|
“Mejoramiento de los espacios de uso público del Parque Nacional Pan de Azúcar” |
|
El presente proyecto considera la puesta en valor del Parque Nacional Pan de Azúcar, mediante el mejoramiento de la infraestructura pública habilitante, potenciando la red de senderos y fortaleciendo su uso, implementando nuevas demarcaciones y señaléticas orientativas e interpretativas, que permita fortalecer la experiencia turística y, a su vez, prevenir o mitigar sus impactos sobre la biodiversidad y los recursos culturales del área protegida.
|
|
|
|
DEFINICIONES: |
|
Además de las definiciones contempladas en el artículo 2 del Reglamento de la Ley 19.886, las que forman parte integrante de las presentes Bases, se entenderá por:
a. Mandante: Corporación Nacional Forestal, que es la entidad que encomienda los trabajos materia de la presente Licitación Pública, poniendo a disposición del oferente los fondos necesarios para la realización de los trabajos.
b. Unidad Técnica de CONAF: Dependencia de la Corporación Nacional Forestal, a la que corresponde efectuar el control técnico y administrativo del desarrollo de la obra y de sus etapas de entrega.
c. AITO: Asesor de la Inspección Técnica de Obras.
d. Especificaciones Técnicas: El pliego de características que deberán cumplir los trabajos materia de la presente licitación, incluyendo las normas sobre procedimiento de elaboración, exigencia a que quedan sometidos los materiales y pruebas que deben superar las diferentes etapas de ejecución.
e. Diseño aportado por el Mandante: Se refiere al Proyecto definitivo de Arquitectura incluidos en los antecedentes de la presente licitación, para su evaluación presupuestaria por parte de los oferentes.
f. Inspector Técnico (I.T.O.): La persona que, en representación del director regional de la CONAF, actúa y se relaciona administrativa y técnicamente con el contratista en todas las materias relacionadas con el contrato de ejecución de la Obra, asumiendo la responsabilidad y la obligación de supervisar el cumplimiento correcto y oportuno en la ejecución del proyecto.
g. Presupuesto Oficial: El estudio detallado, efectuado por la Corporación, de las cubicaciones, precios unitarios y precio total previsto para una obra, y que representa su opinión oficial y justa sobre su verdadero valor.
h. Encargado técnico: El funcionario que, designado por el Director Regional de la Corporación Nacional Forestal, Región del Atacama, se le asignen las funciones de coordinación y dirección de los distintos estamentos de la licitación, durante la ejecución del proyecto o vigencia del contrato. Este estará representado por el Jefe del Departamento de Áreas Silvestres Protegidas del Estado Región del Atacama
i. Administrador de la obra: es el profesional competente solicitado por las presentes bases de licitación, quien representa al contratista y es el responsable de dirigir y controlar la obra.
j. Propuesta: La cotización ofrecida por el proponente para los objetos indicados en la letra anterior, la que deberá ajustarse a los antecedentes suministrados para la licitación.
k. Aumento o disminución de obras: La modificación de las cantidades de obras previstas en el proyecto materia de la presente licitación.
l. Obras nuevas o extraordinarias: Las obras que se incorporen o agreguen al proyecto, pero cuyas características sean diferentes a las especificadas o contenidas en los antecedentes que sirven de base al contrato.
m. Modificación de obras: El reemplazo de parte de las obras contenidas en el proyecto de la Corporación por obras nuevas o extraordinarias.
n. SNASPE: Sistema Nacional de Áreas Silvestre Protegidas del Estado.
|
|
|
|
I. PARTICIPANTES |
|
Podrán participar en la presente licitación pública personas naturales o jurídicas, que estén inscritas en el portal de compras públicas www.mercadopublico.cl.
Aquellos participantes que al momento de la presentación de sus ofertas no estén inscritos en el Registro Electrónico de Proveedores del Estado, denominado “Chileproveedores”, estarán obligados a inscribirse previo a la fecha de suscripción del contrato.
Debe tenerse presente que no podrán participar en esta licitación aquellas personas que se encuentren en alguna de las situaciones contempladas en el inciso cuarto del artículo 4 de la Ley 19.886, norma que dispone que ningún órgano de la Administración del Estado o en que éste tenga participación, podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes o prestación de servicios, con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco descritos en la letra b) del artículo 54 de la Ley 18.575, antecedente del mismo regulado por el DFL. 1/19653 del año 2000, ni con sociedades de personas de las que aquellos o éstas formen parte, ni con sociedades comanditas por acciones o anónimas cerradas en que aquellos o éstas sean accionistas, ni con sociedades abiertas en que aquellos o éstas sean dueños de acciones que representen el 10% o más del capital, ni con los gerentes, administradores, representantes o directores de cualquiera de las sociedades antedichas.
Asimismo, quedarán excluidos de esta licitación pública quienes, al momento de la presentación de la oferta, hayan sido condenados por prácticas anti sindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador, dentro de los anteriores dos años.
Así mismo, quedarán excluidos de la presente licitación aquellos oferentes que no asistan a la visita a terreno.
|
|
|
|
II. ANTECEDENTES A CONSIDERAR EN LA OFERTA |
|
Los interesados en formular una oferta deberán efectuar el estudio completo y detallado de todos los antecedentes del proyecto que se pretende ejecutar. Para la confección de la oferta, deberá tener en cuenta las disposiciones siguientes.
Si durante el estudio de los antecedentes, el oferente estima que existen dudas o contradicciones entre las Especificaciones Técnicas y demás antecedentes, deberá efectuar las Consultas en los plazos correspondientes a través del Portal Mercado Público, en la modalidad foro.
Las aclaraciones y las rectificaciones que la Unidad Técnica hiciere a las consultas de uno o más interesados o por iniciativa propia, serán enviadas a través del Portal, en la fecha indicada en el Cronograma del Portal Mercado Público.
Para dar cumplimiento a la disposición del inciso anterior, si fuere necesario, se podrá postergar la fecha fijada para el envío de las Aclaraciones y/o la Apertura de la Propuesta, en cuyo caso las nuevas fechas serán notificadas como Aclaración en el Portal Mercado Público.
|
|
|
|
III. PRESENTACIÓN DE LAS OFERTAS |
|
Esta licitación pública se regirá por las Bases Administrativas y Técnicas que se publican en el portal de compras del Estado www.mercadopublico.cl y por las normas legales y reglamentarias vigentes a la fecha de su apertura, en cuanto le sean aplicables. Asimismo, formarán parte de las bases las aclaraciones escritas que emita CONAF, en respuestas a consultas que fueren requeridas por los participantes, a través de la modalidad FORO del mencionado portal de compras.
Todas las ofertas y documentos anexos obligatorios, deberán ser presentadas a través del portal de Mercado Público.
Las ofertas que se presenten deberán ceñirse a las bases, planos, especificaciones técnicas y otros antecedentes del proceso de licitación.
Por el solo hecho de presentarse a esta propuesta se entiende que el Proveedor ha estudiado todos los antecedentes y ha verificado su concordancia entre sí, de las bases, el diseño referencial, especificaciones técnicas, aclaraciones y presupuesto, ha verificado las condiciones de abastecimiento de materiales y está conforme con las condiciones del proyecto.
Los oferentes deberán ingresar la siguiente información en la Adquisición correspondiente del portal de compras del Estado:
OFERTA ECONÓMICA
La oferta económica deberá ser ingresada exclusivamente en la licitación denominada “Mejoramiento de los espacios de uso público del Parque Nacional Pan de Azúcar” en el sitio www.mercadopublico.cl, en la Licitación Pública ID 1088-24-LQ15, en la línea correspondiente.
Las ofertas recibidas por cualquier otro medio No serán consideradas, salvo lo dispuesto en el artículo 62 del Reglamento de la Ley.
|
|
|
|
IV. MONTOS Y DURACIÓN CONTRATO |
|
Para los servicios descritos “Mejoramiento de los espacios de uso público del Parque Nacional Pan de Azúcar”, se cuenta con el siguiente presupuesto máximo disponible, $90.250.000 (noventa millones doscientos cincuenta mil) IVA incluido.
El valor de la Oferta deberá incluir todo gasto que irrogue el cumplimiento del Contrato, sea directo, indirecto, o causa de él.
Toda oferta mayor al monto disponible indicado en las Presentes Bases, la Corporación podrá declararla inadmisible por no cumplir con los requisitos establecidos en las bases.
A partir de la fecha de adjudicación de la presente licitación, el oferente no podrá exceder como plazo máximo el 30 de junio de 2016, a contar de la adjudicación de las obras. El oferente que presente un plazo mayor al indicado, quedará fuera de bases.
|
|
|
|
V. COTIZACIÓN U OFERTA |
|
La cotización u oferta deberá presentarse EXCLUSIVAMENTE a través del portal www.mercadopublico.cl, a más tardar el día de cierre que indique la publicación en el portal. El o los precios de la oferta deberán ser entregados en moneda nacional, sin reajustes de ninguna especie y se ajustará (n) a la modalidad de Suma Alzada. La oferta debe ser ingresada en valores netos.
El oferente deberá indicar su calidad de contribuyente de primera categoría.
La cotización presentada deberá tener validez por los siguientes 90 días corridos a contar desde la fecha indicada como plazo máximo de recepción de ofertas.
|
|
|
|
VI. PLAZO DE EJECUCIÓN DEL PROYECTO |
|
A partir de la fecha de adjudicación de la presente licitación, el oferente no podrá exceder como plazo máximo de ejecución del proyecto, el 30 de junio 2016, a contar de la adjudicación de las obras.
En caso que el proveedor invoque como causal de ampliación de plazo, aumentos de obras ordenados por la Unidad Técnica o situaciones de fuerza mayor o caso fortuito, reconocidas como tales por el ITO de la Unidad Técnica, la Corporación podrá otorgar un aumento en el plazo de entrega de la obra, el que será autorizado por DIRECTOR REGIONAL de CONAF, en cuyo caso no podrá exceder al 31 de Julio de 2016.
|
|
|
|
VII. DE LOS DOCUMENTOS DE LA LICITACIÓN |
|
Esta licitación pública y los servicios que de ésta se desprendan se realizarán y regirán por los siguientes documentos:
- Las Bases Administrativas y Técnicas, las especificaciones y los anexos que se incluyan en este proceso de licitación.
- Las consultas, respuestas y aclaraciones, derivadas del procedimiento establecido en las presentes Bases de licitación.
- La oferta técnica y la oferta económica del oferente adjudicado.
- El contrato correspondiente a la adjudicación de los servicios licitados, sus anexos y los documentos que se entiendan incorporados al mismo.
- Las modificaciones efectuadas a las Bases Técnicas y Administrativas de esta licitación pública, si las hubiere.
- Otros antecedentes documentados que solicite o proporcione la Corporación.
La Corporación podrá modificar y/o hacer aclaraciones a las Bases de esta licitación, hasta antes de la fecha de cierre de la misma, por propia iniciativa, a objeto de precisar o complementar elementos de su contenido que, a su juicio, no hayan quedado suficientemente claros, y/o a causa de las consultas realizadas a través de la Plataforma de Compras, otorgando un plazo prudente para que los oferentes incorporen las modificaciones en sus propuestas.
|
|
|
|
VIII. APERTURA DE LAS PROPUESTAS |
|
La apertura electrónica de las ofertas económicas y técnicas se realizará directamente en el portal de Mercado Público y estará a cargo del Jefe de la Unidad de Administración de la Oficina Regional del Atacama. A la Apertura electrónica, se podrá invitar a los integrantes de la Comisión de Evaluación.
En esta primera etapa del proceso, serán rechazadas las ofertas que:
- No hayan presentado el documento de garantía por seriedad de la oferta, indicado en las presentes bases
- Así mismo, quedarán excluidos de la presente licitación aquellos oferentes que no asistan a la visita a terreno.
|
|
|
|
IX. EVALUACIÓN DE LAS OFERTAS RECIBIDAS |
|
Las ofertas serán evaluadas por una Comisión de Evaluación compuesta por los siguientes funcionarios:
- Jefe Departamento de Finanzas y Administración CONAF Atacama (o quien lo subrogue).
- Jefe Departamento de Áreas Protegidas CONAF Atacama (o quien lo subrogue).
- Encargado Técnico del proyecto de la Unidad de Sustentabilidad y Territorio de la Subsecretaría de Turismo (o quien lo represente).
- Arquitecto de oficina Central, quien cumplirá un rol de asesor de la Comisión,
- Abogado Jefe Unidad Jurídica CONAF Atacama, (o quien lo represente), quien cumplirá un rol de garante, ministro de fe y asesor de la Comisión.
La secuencia de evaluación considerará, primero, la verificación del cumplimiento de los Requisitos Mínimos de Evaluación, esto es, el chequeo de la recepción de todos los antecedentes requeridos, para concluir en la aplicación de los Criterios de Evaluación, señalados en las presentes Bases.
|
|
|
|
X. MODIFICACIÓN DE LAS BASES |
|
La Corporación podrá complementar o modificar las Bases de Licitación, de acuerdo al Art. 19° del Reglamento de la Ley de Compras, ya sea por iniciativa propia o en atención a una aclaración solicitada por alguno de los Oferentes durante el proceso de consultas a través del foro, otorgando un plazo prudencial para que los oferentes puedan adecuar sus ofertas a los nuevos requerimientos, e informando de ello a través del sitio www.mercadopublico.cl. Estas complementaciones y /o modificaciones formarán parte integrante de las Bases.
|
|
|
|
XI. DE LOS CRITERIOS DE EVALUACIÓN DE LAS OFERTAS |
|
Para la evaluación de las ofertas recibidas, se considerarán como criterios relevantes para la adjudicación del servicio a contratar, los siguientes (cada aspecto será evaluado por separado):
|
|
|
|
XI.A. CRITERIO OFERTA ECONOMICA |
- Criterio Oferta económica (Ponderación de 10%)
La oferta económica se evaluará por:
Precio ofertado a través del portal de Compras Públicas: (100% del criterio)
CONAF aplicará el método del “Análisis del Mínimo Costo”, donde se considera la relación entre cada oferta y la de menor costo, según la siguiente fórmula:
Puntaje económico = OM x 100
OE
Dónde:
OM: Valor Oferta total mínima
OE: Valor Oferta total en evaluación
El monto disponible o presupuesto estimado alcanza a $ 9.250.000 (Nueve millones doscientos cincuenta mil pesos).
|
|
|
|
XI.B. MÓDULO ADICIONAL |
- Módulo Adicional o Estación Interpretativa N° 11 (Ponderación de 10%)
Valor Agregado ofertado a través del portal de Compras Públicas incluye la construcción de 11 Estaciones Interpretativas:
La Licitación consulta la ejecución de 10 Estaciones Interpretativas, el oferente que incluya en su oferta el Valor Agregado de la Construcción de un módulo adicional con las características y la ubicación indicada en las Bases Técnicas obtendrá el puntaje que se indica en la siguiente tabla:
|
Oferente incluye en su oferta económica la ejecución del módulo adicional.
|
100 puntos
|
|
Oferente NO incluye en su oferta económica la ejecución del módulo adicional.
|
0 puntos
|
|
|
|
|
XI.C. EXPERIENCIA DE LOS OFERENTES |
- Experiencia de los oferentes (Ponderación de 35 %)
Para evaluar este factor el oferente deberá completar el Anexo N°7 de las Bases.
La experiencia se evaluará por:
Antigüedad en el rubro: (40% del criterio) El oferente deberá demostrar la antigüedad en el rubro presentando el inicio de actividades escaneado.
|
Años
|
Puntos
|
|
Menor o igual a 5 años
|
30
|
|
Más de 5 años y menor o igual a 10 años
|
50
|
|
Más de 10 años y menor o igual a 15 años
|
70
|
|
Más de 15 años
|
100
|
Obras similares: (60% del criterio) realizadas por el oferente en los últimos 5 años, de acuerdo a lo siguiente:
- Facturas o Boletas que demuestren ejercicio en el rubro en el tiempo acreditar.
- Contratos firmados con trabajos del periodo (5 años).
- Licitaciones Adjudicadas publicadas en el portal Mercado Público, con sus correspondientes órdenes de compra.
Los documentos que acrediten la experiencia indicada en anexo 7, serán exigidos como requisito para la firma del Contrato previo a la firma de éste, no siendo obligación presentarlos en el proceso de licitación. De no presentarse dichos antecedentes al momento de la firma del contrato, la Corporación podrá, junto con dejar sin efecto la adjudicación original, adjudicar la licitación al oferente que le seguía en puntaje.
Se promediará la experiencia entre los siguientes sub-criterios:
- Cantidad de proyectos ejecutados (50% de ponderación del sub-criterio)
- Monto total ejecutado en los proyectos presentados (50% de ponderación del sub-criterio)
Aplicándose por cada uno de los sub-criterios el análisis de máxima experiencia con la fórmula de cálculo para cada uno de:
Experiencia en cantidad de proyectos total construida =
CE x 100
CM
Dónde:
CM: Cantidad total mayor
CE: Cantidad total de la oferta en evaluación
Experiencia en monto ejecutado proyectos total construido =
ME x 100
MM
Dónde:
MM: Monto total mayor
ME: Monto total de la oferta en evaluación
Se considerará como obras de similares características las construcciones de edificaciones de arquitectura de a lo menos 70 metros cuadrados en estructura soportante de madera, estructura metálica, albañilería u hormigón armado, u obras menores como construcciones de terrazas, pasarelas y paraderos ejecutadas los últimos 5 años (desde el 1ero de enero del 2011). La experiencia deberá indicarse en el Anexo N°07.
La Corporación Nacional Forestal se reserva el derecho a verificar los datos entregados en la declaración de la experiencia; en caso de que se detectasen inexactitudes o falsedades en la información entregada, esta será informada al oferente vía portal público de manera que pueda hacer su apelación y descargos en un plazo de 24 horas. Los antecedentes de dicha apelación serán estudiados y sancionados por la Comisión de Evaluación, cuyo resultado será informado a través del portal de compras públicas.
|
|
|
|
XI.D. METODOLOGÍA DE EJECUCIÓN DE OBRAS |
- Metodología de Ejecución de Obras (Ponderación de 40 %)
En este criterio se evaluarán dos aspectos:
1.- Plazo (60% del criterio):
CONAF aplicará una tabla de puntaje en función de los días señalados por el oferente, donde se considera el tiempo de demora, en días corridos, según los siguientes tramos:
|
Tramos:
|
Puntos
|
|
Entre 40 y 50 días corridos
|
100
|
|
Entre 51 y 60 días corridos
|
70
|
|
Entre 61 y 70 días corridos
|
40
|
|
Más de 70 días corridos
|
0
|
2.- Metodología de trabajo (40% del criterio): El puntaje se asignará según lo siguiente:
0 puntos a la oferta que presentando el anexo de metodología de trabajo se observen graves incoherencias técnicas las que se entenderán como las inconsistencias entre el equipo de trabajo, la programación o distribución de partida, el plazo de ejecución y la metodología descrita. Si estas inconsistencias ponen en riesgo la efectiva ejecución de las obras, serán evaluadas con el mínimo puntaje.
50 puntos a la oferta que presentando el anexo de metodología de trabajo se observen moderadas incoherencias técnicas las que se entenderán como las inconsistencias entre el equipo de trabajo, la programación o distribución de partida, el plazo de ejecución y la metodología descrita. Estas inconsistencias determinadas como moderadas serán justificadas con argumentos técnicos por comisión evaluadora.
100 puntos a la oferta que presente coherencia técnica entre el equipo de trabajo, la programación o distribución de partida, el plazo de ejecución y la metodología descrita.
A modo de aclaratoria los criterios que serán medidos corresponden a los siguientes:
De la coherencia técnica, se entenderá como la efectiva capacidad de realizar el trabajo solicitado con los recursos técnicos humanos y financieros declarados en su oferta en el plazo ofertado. Para determinar esta coherencia se analizarán el equipo de trabajo distribuido en horas diarias en la carta Gantt con el plazo indicado como máximo en su oferta. La metodología descrita deberá dar cuenta de esta distribución de tareas.
El plazo de ejecución de las obras que se indique en el contrato una vez adjudicada la Licitación será el indicado por el Oferente en el Anexo N° 06: “Metodología de Trabajo”.
|
|
|
|
XI.E. ANTECEDENTES FORMALES |
- Cumplimiento de antecedentes formales (Ponderación de 5 %)
En este criterio se asignará puntaje de acuerdo a la siguiente escala:
100 Puntos: Si presenta todos los antecedentes y requisitos solicitados en las Bases, hasta el cierre de la licitación.
50 Puntos: Si presenta todos los documentos y requisitos solicitados en las Bases pero parte de ellos entregados vía FORO posterior a la fecha de cierre de la licitación.
0 Punto: Si el Oferente no presenta algún documento formal (Administrativo), que le fuere solicitado por el Foro.
Si el oferente no presenta todos los documentos y requisitos solicitados en las Bases aún después de haberse solicitado por FORO Inverso, y en el evento de adjudicarse esta licitación deberá presentarlo al momento de la firma del contrato; si no fueren entregados, la Corporación podrá declarar inadmisible la oferta por no cumplir con los requisitos establecidos en las bases.
|
|
|
|
XII. CRITERIOS DE DESEMPATE |
|
Frente a la igualdad de puntaje se optará por la oferta que tenga la más alta evaluación en la siguiente jerarquización de criterios: en primer lugar, “Metodología de ejecución de obras”; en segundo lugar “Experiencia del oferente” y en tercer lugar, “Precio.” De persistir el empate habiendo aplicado los tres criterios de desempate, se adjudicará esta licitación a aquel oferente que haya ingresado primero su oferta, de acuerdo a la fecha (día y hora) señalado en el Comprobante de Ingreso de la Oferta, emitido por la Plataforma de Mercado Público.
|
|
|
|
XIII. DE LA ADJUDICACIÓN DE LA LICITACION |
|
La Corporación adjudicará la presente licitación pública de acuerdo a las presentes Bases Administrativas y, podrá declarar inadmisible cualquiera de las ofertas presentadas que no cumplan los requisitos o consideraciones establecidas en las presentes Bases.
Podrá además, declarar desierta la Licitación pública cuando no se presenten ofertas o cuando éstas no resulten convenientes a sus intereses y/o excedan la capacidad presupuestaria de la Corporación; en estos últimos casos, dichas declaraciones deberán ser manifestadas por Resolución Fundada.
La adjudicación será publicada en el portal www.mercadopublico.cl, señalando el nombre del oferente seleccionado por la Corporación.
Esta licitación pública se adjudicará a la oferta que obtenga el mayor puntaje, de acuerdo a los criterios de evaluación indicados en las presentes Bases, salvo en los casos en que se produzca igualdad de puntaje; situación en la cual se aplicará la jerarquización de criterios indicados en el punto anterior.
La Corporación emitirá una Resolución de Adjudicación, la cual se publicará en el portal de compras del Estado www.mercadopublico.cl, de acuerdo a la normativa vigente.
La notificación de la Resolución de Adjudicación se entenderá realizada, luego de 24 horas transcurridas desde que CONAF publique dicha Resolución en el portal de compras www.mercadopublico.cl
Si la adjudicación no se realiza dentro del plazo señalado en las presentes bases de licitación públicas, la Corporación informará en el Sistema de Información www.mercadopublico.cl las razones que justifican el incumplimiento del plazo para adjudicar y se indicará el nuevo plazo para la adjudicación.
|
|
|
|
XIV. ANTECEDENTES DEL CONTRATO |
|
Los antecedentes legales que debe cumplir y/o entregar el oferente adjudicado (persona natural o jurídica, según corresponda) al momento de la confección del contrato, son los siguientes:
- Encontrarse inscrito en el Registro Oficial de Proveedores del Estado, denominado “Chileproveedores”. De no estar inscrito, deberá cumplir la instrucción de la Circular N° 09, de fecha 6 de Marzo de 2007, de los Ministerios del Interior y Hacienda, que se transcribe a continuación: “En caso que el o los proveedores adjudicados no estén inscritos en el registro electrónico oficial de contratistas de la Administración, Chileproveedores, estarán obligados a inscribirse dentro del plazo de 15 días hábiles contados desde la adjudicación o de la emisión de la orden de compra respectiva”.
- Copia de la escritura y extracto inscrito de constitución de la persona jurídica que póstula, sus modificaciones, y escritura en que conste la personería de su (s) representante (s) legal (es), en caso que el adjudicatario fuere una persona Jurídica. No se hará efectiva esta exigencia en caso que este antecedente se encuentre publicado en el registro electrónico “Chileproveedores”.
- Garantía de fiel cumplimiento del contrato. Esta garantía se hará efectiva en caso que el oferente adjudicado no suscriba el contrato de prestación de servicios en el plazo señalado y/o no haga entrega de la garantía por el fiel cumplimiento del contrato. Dicho cobro se realizará sin mayor trámite, mediante simple acto administrativo.
Todos los gastos notariales e impuestos correspondientes a la protocolización del contrato, serán de cargo del contratista.
|
|
|
|
XV. SUSCRIPCIÓN DEL CONTRATO |
|
CONAF y el adjudicatario suscribirán un Contrato de ejecución de obras, el cual será publicado en la respectiva licitación pública del portal mercado público. Este contrato será confeccionado por la Unidad Jurídica Regional de CONAF y en él se establecerán las cláusulas que regirán el proceso de adquisición, incluyendo derechos y obligaciones, los que deberán ser concordantes con lo estipulado en las presentes Bases. Contrato que deberá ser firmado por el adjudicatario dentro de los 5 días hábiles siguientes de haber sido puesto a su disposición, para la firma, por parte de la Unidad Jurídica Regional de la Corporación Nacional Forestal.
Si el oferente adjudicado no suscribe el contrato dentro del plazo establecido en el párrafo anterior, se entenderá que desiste de la ejecución del contrato, por lo tanto CONAF tendrá derecho a encomendar la realización de los servicios licitados al oferente que de acuerdo al resultado de la evaluación le siga en puntaje, y así sucesivamente, a menos que se estime conveniente efectuar una nueva licitación, declarando desierto el proceso. Sin perjuicio de lo anterior, además, se hará efectivo el cobro de la Garantía de Seriedad de la oferta.
Del mismo modo, en el caso que el oferente adjudicado no entregare la garantía de fiel cumplimiento del contrato de acuerdo a lo estipulado en punto 8, la CONAF tendrá derecho a encomendar la realización de los servicios licitados al oferente que de acuerdo al resultado de la evaluación le siga en puntaje, y así sucesivamente, a menos que se estime conveniente efectuar una nueva licitación, declarando desierto el proceso. Sin perjuicio de lo anterior, además, se hará efectivo el cobro de la Garantía de Seriedad de la oferta.
Cualquier diferencia en la interpretación de las Bases Administrativas, Técnicas y Anexos, será resuelta administrativamente por CONAF.
Una vez firmado el Contrato, el diseño definitivo presentado por el Oferente será propiedad intelectual de la CONAF, pudiendo a futuro replicar su construcción con la empresa que estime conveniente.
|
|
|
|
XVI. DE LOS PAGOS Y RETENCIONES |
|
La Corporación Nacional Forestal pagará los estados de pagos al contratista, contra la presentación de la factura visada por la Unidad Técnica, extendida a nombre de la Corporación Nacional Forestal, los formatos normativos de estados de pago y el Certificado de la Inspección del Trabajo por el período correspondiente.
El pago de la obra ejecutada se hará mediante “Estados de Pagos Mensuales” y siempre deberá ser de acuerdo con el desarrollo de las obras y en el porcentaje que el valor de los trabajos ejecutados represente dentro del valor total del contrato según Anexo METODOLOGÍA DE MEDICIÓN DE AVANCE DE OBRA, adjunto a estas Bases.
|
|
|
|
XVII. DE LOS SUBCONTRATOS |
|
El adjudicatario sólo podrá subcontratar parte de las obras siempre que obtenga la correspondiente autorización de la DIRECTOR REGIONAL, CORPORACIÓN NACIONAL FORESTAL REGION DEL ATACAMA. Sin embargo, el adjudicatario será siempre responsable de todas las obligaciones para con los trabajadores, empleados, proveedores u otros que omita pagar el subcontratante. El adjudicatario deberá cumplir con todo lo establecido en la normativa de accidentes laborales Ley 16.744.
Si el adjudicatario subcontrata sin autorización de la Corporación o no se encuentra al día en los pagos de sus trabajadores y/o de las obligaciones con el subcontratante, no se le cursará Estado de Pago alguno, hasta que no regularice dicha situación. Para acreditar esta circunstancia se le exigirán los certificados correspondientes.
|
|
|
|
XVIII. DE LOS AUMENTOS, DISMINUCIONES, MODIFICACIONES U OBRAS NUEVAS |
|
Si se produjeren variaciones en las necesidades institucionales durante la vigencia del contrato, será la Corporación Nacional Forestal quien autorice todas las modificaciones del contrato ya sea de monto o plazo como entidad Mandante previa solicitud de la Unidad Técnica CONAF. En caso de aumento de obras que involucren aumentos de recursos, estos deben ser debidamente justificados y deberán corresponder a obras imprevistas que no fue posible de estimar con los antecedentes del proyecto. Este aumento podrá ascender hasta el 10% del monto y plazo total del contrato. En este caso, deberá quedar consignado en el respectivo libro de obras y en un Anexo de Contrato.
|
|
|
|
XIX. DEL TÉRMINO ANTICIPADO DEL CONTRATO |
|
La Corporación podrá poner término anticipado al contrato, y a su voluntad podrá proceder al trato o contratación directa en los casos autorizados por la ley y el reglamento, o bien llamar a licitación nuevamente, por simple acto administrativo, sin necesidad de demanda ni requerimiento judicial, pudiendo hacer efectiva las garantías que se hubieren constituido, si concurre alguna de las causales que se señalan:
- Estado de notoria insolvencia del contratante, a menos que se mejoren las cauciones entregadas o las existentes sean suficientes para garantizar el cumplimiento del contrato.
- Por mutuo acuerdo entre las partes.
- Registrar saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años, a la mitad del período de ejecución del contrato, con un máximo de seis meses.
- Declaración de quiebra o incapacidad sobreviniente.
- Cancelación o extinción de la personalidad jurídica.
- Las demás que se establezcan en las respectivas Bases de la licitación o en el contrato.
Casos en lo que no procederá el cobro de garantía:
- Mutuo acuerdo entre los contratantes, Resciliación.
- Por exigirlo el interés público o la seguridad nacional.
- Caso Fortuito o Fuerza Mayor.
- Caso de muerte del adjudicatario, para personas naturales.
|
|
|
|
XX. DEL TÉRMINO DEL CONTRATO POR INCUMPLIMIENTO |
|
El Contrato terminará además en caso de que el adjudicatario incumpla gravemente cualquiera de sus obligaciones. Para todos estos casos se hará efectivo el cobro de la Boleta de Garantía. Se considerarán para estos efectos incumplimientos graves las siguientes:
- Atrasos y demoras NO autorizadas por la Dirección Regional de CONAF, en la realización de las obras materias del presente contrato.
- No pago íntegro y oportuno de las obligaciones legales a sus trabajadores.
- Mala ejecución de las obras o ejecución de obras distintas a las contratadas, situación calificada directamente por CONAF.
- Incumplimiento reiterado y no justificado de las obligaciones que forman parte de las bases administrativas y especificaciones técnicas y de todos aquellos documentos que forman parte integrante de este contrato.
- La no constitución oportuna ni la existencia, entrega y/o mantención continua de la vigencia de las garantías señaladas.
- Incumplimiento de otras obligaciones esenciales, calificadas como tales al momento de suscribir el respectivo contrato, como asimismo en los demás documentos que las partes tienen como integrante del mismo.
Si el término del contrato fuera imputable al adjudicatario, la Corporación Nacional Forestal continuará la ejecución de la obra de conformidad a la ley, y teniendo estados de pago pendientes, estos podrán retenerse con el objetivo de descontarse los perjuicios consistentes en el mayor costo de terminación de la obra y todo mayor gasto que sea ocasionado, directa o indirectamente por el incumplimiento.
|
|
|
|
XXI. MULTAS Y SANCIONES |
|
La aplicación de las multas se hará sobre el valor NETO del contrato, administrativamente, sin forma de juicio y se deducirán de los estados de pago, de las retenciones hechas al adjudicatario, o de la garantía del contrato si aquellas no fueren suficientes.
A: Por Atraso
El atraso en la entrega de los servicios contratados será la diferencia expresada en días corridos que exista entre el término del plazo establecido en el contrato, más las ampliaciones de plazo, si las hubiese, y la fecha en que verificada por la ITO la conclusión de las obras materia del contrato que el proveedor informa como término de obras.
El atraso autorizado en la ejecución y entrega de las obras, facultará a CONAF para resolver administrativamente con Cargo al Contrato una multa por cada día de atraso en el cumplimiento del plazo contractual la que será equivalente a 0.1% del valor total del contrato.
En el caso que la CONAF ordene una paralización de Obra y el adjudicatario no acatare la orden, el periodo trabajado estará afecto a igual multa que los días de atraso.
Si durante la ejecución de la obra se produjeren atrasos parciales, ocasionados por fuerza mayor o por caso fortuito, el adjudicatario deberá presentar a la Inspección de la obra su justificación por escrito y consignado en el libro de obras, antes de que transcurran 7 días corridos desde que se hayan producido; pasado este período no se aceptará justificación alguna. La I.T.O de la Corporación Nacional Forestal estudiará el informe presentado por la Inspección y las razones invocadas por el adjudicatario para justificar el atraso y resolverá la aceptación o rechazo de la ampliación del plazo. Las interrupciones que puedan experimentar las obras a consecuencia del rechazo por la Inspección de materiales que no cumplan las condiciones del contrato, no autorizan al adjudicatario para solicitar prórroga del plazo.
B: Por incumplimiento de instrucciones de la l.T.O
Si el adjudicatario no cumpliere una instrucción de la I.T.O (Instrucción que se refiere a una observación asociada a un plazo para ser subsanada, con una fecha establecida de solución y esté estipulada en el libro de obra por la I.T.O.) se le aplicará una multa de 0.5% sobre el monto del contrato por cada día que no se haya subsanado la observación una vez cumplido el plazo establecido por la I.T.O. Ante esta medida el adjudicatario tendrá un plazo de 5 días hábiles para presentar sus descargos al I.T.O.
Si el contratista no apela o si la apelación fuera rechazada y se resistiese a acatar la orden impartida el mandante podrá, previa notificación, suspender la tramitación de los estados de pago según la gravedad del caso, y previa notificación hecha con 10 días hábiles de anticipación al contratista, poner término anticipado al contrato por causas imputables a éste.
C: Por incumplimiento de Programa de Trabajo o Carta Gantt.
El adjudicatario está obligado a cumplir, durante la ejecución de la obra, con los plazos parciales estipulados en el “Programa de Trabajo”, correspondiente, y si se produjere un atraso injustificado a juicio de la autoridad que corresponda, en este caso el Director Regional de CONAF, de un 30% o más con respecto al avance de las obras consultadas en el mencionado programa, se podrá poner término anticipado al contrato, sin perjuicio de la aplicación de la multa correspondiente al 1% sobre el valor contratado por cada día de atraso en la entrega.
Si el adjudicatario no cumpliera con el programa de trabajo, y en el caso de producirse uno o más atrasos injustificados con una diferencia superior al 15% entre lo programado y lo ejecutado a juicio de la autoridad que corresponda, en este caso el Director Regional de CONAF, se le aplicara una multa de 1% sobre el monto del contrato, salvo causas de fuerza mayor. El adjudicatario tendrá un plazo de 5 días hábiles para realizar sus descargos y justificar las causas de éste, siendo el Director Regional de CONAF quien resuelva.
Modificación de Programa de Trabajo durante la ejecución:
El adjudicatario podrá realizar ajustes en el Programa de Trabajo durante la ejecución de las obras hasta en 3 ocasiones distintas, que en ningún caso estos ajustes podrán implicar un aumento del plazo ofertado.
Denuncias de Accidentes de Trabajo:
Es obligación del adjudicatario efectuar la denuncia de los accidentes de trabajo, y su no cumplimiento será sancionado con una multa de una a tres UTM, con cargo a las garantías o retenciones del contrato y su aplicación, cuando fuere necesario, se hará administrativamente.
|
|
|
|
XXII. OBLIGACIONES DEL ADJUDICATARIO |
|
El Adjudicatario deberá:
Ejecutar todos los trabajos solicitados en forma completa y oportuna, en tiempo y forma, con estricto apego a las bases.
El adjudicatario debe dirigir los trabajos personalmente o a través de un profesional o especialista competente, por él designado, y atenderlos de manera que el avance de la obra esté de acuerdo con el programa de trabajo aprobado.
La Corporación Nacional Forestal podrá exigir en cualquier tiempo que el adjudicatario mantenga un Arquitecto, Ingeniero Constructor o Constructor Civil, especialmente mandatado a cargo de las obras que se contraten.
Es obligación del adjudicatario efectuar la denuncia de los accidentes de trabajo, y su no cumplimiento será sancionado con una multa de una a tres UTM, con cargo a las garantías o retenciones del contrato y su aplicación, cuando fuere necesario, se hará administrativamente.
El adjudicatario se obliga a cumplir las leyes laborales vigentes así como también toda normativa legal vigente aplicable al contrato.
El adjudicatario deberá dar cumplimiento al Reglamento Especial para empresas contratistas y sub-contratistas de seguridad y salud en el trabajo, de CONAF.
El adjudicatario deberá habilitar y mantener un libro de obras foliado y triplicado, en el que se anotarán las novedades de su ejecución y las instrucciones que imparta el Inspector, como las modificaciones que se autoricen en la obra, el que estará disponible y a la vista de CONAF en cualquier tiempo y cuando el mandante o sus delegados así lo requiera.
Será obligación del adjudicatario mantener, en obra, copia de todos los contratos de trabajo, así como también todos los trabajadores deberán portar su cédula de identidad.
El adjudicatario asumirá todos los riesgos e imponderables de la construcción que signifiquen mayores costos, cualquiera sea su origen, naturaleza o procedencia. Así como de aquellos derivados de la mala construcción, por el empleo de materiales deficientes o de mala calidad. Por su parte será único y exclusivo responsable, de todos los daños provocados a las instalaciones, al medio ambiente, a funcionarios de CONAF o los ocasionados a terceros, por actos culpables o negligentes que se verifiquen en el desarrollo de las obras.
|
|
|
|
XXIII. RESPONSABILIDAD DEL ADJUDICATARIO |
|
Como toda Empresa que suscriba
contrato con la Corporación Nacional Forestal, el adjudicatario respectivo
deberá aceptar y aplicar las normas y procedimientos generales de Prevención de
Accidentes y las instrucciones escritas o verbales que le imparta al inspector
respectivo sobre la materia, durante el desarrollo de las obras. Además de lo
anterior, responderá del fiel cumplimiento de las disposiciones del Código del
Trabajo, leyes previsionales, de medicina curativa y preventiva, sobre
accidentes del trabajo y enfermedades profesionales, y en general, toda
legislación social y provisional vigente.
El adjudicatario es el único
responsable de la obra ante la Corporación Nacional Forestal y frente a
terceros.
El adjudicatario será el
responsable exclusivo de los daños y perjuicios que causare a funcionarios de
CONAF o a terceros, ya sea por defecto del proyecto, por infracción a los
Reglamentos y Ordenanzas, y en general, por cualquier error, negligencia o
imprudencia de parte suya o de sus trabajadores.
|
|
|
|
XXIV. DE LA EJECUCIÓN |
|
Una
vez adjudicada la licitación y previo a la firma del Contrato la CONAF citará
al proveedor a una reunión de coordinación y programación en la que se concordará con la CONAF la
distribución definitiva del presupuesto de obras en el detalle por partidas
definiéndose un presupuesto oficial que se adjuntará al Contrato, en ningún
caso se podrá disminuir o aumentar el monto total ofertado, será obligatorio
para el proveedor en esta primera reunión de coordinación la entrega a la
Unidad Técnica del detalle de precio unitario de cada una de las partidas
ofertadas, el formato de precio unitario será informado por la CONAF al momento
de la citación . La programación financiera y de obras propuestas en la oferta
del adjudicatario también podrá ser modificada para ser concordante con el
presupuesto oficial. En la reunión de coordinación la CONAF informará cada una
de las etapas y partidas que deberán ser expresamente definidas y/o aprobadas
por el I.T.O.
Una
vez firmado el contrato, el Jefe del Departamento de Finanzas y Administración
informará por escrito o correo electrónico al adjudicatario el día en que
tendrá lugar la entrega de terreno.
Si el adjudicatario o su representante no
concurrieren el día fijado para la entrega de terreno, el Jefe del Departamento
de Finanzas y Administración le señalará un plazo adicional que no podrá
exceder a tres (3) días corridos. Expirado este nuevo plazo, y de continuar la
no-concurrencia del proveedor, la Corporación podrá poner término anticipado al
contrato.
Se
dejará constancia de la entrega de terreno en el respectivo libro de obras.
Para todos los efectos el día de entrega del terreno será el día 1 de la Obra,
a partir del cual se contabilizarán todos los plazos.
El
adjudicatario debe iniciar los trabajos inmediatamente después de la entrega de
terreno y proseguirlos, de acuerdo con el programa de trabajo aprobado por la
Corporación. El adjudicatario no podrá destinar el lugar entregado, ni siquiera
en parte, a fines distintos de los que señale el respectivo contrato.
La
demora por más de tres días corridos en la iniciación de los trabajos, o
cualquiera interrupción en los cursos de ellos, por uno o más días, y que no
haya sido causada por fuerza mayor o justificada plenamente ante el I.T.O, dará derecho a la CORPORACIÓN para poner
término anticipado al contrato.
El
adjudicatario no puede hacer, por iniciativa propia, cambio alguno de las
bases, planos y especificaciones técnicas que sirvan de base al contrato, y si
lo hiciere, deberá reconstruir las obras sin cargo para la CORPORACIÓN, o
reemplazar, por su propia cuenta y costo, los materiales que a juicio de la
Inspección, se aparten a las condiciones del contrato.
Cuando
razones de orden técnico aconsejen paralizar o suspender temporalmente la
ejecución de las obras, las partes contratantes concordarán previamente la
paralización o suspensión, siempre y cuando esto no implique un incremento del
presupuesto asignado. El Director Regional de CONAF podrá autorizar la
paralización o suspensión del mismo hasta una fecha en que técnicamente sea
aconsejable su prosecución. Para avalar lo anterior, la Inspección técnica de
la obra deberá emitir un Informe Técnico, estableciendo las razones por las
cuales deban paralizarse temporalmente las obras.
|
|
|
|
XXV. SUPERVISIÓN DE LA OBRA |
Cumplidos todos los
trámites que le den vigencia legal al contrato, se dará inicio al plazo
contractual de la Obra, mediante
un Acta de Entrega de terreno, suscrita por el Proveedor y la Inspección
Técnica de la Obra (ITO).
La Corporación
Nacional Forestal designará uno o más profesionales para inspeccionar y
controlar las obras, quienes deberán entregar un Informe de avance cumplidos 30
días corridos de ejecución. Una copia de cada Informe se deberá incorporar al
libro de obras respectivo.
La inspección citada
en el punto precedente no libera al adjudicatario de ninguna de las
obligaciones de responsabilidad que le son propias y dicha inspección no
constituirá, en caso alguno, aprobación parcial o total de la Obra.
Los trabajos mal ejecutados, materiales mal
empleados y elementos utilizados al margen de las normas técnicas
correspondientes, que sean observados por la ITO, deberán ser sustituidos,
reconstruidos, reparados o refaccionados a costa del adjudicatario en el plazo
que la ITO establezca, según las indicaciones de esta, sin que ello represente,
en caso alguno, aumento de Obra ni costo adicional para el Mandante.
Las observaciones efectuadas en el Libro de Obra por la ITO o su
representante en obra (AITO), deberán ser acatadas de inmediato por el adjudicatario,
y su inobservancia será causal de multas parciales y/o término anticipado del
Contrato, en caso de recurrencia.
La Inspección Técnica
de la Obra (ITO) está facultada para no dar curso a los estados de pago cuando
el adjudicatario no acreditare el pago oportuno de los sueldos, salarios e
imposiciones de previsión del personal empleado en dichas faenas o trabajos, o
bien, para ordenar retener de dichos estados de pago, las cantidades adecuadas
por tales conceptos, los que serán pagados a cuenta del proveedor, a las
personas o instituciones que corresponda.
La Inspección Técnica podrá solicitar en cualquier momento los Contratos
de Trabajo de todas las personas que estén laborando, así como también
solicitar la identificación de cada trabajador. Si se detectare que algún
trabajador de la obra está sin contrato vigente, tal evento se consignará por
escrito en el Libro de Obras y se le solicitará inmediatamente el abandono de
la Unidad.
|
|
|
|
XXVI. DE LOS PAGOS Y RETENCIONES |
|
La Corporación Nacional
Forestal gestionará el pago según estados de avance de la obra, la programación
financiera y lo indicado en las Bases Administrativas. Cada pago se realizará
contra presentación de la factura, visada por la Unidad Técnica, Mejoramiento de los espacios de uso público del
Parque Nacional Pan de Azúcar, adjuntando el
Certificado de la Inspección del Trabajo, por el período correspondiente, y el
informe emitido por la ITO. El estado de avance de la obra será calculado según
lo indicado en el Anexo Metodología del estado de avance de la obra.
|
|
|
|
XXVII. DE LA INSPECCIÓN DE LAS OBRAS |
|
La función del I.T.O.
(Inspector Técnico de Obras) es la de velar por el correcto cumplimiento del
contrato que en el caso de la Corporación Nacional Forestal lo suscribe en
calidad de mandante quien establece las condiciones y requisitos que han de
gobernar el cumplimiento de un contrato contra la cancelación de una
compensación económica, y el adjudicatario (contratista) que suministra bienes
y servicios de conformidad a lo pactado.
|
|
|
|
XXVIII. DE LA RECEPCIÓN DE LAS OBRAS |
|
Terminados los
trabajos, el adjudicatario notificará por escrito en el Libro de Obras a la
Inspección Técnica de la Obra, quien deberá verificar el fiel cumplimiento de
las bases, planos y especificaciones técnicas del respectivo contrato y lo
comunicará por escrito al Jefe del Departamento de Finanzas y Administración,
indicando la fecha en que el proveedor puso término a la obra.
La recepción
provisoria de las obras se efectuará por una Comisión conformada por el Jefe
del Departamento de Finanzas y Administración (o quien lo represente), el Jefe del Departamento de Áreas
Protegidas (o quién lo represente), el Encargado del Proyecto (o quien lo
represente), Encargada de Proyecto de la Subsecretaría de Turismo y la A.I.T.O. La comisión deberá
reunirse en la obras en un plazo no superior a 10 días hábiles, a contar desde
la fecha en que el adjudicatario solicite la recepción de las obras. A esta
reunión asistirá, aparte de la comisión, el adjudicatario y/o su representante.
La Recepción de Obras podrá realizarse en etapa por sector, será el Director
Regional quien tendrá a facultad de definir las etapas de recepción.
Verificado y
confirmado el término de las obras y el fiel cumplimiento del Contrato,
ajustado a los planos, especificaciones técnicas y proyectos de especialidad,
la ITO lo consignará en el libro de obras con la fecha exacta de término.
Si de la Inspección
de la obra que haga la Comisión, resulta que los trabajos no están terminados o
no están ejecutados en conformidad con las bases, planos, especificaciones
técnicas, o se han empleado materiales defectuosos o inadecuados o no se
presenta la recepción Final Definitiva Municipal, la Comisión no dará
curso a la recepción, fijando un plazo
para que el adjudicatario ejecute, a su costa, los trabajos y reparaciones que
aquella determine, situación que deberá quedar reflejada en el libro de obras.
Concluido el plazo
para subsanar las observaciones por parte deladjudicatario, la comisión se
constituirá nuevamente en terreno, para verificar la atención a las
observaciones y efectuar la Recepción Provisoria, si procediere, levantándose
el Acta de Recepción correspondiente. En caso de no-cumplimiento, se procederá
a rescindir el contrato.
Si el adjudicatario
no hiciere las reparaciones y cambios que se ordenaren, dentro del plazo que se
le fije por oficio, la Corporación Nacional Forestal podrá llevar a cabo la
ejecución de dichos trabajos por cuenta del adjudicatario con cargo a la
garantía de fiel cumplimiento del contrato y/o retenciones, si las hubiere.
Efectuada, sin observaciones, la
Recepción Definitiva de la Obra, se procederá a efectuar la liquidación del
Contrato. Cumplida esta formalidad, y si no existen saldos pendientes a favor
del Mandante, la Corporación devolverá al adjudicatario la garantía de caución
de la buena ejecución de obra y el o los saldos de retenciones, si las hubiere.
|
|
|
|
XXIX. OTRAS CLÁUSULAS |
- CONSULTAS
Y ACLARACIONES
Las consultas referentes a las Bases Técnicas
y Administrativas deberán ser realizadas sólo por la modalidad FORO del portal
de compras Mercado público, durante las fechas indicadas en el Calendario de
esta licitación. Las respuestas a dichas preguntas se publicarán a través de la
mencionada modalidad FORO.
- TRABAJADORES
DEPENDIENTES DEL ADJUDICADO
Será de responsabilidad única exclusiva del
adjudicatario velar por la salud, seguridad e integridad de sus trabajadores
dando estricto cumplimiento a la ley 16.744.
Los trabajadores que intervengan en la
prestación del servicio adquirido serán dependientes exclusivos del oferente
adjudicado, correspondiendo a éste cumplir las obligaciones legales,
previsionales, laborales y otras que le correspondan en cuanto empleador,
conforme a la legislación vigente. Por tanto, CONAF no tiene ni tendrá ningún
vínculo laboral ni ninguna especie de relación contractual con estos
trabajadores.
- OBSERVACIONES
A LA APERTURA DE LAS OFERTAS
Los oferentes podrán efectuar observaciones
dentro de las 24 horas siguientes a la apertura de las ofertas a través del
mecanismo establecido por el portal de compras, sin perjuicio de lo dispuesto
en el inciso final del artículo 33 del Reglamento de la Ley N° 19.886.
Solamente para el caso de Apertura de las propuestas, automáticamente serán rechazadas las ofertas que no
cuenten con el documento de garantía por seriedad de la oferta y la visita a
terreno.
- PRESENTACIÓN
DE ANTECEDENTES OMITIDOS POR LOS OFERENTES
En caso de que uno o más oferentes omitan
algún antecedente de carácter administrativo, podrán presentarlo en un plazo
fatal de 24 horas contados desde el requerimiento de CONAF, a través del FORO.
Se exceptúa de esta opción la entrega de antecedentes técnicos y económicos,
los cuales deberán ser entregados antes del vencimiento del plazo para
presentar ofertas. (Artículo N° 40 del Reglamento).
- CONSULTAS
POSTERIORES AL CIERRE DE LA LICITACIÓN
CONAF podrá realizar consultas y solicitar
antecedentes durante el período posterior al cierre de esta licitación y antes
de su adjudicación. Estas consultas serán realizadas a través de la modalidad
de FORO Inverso del portal de compras. Los antecedentes que se soliciten,
deberán estar orientados a aclarar aspectos de la oferta, o al requerimiento de
documentos o certificados originales, y no podrán constituir temas evaluables
de esta licitación.
- CONSULTAS
RESPECTO A LA ADJUDICACIÓN
Las consultas respecto a la adjudicación se
recibirán a través del correo electrónico del funcionario encargado de la
licitación, las que serán respondidas por el mismo medio. Sólo se responderán
las consultas ingresadas hasta 48 horas (hábiles) a contar de la adjudicación.
- READJUDICACIÓN
DE LA LICITACIÓN
En los casos en que el oferente adjudicado no
suscriba el contrato dentro del plazo establecido, no entregue la garantía de fiel cumplimiento del contrato, no
cumpla con los requisitos para contratar establecidos en las presentes bases,
se desista de su oferta o sea inhábil para contratar de acuerdo con los
términos de la Ley 19.886 y su Reglamento, se entenderá que desiste de ejecutar
el contrato, por lo tanto, CONAF tendrá derecho a encomendar la adquisición de
los servicios licitados al oferente que de acuerdo al resultado de la
evaluación le siga en puntaje, y así sucesivamente, a menos que se estime
conveniente efectuar una nueva licitación, declarando desierto el proceso. Sin
perjuicio de lo anterior, además, se hará efectiva la Garantía de Seriedad de
la Oferta.
- VISITA
A TERRENO
La Visita a Terreno será de carácter
obligatoria, el Oferente podrá asistir el día 18 de enero ó el día 19 de enero a
partir de las 11:00 hrs. El circuito se iniciará en la Sede Administrativa del
Parque Nacional Pan de Azúcar, se firmará el Acta de Asistencia previo al
inicio del recorrido.
- CONTRAPARTES
DE CONAF
Las contrapartes técnica y administrativa de
CONAF ante el oferente adjudicado, serán el Encargado Técnico del Proyecto, el
I.T.O. de la obra y el Jefe del Departamento de Finanzas y Administración, o
quienes los representen, respectivamente.
- ALCANCE
FINAL
Las Bases Administrativas y Técnicas de esta
licitación pública, como también las aclaraciones a consultas realizadas a
través de las modalidades FORO y FORO INVERSO del portal de compras, forman
parte de las condiciones particulares del contrato que se suscriba en virtud de
esta licitación pública.
|
|
|
|
XXX. ANEXOS DE ESTA LICITACIÓN: |
|
Anexo 1. Identificación del Oferente (Adjunto en las Bases Administrativas).
Anexo 2.Declaración de Conformidad con
las Bases (Adjunto en las Bases Administrativas).
Anexo 3. Declaración de no haber sido
condenado por prácticas antisindicales (Adjunto en
las Bases Administrativas) Según Anexo N°3.
Anexo 4. Declaración de que no tiene calidad de funcionario (Adjunto en las Bases
Administrativas) Según Anexo N°4.
Anexo 5. Declaración de
no habérsele rescindido contrato
Anexo 6. Metodología de Ejecución de
Obras Según Anexo N° 6.
Anexo 7. Formulario Experiencia
Oferente.
Anexo 8. Presupuesto detallado por partidas
(se adjunta archivo Excel)
Anexo: Metodología medición Avance de obra.
Anexo: Planimetría del proyecto
Anexo: Especificaciones Técnicas del proyecto
Licitación ID 1088-24-LQ15: “Mejoramiento
de los espacios de uso público del
Parque Nacional Pan de
Azúcar”.
|
|
|
|
XXXI. PACTO DE INTEGRIDAD |
|
El oferente
declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta
expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y
cada una de las estipulaciones que contenidas el mismo, sin perjuicio de las
que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos
integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la
información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo
a las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes
compromisos:
1.- El
oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder,
sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo,
naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta,
con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos
que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas
a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso
licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y
ejecución del o los contratos que de ello se deriven.
2.- El
oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones,
actos o conductas que tengan por objeto influír o afectar de cualquier forma la
libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y
especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o
naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas.
3.- El oferente
se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba
presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las
medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad,
consistencia, precisión y vigencia de la misma.
4.- El
oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de
legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente
proceso licitatorio.
5.- El
oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y
condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes
y él o los contratos que de ellos se derivase.
6.- El
oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en
estas bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean
aplicables a la misma.
7.- El
oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio
es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y
económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con
la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.
8.- El
oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las
obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por
sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las
personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud
o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose
plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de
las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen
determinadas por los organismos correspondientes.
|
|
|
|