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Otras Cláusulas |
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10. OTRAS CLÁUSULAS
10.1 Validez de las Ofertas
Las y los oferentes, por el sólo hecho de presentar oferta significará que leyeron, comprendieron, aceptaron y están conformes con las presentes bases, especificaciones del servicio requerido, las características técnicas que inciden directa o indirectamente en esta licitación, con las condiciones generales del servicio solicitado y antecedentes que la acompañan, con las eventuales aclaraciones y respuestas a las consultas y con las condiciones de contratación, no pudiendo bajo ninguna circunstancia alegar desconocimiento de los mismos o solicitar compensaciones, indemnizaciones o consideraciones de ninguna especie.
Las ofertas deberán tener una validez mínima de 90 días corridos contados desde la fecha de cierre de recepción de ofertas.
El oferente será responsable de la exactitud de la información contenida en su oferta, a través de los Antecedentes Administrativos, Técnicos y Económicos ingresados en el Portal www.mercadopublico.cl.
Toda la documentación e información contenida en las ofertas podrá ser verificada en cualquier momento por parte del SERVIU Metropolitano, debiendo el proveedor conservar los originales de los documentos contenidos en su oferta, durante todo el período que dure el contrato, y entregárselos al SERVIU Metropolitano en la oportunidad en que éste lo requiera.
10.2 Apertura de las Ofertas
La apertura de las ofertas de la presente Licitación se efectuará en una etapa, una apertura electrónica a través del Sistema de Información del Portal www.mercadopublico.cl, según lo establecido en punto “Etapas y plazos” de las presentes Bases.
La apertura de las ofertas se efectuará solamente en relación a las y los oferentes que hubiesen entregado oportunamente los requisitos de admisibilidad solicitados en las presentes bases de licitación (ver puntos 5.2.3 y 5.2.4 de las bases administrativas de licitación).
10.3 Metodología de Evaluación
La evaluación de las ofertas estará a cargo de una Comisión Evaluadora compuesta por, al menos, tres funcionarios y/o funcionarias del Servicio designados por la o el Subdirector de Vivienda y Equipamiento, mediante Orden de Servicio.
Quienes participen de la comisión evaluadora no podrán tener conflictos de interés con las y los oferentes, de conformidad con la normativa vigente al momento de la evaluación, de lo cual deberá dejarse constancia en el Acta de Evaluación respectiva.
La Comisión Evaluadora emitirá un Acta de Evaluación, la que contendrá el detalle del proceso de evaluación respectivo, se referirá a los criterios y ponderaciones utilizados en la evaluación de las ofertas, las ofertas que deben declararse inadmisibles por no cumplir con los requisitos establecidos en las bases, especificándose los requisitos incumplidos; o la proposición de declaración de la licitación como desierta, cuando no se presentaren ofertas, o bien, cuando la Comisión Evaluadora juzgare que las ofertas presentadas no resultan convenientes a los intereses del Servicio, si correspondiere, la asignación de puntajes para cada criterio y las fórmulas de cálculo aplicadas para la asignación de dichos puntajes, los que serán en números enteros, debiéndose aproximar cuando fuese el caso, considerándose para tales efectos, el primer decimal luego del entero, así como cualquier observación relativa a la forma de aplicar los criterios de evaluación, el orden de selección de las y los Oferentes una vez aplicada la evaluación respectiva, la proposición de adjudicación, dirigida a la autoridad facultada para adoptar la decisión final. Esta acta será publicada en el Portal www.mercadopublico.cl.
Las ofertas sólo se evaluarán en base a la información que entreguen las y los Oferentes a través del Portal Mercado Público, asignando los puntajes correspondientes a cada uno de los requerimientos que a continuación se enuncian, de acuerdo a las condiciones que en cada caso se establecen.
SERVIU Metropolitano, una vez realizada la apertura electrónica de las ofertas, podrá solicitar a las y los Oferentes a través del foro Aclaración de Oferta del Portal www.mercadopublico.cl, que salven errores u omisiones formales, siempre y cuando la rectificación de dichos vicios u omisiones no les confiera a esos oferente una situación de privilegio respecto de los demás competidores, esto es, en tanto no se afecten los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de las y los Oferentes, y se informe de dicha solicitud al resto de las y los Oferentes a través del Portal www.mercadopublico.cl.
SERVIU Metropolitano podrá permitir la presentación de certificaciones o antecedentes que las y los Oferentes hayan omitido presentar al momento de efectuar la oferta a través del Portal www.mercadopublico.cl, siempre que dichas certificaciones o antecedentes se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar ofertas o se refieran a situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas y el periodo de evaluación.
Las y los Oferentes tendrán un plazo máximo de 2 días hábiles contados desde la notificación del respectivo requerimiento a través del foro Aclaración de Oferta del Portal www.mercadopublico.cl, para responder a lo solicitado por SERVIU Metropolitano o para acompañar los antecedentes requeridos por éste.
Las ofertas se evaluarán por proveedor, aplicando la siguiente metodología de evaluación:
a) Experiencia del Oferente (A):
Se requiere que la información proporcionada en el anexo N°3 corresponda a desarrollo de proyectos realizados desde 2019 a la fecha y que cumplan al menos con alguna de las siguientes características:
- Levantamientos y/o estudios normativos para rehabilitación de inmuebles de al menos 2000 m2 edificados en altura, contemplados en una o más edificaciones en un mismo contrato.
- Proyectos de rehabilitación de inmuebles y/o actualización normativa en edificaciones en altura de al menos 2.000 m2, contemplados en una o más edificaciones en un mismo contrato.
- Proyectos desarrollados con cumplimiento de zona vertical de seguridad según lo establecido en artículo 4.3.7 y/o 4.2.16 de la OGUC.
Sólo se considerarán proyectos ejecutados y terminados a la fecha de presentación de la oferta, por tanto, no se contabilizarán para efectos de la evaluación aquellos que se encuentren en ejecución.
Este ítem se valorizará con una ponderación de 35% (treinta y cinco por ciento), la comisión evaluadora asignará el puntaje de la siguiente manera:
Experiencia del Oferente Puntaje
7 contratos o más 100
Entre 4 a 6 Contratos 75 75
Entre 1 a 3 Contratos 50 50
0 no acredita o no presenta 0
b) Precio u Oferta Económica (B):
Su porcentaje de evaluación es de un 35% (treinta y cinco por ciento) y se asignará puntaje a cada oferente de acuerdo con la siguiente fórmula:
Puntaje Precio (B) = (Oferta menor valor/Oferta en evaluación) *100
Donde:
Oferta menor valor: es la oferta cuyo monto corresponde al menor valor de todas las ofertas recibidas.
Oferta en evaluación: es la oferta específica que es objeto de evaluación mediante la operación ejecutada.
Aquellas ofertas cuyo monto ofertado sea mayor al presupuesto máximo disponible se considerarán fuera de bases y se desestimarán.
c) Plazo para la prestación del servicio (C):
Su ponderación será de un 30% (treinta por ciento) y se asignará puntaje a cada oferente de acuerdo con la siguiente fórmula:
Puntaje Plazo = (Oferta menor plazo/Plazo en evaluación) *100
Donde:
Oferta menor plazo: aquella cuyo plazo de habilitación corresponde al menor plazo de todas las ofertas recibidas.
Plazo en evaluación: es el plazo específico que es objeto de evaluación mediante la operación habilitada.
Aquellas ofertas cuyo plazo de entrega sea mayor a 160 días se considerará como fuera de bases y se desestimará la oferta.
d) Cálculo Puntaje Total Ponderado:
Se aplicará una ponderación a cada uno de los criterios antes mencionados de acuerdo a lo estipulado en las presentes bases. Al puntaje obtenido en el criterio experiencia del oferente (A) se le aplicará una ponderación de un 35 %; al puntaje obtenido en el criterio precio (B) se le aplicará una ponderación de un 35%; y, al puntaje obtenido en el criterio Plazo para la prestación del servicio (C) se le aplicará una ponderación de un 30% para así obtener el puntaje total ponderado de acuerdo a la siguiente descripción.
PTP = A*0,35 + B*0,35 + C*0,30
Donde:
PTP : Puntaje Total Ponderado.
A : Puntaje Experiencia del Oferente.
B : Puntaje Precio.
C : Puntaje Plazo para la prestación del servicio.
Una vez efectuada la evaluación de las ofertas, la Comisión Evaluadora confeccionará un cuadro comparativo detallado de los puntajes de cada uno de las y los Oferentes de acuerdo a las ponderaciones de la pauta de evaluación y levantará un acta, que será sometida a la validación del Subdirector de Vivienda y Equipamiento, proponiendo adjudicar aquella oferta que resulte con el mayor puntaje total ponderado.
La Comisión Evaluadora propondrá adjudicar la licitación al oferente que obtenga el mayor puntaje total ponderado y siempre que este sea igual o superior al 60%. Si existiese igualdad de puntaje se adjudicará la licitación al oferente que haya obtenido mayor puntaje en criterio Experiencia del Oferente. En caso de persistir el empate se adjudicará la licitación al oferente que haya obtenido mayor puntaje en los criterios y el siguiente orden: Experiencia del oferente; Precio y Plazo de realización del servicio. Si aún subsiste la situación de empate, se adjudicará a la oferta que haya sido ingresada primero, según comprobante de ingreso de la oferta emitido por la Dirección de Compras y Contratación Pública, www.mercadopublico.cl. Finalmente, en última instancia, en caso de persistir el empate, se adjudicará la licitación al proveedor que resulte favorecido en un sorteo realizado ante el Ministro de Fe de SERVIU Metropolitano.
10.4 Adjudicación
SERVIU Metropolitano se regirá en esta materia por lo dispuesto en el Art. 10 de la Ley N° 19.886.
La resolución que decida sobre la adjudicación será notificada a todas y todos los oferentes a través del Portal www.mercadopublico.cl dentro del plazo establecido en el punto “Etapas y Plazos” de las presentes bases.
SERVIU Metropolitano podrá adjudicar, mediante resolución fundada, una oferta cuyo precio sea inferior en un 50 % al precio de la oferta que le sigue y se verifique que los costos de dicha oferta son inconsistentes económicamente, siempre y cuando solicite una ampliación de garantía de fiel cumplimiento, por la diferencia de precio, de acuerdo a lo dispuesto en el Art. 42 del Reglamento de Compras D.S. N° 250/2004.
10.5 Derecho a Desestimar Ofertas y/o Declarar Desierta la Licitación
SERVIU Metropolitano declarará desierta la licitación cuando no se presenten ofertas, o bien, cuando éstas no resulten convenientes a sus intereses. También podrá declarar inadmisibles o rechazar, según sea el caso, una o más ofertas cuando éstas no cumplieren con los requisitos establecidos en las presentes bases, conforme a lo dispuesto en el Art. 9 de la Ley Nº 19.886. Lo anterior se realizará mediante resolución fundada del SERVIU Metropolitano y no otorgará derecho a las y los Oferentes a reclamar indemnización alguna.
10.6 Del Contrato
10.6.1 Suscripción del Contrato
Una vez transcurrido el período para que el adjudicatario entregue los antecedentes legales para ser contratado, SERVIU Metropolitano procederá a preparar el contrato en dos copias idénticas, el cual deberá suscribir el adjudicatario una vez que se le comunique por cualquier medio escrito que está listo para su firma, siendo responsabilidad de éste presentar oportunamente todos los antecedentes que se requieran para preparar el contrato (ver punto “Antecedentes Legales para ser Contratado” de las presentes bases).
El SERVIU Metropolitano se reserva el derecho de dejar sin efecto la adjudicación y hacer efectivas las garantías que obren en su poder, y readjudicar a quien hubiere realizado la siguiente oferta más conveniente dentro de un plazo de 90 días corridos contados desde la publicación de la adjudicación original, en caso de que el contrato no se pueda suscribir oportunamente por incumplimiento imputable al adjudicatario como: la no presentación oportuna de los documentos solicitados por SERVIU Metropolitano para elaborar el contrato, no concurrir a su firma, no haber acreditado la inscripción oportuna de éste en el registro de proveedores de la Administración del Estado, no haber acreditado la inscripción vigente en el Registro de Consultores del MINVU, no entregar la garantía de fiel y oportuno cumplimiento dentro del plazo establecido, no acreditar la formación profesional de él o los integrantes del equipo según lo indicado en las bases.
10.6.2 Documentos Integrantes del Contrato
Para todos los efectos formarán parte integrante del contrato: las bases administrativas, las bases técnicas, los anexos, las respuestas y/o aclaraciones y/o modificaciones a las bases, si las hubiere, la oferta técnica presentada por el oferente adjudicado, los documentos anexos a ella y la oferta económica.
10.6.3 Gastos del Contrato
Todos los gastos notariales, pagos e impuestos que se deriven del cumplimiento del contrato y cualquier otro pago relacionado con el perfeccionamiento de este, así como en su desarrollo serán de cargo exclusivo del oferente adjudicado.
10.6.4 Domicilio y Jurisdicción
El adjudicatario deberá fijar su domicilio en la comuna y ciudad de Santiago. Las partes se someterán a la jurisdicción de sus Tribunales Ordinarios de Justicia.
10.7 Responsabilidad del Oferente Adjudicado
10.7.1 De las Obligaciones Laborales y Previsionales
El proveedor adjudicado deberá cumplir con todas las obligaciones laborales y previsionales de sus trabajadores y trabajadoras, todo lo cual es de su exclusiva responsabilidad. Adicionalmente, se compromete a proporcionar al SERVIU Metropolitano, todos los documentos y/o antecedentes que éste pueda requerir en sus funciones de fiscalización y control del cumplimiento del contrato y de los servicios prestados, quien, para estos efectos, conforme establece el artículo 183 C del Código del Trabajo, podrá ejercer los derechos de información, en virtud del cual SERVIU Metropolitano podrá pedir informes al proveedor sobre el cumplimiento de las obligaciones laborales y previsionales respecto de sus trabajadores/as; así como también podrá ejercer el derecho legal de retención, mediante el cual SERVIU Metropolitano estará facultado para retener los pagos que deba efectuar al proveedor, en caso que éste no haya dado cumplimiento íntegro a sus obligaciones laborales y previsionales. Incluso, podrá efectuar los pagos de estas obligaciones, según corresponda, con cargo a la garantía de fiel y oportuno cumplimiento de contrato y/o a descontarlos de los pagos al proveedor.
En conformidad a lo previsto en los incisos 3° y 4° del artículo 6° de la ley N° 21.516/2022, que sanciona la Ley de Presupuestos del Sector Público Correspondiente al Año 2023, el proveedor, al momento de contratar con el SERVIU Metropolitano, deberá acompañar un certificado de cumplimiento de obligaciones laborales y de remuneración. En el evento de que el oferente adjudicado se encuentre incorporado en algún registro por incumplimientos laborales o de remuneraciones, o no acompañe los referidos certificados en el momento correspondiente, no podrá contratar con el Servicio mientras no subsane el incumplimiento que la afecte.
Asimismo, si durante el desarrollo del contrato, el proveedor incurriere en incumplimiento de las leyes laborales y previsionales, determinado por la autoridad competente, serán calificadas con nota deficiente en el área de administración del contrato, sin perjuicio de las sanciones administrativas que correspondan. Esta calificación pasará a formar parte de los registros respectivos y se considerará en futuras licitaciones y adjudicaciones de contratos.
Si el proveedor contratado, durante la vigencia del contrato incurriere en incumplimiento de las leyes laborales y previsionales, SERVIU Metropolitano deberá exigirle que proceda a dichos pagos y le presente los comprobantes y planillas que demuestren el total cumplimiento de la obligación. Asimismo, en caso que el proveedor registrare saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores y trabajadoras o con trabajadores y trabajadoras contratadas en los últimos dos años, a la mitad del período de ejecución del contrato, con un máximo de seis meses, SERVIU Metropolitano quedará facultado para dar por terminado el respectivo contrato pudiendo llamarse a una nueva licitación en la que la empresa referida no podrá participar.
10.7.2 Con la Garantía de Fiel Cumplimiento del Contrato
Si, por cualquier razón, el SERVIU Metropolitano hiciere efectiva la garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato, el adjudicatario deberá presentar una nueva garantía, tomada en idénticas condiciones de las permitidas en las bases, dentro de los 5 días hábiles siguientes a aquel en que el SERVIU Metropolitano hubiere presentado a cobro a la institución financiera respectiva. El incumplimiento de esta obligación faculta al SERVIU Metropolitano para poner término inmediato y anticipado al contrato sin derecho a indemnización alguna para el adjudicatario, debiendo éste indemnizar los perjuicios causados.
En caso de cobro de la garantía, por alguna circunstancia, que no signifique el cese de contrato, el proveedor deberá renovarla dentro del plazo de siete días hábiles siguientes a su cobro, so pena de dar por terminado anticipadamente el contrato sin indemnización.
En el evento en que se acuerde la prórroga o renovación del contrato, el proveedor deberá acompañar una nueva garantía de fiel cumplimiento por el plazo, monto y en los mismos términos exigidos para el contrato original.
De acuerdo con lo contemplado en el artículo 68 inciso 2º del Reglamento de la ley, la garantía de fiel y oportuno cumplimiento caucionará el pago de las obligaciones laborales y sociales con los trabajadores del proveedor.
Mientras se encuentre vigente el contrato, las renovaciones de esta garantía serán de exclusiva responsabilidad del proveedor.
10.7.3 Con la Garantía de Correcta Elaboración del Proyecto
La garantía de correcta elaboración del proyecto será ingresada a SERVIU Metropolitano dentro de los 10 días hábiles siguiente de notificada el término del contrato como reemplazo de la boleta de Fiel Cumplimiento de Contrato; y tendrá una vigencia de quinientos cuarenta (540) días corridos posteriores al término del contrato y su recepción conforme.
La garantía de correcta elaboración de los proyectos será devuelta una vez transcurrido el período de vigencia de esta
Será responsabilidad del proveedor retirar la garantía de Buena Ejecución del Contrato en Caja del Departamento de Contabilidad del SERVIU Metropolitano, ubicada en Arturo Prat N° 48 primer piso (se puede consultar al teléfono 229013338).
10.7.4 Confidencialidad y Seguridad de la Información
El adjudicatario deberá guardar absoluta confidencialidad sobre los antecedentes reservados o no, que ponga a su disposición SERVIU Metropolitano y, en general, de todos aquellos que conozca con ocasión de la ejecución del contrato. El adjudicatario deberá garantizar el resguardo de la confidencialidad de la información señalada precedentemente, reservándose el SERVIU Metropolitano el derecho de ejercer las acciones legales que correspondan de acuerdo a las normas legales vigentes.
La divulgación, por cualquier medio, de la información antes referida por parte del adjudicatario, durante la vigencia del contrato, o después de su finalización, dará lugar al SERVIU Metropolitano para entablar las acciones judiciales que correspondan, sin perjuicio de la responsabilidad solidaria por los actos que hayan ejecutado sus empleados y quienes resulten responsables.
El adjudicatario declara conocer y aceptar la Política General de Seguridad de la Información y documentación asociada, destinada a cuidar la confidencialidad, disponibilidad e integridad de la información que se genera, envía, recibe, procesa y almacena en SERVIU Metropolitano, ya de manera física, ya digital. Asimismo, el proveedor hace extensivo a su personal que labora en esta institución, la divulgación de los contenidos establecidos en la Política General de Seguridad de la Información para que asuman los resguardos pertinentes.
Toda información, datos, documentos y registros, que las y los integrantes de su equipo de trabajo, sus dependientes u otras personas vinculadas a él, conozcan o llegaren a conocer con ocasión o a propósito del contrato y sus actividades complementarias, se tratarán como información confidencial y propiedad intelectual del SERVIU Metropolitano. El proveedor no podrá hacer uso de la información excepto que esté expresamente autorizado por el SERVIU Metropolitano, y ajustándose en todo caso a las disposiciones de la Ley Nº 19.628, sobre protección de la vida privada o protección de datos de carácter personal. El incumplimiento de esta obligación autorizará al SERVIU Metropolitano para poner término anticipado al contrato y dará lugar a la interposición de las acciones judiciales que correspondan.
10.8 De la Orden de Compra
Una vez tramitada la resolución que aprueba el contrato referido a la presente licitación, SERVIU Metropolitano emitirá una Orden de Compra al proveedor seleccionado, identificando la etapa del proyecto realizada. Esta Orden de Compra deberá ser aceptada por el proveedor.
10.9 Del Pago
El precio del contrato será determinado de conformidad a la oferta que haya presentado el adjudicatario en la presente licitación a través del Portal Mercado Público y con el mérito de la Orden de Compra emitida a través del Portal www.mercadopublico.cl. El adjudicatario sólo podrá cobrar los servicios efectivamente prestados a satisfacción de SERVIU Metropolitano.
SERVIU Metropolitano pagará al proveedor por estado de avance, previa recepción conforme de las entregas correspondientes (Etapa 1, Etapa 2, Etapa 3 y Etapa 4), de conformidad a lo siguiente:
ETAPA DESARROLLO ETAPA PLAZO PAGO
Etapa 1 Levantamiento, Análisis normativo de edificaciones y propuesta conceptual 37 días corridos 30% valor del contrato
Etapa 2 Anteproyecto de Arquitectura y Especialidades 38 días corridos 30% valor del contrato
Etapa 3 Plan de Emergencia y Evacuación (*)37 días corridos 10% valor del contrato
Etapa 4 Proyecto de Arquitectura, Especialidades y Aprobaciones 85 días corridos 30% valor del contrato
Totales 160 días corridos 100% valor del contrato.
(*) Los tiempos de desarrollo de la Etapa 3 Plan de Emergencia y Evacuación se entiende simultáneos con los tiempos de la etapa 4 asociado a Proyecto de Arquitectura, especialidades y Aprobaciones; lo anterior por la naturaleza de los productos que permiten su desarrollo de manera paralela. Con todo, el plazo total máximo para la ejecución de las 4 etapas no puede ser superior a los 160 días.
El pago se realizará dentro de los 30 días siguientes a la fecha de recepción conforme de la correspondiente Factura o Boleta de Honorarios, la que deberá contar con la aprobación del área que administra el contrato, y sin perjuicio de los descuentos que, de conformidad a la ley, al contrato que se celebre o a las presentes bases proceda efectuar.
El adjudicatario/a deberá emitir una Factura o Boleta de Honorarios a nombre de SERVIU Metropolitano, identificando en ella RUT: 61.812.000-7, Dirección: Serrano 45, comuna de Santiago; señalando la forma de pago indicada en las presentes bases, el contrato al que corresponde la Factura o Boleta de Honorarios y el ID de la Orden de Compra que se presenta a cobro, adjuntando:
a) Certificado de cumplimiento de obligaciones laborales y previsionales (F30-1) o Certificado de antecedentes laborales y previsionales (F-30) emitido por la Inspección del Trabajo, según corresponda.
b) Antecedentes del proveedor para realizar transferencia electrónica.
c) Orden de Compra Recibida Conforme.
d) Acta Recepción Conforme del servicio prestado emitida por el área que administra el contrato.
Queda estrictamente prohibido para el proveedor emitir la Factura o Boleta de Honorarios, sin que antes SERVIU Metropolitano cuente con todos los antecedentes indicados anteriormente (a excepción de la Factura Cedible). En caso de no contar con
dichos antecedentes, la Factura o Boleta de Honorarios será rechazada por SERVIU Metropolitano, dentro de los 8 días corridos a su emisión.
La documentación indicada anteriormente, podrá ser entregada en soporte físico o en formato electrónico. Para formato electrónico debe ser enviado en formato XML a la casilla de intercambio dipresrecepcion@custodium.com, y en formato PDF al correo mvillena@minvu.cl.
La entrega física de la Factura o Boleta de Honorarios y demás antecedentes requeridos para el pago, se efectuará en la Secretaría de la Subdirección de Vivienda y Equipamiento, ubicado en Serrano N° 45, cuarto piso - ala sur, Santiago, teniendo en cuenta el horario de funcionamiento, entre las 09:00 hrs., y las 13:00 hrs. Será responsabilidad del proveedor entregar oportunamente, para efectos del pago, la Factura o Boleta de Honorarios y toda la documentación adjunta que se requiera para tales efectos.
SERVIU Metropolitano realizará los pagos, a través de transferencia electrónica de fondos, en la cuenta corriente que el proveedor acredite mantener al efecto. Lo anterior en conformidad al apartado N° 14 del Oficio Circular N° 15, de fecha 09 de abril de 2020, del Ministro de Hacienda.
Será responsabilidad exclusiva del proveedor y/o de los eventuales mandatarios o cesionarios, informar o notificar con la debida anticipación y por escrito, adjuntando los documentos fundantes del caso, a la Sección Control de Egresos dependiente de la Subdirección de Administración y Finanzas, cualquier acto o contrato que justifique que los pagos deban hacerse a una persona diversa. Del mismo modo, SERVIU Metropolitano no responderá frente a terceros, y bajo ninguna circunstancia, para el evento de que el monto a pagar al proveedor resulte inferior al indicado en la(s) orden(es) de compra y/o en la Factura o Boleta de Honorarios.
10.10 Multas
SERVIU Metropolitano podrá aplicar multas al proveedor en los siguientes casos:
N° MOTIVO MONTO PERIODICIDAD Y TOPE DE LA MULTA
1 Por cada incumplimiento de instrucciones impartidas por el Administrador del contrato y/o Supervisor de este, devenidas de las funciones establecidas en el punto 10.15 de las presentes bases. 2UF Por evento
2 No cumplimiento de cualquiera de los requerimientos de las Bases Administrativas del proyecto, referentes a: Plazos Parciales, asistencia a reuniones, Plazo final, entre otras. 3UF Diaria en caso de atraso/por evento en caso de ausencia. Con un tope del 1% del contrato.
3 No entrega o no subsanar conforme las observaciones de los productos estipulados en las Bases Técnicas (a excepción de las aprobaciones). 3UF
Diaria
4 No haber realizado los ingresos pertinentes para la obtención de aprobaciones de las entidades solicitadas, como también no haber realizado los seguimientos para la obtención de las aprobaciones, conforme lo señalado en el punto 3 de las Bases Técnicas de la presente licitación 10 UF Por cada aprobación
Dichas multas en su conjunto no podrán superar el 5 % del monto total del contrato, en cuyo caso, SERVIU Metropolitano podrá poner término anticipado al contrato y hacer efectiva la garantía de fiel y oportuno cumplimiento del mismo.
Detectada una situación que amerite la aplicación de multas, se notificará al proveedor al momento de finalizar y cerrar una etapa, personalmente o por correo electrónico o por carta certificada, indicando la infracción cometida, los hechos que la constituyen y el monto de la multa. A contar de la notificación precedente, el proveedor tendrá un plazo de (5) cinco días hábiles para efectuar sus descargos al Equipo de Proyectos Urbanos, acompañando todos los antecedentes que estime pertinente.
Vencido el plazo indicado precedentemente, sin presentar descargos, SERVIU Metropolitano dictará la respectiva resolución fundada aplicando la multa. Si el proveedor hubiera presentado descargos en tiempo y forma, SERVIU Metropolitano tendrá un plazo de hasta (5) cinco días hábiles a contar de la recepción de los mismos, para rechazarlos o acogerlos total o parcialmente, lo que se determinará, mediante la respectiva resolución fundada, lo que se notificará al proveedor, personalmente o por correo electrónico o por carta certificada; procediendo respecto de dicha resolución, los recursos dispuestos en la Ley 19.880 que establece “Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los actos de los órganos de la Administración del Estado”, normativa que se aplicará supletoriamente para éste procedimiento.
Los recursos administrativos que dispone la ley 19.880, en conformidad al principio de impugnabilidad, consagrado en el artículo 15° de dicho cuerpo legal, procederán respecto de cualquier acto que se dicte con motivo de la presente licitación y su respectivo contrato; y, no solamente en el caso anotado en el párrafo anterior.
No procederá el cobro de las multas indicadas precedentemente si el incumplimiento se debe a un caso fortuito o de fuerza mayor, u otro imprevisto no imputable al adjudicatario, siempre que dicha circunstancia sea un hecho de público conocimiento y/o sea debidamente acreditada por el proveedor, lo que debe quedar estipulado en el Informe de Cierre de la Etapa respectiva.
En el caso de existir multas por “No Subsanación conforme de observaciones”, la Contraparte Técnica Revisora contemplará un plazo adicional de revisión de 12 días corridos, el que comenzará una vez que el adjudicatario entregue la subsanación pendiente de la etapa (por oficina de partes SERVIU Metropolitano y en el caso que por condiciones sanitarias no se pueda realizar el trabajo de manera presencial, por lo que no sea factible la entrega física, el consultor deberá enviar carta de ingreso con link de descarga, de una plataforma digital, al e-mail de Oficina de Partes de SERVIU Metropolitano (ofpaserviurm@minvu.cl con copia a mvillena@minvu.cl).
Las multas que aplique el SERVIU Metropolitano al adjudicatario serán por la vía administrativa. El proveedor contratado tendrá un plazo de 5 días hábiles, contados desde la fecha de la notificación, para pagar en efectivo dicha multa en Caja ubicada en Arturo Prat N° 48, primer piso. Transcurrido dicho plazo, SERVIU Metropolitano estará autorizado para descontarla de los estados de pagos, en caso de que los hubiere; de lo contrario, y en última instancia, la hará efectiva con cargo a las garantías respectivas.
10.11 Modificaciones del Contrato
Estas podrán efectuarse en los casos establecidos en el Art. 13 de la Ley N° 19.886 de Compras Públicas, en especial por las letras a) y e); y, en el Art. 77 del Reglamento de Compras D.S. N° 250/2004, en especial por las causales establecidas en los numerales 1 y 6, previo requerimiento fundado del referente técnico de SERVIU Metropolitano y siempre que dicha solicitud se sustente en las necesidades del Servicio. Estas modificaciones no podrán alterar la aplicación de los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de las y los Oferentes, así como tampoco podrá aumentarse el monto del contrato más allá de un 30 % del monto originalmente pactado.
Según lo señalado precedentemente se podrá modificar el contrato de igual forma, en las siguientes circunstancias:
a) En caso que el mandante por razones justificadas o de fuerza mayor, a través de un informe fundado aumente los plazos establecidos para cada etapa del servicio solicitado (ver punto 10.13 letra e) de las bases administrativas) y con ello modifique el tiempo de duración del presente contrato.
b) Cuando proceda la suspensión de los plazos (ver punto 10.13.2 de las bases administrativas) y esto signifique modificar el tiempo de duración del presente contrato.
c) En caso que, se deba realizar cualquier modificación al contrato, que haga necesario ajustar algún punto no esencial de su contenido, a fin de resguardar su objeto.
Cualquier modificación de las previstas en estas bases, que se realice al contrato, estará sujeta al mismo trámite de aprobación que el contrato original.
10.12 Término Anticipado del Contrato
Sin perjuicio de lo previsto en los artículos 4 y 13 de la Ley N° 19.886 y en el Art. 77 del Reglamento de Compras D.S. N° 250/2004, SERVIU Metropolitano estará facultado para poner término anticipado al contrato, en las siguientes situaciones:
a) Resciliación o mutuo acuerdo entre las partes.
b) En caso de incumplimiento grave de las obligaciones contraídas por el contratante de acuerdo al segundo numeral del Art. 77 del Reglamento de Compras D.S. N° 250/2004, SERVIU Metropolitano, podrá poner término anticipado al contrato, en cualquier momento, sin derecho a indemnización alguna para éste. En este caso, SERVIU Metropolitano podrá hacer efectivas las garantías extendidas a su favor, sin perjuicio de aplicar administrativamente las multas del caso con cargo a las mismas o bien con cargo a los pagos que se encuentren pendientes.
Se considera incumplimiento grave:
No dar cumplimiento a lo establecido en el punto “Confidencialidad y Seguridad de la Información”, de las bases administrativas.
No dar cumplimiento a lo indicado sobre la subcontratación, establecido en el punto “Duración del Contrato y Subcontratación”, de las presentes bases administrativas.
No dar cumplimiento a la prohibición de cesión, establecida en el artículo 74 del Reglamento de la Ley de Compras.
Acumular multas que, en su conjunto, superen el 5 % del monto total del contrato.
No dar cumplimiento a lo establecido en el punto 10.7.2., de las presentes bases administrativas, en relación a la garantía de fiel cumplimiento del contrato.
No dar cumplimiento a lo señalado en el punto 10.17, párrafo segundo, de las presentes bases administrativas, en relación a la forma en que el adjudicatario debe dejar documentadas todas las aplicaciones, códigos, fuentes, funcionalidades y bases de datos que haya desarrollado con ocasión del contrato.
c) Si SERVIU Metropolitano decidiere poner término unilateralmente al contrato por razones de mérito o conveniencia fundados en el interés general y por motivo no imputable al adjudicatario, deberá notificar al proveedor mediante carta certificada con al menos 20 días hábiles de anticipación a la fecha de término efectivo, sin derecho a indemnización de ninguna especie para el proveedor, y sin perjuicio de pagarle la totalidad de los servicios efectivamente prestados.
d) En caso de disolución de la unión temporal de proveedores, de corresponder al proveedor contratado.
e) Estado de notoria insolvencia del contratante, a menos que se mejoren las cauciones entregadas o las existentes sean suficientes para garantizar el cumplimiento del contrato.
f) Si el proveedor, al hacer llegar el Certificado de antecedentes laborales y previsionales (F-30 o F30-1, según corresponda) emitido por la Inspección del Trabajo a la mitad del período de ejecución del contrato, con un máximo de seis meses, registrare saldos insolutos de remuneraciones o de cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años, SERVIU Metropolitano procederá a poner término anticipado al contrato, de acuerdo a lo previsto en el Nº 5 del Artículo 77 del Reglamento de Compras D.S. N° 250/2004.
Las medidas y decisiones que SERVIU Metropolitano adopte, deberán comunicarse al proveedor en forma personal, por correo electrónico o carta certificada, al domicilio fijado por éste en el contrato o convenio respectivo, indicando los hechos que la sustentan, quien podrá formular sus descargos, dentro del término de 5 días hábiles de notificado, debiendo SERVIU Metropolitano, transcurrido dicho plazo, pronunciarse sobre las mismas por resolución fundada, procediendo respecto de dicha resolución, los recursos dispuestos en la Ley N° 19.880 que establece “Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los actos de los órganos de la Administración del Estado”, normativa que se aplicará supletoriamente para éste procedimiento.
Las cartas certificadas que envíe SERVIU Metropolitano, con la decisión de terminar anticipadamente el contrato, son sin perjuicio de la publicación en el Sistema de Información de las resoluciones que dispongan la terminación anticipada del contrato definitivo, dentro del plazo de 24 horas de dictarse de conformidad al Art. 79 del Reglamento de Compras D.S. N° 250/2004.
10.13 Plazos
El plazo de ejecución se contará a partir de la fecha de realización de la reunión de inicio de la consultoría, la que debe efectuarse dentro de un máximo de 5 días hábiles contados desde la entrada en vigencia del contrato, sujeto, en todo caso, en su validez, a la total tramitación del acto administrativo que lo apruebe; y, tendrá una duración máxima para prestar el servicio de 160 días corridos contados desde la mencionada reunión de inicio. No obstante, lo anterior, se contemplan los siguientes plazos parciales máximos para la ejecución de cada una de las etapas que a continuación se indican.
ETAPA DESARROLLO DE ETAPA PLAZOS PARCIALES PLAZOS TOTALES DE LA ETAPA
ETAPA 1 i) Levantamiento, Análisis normativo de edificaciones y propuesta conceptual 20 días corridos 37 días corridos
ii) Revisión Contraparte Técnica 5 días corridos
iii) Subsanación Observaciones 7 días corridos
iv) Revisión Contraparte Técnica Subsanación de Observaciones 5 días corridos
ETAPA 2 i) Anteproyecto de Arquitectura y especialidades 21 días corridos 38 días corridos
ii) Revisión Contraparte Técnica 5 días corridos
iii) Subsanación Observaciones 7 días corridos
iv) Revisión Contraparte Técnica Subsanación de Observaciones 5 días corridos
ETAPA 3 i) Plan de Emergencia y Evacuación (*) 20 días corridos 37 días corridos (plazo simultaneo con etapa 4)
ii) Revisión Contraparte Técnica 5 días corridos
iii) Subsanación Observaciones 7 días corridos
iv) Revisión Contraparte Técnica Subsanación de Observaciones 5 días corridos
ETAPA 4
i) Proyecto de Arquitectura, especialidades y aprobaciones 45 días corridos 85 días corridos
ii) Revisión Contraparte Técnica 10 días corridos
iii) Subsanación Observaciones 15 días corridos
iv) Revisión Contraparte Técnica Subsanación de Observaciones 5 días corridos
v) 2a Subsanación Observaciones 5 días corridos
vi) Revisión Final Contraparte Técnica Subsanación de Observaciones 5 días corridos
Plazo Total Máximo 160 días corridos
(*) Los tiempos de desarrollo de la Etapa 3 Plan de Emergencia y Evacuación se entiende simultáneos con los tiempos de la etapa 4 asociado a Proyecto de Arquitectura, especialidades y Aprobaciones; lo anterior por la naturaleza de los productos que permiten su desarrollo de manera paralela. Con todo, el plazo total máximo para la ejecución de las 4 etapas no puede ser superior a los 160 días.
a) Entregas de la Consultora a la Contraparte Técnica: La Consultora adjudicada, deberá desarrollar el contenido solicitado en cada etapa, como también las subsanaciones a las observaciones emitidas por la Comisión Revisora en los plazos indicados en la tabla precedente.
Las entregas se realizarán por Oficina de Partes de SERVIU Metropolitano, en un pendrive con la capacidad suficiente para contener todos los antecedentes solicitados. Se entregará una segunda copia el mismo día, en la secretaria de la Subdirección de Vivienda Y Equipamiento de SERVIU Metropolitano. Para las entregas de los números i), la Consultora deberá realizar una exposición audiovisual a la Contraparte Técnica señalando los principales temas desarrollados en la etapa.
En tanto, en el caso que por condiciones sanitarias no se pueda realizar el trabajo de manera presencial, por lo que no sea factible la entrega física, la consultora deberá enviar carta de ingreso con link de descarga, de una plataforma digital, al mail de Oficina de Partes de SERVIU Metropolitano (ofpaserviurm@minvu.cl) con copia a mvillena@minvu.cl.
b) Períodos de Revisión por parte de la Contraparte técnica en cada etapa: La revisión será mediante el uso de una “minuta de observaciones”, las cuales son desarrolladas por SERVIU Metropolitano y entregadas previamente al Consultor. La Contraparte técnica deberá regirse y respetar este formato, incluyendo sus observaciones a cada entrega en ella. La Consultora deberá explicar la respuesta a las observaciones en dicha minuta además de la entrega de los productos solicitados. Incluye notificación al consultor del resultado de la evaluación.
El medio de envío de la minuta de observaciones será a través de correo electrónico, el cual debe responderse por este mismo medio. En el caso de que por motivos externos al consultor y al mandante no sea factible efectuar las reuniones presenciales, se realizarán mediante plataformas digitales que serán informadas al consultor.
Para todas las etapas, luego de emitidas las observaciones de la primera revisión de la Contraparte Técnica (número ii), se realizará una reunión explicativa hacia la Consultora, a la que deben asistir todas y todos los profesionales especialistas requeridos y necesarios para el correcto desarrollo del diseño requerido.
c) Reuniones de revisiones de avances en cada etapa: Se realizarán acordadas entre la contraparte técnica y la Consultora, en las que deberá presentar los avances de los productos solicitados. Cada reunión será registrada en un Acta de Reunión, la que deberá ser firmada por todos los asistentes (Contraparte Técnica y Consultor). Es fundamental contar con la asistencia de las y los profesionales de las especialidades en la etapa que corresponda.
En el caso de que por motivos externos al consultor y al mandante no sea factible efectuar las reuniones presenciales, se realizarán mediante plataformas digitales que serán informadas al consultor.
En el caso de que la reunión sea de manera virtual, se debe realizar igualmente el Acta de Reunión, la cual deberá ser enviada por la Supervisora o Supervisor del Contrato vía mail a todos los asistentes, lo que se considerará como de conocimiento y firma de los asistentes.
d) Aprobación de cada etapa por parte de la Contraparte Técnica: Al concluir el plazo de revisión de la Contraparte Técnica “Subsanación de Observaciones” (número iv para etapa 1, 2 y 3 y número vi 4), se notificará mediante correo electrónico al consultor el resultado de la evaluación, a través de un “Informe de Conformidad y Cierre”, el que indicará si se cumplieron las observaciones realizadas y si existieran multas.
e) Plazos totales de entregas por etapa: De acuerdo con la sumatoria de los plazos estimados parciales más la revisión, subsanación y aprobación de cada etapa se desprende lo siguiente:
Etapa 1: 37 días corridos
Etapa 2: 38 días corridos
Etapa 3: 37 días corridos (*)
Etapa 4: 85 días corridos
(*) Los tiempos de desarrollo de las Etapa 3 y 4 se entienden como simultáneos, lo anterior por la naturaleza de los productos que permiten su desarrollo de forma paralela.
Cuando el cumplimiento de un plazo parcial máximo coincida por calendario con un día feriado, sábado o domingo, se prorrogará su cumplimiento para el día hábil siguiente al día de término del plazo. Se aplicará este criterio, para el cumplimiento de todos los plazos parciales máximos estipulados en los puntos la tabla precedente.
Se considerará el inicio de una etapa, desde el día siguiente de la emisión del “Informe de Conformidad y Cierre”.
f) Al término del plazo total de la consultoría, la Consultora deberá realizar una exposición del resultado del proyecto final a la contraparte técnica y a quien ésta convoque. Esta instancia de reunión tiene como finalidad revisar el resultado del proyecto y hacer un balance del proceso de diseño realizado, sugiriendo mejoras para futuros procesos.
En el caso de que por motivos externos al consultor y al mandante no sea factible efectuar las reuniones presenciales, estas se realizarán mediante plataformas digitales que serán acordadas con el Consultor.
10.13.1 Plazo de Revisión
Respecto a la recepción parcial de cada una de las etapas antes indicadas, la Contraparte Técnica Revisora entregará su revisión, manifestando su conformidad o sus observaciones a través de una “minuta de observaciones”, de acuerdo al formato entregado por SERVIU Metropolitano, en el plazo parcial máximo descrito para el ítem de “revisión”, que corresponde a una cantidad de días corridos para cada etapa según lo definido en la tabla precedente, los que serán contados desde el día de presentación de los respectivos antecedentes por parte de la consultora, salvo en los siguientes casos:
a) En aquellas ocasiones en las cuales coincida la revisión con otra consultoría en el mismo periodo, las fechas de entrega de observaciones, se prorrogarán hasta por un máximo de 5 días hábiles, según decisión de la Comisión Técnica, lo cual quedará estipulado en el “Informe de Conformidad y Cierre” de la Etapa correspondiente.
b) En el caso de que una o uno de los integrantes de la Contraparte Técnica presente demoras, se prorrogará el envío de la minuta de observaciones hasta obtener dicha revisión.
En el caso de no existir observaciones, se emitirá por parte de la Comisión Técnica Revisora un informe que establezca la conformidad y cierre de la etapa.
En el caso de existir observaciones, el adjudicatario deberá proceder a su subsanación, en un plazo máximo de días corridos definidos para cada etapa en la tabla precedente, contados desde el día inmediatamente siguiente, al día en que éstas le sean comunicadas, de acuerdo a lo definido para el Ítem “Subsanación de Observaciones”.
Una vez subsanadas las observaciones, la Comisión Técnica Revisora emitirá un informe que establezca la conformidad y cierre de la etapa, en un plazo máximo de días corridos, definidos para cada etapa en la tabla establecida en el punto 10.13 “Plazos”, contados desde el día inmediatamente siguiente a la fecha de ingreso de la subsanación de observaciones.
Dicho informe podrá contener algunas consideraciones, definidas como observaciones menores, que no afecten el desarrollo de la consultoría y que la Consultora deberá incorporar en la entrega de la etapa siguiente, sin considerarse plazo adicional a lo establecido en la tabla establecida en el punto 10.13 “Plazos”.
En el caso, que luego de la revisión de la Contraparte Técnica persistan las observaciones, se aplicarán las multas correspondientes, hasta que éstas sean subsanadas.
Si el Cierre conforme de la Etapa se establece antes del cumplimiento del Plazo máximo definido para ésta, excepcionalmente, previa solicitud formal y según evaluación de Comisión Técnica Revisora, los días restantes para el término de dicha etapa se sumarán al plazo parcial máximo definido tabla establecida en el punto 10.13 “Plazos”. Esto deberá quedar establecido en el Informe de “Conformidad y Cierre de la Etapa”.
En el evento que se verifique por parte del adjudicatario un incumplimiento a los plazos antes indicado, así como en el caso de existir observaciones a la entrega de la Etapa y de verificarse que las observaciones entregadas no hayan sido ingresadas y subsanadas a conformidad en el plazo antes señalado SERVIU Metropolitano podrá aplicar la sanción respectiva, establecida en el punto 10.10 “Multas” de las presentes bases.
Excepcionalmente, el mandante por razones justificadas, de fuerza mayor o caso fortuito, las que deberán ser representadas mediante un informe fundado de la Consultora, podrá otorgar aumentos de plazos en las etapas hasta un máximo de 15 días corridos por solicitud, sin tener derecho por esto, la Consultora a percibir pagos adicionales.
10.13.2 Suspensión de plazos
Se establece que los plazos podrán suspenderse en las siguientes oportunidades:
a) Si la Contraparte Técnica demora más días de los designados en el ítem “Revisión Contraparte Técnica” para cada Etapa, se suspenderá la instancia de revisión hasta su entrega. Esto no alterará los plazos establecidos en el punto 10.13. “Plazos”. Sin embargo, para las siguientes etapas, el calendario de entregas y revisiones iniciales deberá ajustarse según la fecha de entrega de la revisión de la etapa, lo cual implicará que el plazo total de la consultoría se ampliará.
b) Con la finalidad de no atribuir la responsabilidad de la demora al consultor (descrita anteriormente), este deberá manifestar su interés por obtener la minuta de observaciones en el plazo acordado inicialmente, mediante correos electrónicos a la Supervisora o Supervisor del Contrato o cartas enviadas por oficina de partes al SERVIU Metropolitano.
c) Si durante el desarrollo de la consultoría se presentan indefiniciones referidas a temas que impidan el correcto avance de esta y que sean de naturaleza externa al consultor. Con el fin de velar por el buen desarrollo de la consultoría, se deben considerar un máximo de tres suspensiones por esta causa, al cabo de las cuales se desarrollará una reunión de Comisión Técnica para tomar decisiones en relación al avance de la consultoría de diseño.
d) Si se encuentra pendiente algún informe necesario o aprobación que deba emitir algún Organismo Público o Empresa y este no lo emita en tiempo prudencial, situación que deberá ser calificada por la Comisión Técnica, debiendo el adjudicatario solicitar la suspensión del plazo antes del vencimiento del plazo contractual, lo que no dará derecho al consultor a formular cobros ni indemnizaciones de ninguna especie. Esta suspensión en el caso de corresponder a emisión de aprobaciones de empresas u organismos públicos, solicitadas para la entrega final del proyecto, podrán ser consideradas individualmente.
En el caso de establecerse un “Aumento o Suspensión de Plazo”, el adjudicatario deberá asegurar que la vigencia de la Garantía del fiel y oportuno cumplimiento del contrato se establezca 90 días corridos posteriores a la fecha de “Cierre administrativo del contrato”.
10.14 Comisión Técnica Revisora y contraparte técnica
Para la designación de la Comisión Técnica Revisora del adjudicatario, el Subdirector de Vivienda y Equipamiento del SERVIU Metropolitano, a proposición de la Unidad encargada de la licitación, designará mediante una Orden de Servicio a la Comisión Técnica Revisora, la cual deberá ser constituida por 2 o más funcionarios/as y un o una Supervisora de Proyecto.
La Comisión revisora tiene por función el control y revisión del avance del servicio.
Son funciones de la Comisión Técnica Revisora:
Emisión de Informes de Conformidad y Cierre de la Etapa.
Revisión de Entregas de Antecedentes de la Consultora en conjunto con la Supervisora o Supervisor del Proyecto.
Autorizar Estados de Pago y Cierre de Etapas.
Citar a reuniones de seguimiento entre las Contrapartes Técnicas y el equipo de la Consultora.
Emisión de las Actas de reunión, con las instrucciones al Consultor que deben incorporarse en el Proyecto.
Autorizar Cambio de Profesional.
La coordinación, supervisión y evaluación del desarrollo de la consultoría.
Revisar, aprobar, cursar con observaciones, condicionar o rechazar informes, entregas parciales y final presentados por la Consultora, considerando para ello el avance efectuado conforme a la programación, sus contenidos, consistencia y relación entre los informes emitidos.
Mantener periódicamente reuniones de trabajo práctico, de estudio y análisis con la Contraparte Técnica.
Sin perjuicio de lo anterior, se podrá convocar a profesionales expertos relacionados con la materia de estudio, cuando sea necesario.
Entre las funciones atribuidas está ejercer no tan sólo el control de la correcta ejecución del estudio, sino que, además, deberá ejercer una asesoría técnica y estratégica constante a lo largo del desarrollo del estudio, para lo cual elaborará un calendario de reuniones de coordinación a partir del cronograma ajustado entregado por la Consultora.
La Consultora debe comprometer su asistencia a cada una de las reuniones programadas para informar de los avances de la Consultoría y ceñirse a las orientaciones que se acuerden en dichas reuniones.
En el caso de que por motivos externos al consultor y al mandante no sea factible efectuar las reuniones presenciales, se realizarán mediante plataformas digitales que serán informadas al consultor.
10.15. Supervisor o supervisora de Proyecto
Ejercerá las funciones de fiscalización técnica y administrativa del servicio contratado, siendo responsable de velar por el efectivo cumplimiento de los términos del contrato.
Entre otras, sus principales funciones son las siguientes:
Ejercerá las funciones de supervisar, coordinar y fiscalizar el debido cumplimiento del servicio contratado, velando por el efectivo cumplimiento de los términos del contrato.
Solicitar por intermedio del Encargado de Compras de la Subdirección de Vivienda y Equipamiento, a la Sección de Adquisiciones de SERVIU Metropolitano la emisión de la Orden de Compra respectiva, a través del Portal Mercado Público.
Verificar el cumplimiento de los plazos estipulados para la entrega y correcta ejecución del servicio contratado.
Custodiar y gestionar la documentación que se origine durante el desarrollo del contrato.
Formular los estados de pagos, en los términos y plazos establecidos en las presentes bases y en el respectivo contrato.
Citar a reuniones de coordinación y seguimiento del proyecto.
Mantener el permanente control sobre el desarrollo y realización del servicio contratado, formulando las observaciones que procedan, disponiendo la complementación o correcciones que estime necesarias.
Solicitar al Consultor el cambio de profesionales integrantes de su equipo de trabajo, o su refuerzo de estimarlo necesario, recomendando a la Contraparte Técnica para su V°B°, de entre quienes la Consultora ofrezca, a la o las personas que, a su juicio y conforme a los antecedentes, sean las más idóneas.
Formar parte de la Contraparte Técnica durante el proceso de ejecución de la consultoría.
Revisar y visar los estados de pago presentados por la Consultora, para cada una de las Etapas de la consultoría.
Solicitar a SERVIU Metropolitano, previo V° B° de la Contraparte Técnica, el curso de los pagos que correspondan, acorde al avance verificado.
10.16 Respaldo Proyecto Definitivo
El adjudicatario deberá entregar en medios digitales (pendrive o link a nube de almacenamiento) la totalidad de los archivos correspondientes al proyecto definitivo (escaneados con la totalidad de las firmas y timbres) y exposiciones, de modo que SERVIU Metropolitano pueda replicar las copias del proyecto que estime conveniente.
10.17 Propiedad Intelectual
Los antecedentes técnicos asociados al servicio que el adjudicatario desarrolle con motivo de la presente licitación serán de exclusiva propiedad de SERVIU Metropolitano, el que podrá modificarlos o replicarlos cada vez que lo estime conveniente, sin derecho para el proveedor de realizar cobro o cargo alguno por estos conceptos. En consecuencia, el adjudicatario no podrá disponer o hacer uso, en cualquier forma o tiempo, sin autorización expresa y escrita, por medios físicos o digitales, del Servicio de dichos antecedentes, por corresponder estos al producto del cumplimiento de sus obligaciones contractuales.
El adjudicatario dejará documentado en formato CD o similar todas las aplicaciones, códigos, fuentes, funcionalidades y bases de datos que haya desarrollado con ocasión del contrato. En el caso que el mandante lo solicite, se podrá enviar de manera digital. En caso de incumplimiento de este punto, SERVIU Metropolitano podrá terminar anticipadamente el contrato, pudiendo hacer efectiva la garantía de fiel Cumplimiento del Contrato y reservándose el derecho de iniciar las acciones judiciales que procedan.
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BASES TÉCNICAS
1. DESCRIPCIÓN Y CONTEXTUALIZACIÓN
Los presentes Términos de Referencia corresponden a los criterios generales que regirán para la contratación por parte de SERVIU Metropolitano de una Consultoría para desarrollo de Diseño del Proyecto denominado "Normalización y Construcción Escaleras de Emergencia Edificios SERVIU Metropolitano ”; este proyecto se enmarca dentro de las acciones necesarias de concretar en los edificios institucionales para dar cumplimiento con las condiciones de habitabilidad y seguridad establecidos dentro de los requerimientos normativos actuales.
El funcionamiento operativo de las oficinas de la Institución se concentra en las
dependencias de dos edificios contiguos que datan de la década del 60, ambos corresponden a la solicitud de desarrollo del proyecto. Uno de ellos con frente a calle Serrano N°45 el cual cuenta con 9 pisos y una superficie total de 8.916 m2, y el otro con frente a calle Arturo Prat N° 48 el cual cuenta con 9 pisos y una superficie total de 7.497 m2; ambos edificios están conectados físicamente en el piso N° 3 y en el piso -1 permitiendo la operatividad interna del servicio.
La dotación de personal cercano a 1.000 personas responde en su conjunto a funcionarios, personal externo, guardias y personal de aseo los que son carga ocupacional de los edificios.
2.OBJETIVOS Y REQUERIMIENTOS GENERALES
El objetivo general del Proyecto se enmarca en la aplicabilidad de la Ordenanza General de Urbanismo y Construcción para normalizar los edificios que son materia de este análisis, en áreas de cumplimiento tales como:
a) CONDICIONES DE HABITABILIDAD
b) CONDICIONES GENERALES DE SEGURIDAD
c) CONDICIONES DE SEGURIDAD CONTRA INCENDIOS.
Derivado de las exigencias planteadas para Condiciones de Seguridad y Seguridad Contra Incendios aparece la Zona Vertical de Seguridad como un elemento del cual carecen nuestras edificaciones como vía de evacuación haciéndose necesaria su implementación para dar condiciones de seguridad a nuestros trabajadores y usuarios.
Requerimientos Generales
La Consultora encargada de desarrollar el diseño deberá entregar al mandante los proyectos completos, debidamente aprobados por la Comisión Revisora y todas las partes involucradas en el proceso de diseño, SERVIU Metropolitano y todos los organismos pertinentes. Así también, los proyectos de especialidades deben contener la visación del profesional responsable y/o servicio competente, según corresponda.
El diseño del proyecto y todas sus especialidades, deberán regirse por la aplicación de las metodologías del Ministerio de Desarrollo Social. Se deberá considerar la coordinación y presentación del material necesario, a modo de garantizar la aprobación final del proyecto, en base a dichas metodologías. La información y antecedentes entregados deberán responder a las exigencias y criterios señalados por la SEREMI de Desarrollo Social para la posterior presentación y tramitación de la Recomendación Favorable (RS) de la Ejecución del Proyecto, es decir, la Consultora deberá entregar como producto terminado, proyectos que garanticen la ejecución de una obra de calidad, capaz de obtener la Recomendación Favorable (RS) para la Etapa de ejecución, la que será licitada posteriormente por SERVIU Metropolitano.
Será responsabilidad de la Consultora sostener reuniones de información con los organismos involucrados en el proyecto en desarrollo, en beneficio del proyecto, previa coordinación con SERVIU Metropolitano.
Requerimientos del equipo profesional
Se requerirá que el equipo profesional que desarrollará lo ofertado este conformado al menos con lo detallado en el siguiente cuadro:
CARGO CANTIDAD TITULO PROFESIONAL AÑOS EN POSESIÓN DEL TÍTULO
JEFE O JEFA EQUIPO CONSULTORA 1 Arquitecto o Arquitecta 8
PROFESIONAL DISEÑO ESTRUCTURAL 1 Ingeniero o Ingeniera Civil Estructural 8
PROFESIONAL DISEÑO ELECTRICO 1 Ingeniero o Ingeniera Civil Eléctrico o Ingeniero Eléctrico 5
PROFESIONAL PREVENCIONISTA DE RIESGOS 1 Ingeniero en prevención de riesgos 2
En Anexo N° 5 debe quedar identificado el equipo con la información requerida y adjuntar copia simple de título profesional correspondiente a cada uno de los profesionales identificados.
Las y los profesionales que no acrediten su formación profesional y/o que acrediten una formación distinta a la solicitada en el cuadro anterior y/o que no cumplan con el mínimo de años en posesión del título, quedarán Fuera de Bases.
En el caso de la acreditación del profesional prevencionista de riesgos que se requerirá para el desarrollo del Plan de Emergencia establecido en la Etapa 3 del Diseño, constituye un requisito de contratación, por lo que la documentación correspondiente deberá ser entregada antes de la suscripción del contrato, de no hacerlo antes de esa instancia, la oferta será declarada fuera de bases.
3.ETAPAS Y PRODUCTOS DEL DISEÑO
Todas las obras diseñadas deberán cumplir con las disposiciones Legales y Normas de diseño vigentes, estipuladas en cada punto de las presentes bases técnicas, por Manuales Técnicos del MINVU y otros indicados en el art. 144 del D.S. N° 236, (V. y U.) de 2002, Leyes, decretos y disposiciones reglamentarias relativas a Permisos y Aprobaciones, OGUC, Norma SEC Elec. 4/2003, las normas de proyectos y construcción de CGE y SEC, Normas chilenas, entre otras, según corresponda y todas las actualizaciones de las normas que sean competentes para el proyecto.
La Consultora deberá aprobar en los servicios correspondientes los proyectos que lo requieran, como Permisos Municipales entregados por la D.O.M., y todos aquellos que sean necesarios para proceder a la ejecución del proyecto.
La propuesta de diseño deberá plantearse en términos de cumplir con los montos asociados para la ejecución de las obras. El presupuesto estimado para el diseño del Proyecto asciende a $ 42.281.000.- (cuarenta y dos millones doscientos ochenta y un mil pesos).
La Consultora que se adjudique el diseño deberá realizar el desarrollo del proyecto de “Normalización y Construcción Escaleras de Emergencia Edificios SERVIU METROPOLITANO” en cuatro Etapas definidas, de acuerdo con lo siguiente:
ETAPA 1: LEVANTAMIENTO ANÁLISIS NORMATIVO DE EDIFICACIONES Y PROPUESTA CONCEPTUAL
ETAPA 2: ANTEPROYECTO DE ARQUITECTURA Y ESPECIALIDADES
ETAPA 3: PLAN DE EMERGENCIA Y EVACUACIÓN
ETAPA 4: PROYECTO DE ARQUITECTURA, ESPECIALIDADES Y APROBACIONES
Para cada una de las etapas asociadas al proyecto, la Consultora deberá contemplar en su quehacer, las reuniones de presentación y/o reuniones de coordinación asociadas al trabajo realizado que SERVIU Metropolitano considere necesarias o sean solicitadas por la Consultora.
El encargado de la coordinación de todo lo relacionado con el proyecto, producto de esta licitación, será SERVIU Metropolitano a través del Administrador y/o Supervisor del contrato.
El mandante podrá pedir modificación de las escalas propuestas inicialmente a fin de un mejor entendimiento de lo propuesto, así como solicitar todos los antecedentes complementarios necesarios, a fin de garantizar la correcta ejecución de las obras.
La Comisión Técnica Revisora podrá evaluar eliminar algunos de los requerimientos solicitados, en caso de que, a partir del proceso particular del proyecto se concluya como no necesario para el desarrollo de la etapa, lo cual deberá quedar estipulado en las minutas de observaciones o las Actas de Reunión.
El Proyecto y todos sus antecedentes técnicos deberán contar con la aprobación del mandante, SERVIU Metropolitano; junto con lo anterior se deberán obtener, las siguientes aprobaciones o autorizaciones mínimas:
a) El Proyecto deberá contar con la aprobación de la respectiva Municipalidad y las Unidades Técnicas que correspondan.
b) Los Proyectos de Especialidades, deberán contar con las aprobaciones de las Instituciones y empresas de servicios, según corresponda.
ETAPA 1: LEVANTAMIENTO, ANÁLISIS NORMATIVO DE EDIFICACIONES Y PROPUESTA CONCEPTUAL
En esta etapa la empresa deberá desarrollar levantamientos planimétricos de las edificaciones las cuales deberán ser realizadas inicialmente en horarios posterior a la jornada laboral de la institución y en coordinación con el mandante.
En esta etapa se deberá dar desarrollo a lo siguiente como mínimo exigido:
• Levantamiento de situación actual para tener plena comprensión de los niveles, alturas y condiciones de los pisos del edificio. Planimetría CAD por piso.
• Evaluación técnica y normativa de los edificios de Serrano 45 y Arturo Prat 48
• Informe de Factibilidad Técnica definitivo que analice e interprete las factibilidades técnicas para realizar el proyecto. Este debe ser firmado por las y los profesionales responsables de esta labor e indicando la fecha de realización de éste.
• Informe indicativo del levantamiento, análisis, diagnóstico y conclusión de la situación actual del lugar, con el objetivo de orientar las decisiones de diseño. Este debe ser firmado por las y los profesionales responsables de esta labor e indicando la fecha de realización de éste.
• Propuesta conceptual con planimetría layout interior con distribución de los recorridos para las vías de evacuación vertical, posiciones y las condiciones de intervención básicas del edificio.
ETAPA 2: ANTEPROYECTO DE ARQUITECTURA Y ESPECIALIDADES
Sobre la base de la propuesta conceptual y catastros realizados, se realizará el diseño en detalle del Anteproyecto de Arquitectura y especialidades para el diseño requerido, considerando todos los antecedentes necesarios para obtener la Recomendación Satisfactoria (RS), por parte del Ministerio de Desarrollo Social para la etapa de Ejecución de las obras.
En esta etapa se deberá dar desarrollo a lo siguiente como mínimo exigido:
• Memoria del proyecto, la que deberá contener el análisis preliminar, antecedentes y catastros, justificaciones y observaciones del diseño, propuesta y respuesta a los objetivos y requerimientos pedidos en el diseño.
• Plantas de emplazamiento y generales. Escala adecuada para mostrar la información requerida
• Planos por piso, Cortes y Elevaciones del área de intervención y su influencia 1:50
• Detalles constructivos 1:20
• Imágenes 3D
• Especificaciones Técnicas Generales, las que deberán incluir, tanto las especificaciones técnicas de arquitectura como todas las de los proyectos de especialidades, por lo cual deberán tener un orden correlativo en cuanto a la numeración de partidas y deberán ser firmadas por todos y todas las profesionales que intervengan tanto en el proyecto de arquitectura como de especialidades. Formato Tipo proporcionado por SERVIU Metropolitano previo al inicio de la Consultoría.
• Presupuesto Preliminar, el que debe ser coincidente con los ítems de las Especificaciones Técnicas Generales debiendo considerar las obras y partidas para la ejecución del proyecto, desglosado por partidas (ítem, partida, unidad cantidad y precio unitario), según Formato Tipo proporcionado por SERVIU Metropolitano previo al inicio de la Consultoría.
• Anteproyecto de cálculo estructural como avance preliminar, Planta de Fundaciones, planta estructural, Cortes y Elevaciones estructurales, Detalles.
• Anteproyecto de Iluminación y Electricidad preliminar, será desarrollado por un Ingeniero Eléctrico. Deberá contener Especificaciones Técnicas, Plano de Situación Proyectada, Cuadro de Cargas y diagramas Unilineales, Estudio fotométrico y proyecto de iluminación (Asegurando buena distribución y cumpliendo con Decreto 51).
ETAPA 3: PLAN DE EMERGENCIA Y EVACUACIÓN
Sobre la base del anteproyecto realizado se dará elaboración al Plan de Emergencia y Evacuación requerido para la nueva realidad propuesta, el cual será realizado por un profesional del área de prevención de riesgos y contener en su desarrollo como mínimo lo siguiente:
• Levantamiento inspectivo del edificio y análisis en conjunto con la propuesta para elaborar el documento
• Confección de Plan de Emergencia con definiciones normativas y de Seguridad.
• Elaboración de plano de emergencia, identificación de equipos y sistemas de emergencia.
• Plan y planos en digital
• Asesoría en cantidad y ubicación de señalética.
ETAPA 4: PROYECTO DE ARQUITECTURA, ESPECIALIDADES Y APROBACIONES
El estudio deberá considerar las materias que se exponen a continuación, sin perjuicio que la Consultora pueda incluir otras que considere necesarias para la posterior ejecución de las obras.
En esta etapa la Consultora deberá presentar el Proyecto Definitivo, es decir, todos los documentos necesarios (memorias, planos, especificaciones técnicas, cantidades de obras y presupuestos); en esta etapa se definen los sistemas constructivos y materialidades, se afinan las especificaciones técnicas y se coordinan las especialidades para definir cabalmente todos los elementos de proyecto, debidamente aprobados por los organismos pertinentes.
Además de lo señalado anteriormente, la Consultora considerará que, en esta Etapa, se deberán definir los procedimientos necesarios para el inicio de cada etapa constructiva y la programación del desarrollo de la obra.
SERVIU Metropolitano solicita al Consultor orientar sus esfuerzos en la búsqueda y desarrollo de metodologías que incorporen soluciones en el proyecto, que se basen preferentemente en métodos que privilegien la simplicidad técnica, coordinación con otras entidades que necesariamente estarán involucradas con los trabajos, un bajo costo y un plazo reducido de construcción.
La Consultora deberá confeccionar todos los planos y documentos técnicos válidos para construir, es decir: Especificaciones Técnicas, Planos, Listado de Obras, Cubicaciones detalladas, Presupuesto, Hipótesis y Memorias de cálculo, definición del método constructivo y secuencias de construcción asociadas, etc., las que deberán tener el grado de desarrollo y detalles suficientes para licitar las obras por el sistema de suma alzada, de acuerdo con lo estipulado en el D.S. N° 236/02 (V. y U.).
El proyecto debe incluir todas las Memorias de Cálculo, las que serán complemento de las Especificaciones Técnicas del SERVIU Metropolitano, si corresponde, cubicaciones, planos y presupuestos de las soluciones, es decir, el proyecto debe ser completo en todas sus especialidades.
Se deberá hacer entrega de la totalidad de los antecedentes pedidos en Etapas anteriores, de manera definitiva.
La Memoria Definitiva del proyecto deberá contener el análisis preliminar, antecedentes y catastros, justificaciones y observaciones del diseño, propuesta y respuesta a los objetivos y requerimientos pedidos en el diseño.
Se deberá entregar el Proyecto definitivo de Arquitectura aprobado por todos los organismos que correspondan. Los costos asociados a cancelar por tramitación de permisos municipales de acuerdo a Artículo 130º serán asumidos por SERVIU Metropolitano.
La entrega deberá considerar los contenidos que se exponen a continuación, sin perjuicio que la Consultora pueda incluir otros que considere necesarios para la posterior ejecución de las Obras.
• Plano de emplazamiento
• Planta General del proyecto
• Planos de arquitectura, cortes, elevaciones de todos los elementos y zonas especiales del proyecto. Esc1:50
• Planos de plantas específicas de cada edificio con conexión a vía de evacuación. Esc 1:50
• Planos de detalles generales, específicos y de terminaciones de cada vía de evacuación. Esc 1:50
• Elevaciones completas de vías de evacuación. Esc 1:50
• Cortes con Niveles generales y específicos de cada vía de evacuación Esc 1:50
• Plano de trazado del área específica de desarrollo
• Planos de demolición y/o elementos a remover
• Plan de Gestión de residuos de construcción y demolición (RCD) de las obras
• Proyecto de cálculo estructural este contendrá, a lo menos, una memoria de cálculo, anexos de cálculo y planos de proyecto de estructuras.
• Proyecto de iluminación y electricidad por un especialista del área.
• Especificaciones técnicas, detalladas de todas las obras correlativas y en concordancia con el presupuesto Definitivo.
• Presupuesto, de todas las obras, detallada en partidas y costos unitarios, de acuerdo con el listado de precios unitarios vigentes establecidos por SERVIU Metropolitano.
• Informe de valores proforma, la Consultora deberá presentar un informe, en el cual se estimen los valores proforma de las distintas especialidades y deben ser incorporados en el presupuesto del proyecto.
• Carta Gantt, Deberá confeccionar una carta Gantt referencial para la ejecución de la obra en meses los cuales deben coincidir con los plazos de ejecución indicados en las especificaciones técnicas en periodos de 28 días corridos. La Carta Gantt se deberá entregar en planilla tipo Excel editable.
Las escalas de presentación no definidas para planimetría y detalles en estas bases se entenderán como definición posterior a evaluar, de acuerdo con el avance, definición y entendimiento requerido para el óptimo desarrollo del proyecto.
(Ver imágenes en resolución adjunta)
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