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Resolución de Empates |
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En caso de empate de puntajes entre dos o más oferentes en el primer lugar, el que presente una mejor propuesta económica será el adjudicado. Si luego de aplicar la regla anterior subsiste el empate, el segundo criterio de desempate corresponderá al cumplimiento requisitos técnicos, por lo tanto, quien tenga mejor puntaje en este ítem será el adjudicado.
De persistir el empate, se decidirá conforme el criterio de plazo de entrega, por lo tanto, quien obtenga el mayor puntaje en este criterio será el adjudicado. Si aplicadas las reglas anteriores persiste el empate, se decidirá conforme el criterio de cumplimiento de requisitos formales, por lo tanto, quien obtenga el mayor puntaje en este criterio será el adjudicado.
Finalmente, si aún persiste el empate, se seleccionará a la propuesta que ingresó primero en el portal www.mercadopublico.cl
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Presentación de antecedentes omitidos por los oferentes |
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Luego del cierre de las ofertas y durante el período de evaluación de las mismas, la Corporación SEMCO podrá requerir a los proponentes la presentación de certificaciones o antecedentes requeridos en los Antecedentes del Oferente que hayan omitido presentar al momento de efectuar sus ofertas, siempre que dichas certificaciones o antecedentes se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar ofertas o se refieran a situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas y el periodo de evaluación. El plazo final de presentación será de 48 horas, contadas desde el requerimiento respectivo realizado por la Corporación SEMCO, el que se informará a través del sistema Mercado Público. Si el oferente no presenta la documentación faltante y/o no salva las omisiones requeridas en el plazo señalado, su oferta será declarada inadmisible por falta de presentación de los antecedentes solicitados. La presentación de todos o algunos de los antecedentes del oferente dentro del plazo extraordinario, será evaluado con nota 0, conforme lo indicado en la pauta de evaluación.
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Pacto de integridad |
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El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones que están contenidas el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:
- El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, se incluye en este caso específicamente la denominada comisión de agencia o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún colaborador de la Corporación SEMCO en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución de los contratos que de ello se deriven. En el caso de que el oferente infrinja cualquiera de las prohibiciones señaladas, la Corporación Semco, se reservará el derecho de poner los antecedentes en conocimiento de los Organismos pertinentes y perseguir legalmente el perjuicio para sus arcas. Del mismo modo, la Corporación Semco, tomará todas las medidas administrativas y legales en contra del colaborador o terceros relacionados que pudieran beneficiarse del proceso licitatorio y de adjudicación.
- El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas. En el caso de que el oferente infrinja cualquiera de las prohibiciones señaladas, la Corporación Semco, se reservará el derecho de poner los antecedentes en conocimiento de los Organismos pertinentes y perseguir legalmente el perjuicio para sus arcas. Del mismo modo, la Corporación Semco, tomará todas las medidas administrativas y legales en contra del colaborador o terceros relacionados que pudieran beneficiarse del proceso licitatorio y de adjudicación.
- El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma.
- El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio.
- El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase.
- El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.
- El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.
- El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.
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