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Aceptación de los términos de las Bases |
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La participación en el proceso implica la aceptación de los oferentes de todas y cada una de las disposiciones contenidas en las Bases, sin necesidad de declaración expresa.
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Presupuesto estimado |
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El presupuesto estimado de la presente licitación es de $10.000.000 (Diez millones de pesos) con IVA incluido, además dicho presupuesto considera el despacho incluido a Av. Angamos 393, Antofagasta.
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Interpretación de las Bases |
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La CMDR se reserva la facultad de interpretar las diferentes materias relacionadas con las presentes Bases de Licitación, conforme a los criterios de ecuanimidad que estime convenientes, sin perjuicio de tener presente siempre la necesidad de máxima eficacia, eficiencia y ahorro en la contratación materia de este proceso concursal, sin que ello implique que necesariamente se adjudicará a la oferta que resulte de menor costo.
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Aclaraciones y/o modificaciones de oficio a las Bases |
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La CMDR, podrá modificar, complementar o aclarar las bases de la licitación, de oficio o en atención a una consulta realizada por alguno de los oferentes, hasta 24 horas anteriores al día y hora fijados para la recepción de ofertas, a través de www.mercadopublico.cl. Si se trata de una modificación sustancial, se otorgará la extensión de plazo correspondiente para la debida preparación de las ofertas.
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Recepción de consultas y solicitudes de aclaración. |
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Los oferentes podrán hacer las consultas y solicitudes de aclaración que estimen procedentes respecto de las disposiciones contempladas en las presentes Bases Administrativas, Técnicas y Anexos, las que se formularán a través del Portal de Compras Públicas www.mercadopublico.cl, conforme a lo establecido en el cronograma de estas Bases.
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Respuestas |
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La totalidad de las consultas y solicitudes de aclaración que formulen los oferentes serán respondidas o evacuadas en el plazo indicado en el cronograma de las presentes Bases Administrativas, quedando tales respuestas a disposición de todos los interesados en el portal www.mercadopublico.cl. Las respuestas señaladas serán parte integrante de las Bases Administrativas, Técnicas y Anexos.
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Contenido de las Ofertas |
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Cada Oferta deberá contemplar todos los aspectos que permitan su adecuada evaluación. En consecuencia, corresponderá a los oferentes aportar la totalidad de los antecedentes requeridos y necesarios para su calificación. Los oferentes que no presenten uno o más de los antecedentes, no serán considerados en la evaluación de la presente licitación. Así, cada Oferta deberá estar conformada por:
Los Antecedentes Generales.
La Oferta Técnica; que corresponde a la descripción de los bienes y/o servicios solicitados y ofertados;
La Oferta Económica; que corresponde al precio total a suma alzada de los bienes y/o servicios ofertados.
Los oferentes podrán presentar los antecedentes requeridos para participar en el proceso de licitación, sólo en el período determinado para tal efecto, sin existir plazos extraordinarios complementarios.
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Garantía de seriedad de oferta. |
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Los oferentes deberán entregar una Garantía de Seriedad de la Oferta, la que consistirá en Boleta Bancaria, Vale Vista o Póliza de Seguro de Ejecución Inmediata, Depósito a la Vista y Certificado de Fianza, como además, toda otra que asegure el cobro de la misma manera rápida y efectiva, y que cumpla las condiciones dispuestas en el artículo 31 del Decreto Supremo N°250, de 2004, del Ministerio de Hacienda, que contiene el Reglamento de la Ley N°19.886.
La garantía deberá ser a la vista, irrevocable, expresada en pesos o su equivalente en Unidades de Fomento (UF), cuyo beneficiario será la Corporación Municipal de Deportes y Recreación de Antofagasta, RUT: 65.076.481-1, con una vigencia mínima de 60 días corridos a contar la fecha de cierre de recepción de las ofertas, cuya glosa deberá señalar: Para garantizar la seriedad de la oferta COMPRA DE "LUMINARIAS COMPLEJO DEPORTIVO ESCOLAR MUNICIPAL”. En caso de presentar vale vista o depósito a la vista, la glosa podrá estar registrada en el dorso del documento.
El monto de esta garantía será del 5% del presupuesto estimado en el punto 3.2, lo que corresponde a $500.0000 (quinientos mil pesos).
En los casos en que la garantía se otorgue de manera electrónica, deberá ajustarse a la Ley N°19.799 sobre Documentos Electrónicos, Firma Electrónica y Servicios de Certificación de dicha Firma. Imagen de esta garantía junto con los antecedentes necesarios que permitan verificar su conformidad, deberá ser subida al Sistema de Información (portal www.mercadopublico.cl) como parte de los Antecedentes Generales de la Oferta. En caso que no se encuentre dicha imagen y/o antecedentes, se considerará que no se acompañó la garantía y la oferta será declarada inadmisible.
Toda oferta que no esté acompañada de la Garantía de Seriedad de la Oferta entregada físicamente o ingresada en la plataforma del Portal de Compras Públicas, www.mercadopublico.cl, y/o que dicha garantía no esté emitida según los requisitos de estas Bases, será rechazada por la Corporación, por no ajustarse a los términos de las presentes Bases.
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La Comisión Evaluadora. |
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Las ofertas que inicialmente fueron declaradas admisibles, serán analizadas, por una Comisión Evaluadora que estará integrada por los siguientes funcionarios de la Corporación Municipal de Deportes y Recreación de Antofagasta:
Camilo Padilla, Profesional del área de administración y finanzas o quien lo subrogue.
José Hidalgo, Encargado de mantenimientos o quien lo subrogue.
Yaritza Vega Tabilo, Encargada de Administración y Finanzas o quien la subrogue.
La Comisión será presidida por la Encargada de Administración y Finanzas y efectuará la evaluación sobre la base de los antecedentes proporcionados por los proponentes.
Actuará como ministro de fe y secretario de acta el Sr. Angelo Varas, Encargado de la Unidad de Adquisiciones o un profesional de su dependencia designado por éste al efecto.
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Consultas Aclaratorias a Oferentes |
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Durante el período de evaluación, la Comisión Evaluadora podrá efectuar consultas a uno o más proponentes, para aclarar puntos específicos de las respectivas ofertas.
Tales consultas y sus respuestas deberán ser puestas en conocimiento de todos los oferentes a través del portal www.mercadopublico.cl.
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Posibilidad de subsanar errores u omisiones formales detectadas durante la evaluación. |
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Durante el período de evaluación, la Comisión Evaluadora podrá solicitar a los oferentes que salven errores u omisiones formales, siempre y cuando las rectificaciones de dichos vicios u omisiones no les confieran a esos oferentes una situación de privilegio respecto de los demás, esto es, en tanto no se afecten, a juicio de la CMDR, los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes.
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Presentación de antecedentes omitidos por los oferentes |
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Durante el período de evaluación, la Comisión Evaluadora podrá solicitar a los oferentes que presenten antecedentes omitidos.
Para ello, la Comisión Evaluadora enviará, vía portal www.mercadopublico.cl la correspondiente solicitud de aclaración, indicando los antecedentes que faltan.
Se hace presente que sólo serán consideradas aquellas certificaciones o antecedentes que se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar las ofertas o se refieran a situaciones que no hayan mutado entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas y el periodo de evaluación. Los oferentes deberán entregar el /los antecedentes faltantes dentro del plazo indicado en la solicitud
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Criterios de Evaluación de las Ofertas |
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Evaluación de Ofertas Técnicas
Comportamiento contractual del proveedor
Evaluación Plazos de Entrega
Evaluación Ofertas Económicas
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Mecanismo de solución en caso de empates |
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En caso de igualdad en el puntaje final, se privilegiará al proponente cuya oferta resulte ser la más económica. De mantenerse el empate, se escogerá al proponente cuyo plazo de entrega sea el más breve.
Si aplicados dichos criterios de desempate éste se mantiene, se optará por la Oferta que haya sido ingresada primero al portal.
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Adjudicación |
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La adjudicación de la licitación se hará a la oferta que haya obtenido más alto puntaje según los criterios de evaluación y sus ponderaciones, establecidas en las presentes bases.
La Adjudicación se hará por Resolución de la CMDR, sobre la base del Acta de Evaluación elaborada por la Comisión Evaluadora.
En caso de que el adjudicado no acepte por cualquier motivo la respectiva Orden de Compra, en un plazo de 24 horas, la CMDR, junto con dejar sin efecto la adjudicación original, podrá reservase el derecho de readjudicar la licitación al segundo oferente mejor evaluado según el acta de evaluación.
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Eventual Rechazo de las Ofertas o Declaración de Licitación Desierta |
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La CMDR, como persona jurídica de derecho privado sin fines de lucro, se reserva el derecho de declarar inadmisible o rechazar, por resolución fundada, al momento en que debe decidir la adjudicación del bien o servicio, cualquier oferta de algún proponente, cuando estimare que no cumple los requisitos establecidos en las Bases y/o a partir de la ponderación que haga de los documentos referidos en los Antecedentes Generales del Oferente.
Asimismo, la CMDR, por resolución fundada, podrá declarar desierta la licitación cuando no se presenten ofertas, o bien, cuando éstas no resulten convenientes a sus intereses.
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Readjudicación |
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Si el adjudicatario se desistiere de aceptar la orden de compra, o no cumpliese con las demás condiciones y requisitos establecidos en las presentes bases para la suscripción o aceptación de los referidos documentos, la entidad licitante podrá, junto con dejar sin efecto la adjudicación original, adjudicar la licitación al oferente que le seguía en puntaje, o a los que le sigan sucesivamente, dentro del plazo de 30 días corridos contados desde la publicación de la adjudicación original.
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Pago |
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Para efectos de facturación y pago respectivo, se requerirá la recepción conforme de los productos por parte de la sección requirente según la ficha técnica, los que deberán ser entregados en el edificio de la Corporación Municipal de Deportes y Recreación de Antofagasta, ubicada en Avenida Angamos 0393, sin esta recepción conforme la factura no podrá ser recepcionada y el pago no podrá ser realizado. La Corporación, no entregará anticipos de ninguna especie.
El servicio se pagará, en pesos chilenos, mediante transferencia electrónica, contra recepción de la factura correspondiente extendida a nombre de Corporación Municipal de Deportes y Recreación de Antofagasta, RUT: 65.076.481-1, domiciliado en la comuna y ciudad de Antofagasta, Avenida Angamos 393, en el plazo máximo de 30 días corridos posteriores a la aprobación del mismo. La factura debe ser enviada al correo de daf@cmdrantofagasta.cl y deberá asociarse a la Orden de compra respectiva sin errores tipográficos, de lo contrario esta será automáticamente rechazada por el Sistema tributario Nubox.
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ENTREGA DE LOS PRODUCTOS |
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El plazo de entrega de los productos no podrá superar lo ofertado por el adjudicatario, desde el día siguiente a la aceptación de la Orden de Compra por parte de éste. En caso de fuerza mayor, entendiéndose por tal lo dispuesto en el artículo 45 del Código Civil, debidamente acreditadas por el adjudicatario de que no podrá cumplir con el plazo de entrega, y previa solicitud escrita efectuada con a lo menos 72 horas de anticipación a la fecha en que venza el plazo de entrega, se podrá aumentar el plazo de entrega hasta en 5 días hábiles.
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RECEPCIÓN CONFORME DE LOS PRODUCTOS. |
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La entrega de los productos será de acuerdo a la unidad requirente quienes deberán verificar que los productos correspondan a lo requerido y ofertado, verificando cantidades, medidas y que se encuentren sin daños. Cabe señalar que no serán recepcionados aquellos productos que presenten las siguientes deficiencias:
No cumpla con las especificaciones técnicas requeridas
Dañado o defectuoso
Diferente al adjudicado
Dentro del plazo de 3 días hábiles el área requirente le informará a la encargada de compras de la CMDR, para que informe al adjudicatario mediante correo electrónico y en www.mercadopublico.cl, si estos productos fueron recepcionados de manera conforme, o bien si se necesita reposición. El plazo de reposición será de 5 días hábiles.
La recepción conforme deberá ser acreditada por una guía de despacho por parte del proveedor.
El despacho y reposición de los productos serán de cargo y costo del proveedor. Los productos despachados deberán corresponder a los indicados en la presente licitación, lo que incluye medidas, características, entre otros.
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ADAPTABILIDAD DE LOS PRODUCTOS. |
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La CMDR, durante el proceso de evaluación y adjudicación o con la mediación de un aviso escrito, despachado con un mínimo de 72 horas de anticipación a la fecha programada para la entrega de los bienes, podrá aumentarse hasta en un 30% o disminuirlos hasta en un 10%. Esta variación no podrá significar una alteración del precio unitario ofertado.
Cualquier modificación al producto adjudicado con fines de mejora deberá ser comunicada oportunamente al encargado de la licitación y posteriormente al área requirente para su aprobación. Si la modificación no es aprobada, el proveedor deberá garantizar el despacho de los productos en las condiciones previamente aceptadas en el proceso de licitación.
Dicha adaptabilidad del producto se entenderá como una modificación del mismo por mutuo acuerdo de las partes, conforme a lo establecido por el artículo 13 de la Ley Nº 19.886 de Compras Públicas, y por el artículo 77 de su Reglamento, contenido en el Decreto Supremo N° 250 de 2004 del Ministerio de Hacienda.
El ejercicio de la facultad de adaptabilidad de los servicios a que se refiere el presente punto de las Bases, en ningún caso puede alterar el objeto de las bases, siendo esta consideración una limitante para su materialización. Asimismo, deberá ajustarse el precio, respetando el principio de estricta proporcionalidad y procederá cuando el requirente emita un informe que recomiende la utilización de esta facultad, la cual será aprobada mediante Resolución fundada.
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CONTRATO |
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De acuerdo a lo dispuesto en el Artículo N° 63 del Reglamento de la Ley de Compras, el Contrato se formalizará mediante la emisión de la Orden de Compra por parte del Servicio y Aceptación de esta por parte del Proveedor
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MULTAS |
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N° - Causal - Multa
1 - Incumplimiento en el plazo de entrega de
los productos - 1 UTM por cada día hábil de atraso.
2 - Incumplimiento en la cantidad despachada
de los productos. - 1 UTM por cada día hábil de atraso.
3 - Incumplimiento en el plazo de reposición
de los productos. - 1 UTM por cada día hábil de atraso.
El monto máximo de multas que podrá cursar la CMDR al oferente que se adjudique la presente licitación, asciende al 15% del presupuesto máximo disponible.
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Procedimiento para la aplicación de medidas derivadas de incumplimientos |
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Detectada una situación que amerite la aplicación de una multa u otra medida contemplada en las presentes bases, la entidad licitante notificará inmediatamente de ello al adjudicado, personalmente, por carta certificada o correo electrónico, informando sobre la medida a aplicar y sobre los hechos que la fundamentan.
A contar de la notificación singularizada en el párrafo anterior, el proveedor tendrá un plazo de 5 días hábiles para efectuar sus descargos por escrito, acompañando todos los antecedentes que lo fundamenten.
Vencido el plazo indicado sin que se hayan presentado descargos, se aplicará la correspondiente medida por medio de una resolución fundada de la entidad licitante.
Si el proveedor ha presentado descargos dentro del plazo establecido para estos efectos, la entidad licitante tendrá un plazo de 30 días hábiles, contados desde la recepción de los descargos del proveedor, para rechazarlos o acogerlos, total o parcialmente. Al respecto, el rechazo total o parcial de los descargos del respectivo proveedor deberá formalizarse a través del dictamen de una resolución fundada de la entidad licitante, en la cual deberá detallarse el contenido y las características de la medida. La indicada resolución deberá notificarse al respectivo proveedor adjudicado personalmente o mediante carta certificada.
El proveedor adjudicado dispondrá de un plazo de 5 días hábiles, contados desde la notificación de la resolución fundada singularizada en los párrafos anteriores, para impugnar dicho acto mediante los recursos contemplados en la Ley 19.880, debiendo acompañar todos los antecedentes que justifiquen eliminar, modificar o reemplazar la respectiva medida. La entidad licitante tendrá un plazo no superior a 30 días hábiles para resolver el citado recurso.
La resolución que acoja el recurso podrá modificar, reemplazar o dejar sin efecto el acto impugnado.
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Término Anticipado |
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La entidad licitante está facultada para declarar el término anticipado de la relación contractual, en cualquier momento, sin derecho a indemnización alguna para el adjudicado, si concurre alguna de las causales que se señalan a continuación:
Si el adjudicado se encuentra en un procedimiento concursal de liquidación en calidad de deudor o se encuentra en manifiesta insolvencia financiera, a menos que se mejoren las cauciones entregadas.
Si se disuelve la empresa adjudicada.
Por incumplimiento grave de las obligaciones contraídas por el proveedor adjudicado. Se entenderá por incumplimiento grave la no ejecución o la ejecución parcial por parte del adjudicatario de las obligaciones contractuales, descritas en las presentes Bases, sin que exista alguna causal que le exima de responsabilidad, y cuando dicho incumplimiento le genere a la entidad licitante perjuicio en el cumplimiento de sus funciones.
Si el adjudicatario, sus representantes, o el personal dependiente de aquél, no actuaren éticamente durante la ejecución del respectivo contrato, o propiciaren prácticas corruptas, tales como:
Dar u ofrecer obsequios, regalías u ofertas especiales al personal de la entidad licitante, que pudiere implicar un conflicto de intereses, presente o futuro, entre el respectivo adjudicatario y la entidad licitante.
Dar u ofrecer cualquier cosa de valor con el fin de influenciar la actuación de un funcionario público durante la relación contractual objeto de la presente licitación.
Tergiversar hechos, con el fin de influenciar decisiones de la entidad licitante.
En caso de que el atraso en la entrega de los bienes o la prestación de los servicios supere los 15 días hábiles.
En caso de que las multas cursadas por atrasos sobrepasen el 15% del valor total contratado.
En todos los casos señalados, además del término anticipado, se procederá al cobro de la garantía de fiel cumplimiento del contrato, si se hubiere exigido dicha caución en las Bases.
En estos casos de término anticipado se aplicará el mismo procedimiento para la aplicación de multas.
Resuelto el término anticipado, no operará indemnización alguna para el adjudicatario, debiendo la entidad licitante concurrir al pago de las obligaciones ya cumplidas que se encuentren insolutas a la fecha. Sin perjuicio de lo anterior, la entidad licitante y el respectivo adjudicatario podrán poner término a la relación contractual en cualquier momento, de común acuerdo.
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