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DEL OFERENTE |
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Podrán participar en esta propuesta las personas naturales o jurídicas, chilenas o extranjeras,
así como uniones temporales de proveedores que, cumpliendo los requisitos legales y
aquellas condiciones señaladas en estas bases, presenten una oferta en la oportunidad y
forma establecida en las mismas.
De conformidad al artículo 180 letra d) del decreto 661; tratándose de Unión Temporal de
Proveedores; si dos o más proveedores se unen para el efecto de participar en un proceso de
compra, Deberá materializarse por escritura pública. Sin embargo, cuando se trate de
adquisiciones inferiores a 1.000 UTM, el acuerdo en que conste la unión podrá materializarse
por instrumento público o privado. Así mismo; deberán establecer, en el documento que
formaliza la unión, a lo menos, la solidaridad entre las partes respecto de todas las
obligaciones que se generen con la Entidad y el nombramiento de un representante o
apoderado común con poderes suficientes. Al momento de la presentación de las ofertas, los
integrantes de la Unión determinarán qué antecedentes presentarán para ser considerados en
la evaluación respectiva, siempre y cuando lo anterior no signifique ocultar información
relevante para la ejecución del respectivo contrato que afecte a alguno de los integrantes de
la misma.
NO PODRÁN PARTICIPAR.
Quedarán excluidos quienes se encuentren afectos a la prohibición de contratar, contenida en
el artículo 4° de la Ley N° 19.886. Para estos efectos los oferentes deberán presentar la
declaración jurada disponible de forma digital en el portal de mercado público. Sin perjuicio de
lo anterior, el Servicio Nacional revisará el registro de las sentencias condenatorias por
prácticas antisindicales o desleales que publica semestralmente la Dirección del Trabajo.
Así mismo, el artículo 35 quáter de la norma citada, regula los conflictos de interés, ampliando
a todos los funcionarios y funcionarias de SENDA, la imposibilidad de vender bienes y servicios a los organismos en que trabajen, extendiéndose esa inhabilidad a sus cónyuges o
convivientes civiles, parientes y sociedades en que ellos sean parte o sean beneficiarios
finales. Dicha prohibición se extiende mientras ocupen sus cargos y hasta un año después
que hayan cesado en sus funciones en el organismo.
Para estos efectos los oferentes deberán presentar la declaración jurada contenida en el
Anexo N°1 (A, B y C, según corresponda) del Acápite III de las presentes bases. Sin perjuicio
de lo anterior, este Servicio revisará el registro de las sentencias condenatorias por prácticas
antisindicales o desleales que publica semestralmente la Dirección del Trabajo.
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DE LOS SERVICIOS REQUERIDOS. |
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El Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol,
“SENDA” llama a Licitación Pública para la contratación del servicio de aseo, desinfección,
sanitización y aromatización para la Dirección Regional De O’ Higgins, ubicada en Gamero
N° 018, comuna y ciudad de Rancagua, Región del Libertador General Bernardo O´Higgins.
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GASTOS |
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Los gastos en que incurran los oferentes con motivo de la presente licitación serán de su
exclusivo cargo, sin derecho a ningún tipo de reembolso por parte del Servicio Nacional para
la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol.
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DOCUMENTACIÓN QUE RIGE LA PRESENTE LICITACIÓN |
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Esta licitación se rige por lo previsto en la Ley N°19.886, y en su reglamento aprobado
mediante el Decreto N°661 de 3 de junio de 2024, del Ministerio de Hacienda, y por los
documentos que a continuación se indican, los que en caso de discrepancias se interpretarán
en forma armónica a las presentes Bases de Licitación, manteniendo el siguiente orden de
prelación:
a) Bases Administrativas y Técnicas y Anexos de la Licitación.
b) Modificación a las bases, que eventualmente podrá hacer el Servicio Nacional para la
Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol, a través de la resolución
correspondiente.
c) Respuestas a las preguntas de los proveedores.
d) Aclaraciones a las ofertas, que hayan sido solicitadas por el Servicio Nacional para la
Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol.
Se podrá acceder a los documentos señalados anteriormente a través del portal electrónico
www.mercadopublico.cl.
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INFORMACIÓN BÁSICA DE LA LICITACIÓN |
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Nombre de la Licitación
Servicio de aseo, desinfección, sanitización y
aromatización para la Dirección Regional de O’ Higgins del
Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del
Consumo de Drogas y Alcohol, SENDA.
Objeto
La Dirección Nacional de SENDA, requiere contratar
servicio de aseo desinfección, sanitización y
aromatización, para su Dirección Regional.
Tipo de Licitación Licitación Pública
Etapas
Una (apertura de Propuesta Técnica y Económica en un
solo acto), que se efectuará a través del sistema de
información Mercado Público.
Presupuesto
Monto anual de $ 19.200.000.- impuestos incluidos, por un
periodo de 24 meses de servicio .
Participantes
Personas naturales o jurídicas, chilenas o extranjeras, y
Uniones Temporales de Proveedores, que no registren
alguna de las inhabilidades establecidas en el artículo 4 de
la Ley 19.886 y en el artículo 35 quáter de la norma citada.
Cómputo de los plazos
Todos los plazos son de días hábiles administrativos (de
lunes a viernes), salvo aquellos casos en que
expresamente se indique que los plazos son de días
corridos.
En caso de que un plazo expire en días sábados,
domingos o festivos este se extenderá hasta el día hábil
siguiente.
Comunicación con el
Servicio Nacional para la
Prevención y
Rehabilitación del
Consumo de Drogas y
Alcohol
Exclusivamente a través del portal www.mercadopublico.cl
Soporte de documentos
Excepcionalmente, se podrá utilizar el soporte papel en los
casos expresamente permitidos por estas Bases o por la
Ley de Compras y su Reglamento.
Funcionario Encargado
de la licitación
La encargada del presente proceso de licitación es doña
Natalie Zambrano Neira, Encargada de la Unidad de
Compras y Contrataciones de SENDA, cuyos datos de
contacto son los siguientes: Correo electrónico:
natalie.zambrano@senda.gob.cl
Funcionario encargado
de la OC
El encargado de administrar la Orden de Compra y
contratación será Pablo Leiva Valencia,
pleivav@senda.gob.cl, o quien sea designado por orden
del Director Regional.
5.1 Cronograma de actividades
Plazo para publicar las
bases de Licitación
10 días corridos siguiente a la fecha de la total
tramitación de la respectiva resolución que apruebe las
bases
Plazo para presentar
propuestas
Hasta el 10 día corrido, contado desde la fecha de
publicación del llamado a licitación en el portal Mercado
Público.
Consultas
Hasta el 3er día hábil, contado desde la fecha de
publicación del llamado a licitación en el portal Mercado
Público.
Respuestas Hasta el 2do día hábil, contado desde la fecha de
vencimiento del plazo para presentar las consultas.
Recepción de ofertas
Hasta el 10 día corrido, contado desde la fecha de
publicación del llamado a licitación en el portal Mercado
Público.
Acto de apertura
electrónica de las
ofertas técnicas y
económicas
El día siguiente hábil del cierre de recepción de las ofertas.
Evaluación Dentro de los 10 días hábiles desde la fecha de apertura
de las ofertas técnicas y económicas.
Aclaraciones, errores u
omisiones
Dentro de los 3 días hábiles desde la fecha de apertura
de las ofertas técnicas y económicas.
Adjudicación La adjudicación se realizará dentro de los 20 días hábiles
siguientes al cierre de la etapa de evaluación.
Plazo para adjuntar
documentos para
formalizar la
contratación
Dentro de los 10 días hábiles desde la notificación de la
resolución que adjudica.
5.2. Visita a Terreno Obligatoria:
Los oferentes que quieran postular deberán concurrir para inspeccionar las dependencias de
SENDA De O’ Higgins en las que se ejecutará el servicio que se licita. Los oferentes deberán
presentarse en Gamero N° 018, comuna y ciudad de Rancagua, Región del Libertador
General Bernardo O´Higgins. Ésta se realizará el segundo día hábil siguiente a la fecha de
publicación de la licitación en el portal www.mercadopublico.cl a las 10:00 horas. Toda
persona que concurra con posterioridad a esa hora no será recibida quedara inadmisible.
En la visita se mostrará a los oferentes interesados las dependencias.
Los oferentes que asistan a la visita a terreno deberán firmar un “Acta de Visita a Terreno” y
registrar la identificación del proponente, Nombre, RUT y firma. A dicha visita deberá concurrir
personalmente el oferente o un tercero a su nombre, debiendo exhibir en tal caso, un poder
simple extendido por escrito al efecto por el oferente tratándose este de una persona natural,
o por su representante legal, tratándose de una persona jurídica, o por quien haya sido
designado como apoderado común en caso de tratarse de una Unión Temporal de
Proveedores. Esta acta será extendida por el jefe de administración y finanzas de la Dirección
regional o por quien este designe.
La visita a terreno tendrá el carácter de obligatoria, por lo que el oferente que no concurra a
ésta no será objeto de evaluación quedando, en consecuencia, excluido del presente proceso
de licitación pública.
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CONSULTAS Y ACLARACIONES |
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6.1. RECEPCIÓN DE CONSULTAS Y SOLICITUDES DE ACLARACIÓN.
Éstas sólo se recibirán a través del portal www.mercadopublico.cl, desde el día de publicación
de las presentes Bases en el citado portal, hasta el 3er día hábil desde la fecha de
publicación del llamado a licitación en el portal Mercado Público.
6.2. RESPUESTAS A LAS CONSULTAS Y ACLARACIONES.
Se responderán sólo aquellas consultas y solicitudes de aclaración que hayan sido
presentadas a través del portal dentro de los 3er día hábil, desde la fecha de publicación de
las bases en el portal. Las respuestas a las consultas y las aclaraciones estarán a
disposición de los Proponentes dentro del 2do día hábil siguientes al vencimiento del plazo
para presentar consultas y aclaraciones señalado en el numeral precedente.
Las Consultas, Respuestas y Aclaraciones formarán parte integrante de las Bases de esta
licitación.
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DE LAS OFERTAS |
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7.1. RECEPCIÓN DE LAS PROPUESTAS.
Las propuestas se recibirán desde el día de publicación de las presentes Bases en el portal
www.mercadopublico.cl hasta el décimo día corrido, contado desde la fecha de publicación
del llamado a licitación en el portal Mercado Público.
Con todo, en caso de indisponibilidad técnica de la plataforma del portal
www.mercadopublico.cl, o en caso de la concurrencia de alguna de las causales del artículo
115 N° 3 del Decreto Supremo Nº 661 (Procesos de compra fuera del Sistema de
Información), de Hacienda, de 2004, excepcionalmente las ofertas podrán ser
recepcionadas en soporte papel, en un sobre debidamente cerrado, en la Oficina de Partes
de la Dirección Regional, ubicada en Gamero N° 018, comuna y ciudad de Rancagua,
Región del Libertador General Bernardo O´Higgins o mediante el Sistema de Ventanilla
Única de SENDA en el siguiente link: https://sidoc.senda.gob.cl/oficina_virtual.
Sólo se considerarán las propuestas que hubieren sido presentadas a través del portal y
dentro del plazo señalado, por lo que una vez expirado dicho plazo no se admitirá propuesta
alguna. Del mismo modo, los Proponentes no podrán retirar las propuestas ni hacer
modificaciones en ellas una vez presentadas.
Los oferentes deberán firmar de la declaración Jurada de Requisitos para Ofertar que se
encuentra en el portal mercado público, la cual indica que el oferente no ha sido condenado
por prácticas antisindicales, no ha sido condenado por el Tribunal de Defensa de la Libre
Competencia, no tiene prohibición de celebrar actos y contratos, no ha sido condenado por
los Tribunales de Justicias respecto del Articulo 33 de la Ley N° 21.595 sobre delitos
económicos y finalmente que no es funcionario público.
No obstante, lo anterior, la División Jurídica de SENDA, se encargará de verificar la
veracidad de la información entregada y revisará el registro de las sentencias condenatorias
por prácticas antisindicales o desleales que publica semestralmente la Dirección del Trabajo
y examinará, asimismo, si los oferentes hubieren sido condenados por delitos concursales
establecidos en el Código Penal.
En caso de tratarse de una Unión Temporal de Proveedores, el representante de la unión
temporal de proveedores deberá adjuntar al momento de ofertar, el documento público o
privado que da cuenta del acuerdo para participar de esta forma, el cual deberá contener
todas las menciones indicadas en el inciso primero del artículo 181 del Decreto N°661 de 3
de junio de 2024.
En este contexto, en caso de que el oferente sea una Unión Temporal de Proveedores, este
Servicio examinará que ella hubiere presentado el documento en el cual se formaliza la
Unión Temporal de Proveedores, donde deberá estipularse, a lo menos, la solidaridad entre
las partes respecto de todas las obligaciones que se generen con la entidad y el
nombramiento de un representante o apoderado común con poderes suficientes.
En caso de que a alguno de los integrantes de la Unión Temporal le afecte una causal de
inhabilidad, ésta se le comunicará mediante el correspondiente acto administrativo. En dicho
evento, la Unión, dentro del plazo de 5 días hábiles a contar de la publicación de dicha
resolución en el portal www.mercadopublico.cl, deberá informar por escrito en la Oficina de
Partes de la Dirección Nacional, ubicada en Agustinas 1235 piso 7, Santiago Centro, o
mediante el Sistema de Ventanilla Única de SENDA en el siguiente link:
https://sidoc.senda.gob.cl/oficina_virtual , si continuará con los restantes integrantes no
inhábiles de la misma o si se desiste de su participación en el proceso.
7.2. INGRESO DE LA OFERTA TÉCNICA.
La propuesta técnica deberá ingresarse llenando como archivos adjuntos a través del portal
www.mercadopublico.cl en el N° de ID que identifica el presente proceso de licitación, los
Anexos N°2, 3, 4, 5 y 6 debidamente completos y suscritos, los cuales se contienen en el
acápite III de estas bases. Dichos anexos deberán adjuntarse en la carpeta “Archivo Técnico”
del sitio www.mercadopublico.cl, en el ID que identifica esta licitación. La propuesta técnica
deberá formularse en la forma y de acuerdo a los términos y requisitos establecidos en las
Bases Técnicas. La falta o presentación incompleta de uno cualquiera de los referidos
anexos, importará la declaración de inadmisibilidad de la respectiva oferta, si ello procediere
La falta o presentación incompleta de los anexos 2, 3, 4, 5 y 6 importará la declaración
de inadmisibilidad de la respectiva oferta, si ello procediere.
7.3. INGRESO DE LA OFERTA ECONÓMICA.
La oferta económica deberá ingresarse como archivo adjunto en el sitio
www.mercadopublico.cl, en el ID que identifica esta licitación.
Para estos efectos, los oferentes deberán presentar el Anexo N° 5 del acápite III, de estas
bases, denominado “Oferta Económica” el cual contendrá la propuesta económica. En caso
de no presentación o presentación incompleta del referido Anexo N° 5, la oferta respectiva
deberá ser declarada inadmisible.
La propuesta económica deberá estar expresada en moneda nacional, en valor bruto y no
estará sometida a reajuste alguno.
Los oferentes deberán considerar en su oferta económica todos los gastos, incluidos los de
personal, permisos, derechos, insumos y materiales de aseo desinfección, sanitización y
aromatización, otros impuestos y, en general, todo cuanto implique un gasto para el
cumplimiento del contrato, sea éste directo, indirecto o a causa de él. Los precios ofertados,
serán invariables y fijos hasta el total cumplimiento del contrato; no se aceptarán cláusulas
relacionadas con futuros reajustes, variaciones, reconsideraciones o alza de precio cotizado,
con posterioridad a la Propuesta o durante el cumplimiento de ésta.
Para la ejecución del servicio que por medio de las presentes bases se licita; el Servicio
Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol, ha dispuesto
un monto bruto máximo de $19.200.000.- impuestos incluidos. Dicho monto máximo,
comprende un período de 24 meses de servicio.
Dicho monto máximo comprende el pago por la prestación del servicio durante veinticuatro
meses. SENDA declarará inadmisibles las ofertas que excedan el presupuesto disponible.
Se deja expresa constancia que, es responsabilidad exclusiva del oferente, considerar
dentro del monto bruto máximo ofertado, los eventuales impuestos a los que pudiera
verse afecto, a la luz de las modificaciones introducidas por la Ley N° 21.420 y todo
otro eventual hecho gravado que pudiera estar considerado en virtud de los servicios
licitados.
7.4. FALTA U OMISIÓN PROPUESTA
La propuesta es, para todos los efectos, de carácter indivisible. Por consiguiente, y no
obstante que para los efectos de su presentación y evaluación se ha separado en una
propuesta técnica y otra económica, la falta de una u otra importará indistintamente la falta o
no presentación de la propuesta en su totalidad.
7.5. FALTA U OMISIÓN DE PROPUESTA TÉCNICA Y DE LOS ELEMENTOS QUE
ESTA DEBE CONTENER.
Los oferentes que no presenten propuesta técnica, o bien, la presenten con prescindencia
total o parcial de alguno de los anexos exigidos en las presentes bases, quedarán fuera de
este proceso de licitación y por consiguiente sus propuestas no serán objeto de evaluación.
7.6. FALTA U OMISIÓN DE PROPUESTA ECONÓMICA.
Los oferentes que no presenten propuesta económica, o bien presentándola, ésta no cumpla
con lo señalado en el número 7.3 del acápite I de estas bases, quedarán fuera del presente
proceso de licitación y por consiguiente sus propuestas no serán objeto de evaluación.
7.7. VIGENCIA DE LA OFERTA.
La oferta deberá tener una vigencia mínima de 90 días hábiles, contados desde la fecha de
cierre de recepción de ofertas indicada en el portal www.mercadopublico.cl. La oferta cuyo
período de validez sea menor que el requerido será rechazada por SENDA. Sin perjuicio de
lo anterior, ante el silencio del oferente, se entenderá que su oferta tiene la vigencia mínima
de 90 días exigidos en estas bases.
7.8. FECHA DE CIERRE DE RECEPCIÓN DE LAS OFERTAS
La fecha de cierre de recepción de las ofertas será el día de vencimiento del plazo para la
presentación de las mismas indicado en el número 7.1 precedente, el cual será informado en
el portal www.mercadopublico.cl, en el ID que identifica a la presente licitación, una vez
publicadas las presentes bases en el referido portal.
Sin embargo, si el vencimiento del plazo recayere en día inhábil, se postergará la fecha de
cierre de recepción de las ofertas para el día hábil siguiente a la misma hora.
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MODIFICACIÓN A LAS BASES |
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El Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol,
“SENDA”, podrá modificar las presentes Bases, hasta antes del vencimiento del plazo para
presentar ofertas. Estas modificaciones deberán ser aprobadas mediante acto administrativo,
la que será sometida a la misma tramitación que la resolución aprobatoria de las presentes
bases, y será publicada en el portal Mercado Público.
En caso de ser necesario, se deberá fijar prudencialmente un nuevo plazo para la
presentación de ofertas, de manera de permitir que los proveedores interesados puedan
conocer y adecuar su oferta a tales modificaciones.
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APERTURA Y EVALUACIÓN DE LAS OFERTAS. |
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El día hábil siguiente al del cierre de recepción de las ofertas, determinada de conformidad al
número 7.1 de estas bases, se procederá a efectuar la apertura de las ofertas presentadas
en esta la licitación.
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MODALIDAD DE LA LICITACIÓN. |
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La presente licitación será en una etapa, procediéndose en el acto de apertura a abrir tanto la
oferta técnica como la económica.
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COMISIÓN EVALUADORA |
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Las evaluaciones serán realizadas por una comisión evaluadora integrada por, a lo menos,
tres funcionarios del Servicio. Se deja constancia que, de acuerdo al artículo N° 35 nonies de
la Ley 19.886, toda persona que tenga por función calificar o evaluar procesos de licitación
pública o privada deberá suscribir una declaración jurada, por cada procedimiento de
contratación en la que declare4 expresamente la ausencia de conflictos de intereses y se
obliguen a guardar confidencialidad sobre él.
Para ello los miembros de la comisión evaluadora deberán completar antes de evaluar el
proceso licitatorio, la respectiva declaración jurada que la DCCP ha dispuesto para este
caso.
La evaluación de las Ofertas Técnicas y Económicas será realizada por una Comisión
Evaluadora integrada por los siguientes funcionarios(as):
1) El (La) Director(a) Regional de la Dirección Regional de SENDA De O’ Higgins, o por
la persona que éste(a) designe mediante memorándum, el cual deberá ser
inmediatamente enviado mediante correo electrónico al encargado de la Oficina de
informaciones, reclamos y sugerencias, OIRS del servicio.
2) El (la) Encargado(a) de la Unidad de Administración y Finanzas de la Dirección
Regional de SENDA de la Región De O’ Higgins, o por la persona que éste(a)
designe mediante memorándum, el cual deberá ser inmediatamente enviado
mediante correo electrónico al encargado de la Oficina de informaciones, reclamos y
sugerencias, OIRS del servicio.
3) Un profesional con desempeño en la Dirección Regional de SENDA de la Región De
O’ Higgins.
Un Abogado de la División Jurídica del Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación
del Consumo de Drogas y Alcohol, obrará como Ministro de Fe.
En cualquier caso, y conforme al artículo 54 del Reglamento de la Ley N° 19.886, la comisión
evaluadora podrá contar con la asesoría de otros profesionales que cumplan funciones en el
Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol.
Serán funciones de la Comisión Evaluadora, las siguientes:
1) Resolver si las Ofertas Técnicas presentadas por cada proponente se ajustan a las
especificaciones que forman parte de las Bases Técnicas. En caso que ello no ocurra,
deberá rechazar la propuesta sin evaluarla y consignarlo en el acta respectiva.
2) Evaluar las Ofertas Técnicas presentadas.
3) Evaluar las Ofertas Económicas.
4) Solicitar a los Oferentes, durante el proceso de evaluación de las ofertas,
aclaraciones y que salven los errores y omisiones formales detectados en esta etapa,
siempre y cuando las rectificaciones no signifiquen asumir una situación de privilegio
respecto a los demás oferentes y no se afecten los principios de estricta sujeción a
las bases y de igualdad de los proponentes, debiendo informar de dicha solicitud y
modificaciones al resto de los oferentes a través del Sistema de Información de
Compras Públicas. Para estos efectos, deberá solicitarse la información al oferente,
quien en un plazo de 3 días hábiles deberá enviar su respuesta a través del portal
www.mercadopúblico.cl.
5) Confeccionar un Acta Final de Evaluación en la que dejará constancia, de lo
siguiente:
Los criterios y ponderaciones utilizados en la evaluación de las ofertas.
Las ofertas que deben declararse inadmisibles por no cumplir con los requisitos
establecidos en las bases, debiéndose especificar los requisitos incumplidos.
La proposición de declaración de la licitación como desierta, cuando no se
presentaren ofertas, bien, cuando la comisión evaluadora juzgare que las ofertas
presentadas no resultan convenientes a los intereses del Servicio.
La asignación de puntajes para cada criterio y las fórmulas de cálculo aplicadas
para la asignación de dichos puntajes, así como cualquier observación relativa a la
forma de aplicar los criterios de evaluación.
La proposición de adjudicación, dirigida a la autoridad facultada para adoptar la
decisión final.
Durante el periodo de evaluación los oferentes no podrán mantener contacto con SENDA
para los efectos de la misma, a menos que las presentes Bases señalen alguna excepción.
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ACLARACIONES, ERRORES U OMISIONES |
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Una vez realizada la apertura de las ofertas, SENDA, podrá solicitar a los oferentes las
aclaraciones que sean necesarias para una mejor comprensión de su oferta, así como que
salven errores u omisiones formales, siempre y cuando las rectificaciones de dichos vicios no
les confieran una situación de privilegio respecto de los demás proponentes, esto es, en
tanto no se afecten los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los
oferentes, y se informe de dicha solicitud al resto de los oferentes si correspondiere, a través
del portal www. mercadopublico .cl. Para estos efectos, el oferente dispondrá de un plazo de 3
días hábiles, para enviar su respuesta a través del portal www.mercadopúblico.cl.
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EVALUACIÓN DE LAS OFERTAS |
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La evaluación de las ofertas será realizada por SENDA de acuerdo a los siguientes criterios:
Evaluación Oferta Técnica: 70% ponderación.
Evaluación Oferta Económica: 30% ponderación
Evaluación Oferta: Las propuestas serán evaluadas de acuerdo a los criterios de evaluación
y pauta de evaluación que se indica a continuación, todo ello en base a una escala de notas
de 0 a 100. No se aproximarán decimales y se trabajará siempre hasta el segundo de ellos.
1) Oferta Técnica (70%):
a) Criterio Años de Experiencia en el rubro (Anexo N°2): 15%.
b) Criterio Condiciones de empleo y remuneración (Anexo N°3): 25%.
c) Criterio Contratación Pública Sustentable: 5%.
d) Pacto de Integridad 2%
e) Requisitos Formales 3%
f) Criterio Personal de reemplazo (Anexo N°4): 20%.
2) Oferta Económica (30%)
1) Oferta Técnica (70%):
a) Años de experiencia en el rubro, este ítem se evaluará según la Información
ingresada en el Anexo 2 en conjunto con los antecedentes solicitados. Equivale a un
porcentaje del 15%.
Asignación de puntajes:
100 puntos si acredita 3 o más años de experiencia.
60 puntos si acredita menos de 3 años y 2 años de experiencia.
30 puntos si acredita menos de 2 años y más de 1 año de experiencia.
10 puntos si acredita hasta 1 año de experiencia.
1 puntos si nada señala o no acredita experiencia
b) Condiciones de empleo y remuneración, este ítem se evaluará según la Información
ingresada en el Anexo 3 en conjunto con los antecedentes solicitados. Equivale a un
porcentaje del 25%.
Asignación de puntajes:
100 puntos a la oferta que presente el mayor valor bruto de ingreso mensual total de todos los
trabajadores que prestarán el servicio. El valor del resto de las ofertas se calculará
multiplicando cada valor por 100 y dividiendo el resultado por el monto de la oferta más alta
de sueldo.
Si no indica información será asignada nota 1 (uno).
Información ingresada en el Anexo 3 en conjunto con los antecedentes solicitados.
En caso que el oferente sea una persona natural que desempeñará personalmente el servicio,
se asignarán 100 puntos en el presente criterio.
c) Contratación Pública Sustentable: Este criterio tiene por objeto evaluar
positivamente si el oferente contrata personas pertenecientes a minorías étnicas o jóvenes
desempleados, o mujeres adulto mayor. Equivale a un porcentaje del 5%. En caso que el
oferente sea una persona natural que en forma personal prestará el servicio, será evaluado
con puntaje 100 en caso que la misma perteneciere a alguna de las categorías
precedentemente descritas.
Si el oferente contrata personas que realizarán el servicio, se asignarán puntajes de acuerdo
a la siguiente pauta:
Persona contratada para la prestación del Servicio es perteneciente a una de las
siguientes categorías (5%):
100 puntos si pertenece a una Minoría Étnica, persona contratada es joven desempleado o
Persona contratada es Mujer adulto Mayor***
0 punto no pertenece o no indica a ninguna de las categorías arriba señaladas.
*** La condición de calidad Indígena se acreditará por certificado otorgado por la CONADI. La
condición de mujer adulto mayor se acreditará con fotocopia simple de la Cédula de
Identidad de la trabajadora. Por último la condición de joven desempleado se demostrará
mediante la presentación de un certificado de la AFP donde está afiliado, que no ha tenido
cotización durante los últimos 6 meses, o bien, en caso de ser un joven desempleado que
no está inscrito en la AFP, deberá cumplir con los requisitos para ser beneficiario del
programa “subsidio empleo joven”, lo que se acreditará según el resultado de ingresar el
RUT del empleado en http://aplicaciones.sence.cl/sej/wsj033.aspx., debiendo acompañarse
copia de pantalla. Estas categorías no son acumulables, obteniéndose el 100% del puntaje
de ese sub-criterio, en caso de presentar al menos uno de los medios de verificación
señalados.
d) Cumplimiento de Programa de Integridad (2%): Las entidades deberán acompañar
documentos que permitan verificar la existencia del programa de integridad y su difusión
dentro de la empresa u organización. Equivale a un porcentaje del 2%.
Se podrá verificar mediante cualquier documento, manual, circular, memorándum interno,
correo electrónico o cualquier otro documento idóneo para dar cuenta de la implementación y
difusión del señalado programa (en idioma español), se asignará puntaje 100 al oferente que
cuente con dicho programa y acompañe los respectivos verificadores.
En el caso que el servicio sea ejecutado directamente por personas naturales (Anexo 7B), se
evaluara la formación personal en cursos de perfeccionamiento, diplomados y/o
capacitaciones en modalidad presencial y/o E-learning u otros documentos fidedignos en que
conste que se han capacitado en integridad o compliance, se asignará puntaje 100 a la
persona natural que cuente con la señalada formación y acompañe los verificadores de ello.
Para dar cuenta de la implementación de un programa de integridad deberá completarse el
anexo N° 7 y además acompañar en formato libre él o los documentos verificadores.
Cumplimiento de Programa de Integridad Puntaje
Oferente cuenta con un programa de integridad conocido por su
organización o en caso de las personas naturales cuenta con formación
personal acreditada en materia de integridad o compliance. 100
Oferente no cuenta con un programa de integridad conocido por su
organización o en caso de las personas naturales no se cuenta con
formación personal acreditada en materia de integridad o compliance. 0
e) Cumplimiento de Requisitos Formales (3%): Este criterio será aplicado para
evaluar el ingreso de la totalidad de la documentación solicitada en estas bases (anexos
administrativos, técnicos y económicos). Equivale a un porcentaje del 3%.
El oferente que presente su oferta cumpliendo todos los requisitos formales de presentación
de ésta y acompañando todos los antecedentes requeridos, sin errores u omisiones formales,
obtendrá 100 (cien) puntos.
Cumplimiento Requisitos Formales Puntaje
El Oferente cumple con todos los requisitos formales en la presentación de la
oferta en los plazos establecidos para ello y no se le solicitan antecedentes
conforme al art. 56 del Decreto N°661 reglamento de la Ley 19.886.
100
No cumple con la presentación completa de los antecedentes, pero los
acompaña con posterioridad, o se le solicitó salvar errores u omisiones formales,
conforme al art. 56 del Decreto N°661 reglamento de la Ley 19.886.
50
No acompaña con posterioridad los documentos solicitados, conforme al art. 56
del Decreto N°661 Reglamento de la ley N°19.886, o lo acompañado no cumple
con lo solicitado.
0
f) Personal de Reemplazo, este ítem se evaluará según información ingresada en el
Anexo N°4 en conjunto con los antecedentes solicitados. Equivale a un porcentaje del 20%.
Asignación de puntajes:
100 puntos si dispone de 2 o más personas para efectuar eventuales reemplazos que se
requieran.
50 puntos si dispone de 1 persona para efectuar eventuales reemplazos que se requieran.
0 punto no dispone de personas para efectuar eventuales reemplazos o no indica. Si es
calificada con puntaje 0, su oferta no podrá ser adjudicada y deberá ser declarada inadmisible
2) Evaluación de oferta económica (30%):
La evaluación de la oferta económica se hará sobre la base de una escala de 1 a 100 puntos,
mediante la aplicación de una regla aritmética de tres inversamente proporcional, asignando
la nota más alta a la propuesta de menor valor económico. La evaluación se hará con el
mérito de la información contenida en el Anexo N°5 del acápite III de estas bases.
La propuesta que exceda al monto máximo presupuestado indicado en el número 7.3 del
acápite I de estas bases, no será objeto de evaluación quedando en consecuencia fuera de la
presente licitación, y su oferta deberá ser declarada inadmisible.
La nota resultante de la evaluación obtenida en este criterio, ponderada a su vez por el 30%
asignado, dará la nota final de este criterio.
Puntaje Final:
El Puntaje Final de las Ofertas considera la sumatoria de todos los puntajes asignados en
cada criterio de evaluación.
PFTE = Puntaje Técnico *70% + Puntaje Económico *30%
El proveedor que haya obtenido la puntuación más alta en el sumatorio total de los criterios de
evaluación se adjudicará el proceso en cuestión
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MECANISMO DE DESEMPATE |
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En caso de verificarse un empate en la calificación final obtenida entre dos o más oferentes,
se aplicarán los siguientes criterios para los efectos de dirimirlos, en el orden de prelación
que a continuación se indica:
a. Primeramente, se resolverá éste a favor de aquel oferente que hubiere obtenido la más
alta calificación en el criterio de evaluación de la “Oferta Técnica”.
b. Sí, no obstante, y luego de aplicar el criterio precedente, se mantuviere el empate, se
resolverá éste a favor de aquel oferente que hubiere obtenido la más alta calificación en
el criterio de evaluación de la oferta técnica denominado “Criterio Condiciones de
empleo y remuneración”.
c. Sí, no obstante, y luego de aplicar el criterio precedente, se mantuviere el empate, se
resolverá éste a favor de aquel oferente que hubiere obtenido la más alta calificación en
el criterio de evaluación de la oferta técnica denominado “Años de Experiencia en el
rubro”.
d. Sí, no obstante, y luego de aplicar el criterio precedente, se mantuviere el empate, se
resolverá éste a favor de aquel oferente que hubiere obtenido la más alta calificación en
el criterio de evaluación de la oferta técnica denominado “Contratación Pública
Sustentable”.
e. Sí, no obstante, y luego de aplicar el criterio precedente, se mantuviere el empate, se
resolverá éste a favor de aquel oferente que hubiere obtenido la más alta calificación en
el criterio de evaluación de la oferta técnica denominado “Personal de reemplazo”.
f. Sí, no obstante, y luego de aplicar el criterio precedente, se mantuviere el empate, se
resolverá éste a favor de aquel oferente que hubiere obtenido la más alta calificación en
el criterio de evaluación de la oferta técnica denominado Oferta Económica.
g. Sí, no obstante, y luego de aplicar el criterio precedente, se mantuviere el empate, se
resolverá éste a favor de aquel oferente que hubiere obtenido la más alta calificación en
el criterio de evaluación de la oferta técnica denominado “Cumplimiento de Requisitos
Formales”.
h. Sí, no obstante, y luego de aplicar el criterio precedente, se mantuviere el empate, se
resolverá éste a favor de aquel oferente que hubiere obtenido la más alta calificación en
el criterio de evaluación de la oferta técnica denominado “Cumplimiento de Programa
de Integridad”.
i. Finalmente, si aplicados todos los criterios anteriores, se mantuviere el empate, será
adjudicada al primero que haya presentado su oferta en el portal.
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ADJUDICACIÓN |
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La adjudicación se realizará dentro de los 20 días hábiles siguientes a la fecha de cierre de
la etapa de evaluación informado a través del portal www.mercadopublico.cl en el ID que
identifica la presente licitación.
Sin perjuicio de lo anterior, SENDA, a través de acto administrativo fundado, totalmente
tramitado, podrá ampliar el plazo para realizar la adjudicación, informando de este hecho, sus
fundamentos y del nuevo plazo a través del portal www.mercadopublico.cl.
Una vez adjudicada la licitación, el Adjudicatario deberá obtener los documentos que sean
necesarios para la emisión de la Orden de Compra, individualizados en el número 19 del
acápite I de las presentes bases.
Con todo, y en caso de que el oferente favorecido con la adjudicación no se encuentre
inscrito en el Registro Electrónico Oficial de Contratistas de la Administración,
ChileProveedores, deberá solicitar su inscripción en él, dentro de los 3 días siguientes de
informada la adjudicación en el portal. De no inscribirse, SENDA podrá considerar que el
oferente se desiste de formalizar la contratación.
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SELECCIÓN DEL ADJUDICADO |
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16.1 SELECCIÓN DEL ADJUDICADO Y READJUDICACIÓN.
El Proponente que haya obtenido el mayor puntaje final en la evaluación, será seleccionado.
Para estos efectos, se procederá a su adjudicación mediante acto administrativo fundado del
SENDA, debidamente notificado al Adjudicatario y al resto de los Oferentes, a través del
Sistema de Información de Compras Públicas. En dicho acto deberán especificarse los
criterios de evaluación y el puntaje que hayan permitido al Adjudicatario obtener la
calificación de oferta más conveniente.
La notificación de la adjudicación, tanto al oferente adjudicado como a los oferentes no
adjudicados, se realizará a través del portal www.mercadopublico.cl.
En el caso que el adjudicatario se encuentre inhabilitado para contratar con el Estado,
desista de su oferta o incurra en cualquier otra causal que impida suscribir el contrato
respectivo, se adjudicará al oferente que, según el Acta Final de Evaluación, hubiese
obtenido el siguiente mayor puntaje final, si dicha oferta es conveniente a los intereses del
SENDA, o en su defecto, se declarará desierta la licitación, a través de acto administrativo
fundado.
16.2 CAUSALES PARA DEJAR SIN EFECTO LA ADJUDICACIÓN
El SENDA dejará sin efecto la adjudicación, mediante el correspondiente acto administrativo,
por las siguientes causales:
a) Si el oferente adjudicado presentara alguna de las inhabilidades señaladas en el
numeral 18.
b) Si el oferente adjudicado no entregare en tiempo y forma los documentos señalados
en el número 19 de las presentes Bases.
c) Si el oferente adjudicado, mediante comunicación formal al SENDA, se desistiera de
su oferta.
d) Si el oferente adjudicado se negare a aceptar la Orden de Compra
De producirse alguna de las situaciones señaladas anteriormente, el SENDA adjudicará a
aquél oferente que, según el Acta Final de Evaluación, hubiese obtenido el siguiente mayor
puntaje final, si dicha oferta es conveniente a los intereses del SENDA, o bien se declarará
desierta la licitación, a través de acto administrativo fundado.
16.3 RECHAZO DE LAS OFERTAS.
SENDA declarará inadmisibles las Ofertas cuando éstas no cumplan con los requisitos
establecidos en las presentes Bases. Declarará desierta la licitación, cuando no se presenten
ofertas o cuando éstas no resulten convenientes para los intereses del SENDA. En
cualquiera de dichos casos la declaración deberá ser por acto administrativo fundado.
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FORMALIZACIÓN DE LA CONTRATACIÓN |
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De conformidad con lo preceptuado en el artículo 41 número 9 del Decreto 661, en atención
a que el monto involucrado en la presente licitación es inferior a 1000 UTM y siendo el
servicio requerido de simple y objetiva especificación, no se suscribirá contrato con el
adjudicatario, bastando únicamente la emisión de la correspondiente orden de compra, la
que deberá ser aceptada por el adjudicatario dentro del plazo de 48 horas contadas desde la
fecha de envío de la misma por parte de SENDA al adjudicatario y hará las veces de
contrato para todos los efectos legales, el que se regirá estrictamente por lo dispuesto en
estas bases y supletoriamente por lo establecido en la Ley de Compras Públicas Ley N°
19.886 y su reglamento.
Con todo, se hace presente que SENDA no emitirá ninguna orden de compra en tanto el
adjudicatario no haga entrega de la documentación exigida en el número 19 del acápite I de
estas bases.
El Adjudicado deberá acompañar la documentación requerida en el número 19 del acápite I
de estas bases, dentro del plazo máximo de 10 días corridos contados desde la fecha en que
sea informada la adjudicación a través del portal www.mercadopublico.cl.
Si el adjudicado no acompañara dicha documentación en el plazo señalado o no aceptará la
respectiva orden de compra dentro del plazo ya indicado, se tendrá por desistida su oferta.
En tal caso el SENDA, a menos que el retraso se deba a una causa imputable a SENDA,
adjudicará al Oferente que, según el Acta Final de Evaluación haya obtenido el siguiente
mejor puntaje final o declarará desierta la licitación, a través de acto administrativo fundado.
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INHABILIDADES PARA FORMALIZAR LA EMISIÓN DE LA OC |
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No podrá formalizarse la emisión de la orden de compra respecto de los oferentes que
presenten alguna de las siguientes inhabilidades:
a) No estar afecto a ninguna de las inhabilidades indicadas en el artículo 4° inciso
primero, ni tampoco en el artículo 35 quater, todos de la Ley N° 19.886, de Bases
sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios.
b) Quienes se encuentren inhabilitados en conformidad con lo dispuesto en el artículo 35
quater de la ley N°19.886
c) Las personas naturales que sean funcionarios directivos del SENDA o que estén
unidas a ellos por los vínculos de parentesco descritos en la letra b) del artículo 54 de
la Ley Nº 18.575, Ley Orgánica Constitucional de Bases Generales de la
Administración del Estado.
d) Las sociedades de personas en las que formen parte funcionarios directivos del
SENDA o las personas que estén unidas a ellos por los vínculos de parentesco
descritos en la letra b) del artículo 54 de la Ley Nº 18.575; ni tampoco aquellas
sociedades en comanditas por acciones o anónimas cerradas en que aquéllos o éstas
sean accionistas; ni aquellas sociedades anónimas abiertas en aquellos o éstas sean
dueños de acciones que representen el 10% o más del capital; ni con los gerentes,
administradores, representantes o directores de cualquiera de las sociedades
antedichas.
e) Las personas jurídicas que hayan sido declaradas responsables penalmente, de
conformidad al artículo 8 y 10 de la ley 20.393, que Establece la Responsabilidad
Penal de las Personas Jurídicas en los Delitos de Lavado de Activos, Financiamiento
del Terrorismo y Delitos de Cohecho que Indica.
f) Haber sido condenado por el Tribunal de Defensa de la Libre Competencia en
conformidad con lo dispuesto en el artículo 26, letra d), del Decreto Ley N° 211, de
1973. Si el adjudicatario presenta alguna de las inhabilidades indicadas, el SENDA
adjudicará la licitación, al Oferente que según el Acta de Evaluación Final hubiese
obtenido el siguiente mayor puntaje final técnico-económico, si dicha oferta es
conveniente para los intereses del SENDA, o declarará desierta la licitación, según
corresponda, a través de acto administrativo fundado.
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DOCUMENTACIÓN REQUERIDA PARA EMITIR LA ORDEN DE COMPRA |
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Dependiendo de su condición legal, el oferente seleccionado deberá presentar dentro del
plazo máximo de 10 días hábiles contados desde la fecha en que sea informada la
adjudicación a través del portal www.mercadopublico.cl la documentación que a continuación
se indica para los efectos de emitir la respectiva Orden de Compra.
19.1 Todos los oferentes.
1. Encontrarse inscrito y hábil en el registro de contratistas y proveedores de la Dirección
de Compras y Contratación Pública.
2. Con el objeto de acreditar el cumplimiento de sus obligaciones laborales y previsionales
con sus actuales trabajadores y con los contratados en los últimos dos años, el
adjudicatario deberá acompañar un certificado vigente de Antecedentes Laborales y
Previsionales, otorgado por la Dirección del Trabajo y una declaración jurada según el
formato que a continuación se indica:
3. En el caso que el adjudicatario tenga trabajadores contratados o los haya tenido durante
los últimos dos años, deberá acompañar una declaración jurada según el formato que a
continuación se indica, debiendo seleccionar sólo una de las opciones especificadas:
Dependiendo de su condición legal, el oferente seleccionado deberá presentar dentro del
plazo para suscribir el convenio, la documentación que a continuación se indica para
suscribir el contrato respectivo.
DECLARACION JURADA
En Santiago de Chile, a..... de .............. de 2025,
don/doña ...................................................................................., representante legal
de………………………………………….…, RUT………………, viene en declarar que:
a) La entidad que represento no registra saldos insolutos de remuneraciones o
cotizaciones de seguridad social con los actuales trabajadores o con trabajadores
contratados en los últimos dos años.
b) La entidad que represento registra saldos insolutos de remuneraciones o
cotizaciones de seguridad social con los actuales trabajadores o con trabajadores
contratados en los últimos dos años, cuyo monto asciende a _______________
Firma: …………..…………..
Nombre: …………..…………
RUT: ..………….………….
En el caso que el adjudicatario no tenga trabajadores contratados actualmente, ni los haya
tenido durante los últimos dos años, deberá acompañar una declaración jurada según el
formato que a continuación se indica:
DECLARACION JURADA
En Santiago de Chile, a..... de .............. de 2025,
don/doña ...................................................................................., representante legal
de………………………………………….…, RUT………………, viene en declarar que:
La entidad que represento no tiene actualmente, ni ha tenido contratados durante los
últimos dos años trabajadores dependientes regidos por el código del trabajo.
Por lo tanto, no registra saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de
seguridad social con los actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los
últimos dos años.
Firma: …………..…………..
Nombre: …………..……….
RUT: ..………….………….
En el caso que el adjudicatario registre saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de
seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos
dos años, los primeros estados de pago producto del contrato licitado deberán ser destinados
al pago de dichas obligaciones, debiendo la empresa acreditar que la totalidad de las
obligaciones se encuentran liquidadas al cumplirse la mitad del período de ejecución de la
contratación.
SENDA exigirá que la empresa contratada proceda a dichos pagos y le presenten los
comprobantes y planillas, en la oportunidad señalada que demuestren el total cumplimiento
de las obligaciones adeudadas.
El incumplimiento de estas obligaciones por parte de la empresa contratada dará derecho a
dar por terminado el respectivo contrato, pudiendo llamarse a una nueva licitación en la que
la empresa referida no podrá participar.
19.2 Documentos para Persona Natural:
1. Fotocopia del R.U.T.
2. Declaración Jurada de no estar afecto a las inhabilidades para contratar.:
DECLARACION JURADA
En Santiago de Chile, a..... de .............. de 2025,
don/doña ...................................................................................., representante legal
de………………………………………….…, RUT………………, viene en declarar que:
No estar afecto a ninguna de las inhabilidades indicadas en el artículo 4° inciso sexto, de la
Ley 19.886, de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de
Servicios.
No he sido condenado por el Tribunal de Defensa de la Libre Competencia en conformidad
con lo dispuesto en el artículo 26, letra d), del decreto ley N° 211, de 1973.
Firma: …………..……………..
Nombre: …………..…………..
RUT: ..………….……………..
19.3 Documentos para Persona Jurídica Nacional (Incluidas las Empresas
Individuales de Responsabilidad Limitada):
A. EN CASO DE SOCIEDADES:
1. Escritura pública de constitución y de las últimas modificaciones necesarias para la
acertada determinación de la razón social, objeto, administración y representación legal, si
las hubiere, y sus correspondientes extractos, publicaciones en el Diario Oficial e
inscripciones en el Conservador de Bienes Raíces y Comercio que corresponda, y en los
casos de Sociedades constituidas o que se acojan a la ley N° 20.659 deberán acompañar
certificado de estatuto actualizado y de anotaciones, emitido por la entidad competente.
2. Copia de Inscripción con vigencia de la Sociedad, emitida por el Registro de Comercio
del Conservador de Bienes Raíces que corresponda, y en los casos de Sociedades
constituidas o que se acojan a la ley N° 20.659 deberán acompañar certificado vigencia,
emitido por la entidad competente.
3. Certificado de vigencia de poder, del representante legal de la Sociedad, emitida por
el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces que corresponda.
4. Fotocopia simple del R.U.T. de la entidad.
5. Fotocopia simple de la cédula nacional de identidad de él o los representantes
legales.
Los documentos indicados en los numerales 2 y 3 los otorga el Conservador de Bienes
Raíces y de Comercio correspondiente al domicilio en que se inscribió la sociedad.
B. EN CASO DE FUNDACIONES O CORPORACIONES:
1. En entidades constituidas conforme al Decreto N° 110, de 1979 del Ministerio de
Justicia: Acta de asamblea constituyente y estatutos, reducidos a escritura pública.
2. En entidades constituidas conforme a la Ley N° 20.500 Sobre Asociaciones y
Participación Ciudadana en la Gestión Pública: Acta de asamblea constituyente y estatutos,
reducidos a escritura pública o documento privado suscrito ante ministro de fe, y debidamente
autorizados por el Secretario Municipal respectivo, en los términos establecidos por el artículo
548 del Código Civil.
3. Según corresponda, Decreto de Concesión que otorga la personalidad jurídica, o
certificado de vigencia en donde conste Número de Inscripción en el Registro Nacional de
Personas Jurídicas sin Fines de Lucro a cargo del Servicio de Registro Civil e Identificación.
4. Publicación en el Diario Oficial del decreto que otorga la personalidad jurídica, cuando
corresponda.
5. Según corresponda, Decreto que aprueba reformas a los estatutos en que caso que
existiere y todas las escrituras públicas insertar en ellos, y sus pertinentes publicaciones en el
Diario Oficial; o acta o actas donde se apruebe la reforma de estatutos, debidamente
autorizadas por el Secretario Municipal respectivo.
6. Certificado de Vigencia emitido por el Servicio de Registro Civil e Identificación.
7. Certificado de Directorio emitido por el Servicio de Registro Civil e Identificación.
C. PARA AMBOS CASOS: además, en necesario adjuntar lo siguiente: Documento que
acredite la personería del representante legal, autorizado para suscribir contratos.
D. EN TODOS LOS CASOS: Declaración jurada de no estar afecto a las inhabilidades
para contratar, que se encuentra en el portal mercado público.
Se exceptúan de declarar lo requerido en el número 1 de la declaración jurada, las
Universidades, Corporaciones o Fundaciones.
19.4 Documentos para Persona Jurídica Extranjera:
1. Deberá acreditar su existencia legal y vigencia acompañando los documentos que
acrediten dicha circunstancia, los que deberán ser legalizados en Chile, tanto en el
Consulado del país de origen como en el Ministerio de Relaciones Exteriores de Chile.
2. Deberá acreditar la existencia de un representante legal en Chile, acompañando para
ello escritura pública donde conste el mandato y representación, y los documentos que
acrediten la existencia, vigencia y representación legal de este mandatario, legalizados si
hubiesen sido otorgados en el extranjero; o escritura pública de constitución de sociedad
chilena, documento donde conste la personería del representante legal, RUT de la sociedad
chilena y cédula de identidad del representante legal; o escritura pública de constitución de
agencia de la sociedad extranjera, documento donde conste la personería del representante
legal, RUT de la agencia y cédula de identidad del representante legal, cuyo objeto debe
comprender la ejecución del contrato materia de las presentes bases.
3. Deberá designar domicilio en Chile.
4. Si se trata de una Sociedad Anónima extranjera deberá acreditar su existencia de
acuerdo a lo dispuesto en el artículo 121 y siguientes de la Ley Nº 18.046.
19.5 Unión Temporal de Proveedores
En caso de que el oferente corresponda a una Unión Temporal de Proveedores, cada uno de
sus integrantes deberá presentar todos los documentos señalados en los puntos anteriores,
según sea el caso.
Con todo, se hace presente, que no será necesaria la presentación de aquellos documentos
que se encuentren digitalizados y vigentes en el portal www.mercadopublico.cl.
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DEL PRECIO DEL SERVICIO Y EL PAGO |
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El precio será el valor de la propuesta económica del adjudicatario, que no podrá en ningún
caso superar la cantidad de $19.200.000.- impuestos incluidos.
El pago por los servicios, será por el valor ofertado, en 24 cuotas iguales, mensuales y
sucesivas impuestos incluidos, las que se pagarán en moneda nacional, contra presentación
de la respectiva factura o boleta, pagadera en un plazo máximo de 30 días, previa visación
del respectivo documento tributario, por la unidad de Administración y Finanzas de la
Dirección Regional De O’ Higgins.
En forma conjunta con la entrega de cada factura o boleta mensual, el prestador del
servicio deberá presentar:
Fotocopia de las liquidaciones de sueldo, firmadas por los trabajadores que prestaron el
servicio a SENDA, del mes anterior al que se está pagando. (No se exigirá esta
obligación en caso que el prestador del servicio sea una persona natural que ejerza en
forma personal los servicios requeridos).
Certificado o comprobante de Pago de Cotizaciones previsionales y de Salud del mes
anterior, de las personas que prestaron el servicio el mes anterior al que se está
pagando. (No se exigirá esta obligación en caso que el prestador del servicio sea una
persona natural que ejerza en forma personal los servicios requeridos).
Para el pago del primer mes sólo se exigirá la factura y las liquidaciones de sueldo firmadas.
En el caso que la empresa contratista registre saldos insolutos de remuneraciones o
cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores
contratados en los últimos dos años, los primeros estados de pago producto del contrato
licitado deberán ser destinados al pago de dichas obligaciones, debiendo la empresa
acreditar que la totalidad de las obligaciones se encuentran liquidadas al cumplirse la mitad
del período de ejecución del contrato, con un máximo de seis meses. SENDA exigirá que la
empresa contratada proceda a dichos pagos y le presente los comprobantes y planillas que
demuestren el total cumplimiento de la obligación. El incumplimiento de estas obligaciones
por parte de la empresa contratada, dará derecho a dar por terminado el respectivo contrato,
pudiendo llamarse a una nueva licitación en la que la empresa referida no podrá participar.
Los documentos de cobro (factura o boleta mensual) deberán extenderse a nombre del
Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol,
RUT N° 61.980.170-9, dirección Agustinas N° 1235, piso 7, Santiago.
Las boletas o facturas deberán entregarse en las dependencias de la Dirección regional de
SENDA De O’ Higgins.
Finalmente, el o los pagos sólo podrán hacerse efectivos una vez aceptada la orden de
compra por parte del proveedor, y se haga entrega por parte del Contratista el documento
tributario correspondiente.
Sin perjuicio de lo anterior, el SENDA podrá reclamar en contra del contenido de la factura
dentro del plazo establecido en la Ley Nº 19.983.
Los documentos de cobro (factura o boleta mensual) deberán extenderse a nombre del
Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol, RUT
N°61.980.170-9, y subida mediante el Sistema de Ventanilla Única de SENDA en el
siguiente link: https://sidoc.senda.gob.cl/oficina_virtual y deberá ser enviado a la casilla de
correo electrónico dipresrecepcion@custodium.com.
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VIGENCIA DE LA CONTRATACIÓN |
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El plazo de duración del contrato se extenderá por veinte y cuatro meses, a contar de la
fecha de aceptación de la respectiva Orden de Compra por parte del proveedor adjudicado,
sin perjuicio que el Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de
Drogas y Alcohol pueda señalar una fecha distinta para el inicio de la prestación, lo cual será
comunicado al contratista luego de la aceptación de la orden de compra.
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MODIFICACIÓN DE CONTRATO |
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Si con posterioridad a la formalización de la contratación, el SENDA estima necesario realizar
modificaciones en sus requerimientos de servicio, las que por su magnitud representen un
esfuerzo significativo para el adjudicatario, podrá proponer a éste las modificaciones
señaladas, las que podrán incluir las prestaciones y el precio, no pudiendo exceder este
último el 30 % del originalmente propuesto.
La modificación señalada deberá ser sancionada mediante la dictación del correspondiente
acto administrativo totalmente tramitado, el cual tendrá por fundamento la solicitud escrita de
SENDA dirigida al adjudicatario y la cotización presentada por el mismo, donde consten las
prestaciones y el precio que será objeto de la modificación
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FACTURACIÓN |
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El valor de cada estado de pago se facturará a nombre del Servicio Nacional para la
Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol, RUT Nº 61.980.170-9, con
domicilio en Agustinas 1235 piso 7, Comuna de Santiago.
El Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol
podrá reclamar del contenido de la factura de acuerdo a las disposiciones contenidas en la
Ley 19.983. Asimismo, las partes acuerdan que el Servicio Nacional para la Prevención y
Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol podrá reclamar del contenido de la factura
dentro del plazo señalado en la ley N°19.983.
En este caso, el reclamo deberá ser puesto en conocimiento del emisor de la factura por
correo electrónico, o por cualquier otro modo fehaciente, conjuntamente con la devolución de
la factura y la guía o guías de despacho, o bien junto con la solicitud de emisión de la nota de
crédito correspondiente. El reclamo se entenderá practicado en la fecha de envío de la
comunicación.
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OBLIGACIONES DEL PRESTADOR DEL SERVICIO |
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a) Ejecutar el contrato de buena fe y emplear el máximo de cuidado y dedicación para su
debido cumplimiento.
b) Cumplir contrato con la estricta sujeción a lo establecido en las presentes bases y en los
demás documentos que rigen esta licitación.
c) Abstenerse de realizar o pretender implementar cualquier cambio en la forma de prestar
los servicios que no esté considerando en las bases y no hayan sido autorizado por la
contraparte técnica.
d) No podrá utilizar los artefactos eléctricos de SENDA a saber: microondas, refrigeradores,
computadores, máquinas fotocopiadoras, equipos de música, etc. El uso de alguno de
estos equipos significará el cambio del personal involucrado, y las posibles multas
aplicables al contrato entre prestador del servicio y SENDA.
e) Deberá cumplir con todas las normas legales y reglamentarias aplicables a la
contratación, especialmente en materia de accidentes del trabajo y prevención de
riesgos, laborales, de remuneraciones, de previsión y seguridad social, u otros que le
sean aplicables.
f) Deberá asegurar antecedentes intachables de las personas que desempeñarán el
servicio en SENDA, haciéndose responsable por dicha información.
g) Asumir la responsabilidad de todo accidente o daño que durante la vigencia del contrato
le pudiera ocurrir al personal o a los bienes de SENDA, que sean imputable al Prestador
del servicio o al personal de su dependencia. En estos casos el Prestador del servicio
deberá reponer en el más breve plazo el daño ocasionado.
h) Emplear el máximo de cuidado respecto del uso de los bienes, materiales y equipos que
sean de su propiedad. En consecuencia, no habrá derecho a indemnización o
reembolsos de ninguna especie por pérdida, destrucción, deterioro o desgaste que éstos
experimenten, incluyendo la fuerza mayor y caso fortuito.
i) Dar fiel y oportuno cumplimiento a lo ordenado por persona designada por SENDA para
ser la contraparte técnica. En especial, deberá entregarle, cuando le sean solicitados,
copia de los contratos de trabajo vigentes, liquidaciones de sueldo, finiquitos y cualquier
otra documentación que le sea solicitada con la finalidad de verificar el cumplimiento de
las obligaciones legales para con los trabajadores.
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AMONESTACIONES |
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Por amonestación debe entenderse la advertencia que se realiza al contratista, en virtud de la
cual se le representa un hecho reñido con la fiel ejecución del servicio y donde se le insta a la
enmienda de la conducta, conminándolo con la advertencia de una sanción mayor en el
evento de reincidir.
Procedimiento de aplicación de amonestaciones:
Si analizados los antecedentes se determina la aplicación de amonestaciones por este
Servicio, SENDA le comunicará al contratista mediante correo electrónico los hechos que
originan la amonestación.
Las notificaciones que se efectúen al contratista en virtud de este procedimiento, se realizarán
mediante correo electrónico dirigido a la casilla de correo electrónico indicada por el
contratista en el formulario de presentación de propuesta.
El profesional tendrá un plazo de 5 días hábiles contados desde que se le haya enviado el
correo electrónico, para efectuar sus descargos ante SENDA, acompañando todos los
antecedentes y pruebas que acrediten la existencia de un caso fortuito, fuerza mayor o que
demuestren fehacientemente que no ha tenido responsabilidad en los hechos que originan la
amonestación, o que desvirtúen los antecedentes analizados por el SENDA.
Con todo, si el contratista no presentara sus descargos en el plazo señalado, se tendrán por
acreditados los hechos constitutivos de amonestación y se procederá a dictar el
correspondiente acto administrativo que así lo declare.
El contratista podrá, sin perjuicio de los demás recursos contemplados en la ley N° 19.880,
presentar recurso de reposición ante el jefe Superior del Servicio, dentro de los cinco días
hábiles contados desde la notificación de la resolución que se recurre, quien dispondrá por su
parte de diez días hábiles, contados desde la recepción del recurso, para resolver si lo acoge
total o parcialmente. Si el contratista no presenta recurso de reposición dentro del plazo
indicado, la amonestación quedará firme, sin perjuicio de la pertinencia del recurso
extraordinario de revisión previsto en el artículo 60 del mismo cuerpo legal.
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MULTAS |
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En caso de no cumplimiento de lo expresado en la Propuesta técnica del Proponente, se
aplicarán las siguientes multas:
a) Multas por ausencia de dotación:
En caso que se verifiquen ausencias de la persona que ejecuta el servicio, que signifiquen no
cumplir con la dotación de personal especificada en las presentes bases, para desarrollar un
buen trabajo, se aplicará una multa equivalente a un porcentaje del valor neto del monto a
pagar mensualmente, según el siguiente detalle:
Ausencia de dotación por servicio diario no prestado en el mes, 1% Multa (% sobre el precio
anual neto). Con todo el monto máximo de la multa aplicable, no podrá exceder del 10% del
monto total del contrato, en cuyo caso procederá el término anticipado de la contratación.
Para este efecto, la Dirección Regional de Senda de la Región De O’ Higgins, deberá llevar
un libro de asistencia el que en su primera hoja deberá tener identificada la firma de las
personas que prestarán el servicio en las dependencias del Servicio Nacional para la
Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol, SENDA.
Si durante el transcurso de un mes se han consignado dos ausencias injustificadas, este
Servicio dará término anticipado a la contratación.
b) Multa por mala calidad de los servicios:
La mala calidad de los servicios ejecutados por parte de “el adjudicatario”, reflejada en
informes técnicos de control de calidad que mensualmente deberá elaborar el Servicio
Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol, SENDA,
implicará la aplicación de multas, que podrán ir desde el 1% al 3% del valor anual, en la
boleta o factura mensual, sin perjuicio de la facultad de poner término anticipado al respectivo
contrato en caso que durante tres meses seguidos, o cuatro veces en meses distintos dentro
de un período de seis meses, “El Contratista” sea calificado con puntaje regular o malo.
Las evaluaciones que SENDA pueda realizar producto de detectar que los trabajos no se
están realizando conforme a lo contratado serán, evaluadas de acuerdo al siguiente detalle:
Informe Técnico de
Control de Calidad
(Puntaje)
Informe Técnico de
Control de Calidad
(Puntaje)
Informe Técnico de
Control de Calidad
(Puntaje)
100-85 (Buena)
No se puede aplicar multa.
84-70 (Regular)
1% Multa
(% sobre el precio anual
neto).
69-54 (Mala)
3%
(% sobre el precio anual
neto)
Procedimiento de aplicación de multas:
a) El Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y
Alcohol, SENDA, notificará por correo electrónico al contratista los hechos y circunstancias
que constituyen la falta que se ha detectado, los antecedentes que dan cuenta de ello y la
multa a la que da lugar la infracción.
Las notificaciones que se efectúen al contratista en virtud de este procedimiento se realizarán
mediante correo electrónico, el que deberá ser indicado por el proveedor en el momento de
la oferta.
b) El contratista dispondrá de cinco días hábiles contados desde que se le haya notificado,
para efectuar sus descargos, acompañando todos los antecedentes y pruebas que acrediten
la existencia de un caso fortuito o fuerza mayor o que demuestren que no ha tenido
responsabilidad en los hechos que originan las multas o que desvirtúen los antecedentes con
los que cuenta el Servicio. Si el contratista no presenta sus descargos en el plazo señalado,
se tendrán por acreditadas la o las faltas imputadas y procederá la aplicación de la o las
multas que correspondan, dictándose la pertinente resolución por parte del Servicio Nacional
para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol.
c) Si se han presentado descargos oportunamente, el Servicio dispondrá de cinco días
hábiles, contados desde la recepción de los descargos, para resolver, sea rechazándolos o
acogiéndolos, total o parcialmente. De lo resuelto, se notificará al contratista por correo
electrónico.
El contratista podrá presentar recurso de reposición ante el Servicio, dentro de los cinco días
hábiles contados desde la notificación de la resolución que se recurre, quien dispondrá por
su parte de cinco días hábiles, contados desde la recepción del recurso, para resolver si lo
acoge total o parcialmente. Si el contratista no presenta recurso de reposición dentro del
plazo indicado, la multa quedará firme.
El Contratista podrá pagar la multa directamente dentro de los 10 días hábiles siguientes a la
notificación de la resolución que resuelva el procedimiento de aplicación de multa o en su
defecto que resuelva la Reposición, por cualquiera de los siguientes medios:
1. Emisión de cheque, a nombre del Servicio Nacional para la Prevención y
Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol, pudiendo proceder a depositar el
documento en la cuenta corriente número 9003100 de Banco Estado, realizando el
respectivo endoso al reverso, enviando copia del respectivo comprobante a la Unidad
de Tesorería. (ubicada en calle Agustinas 1235, piso 7, Santiago), quién extenderá el
respectivo recibo de ingresos.
2. Transferencia electrónica a la cuenta corriente señalada en punto dos, invocando el
RUT del Servicio, 61.980.170-9 e informando al correo electrónico
tesoreria@senda.gob.cl.
Si el proveedor no paga la multa dentro del plazo establecido, el SENDA estará facultado
para descontar el pago de cualquiera de las facturas que fuesen emitidas por el proveedor.
Cuando el monto de las multas previstas en el presente número alcanzare al 20% del monto
total de la contratación, procederá el término anticipado de la contratación, conforme a lo
previsto en el número 27.6 del acápite I de estas bases.
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TÉRMINO ANTICIPADO |
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SENDA pondrá término a la contratación, por acto administrativo fundado, en el evento que
acaeciere alguna de las siguientes circunstancias:
1. Si el contratista es calificado fundadamente en los Informes Técnicos de Control de
Calidad con puntaje malo, durante tres meses seguidos, o cuatro veces en meses distintos
dentro de un período de seis meses.
2. Estado de notoria insolvencia del contratante, a menos que se otorguen cauciones
suficientes para garantizar el cumplimiento del contrato.
3. Por causa de interés público.
4. Por exigirlo la seguridad nacional.
5. Prestador del servicio registra saldos insolutos de remuneraciones o contrataciones de
seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los
últimos dos años, a la mitad del periodo de ejecución del contrato, con un máximo de 6
meses.
6. Cuando el monto de las multas previstas en el número 26 del acápite I de estas bases,
alcanzare al 20 % del monto total de la contratación.
7. Cuando con ocasión del examen de las liquidaciones de sueldo mensuales cuya
presentación se exige conforme al número 20 del acápite I de estas bases, se constatare
que la remuneración pagada al trabajador es inferior a la indicada por el contratista en el
anexo N°3 que el oferente debió acompañar junto con su propuesta, conforme a lo
prescrito en el número 7.2. del acápite I de estas bases.
Además, las partes podrán poner término anticipado del contrato por resciliación o mutuo
acuerdo. La resolución que disponga el término anticipado del contrato definitivo o su
modificación debe ser fundada y publicarse en el Sistema de Información Mercado Público, a
más tardar dentro de las 24 horas de totalmente tramitada.
Procedimiento De Término Anticipado De Contrato:
a) La Dirección Regional De O’ Higgins del Servicio Nacional para la Prevención y
Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol, SENDA, notificará por correo electrónico los
hechos y circunstancias que constituyen la causal de término que se ha detectado y los
antecedentes que dan cuenta de ello.
Las notificaciones que se efectúen al contratista en virtud de este procedimiento se realizarán
mediante correo electrónico, el que deberá ser indicado por el proveedor en el momento de la
oferta.
b) El contratista dispondrá de cinco días hábiles contados desde que se le haya notificado,
para efectuar sus descargos, acompañando todos los antecedentes y pruebas que acrediten
la existencia de un caso fortuito o fuerza mayor o que demuestren que no ha tenido
responsabilidad en los hechos que originan la causal, o que desvirtúen los antecedentes con
los que cuenta el Servicio.
Si el contratista no presenta sus descargos en el plazo señalado, se tendrán por acreditada la
causal de término anticipado dictándose la pertinente resolución por parte del Servicio
Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol.
c) Si se han presentado descargos oportunamente, el Servicio dispondrá de cinco días
hábiles, contados desde la recepción de los descargos, para resolver, sea rechazándolos o
acogiéndolos. De lo resuelto, se dictará el correspondiente acto administrativo.
El contratista podrá presentar recurso de reposición ante el Servicio, dentro de los cinco días
hábiles contados desde la notificación de la resolución que se recurre, quien dispondrá por su
parte de cinco días hábiles, contados desde la recepción del recurso, para resolver si lo acoge
total o parcialmente. Si el contratista no presenta recurso de reposición dentro del plazo
indicado, el término quedará firme
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COBRO DE PRESTACIONES LABORALES Y PREVISIONALES |
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En caso que el contratista no hiciere pago de las obligaciones laborales y previsionales de
sus trabajadores, podrá el Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del
Consumo de Drogas y Alcohol descontar dichas cantidades del precio comprometido a
pagar, en mensualidades, hasta por el monto adeudado por el contratista por dichos
conceptos, lo que será informado por el SENDA al contratista por medio del correo
electrónico señalado en su propuesta.
El contratista en caso que haya regularizado los pagos adeudados, deberá informar de dicha
circunstancia a SENDA, dentro del plazo de 10 días hábiles contados desde la notificación
que se efectúen al contratista mediante correo electrónico.
En caso que el contratista no informe del pago de las cotizaciones dentro del plazo indicado
en el inciso anterior, SENDA, procederá a retener dichos montos de la cuota mensual
respectiva, y pagará a los trabajadores del contratista de acuerdo a las normas legales
vigentes. Las notificaciones que se efectúen al tenor del presente acápite se regularán de
acuerdo a lo establecido en la ley 19.880.
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CONTRAPARTE TÉCNICA |
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Las funciones de Contraparte Técnica del contrato serán ejercidas por el Encargado de la
Unidad de Administración y Finanzas de la Dirección Regional De O’ Higgins, o quien lo
reemplace o subrogue, o bien por un funcionario a quien el Director Regional designe.
Las funciones de la Contraparte Técnica de SENDA serán a lo menos:
a) Mantener actualizado un archivo con la totalidad de los antecedentes del contrato.
b) Otorgar su aprobación conforme de los servicios o planteando al contratista las
observaciones y/o recomendaciones que se estimen convenientes de acuerdo a lo
señalado en el número 24 del acápite I de estas bases.
c) Elaborar los informes técnicos de control de calidad de los servicios y proponer la
aplicación de las sanciones, multas e informar los incumplimientos que se produzcan por
parte del contratista, de acuerdo a los procedimientos que se establecen en las presentes
Bases.
d) Dar tramitación al pago correspondiente.
e) Otras que le entreguen las bases administrativas y técnicas, y en general todas aquellas
que tengan por objeto velar por los intereses de SENDA y de la recta ejecución del
contrato.
Por su parte, el contratista deberá designar un coordinador técnico que se relacionará con la
contraparte técnica del contrato para todos los efectos señalados.
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REUNIONES CON EL ADJUDICATARIO Y MODALIDAD DE COORDINACIÓN ENTRE LAS PARTES |
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SENDA se reserva el derecho de fijar, cuando lo estime conveniente, reuniones formales
aclaratorias sobre aspectos logísticos y técnicos acerca de la prestación de los servicios que
por este acto se licita, para lo cual se comunicará con el Contratista con un mínimo de 72
horas de anticipación a cada reunión.
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DOMICILIO DEL CONTRATANTE Y PRÓRROGA DE COMPETENCIA |
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El contratante para los efectos del contrato fija su domicilio en la comuna de Santiago. La
contratación que se formalice entre las partes se regirá por las leyes de la República de
Chile. Cualquier desacuerdo que se presente entre las partes, deberá resolverse de mutuo
acuerdo entre ellas en el plazo que las mismas estimen. De no resultar acuerdo y de así
corresponder, el conflicto será sometido al conocimiento de los Tribunales Ordinarios de
Justicia de la comuna y ciudad de Santiago, sin perjuicio de las atribuciones propias de la
Contraloría General de la República contenidas en la Ley Nº 10.336, y del Tribunal de
Contratación Pública creado por la Ley N° 19.886.
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CESIÓN DE CONTRATO |
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Bajo ninguna circunstancia podrá el adjudicatario ceder parcial o totalmente a un tercero las
obligaciones que emanan de la presente licitación pública, de acuerdo a lo señalado en el
artículo 14 de la Ley 19.886.
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SUBCONTRATACIÓN |
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En la presente licitación no se encuentra permitida la subcontratación.
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