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NORMATIVA DE LA LICITACIÓN |
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La presente licitación deberá ejecutarse en estricto cumplimiento a toda la normativa vigente sobre la materia, y en especial a lo señalado en los siguientes cuerpos legales y documentos. En caso de existir discrepancia entre los distintos documentos de la licitación y/o relación contractual se debe resolver en forma armónica de acuerdo a los siguientes antecedentes:
a) Bases administrativas, Especificaciones Técnicas, Anexos, Formularios y modificaciones a las Bases si las hubiere.
b) Las respuestas y las aclaraciones de la presente Licitación.
c) Oferta Económica.
d) Contrato suscrito entre la Corporación Municipal Gabriel González Videla en su calidad de adjudicante y el adjudicatario o ejecutor.
e) La Ley N°19.886 y su Reglamento.
f) La Ley N°19.880.
g) Resolución Afecta N°43 de fecha 15 de mayo de 2025 del Servicio de Salud de Coquimbo, mediante la cual se aprueba el convenio de fecha 7 de mayo de 2025 para el Programa Estrategias de Salud Bucal 2025 La Serena.
Todos los documentos antes mencionados formarán un todo integrado y se complementan recíprocamente, en forma tal, que se considera parte de la relación contractual, cualquier obligación que aparezca en uno u otro de los documentos señalados.
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CAUSAL DE INADMISIBILIDAD DE LAS OFERTAS EN LA APERTURA. |
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Serán declaradas inadmisibles, las ofertas que no ingresen, en el portal mercado público el formulario N°6, señalado en el numeral 12.4 de las presentes Bases, o sí éste se encuentra incompleto.
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CAUSALES DE RECHAZO DE LAS OFERTAS EN LA EVALUACIÓN |
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Las causales de rechazo de las ofertas en el proceso de evaluación:
a) Si no se publica y presenta de manera completa el formulario N°4 señalado en el numeral 12.3 de las Bases.
b) Si no se publica y presenta de manera completa el formulario N°5 señalado en el numeral 12.3 de las Bases.
c) Si no publica los documentos técnicos solicitados en el numeral 12.3 de las Bases.
d) Si el valor del examen supera el máximo disponible del valor unitario de las altas odontológicas señalado en el numeral 4.5 de las bases administrativas.
e) Cuando las ofertas no resulten convenientes a sus intereses o cambien las condiciones administrativas, presupuestarias o prioridades de la Corporación.
f) Aquella oferta u ofertas simultáneas, que se presenten en la licitación, respecto de un mismo bien o servicio por parte de empresas pertenecientes al mismo grupo empresarial o relacionadas entre sí, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 9 de la Ley de Compras.
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CRITERIOS DE DESEMPATES |
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En caso de empates en el resultado final de la evaluación, se contempla como criterio para resolverlo el siguiente:
a) En caso de empate de dos o más propuestas en la más alta calificación final, el primer criterio para desempatar será el oferente que haya obtenido el mejor puntaje en el criterio de evaluación de “Oferta Económica”.
b) En la eventualidad de existir un segundo empate se resolverá por el proveedor que haya obtenido mejor puntaje el criterio: “Plazo de entrega”
c) Si aplicados los dos criterios anteriores, persiste la igualdad, se preferirá aquella propuesta que haya obtenido mejor puntaje en el criterio: “Experiencia del oferente”
d) Si aplicados los tres criterios anteriores, persiste la igualdad, se preferirá aquella propuesta que haya obtenido mejor puntaje en el criterio: “Cumplimiento de requisitos formales”.
e) Si aplicados los cuatro criterios anteriores, persiste la igualdad, se preferirá aquella propuesta que haya obtenido mejor puntaje en el criterio: “Cumplimiento Programa de integridad”.
f) Si continuara el empate luego de aplicado cada uno de los criterios de desempates señalados precedentemente, la Comisión Evaluadora deberá adjudicar al oferente que haya ofertado en primer lugar en el portal de Mercado Público.
La Comisión de Evaluación propondrá al Secretario General de la Corporación Municipal Gabriel González Videla o quien lo subrogue, las ofertas que técnicamente sean las más convenientes y adecuadas para el Servicio, quien tomará la decisión final de adjudicación, elaborará la resolución respectiva y ordenará la celebración del contrato correspondiente.
A la Comisión de Evaluación le corresponderá proponer la adjudicación respecto de cualquiera de las ofertas presentadas, sólo en la medida de que haya obtenido el mayor puntaje - aun cuando no sea la de más bajo costo- y siempre que cumpla con las Bases y se adecue a los intereses de la Institución.
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PRECIO Y FORMA DE FORMA DE PAGO |
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Línea 1:
El valor total por línea de producto será de $48.207.816.- (cuarenta y ocho millones doscientos siete mil ochocientos dieciséis pesos) correspondiente a $280.278.- (doscientos ochenta mil doscientos setenta y ocho pesos) por alta odontológica integral, independiente del número de sesiones que el odontólogo demore en terminar el tratamiento. El valor por prestación incluye honorarios, odontólogo, asistente dental, laboratorista dental, recinto dental e insumos clínicos. Por lo cual se rechazarán las ofertas que superen este monto.
Línea de producto 1 - 172 Unidades 172 altas en mujeres con prótesis
$48.207.816.-
Línea 2:
El valor total por línea de producto será de $48.207.816.- (cuarenta y ocho millones doscientos siete mil ochocientos dieciséis pesos) correspondiente a $280.278.- (doscientos ochenta mil doscientos setenta y ocho pesos) por alta odontológica integral, independiente del número de sesiones que el odontólogo demore en terminar el tratamiento. El valor por prestación incluye honorarios, odontólogo, asistente dental, laboratorista dental, recinto dental e insumos clínicos. Por lo cual se rechazarán las ofertas que superen este monto.
Línea de producto 2 - 172 Unidades 172 altas en mujeres con prótesis
$48.207.816.-
Línea 3:
El valor total por línea de producto será de $7.427.556.- (siete millones cuatrocientos veintisiete quinientos cincuenta y seis mil pesos) correspondiente a $130.308.- (ciento treinta mil trescientos ocho pesos) por alta odontológica integral, independiente del número de sesiones que el odontólogo demore en terminar el tratamiento. El valor por prestación incluye honorarios, odontólogo, asistente dental, laboratorista dental, recinto dental e insumos clínicos. Por lo cual se rechazarán las ofertas que superen este monto.
Línea de producto 3 - 57 Unidades 57 altas en mujeres sin prótesis
$7.427.556.-
Línea 4:
El valor total por línea de producto será de $34.193.916.- (treinta y cuatro millones ciento noventa y tres mil novecientos dieciséis pesos) correspondiente a $280.278.- (doscientos ochenta mil doscientos setenta y ocho pesos) por alta odontológica integral, independiente del número de sesiones que el odontólogo demore en terminar el tratamiento. El valor por prestación incluye honorarios, odontólogo, asistente dental, laboratorista dental, recinto dental e insumos clínicos. Por lo cual se rechazarán las ofertas que superen este monto.
Línea de producto 4 - 122 Unidades 122 altas en hombres con prótesis
$34.193.916.-
Línea 5:
El valor total por línea de producto será de $3.778.932.- (tres millones setecientos setenta y ocho mil novecientos treinta pesos) correspondiente a $130.308.- (ciento treinta mil trescientos ocho pesos) por alta odontológica integral, independiente del número de sesiones que el odontólogo demore en terminar el tratamiento. El valor por prestación incluye honorarios, odontólogo, asistente dental, laboratorista dental, recinto dental e insumos clínicos. Por lo cual se rechazarán las ofertas que superen este monto.
Línea de producto 5 - 29 Unidades 29 altas en hombres sin prótesis
$3.778.932.-
Los Antecedentes a presentar para realizar el pago del contrato son los siguientes:
1.- Informe mensual firmado (según modelo SISREC), en formato impreso.
2.- Fichas clínicas de papel escaneadas o copias de formato digital (formato PDF, 1 ficha en un 1 archivo).
3.- Planilla rutificada de usuarios atendidos (Formato Excel interno programa dental)
4.- Planilla rutificada de usuarios no atendidos (no contactables, inasistentes, etc., formato Excel interno programa dental).
5.- Factura correspondiente.
Debe contemplar los usuarios dados de alta hasta el 30 de cada mes en formato Excel, y se envían los días 30 de cada mes (o el día hábil siguiente) al correo: programa.dental@corporacionlaserena.cl, cuyo formato se hará entrega una vez celebrado el contrato correspondiente.
El pago será efectuado dentro de los 30 días corridos siguientes, contados desde la recepción de
la factura respectiva.
La empresa proveedora deberá facturar contra servicio realizado, independiente de los descuentos por aplicación de multas que hayan cursado si es que las hubiere. Los montos de las multas se harán efectivos en el pago de la factura.
Las Facturas, deberán ser extendida a nombre de la Corporación Municipal Gabriel González Videla Rut 70.892.100-9, dirección calle Ánima de Diego N°550, La Serena y ésta debe ser enviada al correo electrónico daniela.bastias@corporacionlaserena.cl, marcelo.rojas@corporacionlaserena.cl karla.paz@corporacionlaserena.cl cc: carla.ortega@corporacionlaserena.cl
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