Licitación ID: 1059082-13-LE23
DISEÑO ARQUITECTURA JARDIN INFANTIL SANTA INÉS
Responsable de esta licitación: JUNTA NACIONAL DE JARDINES INFANTILES, Junji - Región Ñuble
Reclamos recibidos por incumplir plazo de pago: 16
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Productos o servicios
1
Servicios temporales de arquitectura 1 Unidad
Cod: 80111617
DISEÑO DE LOS PROYECTOS DE ARQUITECTURA, ESTRUCTURA Y ESPECIALIDADES PARA LA CONSTRUCCION DE NUEVA SALA CUNA Y JARDIN INFANTIL "SANTA INÉS".  

1. Características de la licitación
Nombre de la licitación:
DISEÑO ARQUITECTURA JARDIN INFANTIL SANTA INÉS
Estado:
Adjudicada
Descripción:
La Junta Nacional de Jardines Infantiles, en adelante (JUNJI), requiere contratar los SERVICIO DE DISEÑO DE LOS PROYECTOS DE ARQUITECTURA, ESTRUCTURA Y ESPECIALIDADES PARA LA CONSTRUCCIÓN DE NUEVA SALA CUNA Y JARDÍN INFANTIL “SANTA INÉS”, COMUNA CHILLÁN VIEJO, REGIÓN ÑUBLE.
Tipo de licitación:
Pública-Licitación Pública igual o superior a 100 UTM e inferior a 1.000 UTM (LE)
Tipo de convocatoria:
ABIERTO
Moneda:
Peso Chileno
Etapas del proceso de apertura:
Una Etapa
Contrato
Se requerirá suscripción de contrato
Toma de razón por Contraloría:
No requiere Toma de Razón por Contraloría
Publicidad de ofertas técnicas:
Las ofertas técnicas serán de público conocimiento una vez realizada la apertura técnica de las ofertas.
2. Organismo demandante
Razón social:
JUNTA NACIONAL DE JARDINES INFANTILES
Unidad de compra:
Junji - Región Ñuble
R.U.T.:
70.072.600-2
Dirección:
Bulnes 1033
Comuna:
Bulnes
Región en que se genera la licitación:
Región del Ñuble
3. Etapas y plazos
Fecha de cierre de recepción de la oferta: 26-09-2023 15:00:00
Fecha de Publicación: 30-08-2023 12:45:00
Fecha inicio de preguntas: 31-08-2023 13:01:00
Fecha final de preguntas: 12-09-2023 16:00:00
Fecha de publicación de respuestas: 21-09-2023 16:00:00
Fecha de acto de apertura técnica: 26-09-2023 15:01:00
Fecha de acto de apertura económica (referencial): 26-09-2023 15:01:00
Fecha de Adjudicación: 03-11-2023 14:19:56
Fecha de entrega en soporte fisico No hay información
Fecha estimada de firma de contrato No hay información
Tiempo estimado de evaluación de ofertas No hay información
La visita a terreno será de carácter obligatoria, la que comenzará el día 06 de septiembre de 2023 a las 10:00 horas, ubicada en “Calle el Rosario 1438”, comuna de Chillán Viejo 06-09-2023 10:00:00
4. Antecedentes para incluir en la oferta
Adicionalmente, todos los proveedores para ofertar en esta licitación, deberán obligatoriamente confirmar y firmar electrónicamente la Declaración Jurada de Requisitos para Ofertar.
Documentos Administrativos
1.- ANEXOS ADMINISTRATIVOS WORD
2.- ANEXOS ADMINISTRATIVOS PDF
3.- MANUAL DEL SISTEMA DE PREVENCIÓN DE LAVADO DE ACTIVOS, FINANCIAMIENTO DEL TERRORISMO Y DELITOS FUNCIONARIOS
4.- BASES ADMINISTRATIVAS
5.- MODIFICA RESOLUCIÓN EXENTA N°015/230 DE FECHA 29 DE AGOSTO DE 2023
Documentos Técnicos
1.- ANEXOS TÉCNICOS WORD
 
2.- ANEXOS TÉCNICOS PDF
 
3.- BASES TÉCNICAS
 
4.- SIMULACIÓN IMIV
 
5.- CERTIFICADO DE ACUERDO PROTOCOLIZADO
 
6.- CERTIFICADO DE FACTIBILIDAD DE AGUA
 
7.- CERTIFICADO DE INFORMACIONES PREVIAS
 
8.- FACTIBILIDAD ELECTRICA
 
9.- INSCRIPCIÓN Y VIGENCIA EQUIPAMIENTO VILLA SANTA INES
 
10.- LAMINAS JUNJI
 
11.- PLANO DE TERRENO SANTA INES
 
12.- PROGRAMA ARQUITECTONICO
 
13.- RES 298/2020 APRUEBA PROGRAMA ARQUITECTONICO
 
14.- RES 653/2019 APRUENA PAUTA DE APLICACIÓN
 
15.- PLANOS dwg
 
16.- PLANOS dwg
 
17.- ANEXO Nº 10 WORD
 
18.- ANEXO Nº 10 PDF
 
19.- ANEXO Nº 10 EXCEL
 
20.- ACTA VISITA A TERRENO CONTRATISTAS 06.09.2023
 
21.- RESPUESTAS FORO
 
Documentos Económicos
1.- ANEXO ECONOMICO WORD
2.- ANEXO ECONOMICO PDF
3.- ANEXO ECONOMICO EXCEL
5. Requisitos para contratar al proveedor adjudicado
Persona natural
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.
 
2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.
 
3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.
 
4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.
 
5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.
 
6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.
 
7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.
 
8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).
 
Documentos persona natural
- Fotocopia Legalizada de Cédula de Identidad
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
Persona jurídica
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.

2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.

3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.

4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.

5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.

6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.

7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.

8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).

Documentos persona jurídica
- Fotocopia Legalizada del Rut de la Empresa
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
- Certificado de Vigencia de la Sociedad
- (1) Certificado de Boletín de Informes Comerciales
- (1) Certificado de Quiebras/Convenio Judicial
6. Criterios de evaluación
ÍtemObservacionesPonderación
1 Experiencia profesional de Proyecto de Arquitectur VER PUNTO 18. DE LAS BASES ADMNISTRATIVAS 20%
2 Experiencia específica de profesional de Proyecto VER PUNTO 18. DE LAS BASES ADMNISTRATIVAS 15%
3 Experiencia profesional de Proyecto de Cálculo est VER PUNTO 18. DE LAS BASES ADMNISTRATIVAS 10%
4 Experiencia Profesional Proyecto de Sustentabilida VER PUNTO 18. DE LAS BASES ADMNISTRATIVAS 10%
5 Oferta económica VER PUNTO 18. DE LAS BASES ADMNISTRATIVAS 25%
6 Plazo de ejecución del servicio VER PUNTO 18. DE LAS BASES ADMNISTRATIVAS 10%
7 Cumplimiento de los requisitos formales en la pres VER PUNTO 18. DE LAS BASES ADMNISTRATIVAS 10%

7. Montos y duración del contrato
Estimación en base a: Presupuesto Disponible
Fuente de financiamiento: JUNTA NACIONAL DE JARDINES INFANTILES
Contrato con Renovación: NO
Observaciones Sin observaciones
Tiempo del Contrato 260 Días
Plazos de pago: 30 días contra la recepción conforme de la factura
Opciones de pago: Transferencia Electrónica
Nombre de responsable de pago: MACARENA PICHUN
e-mail de responsable de pago: MPICHUN@JUNJI.CL
Nombre de responsable de contrato: NICOLE SEPÚLVEDA NORAMBUENA
e-mail de responsable de contrato: nicole.sepulveda.n@junji.cl
Teléfono de responsable del contrato: 56-42-2430265-
Prohibición de subcontratación: Se permite subcontratación
8. Garantías requeridas
    Garantías de Seriedad de Ofertas
Beneficiario: Junta Nacional de Jardines Infantiles
Fecha de vencimiento: 20-12-2023
Monto: 100000 Peso Chileno
Descripción: Para garantizar la seriedad de la Oferta, cada oferente mediante una caución consistente en cualquier instrumento financiero que asegure el cobro de esta de manera rápida y efectiva, siempre que cumple con las condiciones dispuestas en el artículo 31 de Decreto N° 250 del Ministerio de Hacienda. Para garantizar la seriedad de sus ofertas, todos los proponentes deberán entregar una garantía por un monto de $100.000 (cien mil pesos), la cual deberá ser extendida a nombre de la Junta Nacional de Jardines Infantiles, RUT N° 70.072.600-2, pagadera a la vista, nominativo, no endosable, irrevocable, expresarse en pesos chilenos, con una vigencia mínima de 60 (sesenta) días hábiles posteriores a la fecha de cierre de presentación de las ofertas publicadas en el sistema de información de la dirección de compras y contratación pública www.mercadopublico.cl. El proveedor o contratista deberá adjuntar el certificado de validez del documento por caución presentado. En caso de tratarse de una póliza de seguro, deberá ser emitida a favor de organismos públicos, de ejecución inmediata, sin liquidador ni cláusula de arbitraje, por una compañía aseguradora inscrita en la superintendencia de valores y seguros de Chile. La entrega de los instrumentos no electrónicos deberá otorgarse de manera física en la oficina de partes de la dirección regional de Ñuble de la Junta Nacional de Jardines Infantiles, ubicada en calle Bulnes N°1033, comuna de Chillán, ciudad de Chillán, en el caso de instrumentos electrónicos deberá entregarse al correo electrónico oficina_partesXVI@junjired.cl, con copia a lvalenzuela@junji.cl. En el caso que se otorgue de manera electrónica, deberá ajustarse a la ley N° 19.799 sobre documentos electrónicos, firma electrónica y servicios de certificación. No se considerará entregada la garantía enviada a través de formatos y/o medios digitales cuando el proponente haya elegido emitirla a través de instrumentos no electrónicos. El plazo para la recepción de este documento se extenderá hasta el día de la fecha de cierre de recepción de ofertas, de acuerdo con el cronograma de esta licitación, en el siguiente horario: Lunes a jueves: De 08:30 hasta las 17:30 hrs. Viernes: De 08:30 hasta las 16:30 hrs. La regla precedente no rige respecto de la póliza de seguro electrónica, la cual se remitirá directamente a través del Sistema de Información de la Dirección de Compras y Contratación pública www.mercadopublico.cl. En los casos que se otorgue de manera electrónica, esta deberá ajustarse a la Ley N° 19.799 sobre documentos electrónicos firma electrónica y servicios de certificación de dicha firma. Esta garantía se otorgará para caucionar la seriedad de las ofertas y de todas las obligaciones que se imponen al oferente, pudiendo ser ejecutada unilateralmente por vía administrativa por la Junta Nacional de Jardines Infantiles, sin forma de juicio, en los siguientes casos: a) Si se desiste de su propuesta o la retira unilateralmente, durante el período de vigencia de esta. b) Si presentare una oferta falsa, manifiestamente errónea o inductiva a error. c) Si el adjudicatario no suscribe el contrato dentro del plazo respectivo o no se inscribe en el registro electrónico oficial de proveedores del Estado (ChileProveedores) previo al plazo de suscripción del contrato. d) Si el contratista no entrega en forma oportuna la garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato y de pago de obligaciones laborales y sociales. e) Si el adjudicatario no entrega la documentación solicitada para la suscripción del contrato. La resolución que disponga el cobro de esa garantía deberá, en todo caso, estar debidamente fundada. La garantía deberá indicar en su texto o glosa: “EN GARANTÍA DE SERIEDAD DE LA OFERTA DE LA LICITACIÓN PÚBLICA POR EL SERVICIO DE DISEÑO DE LOS PROYECTOS DE ARQUITECTURA, ESTRUCTURA Y ESPECIALIDADES PARA LA CONSTRUCCIÓN DE NUEVA SALA CUNA Y JARDÍN INFANTIL “SANTA INÉS” COMUNA CHILLÁN VIEJO, REGIÓN ÑUBLE ID 1059082-13-LE23”. Respecto del vale vista, dicha glosa deberá consignarse en una declaración jurada simple acompañada a tal instrumento, según formato tipo en el Anexo N° 6. 11 Toda propuesta que no esté acompañada de la garantía de seriedad será declarada inadmisible por la Junta Nacional de Jardines Infantiles por no ajustarse a los términos de las presentes bases.
Glosa: “EN GARANTÍA DE SERIEDAD DE LA OFERTA DE LA LICITACIÓN PÚBLICA POR EL SERVICIO DE DISEÑO DE LOS PROYECTOS DE ARQUITECTURA, ESTRUCTURA Y ESPECIALIDADES PARA LA CONSTRUCCIÓN DE NUEVA SALA CUNA Y JARDÍN INFANTIL “SANTA INÉS” COMUNA CHILLÁN VIEJO, REGIÓN ÑUBLE ID 1059082-13-LE23”.
Forma y oportunidad de restitución: La devolución de las garantías de seriedad de la oferta a aquellos proponentes cuyas ofertas hayan sido declaradas inadmisibles se efectuará dentro del plazo de diez (10) días hábiles contados desde la notificación de la resolución que dé cuenta de la inadmisibilidad. La devolución de las garantías de seriedad a aquellos oferentes cuyas ofertas hayan sido desestimadas, se efectuará dentro de diez (10) días hábiles siguientes, contados desde la total tramitación de la resolución que aprueba el contrato suscrito con el respectivo proveedor adjudicado, previa solicitud mediante correo electrónico a la persona encargado del proceso de licitación. La Garantía por seriedad de la oferta será devuelta al adjudicatario, una vez que suscriba el contrato correspondiente y se efectúe la entrega de la garantía de Fiel y Oportuno Cumplimiento del contrato a que se refiere el punto N° 22. La devolución de garantías debe solicitarse mediante correo electrónico a la persona encargado del proceso de licitación, para coordinar su retiro y liberación.
    Garantía fiel de Cumplimiento de Contrato
Beneficiario: Junta Nacional de Jardines Infantiles
Fecha de vencimiento: 31-10-2024
Monto: 7 %
Descripción: Para garantizar el fiel y oportuno cumplimiento del contrato y el pago de obligaciones laborales y sociales, el proveedor contratado deberá presentar una garantía por un valor equivalente al 7% del valor total 19 adjudicado (con IVA), la cual deberá ser extendida a nombre de la Junta Nacional de Jardines Infantiles, Rut N° 70.072.600-2, pagadera a la vista, irrevocable, expresarse en pesos chilenos y tomada por el propio oferente, con una vigencia mínima a la del contrato (considerando el plazo de garantía de los productos ofertados por el adjudicatario) aumentada en 90 días hábiles administrativos. Será aceptado como garantía de fiel cumplimiento de contrato, pago de obligaciones laborales y sociales, y eventuales multas, cualquier instrumento que asegure el cobro de la garantía de manera rápida y efectiva, en conformidad al artículo 68 del Reglamento. En caso de tratarse de una Póliza de Seguro, deberá ser de ejecución inmediata, sin liquidador, ni cláusula de arbitraje, emitida por una compañía aseguradora inscrita en la Superintendencia de Valores y Seguros de Chile, extendida a nombre de la Junta Nacional de Jardines Infantiles y que deberá cubrir, ya sea a través de endoso o cláusula, el importe por las multas derivadas de incumplimientos a estas Bases de Licitación, o en su defecto, no deberá considerar en sus cláusulas la exclusión de dichos importes. En este caso, previo a su entrega, el Prestador del Servicio deberá acreditar haber pagado la totalidad de la prima correspondiente al período de vigencia de la Póliza respectiva. (El envío) la emisión del documento podrá realizarse de manera física entregándolo en la oficina de partes de la dirección regional del Ñuble, Calle Bulnes N° 1033, Chillán o electrónicamente enviando por correo electrónico oficina_partesXVI@junjired.cl. En el caso que se otorgue de manera electrónica, deberá ajustarse a la ley N° 19.799, sobre documentos electrónicos, firma electrónica y servicios de certificación, dentro del plazo de 5 (cinco) días hábiles desde la notificación de la resolución de adjudicación, en el siguiente horario: Lunes a jueves : De 08:30 hasta las 17:30 hrs. Día viernes : De 08:30 hasta las 16:30 hrs. En caso de tratarse de documentos electrónicos, deberán enviarse al correo electrónico oficina_partesXVI@junjired.cl, con copia a lvalenzuela@junji.cl. Los que deberán ajustarse a la Ley N° 19.799 sobre Documentos Electrónicos, Firma Electrónica y Servicios de Certificación de dicha firma, se faculta a la JUNJI para obtener de oficio, según sea el caso, la validez del documento en garantía y que se encuentran ajustados por la Ley N° 19.799. Lunes a jueves : De 08:30 hasta las 17:30 hrs. Día viernes : De 08:30 hasta las 16:30 hrs. La regla precedente no rige respecto de la póliza de seguro electrónica, la cual se remitirá directamente a través del Sistema de Información de la Dirección de Compras y Contratación Pública www.mercadopublico.cl. En el caso que se otorgue de manera electrónica, deberá ajustarse a la Ley N° 19.799 sobre documentos electrónicos, firma electrónica y servicios de certificación de dicha firma, se faculta a la JUNJI para obtener de oficio, según sea el caso, la validez del documento en garantía y que se encuentran ajustados por la Ley N° 19.799. La Garantía deberá indicar en su texto lo siguiente: “EN GARANTÍA DEL FIEL Y OPORTUNO CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO, EL PAGO DE OBLIGACIONES LABORALES Y SOCIALES Y MULTAS POR DISEÑO DE LOS PROYECTOS DE ARQUITECTURA, ESTRUCTURA Y ESPECIALIDADES PARA LA CONSTRUCCIÓN DE NUEVA SALA CUNA Y JARDÍN INFANTIL “SANTA INÉS” COMUNA CHILLÁN VIEJO, REGIÓN ÑUBLE ID 1059082-13-LE23”. Respecto del vale vista, dicha glosa deberá consignarse en una declaración jurada simple acompañada a tal instrumento, según formato tipo en el Anexo 7. La Junta Nacional de Jardines Infantiles se reserva la facultad de solicitar la subsanación de cualquier error u omisión formal que se presente en el instrumento de garantía presentado, dentro del plazo previsto para su presentación. Si esta se requiere el último día de ese término, se concederán tres (3) días hábiles para la corrección del documento de garantía. En caso de cobro de la garantía, el proveedor deberá reponer la caución por igual monto y por el mismo plazo de vigencia que la que reemplaza, dentro de los 5 (cinco) días hábiles siguientes, contados desde el cobro de la primera, so pena del término anticipado del contrato sin derecho a indemnización alguna. Será responsabilidad del contratado mantener vigente la garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato, hasta 90 (noventa) días hábiles, posteriores a la culminación del respectivo contrato. 20 La resolución que disponga el cobro de la mencionada garantía deberá, en todo caso, estar debidamente fundada. Luego de la suscripción y protocolización de la liquidación del contrato, se le devolverá la boleta de garantía por el fiel y oportuno cumplimiento del contrato correspondiente. Su restitución será realizada 90 (noventa) días hábiles posteriores al término del contrato y su devolución la efectuará la oficina de partes JUNJI ÑUBLE ubicada en Bulnes N° 1033, Chillán, región de Ñuble, previo visto bueno de la subdirección de administración y finanzas de jardines infantiles. La garantía podrá hacerse inmediatamente efectiva sin necesidad de requerimiento, ni acción judicial, ni arbitral alguna, en los siguientes casos: i) cuando incurra en alguna de las causales de término anticipado de contrato imputables al adjudicatario; ii) cuando el proveedor incurra en alguna de las causales de incumplimiento grave, en los términos definidos en las presentes bases sobre término anticipado de contrato; y iii) cuando la multa cursada, o la suma de ellas, alcancen el 10% del valor total del contrato; en ambos casos implica además el término anticipado del contrato. Sin perjuicio de lo señalado en el párrafo precedente, la JUNJI estará facultada para hacer efectiva la garantía de fiel cumplimiento, administrativamente y sin necesidad de requerimiento ni acción judicial o arbitral alguna, en caso de incumplimiento del adjudicatario de las obligaciones que le impone el contrato. El incumplimiento comprende también el cumplimiento imperfecto o tardío de las obligaciones del adjudicatario. Lo anterior es sin perjuicio de las acciones, que la JUNJI pueda ejercer, para exigir el cumplimiento forzado de lo pactado o la resolución del contrato, en ambos casos con la correspondiente indemnización de perjuicios. El cobro de la garantía será compatible con esta última. La Resolución que disponga el cobro de la mencionada garantía deberá, en todo caso, estar debidamente fundada.
Glosa: “EN GARANTÍA DEL FIEL Y OPORTUNO CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO, EL PAGO DE OBLIGACIONES LABORALES Y SOCIALES Y MULTAS POR DISEÑO DE LOS PROYECTOS DE ARQUITECTURA, ESTRUCTURA Y ESPECIALIDADES PARA LA CONSTRUCCIÓN DE NUEVA SALA CUNA Y JARDÍN INFANTIL “SANTA INÉS” COMUNA CHILLÁN VIEJO, REGIÓN ÑUBLE ID 1059082-13-LE23”.
Forma y oportunidad de restitución: En caso de renovación/modificación/aumento de plazo del contrato, y cuando la boleta tenga una fecha de vencimiento anterior al término de dicha renovación, el contratado deberá reemplazarla, por otra de iguales características, que cumpla con el nuevo plazo de vigencia referido, so pena del término anticipado del contrato, sin derecho a indemnización alguna. Mientras se encuentre vigente el contrato, las renovaciones de esta garantía serán de exclusiva responsabilidad del proveedor. En caso de aumento de plazo el adjudicatario deberá presentar una nueva garantía de fiel cumplimiento, que vendrá a reemplazar a la anterior, la que tendrá una vigencia que considere el período del aumento del plazo, aumentado en 90 días hábiles y en caso de trabajos extraordinarios deberá presentar una nueva garantía de fiel cumplimiento, que vendrá a reemplazar a la anterior, cuyo monto deberá considerar el 7% de la totalidad del nuevo monto del contrato, considerando los adicionales del contrato.
9. Requerimientos técnicos y otras cláusulas
Cláusula de Readjudicación
Si el respectivo adjudicatario se desiste de su oferta, no entrega los antecedentes legales para contratar y/o la garantía de fiel cumplimiento, no firma el contrato o no se inscribe en Chileproveedores en los plazos que se establecen en las presentes bases, la entidad licitante podrá dejar sin efecto la adjudicación y seleccionar al oferente que, de acuerdo al resultado de la evaluación le siga en puntaje, y así sucesivamente, a menos que, de acuerdo a los intereses del servicio, se estime conveniente declarar desierta la licitación.
Resolución de Empates

En caso de producirse un empate en el resultado final de la evaluación, se adjudicará al proponente que presente mejor puntaje conforme al orden de prelación que se señala:

Se optará por aquella propuesta que haya obtenido el puntaje más alto en el criterio precio y en caso de presentarse un nuevo empate, se seleccionará aquella propuesta que haya obtenido el puntaje más alto en el aspecto de experiencia de Profesionales de proyectos en el ámbito de equipamiento.

Mecanismo para solución de consultas respecto a la adjudicación

Los interesados en participar en la presente licitación podrán formular consultas y solicitar aclaraciones dentro de los plazos señalados en las presentes bases. Las preguntas deberán formularse a través del Sistema de Información de la Dirección de Compras y Contratación Pública www.mercadopublico.cl. Estas preguntas y sus respuestas se pondrán en conocimiento de todos los interesados, a través de su publicación en el sitio web antes mencionado, sin indicar el autor de las preguntas, dentro de los plazos señalados.
Para todos los efectos legales, las respuestas y aclaraciones se entenderán que formarán parte integrante de las bases administrativas y bases técnicas de esta propuesta.

Acreditación de cumplimiento de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social

Será aceptado como garantía de fiel cumplimiento de contrato, pago de obligaciones laborales y sociales, y eventuales multas, cualquier instrumento que asegure el cobro de la garantía de manera rápida y efectiva, en conformidad al artículo 68 del Reglamento.

Presentación de antecedentes omitidos por los oferentes

La Junta Nacional de Jardines Infantiles podrá dejar sin efecto el acto administrativo adjudicatorio, hacer efectiva la garantía de seriedad de la oferta y disponer la re-adjudicación de esta licitación al siguiente proponente mejor calificado, o declarar desierta la licitación si las ofertas presentadas no son convenientes a los intereses de este órgano de la Administración del Estado, si ocurre alguno de los siguientes casos:

a)    Si el adjudicatario omitiere los antecedentes contemplados en el punto anterior.

b)    Si el adjudicatario no suscribiere el contrato, por causas que le sean imputables, dentro del plazo contemplado en el Punto N.º. 24 de las Bases Administrativas.

Si el adjudicatario no se inscribiere o no se encontrase hábil en el Registro de Proveedores de Mercado Público, previo al plazo de suscripción del contrato, se procederá a adjudicar a la segunda oferta mejor evaluada, o bien, se declarará desierta la licitación, de acuerdo con los intereses del Servicio.

Pacto de integridad

Sin perjuicio de las otras obligaciones que le imponen estas Bases y las Especificaciones Técnicas, y la normativa que rige la materia, el consultor es responsable de:

a)     Dar cumplimiento cabal a todo lo ofertado para la Licitación respectiva y establecido en las presentes Bases.

b)     Dar cumplimiento a las presentes bases de licitación, dentro de los plazos establecidos, en la forma, condiciones y características que se determinan en ellas, además de respetar lo solicitado en los antecedentes que complementan todas las obligaciones contractuales.

c)      Que la persona que esté a cargo del contrato o su suplente cuando corresponda, estén permanentemente disponibles para atender los requerimientos de la Institución en la forma y condiciones establecidas en estas Bases y que cuenten con medios expeditos e idóneos para la comunicación con la Institución (casilla de correo habilitada, teléfono celular, etc). Cualquier modificación de la persona indicada como profesional a cargo del contrato, y su suplente, debe ser formalmente informada a la JUNJI y la Institución se reserva el derecho de objetar, por motivos fundados, ese nombramiento.

d)     Identificar adecuadamente al personal de la empresa que se desempeñe en esta contratación, con las respectivas identificaciones, las que deberán incluir el nombre de la empresa, nombres y apellidos.

e)     INFORMAR Y ENVIAR ANTECEDENTES POR CAMBIO DE PROFESIONAL: En caso de que por razones fundadas el contratista adjudicado solicite a JUNJI modificar al Arquitecto en proyectos de diseño, Profesional del Proyecto de Estructura y/o Profesional del Proyecto de Eficiencia Energética informado en su oferta, y por el cual fue evaluada su propuesta. Deberá requerir su cambio de manera formal a través de una carta dirigida a la Directora Regional ingresada por oficina de partes, en donde presente a un nuevo profesional con igual o más experiencia que con el que fue adjudicado, lo cual debe ser verificado con el mismo criterio de evaluación técnico que ocupó la comisión evaluadora.

La dirección regional JUNJI evaluará la conveniencia de aceptar al nuevo profesional propuesto. En caso de que se acepte esta solicitud, la Dirección Regional JUNJI debe dictar una resolución que señale el motivo del cambio de profesional, y su nombre.

El Consultor, está en la obligación de mantener a dichos profesionales hasta que no se encuentre perfeccionado el acto administrativo que autoriza su cambio, en caso de que se compruebe que realizó el cambio antes del acto administrativo se procederá a cursar multa según lo dispuesto en el punto 33 de las presentes bases.

Si JUNJI por razones fundadas no acepta la solicitud de cambio de profesional, y el consultor en un plazo máximo de 15 días hábiles no ofrece a otro profesional que cumpla con las condiciones para reemplazarlo; se procederá a realizar un término anticipado de contrato bajo las condiciones del punto N° 34 de las bases administrativas.