° del Reglamento de la Ley de Compras Públicas N°19.886 y de acuerdo al Artículo Nº 11 de la Ley Nº19.886, la empresa adjudicataria a más tardar a la firma del Contrato, deberá entregar una Garantía extendida a favor del Servicio Local de Educación Pública Elqui, R.U.T. N° 61.981.040-6, por un monto equivalente al 5% del valor neto del Contrato, cuyo objetivo es garantizar el fiel y oportuno cumplimiento del contrato y su correcta ejecución, como también, caucionar el pago de las obligaciones laborales y sociales con los trabajadores de el o los contratantes. Su glosa debe decir: “Garantía de fiel cumplimiento de contrato y correcta ejecución de del CONTRATO DE SUMINISTRO DEL SERVICIO DE MANTENIMIENTO, OBRAS MENORES Y CONTINGENCIA DE ESTABLECIMIENTOS EDUCACIONALES Y JARDÍNES VTF DEL SERVICIO LOCAL DE EDUCACIÓN PUBLICA DEL ELQUI, COMUNA DE LA HIGUERA”, la que deberá ser extendida a favor del Servicio Local de Educación Pública Elqui, R.U.T. N° 61.981.040-6 La Garantía por Fiel Cumplimiento del Contrato y Correcta Ejecución del contrato debe caucionar el plazo de ejecución o vigencia del contrato de 18 meses, más 13 meses. Si no se ha entregado la Garantía indicada precedentemente, el Servicio Local Elqui, si así lo determina, podrá dejar sin efecto la adjudicación y adjudicar al oferente que le siga en puntaje de acuerdo a la evaluación de las propuestas y así sucesivamente o llamar a un nuevo proceso público. Si en el curso de la ejecución del proyecto se introdujeren aumentos y/o modificaciones al contrato, deberán también rendirse garantías sobre estas modificaciones, en el porcentaje indicado y sobre el monto de esas partidas adicionales, con vigencia igual al plazo de ejecución más 13 meses, sumado a la modificación de plazo aprobada en caso que se contemple. El proveedor será responsable de mantener vigente las garantías de “Fiel y Oportuno Cumplimiento y Correcta Ejecución del Contrato”, si éste aumenta su plazo, o si, por cualquier otra causa, expirare su vigencia. La sola aceptación de las presentes bases implica la autorización del oferente al SLEP Elqui de para cobrar y hacer efectiva la garantía, sin necesidad de notificación previa, ni requerimiento administrativo judicial. Asimismo, determina la autorización expresa del oferente para aplicar los fondos recuperados de la garantía a satisfacción de los perjuicios causados y de su retención para el pago de eventuales responsabilidades. La garantía de Fiel Cumplimiento del contrato, se cobrará y hará efectiva, en todos los casos establecidos en las presentes bases de Licitación, y, además, en todos aquellos casos en que el Servicio Local de educación ponga término anticipado al contrato de suministro que se suscriba. Las garantías de “Fiel y oportuno cumplimiento del contrato y correcta ejecución del servicio” se devolverá al proveedor adjudicado una vez vencido el plazo de su vigencia, y se haya efectuado la recepción conforme de los servicios por parte del SLEP Elqui, sin observaciones de ninguna especie.
Glosa: Garantía de fiel cumplimiento de contrato y correcta ejecución de del CONTRATO DE SUMINISTRO DEL SERVICIO DE MANTENIMIENTO, OBRAS MENORES Y CONTINGENCIA DE ESTABLECIMIENTOS EDUCACIONALES Y JARDÍNES VTF DEL SERVICIO LOCAL DE EDUCACIÓN PUBLICA DEL ELQUI, COMUNA DE LA HIGUERA
Forma y oportunidad de restitución: Las garantías de “Fiel y oportuno cumplimiento del contrato y correcta ejecución del servicio” se devolverá al proveedor adjudicado una vez vencido el plazo de su vigencia, y se haya efectuado la recepción conforme de los servicios por parte del SLEP Elqui, sin observaciones de ninguna especie.
9. Requerimientos técnicos y otras cláusulas
Cláusula de Readjudicación
La presente Licitación contempla la posibilidad de readjudicación en los términos señalados en el Artículo 58°, inciso final del Reglamento. Asimismo, procederá la readjudicación si por motivos imputables al adjudicatario, en dichos casos, el Servicio Local podrá dejar sin efecto la adjudicación y seleccionar al Oferente que, de acuerdo con el resultado de la evaluación, le siga en puntaje en la línea correspondiente y así sucesivamente, a menos que, de acuerdo a los intereses del servicio, se estime conveniente declarar desierta la licitación.
PARTICIPANTES
Podrán participar en la presente licitación, personas naturales o jurídicas, nacionales y extranjeros, que desarrollen actividades en el rubro de los bienes y servicios solicitados, que se encuentren inscritos en el registro de proveedores del Estado (Chileproveedores) en estado hábil y que cumplan con los requisitos establecidos en el artículo 4° y 35° quater de la Ley N°19.886, de Bases sobre contratos administrativos de suministro y prestación de servicios, respecto a las cuales no concurra alguna de las causales de inhabilidad contenidas en los precitados artículos.
INHABILIDADES PARA PARTICIPAR EN LA LICITACION
No podrán participar en la presente licitación ni celebrar el contrato con el SLEP, aquellos oferentes que se encuentren afectos a alguna de las inhabilidades establecidas en el artículo 4° de la Ley de Compras y aquellas indicadas en el capítulo VII, artículo 35 quáter de la Ley N°19.886. Tratándose de personas jurídicas, no podrán participar aquellas que hayan sido condenadas a pena de prohibición de celebrar actos y contratos con organismos del Estado, de conformidad con la Ley N°20.393, que establece la Responsabilidad Penal de las personas Jurídicas en los delitos de Lavado de Activos, Financiamiento del Terrorismo y Delitos de Cohechos que indica
ACLARACION DE ANTECEDENTES, SERIE DE CONSULTAS Y RESPUESTAS
Las consultas que los oferentes deseen realizar con relación a la materia de esta licitación deberán ser efectuadas a través del foro del Portal. Las respuestas se pondrán a disposición de los oferentes a través del mismo modo. Las consultas o aclaraciones efectuadas por e-mail u otra vía se considerarán inválidas. De conformidad a lo establecido en el artículo 35° Ter de la Ley N°19.886, se prohíbe la comunicación entre los oferentes, participantes o interesados en el proceso de contratación, una vez iniciado el procedimiento de contratación, o entre eventuales interesados o participantes en él y las personas que desempeñen funciones en el organismo licitante que participen del proceso de adjudicación, independientemente de su calidad jurídica, en lo referido directa o indirectamente a tal proceso, salvo que se realice a través del portal de compras públicas, y en la forma establecida en las presentes bases de licitación, asegurando participación e igualdad de todos los oferentes. El Servicio Local, por cualquier causa y antes de que venza el plazo para la presentación de las ofertas, podrá realizar aclaraciones, enmiendas o modificaciones, de oficio o en atención a las consultas presentadas por algún oferente, ya sea a las presentes Bases Administrativas, especificaciones técnicas, o a cualquier otro antecedente del proceso de licitación. Estas aclaraciones, enmiendas o modificaciones, en caso de existir, se realizarán mediante resolución fundada del Director Ejecutivo, o del funcionario a quién este último haya delegado dicha facultad, y serán publicadas en el Portal de compras públicas, las que pasarán a ser obligatorias para todos los Oferentes, desde la fecha de su publicación en el sistema de información. El Servicio Local, tendrá la facultad discrecional de prorrogar prudencialmente el plazo para la presentación de las ofertas, si la cantidad o complejidad de las enmiendas y/o aclaraciones así lo amerita, especialmente en caso de existir una modificación en los criterios de evaluación, en las bases técnicas, y/o a documentación obligatoria que deban presentar los oferentes. Será exclusiva responsabilidad de cada oferente, la revisión del portal, con el objeto de verificar la existencia de aclaraciones, enmiendas o modificaciones, y de adecuar o modificar su oferta a los nuevos términos establecidos en dichos antecedentes.
OFERTAS TEMERARIAS
El Servicio Local de Educación podrá declarar inadmisible una o más ofertas, si determina que se trata de ofertas riesgosas o temerarias, por cuanto el precio ofertado está significativamente por debajo del promedio de las otras propuestas o de los precios de mercado, sin justificar documentadamente en las especificaciones técnicas cómo se cumplirán los requisitos del contrato, en conformidad a lo señalado en el artículo 61° del Reglamento de Compras públicas. Se entenderá como “Oferta Temeraria”, cuando el precio de la oferta presentada por un proponente resulte inferior al 70% del precio presentado por el contratista que le sigue y se verifique por parte del Servicio Local que los costos de dicha oferta son inconsistentes económicamente. Ante esta situación el SLEP Elqui podrá, a través de una Resolución fundada, adjudicar esa oferta al contratista, previa solicitud de un aumento de la garantía de fiel cumplimiento, que deberá corresponder al 5% neto del valor resultante entre la diferencia entre el precio de este oferente y el precio ofertado por el que le siga en su calificación económica, dando cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 61 del Reglamento de la Ley 19.886.
INADMISIBILIDAD DE LA OFERTA
La entidad licitante declarará inadmisibles las ofertas presentadas en una o ambas líneas que no cumplan con los requisitos o condiciones establecidos en las presentes bases de licitación, sin perjuicio de la facultad para solicitar a los oferentes que salven errores u omisiones formales de acuerdo con lo establecido en numeral 12.1.1 y 12.1.2. de las presentes bases. En particular, y sin que ello signifique limitación alguna a la facultad prevista en el artículo 56 del reglamento de compras, las causales para declarar inadmisible las ofertas, y proceder a su rechazo, sin derecho a ser evaluadas, serán las siguientes: a. Si no se acompañan los formularios N°3, N°4 y N°6 señalados en el numeral 8.4.2, 8.4.3 y 8.4.4 de las presentes bases, b. Si los precios ofertados para una o más de las partidas que forman parte del contrato de suministro de mantención indicados en el formulario N°4, exceden los valores máximos informados. c. Si en formulario N°3 no indica plazo del servicio de garantía post mantención que involucra a todas las partidas del proyecto que se encomienda. d. Si en formulario N°6, no se informa el administrador de contrato o profesional encargado de las obras de mantención de gasfitería y/o no presenta especialidades o equipo de trabajo mínimo correspondiente a 3 especialidades (incluye al administrador de contrato). e. Si la oferta corresponde a una Unión Temporal de Proveedores, y éste no adjunta el documento público o privado que da cuenta del acuerdo para participar de esta forma, conforme a lo indicado en las presentes bases de Licitación, o no cumple con cualquiera de las exigencias establecidas en la normativa vigente para las UTP. f. Cuando las ofertas no satisfagan técnica y económicamente los intereses del SLEP Elqui. De igual forma, cuando éstas no cumplieren con los requisitos establecidos en las presentes bases Administrativas, Bases Técnicas, la Ley 19,886 y el Reglamento. g. Asimismo, se declarará inadmisible la ofertas cuando se presenten ofertas simultáneas por parte de empresas pertenecientes al mismo grupo empresarial o relacionadas entre sí. En este caso, se considerará para efectos de la evaluación, sólo la oferta más conveniente económicamente y que cumpla con los requerimientos técnicos de cada producto, siendo declarará inadmisibles las demás. h. Si la información adjuntada por el proveedor se demuestre sea falsa, alterada o maliciosamente incompleta y que altere el principio de igualdad de los oferentes. i. La omisión de antecedentes o entrega de información contradictoria, que haga imposible la revisión de aspectos de admisibilidad o evaluación de las propuestas, sin afectar los principios de estricta sujeción a las bases o igualdad de los oferentes. j. Si presentados los formularios o documentos del oferente que no son catalogados como esenciales, estos son ingresados de forma incompleta, errónea o defectuosa, siendo observado por el Servicio vía foro inverso, habiéndose solicitado al proveedor aclarar, adjuntar o informar según sea el caso, algún documento parte integrante de su oferta solicitado en los artículos 8.4.2., 8.4.3, y 8.4.4 de las presentes bases, y éste consultado en una segunda instancia, no da respuesta a tal solicitud en dicha sección en el plazo prudencial estipulado para su respuesta o aclaración. Lo anterior, siempre y cuando, dichas certificaciones o antecedentes, se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar ofertas o se refieran a situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas y el periodo de evaluación. k. Si la oferta del proveedor no es completa, es decir, no oferta todas las partidas que se encomiendan. l. En los demás casos establecidos expresamente en las presentes bases administrativas, y en las bases técnicas del proceso de Licitación.
ACLARACION DE ANTECEDENTES, SERIE DE CONSULTAS Y RESPUESTAS
En concordancia con lo establecido por Contraloría General de la República entre otros en dictamen N° 5.104 del año 2003 donde establece que; la Administración a fin de velar por una correcta decisión, debe considerar los errores numéricos o de cálculos que se detecten en un procedimiento de licitación, la comisión evaluadora podrá corregir de oficio o solicitar a los oferentes corregir todas las disconformidades de esa índole que sean evidentes, en resguardo de los principios de eficiencia, eficacia e impulsión de oficio del procedimiento que consagran los artículos 3°, inciso segundo; 5°, inciso primero, y 8° de la ley N°18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado; sin perjuicio de lo anterior, los proveedores no podrán corregir el precio de su oferta.
PRESENTACION DE ANTECEDENTES OMITIDOS POR LOS OFERENTES
El Servicio podrá solicitar a través del portal, de conformidad a lo establecido en el artículo 56 del reglamento de compras, que los oferentes salven errores u omisiones formales, dentro de un plazo máximo de 48 horas, siempre y cuando las rectificaciones de dichos vicios u omisiones no les confieran a éstos una situación de privilegio respecto de los demás oferentes esto es, en tanto no se afecten los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad entre los oferentes, lo que se informará al resto de los proponentes a través del Portal. De este modo, durante la etapa de evaluación el SLEP Elqui podrá solicitar aclarar los oferentes, lo siguiente: a) Salvar los errores u omisiones formales en que ha incurrido. No se considerará error formal errores en el precio de la oferta. b) La presentación de certificaciones o antecedentes que hayan omitido presentar al momento de efectuar la oferta, siempre que dichas certificaciones o antecedentes se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar ofertas. Lo anterior incluye, la presentación de formularios administrativos o técnicos que no sean declarados como esenciales en las presentes bases, y que el oferente haya omitido presentar. c) La presentación de certificaciones o antecedentes que se refieran a situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas y el periodo de evaluación de éstas. Estas ofertas serán evaluadas con un menor puntaje, de acuerdo a lo señalado en el criterio de evaluación de cumplimiento de requisitos formales, de las presentes bases de Licitación.
RESOLUCION DE EMPATES
El criterio de desempate estará determinado por el siguiente orden de prelación de los factores a evaluar: i. Oferta Económica ii. Impacto Local iii. Oferta Técnica – Experiencia del Contratista iv. Oferta Técnica – Personal Permanente v. Oferta Técnica – Garantía de servicio post mantención vi. Cumplimiento de requisitos formales vii. Programas de Integridad De persistir el empate, se adjudicará entre estos oferentes, al que ha ingresado primero la oferta al Portal Mercado Público.
VIGENCIA DEL CONTRATO
El contrato que se suscriba con el oferente adjudicado del servicio, tendrá una vigencia a contar de la fecha de la total tramitación del acto administrativo que aprueba el contrato suscrito entre las partes, esto es, la notificación a las partes, hasta 18 meses, o bien, hasta que el presupuesto destinado para la presente contratación se agote; lo que ocurra primero.
EJECUCION DEL CONTRATO
En atención a que el Servicio Local cuenta con distintas vías de financiamiento (Subvenciones educacionales tales como Subv. General, Subv. Escolar Preferencial, Subv. Pro Retención, Subv. Especial (PIE), fondos transferidos por JUNJI (VTF), entre otras), y distinta categoría de establecimientos requirentes, para efectos de posibilitar la rendición de las subvenciones y los gastos respectivos, conforme a las instrucciones de la Superintendencia de Educación, el Servicio local de Educación emitirá solicitudes de trabajo en donde se identifique claramente en su descripción el tipo de financiamiento, como también, cada trabajo a realizar, ya sea por intervenciones menores, de mantenimiento o contingencia, además de la unidad educacional para la cual es destinado el trabajo, de este modo, el proveedor deberá valorizar la solicitud de acuerdo a los precios de las partidas ofertados en su propuesta e indicar un plazo de ejecución para el trabajo en cuestión, lo que se traducirá en una orden de trabajo que deberá ser aprobada por la inspección técnica para dar inicio a su ejecución. Conforme a lo establecido en el artículo 17 y 18.1 de las Bases Técnicas, el contratista que se adjudique esta licitación obligatoriamente deberá enviar con posterioridad a la firma del contrato y en un máximo de hasta cinco (5) días hábiles antes de la iniciación del servicio, la siguiente documentación: a. Listado del personal indicando, Nombre completo, Rut, Cargo y jornada, adjuntando copia de cédula de identidad por ambos lados y en el caso de extranjeros comprobante de visa de trabajo. b. Certificado de Inhabilidades para trabajar con menores de edad, con vigencia menor a 30 días a la fecha de presentación. c. Reglamento Interno de Orden, Higiene y Seguridad de la empresa. d. Procedimientos de trabajo. e. Certificación de los especialistas área electricidad y gasfitería si corresponde. f. Entrega de EPP y comprobante de recepción de cada trabajador. g. Pólizas de seguro vigente para los trabajadores respectivos del contratista De todas formas, si el personal informado durante la ejecución y vigencia del contrato de suministro es modificado, siempre se deberá acreditar los documentos de la letra a) y b) para el nuevo trabajador que entra como reemplazo. El plazo de ejecución de cada orden de trabajo emitida por el SLEP Elqui al contratista, comenzará a regir desde la fecha de emisión del acta de entrega de terreno especificada para cada orden de trabajo según lo disponen las bases técnicas de licitación, la cual, será realizada con posterioridad a la notificación efectuada por el ITS al contratista con el visto bueno de la valorización de la obra a ejecutar. En resumen:  La orden de compra por el total de contrato (OC) se enviará al proveedor después de que se firme el contrato correspondiente.  La Inspección Técnica de la Obra solicitará a la empresa adjudicada los trabajos a realizar en las unidades educacionales que correspondan por algún medio físico como correo electrónico u otro que acuerden las partes.  La empresa deberá generar una orden de trabajo (O.T.) con la valorización de las partidas a ejecutar por establecimiento solicitado y el plazo de ejecución (Si la solicitud de requerimiento involucra más de una unidad educacional, las OT deberán ser separadas por cada establecimiento, considerando que este documento constatará la recepcion conforme de las unidades educacionales y posteriormente se debe presentar para el pago del servicio)  La Inspección Técnica deberá validar el presupuesto, como también, el saldo disponible para ello con la unidad que corresponda del departamento de finanzas.  Validada la O.T. por la inspección, ésta emitirá el acta de inicio del servicio, en el que se indique a modo general los trabajos o partidas a realizar, establecimientos educacionales a intervenir y el plazo de ejecución para ello.  La empresa deberá ejecutar los trabajos y partidas correspondientes presentando la O.T. validada con los datos del establecimiento, datos del responsable de los trabajos a realizar, fecha y hora de inicio y términos de los trabajos, registro del personal de la empresa que ingrese al establecimiento, y demás datos, que el SLEP Elqui encuentre que sean necesarios ir agregando, siempre que sean de la misma naturaleza a los trabajos a realizar.  Ejecutado los trabajos, la O.T. deberá ser firmada por el director o reemplazante a cargo del Establecimiento, quien confirmará que los datos ingresados, en este documento sean correctos, además, de confirmar la ejecución de trabajos dentro del plazo contractual. Este documento orden de trabajo, deberá adjuntarse a la factura correspondiente, para los tramites de pago de factura.  El documento indicado anteriormente deberá ser efectuado en 2 copias, 1 para respaldo y archivo el establecimiento educacional y otro para el proveedor que deberá remitir en el estado de pago que cobre el servicio ejecutado en cuestión. El proveedor no podrá establecer montos mínimos para ejecutar solicitudes de trabajos, ni para la ejecución de las obras y servicios solicitadas por los establecimientos requirentes, encontrándose obligado ejecutar todos los requerimientos provenientes del contrato que solicite el Servicio Local en el plazo establecido para ello, y ejecutar las partidas aprobadas que correspondan. Sin perjuicio de lo anterior, la empresa adjudicataria y el Servicio Local de Educación, por razones de buen servicio, podrán de mutuo acuerdo, establecer durante la ejecución del contrato de suministro, montos y/o cantidades mínimas trabajos mensuales para establecimientos del territorio del Servicio Local Elqui
FACTORING
El Servicio Local respetará los contratos de cesión de facturas (factoring) suscritos por el adjudicatario, y las cesiones de facturas, siempre y cuando la empresa le notifique oportunamente de dichos contratos y cesiones, y no existan obligaciones o multas pendientes. Dicha notificación de cesión de factura deberá realizarse de manera obligatoria mediante correo electrónico dirigido a las casillas: alejandro.pizarro@slepelqui.gob.cl, con copia a ramon.fuentes@slepelqui.gob.cl , y francisca.perez@slepelqui.gob.cl, asumiendo el proveedor la responsabilidad por todos los perjuicios que la falta de notificación o comunicación en la forma señalada, pudiese ocasionar al Servicio Local de Educación.
SUBCONTRATACION
El proveedor podrá subcontratar parcialmente partidas específicas a ejecutar, siempre que sea autorizado por escrito por el SLEP a través del ITO. La subcontratación no podrá significar en caso alguno la cesión o transferencia de las obligaciones que asume el proveedor. De este modo, el proveedor podrá concertar con terceros la subcontratación parcial del contrato, sin perjuicio que la responsabilidad de su cumplimiento permanecerá en el Proveedor adjudicado. El proveedor deberá comunicar a la ITO a más tardar cuando inicie la ejecución del contrato, la parte de éste que tengan previsto subcontratar, su importe el nombre o razón social del subcontratista hábil en el Registro de Proveedores y certificación de especialidad si corresponde según la partida a ejecutar. No será admisible la subcontratación en los siguientes casos: a) Si excede el treinta por ciento del monto total del contrato. b) Si afecta al subcontratista una o más causales de inhabilidad en el Registro de Proveedores. c) Si el subcontratista se encuentra en alguna de las incompatibilidades para ser contratado por el SLEP a que se refiere el artículo 35 quater de la Ley de Compras. El límite de la subcontratación será hasta un 30% del monto del contrato, y en ningún caso la subcontratación podrá ser utilizada para efectuar una cesión del contrato. Dichos contratos con terceros serán de exclusiva responsabilidad del Proveedor, sin que ello genere vínculo contractual alguno entre dichas personas y el SLEP del Elqui, sin perjuicio de la aplicación de la Ley 20.123, en lo que sea pertinente.
10. Demandas ante el Tribunal de Contratación Pública
No cuenta con demandas ante el Tribunal de Contratación Pública.