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DISPOSICIONES GENERALES |
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El Gobierno Regional de Aysén requiere contratar los servicios de “ADQUISICIÓN DE EQUIPOS INFORMATICOS GORE AYSÉN”.
Estas bases de Licitación Pública se rigen por los principios del buen uso de los recursos públicos, principios de libre acceso a las licitaciones, de competencia, de publicidad y transparencia de los procedimientos, de igualdad de trato y no discriminación, de probidad, y de valor por dinero.
Salvo que se exprese lo contrario, cada vez que se haga referencia “días” o “días hábiles” sin más, se entenderán en conformidad al artículo 25 de la Ley 19.880, es decir, días hábiles administrativos, entendiéndose que son inhábiles administrativos los días sábados, domingos y festivos en Chile.
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Características de la Licitación |
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El Gobierno Regional de Aysén, requiere la adquisición de estos equipos que permitan a la Unidad de Informática de este Servicio, mejorar el sistema de respaldo, a través de la réplica de servidores disponibles en la sala de servidores
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Organismo demandante |
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Razón social : Gobierno Regional de Aysén.
Unidad de compra : Gobierno Regional de Aysén - XI Región.
R.U.T. : 72.222.000-5.
Dirección : Ejército N° 405.
Comuna : Coyhaique.
Región en que se genera la licitación: Región Aysén del General Carlos Ibáñez del Campo.
Código Clasificador ONU 43211508 ¬– EQUIPOS INFORMATICOS - COMPUTADORES
Tipo de Licitación LE - Pública igual o superior 100 UTM menor a 1.000 UTM
Tipo de Convocatoria Abierta
Moneda Pesos chilenos
Etapas del Proceso de Apertura 1
Toma de Razón por Contraloría No requiere
Publicidad de Ofertas Técnicas las ofertas técnicas serán de público conocimiento una vez adjudicada o declarada desierta la licitación
Suscripción de Contrato No requiere
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Etapas y plazos |
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Sin perjuicio de los plazos mínimos entre llamado y recepción de ofertas señalados en el artículo 46 Decreto N° 661 del año 2024 del Ministerio de Hacienda, esta Entidad podrá aumentar el plazo mínimo de llamado en dos (2) días hábiles desde el cierre de recepción de ofertas por una sola vez, si se han recibido 2 o menos propuestas, conforme lo habilita el portal de Chile Compra.
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Documentación que rige esta licitación |
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Esta licitación se rige por lo previsto en la Ley N°19.886 y su reglamento, aprobado por Decreto N°661 de 2024 del Ministerio de Hacienda, Normativa vigente que sea pertinente y por los documentos que a continuación se indican, los que en caso de discrepancias se interpretarán de acuerdo al siguiente orden de prelación:
a. Aclaraciones
b. Respuestas a las preguntas de los proveedores mediante foro.
c. Modificaciones a las bases, que eventualmente podrá hacer el Gobierno Regional de Aysén, a través de la resolución correspondiente.
d. Las presentes bases administrativas y sus anexos
Los interesados en conocer los documentos señalados anteriormente podrán hacerlo accediendo al portal Mercado Público
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Requisitos de los oferentes |
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En conformidad al Reglamento de Compras Públicas, antes de enviar su propuesta los oferentes deben confirmar el cumplimiento de los siguientes requisitos:
1. No he sido condenado, o mi representada no ha sido condenada, por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador o por los delitos concursales establecidos en el Código Penal, dentro de los dos años anteriores al momento de la presentación de la oferta.
2. No he sido condenado, o mi representada no ha sido condenada, por el Tribunal de Defensa de la Libre Competencia, dentro de los 5 años anteriores, contados desde que la sentencia definitiva quede ejecutoriada, con la prohibición de contratar a cualquier título con órganos de la administración, contemplada en el artículo 26, letra d), del Decreto con Fuerza de Ley N°1, de 2004, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, que Fija el texto refundido, coordinado y sistematizado del decreto ley N°211, de 1973.
3. Mi representada no ha sido condenada a la pena de prohibición de celebrar actos y contratos con organismos del Estado, por los delitos mencionados en la ley N°20.393.
4. No he sido condenado por los Tribunales de Justicia a la medida dispuesta en el artículo 33 de la ley N°21.595 de Delitos Económicos. En el caso de que mi representada sea una persona jurídica, ya sea que se trate de sociedades, fundaciones o corporaciones, declaro que esta no tiene como socio, accionista, miembro o partícipe con poder para influir en la administración, a personas naturales que hubieren sido condenadas a la citada medida.
5. No soy ni he sido durante el periodo de un año transcurrido con antelación a la presente declaración, funcionario directivo del organismo licitante y/o comprador, hasta el nivel de jefe de departamento o su equivalente, o funcionario que participe en procedimientos de contratación del organismo licitante y/o comprador, ni estoy unido(a) a éstos o aquéllos por los vínculos descritos en la letra b) del artículo 54 de la ley N°18.575 (cónyuge, hijo, adoptado o pariente hasta el tercer grado de consanguinidad y segundo de afinidad inclusive).
6. No integro la nómina de personal del organismo licitante y/o comprador, en cualquier calidad jurídica, ni soy contratado a honorarios por el organismo licitante y/o comprador, ni estoy unido(a) a éstos o aquéllos por lo vínculos descritos en el inciso primero del artículo 35 quáter de la ley N° 19.886 (cónyuge, convivientes civil o pariente hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad).
7. Mi representada no es una sociedad de personas o empresa individual de responsabilidad limitada en la que una o más de las personas singularizadas en los párrafos quinto y sexto precedentes formen parte o sean beneficiarias finales.
8. Mi representada no es una sociedad en comandita por acciones, sociedad por acciones o anónima cerrada en que una o más de las personas singularizadas en los párrafos quinto y sexto precedentes sean accionistas o beneficiarias finales.
9. Mi representada no es una sociedad anónima abierta en que una o más de las personas singularizadas en los párrafos quinto y sexto precedentes sean dueñas de acciones que representen el 10% o más del capital o sean beneficiarias finales.
10. No soy gerente, administrador, representante o director de cualquiera de las sociedades antedichas.
A fin de acreditar el cumplimiento de dichos requisitos, los oferentes deberán presentar una “Declaración jurada de requisitos para ofertar”, la cual será generada completamente en línea a través de www.mercadopublico.cl, en el módulo de presentación de las ofertas. Sin perjuicio de que el Gobierno Regional de Aysén, pueda verificar la veracidad de la información entregada en la Declaración, en cualquier momento, a través de los medios oficiales disponibles.
Podrán participar de la presente licitación, todas aquellas personas naturales o jurídicas, chilenas o extranjeras, Uniones Temporales de Proveedores - U.T.P. que acrediten su situación financiera e idoneidad técnica, conforme lo disponga la normativa vigente, que no se encuentren afectadas por alguna de las causales de inhabilidad o incompatibilidad establecidas por Ley.
Los participantes, sean estas personas naturales o jurídicas, pueden actuar personalmente o representados por un tercero.
Al momento de ofertar se deberá presentar la siguiente documentación, la cual es necesaria para que esta Entidad pueda adjudicar en conformidad al artículo 58 inciso 8 del Reglamento y en virtud del principio de economía procedimental:
Persona natural
Al momento de contratar las personas naturales deberán encontrarse hábiles para contratar con los organismos del Estado, y deberán presentar la documentación necesaria que acredite su existencia, la cual será:
• Fotocopia de cédula de identidad vigente.
• Fotocopia de Iniciación de Actividades, sí corresponde.
Personas Jurídicas
Las personas jurídicas que sean sociedades deberán estar válidamente constituidas, y al momento de ofertar deberán acreditar su existencia y vigencia mediante los siguientes documentos:
● Certificado de vigencia de la sociedad o empresa, del Registro de Comercio respectivo, de fecha no superior a seis meses, contado desde la fecha de cierre de presentación de ofertas, sin considerar sus eventuales aplazamientos.
● Certificado de vigencia del poder del Representante Legal, con una antigüedad no superior a 6 meses contados desde la fecha de cierre de presentación de ofertas, sin considerar sus eventuales aplazamientos, otorgado por el Conservador de Bienes Raíces correspondiente o, en los casos que resulte procedente, cualquier otro antecedente que acredite la vigencia del poder del representante del oferente, según los plazos de vigencia indicados.
● En el caso de las personas jurídicas que se hayan acogido a las normas de la Ley N°20.659, les corresponderá presentar la certificación a que alude el Artículo 12 de dicha Ley, emitida por la Subsecretaría de Economía y Empresas de Menor Tamaño, o la Autoridad a quien se le haya delegado tal facultad, en conformidad con las disposiciones legales correspondientes. La vigencia de certificación debe ser de una fecha no superior 6 meses, contado desde la fecha del cierre de la presentación de ofertas, sin considerar sus eventuales aplazamientos.
Se hace presente que las personas jurídicas extranjeras deberán adjuntar información que permita determinar su nacionalidad, además al momento de la adjudicación deberán estar constituidas como una sociedad de nacionalidad chilena o una agencia del extranjero en el país o constituir mandato con poder suficiente, y para cumplir con lo dispuesto en el Artículo 4 de la Ley de N°19.886.
Unión Temporal de Proveedores
La Unión Temporal de Proveedores (en adelante UTP) es un conjunto de empresas de menor tamaño que se unen para ofertar y suscribir el contrato en caso de resultar adjudicadas (artículo 51 de la ley 19.886).
Deberá dar cumplimiento a lo siguiente:
a) Estar integrada por una o más empresas de menor tamaño. Se atenderá al artículo 2 de la ley 20.416.
b) El objetivo es unirse para la presentación de una oferta.
c) Se constituye exclusivamente para un proceso de compra en particular. Su vigencia no podrá ser inferior a la del contrato adjudicado, incluyendo su renovación o prórroga.
d) Deberá materializarse por escritura pública. Sin embargo, cuando se trate de adquisiciones inferiores a 1.000 UTM, el acuerdo en que conste la unión podrá materializarse por instrumento público o privado.
e) Los proveedores deberán establecer en el instrumento que formaliza la unión la solidaridad entre los integrantes respecto de todas las obligaciones que se generen con la Entidad licitante, y el nombramiento de un representante o apoderado común con poderes suficientes para representarlos en conjunto.
f) Definir la forma de facturación de la Unión Temporal de Proveedores.
g) Definir quién de los integrantes de la Unión Temporal de Proveedores va a tomar las garantías a nombre del Gobierno Regional de Aysén.
El documento en donde conste el acuerdo para participar de esta forma deberá presentarse al momento de ofertar. En este momento la UTP decidirá qué antecedentes se presentarán para ser considerados en la evaluación, siempre y cuando no signifique ocultar información relevante para la ejecución del contrato.
Se debe considerar que serán socios de esta Unión sólo quienes hayan concurrido a la presentación de la oferta en la presente licitación, no se permitirá el ingreso de terceros que no hayan sido debidamente incorporados en la presentación de las ofertas. Asimismo, se debe asegurar la presencia de cada uno de los miembros durante la ejecución del contrato.
Cada uno de los integrantes de la unión deberá estar inscrito y hábil en el registro de proveedores. Cabe hacer presente que las inhabilidades afectan individualmente a cada uno de los oferentes de la Unión, por ende, cada uno de ellos debe estar hábil al momento de ofertar y contratar.
El incumplimiento de lo señalado precedentemente respecto de la UTP dará lugar a la inadmisibilidad de la oferta.
En caso de afectar un causal de inhabilidad a algún integrante de la UTP, ésta deberá decidir si continúa con el respectivo procedimiento de contratación con los restantes integrantes no inhábiles de la misma o se desiste de su participación en el respectivo proceso. Si la inhabilidad se produce durante la ejecución del contrato el integrante inhábil podrá ser reemplazo por otro propuesto por los integrantes restantes de la unión, que cumpla con los requisitos y condiciones establecidos en las bases de licitación, y cuyos atributos no sean a criterio de la Entidad inferiores a los que cumplía el anterior integrante al momento de adjudicarse el contrato.
Se procederá a la readjudicación de acuerdo al procedimiento establecido en las presentes Bases. Del mismo modo, si con posterioridad a la adjudicación y previo a la firma del contrato alguno de sus integrantes es inhábil.
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consultas, aclaraciones y modificaciones a las bases |
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Consultas y aclaraciones
De conformidad a lo establecido en el artículo 35 ter de la ley N°19.886 de Compras Públicas, se prohíbe la comunicación entre participantes e interesados en el proceso de contratación una vez iniciado el proceso, salvo que se realice a través del Sistema de Información en donde los oferentes tendrán la posibilidad de realizar las consultas de carácter administrativo o técnico que estimen necesarias respecto a las Bases dentro de los plazos establecidos en el cronograma.
Las consultas serán debidamente contestadas o aclaradas por la Entidad Licitante mediante el mismo Sistema de Información en el plazo indicado para ello.
Las respuestas a las preguntas formuladas se considerarán parte integrante de las presentes bases de la licitación, en conformidad con lo dispuesto en la Ley N°19.886.
Modificaciones de las bases
La Entidad licitante podrá introducir modificaciones o aclaraciones a las presentes Bases mediante acto administrativo fundado, por parte de la Jefatura de División de Administración y Finanzas, ya sea por iniciativa propia o en atención a una aclaración o consulta solicitada a través de la plataforma www.mercadopublico.cl, y hasta 48 horas antes del término del plazo para recibir las ofertas, informándose de ello a través del mismo portal. En dicho evento se aumentará el plazo de cierre prudencialmente para presentar ofertas en un mínimo de 10 días hábiles administrativos una vez tomada de razón, según sea el caso, con la finalidad de que los interesados puedan adecuar sus ofertas.
Estas modificaciones de bases se realizarán, ya sea por iniciativa propia o en atención a una aclaración o consulta solicitada a través del portal www.mercadopublico.cl, siempre que éstas no impliquen otorgar ventajas indebidas y en plena observancia del principio de estricta sujeción a las bases.
En caso que exista incongruencia o contradictoriedad entre la ficha ingresada en la plataforma www.mercadopublico.cl y las bases administrativas, técnicas y sus anexos aprobados por la autoridad competente, primará lo que contienen las bases de esta licitación.
Sin embargo, esta entidad podrá subsanar los vicios de que adolezcan los actos que emita, siempre que con ello no se afectaren intereses de terceros.
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Pacto de integridad |
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El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones que contenidas el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:
a) El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.
b) El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas.
c) El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma.
d) El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio.
e) El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase.
f) El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.
g) El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.
h) El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.
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Responsabilidades |
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El Gobierno Regional de Aysén no tendrá responsabilidad alguna en los conflictos, juicios o litigios que se susciten entre el proveedor y sus trabajadores con motivo de los trabajos contratados, los que serán de única y exclusiva responsabilidad del ejecutor.
Cabe señalar que, no se derivarán con el Gobierno Regional de Aysén vínculo de dependencias ni subordinación, tanto con el oferente adjudicatario como para con los trabajadores.
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Prohibiciones |
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En virtud al artículo 14 de la Ley N°19.886 y el artículo 126 de su Reglamento, se prohíbe efectuar el traspaso total o parcial de los derechos y obligaciones emanados del contrato a terceros
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Propiedad de los servicios derivados del contrato |
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Todos los servicios resultantes de la adquisición, parcial o final serán de propiedad del Gobierno Regional de Aysén, y no podrán ser divulgados o difundidos a través de ningún medio sin la aprobación del servicio
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Vigencia de oferta |
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Las ofertas tendrán una validez o vigencia mínima de 90 días corridos contados desde la fecha de cierre del periodo de recepción de ofertas señalado en el cronograma de presentación. Si dentro del plazo antes referido no se pudiera efectuar la adjudicación, el Gobierno Regional de Aysén podrá solicitar a los proponentes, antes de la fecha de su expiración, una prórroga de la validez de sus ofertas por otro periodo igual o según la necesidad de la entidad. Si alguno de ellos no lo hiciere, dicha oferta se entenderá desistida.
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Presentación de ofertas |
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Los valores en el comprobante de ingreso de la oferta deberán ser netos, en pesos chilenos, detallándose posteriormente en el Formulario I “Oferta Económica”, valor neto, impuesto y valor bruto según corresponda.
Las ofertas y todos los antecedentes que le sustenten deberán ser ingresados en español, en formato digital, a través de la plataforma www.mercadopublico.cl.
Las únicas ofertas válidas serán aquellas presentadas a través del Sistema de Información www.mercadopublico.cl en tiempo y forma. Se recomienda verificar el despliegue automático del “Comprobante de Envío de Oferta” que se entrega en dicho Sistema, el cual puede ser impreso por el proponente para su resguardo. Lo anterior sin perjuicio de lo establecido en el Artículo 115 del Reglamento.
Una vez vencido el plazo de presentación de ofertas, los proveedores no podrán introducir correcciones ni enmiendas a su oferta.
El Gobierno Regional de Aysén, no se hace responsable por los errores contenidos en la oferta, los que deberán ser asumidos por el oferente íntegramente.
La omisión, distorsión o falsedad en cualquiera de los documentos o antecedentes presentados y requeridos en las Bases de Licitación, de los documentos que sustentan la oferta o la entrega de datos o información falsa, será causal suficiente para rechazar la propuesta presentada o para rescindir el Contrato cuando procediere, dictando la Resolución Fundada correspondiente.
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Entrega de antecedentes de la licitación |
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Se deberán adjuntar digitalmente los formatos sugeridos como anexos administrativos, técnicos y económicos que se detallan a continuación. Serán aceptadas aquellas propuestas con formato propio sólo en el caso que contengan todo lo solicitado en estos formatos anexos.
Todos los formularios deberán presentarse debidamente firmados por el oferente o bien por su representante legal, en el caso de UTP deberá tener el poder suficiente para obligar a la UTP, en un formato no editable.
Las ofertas sólo podrán ser efectuadas hasta la hora y fecha de cierre señalados en www.mercadopublico.cl, contenido de las Bases, Numeral 3 “Etapas y plazos”, publicado en la ficha de la licitación.
Adicionalmente, se hace presente al oferente que deberá presentar la Declaración de Inhabilidades e Incompatibilidades para personas naturales, jurídicas y representantes de las U.T.P., denominada en el Sistema “Declaración Jurada Requisitos para Ofertar”, que se generará completamente en línea a través de www.mercadopúblico.cl , en el módulo de presentación de ofertas.
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Garantías |
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Esta licitación no cuenta con garantías asociadas al proceso.
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Proceso de Apertura |
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El proceso de apertura de la licitación se efectuará electrónicamente por La Comisión, el día y hora señalado en la plataforma www.mercadopúblico.cl , siguiendo el siguiente procedimiento:
Se constatará la existencia de los antecedentes administrativos, técnicos y económicos. La apertura se efectuará en una etapa, en la que se abrirá tanto la oferta técnica como la económica, lo que será consignado posteriormente en el Acta de Apertura y Evaluación que suscribirá La Comisión.
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Admisibilidad de las ofertas |
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Para que las ofertas sean declaradas admisibles, es decir, que sean susceptibles de ser evaluadas por La Comisión, es necesario que cumplan con:
a) Anexo Económico (Formulario I: “Oferta Económica”): la oferta que supere el presupuesto disponible, será declarada inadmisible. La propuesta debe considerar todos los costos asociados para la entrega de los bienes y/o servicios ofertados.
b) Anexo Técnico (Formulario F: “Propuesta Técnica”): se deberá cumplir con la totalidad de las especificaciones técnicas de los equipos requeridos, de no cumplirse se declara inadmisible.
c) Se declararán inadmisibles ofertas simultáneas respecto de un mismo bien o servicio por parte de empresas pertenecientes al mismo grupo empresarial o relacionadas entre sí. Se considerará para efectos de la evaluación sólo la oferta más conveniente presentada por el grupo empresarial o las relacionadas entre sí, y declarará inadmisibles las demás.
d) El oferente debe estar inscrito en el Registro de Proveedores y encontrarse hábil para ofertar.
e) Ofertas riesgosas o temerarias, entendiéndose por tal aquella en donde el precio ofertado está significativamente por debajo del promedio de las otras propuestas o de los precios de mercado, sin justificar documentalmente en las especificaciones técnicas cómo se cumplirán los requisitos del contrato. En todo caso, se considerará esta justificación incompleta, si está basada en suposiciones o prácticas inadecuadas desde una perspectiva técnica o económica, o que el precio compromete el cumplimiento del contrato. Asimismo, será rechazada si el precio ofertado es resultado de incumplimiento de normativa social, laboral y medioambiental o que vulnere la libre competencia. Previo a declararse inadmisible la Comisión solicitará a través del Sistema de Información antecedentes al oferente, que justifiquen lo ofertado, otorgando un plazo de 3 días hábiles para ello. En un plazo de 5 días de recepcionados los antecedentes, la comisión resolverá.
En caso de que se resuelva adjudicar a este oferente se deberá solicitar garantía de fiel y oportuno cumplimiento correspondiente al 5% neto del valor resultante entre la diferencia entre el precio de este oferente y el precio ofertado que le siga en su calificación económica.
La no presentación de los antecedentes requeridos para la admisibilidad de las ofertas o la no completitud de éstos, no podrá ser subsanada durante la etapa de evaluación de las mismas.
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Evaluación de las ofertas |
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a) Los oferentes cuyas ofertas fueren admisibles, pasarán al proceso de evaluación.
b) La entidad licitante podrá solicitar a los oferentes mediante el Sistema de Información que:
a. Salven vicios u omisiones formales. No se considerará error formal errores en el precio de la oferta.
b. Presenten certificaciones o antecedentes que los oferentes hayan omitido, siempre que éstos se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar la oferta o se refieran a situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas y el periodo de evaluación.
Lo anterior, siempre y cuando no les confieran a esos oferentes una situación de privilegio respecto de los demás competidores, dado que afectaría el principio de igualdad de los oferentes.
Para lo descrito en párrafos anteriores tendrán un plazo máximo de 48 (cuarenta y ocho) horas corridas en días hábiles, contadas desde la notificación del respectivo requerimiento, para responder a lo solicitado o para acompañar los antecedentes requeridos. No se recibirán documentos fuera del plazo indicado.
c) Toda la información recabada en esta etapa quedará registrada en el Acta de Apertura y Evaluación que realizará “La Comisión”, la que contendrá el análisis de admisibilidad de cada una de las propuestas presentadas, el cumplimiento de los antecedentes solicitados y la calificación fundada de cada una de las ofertas según los criterios de evaluación establecidos (utilizándose dos decimales para la ponderación). Se consignará además una tabla resumen en que conste la prelación de los oferentes que se encuentran habilitados para adjudicarse el servicio y/o bien, de acuerdo al puntaje obtenido y demás requisitos legales.
La información alterada, falsificada o maliciosamente incompleta entregada por los oferentes en su oferta, los documentos anexos a ella o aquellos que la Comisión requiera, será constitutiva de dolo y eliminará automáticamente al oferente del proceso licitatorio.
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La Comisión |
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La Comisión estará conformada por al menos 3 funcionarios del Gobierno Regional de Aysén designados por la autoridad competente, mediante acto administrativo y será la encargada de efectuar la admisibilidad y de la evaluación y Proposición de Adjudicación, Readjudicación y/o Deserción conforme a los criterios antes señalados.
Los integrantes de La comisión deberán sesionar en el ejercicio de sus funciones para la apertura y evaluación de las ofertas, con la asistencia de todos sus miembros, quedando constancia escrita en las actas de aquellos integrantes que fueron reemplazados o subrogados, señalándose el contenido de sus deliberaciones, el que deberá ser suscrito por todos los miembros de La Comisión.
Esta Comisión podrá ser integrada por los siguientes funcionarios pertenecientes al Gobierno Regional de Aysén tanto titulares o como subrogantes:
a. José Andrade Vásquez, Encargado Unidad de Informática, División de Administración y Finanzas.
b. Guillermo Vega Cortés, Unidad de Informática, División de Administración y Finanzas
c. Armando Torres Cadagán, Unidad de Informática, División de Administración y Finanzas.
Los integrantes de La Comisión designada, así como todos los intervinientes en este proceso licitatorio deben dar especial cumplimiento a lo dispuesto en los artículos 13, 54, 57 y al Capítulo II De la probidad administrativa y transparencia en la contratación pública, todos del Decreto Nº 661 que aprueba el Reglamento de Compras Públicas y al artículo 35 nonies de la ley 19.886, así como de la Ley N°20.730 que Regula el Lobby. Esta Comisión deberá firmar Declaración Jurada Simple sobre conflictos de intereses y confidencialidad de los miembros de las comisiones evaluadoras, comprometiéndose a informar sus actuaciones durante el ejercicio de sus funciones como integrantes de La Comisión.
El informe final de La Comisión, deberá referirse a lo indicado en los párrafos anteriores y las materias señaladas en el Artículo 57 del Decreto 661 Reglamento de Compras Públicas.
Los integrantes de La Comisión deberán firmar todas las actas que se realizaron como comisión para este proceso de licitación, dichas actas serán publicadas en el sistema de información www.mercadopublico.cl.
Los integrantes de esta Comisión deberán informar en el marco de la ley N°20.730, que regula la Ley del Lobby, sus actuaciones durante el ejercicio de sus funciones como integrante de la Comisión, en lo que respecta a las audiencias o reuniones que le sean solicitadas, así como donativos recibidos de terceros (oferentes o no), o viajes realizados en el periodo como integrante de Comisión Evaluadora como sujeto pasivo temporal o transitorio, desde la fecha de inicio en que fue designado mediante acto administrativo que la constituye para ser integrante de esta comisión y hasta la fecha de adjudicación señalada en el cronograma de adjudicación de las presentes bases de licitación pública del Gobierno Regional de Aysén.
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Adjudicación |
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Una vez evaluadas las ofertas, la Comisión recomendará a la Autoridad competente adjudicar la licitación al oferente que presente la oferta más conveniente a los intereses de la Entidad Licitante, en base a los resultados obtenidos con la aplicación de los criterios de evaluación.
La adjudicación se realizará mediante Resolución Fundada, la cual contendrá el acta de apertura y evaluación realizada por La Comisión y la recomendación de adjudicación obtenida en base a la calificación de oferta más conveniente, lo anterior de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 58 del Reglamento.
La Resolución de Adjudicación y/o los resultados de la evaluación se publicarán de forma posterior a la total tramitación de dicha Resolución, en el Sistema de Información www.mercadopublico.cl.
En caso de que sea adjudicada esta licitación a la Unión Temporal de Proveedores – U.T.P., el informe de evaluación y el acto administrativo de adjudicación deberán individualizar a cada uno de los proveedores que forman la U.T.P.
Si la UTP durante la evaluación de la licitación se disuelve, ésta no podrá ser adjudicada, sin perjuicio de lo anterior si esta UTP es constituida por 3 o más integrantes, uno de ellos se retira, aquella podría continuar ejecutando el contrato adjudicado con los restantes integrantes siempre que:
1. La UTP pueda mantener los términos comprometidos en la oferta
2. Los restantes integrantes mantengan el cumplimiento de los requisitos mínimos para que la oferta pueda ser admitida, de acuerdo con los antecedentes que cuente la comisión.
3. Que cuente con al menos 2 integrantes.
4. No reemplace al integrante retirado
5. Informe en un plazo de 24 horas a esta entidad el retiro de uno o más de sus integrantes, si esto fuera durante el proceso de evaluación de las ofertas o de su adjudicación. Además, deberá informar si continuará participando de este proceso de licitación o si desisten de su oferta, lo que dará derecho a cobro de las garantías que corresponda conforme a estas bases.
Adjudicada la propuesta no podrá el proponente formular petición o reclamo de ninguna especie fundamentando el desconocimiento de las Bases de Licitación o de alguno de los documentos que forman parte de la presente licitación.
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Resolución de empates |
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Si se produce coincidencia entre dos o más ofertas, se adjudicará la licitación al oferente que haya obtenido mayor puntuación en el criterio “Oferta Económica”. Si persiste la igualdad, se atenderá en segundo lugar al puntaje obtenido en el criterio “Experiencia del oferente”, de no ser así, aquel que obtenga mejor evaluación en “Completitud de la oferta”. De persistir coincidencia o empate se resolverá la adjudicación por aquella primera oferta ingresada en la plataforma www.mercadopublico.cl, cotejando La Comisión esta información teniendo a la vista el Comprobante de Oferta en el que consta la fecha y hora de ingreso de oferta en el Sistema de Información de Mercado Público.
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Readjudicación |
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Se procederá a readjudicar la licitación al proponente que haya obtenido la siguiente prioridad como oferta más conveniente, si el oferente Adjudicatario:
a) Se desistiere de su oferta.
b) En caso que una orden de compra no haya sido aceptada por el oferente transcurridas 24 horas desde dicha solicitud en el Sistema de Información www.mercadopublico.cl, de acuerdo a lo que se refiere el inicio primero del artículo 115 del Reglamento de Compras y Contratación Pública.
c) Por la no presentación de garantías, en caso de que se soliciten en las presentes bases.
d) Encontrarse afecto por alguna de las causales de inhabilidad o incompatibilidad establecidas en la ley 19.886 o su reglamento DS 661 del Ministerio de Hacienda del año 2024.
e) Por no formalizar el contrato de acuerdo a lo señalado en el numeral “III Contrato 1.Formalidades” de las presentes bases de licitación.
f) Por decisión de los integrantes de la UTP, comunicada formalmente, debido a la inhabilidad de alguno de éstos o disolución conforme a lo establecido en las presentes bases
g) Si, en caso de ser UTP no presentare el acuerdo mediante escritura pública o privada, según corresponda, dentro del plazo establecido en Bases para la firma de contrato.
h) Incumplimiento de las demás condiciones y requisitos establecidos en las Bases para la contratación.
Se readjudicará al oferente que le siga en puntaje y así sucesivamente hasta agotar todas las ofertas evaluadas y que se estime son convenientes a los intereses del Gobierno Regional de Aysén, dentro del plazo de 60 días corridos contados desde la publicación de la adjudicación.
Tanto la adjudicación como la readjudicación serán sancionadas mediante acto administrativo fundado, debidamente publicado en el Sistema de Información www.mercadopublico.cl.
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Declarará Desierta Licitación |
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a) Cuando no se presenten ofertas; cuando todas las presentadas no fueran admisibles; o bien, estas no fueran convenientes a los intereses de la Entidad licitante (artículo 62 del Reglamento)
b) Previo a la resolución de adjudicación si no se cuenta con la aprobación presupuestaria para adjudicar (Art.5° del Reglamento).
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Revocar |
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El Gobierno Regional de Aysén también podrá revocar conforme al artículo N°61 de la Ley N°19.880 sobre Procedimientos Administrativos, precisando en su inciso segundo, que ella no procederá:
a) Cuando se trate de actos declarativos o creadores de derechos adquiridos legítimamente;
b) Cuando La Ley haya determinado expresamente otra forma de extinción de los actos, o
c) Cuando por su naturaleza, la regulación legal del acto impida que sean dejados sin efecto”.
Tanto la adjudicación como la re-adjudicación serán notificadas mediante acto administrativo fundado, debidamente publicado en el Sistema de Información del sitio www.mercadopublico.cl
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Consultas referentes a la adjudicación |
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Los oferentes que tengan consultas respecto a la adjudicación, podrán realizarlas después de publicada la resolución de adjudicación en el Sistema de Información www.mercadopúblico.cl , para lo cual deberá ingresar su consulta al correo electrónico: fmora@goreaysen.cl y señalar un correo electrónico habilitado para la recepción de comunicaciones formales (previo a la suscripción del contrato).
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Vías de Comunicación |
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Durante el proceso de licitación la única vía de comunicación entre la Entidad y los Oferentes es por medio del “Foro de Consulta”.
Para otras comunicaciones formales previo a la suscripción del contrato y cualquiera otra necesaria posterior a la contratación, se utilizará el correo electrónico que haya informado el Proveedor mediante el Formulario A “Identificación del Oferente”.
El proveedor deberá indicar en el Sistema de Información una dirección de correo electrónica única para recibir notificaciones sobre medidas aplicadas por incumplimientos contractuales, la que deberá mantener actualizada.
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CONTRATO-Formalidades |
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El contrato se formalizará con la emisión de orden de compra, a través del sitio www.mercadopublico.cl , por el monto total de los equipos adjudicados, la que deberá ser aceptada por el oferente en el plazo 24 horas desde emitida a través del Sistema de Información del www.mercadopublico.cl.
Previo a la emisión de orden de compra que formalizará el contrato, se exigirá al oferente adjudicado acredite estar hábil para contratar con el Estado, a través de certificado que acredite su inscripción en el Registro de Proveedores de Mercado Público y no encontrase afecto por alguna de las causales de inhabilidad o incompatibilidad establecidas en el artículo 4° de la Ley 19.886.
Además, deberá adjuntar los antecedentes solicitados en el numeral 06 de las presentes bases, dependiendo de la naturaleza del oferente (persona natural, jurídica, unión temporal de proveedores), salvo que dichos antecedentes se encuentren en el registro electrónico de Chile Proveedores.
En caso que fuera Unión Temporal de Proveedores
a) En el caso de Unión Temporal de Proveedores, deberá encontrarse inscrito en el Registro de Proveedores de Mercado Público cada proveedor que la integre y tener el estado de Hábil. Las causales de inhabilidades para la presentación de las ofertas, para la formulación de la propuesta o para la suscripción de la convención, establecidas en la legislación vigente, afectarán a cada integrante de la Unión individualmente considerado.
b) Deberá presentar documento escritura pública al momento de firmar contrato, firmada por el apoderado o representante de ella, nombrando a cada una de las personas jurídicas que la compongan, además de designar en forma expresa al representante o apoderado común, con los poderes suficientes para actuar en representación de la Unión Temporal, la vigencia de ésta no podrá ser inferior al plazo contractual.
La inobservancia de estas formalidades facultará al Gobierno Regional de Aysén, para readjudicar los servicios en los términos establecidos en las presentes bases.
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Vigencia del Contrato |
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Emitida la orden de compra, comenzarán a regir las obligaciones contraídas desde su completa tramitación y hasta la fecha de cumplimiento íntegro de los bienes adquiridos como fecha de ejecución final, por lo que el oferente deberá entregar los bienes adquiridos de acuerdo a los requerimientos y especificaciones técnicas de estas bases de licitación, y a la coordinación que al efecto realicen con el Encargado de la Unidad de Informática.
El plazo establecido para la ejecución de los servicios es una obligación del contrato, el que en este caso es de 30 días corridos, el que no debe confundirse con la vigencia del mismo en caso que corresponda.
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Modificaciones al Contrato |
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La primera hipótesis de modificación es por mutuo acuerdo de las partes contratantes. Para que estas modificaciones surtan efecto deberán formalizarse mediante acuerdo suscrito por ambas partes y debidamente autorizado mediante acto administrativo fundado, el cual deberá ser sometido a control de legalidad ante la Entidad Fiscalizadora, en caso que corresponda.
Una segunda hipótesis de modificación de contrato se dará por circunstancias de caso fortuito o fuerza mayor en donde el proveedor esté impedido de cumplir sus obligaciones. Acreditado por el proveedor que sea caso fortuito o fuerza mayor, el Gobierno Regional de Aysén está facultado para aumentar el plazo de ejecución del contrato o la orden de compra mientras dure este impedimento y podrá efectuar una modificación a los bienes y/o servicios comprometidos en el contrato o la orden de compra, siempre y cuando existan razones de interés público y esta permita satisfacer de igual o mejor manera la necesidad pública. Estas modificaciones deberán aprobarse mediante acto administrativo fundado que será publicado en el sistema de información.
En cualquier de las dos hipótesis, las modificaciones deberán respetar el equilibrio financiero del contrato y el valor de estas no podrá exceder el equivalente al 30% el monto originalmente pactado. Asimismo, no podrán alterar los elementos esenciales del contrato u orden de compra
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Renovación de Contrato |
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La adquisición de los equipos de la presente licitación no contempla renovación de contrato.
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Prórroga de Contrato |
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La adquisición de los equipos de la presente licitación no contempla prórroga de contrato.
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Obligaciones del adjudicatario |
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- Ejecutar correctamente, de buena fe los bienes y/o servicios contratados con estricta sujeción a los requerimientos exigidos y dentro del plazo establecido.
- Con el objeto de prevenir perjuicios o demoras, la empresa adjudicada deberá informar al Gobierno Regional toda circunstancia que eventualmente pueda alterar o afectar la ejecución del contrato, en cuanto tome conocimiento de ella. El no cumplimiento de este deber a sabiendas de las posibles consecuencias, le hará exclusivamente responsable de los daños o retrasos ocasionados.
- Deberá la empresa adjudicada entregar oportunamente todos los antecedentes que el Gobierno Regional de Aysén le requiera.
- Dar cumplimiento a todas las leyes, reglamentos, y a toda norma que tenga relación con los bienes y/o servicios contratados que le son plenamente conocidas.
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Generación de orden de compra |
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El Gobierno Regional emitirá la orden de compra después de la completa tramitación del acto administrativo que aprueba la adjudicación respectiva. Se generará una Orden de Compra (OC) por los equipos adquiridos y monto total adjudicado (impuestos incluidos) e informado en el Formulario I: “Oferta Económica”, la Orden de Compra del oferente adjudicado deberá ser aceptada en la plataforma www.mercadopublico.cl, dentro del plazo señalado en el numeral I.3 “Etapas y Plazos”
El pago se efectuará contra factura la que se deberá extender una vez que la orden de compra se registre en estado recepción conforme y se pagará dentro de los 30 días corridos siguientes a la fecha de recepción de la misma.
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Recepción conforme |
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Previo a la facturación y para su posterior pago, se deberán considerar los siguientes antecedentes para la “Recepción conforme” en el Aplicativo online en Plataforma Mercado Público:
- Que se haya emitido orden de compra al Proveedor en www.mercadopúblico.cl.
- Que la Orden de Compra haya sido ACEPTADA por el Proveedor.
- Informe de Recepción Conforme emitido y refrendado por el Encargado de Contrato o quien le subrogue o reemplace.
- Que el Gobierno Regional de Aysén, haya realizado la “Recepción Conforme” en el Portal de Mercado Público
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Facturación |
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Para efectos del pago, el proveedor deberá extender factura electrónica a nombre del Gobierno Regional de Aysén, para lo cual se deberá considerar lo siguiente:
Razón Social : Gobierno Regional de Aysén.
RUT : 72.222.000-5.
Dirección : Calle Ejército N°405- Coyhaique.
Giro : Servicio Público.
Condición de venta : “crédito”.
Enviar archivo XML a Casilla intercambio SII: dipresrecepcion@custodium.com
Campo 801 : Se deberá indicar en la referencia del DTE datos de la orden de compra (campo 801 del archivo XML).
Tipo de documento : Orden de compra
Folio Ref.: Número de la Orden de Compra exacto incluidos los guiones (no agregar ni quitar espacios).
Fecha Ref.: Ingresar la fecha de emisión de la Orden de Compra.
Razón Referencia: Puede ser el nombre de la Orden de Compra. Ej. “ADQUISICIÓN DE EQUIPOS INFORMATICOS GORE AYSÉN”.
En caso de Unión Temporal de Proveedores, la facturación de los bienes y/o servicios deberá ser realizada por el apoderado de esta unión, quien emitirá documento tributario y será quien reciba el pago correspondiente.
Se rechazarán todas las facturas que hayan sido emitidas sin contar con la recepción conforme y la autorización expresa de facturar por parte del Gobierno Regional de Aysén, o que hayan sido rechazadas por la Dirección de Presupuesto mediante el Sistema Acepta. Por lo mismo, la factura se deberá extender una vez exista resolución que declare Recepción Final y Conforme, y se pagará dentro de los 30 días siguientes a la fecha de recepción de la misma.
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Pago |
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El pago se efectuará contra factura dentro de los 30 días siguientes a la recepción de ella, siempre y cuando exista resolución que declare Recepción Final y Conforme, vía transferencia electrónica a través del Departamento de Finanzas del Gobierno Regional de Aysén.
Se deberán informar los datos bancarios de la Razón Social para pago:
BANCO :
TIPO DE CUENTA :
N° DE CUENTA :
Correo electrónico para informar:
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Factoring o Cesión de Crédito |
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Si el proveedor realiza contratación de Factoring o Cesión de Crédito, deberá notificar al Gobierno Regional de Aysén mediante plataforma del SII y mediante correo electrónico a calvaradoa@goreaysen.cl, dentro de un plazo de 72 horas siguientes al de su celebración para ampliar hasta en 30 días corridos el plazo para reclamar del contenido de la factura.
Todo ello, sin perjuicio de las demás exigencias establecidas en la Ley N°19.983.
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Multas y sanciones |
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El sistema de multas tiene como objetivo estimular la eficiencia de la empresa adjudicada en la entrega de los equipos adjudicados.
En consecuencia, se entenderá como causal de multa:
- Las multas en su conjunto no podrán exceder el 10 % del valor de la orden de compra.
- Los días transcurridos posteriores a los 35 días solicitados de entrega final, se descontará 1% por día transcurrido con un tope de 3%, si fuese el caso.
Procedimiento de aplicación de Multas:
En caso de incumplimiento de las obligaciones impuestas por el contrato expresado a través de la orden de compra, se le comunicará mediante oficio dicha circunstancia al oferente contratante mediante correo electrónico informado en el Formulario A, esto, en conformidad a los principios de eficiencia, eficacia y economía procedimental. Lo anterior, sin perjuicio de la posibilidad de que pueda efectuarse tal notificación en forma personal, si las circunstancias lo permiten.
El proveedor tendrá un plazo de 3 días para presentar sus descargos mediante escrito dirigido al Jefe de División de Administración y Finanzas del Gobierno Regional de Aysén. A dicho escrito adjuntará todos los antecedentes que considere le sean de utilidad.
Habiéndose presentado los descargos o pasado el plazo sin que se hubiere formulado descargos por el Oferente contratante procederá el cobro de la(s) multa(s). La medida a aplicar será formalizada a través de resolución fundada, la que señalará la decisión que adopte la administración informando la forma de cobro de la(s) multa(s), conteniendo el detalle de lo acontecido para llegar a esta medida, principio conclusivo y los descargos presentados por el oferente si existieren. Este acto administrativo será publicado oportunamente en el sistema de información en el sitio www.mercadopublico.cl.
Desde la fecha de la notificación de la resolución que aplica la multa, el proveedor tendrá cinco días hábiles para impugnar, en conformidad con lo dispuesto en los artículos 15° y 59 de la Ley 19.880 ante la autoridad superior del servicio, recurso que será ingresado a través de la oficina de partes. A dicho escrito adjuntará todos los antecedentes que considere le sean de utilidad. El Gobierno Regional de Aysén se pronunciará favorable o desfavorablemente dentro de los cinco días hábiles siguientes a la fecha de su presentación. Esta decisión se notificará por los medios de comunicación establecidos en las presentes bases, o en su defecto, el establecido en el formulario A “Identificación del Oferente”.
El oferente acepta desde ya este procedimiento.
En caso de acogerse la impugnación, total o parcialmente, el Gobierno Regional aplicará lo que indica el artículo 15 de la Ley 19.880 dictando el acto de reemplazo que corresponda. Considerando además lo que se indica a continuación.
Causales de exculpación o inaplicabilidad de la multa:
No procederá el cobro de las multas señaladas en este punto, si el incumplimiento se debe a un caso fortuito o fuerza mayor, de acuerdo con los Artículos 45 y 1547 del Código Civil, la cual será calificada como tal por la Entidad Licitante, en base al estudio de los antecedentes por los cuales el oferente adjudicado acredite el hecho que le impide cumplir.
La medida a aplicar será formalizada a través de resolución fundada, la que señalará la decisión que adopte la administración por el incumpliendo que se haya realizado y el procedimiento administrativo que se llevará a cabo para el cobro de multas, conteniendo el detalle de lo acontecido para llegar a esta medida, principio conclusivo, y los descargos presentados por el oferente si existieren. Este acto administrativo será publicado oportunamente en el sistema de información en www.mercadopublico.cl
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TÉRMINO DE CONTRATO |
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Sin perjuicio de lo establecido en el artículo 77 del Reglamento de Compras y Contratación pública, el contrato terminará:
1. Naturalmente por la completa y correcta ejecución del contrato expresado por la orden de compra, particularmente si se trata del vencimiento del plazo del mismo.
2. De común acuerdo por las partes: La interesada en resciliar la orden de compra que actúa como contrato deberá formular una presentación por escrito y, la otra parte, aceptarla.
3. Anticipadamente: El Gobierno Regional de Aysén, pondrá fin administrativamente al contrato, sin forma de juicio en todos los casos en que se verifique el incumplimiento de las obligaciones a que el Oferente contratante se encuentra obligado y además por:
a) Si no cumpliere con la entrega de los bienes y/o servicios contratados.
b) Por abandono del contrato.
c) Si el total de las multas aplicadas fueren igual o superior al 10 % del valor del contrato.
d) Si unilateralmente modificara de cualquier forma, todo o parte de los servicios y/o bienes contratados y se negare a efectuar a su costa las rectificaciones pertinentes.
e) Haber detectado el Gobierno Regional de Aysén que al tiempo de presentar su oferta omitió información o la presentada no era veraz.
f) Quiebra, cesión de bienes, Convenio Judicial o notoria insolvencia, cuando corresponda.
g) Si fuera condenado por algún delito que merezca pena aflictiva. Tratándose de personas jurídicas, lo fuere alguno de sus socios, directores, representantes legales o apoderados.
h) Si fuere una persona jurídica, por su disolución o por haberse manifestado la voluntad de disolverla.
i) Por la muerte o incapacidad sobreviniente del oferente si es persona natural o extinción de la personalidad jurídica de la sociedad contratista.
j) Si se negara a renovar las garantías de contrato al expirar su vigencia, manteniendo obligaciones o bienes y/o servicios pendientes de entrega.
k) En caso que la Unión Temporal de Proveedores oculte información relevante para ejecutar el respectivo servicio adjudicado, que afecte a alguno de sus integrantes.
l) La constatación de que los integrantes de la Unión Temporal de Proveedores constituyeron dicha figura con el objeto de vulnerar la libre competencia, de verificarse tal circunstancia, se remitirán los antecedentes pertinentes a la Fiscalía Nacional Económica.
m) Si uno de los integrantes de la Unión Temporal de Proveedores se retira de ésta, y dicho integrante hubiese reunido una o más características objeto de la evaluación de la oferta de la presente licitación.
n) Inhabilidades sobrevinientes de alguno de los integrantes de la Unión Temporal de Proveedores, en el caso que ésta no pueda continuar ejecutando el contrato con los restantes miembros, en los mismos términos adjudicados.
o) Disolución de la Unión Temporal de Proveedores, en una asociación de al menos dos integrantes, si su número disminuye de dos (2) se entenderá inmediatamente disuelto.
p) Si se comprobare infracción al artículo referido a las “Prohibiciones” de las presentes bases licitación.
q) Por las demás causales establecidas en la ley, en las presentes bases o en el contrato
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Evaluación de comportamiento contractual |
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El Encargado del Contrato, deberá realizar informe de evaluación, antes de la finalización de vigencia de ejecución de los servicios contratados en esta licitación, señalado el grado de satisfacción, cumplimiento de las obligaciones del contrato, cumplimiento de plazos, aplicación de multas y todo hecho relevante que se haya suscitado durante la vigencia del contrato.
Además, se informará de este comportamiento en el registro de comportamiento contractual de los proveedores, sistema de información www.mercadopublico.cl, el cual podrá ser empleado por las otras entidades licitantes en la evaluación de las propuestas presentadas en sus licitaciones.
En caso de Unión Temporal de Proveedores esta entidad informará al registro de proveedores sobre el comportamiento contractual de cada uno de los integrantes asociados a la Unión Temporal de Proveedores adjudicados en esta licitación pública.
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BASES TÉCNICAS ADQUISICIÓN DE EQUIPOS INFORMATICOS GORE AYSÉN DISPOSICIONES GENERALIDADES |
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El Gobierno Regional de Aysén requiere la adquirir “ADQUISICIÓN DE EQUIPOS INFORMATICOS GORE AYSÉN”.
Estas bases de Licitación Pública se rigen por los principios del buen uso de los recursos públicos, principios de libre acceso a las licitaciones, de competencia, de publicidad y transparencia de los procedimientos, de igualdad de trato y no discriminación, de probidad, y de valor por dinero.
Salvo que se exprese lo contrario, cada vez que se haga referencia “días” o “días hábiles” sin más, se entenderán en conformidad al artículo 25 de la Ley 19.880, es decir, días hábiles administrativos, entendiéndose que son inhábiles administrativos los días sábados, domingos y festivos en Chile.
Por tratarse de una adquisición de servicios de simple y objetiva especificación, según consta en las presentes especificaciones técnicas, este proceso de licitación se formalizará mediante la emisión de la respectiva orden de compra y su aceptación por parte del proveedor, en los términos establecidos en el artículo 63° del Reglamento de la Ley de Compras N°19.886, el cual deberá ser aceptado en el plazo de 48 horas desde él envió de la Orden de compra en la plataforma www.mercadopublico.cl.
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PRODUCTOS REQUERIDOS |
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El Gobierno Regional de Aysén, requiere la “ADQUISICIÓN DE EQUIPOS INFORMATICOS GORE AYSÉN”, con el objeto de mejorar el sistema de respaldo, a través de la réplica de servidores disponibles en la sala de servidores y generar espacio adicional en uno de los servidores actuales para nuevos servidores virtuales. Para lo anterior se solicita, la adquisición de:
Se deberá dar cumplimiento con el 100% de las características mínimas de los productos.
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Encargado de Contrato |
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El responsable del cumplimiento de lo contratado será el Sr. Jose Andrade Vásquez, Encargado Informática, quien deberá velar por la correcta recepción de los equipos recibidos. Adicionalmente debe realizar la recepción conforme de lo contratado, acompañando respaldos que den cuenta que el bien corresponde a lo solicitado y contratado por este Gobierno Regional. En ausencia será reemplazado por quien lo subrogue
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