Licitación ID: 744-2-LQ25
SERVICIO DE TRANSPORTE PUBLICO RADIO TAXIS
Responsable de esta licitación: INSTITUTO NACIONAL DE ESTADISTICAS
Reclamos recibidos por incumplir plazo de pago: 7
Este número indica los reclamos recibidos por esta institución desde los últimos 12 meses hasta el día de ayer. Recuerde interpretar esta información considerando la cantidad de licitaciones y órdenes de compra que esta institución genera en el Mercado Público.
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Productos o servicios
1
Arriendo de vehículos 1 Unidad
Cod: 78111808
El Instituto Nacional de Estadísticas, requiere contratar el servicio de radiotaxi para el traslado de su personal en toda la región de Valparaíso. Servicio se necesita por 10 horas y 7 horas en las zonas urbanas y rural.  

1. Características de la licitación
Nombre de la licitación:
SERVICIO DE TRANSPORTE PUBLICO RADIO TAXIS
Estado:
Desierta (o art. 3 ó 9 Ley 19.886)
Descripción:
Que, en el marco de sus funciones, Instituto Nacional de Estadísticas, en adelante el INE o Instituto, necesita contratar el Servicio de Radio Taxi INE Región Valparaíso. con objeto de efectuar el traslado del personal del INE, a distintas zonas rurales y urbanas de la Región de Valparaíso y dar cumplimiento a la recolección de datos que permitan la producción de estadísticas oficiales, vinculados a la ejecución de sus distintos proyectos
Tipo de licitación:
Pública-Licitación Pública igual o superior a 2.000 UTM e inferior a 5.000 UTM (LQ)
Tipo de convocatoria:
ABIERTO
Moneda:
Peso Chileno
Etapas del proceso de apertura:
Una Etapa
Toma de razón por Contraloría:
No requiere Toma de Razón por Contraloría
Publicidad de ofertas técnicas:
Las ofertas técnicas serán de público conocimiento una vez realizada la apertura técnica de las ofertas.
2. Organismo demandante
Unidad de compra:
INE - V Región
R.U.T.:
60.703.000-6
Dirección:
Calle 7 Norte N° 610.
Comuna:
Viña del Mar
Región en que se genera la licitación:
Región de Valparaíso
3. Etapas y plazos
Fecha de cierre de recepción de la oferta: 05-06-2025 15:00:00
Fecha de Publicación: 16-05-2025 19:14:18
Fecha inicio de preguntas: 16-05-2025 22:01:00
Fecha final de preguntas: 19-05-2025 15:00:00
Fecha de publicación de respuestas: 21-05-2025 15:00:00
Fecha de acto de apertura técnica: 05-06-2025 15:01:00
Fecha de acto de apertura económica (referencial): 05-06-2025 15:01:00
Fecha de Adjudicación: 29-07-2025 15:21:15
Fecha de entrega en soporte fisico No hay información
Fecha estimada de firma de contrato 11-08-2025
Tiempo estimado de evaluación de ofertas 10 Días
4. Antecedentes para incluir en la oferta
Adicionalmente, todos los proveedores para ofertar en esta licitación, deberán obligatoriamente confirmar y firmar electrónicamente la Declaración Jurada de Requisitos para Ofertar.
Documentos Administrativos
1.- ANEXO 1
2.- NAEXO 7
Documentos Técnicos
1.- anexo 2
 
2.- anexo 3
 
3.- anexo 4
 
4.- anexo 5
 
Documentos Económicos
1.- anexo 6
5. Requisitos para contratar al proveedor adjudicado
Persona natural
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.
 
2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.
 
3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.
 
4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.
 
5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.
 
6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.
 
7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.
 
8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).
 
Documentos persona natural
- Fotocopia Legalizada de Cédula de Identidad
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
Persona jurídica
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.

2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.

3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.

4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.

5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.

6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.

7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.

8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).

Documentos persona jurídica
- Fotocopia Legalizada del Rut de la Empresa
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
- Certificado de Vigencia de la Sociedad
- (1) Certificado de Boletín de Informes Comerciales
- (1) Certificado de Quiebras/Convenio Judicial
6. Criterios de evaluación
ÍtemObservacionesPonderación
1 anexo tecnico Experiencia del Oferente 25% Antigüedad de la flota 25% Tiempo de respuesta solicitado el servicio 15% Plataforma de seguimiento en línea 30% Inclusión enfoque de género 5% 45%
2 anexo economica Oferta Económica (Precio Oferta mínima / Precio Oferta evaluada) *100 50%
3 Administrativo Cumplimiento de Requisitos Formales 90% Programa de Integridad 105 5%

7. Montos y duración del contrato
Estimación en base a: Presupuesto Disponible
Fuente de financiamiento: 01 y 03
Contrato con Renovación: NO
Observaciones Sin observaciones
Plazos de pago: 30 días contra la recepción conforme de la factura
Opciones de pago: Transferencia Electrónica
Nombre de responsable de pago: mario rojas Letelier
e-mail de responsable de pago: marojasl@ine.gob.cl
Nombre de responsable de contrato: claudio silva Chacon
e-mail de responsable de contrato: cpsilvac@ine.gob.cl
Teléfono de responsable del contrato: 56-32-2-2385862
Prohibición de subcontratación: Se permite subcontratación
8. Garantías requeridas
    Garantía fiel de Cumplimiento de Contrato
Beneficiario: INSTITUTO NACIONAL DE ESTADISTICA
Fecha de vencimiento: 30-09-2028
Monto: 5 %
Descripción: Una vez notificado el oferente adjudicado, éste deberá presentar, al momento de la firma del contrato, una boleta de garantía, bancaria vale vista o certificado de fianza, con una vigencia que exceda en al menos 60 días hábiles a la época prevista para el total cumplimiento de los servicios contratados, al objeto de avalar el fiel y oportuno cumplimiento de las obligaciones contractuales. Esta caución deberá ser extendida a nombre del Instituto Nacional de Estadísticas, por un monto igual al 5% del total de la adjudicación, en pesos chilenos, incluidos los impuestos. La garantía de fiel y oportuno cumplimiento de la contratación será pagadera a la vista a solo requerimiento del INE, con carácter de irrevocable y tomada por el oferente adjudicado. En el caso que el oferente adjudicado presente una boleta bancaria, será necesario que en dicho documento indique su individualización.
Glosa: “Garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato de la Licitación Pública para la contratación del Servicio de Radio Taxi”
Forma y oportunidad de restitución: En el caso del vale vista, la glosa debe inscribirse al reverso del instrumento junto con la firma del otorgante o consignándola en una declaración jurada simple acompañada a tal instrumento, en la que señala el instrumento de garantía asociado. Si la garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato es otorgada en el extranjero, el emisor del documento respectivo debe estar representado en Chile o estar reconocido por un banco o institución financiera chilena. La garantía deberá ser entregada en la Dirección Regional de Valparaíso, ubicada en calle 7 norte, numero 610 Viña del Mar, Valparaíso, en horario de lunes a viernes de 10:00 a 15:00 horas. Sin perjuicio de lo anterior. En los casos de garantías electrónicas, esta deberá ser enviada a marojasl@ine.gob.cl
9. Requerimientos técnicos y otras cláusulas
Cláusula de Readjudicación
Si el respectivo adjudicatario se desiste de su oferta, no entrega los antecedentes legales para contratar y/o la garantía de fiel cumplimiento, no firma el contrato o no se inscribe en Chileproveedores en los plazos que se establecen en las presentes bases, la entidad licitante podrá dejar sin efecto la adjudicación y seleccionar al oferente que, de acuerdo al resultado de la evaluación le siga en puntaje, y así sucesivamente, a menos que, de acuerdo a los intereses del servicio, se estime conveniente declarar desierta la licitación.
SUBCONTRATACIÓN PARCIAL
El Proveedor podrá concertar con terceros la subcontratación parcial del contrato, sin perjuicio que la responsabilidad de su cumplimiento permanecerá en el Proveedor adjudicado. los oferentes deberán indicar en la propuesta o luego de la Adjudicación del contrato y, a más tardar, cuando inicie la ejecución de éste, la parte del contrato que tengan previsto subcontratar, su importe y el nombre o razón social del subcontratista hábil en el Registro de Proveedores.No será admisible la subcontratación en los siguientes casos: a) Si excede el treinta por ciento del monto total del contrato. b) Si afecta al subcontratista una o más causales de inhabilidad en el Registro de Proveedores. c) Si el subcontratista se encuentra en alguna de las incompatibilidades para ser contratado por la Entidad pública a que se refiere el artículo 35 quáter de la Ley de Compras. El Proveedor principal deberá notificar por escrito al órgano contratante de cualquier modificación en las prestaciones que deberá desarrollar el subcontratista, o en su identidad, con anterioridad a la materialización de estos cambios. En caso de un cambio en la identidad de un subcontratista, el Proveedor principal deberá acreditar que este cumple con los requisitos señalados en el inciso anterior. El límite de la subcontratación quedará determinado por el porcentaje que se determine en las bases, y en ningún caso la subcontratación podrá ser utilizada para efectuar una cesión del contrato.
CESIÓN DEL CONTRATO
El adjudicatario no podrá ceder ni transferir en forma alguna, sea total o parcialmente, los derechos y obligaciones que nacen con ocasión de la presente licitación y del contrato que en definitiva se suscriba, salvo que norma legal especial permita las referidas cesiones. Lo anterior es sin perjuicio que los documentos justificativos de los créditos que emanen de estos contratos puedan transferirse a acuerdo a las normas de derecho común.
AUMENTO DE LAS PRESTACIONES
El INE podrá aumentar la cantidad de las prestaciones originalmente contratadas, a través de un acto administrativo totalmente tramitado, las cuales no podrán exceder al 30% del valor total de la presente contratación. De producirse el aumento de las prestaciones, el oferente deberá mantener el mismo precio indicado en su oferta original (Anexo N° 6). En el mismo sentido, se deberá solicitar el aumento de la Garantía de Fiel Cumplimiento del Contrato en el porcentaje que corresponda. A su vez, el INE podrá disminuir la cantidad de prestaciones originalmente contratadas, las cuales no podrán superar el 30% del valor total de la contratación.
SALDOS INSOLUTOS DE REMUNERACIONES O COTIZACIONES DE SEGURIDAD SOCIAL
Durante la vigencia del respectivo contrato el adjudicatario deberá acreditar que no registra saldos insolutos de obligaciones laborales y sociales con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años. El órgano comprador podrá requerir al adjudicatario, en cualquier momento, los antecedentes que estime necesarios para acreditar el cumplimiento de las obligaciones laborales y sociales antes señaladas. En caso de que la empresa adjudicada registre saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años, los primeros estados de pago producto de esta licitación deberán ser destinados al pago de dichas obligaciones, debiendo la empresa acreditar que la totalidad de las obligaciones se encuentran liquidadas al cumplirse la mitad del período de ejecución de las prestaciones, con un máximo de seis meses. La entidad licitante deberá exigir que la empresa adjudicada proceda a dichos pagos y le presente los comprobantes y planillas que demuestren el total cumplimiento de la obligación. El incumplimiento de estas obligaciones por parte de la empresa adjudicataria dará derecho a terminar la relación contractual, pudiendo llamarse a una nueva licitación en la que la empresa referida no podrá participar.
NORMAS LABORALES
El adjudicatario, en su calidad de empleador, será responsable exclusivo del cumplimiento íntegro y oportuno de las normas del Código del Trabajo y leyes complementarias, leyes sociales, de previsión, de seguros, de enfermedades profesionales, de accidentes del trabajo y demás pertinentes respecto de sus trabajadores y/o integrantes de sus respectivos equipos de trabajo. En consecuencia, el adjudicatario será responsable, en forma exclusiva, y sin que la enumeración sea taxativa, del pago oportuno de las remuneraciones, honorarios, indemnizaciones, desahucios, gratificaciones, gastos de movilización, beneficios y, en general, de toda suma de dinero que, por cualquier concepto, deba pagarse a sus trabajadores y/o integrantes de sus respectivos equipos de trabajo. El órgano comprador se reserva el derecho a exigir al contratista, a simple requerimiento de la contraparte técnica, y sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 4° de la Ley de Compras y el artículo 183-C del Código del Trabajo, un certificado que acredite el monto y estado de cumplimiento de las obligaciones laborales y previsionales emitido por la Inspección del Trabajo respectiva, o bien, por medios idóneos que garanticen la veracidad de dicho monto y estado de cumplimiento, respecto de sus trabajadores. Ello, con el propósito de hacer efectivo por parte del órgano comprador, su derecho a ser informado y el derecho de retención, consagrados en los incisos segundo y tercero del artículo 183-C del Código del Trabajo, en el marco de la responsabilidad subsidiaria derivada de dichas obligaciones laborales y previsionales, a la que alude el artículo 183-D del mismo Código. Por otra parte, se deja expresa constancia que la suscripción del contrato respectivo no significará en caso alguno que el adjudicatario, sus trabajadores o integrantes de los equipos presentados por éstos, adquieran la calidad de funcionarios públicos, no existiendo vínculo alguno de subordinación o dependencia de ellos con el órgano comprador.
CONTINUIDAD DEL PERSONAL
El INE exigirá que durante el desarrollo y vigencia del contrato exista continuidad del personal designado para la prestación de cada servicio. De acuerdo con lo anterior, en caso de requerirlo durante la vigencia del contrato, el adjudicatario podrá solicitar al órgano comprador, a través de su contraparte, el cambio de personal, teniendo en consideración realizarlo con anticipación suficiente para no discontinuar el servicio y de acuerdo con lo establecido en este artículo. Si por algún motivo externo o ajeno a la gestión del proveedor adjudicado, como, por ejemplo, jubilación, muerte, incapacidad médica, renuncia, entre otros, fuere necesario sustituir al personal que presta el servicio, el proveedor deberá proponer oportunamente un cambio en la nómina de personal. Para la solicitud y aprobación de cambio de personal deberán considerarse, a lo menos, los siguientes elementos: a) La criticidad del proyecto y de la etapa de este en la que esté involucrado el personal. b) El nuevo personal que se proponga incorporar debe cumplir, al menos, con los mismos requisitos y competencias que cumplía el personal aprobado en el proceso licitatorio. La solicitud de cambio de personal debe ser aprobada por el INE, quien se reserva el derecho de aceptar o rechazar la petición. En caso de rechazo, el adjudicatario podrá proponer a otras personas, hasta que sea aceptado por el comprador, siempre y cuando el tiempo involucrado en esta gestión no perjudique el cumplimiento de plazos del contrato. En todo caso, si el órgano comprador considera que estos cambios afectan la integridad y oportunidad del cumplimiento del contrato, le podrá poner término anticipado. El adjudicatario debe informar y entregar al INE, junto con la solicitud de cambio de nómina de personal, todos los antecedentes solicitados en las presentes bases para que el órgano comprador evalúe y apruebe la experiencia e idoneidad de la persona propuesta para conformar el equipo de trabajo. El adjudicatario debe esperar la aprobación de la solicitud, por correo electrónico, de parte del órgano comprador, antes de ejecutar el contrato con el o los nuevos trabajadores.
PACTO DE INTEGRIDAD
El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones que contenidas el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo con las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos: 1.- El oferente se compromete a respetar los derechos fundamentales de sus trabajadores, entendiéndose por éstos los consagrados en la Constitución Política de la República en su artículo 19, números 1º, 4º, 5º, 6º, 12º, y 16º, en conformidad al artículo 485 del código del trabajo. Asimismo, el oferente se compromete a respetar los derechos humanos, lo que significa que debe evitar dar lugar o contribuir a efectos adversos en los derechos humanos mediante sus actividades, productos o servicios, y subsanar esos efectos cuando se produzcan, de acuerdo con los Principios Rectores de Derechos Humanos de Naciones Unidas. 2.-El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven. 3.- El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas. 4.- El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma. 5.- El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio. 6.- El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase. 7.- El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma. 8.- El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas. 9.- El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.
CONFIDENCIALIDAD Y SEGURIDAD DE LA INFORMACIÓN
Confidencialidad. El proveedor se obliga a mantener confidencialidad respecto de todos los documentos y antecedentes de INE que conozca en el marco de la realización del servicio contratado. Las obligaciones señaladas en esta cláusula son indefinidas en el tiempo, de modo tal que se extienden aun después de concluida la prestación de servicios. Los contratantes se obligan a adoptar todas las medidas necesarias para que sus dependientes o asociados, mantengan la confidencialidad acordada.
Confidencialidad. El proveedor se obliga a mantener confidencialidad respecto de todos los documentos y antecedentes de INE que conozca en el marco de la realización del servicio contratado. Las obligaciones señaladas en esta cláusula son indefinidas en e
El proveedor que preste los servicios deberá observar, durante toda la época de ejecución del contrato, el más alto estándar ético exigible a los funcionarios públicos. Tales estándares de probidad deben entenderse equiparados a aquellos exigidos a los funcionarios de la Administración Pública, en conformidad con el Título III de la ley Nº 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado.
AUDITORÍAS
a) El proveedor podrá ser sometido a auditorías externas, contratadas por el INE a empresas auditoras independientes, con la finalidad de velar por el cumplimiento de las obligaciones contractuales y de las medidas de seguridad comprometidas por el proveedor en su oferta. b) Si el resultado de estas auditorías evidencia incumplimientos contractuales por parte del proveedor, el proveedor quedará sujeto a las medidas que corresponda aplicar la entidad licitante, según las presentes bases.
LIQUIDACIÓN DEL CONTRATO
Para llevar a cabo la finalización de la relación contractual entre las partes, sea por término anticipado o no, el proveedor deberá: c) Acordar un calendario de cierre con la entidad licitante, en donde se establezca un evento o plazo prudencial a partir del cual se entiende que el contrato entre en etapa de cierre. d) Elaborar un protocolo de fin de contrato, que suscribirán ambas partes, y en donde se detallen todas las actividades a realizar y los responsables de cada una de ellas, para lograr un cierre de contrato ordenado. Este protocolo puede incluir, según el tipo de proyecto, elementos como la entrega de códigos fuente, licencias, datos, documentación, soporte técnico, parametrización de sistemas, transferencia de know how, destrucción de información de propiedad del contratante, entre otros. e) Si el INE así lo requiere, el adjudicatario deberá prestar colaboración y participar en forma coordinada con aquélla en labores de migración de sistemas u otras similares a un nuevo proveedor.
JURISDICCIÓN
Toda controversia que se suscite entre la aprobación de las Bases de Licitación y su adjudicación será sometida a conocimiento del Tribunal de Contratación Pública, sin perjuicio de la competencia de la Contraloría General de la Republica. Las eventuales diferencias que existieren durante la vigencia del contrato que se suscribirá, que no puedan ser resueltas de común acuerdo por las partes, serán conocidas por los Tribunales Ordinarios de Justicia con sede en la comuna de Viña del Mar, prorrogándose competencia para ante sus tribunales.
10. Demandas ante el Tribunal de Contratación Pública
No cuenta con demandas ante el Tribunal de Contratación Pública.