Licitación ID: 739231-25-LP24
reposición y construcción de miradores urbanos
Responsable de esta licitación: I MUNICIPALIDAD PUERTO OCTAY
Reclamos recibidos por incumplir plazo de pago: 78
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Productos o servicios
1
Construcción de obras civiles 1 Unidad
Cod: 72131702
REPOSICIÓN Y CONSTRUCCIÓN DE MIRADORES SECTOR URBANO DE PUERTO OCTAY.  

1. Características de la licitación
Nombre de la licitación:
reposición y construcción de miradores urbanos
Estado:
Adjudicada
Descripción:
REPOSICIÓN Y CONSTRUCCIÓN DE MIRADORES SECTOR URBANO DE PUERTO OCTAY.
Tipo de licitación:
Pública-Licitación Pública igual o superior a 1.000 UTM e inferior a 5.000 UTM (LP)
Tipo de convocatoria:
ABIERTO
Moneda:
Peso Chileno
Etapas del proceso de apertura:
Una Etapa
Toma de razón por Contraloría:
No requiere Toma de Razón por Contraloría
Publicidad de ofertas técnicas:
Las ofertas técnicas serán de público conocimiento una vez realizada la apertura técnica de las ofertas.
2. Organismo demandante
Unidad de compra:
SECPLAN
R.U.T.:
69.210.400-5
Dirección:
Esperanza 555
Comuna:
Puerto Octay
Región en que se genera la licitación:
Región de los Lagos
3. Etapas y plazos
Fecha de cierre de recepción de la oferta: 30-10-2024 14:00:00
Fecha de Publicación: 15-10-2024 13:01:00
Fecha inicio de preguntas: 15-10-2024 16:25:00
Fecha final de preguntas: 22-10-2024 17:30:00
Fecha de publicación de respuestas: 24-10-2024 17:30:00
Fecha de acto de apertura técnica: 31-10-2024 9:00:00
Fecha de acto de apertura económica (referencial): 31-10-2024 9:00:00
Fecha de Adjudicación: 28-11-2024 16:45:30
Fecha de entrega en soporte fisico No hay información
Fecha estimada de firma de contrato 11-11-2024
Tiempo estimado de evaluación de ofertas No hay información
visita a terreno punto reunión en german wulf s/n ex internado municipal, oficina de secplan 18-10-2024 11:00:00
4. Antecedentes para incluir en la oferta
Adicionalmente, todos los proveedores para ofertar en esta licitación, deberán obligatoriamente confirmar y firmar electrónicamente la Declaración Jurada de Requisitos para Ofertar.
Documentos Administrativos
1.- carpeta administrativa
2.- BAE
3.- BAG
4.- certificado 153
5.- decreto 2489
Documentos Técnicos
1.- carpeta técnica
 
2.- especificaciones técnicas de arquitectura
 
3.- planos
 
Documentos Económicos
1.- carpeta económica
2.- presupuesto
3.- resolución 9084
5. Requisitos para contratar al proveedor adjudicado
Persona natural
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.
 
2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.
 
3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.
 
4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.
 
5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.
 
6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.
 
7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.
 
8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).
 
Documentos persona natural
- Fotocopia Legalizada de Cédula de Identidad
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
Persona jurídica
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.

2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.

3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.

4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.

5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.

6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.

7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.

8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).

Documentos persona jurídica
- Fotocopia Legalizada del Rut de la Empresa
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
- Certificado de Vigencia de la Sociedad
- (1) Certificado de Boletín de Informes Comerciales
- (1) Certificado de Quiebras/Convenio Judicial
6. Criterios de evaluación
ÍtemObservacionesPonderación
1 Precio Precio total 100% (Menor valor ofrecido 100 puntos) Puntaje Oferta (oferente x) = Precio (Mínimo entre los oferentes) x 100 / precio (oferente x)). La oferta que sea igual o inferior en un 10% respecto del presupuesto oficial será considerada como oferta riesgosa, en consecuencia, obtendrá O puntos en el respectivo criterio. 15%
2 PRESENTACIÓN DE LA OFERTA El Oferente presenta los antecedentes en base a los requerimientos y formatos solicitados en tiempo y forma, 100 puntos. El puntaje si no cumple es de 0 puntos. 5%
3 Plazo de Entrega 100 x (Plazo Mínimo Ofertado/Plazo Oferente). * la oferta no podrá ser igual o inferior al 10% respecto del plazo estipulado para la presente licitación. 20%
4 VISITA A TERRENO La visita a terreno NO SERÁ DE CARÁCTER OBLIGATORIA, aun así, esta será programada de todas formas según fecha y hora publicada en portal www.mercadopúblico.cl. A la visita a terreno podrá asistir; el representante legal, persona natural y/o personas jurídicas, presentando un poder simple, al momento de realizar apertura de documentos y se verificara si la firma del poder simple otorgado corresponde a la del representante legal. El contratista deberá considerar en su oferta todos los posibles imprevistos relacionados con la obra. La asistencia será registrada en un acta preparada para tal efecto, la cual debe ser firmada al inicio y término de la visita, la cual deberá ser firmada por todos los asistentes a la misma. Para los oferentes que decidan asistir a esta visita QUE NO ES DE CARÁCTER OBLIGATORIA se les asignara un puntaje de 5%. En el caso de asistir con un poder simple este debe de estar firmado por su representante legal para obtener dicho puntaje, lo cual será verificado e 5%
5 CAPACIDAD ECONOMICA El puntaje se asignará a cada oferta de acuerdo con lo siguiente: • 100 puntos: al oferente que tenga en su saldo contable, entre el 80% del valor del presupuesto oficial o más. • 50 puntos: al oferente que tenga en su saldo contable entre el 50% y 79% del presupuesto oficial. • 20 puntos: al oferente que tenga en su saldo contable entre el 30% y 49% del presupuesto oficial. • 0 puntos: al oferente que tenga menos de un 29% del presupuesto oficial, quedando automáticamente fuera de bases y declarándose inadmisible su oferta. 20%
6 Experiencia de los Oferentes Declaración de experiencia en obras de iguales o similares características, con certificados de experiencia emitidos por el mandante y actas de recepción definitiva y/o actas de recepción provisoria sin observaciones, ejecutadas por el oferente. ESPECIFICANDO METROS CUADRADOS CONSTRUIDOS ACREDITADOS. Cantidad de M2 Acreditados Puntaje Menos de 1000 metros cuadrados. 05 punto Entre 1.001 a 3.000 metros cuadrados. 10 puntos Entre 3.001 a 5.000 metros cuadrados. 15 puntos Entre 5.001 a 7.000 metros cuadrados. 20 puntos Entre 7.001 A 9.000 metros cuadrados. 25 puntos Mayor A 9.001 metros cuadrados. 30 puntos 35%

7. Montos y duración del contrato
Estimación en base a: Presupuesto Disponible
Fuente de financiamiento: SUBDERE
Monto Total Estimado: 83148629
Justificación del monto estimado presupuesto disponible
Contrato con Renovación: NO
Observaciones La Oferta que esté sobre el monto máximo disponible quedará automáticamente fuera de bases y será rechazada automáticamente
Plazos de pago: 30 días contra la recepción conforme de la factura
Opciones de pago: Transferencia Electrónica, Cheque
Nombre de responsable de pago: ANTONIO ALARCON
e-mail de responsable de pago: Corepmunioctay@gmail.com
Nombre de responsable de contrato: JORGE BRAVO
e-mail de responsable de contrato: secplanpuertooctay@gmail.com
Teléfono de responsable del contrato: 56-64-2391647-
Prohibición de subcontratación: Se permite subcontratación
8. Garantías requeridas
    Garantías de Seriedad de Ofertas
Beneficiario: ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE PUERTO OCTAY
Fecha de vencimiento: 31-12-2024
Monto: 2 %
Descripción: La Seriedad de la Oferta del proponente se garantizará mediante cualquiera de los siguientes instrumentos: boleta de garantía bancaria, póliza de seguro de garantía, vale a la vista, certificado de fianza a la vista, u otro instrumento financiero que pueda ser utilizado como caución, extendida a nombre de la Ilustre Municipalidad de Puerto Octay y por un monto fijo en pesos de $1.662.972.- (un millón seiscientos sesenta y dos mil novecientos setenta y dos pesos), equivalente al 2% del monto disponible del proyecto, con una vigencia no inferior a 60 días corridos, a contar del día siguiente de la fecha de apertura de la propuesta. La cual deberá ser ingresada mediante oficina de partes de la Ilustre Municipalidad de Puerto Octay ubicada en calle esperanza N°555, en horario de oficina desde las 8:30 a 14:00 horas, antes del cierre de recepción de las ofertas.
Glosa: LA GLOSA DE LA BOLETA DEBERÁ DECIR: Para garantizar la Seriedad de la Oferta del Proyecto: “REPOSICIÓN Y CONSTRUCCIÓN DE MIRADORES SECTOR URBANO DE PUERTO OCTAY”.
Forma y oportunidad de restitución: Esta, será devuelta en un plazo de 10 días desde la fecha de adjudicación de la presente licitación pública, en el caso de los oferentes que no se les adjudique la licitación pública. Y en el caso del oferente adjudicado será devuelta una vez haya sido ingresada la garantía de fiel cumplimiento del contrato, firmado el contrato y una vez que se encuentre totalmente tramitado el decreto exento que aprueba el contrato.
    Garantía fiel de Cumplimiento de Contrato
Beneficiario: ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE PUERTO OCTAY
Fecha de vencimiento: 09-06-2025
Monto: 8 %
Descripción: El Adjudicatario deberá ingresar previo a la firma del contrato a través de las oficina de partes de la Ilustre Municipalidad de Puerto Octay en el siguiente horario desde las 08:30 a 14:00 horas, el día de la firma del contrato, la Garantía de fiel cumplimiento de contrato (Boleta de Garantía o Certificado de Fianza a la Vista o Vale Vista, entre otras que autorice la normativa de Compras Públicas) por un monto del 8% del valor del contrato tomada por él, la cual deberá ser emitida a favor de la Ilustre Municipalidad de Puerto Octay, R.U.T N° 69.210.400-5, para garantizar el fiel cumplimiento del contrato que se firme, las obligaciones laborales y sociales con los trabajadores del contratante, así como para cubrir el pago de multas que pudieren originarse durante la ejecución del contrato, en caso de ser procedente. y cuya validez no sea menor al tiempo de ejecución de la obra, más 90 días corridos contados a partir de la fecha del contrato.
Glosa: LA GARANTÍA DE FIEL CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO, deberá contener la siguiente glosa: Para Garantizar el Fiel Cumplimiento del Contrato de la Licitación Pública “REPOSICIÓN Y CONSTRUCCIÓN DE MIRADORES SECTOR URBANO DE PUERTO OCTAY”.
Forma y oportunidad de restitución: La garantía será devuelta al contratista a su solicitud, previa presentación de la garantía para caucionar la Correcta Ejecución de las Obras, una vez que se haya dado término a la ejecución de esta y recibido conforme sin observaciones.
    Otras Garantías
Beneficiario: ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE PUERTO OCTAY
Fecha de vencimiento: 11-03-2026
Monto: 8 %
Descripción: Para caucionar la correcta ejecución de las obras, el contratista deberá presentar una garantía por el 8% del precio del contrato en pesos chilenos, una vez que ellas estén ejecutadas y como requisito previo a la cancelación total de la obra. Que deberá ingresar la garantía a través de la oficina de partes de la Ilustre Municipalidad de Puerto Octay en el siguiente horario desde las 08:30 a 14:00 horas. La garantía por correcta ejecución de las obras tendrá un plazo de validez de 12 meses contados desde la fecha del acta definitiva de recepción provisoria de la obra, transcurrido este plazo y previa verificación por la unidad técnica del buen estado de conservación de las obras, la garantía le será devuelta al contratista a su solicitud, sin perjuicio del plazo de responsabilidad del contratista por 5 años, a que se refiere el Código Civil, artículo 2.003, inciso 3.
Glosa: LA GARANTÍA POR LA CORRECTA EJECUCIÓN DE LA OBRA, deberá contener la siguiente glosa: Para Garantizar la correcta ejecución de la obra “REPOSICIÓN Y CONSTRUCCIÓN DE MIRADORES SECTOR URBANO DE PUERTO OCTAY”.
Forma y oportunidad de restitución: Para caucionar la correcta ejecución de las obras, el contratista deberá presentar una garantía por el 8% del precio del contrato en pesos chilenos, una vez que ellas estén ejecutadas y como requisito previo a la cancelación total de la obra. Que deberá ingresar la garantía a través de la oficina de partes de la Ilustre Municipalidad de Puerto Octay en el siguiente horario desde las 08:30 a 14:00 horas. La garantía por correcta ejecución de las obras tendrá un plazo de validez de 12 meses contados desde la fecha del acta definitiva de recepción provisoria de la obra, transcurrido este plazo y previa verificación por la unidad técnica del buen estado de conservación de las obras, la garantía le será devuelta al contratista a su solicitud, sin perjuicio del plazo de responsabilidad del contratista por 5 años, a que se refiere el Código Civil, artículo 2.003, inciso 3.
9. Requerimientos técnicos y otras cláusulas
Cláusula de Readjudicación
Si el respectivo adjudicatario se desiste de su oferta, no entrega los antecedentes legales para contratar y/o la garantía de fiel cumplimiento, no firma el contrato o no se inscribe en Chileproveedores en los plazos que se establecen en las presentes bases, la entidad licitante podrá dejar sin efecto la adjudicación y seleccionar al oferente que, de acuerdo al resultado de la evaluación le siga en puntaje, y así sucesivamente, a menos que, de acuerdo a los intereses del servicio, se estime conveniente declarar desierta la licitación.
ACLARACIONES
ACLARACIONES. Si el oferente estimare que existen dudas o contradicciones en los antecedentes, deberá efectuar las CONSULTAS a través del PORTAL MERCADO PUBLICO, en los plazos y horarios indicados en éste. Las aclaraciones municipales y respuestas a las consultas formuladas serán respondidas con la debida oportunidad, a través del PORTAL MERCADO PUBLICO, en los plazos y horarios que, para estos efectos, serán establecidos en el mismo portal. NO SE RESPONDERÁN CONSULTAS QUE SE RECIBAN FUERA DEL PLAZO “FECHA FINAL DE PREGUNTAS”, indicado en el Portal. Las ACLARACIONES MUNICIPALES Y RESPUESTAS A LAS CONSULTAS, serán parte integrante de las presentes Bases y, prevalecerán por sobre éstas. No se admitirá alegación alguna, que diga relación con el desconocimiento de una o más aclaraciones y respuestas municipales a las consultas. La Municipalidad podrá efectuar, a iniciativa propia, aclaraciones a las Bases, para precisar el alcance, complementar, rectificar, corregir, reemplazar o interpretar algún elemento de su contenido que, a su juicio, no haya quedado suficientemente claro, y dificulte el proceso de formulación de ofertas. En ningún caso se podrán formular aclaraciones con posterioridad al vencimiento del plazo para el cierre de la propuesta si vulnera la igualdad entre los oferentes.
Resolución de Empates

Situación de empate.

El mecanismo de resolución de empate entre los oferentes será establecido según los criterios de evaluación de la Comisión Evaluadora, todo según lo dispuesto en el artículo 38 del decreto 250 del 2004, que aprueba reglamento Ley N°19.886.

ORDEN DE APLICACIÓN

REGLA O PAUTA PARA DIRIMIR EMPATES

1

Se priorizará la empresa con mayor experiencia comprobada.

2

Se prioriza la empresa con menor plazo de ejecución.

3

Se dará la prioridad por la oferta económica.

del fraude y la corrupcion
DEL FRAUDE Y LA CORRUPCIÓN. En el evento que se comprobare que el Adjudicatario o diversos oferentes han incurrido en “prácticas corruptas”, “prácticas fraudulentas” o “prácticas colusorias”, sea con respecto al proceso de selección o con respecto a la adjudicación, el mandante rechazará de plano la propuesta o la adjudicación o pondrá término al contrato anticipadamente, haciendo efectiva la Garantía de Fiel Cumplimiento del Contrato en forma administrativa, sin necesidad de resolución judicial previa. Para estos efectos, se entenderá por “práctica corrupta” todo ofrecimiento, suministro, aceptación o solicitud de cualquier cosa de valor con el fin de influir en la actuación de un funcionario en el proceso de selección o en la ejecución del contrato. Por “práctica fraudulenta”, se entenderá toda tergiversación con el fin de influir en la ejecución de un contrato en perjuicio del mandante, y por “práctica colusoria”; sea con anterioridad o con posterioridad a la presentación de las ofertas y los acuerdos entre consultores con el propósito de establecer precios a niveles artificiales y no competitivos que priven al mandante de las ventajas de la competencia libre y abierta.
DEL PAGO
34. FORMA DE PAGO. Los Estados de Pago, deberán presentarse con la Carátula Oficial (con logo SUBDERE), sus Anexos y toda la documentación de respaldo que corresponda. Se deja establecido que todos los impuestos que el contratista deba pagar derivados de los trabajos de esta obra serán de su cargo, y deberán estar incluidos en su Propuesta Económica. Por lo tanto, la Ilustre Municipalidad de Puerto Octay, no efectuará pagos adicionales por este concepto. Los Pagos se harán mediante 4 Estados de Pagos, siendo el primer estado de pago por un 30% del estado de avance de la obra, el segundo estado de pago por un 35% del estado de avance de la obra y el tercer 30% del estado de avance de la obra y último estado de pago por un 5%del estado de avance de la obra, “esto de acuerdo con el avance” y concordancia de las partidas certificadas previamente por el ITO, lo que determinará el valor final a cancelar, y reiterando previamente, aprobados por el ITO, en todas las oportunidades, montos y previo cumplimiento por parte del Contratista de las formalidades establecidas en las presentes Bases Administrativas. Para efecto de acreditar el cumplimiento de cada una de sus obligaciones, el Contratista deberá hacerlo formalmente, a través, de la Oficina de Partes, sin perjuicio de las revisiones y aprobaciones que se establezcan en los documentos del contrato.
multas y sanciones
MULTAS Y SANCIONES. Se contempla una multa del 0,5 (cero cinco por mil) por cada día de atraso, respecto del plazo establecidos en las bases administrativas generales, programa propuesto por el contratista y del monto total del proyecto, así como también el ITO le impartirá instrucciones siempre por escrito, conforme a los términos y condiciones del contrato y procederá aplicarlas en las siguientes circunstancias: 35.1. Por no iniciar las obras en el plazo establecido, se aplicará la multa diaria por cada día de retraso en el inicio, pasados 10 días se procederá a dar término anticipado al contrato y se podrá hacer efectiva la boleta de garantía. 35.2. En caso de existir observaciones a la obra ejecutada, se fijará un plazo al contratista, a contar de la fecha de recepción provisoria, para subsanarlas. Dichas observaciones deberán quedar establecidas en un informe, donde deberá quedar establecido el nuevo plazo de entrega de observaciones subsanadas. Vencido este plazo, si éste no ha dado cabal cumplimiento a lo solicitado por el ITO, estará afecto a la multa diaria, la que se hará efectiva hasta que dichas observaciones hayan sido subsanadas en su totalidad, situación que deberá constar con el Acta de Recepción Provisoria. Pasado 15 días de ocurrida esta situación se procederá a dar término anticipado del contrato y hacer efectiva la boleta de garantía correspondiente. 35.3. El término de la obra después de la fecha de vencimiento contractual, se cobrará la multa por cada día de atraso, con un tope de 15 días corridos, luego del cual se liquidará con cargo y se hará efectiva la garantía correspondiente. 35.4. Los días afectos a multa se calculan desde la fecha de vencimiento del plazo contractual hasta la data en que la comisión receptora da curso a la correspondiente Recepción Provisoria, sin observaciones. Lo anterior SIEMPRE Y CUANDO ELLO OCURRA DENTRO DEL PLAZO DE LOS 15 DIAS. 35.5. Ausencia del profesional a cargo de los trabajos, en representación del contratista. 35.6. Falta de equipos de seguridad para los trabajadores. 35.7. Falta del libro de obras o libro de visitas en la oficina de obras de la empresa. 35.8. Falta del letrero indicativo de la obra. 35.9. Por la no entrega de la renovación de boleta de garantía en el caso que corresponda. En caso de existir observaciones a las obras ejecutadas, se fijará un plazo al Contratista, a contar de la fecha de recepción provisoria, para subsanarlas. Dichas observaciones deberán quedar establecidas en un informe, donde deberá quedar establecido el nuevo plazo de entrega de observaciones subsanadas. Vencido este plazo, si éste no ha dado cabal cumplimiento a lo solicitado por la unidad técnica, estará afecto a la multa diaria, la que se hará efectiva hasta que dichas observaciones hayan sido subsanadas en su totalidad, situación que deberá constar con el Acta de Recepción Provisoria. Pasado 15 días de ocurrida esta situación se procederá a dar término anticipado del contrato y hacer efectiva la boleta de garantía correspondiente. 35.10. Por cada día de atraso en el cumplimiento de las instrucciones impartidas expresamente en el Libro de Obras por parte del ITO, se procederá a la aplicación de una multa como sanción, si el ITO por escrito instruye al representante del contratista en terreno, de las observaciones y el plazo fijado para subsanarlas 35.11. Producida cualquiera de las causales enumeradas u otras indicadas en el contrato, la Ilustre Municipalidad de Puerto Octay, notificará por escrito al contratista la causal de incumplimiento. 35.12. Similarmente, se publicará en el Portal www.mercadopublico.cl, dicha resolución administrativa del Contrato, y las causales de incumplimiento que dieron origen al término anticipado al contrato. 35.13. En caso de término de contrato por las causales descrita anteriormente, el Adjudicatario no tendrá derecho a solicitar el pago de indemnizaciones. En caso de demostrarse alguna causal de fuerza mayor por parte del Adjudicatario, el Sr. alcalde quedará facultado para fijar los términos de la resolución administrativa del contrato. No obstante, lo anterior, se podrá poner término al contrato de común acuerdo, o bien, mediante aviso escrito a través de carta certificada, al domicilio que cada parte informe en el contrato, con 30 días de antelación.
DE LA FACTORIZACION
36. DE LA FACTORIZACIÓN. En caso de celebrar el Adjudicatario un contrato de factoring, éste deberá notificar vía correo electrónico (Tesorería: tesmunoctay@yahoo.com) a la Ilustre Municipalidad de Puerto Octay, a la Dirección de Administración y Finanzas, de su celebración dentro de las 48 horas siguientes, junto con la factura respectiva; en caso de no proceder con lo señalado en las presentes bases, se entenderá que la factorización no es aceptada; se debe indicar además la empresa de factoring a la que se debe hacer efectivo el pago de la factura, según corresponda. Para este efecto, deberá adjuntar una copia certificada ante Notario del respectivo contrato, y solicitarlo expresamente por escrito, en la carta que adjunte la factura, teniendo previamente que autorizar esto el ITO. En ningún caso la Ilustre Municipalidad de Puerto Octay, se obliga al pago del factoring de existir obligaciones y/o multas pendientes del adjudicatario. Respecto de facturas electrónicas serán aplicable las normas establecidas en la Ley N°19.883 que regula la Transferencia y Otorga Merito Ejecutivo a Copia de la Factura.
10. Demandas ante el Tribunal de Contratación Pública
No cuenta con demandas ante el Tribunal de Contratación Pública.