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5. CARACTERISTICAS DEL SERVICIO |
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La corporación requiere contratar servicios de un eléctrico, instalador autorizado, instalador, electricista o instalador eléctrico para realizar mantenimientos, levantamientos de estado de circuitos, ecomendaciones por nuevas cargas, cambios de breakers y/o disyuntores, evaluaciones, arreglos y habilitación del sistema eléctrico de las oficinas de la región, sus brigadas y reparticiones, según sean necesitados por la corporación. Las líneas de servicios a licitar son:
N° UNIDAD DE MEDIDA NOMBRE PRODUCTO LICITADO
1 Horas hombre Servicios de electricista
El proveedor deberá considerar en su oferta todos los insumos consumibles, de seguridad personal y herramientas que necesite para llevar cabo lo requerido, en tanto cualquier material que constituya patrimonio y no sea consumible será costo de Conaf, para lo cual el proveedor deberá entregar cotización previa.
Se deja constancia de que el contrato que surja de la presente licitación no tiene como fin un contrato de exclusividad con el adjudicatario, sin embargo éste debe garantizar la disponibilidad del servicio según los requerimientos de la Corporación en forma y tiempo.
La Corporación Nacional Forestal proporcionara al proveedor adjudicados los planos de las oficinas e ingreso a sus dependencias cuando sea necesario.
Para todos los efectos de logística el proveedor deberá informar a Conaf un correo electrónico, teléfono e identificación de la contraparte logística donde se realizaran las solicitudes y coordinaciones necesarias.
5.1. REQUISITOS TECNICOS
Para dar cumplimiento con lo requerido el proveedor deberá obligatoriamente:
a. Ser profesional con certificación SEC licencia de eléctrico Clase D, vigente.
b. Garantizar su capacidad para trasladase dentro de la región.
El proveedor deberá en la entrega de sus servicios cumplir con toda normativa vigente de seguridad, emplear materiales y equipos certificados bajo las normas de la Superintendencia de Electricidad y Combustible (SEC), y cumplir con todas las normas de seguridad personal para el ejercicio de sus labores en razón del servicio prestado.
5.2. DE LA SOLICITUD DEL SERVICIO
La corporación, a través de su sección de administración, cursara al proveedor las solicitudes de provisión del servicio mediante correo electrónico, indicando: el lugar donde debe realizar el servicio, horario de visita sugerido, breve descripción del incidente y nivel de urgencia, el proveedor deberá contestar en un plazo no mayor a 24 horas corridas si el servicio no es urgente, y de indicarse en el correo electrónico que es urgente el proveedor deberá contestar en un plazo no mayor a 2 horas corridas.
5.3. DE LA ENTREGA DEL SERVICIO
El proveedor deberá, previa coordinación realizada por correo electrónico con la corporación, realizar la visita para evaluar el servicio requerido, este deberá dejar por escrito el detalle de actividades a realizar, el tiempo que tomara llevarlo a cabo y requerimientos a la corporación, por ejemplo: cortes de luz o artículos no consumibles necesarios, analizada la información entregada por el proveedor la sección de administración fijara el día, hora de inicio y termino de la prestación, dejando constancia de aquello en un acta donde este anexado el documento entregado por el proveedor, formada por ambas partes y el proveedor podrá iniciar los trabajos.
5.4. DE LA RECEPCION CONFORME Y EMISIÓN DE LA ORDEN DE COMPRA
Informado por el proveedor el termino del trabajo a un representante de la sección de administración o a quien se le asigne la tarea en caso de prestarse el servicio fuera de las dependencias de la oficina regional, éste deberá constatar la ejecución y tiempo del servicio, y de cumplir con lo requerido se proceder a la emisión de la orden de compra y posterior recepción conforme por parte de la sección de administración.
5.5. GARANTIA DE LOS SERVICIOS
Todo servicio prestado deberá considerar una garantía, por cuenta del proveedor, en caso que realizado el servicio volviese a presentarte la falla que dio origen a la solicitud o alguna otra situación conexa al servicio prestado, el plazo de esta garantía deberá ser informada por el proveedor en su anexo N°5. Lo anterior siempre y cuando no existiese intervención de terceros.
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6. CARACTERÍSTICAS DEL OFERENTE |
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Podrán presentarse a esta licitación personas naturales o jurídicas, chilenas o extranjeras, uniones temporales de proveedores, en cuyo caso deberá dar cumplimiento a lo indicado en la Directiva N° 22, los integrantes de UTP (Unión Temporal de Proveedores) deberán presentar los documentos requeridos para ofertar. Con lo anterior todos los oferentes deben acreditar idoneidad técnica conforme lo señala el Reglamento de la Ley de Compras Pública.
Quedan excluidos quienes en los dos años precedentes a la presentación de la oferta, formulación de la propuesta, o suscripción del contrato, según sea el caso, hayan sido condenados por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales de los trabajadores, o por delitos concursales del Código Penal.
Asimismo quedarán excluidos de participar los funcionarios directivos de la Corporación, ni personas unidas a ellos por vínculos de parentesco señalados en la letra b) del Art. 54 de la Ley 18.575 Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado, ni sociedades de personas de las que éstos formen parte, ni con sociedades en comanditas por acciones o anónimas cerradas en que aquellos o éstas sean accionistas, ni con sociedades anónimas abiertas en que aquellos o éstas sean dueños de acciones que representen al menos el 10% del capital, ni con los gerentes, administradores, representantes o directores de cualquiera de las sociedades antes dicha.
En caso de ser el oferente Persona Jurídica, también quedarán excluidas aquellas que hubiesen sido condenadas a las penas señaladas en el Art. 8 N° s 1 y 2 de la Ley 20.393.
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7. REQUISITOS DE LOS OFERENTES |
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Esta licitación pública se regirá por las Bases Únicas y Anexos que se publican en el Portal de compras del Estado www.mercadopublico.cl.
En lo no previsto por estas Bases, se aplicarán las normas de la Ley 19.886 de Compras y Contratación Pública y su Reglamento. Asimismo, formarán parte de las mismas, las aclaraciones escritas que emita CONAF, en respuestas a consultas que fueren requeridas por los participantes, a través de la modalidad FORO del mencionado Portal de compras.
Todas las ofertas y documento Anexos obligatorios, deberán ser presentados a través del Portal www.mercadopublico.cl. Las ofertas que se presenten deberán ceñirse a las Bases, especificaciones técnicas y otros antecedentes del proceso de licitación.
Por el solo hecho de presentarse a esta propuesta se entiende que el Proveedor ha estudiado todos los antecedentes y ha verificado su concordancia entre sí, de las Bases, especificaciones técnicas, aclaraciones y presupuesto; también ha verificado las condiciones en las cuales debe desarrollar la entrega de los Productos y está conforme con las condiciones de lo solicitado.
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8. PACTO DE INTEGRIDAD |
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El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones contenidas en el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:
1. El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.
2. El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas.
3. El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma.
4. El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio.
5. El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase.
6. El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.
7. El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.
8. El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.
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10. VALIDEZ DE LA OFERTA |
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Las ofertas tendrán una validez mínima de 90 días corridos contados desde la fecha de cierre de recepción de ofertas. Si dentro del plazo antes referido no se pudiera efectuar la adjudicación, la CONAF podrá solicitar a los proponentes antes de su fecha de expiración, una prórroga de la validez de las mismas por igual periodo. Si alguno de ellos no lo hiciera, dicha oferta se entenderá desistida.
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11. GARANTÍAS |
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11.1. GARANTÍAS SERIEDAD DE LA OFERTA
En esta licitación no se exigirá garantía de seriedad de la propuesta.
11.2. GARANTÍA DE FIEL CUMPLIMIENTO DE CONTRATO
Por tratarse de contrataciones por montos adjudicados inferiores a 1000 UTM no se exigirá garantía de fiel cumplimiento del contrato.
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12. PROHIBICIONES |
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Quedará estrictamente prohibido al Adjudicatario, ceder a cualquier título, los derechos u obligaciones del contrato a suscribir o subcontratar los productos requeridos. Sólo en casos calificados la Corporación podrá autorizar, por Resolución fundada, estas posibilidades.
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13. CONSULTAS Y ACLARACIONES. |
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Las consultas que los oferentes deseen formular con relación a la materia de esta Licitación, deberán ser realizadas a través del mecanismo que se dispone en el sitio www.mercadopublico.cl (modalidad FORO) asociado a esta Licitación Pública, hasta la fecha de recepción de consultas señalada en el cronograma, indicando el numeral y tipo de base que dan origen a la consulta. Las respuestas se pondrán a disposición de los oferentes, en la página web www.mercadopublico.cl por el mismo mecanismo, hasta la fecha establecida en estas bases para la publicación de respuestas. Sin perjuicio de lo anterior y hasta el plazo en que deben responderse las consultas, CONAF se reserva el derecho de emitir, las aclaraciones a las Bases que estimare necesarias o las que hubieren surgido con motivo de las consultas efectuadas por los interesados durante el proceso de Licitación. Tales Aclaraciones se entenderán informadas a los participantes, al encontrarse publicadas en la página web www.mercadopublico.cl.
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14. COMPLEMENTACIÓN DE LAS BASES |
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CONAF podrá complementar las Bases Únicas de la Licitación, ya sea por iniciativa propia o en atención a una aclaración solicitada por alguno de los Oferentes, durante el proceso de la Licitación, otorgando un plazo prudencial para que los oferentes puedan adecuar sus ofertas a los nuevos requerimientos, informando de ello a través del sitio www.mercadopublico.cl. Esta complementación formará parte integral de las bases.
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15. ORDEN DE PRELACIÓN Y DECLARACIÓN |
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I. Ley de Compras Públicas y su Reglamento.
II. Convenio Mandato (FNDR, Municipalidad, Fondos de Terceros, etc.).
III. Respuestas a proveedores.
IV. Aclaraciones y/o complementaciones a las bases de licitación.
V. Bases de licitación.
VI. Contrato.
El oferente adjudicado asume la plena responsabilidad en cuanto a la calidad y oportunidad de del servicio y productos exigidos de acuerdo a las especificaciones técnicas y demás estipulaciones de las presentes Bases Únicas.
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16. APERTURA ELECTRONICA Y EVALUACIÓN DE LAS OFERTAS |
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La apertura electrónica de las ofertas económicas y técnicas de las líneas, se realizará directamente en el Portal de Compras Públicas del Estado y considerará la verificación del cumplimiento de los requisitos mínimos de participación establecidos en las bases técnico-administrativas de la presente licitación. Para los efectos de esta verificación se constituirá una Comisión de Apertura compuesta por:
• Jefe del Departamento de Finanzas y Administración, o quien lo subrogue; o en su ausencia a quien se le designe.
• Jefe Sección de Administración, o quien lo subrogue, o en su ausencia a quien se le designe.
• Administrativo Sección de Administración, o quien lo subrogue, o en su ausencia a quien se le designe.
Las ofertas técnicas y económicas de los proponentes, que cumplan con todos los requisitos formales de presentación, serán evaluadas por CONAF, quien constituirá para tal efecto una Comisión Evaluadora integrada por cinco funcionarios.
Las ofertas serán evaluadas por la siguiente comisión de profesionales de la Corporación, Región del Biobío:
• Jefe del Departamento de Finanzas y Administración, o quien lo subrogue; o en su ausencia a quien se le designe.
• Jefe Sección de Administración, o quien lo subrogue, o en su ausencia a quien se le designe.
• Administrativo Sección de Administración, o quien lo subrogue, o en su ausencia a quien se le designe.
Además como ministro de fe la Jefe de la Unidad Jurídica o quien la subrogue de la Corporación y como asesora técnica la Encargada Regional de la Unidad de Prevención de Riesgos, o en su ausencia a quien se le designe.
Los integrantes de la Comisión Evaluadora serán individualizados en la Resolución respectiva que apruebe estas Bases y llame a la Licitación.
La Comisión Evaluadora, luego de su evaluación emitirá un Acta o Informe en el que propondrá al Director Regional la adjudicación, aceptación o rechazo de las propuestas analizadas.
Se adjudicará la Licitación al oferente que obtenga el mayor puntaje en la evaluación de las ofertas.
La Comisión Evaluadora, luego de su estimación emitirá un Acta o Informe en el que propondrá al respectivo Director Regional la adjudicación, aceptación o rechazo de las propuestas analizadas.
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18. RESOLUCIÓN EMPATES |
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En caso de empate entre dos o más oferentes, aun cuando de la evaluación se esté usando el máximo de decimales posibles, se privilegiará al prestador cuyo puntaje parcial en el criterio que se indica en orden de prelación, sea el más alto:
1) Precio
2) Garantía del servicio
3) Experiencia
4) Empresas Lideradas por mujeres
5) Criterios Formales
En el caso que aún persistiera el empate después de considerar los puntos anteriormente señalados, se adjudicará al proveedor que haya ingresado primero la oferta al portal Mercado Público.
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19. ACLARACIÓN DE OFERTAS (ART. 40 DEL REGLAMENTO) |
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CONAF podrá realizar consultas y solicitar antecedentes durante el período posterior al cierre de esta licitación y antes de su adjudicación. Estas consultas serán realizadas a través de la modalidad de FORO INVERSO o Aclaración de Ofertas del portal de compras. Los antecedentes que se soliciten deberán estar orientados a aclarar aspectos de la oferta o al requerimiento de documentos o certificados originales, y no podrán constituir temas evaluables por los criterios de evaluación de esta licitación. Para tales efectos el oferente tendrá un plazo de 72 horas corridas para responder en el FORO.
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20. SERVICIOS Y/O PRODUCTOS ADICIONALES |
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En el caso que la Corporación, requiera efectuar adquisiciones adicionales de los productos, estas no podrán superar el 30% monto adjudicado, evento en el cual el adjudicatario deberá mantener las condiciones técnicas y económicas de la oferta, lo que será formalizado mediante una nueva Orden de Compra (Párrafo 5, Art. 77, N° 6).
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21. ADJUDICACIÓN |
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CONAF adjudicará a un proveedor la línea licitada, y este será el que obtenga el puntaje más alto de acuerdo a los criterios de evaluación indicados en las presentes Bases, considerando como puntaje mínimo mayor o igual a 51 puntos.
Conforme a lo estipulado en la Ley 19.886, CONAF podrá declarar las ofertas inadmisibles cuando éstas no cumpliesen con los requisitos establecidos en las presentes Bases. Asimismo, podrá declarar desierta la licitación si no se presentaran ofertas, o el puntaje total es inferior a 51 puntos (o porcentajes, según la fórmula que se haya elegido en los ponderadores) éstas no resulten convenientes a los intereses de la Corporación.
La Corporación emitirá una Resolución de Adjudicación, la cual se publicará en el portal de compras del Estado www.mercadopublico.cl, de acuerdo a la normativa vigente.
La notificación de la Resolución de Adjudicación, se entenderá realizada, luego de las 24 horas transcurridas desde que CONAF publique dicha Resolución en el portal de compras www.mercadopublico.cl.
En caso que la adjudicación no se realice dentro del plazo señalado en las presentes Bases de licitación, la Corporación informará en el Sistema de Información www.mercadopublico.cl las razones que justifican el incumplimiento del plazo para adjudicar, y se indicará el nuevo plazo para la adjudicación. Cada camión ofertado se evaluará de manera independiente. La validez de las propuestas no afecta la posibilidad de presentar ofertas en todas las líneas por separado con el mismo vehículo. Es importante tener en cuenta que únicamente se podrá adjudicar un vehículo en cada línea.
Cabe señalar que todas las ofertas que obtengan menos 51 puntos en la evaluación serán declaradas inadmisibles.
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22. READJUDICACIÓN |
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En los casos en que el oferente adjudicado no suscriba el contrato dentro del plazo establecido, no entregue la garantía de fiel cumplimiento del contrato, no cumpla con los requisitos para contratar establecidos en las presentes bases, no acepte la Orden de Compra dentro del plazo de 5 Días hábiles, se desista de su oferta o sea inhábil para contratar de acuerdo con los términos de la Ley 19.886 y su Reglamento, se entenderá que desiste de su realización, por lo tanto, CONAF tendrá derecho a encomendar la adquisición de los servicios/bienes licitados al oferente que de acuerdo al resultado de la evaluación le siga en puntaje.
Así mismo CONAF queda facultada para ejecutar la garantía de seriedad de la oferta aquellos oferentes que desistan de su oferta. Quedan excluidos de esta disposición, aquellos adjudicatarios que justifiquen por motivos de fuerza mayor, que no podrán ejecutar las actividades adjudicadas, según lo detallado en los términos anticipados del contrato.
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23. CONTRATO |
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La duración del contrato será de 24 meses, pudiendo ser renovado por un máximo de 12 meses adicionales siempre y cuando exista una evaluación positiva del servicio.
Por tratarse de una licitación de servicios estándar de simple y objetiva especificación, es que si el monto adjudicado es inferior a 1000 UTM el contrato se perfeccionará mediante la emisión de la primera orden de compra y la aceptación de ésta por parte del proveedor se entenderá como la aceptación del contrato que corresponderá a todo lo señalado en las presentes Bases de licitación.
Una vez adjudicada la licitación y para la suscripción del contrato respectivo, el oferente adjudicado dispondrá de 5 días hábiles para la entrega de los siguientes documentos requeridos:
• Fotocopia de la Escritura Pública de constitución de la Sociedad y todas las modificaciones posteriores hasta esta fecha, incluyendo inscripción del Extracto en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces respectivo y su publicación en el Diario Oficial, si correspondiera.
• Reglamento Interno de Orden Higiene y Seguridad (dependiendo de la cantidad de trabajadores), si procede (10 o más trabajadores) o de Higiene y Seguridad (hasta 10 trabajadores), si correspondiera.
• Constancia de afiliación a alguna Mutualidad privada o del Estado.
• Contar con registro de Obligación de Informar (Derecho a saber) firmado por cada trabajador(a).
• Registro de entrega de Elementos de Protección Personal que cuente con fecha de entrega y firma por cada trabajador.
• Haber entregado inducción sobre normas de seguridad y uso de Elementos de Protección Personal (adjuntar respaldo de asistencia de inducción firmado por los trabajadores).
• Contar con Procedimiento de trabajo seguro sobre labores a realizar y re4spectivo registro de difusión a los trabajadores.
• Manual o Procedimiento ante un accidente de trabajo o de trayecto para su personal, si correspondiera.
• Seguros respectivos.
En caso de existir cambio de personal que prestará servicios a Conaf, deberá hacer llegar la documentación de cada trabajador nuevo previo a la prestación de algún servicio.
Si el adjudicatario del servicio no suscribe el contrato dentro de los 5 días hábiles siguientes del envío de la orden de compra por el portal se entenderá que desiste de su realización, y facultará a la corporación a realizar el procedimiento establecido en el numeral 22.
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24. DE LAS MODIFICACIONES Y TERMINO ANTICIPADO DEL CONTRATO. |
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a. De las modificaciones:
CONAF podrá modificar el contrato por mutuo acuerdo entre los contratantes, no pudiendo alterar la aplicación de los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes, así como tampoco podrá aumentarse el monto del contrato más allá de un 30% del monto originalmente pactado (Art. 77 del Reglamento).
b. Término anticipado del contrato:
CONAF queda facultada para poner término anticipado unilateral y de forma anticipada al contrato, sin perjuicio del cobro de multas al que pudiese estar afecto el contratista, sin derecho a indemnización alguna para el Adjudicatario, bastando para dichos efectos, la sola notificación mediante carta firmada por el Director Regional al correo electrónico informado por el proveedor para estos efectos, si concurre alguna de las causales que se señalan a continuación:
a) Si el Adjudicatario fuere declarado en quiebra o manifiesta insolvencia financiera.
b) Si se produjese cualquier incumplimiento gravísimo de las obligaciones establecidas en bases y contratos. Se entenderán por incumplimientos gravísimos los señalados en estas bases.
c) Si durante el ejercicio del servicio se transgredieran gravemente las prohibiciones señaladas en las presentes Bases y en el respectivo contrato.
d) Cuando CONAF y el Adjudicatario de común acuerdo resuelvan poner término al Contrato.
e) Si el adjudicatario es sometido(a) a proceso por algún delito que merezca pena aflictiva o es formalizado por iguales delitos.
f) Si el Adjudicatario no iniciara la ejecución del contrato dentro de los 5 días hábiles administrativos después de haber suscrito el contrato.
g) Si el Adjudicatario cayera en inhabilidades de la Ley 19.886 y/o la Persona Jurídica Adjudicataria fuere condenada de conformidad a las normas de la Ley 20.393.
h) Salvo que la Corporación autorizara el reemplazo de alguno de ellos por otro de similares características de la correspondiente adjudicación
i) Si se produjese cualquier incumplimiento de las obligaciones establecidas en el contrato respectivo.
j) Si el/a adjudicatario/a no cuenta con los productos requeridos.
k) Si el adjudicatario no cumple con alguno de los requisitos señalados en el punto 5 de las presentes bases.
l) Si el proveedor posee saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años y no acredite que la totalidad de las obligaciones se encuentran liquidadas al cumplirse la mitad del período de ejecución del contrato, con un máximo de seis meses.
El Adjudicatario podrá expresar sus descargos dentro de los cinco días hábiles administrativos siguientes a la Notificación. Una vez vencido dicho plazo, se hayan o no formulado descargos, el Director Regional del Biobío procederá a dictar una Resolución fundada que resuelva sobre el punto. Contra dicha Resolución, procederán todos los recursos administrativos contemplados en el Ley 19.880.
La Corporación comunicará la decisión antes señalada mediante carta enviada por correo electrónico y además, lo publicará en el Sistema de Información de Compras Públicas.
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25. MULTAS |
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La Corporación Nacional Forestal, se reserva el derecho de aplicar multas, en aquellos casos justificados en que la empresa no cumpla con la calidad del servicio ofrecido en su propuesta de la presente licitación. Para dar cumplimiento a lo anterior se establece la siguiente estructura de multas:
- Multa por atraso en la entrega: El incumplimiento de plazos en la entrega de los trabajos requeridos por causas imputables al Proveedor, salvo causa de fuerza mayor comunicadas formalmente, podrá ser objeto de una multa de UF 1, por cada día de atraso en la fecha comprometida.
- Multas por no respuesta a correo electrónico: El incumplimiento de plazos en la respuesta a la solicitud de servicio realizada por correo electrónico, salvo causa de fuerza mayor comunicada formalmente, podrá ser objeto de una multa de UF 1, por cada día de atraso en la fecha comprometida.
- Multa por servicio incompleto: La entrega parcial del servicio requerido conllevara la no aceptación conforme del requerimiento y pudiéndose cursar una Multa por atraso en la entrega, sin perjuicio de lo anterior la corporación podrá cursar una multa de 0.5 UF, por cada servicio incompleto informado como terminado.
- Multas por incumplimiento de normas de higiene y seguridad: En caso de detectarse que el personal del contratista o de sus subcontratistas no de cumplimiento a las normas de higiene y seguridad, CONAF aplicara una multa de 1 UF por cada caso detectado.
Para los efectos del cálculo de las multas se considerará la UF del día en que se cometió la falta, incumplimiento, atraso u otro que de origen a la multa.
Conaf podrá solicitar el remplazo inmediato del personal de la obra que no cumple con las medidas de seguridad.
No serán admitidas justificaciones presentadas una vez producido el problema, debiendo el adjudicatario comunicar por escrito tan pronto prevea cada situación, indicando las fechas en las cuales podrá realizar la entrega de la remodelación, para lo cual la Corporación se pronunciará de acuerdo a los méritos señalados en la presentación, pudiendo acoger los fundamentos y aceptar la propuesta, o en su defecto, no acogerla y aplicar las multas que correspondan.
Incumplimiento reiterado
Sin perjuicio de todo lo anterior, el incumplimiento reiterado del Proveedor será estimado como incumplimiento grave y facultará a éste para poner término anticipado al contrato en conformidad con lo dispuesto en numeral 24. Para los efectos previstos en este párrafo se entenderá que hay incumplimiento reiterado cuando en 4 ocasiones exista un atraso en la entrega del servicio requerido, cuando en 5 ocasiones se entregue el servicio incompleto.
a) Monto Máximo por cobro de Multas
El monto máximo a cobrar no podrá sobrepasar un 10% del monto total del contrato, sin impuestos.
b) Procedimiento Aplicativo de Multas
A continuación, se detalla el procedimiento asociado a la aplicación de las respectivas multas:
a. La Contraparte Técnica informará mediante Memorándum por el sistema Cero Papel de la Conaf a la contraparte administrativa las situaciones que ameriten la aplicación de multa o del cobro de la garantía de cumplimiento de contrato si procede, junto con los respaldos que lo acrediten.
b. La contraparte administrativa notificará al proveedor mediante una Carta Oficial enviada por correo electrónico firmada por el Director Regional, informándole sobre la aplicación de la multa y sobre los hechos en que aquellas se motivan.
c. A contar de la notificación singularizada en el número anterior, el proveedor tiene un plazo de 5 días hábiles para efectuar sus descargos por escrito mediante carta dirigida al Director Regional de CONAF Biobío, acompañando todos los antecedentes que respalden su posición. La carta deberá ser ingresada a través de la Oficina de Partes de CONAF, ubicada en Barros Arana N° 514, 3er Piso, Concepción.
d. Transcurrido el plazo indicado en el número anterior sin que el proveedor haya presentado descargos, se procederá con la aplicación de la multa notificada a través de resolución fundada del Director Regional, la cual será notificada mediante carta de CONAF. En dicha carta formalizará la resolución de la multa, se adjuntará la factura emitida por este concepto y los datos para realizar la transferencia de pago a CONAF.
e. Si el proveedor ha presentado descargos dentro del plazo establecido para estos efectos, la Dirección Regional dispondrá de un plazo de 30 días hábiles para rechazarlos o acogerlos, total a parcialmente.
f. La medida a aplicarse deberá formalizarse a través de una resolución fundada la que deberá pronunciarse sobre los descargos presentados, si existieran, y publicarse oportunamente en el Sistema de Información.
g. En contra de dicha resolución procederán los recursos dispuestos en la Ley 19.880, que establece Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado.
h. Reposición: El proveedor dispondrá del plazo de cinco días hábiles, a contar desde la fecha de notificada la resolución o acto administrativo que le impone la multa, para reponer fundadamente, acompañando todos los antecedentes pertinentes a la reposición, mediante carta dirigida al Director Regional.
i. El Director Regional, resolverá dentro de 30 días hábiles, acogiendo o rechazando total o parcialmente la reposición.
j. En el evento de que la sanción sea finalmente cursada, total o parcialmente, ésta se hará efectiva mediante la facturación del monto resuelto.
k. Se notificará dicha resolución al proveedor mediante carta certificada.
l. De acuerdo al Requerimiento del servicio, CONAF podrá poner término al contrato producto de la aplicación de estas sanciones. Lo anterior, sin perjuicio de las acciones legales que la Corporación pudiere interponer en contra del proveedor en virtud del daño ocasionado.
Notificación Electrónica: Cabe señalar que el o los proveedores adjudicados deberán mantener una casilla de correo electrónico vigente. Lo anterior, debido a que la Corporación a través del Departamento de Finanzas y Administración, determinará si la notificación se realizará a través de Carta Certificada (Física) y/o mediante notificación a través de correo electrónico.
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26. CONTRAPARTE TÉCNICA Y ADMINISTRATIVA |
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a) Contraparte Técnica
La contraparte técnica corresponderá Departamento de Finanzas y Administración, o quien lo subrogue,
Serán funciones de la Contraparte Técnica las siguientes:
• Administrar el contrato.
• Velar por el oportuno y fiel cumplimiento de todos los requerimientos técnicos de los bienes adquiridos mientras se encuentre vigente el contrato, representado por la orden u órdenes de compra.
• Aprobar la recepción conforme de los bienes y el visto bueno para el pago de la factura vigente.
• Revisar y autorizar informe técnico emanado del proveedor adjudicado para su posterior gestión de pago, cuando corresponda.
• Informar a la contraparte administrativa de cualquier incumplimiento que pueda significar un incumplimiento del contrato y/o multa.
• Cualquier otra tarea necesaria para la oportuna e íntegra ejecución de la contratación.
b) Contraparte Administrativa
La contraparte administrativa corresponderá al Departamento de Finanzas y Administración, representada por el/la Jefe(a) (I) de DEFA Regional, o quien la subrogue, en las materias que le competen a cada uno.
Serán funciones de la contraparte Administrativa las siguientes:
• Emitir órdenes de compra asociadas a cada proceso de compra.
• Solicitar los contratos asociados a cada proceso de compra, cuando corresponda.
• Responder a los posibles reclamos derivados de las licitaciones públicas, por adquisición de bienes o contratación de servicios.
• Revisar e Informar las multas asociadas al proceso en conjunto con la Contraparte Técnica. Esta actividad se desarrollará en aquellos casos donde no se hayan cumplido lo establecido en las Bases de Licitación al respecto, lo cual quedará de manifiesto a través del Certificado de Recepción Conforme.
Comunicar al Departamento de Finanzas, el valor total de las multas a descontar en la factura del proveedor
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27. MODALIDAD, FORMA Y PLAZO DE PAGO |
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El pago se efectuará posterior a la entrega de la totalidad de los servicios adjudicados, previa presentación de la factura correspondiente, el certificado F-30 y F30-1.
El proveedor deberá emitir la respectiva factura por servicio:
Razón Social : Corporación Nacional Forestal
RUT : 61.313.000-4
Giro : Productos Forestales
Domicilio : Barros Arana 514, Concepción.
El pago será realizado por la Tesorería General de la República o la Corporación Nacional Forestal, 30 días (corridos), a través de transferencia electrónica, después de recepcionado conforme la totalidad del servicio.
En caso que el proveedor adjudicado factorice los documentos tributarios entregados a la Corporación, éste deberá notificar oportunamente a la institución de la existencia de dicho contrato, siempre y cuando no existan obligaciones o multas pendientes.
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