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Pacto de integridad |
El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones que contenidas el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:
1.- El oferente se compromete a respetar los derechos fundamentales de sus trabajadores, entendiéndose por éstos los consagrados en la Constitución Política de la República en su artículo 19, números 1º, 4º, 5º, 6º, 12º, y 16º, en conformidad al artículo 485 del código del trabajo. Asimismo, el oferente se compromete a respetar los derechos humanos, lo que significa que debe evitar dar lugar o contribuir a efectos adversos en los derechos humanos mediante sus actividades, productos o servicios, y subsanar esos efectos cuando se produzcan, de acuerdo a los Principios Rectores de Derechos Humanos y Empresas de Naciones Unidas.
2.-El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.
3.- El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas.
4.- El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma.
5.- El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio.
6.- El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase.
7.- El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.
8.- El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.
9.- El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.
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8.2 Entrega del Terreno |
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Una vez firmado el Contrato, la Unidad Técnica comunicará al Adjudicatario el día en que se hará la entrega del terreno, la cual no excederá de 10 días hábiles a partir del decreto que aprueba el contrato. De la entrega, se dejará constancia en un acta. El plazo de ejecución de la obra se contará a partir del día siguiente a la fecha de entrega del terreno.
En la entrega de terreno el oferente deberá presentar:
a) Análisis de Precios Unitarios concordante con el presupuesto estimativo.
b) Carta Gantt, concordante con el plazo ofertado. Este documento debe incluir todos los procesos críticos en la ejecución de la obra, para control, seguimiento y correcto desarrollo de estas.
Dentro de los 30 días corridos siguientes a la fecha del Acta de Entrega de Terreno, salvo causa justificada e informada oportunamente a la ITO, el contratista deberá acreditar los proyectos de especialidades, cuando corresponda, ante la ITO para su visación, mediante un documento formal que los consigne.
Dentro de este mismo plazo, el contratista deberá presentar una carta Gantt de las Especialidades del Proyecto, que contenga la planificación de los ingresos requeridos para obtener los permisos, autorizaciones, aprobaciones o certificaciones necesarias. En caso de no presentarla, el ITO tendrá la facultad de definir el cronograma de especialidades, aplicándose además las multas que procedan, de acuerdo al punto 9.5 de las presentes Bases.
Si la entrega del terreno no se realiza dentro del plazo indicado por causas imputables a la Unidad Técnica, ésta deberá informar por escrito a la entidad financiera tales circunstancias. Con todo, si la Unidad Técnica no realiza la entrega del terreno dentro de los treinta días siguientes desde la aprobación del contrato, el Contratista podrá exigir el término anticipado del contrato, sin derecho a reclamo, judicial o administrativo, ni a demandar indemnización alguna por este concepto.
La demora del contratista por más de 15 días corridos en la iniciación de los trabajos o cualquier interrupción en el curso de ellos que dure igual plazo y que no haya sido causada por fuerza mayor o justificada plenamente ante la I.T.O., se considerará grave y, por lo tanto, dará derecho a la Municipalidad para dar término anticipado al Contrato y cobrar la garantía de fiel cumplimiento y correcta ejecución del contrato a título de multa.
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9.3 Plazo de Ejecución |
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El plazo para la ejecución de las obras será el señalado por el Contratista en su oferta y se entenderá en días corridos sin deducción de días de lluvias, feriados ni festivos, contados desde el día siguiente a la fecha del “Acta de Entrega de Terreno”. Dicho acto deberá realizarse dentro de los siguientes diez días hábiles, a partir del decreto que aprueba el contrato.
El plazo de ejecución no podrá ser superior a 45 días corridos, no obstante, si el Contratista concluye en un plazo inferior al mínimo señalado y se acredita que la ejecución se realizó conforme con lo requerido en las especificaciones técnicas y, a entera satisfacción de la Unidad Técnica, podrá solicitar al I.T.O por escrito la recepción de obras de acuerdo con el punto N°10 “Recepción de Obras”, de las presentes Bases Administrativas Normas Generales.
El contratista resulte seleccionado deberá entregar una Carta Gantt y Análisis de Precios Unitarios, concordante con el presupuesto detallado al ITO en la entrega de terreno, lo cual quedará en acta, ésta sólo tendrá validez oficial después de su aprobación, la cual deberá producirse dentro de los tres días hábiles siguientes a su presentación, siempre y cuando no se presenten observaciones por parte de la ITO.
En caso de que se deba retardar el inicio de la ejecución del contrato o que estando en ejecución deba ser suspendido por caso fortuito o fuerza mayor, este se paralizará sin contabilizar los días que dure dicha situación. Este hecho debe ser formalizado por la Unidad Técnica a través de la dictación de un Decreto Alcaldicio, debidamente fundado. Debido a que este hecho no se puede considerar responsabilidad ni de la Unidad Técnica, ni del contratista, durante dicho período no se pagarán gastos generales, ni utilidades, ni otros gastos de ninguna naturaleza. Sin perjuicio de la suspensión de obras, el contratista podrá avanzar en aquellas partidas no afectadas por el caso fortuito o fuerza mayor.
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5.1 Formalización del Contrato |
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a) Garantía de fiel cumplimiento y correcta ejecución del contrato.
b) Certificado de cumplimiento de las obligaciones laborales y previsionales emanado de la Dirección del Trabajo F-30.
c) Copia autorizada del documento donde conste la personería del representante legal (sólo si este antecedente no está en los documentos acreditados de Mercado Público).
d) Póliza de seguros en conformidad al número 7.10 de las presentes bases, o Certificado emitido por la Compañía de Seguros que acredite que la Póliza se encuentra en trámite para ser emitida.
e) Otros antecedentes de carácter administrativo que pueda solicitar la Unidad Técnica, para la elaboración y suscripción del contrato.
f) En el caso de que el adjudicatario sea una Unión Temporal de Proveedores, debe adjuntar el acuerdo suscrito mediante instrumento público, en donde conste su constitución, el que deberá contener al menos los siguientes elementos (artículo 180 Reglamento Compras Públicas):
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5.3. Garantía de Fiel Cumplimiento del Contrato y correcta ejecución de las obras. |
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Conforme al artículo 121 del Decreto 661/2024, Reglamento vigente de la Ley Chilecompra, y considerando que los servicios licitados consisten en obras de construcción que involucran un nivel riesgo en la contratación por tratarse de intervenciones en bienes inmuebles, se solicita garantía de fiel cumplimiento y correcta ejecución de las obras.
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7.10 De los Seguros |
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Se contempla la exigencia de pólizas de seguros, de acuerdo con lo que se detalla a continuación:
a) Póliza de Seguro por Daños a Terceros
El contratista deberá contratar una póliza de seguros por daños a terceros, a su costo y a favor de la Unidad Técnica, por los posibles daños que se pudiera ocasionar a particulares, cualquier daño a la propiedad de terceros, muerte, incapacidad y/o gastos médicos. El contratista hará llegar copia de la póliza de seguros a la Municipalidad, junto con las garantías del contrato. El seguro deberá cubrir especialmente los riesgos de accidentes personales por mala ejecución de las obras y por falta de señalización de las obras en ejecución y deberá ser tomado por una suma de 200 Unidades de Fomento.
b) Póliza de Seguro Progresivo de Todo Riesgo por el Valor Total de la Obra
El contratista deberá asegurar contra todo riesgo el valor total de la obra mediante la contratación de una póliza de seguro progresiva y de ejecución inmediata, la que deberá incluir cobertura de huelga, motín, terremoto, de cobertura amplia de mantenimiento, a su costo y a favor de la Municipalidad.
Reglas comunes: Las pólizas descritas en las letras a y b anteriores, deberán estar vigentes desde la suscripción del contrato, durante toda la ejecución de las obras y hasta los 100 días corridos posteriores al término del plazo de ejecución de la obra. En caso de haber aumentos de plazo del contrato también deberá modificarse el plazo de vigencia de las pólizas, a fin de que su cobertura se extienda hasta los 100 días posteriores al nuevo plazo de ejecución de la obra. Este aumento de vigencia se exigirá solamente si el nuevo plazo contractual más su adicional no resultan cubiertos por la póliza original.
En caso de ampliación de plazo asociado a un aumento de obra, el contratista dispondrá de un plazo de 15 días corridos para entregar las pólizas en la Dirección Jurídica (o el certificado de la Compañía de Seguros que acredite que se encuentran en trámite de ser emitidas). En el caso de ampliación de plazo sin aumento de obra asociada, dispondrá de un plazo de 10 días corridos. En ambos casos, el plazo se contará desde el día siguiente a la fecha en que se le comunique al contratista la aprobación de la solicitud de aumento de obra y/o plazo.
En caso de no presentar las pólizas o sus certificados durante los 15 o 10 días corridos indicados, se aplicarán las multas correspondientes.
En caso de disminuciones de plazo, su modificación será opcional por parte del contratista.
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4.5 Visita a Terreno |
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Visita a terreno no obligatoria se realizará el día 18 de febrero de 2026, a las 09:30 horas. El lugar de partida será en el comunitario Legua en San Gregorio #3461. Se habilitará un formulario de inscripción en línea, cuyo enlace estará disponible en el portal www.mercadopublico.cl
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