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Comisión de Evaluación |
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La evaluación indicada en el párrafo anterior, se efectuará a través de una comisión denominada “Comisión Evaluadora”, integrada por el(la) Jefe(a) Departamento de Pregrado o por quien lo reemplace o subrogue, por la Nutricionista del Departamento Salud Estudiantil o por quien lo reemplace o subrogue, y la Encargada de la Sección de Adquisiciones y Abastecimiento o quien la reemplace o subrogue. En el evento que cualquiera de ellos no pudiera asistir al proceso de evaluación, y previo a él, se procederá a designar sus reemplazantes por la Directora de Administración y Presupuesto, mediante oficio en que se le comunique su nombramiento.
La Universidad del Bío-Bío, rechazará todas aquellas ofertas que no cumplan en forma y tiempo, con las exigencias señaladas en las presentes Bases, dejando constancia de ello en el Informe de Evaluación que se emitirá al efecto.
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Falta de Documentos |
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La falta de presentación o la presentación incompleta de los documentos señalados en el Nº 10 “Presentación de la Propuesta”, implicará dejar inmediatamente al proponente fuera de Bases, por falta de cumplimiento de los requisitos de la oferta. La presentación de otros antecedentes, no serán considerados para la adjudicación de la Licitación, ni su presentación invalidará la propuesta que cumpla con las condiciones establecidas en estas Bases Especiales.
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Presentación de la Propuesta |
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Las ofertas deberán presentarse única y exclusivamente en formato digital a través del Sistema de Información a cargo de la Dirección de Compras y Contratación Pública, en el portal www.mercadopublico.cl, debido a la baja complejidad y simple especificación de los bienes que se licitan, será publicada dentro del plazo de cinco (5) días hábiles, contados a partir del día siguiente al de la publicación del llamado a Licitación. Cualquier oferta presentada con posterioridad, será considerada extemporánea y se tendrá por no presentada para todos los efectos de la Licitación referida. Igualmente, sólo se entenderá válida como oferta aquélla a la cual se incorporen o adjunten, en forma digital, los documentos y antecedentes indicados en el N° 8 anterior en sus letras b.- a la d.-
En todos los casos, el plazo de cierre para la recepción de ofertas no vencerá en días inhábiles ni en un día lunes o en un día siguiente a un día inhábil, antes de las quince horas.
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Entrega Y Recepción |
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La entrega de las colaciones, conteniendo todo lo señalado en estas Bases, deberá hacerse ambos campus de la sede Universitaria (Campus Fernando May, ubicado en Avenida Andrés Bello N° 720 y en el Campus La Castilla, ubicado en Avenida Brasil N° 1180, Chillán), la cantidad final será indicada de manera oportuna.
La Universidad tendrá el derecho de rechazar los bienes o servicios, si no cumplieran con las Bases Administrativas y/o las características técnicas de las mismas. En este caso, el servicio se considerará como no entregado para todos los efectos legales, incurriendo el proveedor adjudicado en incumplimiento de contrato.
Todos los gastos relacionados con la entrega del servicio a la Universidad del Bío-Bío, serán de cargo del oferente.
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Plazo de Entrega |
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El plazo de entrega para las colaciones, será para los días 8, 9 y 10 de marzo, según lo indicado en el punto 2 de las presentes bases, el cual será supervisado por la Universidad del Bío-Bío a través del(la) Jefe(a) Departamento de Pregrado, o quien lo reemplace o subrogue, quien deberá dar su conformidad.
Dicho plazo no será susceptible de prórroga, salvo caso fortuito o fuerza mayor, hecho valer por el proponente antes del vencimiento del plazo original y que haya sido debidamente ponderado y aceptado por la Universidad.
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Resolución de Empates |
En caso de empate entre las ofertas de dos o más oferentes, la adjudicación se hará a aquel de los oferentes que hubiere obtenido la más alta calificación en el criterio de evaluación de “Oferta Económica”. En el caso de persistir el empate, se resolverá a favor de aquel oferente que hubiere obtenido la más alta calificación en el criterio de “Experiencia”. En el caso de persistir el empate, se resolverá a favor de aquel oferente que hubiere obtenido la más alta calificación en el criterio de “Domicilio Comercial” y posteriormente “Comportamiento Contractual Anterior”.
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