Licitación ID: 5513-3-LE26
SERVICIO ANÁLISIS LABORATORIO CONTROL DE ALIMENTOS
Responsable de esta licitación: SUBSECRETARIA DEL MINISTERIO DE AGRICULT
Fecha de Cierre: 04-05-2026 15:01:00
Reclamos recibidos por incumplir plazo de pago: 9
Este número indica los reclamos recibidos por esta institución desde los últimos 12 meses hasta el día de ayer. Recuerde interpretar esta información considerando la cantidad de licitaciones y órdenes de compra que esta institución genera en el Mercado Público.
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Productos o servicios
1
Laboratorios biológicos 1 Unidad
Cod: 85121803
Servicio de análisis de laboratorio para efectuar control de alimentos en productos procesados para la Secretaría Regional Ministerial de Agricultura, en el marco del programa "Capacitación, formalización e instalación del sistema de aseguramiento de la i  

1. Características de la licitación
Nombre de la licitación:
SERVICIO ANÁLISIS LABORATORIO CONTROL DE ALIMENTOS
Estado:
Publicada
Descripción:
Convenir un servicio con laboratorio acreditado bajo NCh ISO 17025 y 17020, otorgada por el Instituto Nacional de Normalización (INN o por otra entidad acreditadora. En este último caso, la entidad debe ser miembro signatario de los Acuerdos de Reconocimiento mutuo de la Cooperación Internacional de Acreditación de Laboratorios (MRA de ILAC) y tener en su alcance la respectiva norma ISO) y especializado, para la toma de muestras en alimentos procesados artesanales, materias primas y productos gastronómicos, a los cuales les sean aplicados análisis químicos, microbiológicos, físicos, parasitarios, y evaluaciones de riesgos, en el marco del programa denominado; “Capacitación, formalización, e instalación del sistema de aseguramiento de la inocuidad”, asimismo implementar un plan de mejoras para productores/as, beneficiarios/as del programa, a partir de los análisis, garantizando que tanto la inocuidad, la composición química y calidad de los productos cumplan con el Reglamento Sanitario de los Alimentos (RSA) y normativa vigente.
Tipo de licitación:
Pública-Licitación Pública igual o superior a 100 UTM e inferior a 1.000 UTM (LE)
Tipo de convocatoria:
ABIERTO
Moneda:
Peso Chileno
Etapas del proceso de apertura:
Una Etapa
Contrato
Se requerirá suscripción de contrato
Toma de razón por Contraloría:
No requiere Toma de Razón por Contraloría
Publicidad de ofertas técnicas:
Las ofertas técnicas no serán de público conocimiento una vez adjudicada la licitación.
La Seremi de Agricultura dispone en este acto que las propuestas técnicas de los proponentes que participen del presente proceso de licitación pública quedarán disponibles en el portal, una vez adjudicado el proceso.
2. Organismo demandante
Unidad de compra:
SEREMI I Región
R.U.T.:
61.301.000-9
Dirección:
Playa blanca 2328
Comuna:
Iquique
Región en que se genera la licitación:
Región de Tarapacá
3. Etapas y plazos
Fecha de cierre de recepción de la oferta: 04-05-2026 15:01:00
Fecha de Publicación: 24-04-2026 17:12:24
Fecha inicio de preguntas: 24-04-2026 19:05:00
Fecha final de preguntas: 29-04-2026 17:00:00
Fecha de publicación de respuestas: 30-04-2026 17:00:00
Fecha de acto de apertura técnica: 04-05-2026 15:01:00
Fecha de acto de apertura económica (referencial): 04-05-2026 15:01:00
Fecha de Adjudicación: 18-05-2026 19:00:00
Fecha de entrega en soporte fisico No hay información
Fecha estimada de firma de contrato No hay información
Tiempo estimado de evaluación de ofertas No hay información
4. Antecedentes para incluir en la oferta
Adicionalmente, todos los proveedores para ofertar en esta licitación, deberán obligatoriamente confirmar y firmar electrónicamente la Declaración Jurada de Requisitos para Ofertar.
No hay información de Antecedentes Administrativos
Documentos Técnicos
1.- Anexos de postulación
 
No hay información de Antecedentes Económicos
5. Requisitos para contratar al proveedor adjudicado
Persona natural
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.
 
2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.
 
3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.
 
4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.
 
5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.
 
6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.
 
7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.
 
8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).
 
Documentos persona natural
- Fotocopia Legalizada de Cédula de Identidad
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
Persona jurídica
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.

2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.

3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.

4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.

5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.

6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.

7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.

8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).

Documentos persona jurídica
- Fotocopia Legalizada del Rut de la Empresa
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
- Certificado de Vigencia de la Sociedad
- (1) Certificado de Boletín de Informes Comerciales
- (1) Certificado de Quiebras/Convenio Judicial
6. Criterios de evaluación
ÍtemObservacionesPonderación
1 Oferta Técnica Ver letra a), numeral 9.2 - Criterios de evaluación, en bases administrativas. 40%
2 Precio Ver letra e), numeral 9.2 - Criterios de evaluación, en bases administrativas. 40%
3 Proveedor Local Ver letra c), numeral 9.2 - Criterios de evaluación, en bases administrativas. 10%
4 Política de Inclusión Laboral y/o Género Ver letra d), numeral 9.2 - Criterios de evaluación, en bases administrativas. 5%
5 Programa de integridad Ver letra e), numeral 9.2 - Criterios de evaluación, en bases administrativas. 3%
6 Cumplimiento Requisitos Formales Ver letra f), numeral 9.2 - Criterios de evaluación, en bases administrativas. 2%

7. Montos y duración del contrato
Estimación en base a: Presupuesto Disponible
Fuente de financiamiento: Convenio extrapresupuestario de GORE FNDR
Monto Total Estimado: 59817880
Justificación del monto estimado Presupuesto aprobado por convenio.
Contrato con Renovación: NO
Observaciones El presupuesto del contrato está previsto para ser ejecutado en el plazo máximo de 150 días corridos y, podrá ejecutarse total o parcialmente por parte de la Seremi.
Tiempo del Contrato 150 Días
Plazos de pago: 30 días contra la recepción conforme de la factura
Opciones de pago: Transferencia Electrónica
Nombre de responsable de pago: Héctor Rojas
e-mail de responsable de pago: hector.rojas@minagri.gob.cl
Prohibición de subcontratación: Se permite subcontratación
8. Garantías requeridas
No hay información de Garantías
9. Requerimientos técnicos y otras cláusulas
BASES ADMINISTRATIVAS, TÉCNICAS Y ANEXOS CORRESPONDIENTES A LA LICITACIÓN PÚBLICA DENOMINADA “SERVICIO DE ANÁLISIS DE LABORATORIO EN EL MARCO DEL PROGRAMA CAPACITACIÓN, FORMALIZACIÓN, E INSTALACIÓN DE SISTEMA DE ASEGURAMIENTO DE LA INOCUIDAD CÓDIGO BIP: 4

APRUEBA BASES ADMINISTRATIVAS, TÉCNICAS Y ANEXOS CORRESPONDIENTES A LA LICITACIÓN PÚBLICA DENOMINADA “SERVICIO DE ANÁLISIS DE LABORATORIO EN EL MARCO DEL PROGRAMA CAPACITACIÓN, FORMALIZACIÓN, E INSTALACIÓN DE SISTEMA DE ASEGURAMIENTO DE LA INOCUIDAD CÓDIGO BIP: 40062085-0, EJECUTADO POR LA SECRETARIA REGIONAL MINISTERIAL DE AGRICULTURA, REGIÓN DE TARAPACÁ”.

Se deja constancia, asimismo, que estas Bases están conformadas por los contenidos que se listan a continuación:

I.-         BASES ADMINISTRATIVAS

II.-        BASES TÉCNICAS

III.-       ANEXOS

I.- BASES ADMINISTRATIVAS

 

  1. LICITANTE:

Razón Social                                                : Subsecretaría del Ministerio de Agricultura.

Unidad de Compra                            : SEREMI I Región

RUT                                                   : 61.301.000-9.

Dirección                                            : Playa Blanca N° 2328.

Comuna                                             : Iquique

Región                                                : Tarapacá.

  1. ENCARGADO DEL PROCESO EN EL PORTAL Y CARACTERÍSTICAS DEL PROCESO:

Nombre                                              : Héctor Rojas Contreras.

Cargo                                                 : Encargado Administrativo Regional

E-mail                                                 : hector.rojas@minagri.gob.cl.

Tipo de Adquisición                            : Licitación Pública mayor a 100 UTM y menor a 1.000 UTM (LE)

Tipo de Convocatoria                         : Abierta.

Tipo de Adjudicación                          : Simple.

Líneas de producto                             : Una línea.

Moneda                                              :Peso chileno.

Etapas                                                : Una Etapa.

Publicidad de las Ofertas                  : La Seremi de Agricultura dispone en este acto que las propuestas técnicas de los proponentes que participen del presente proceso de licitación pública quedarán disponibles en el portal, una vez adjudicado el proceso.

  1.  SERVICIOS SOLICITADOS:

3.1  Nombre de la adquisición: “SERVICIO DE ANÁLISIS DE LABORATORIO EN EL MARCO DEL PROGRAMA “CAPACITACIÓN, FORMALIZACIÓN, E INSTALACIÓN DE SISTEMA DE ASEGURAMIENTO DE LA INOCUIDAD” CÓDIGO BIP: 40062085-0, EJECUTADO POR LA SECRETARIA REGIONAL MINISTERIAL DE AGRICULTURA, REGIÓN DE TARAPACÁ.

3.2  Objetivo de la Contratación: Convenir un servicio con laboratorio acreditado bajo NCh ISO 17025 y 17020, otorgada por el Instituto Nacional de Normalización (INN o por otra entidad acreditadora. En este último caso, la entidad debe ser miembro signatario de los Acuerdos de Reconocimiento mutuo de la Cooperación Internacional de Acreditación de Laboratorios (MRA de ILAC) y tener en su alcance la respectiva norma ISO) y especializado, para la toma de muestras en alimentos procesados artesanales, materias primas y productos gastronómicos, a los cuales les sean aplicados análisis químicos, microbiológicos, físicos, parasitarios, y evaluaciones de riesgos, en el marco del programa denominado; “Capacitación, formalización, e instalación del sistema de aseguramiento de la inocuidad”, asimismo implementar un plan de mejoras para productores/as, beneficiarios/as del programa, a partir de los análisis, garantizando que tanto la inocuidad, la composición química y calidad de los productos cumplan con el Reglamento Sanitario de los Alimentos (RSA) y normativa vigente.

3.3 Metodología de Muestreo y Control

La metodología de control y análisis se ejecutará en dos (2) etapas obligatorias, según se detalla a continuación:

 

1.Análisis Inicial (Base): Se realizará el primer set de análisis (Riesgo, Químico, Físico, Parasitario y Microbiológico) de cada muestra, identificada por rubro.

2.Análisis de Verificación (Corrección): En caso de detectarse desviaciones o incumplimientos en el análisis inicial (base), se deberá proceder con un segundo set de análisis. Lo anterior será realizado a posterior de la implementación por parte del o la productor/a de medidas correctivas (Cuya elaboración y ejecución recae en la SEREMI de Agricultura), y con el fin de enmendar dichas desviaciones.

  1. NORMATIVA

La presente licitación pública se rige por las siguientes normas:

La presente licitación pública se rige por la Ley Nº 19.886, de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios, su Reglamento, y estas Bases, que se encuentran conformadas por bases técnicas, bases administrativas, además de sus correspondientes anexos.

Las presentes bases son obligatorias para los que participen en la licitación, entendiéndose que son aceptadas por el sólo hecho de presentar una oferta.

La normativa y documentos señalados anteriormente forman parte integrante de la presente licitación, junto a lo siguiente:

  • Las correspondientes ofertas técnicas y ofertas económicas de los proponentes.
  • Los antecedentes administrativos y legales solicitados a cada postulante.
  • Las consultas a las bases formuladas por los participantes y las respectivas respuestas evacuadas por la SEREMI de Agricultura.
  • Las aclaraciones y modificaciones que se efectúen a las bases por iniciativa de la SEREMI de Agricultura o por ser necesario a partir de algún requerimiento.
  • Las aclaraciones a las ofertas que solicite la SEREMI de Agricultura, durante el proceso de evaluación de ofertas.
  • La normativa legal aplicable, teniendo presente en la ejecución lo dispuesto en el artículo 1546 del Código Civil.

  1. ANTECEDENTES ADMINISTRATIVOS PARA OFERTAR

5.1.        Antecedentes Legales.

Los siguientes documentos, si ellos no se encontraren publicados electrónicamente en el sistema de información deberán adjuntarse, en formato electrónico o digital, a la propuesta que se formule, como documento adjunto:

a)    Persona Jurídica

    i.   Fotocopia simple de la cédula nacional de identidad del Representante Legal, vigente.

   ii.   Fotocopia simple de RUT de la Empresa.

  iii.   Copia de Escritura Pública de Constitución de la Empresa, con vigencia.

  iv.   Certificados de vigencia de la sociedad y de su representante y documentos legales en que conste la personería de la representación, con una antigüedad no superior a 60 días corridos).

  1. Nueva Declaración Jurada de requisitos para ofertar (disponible en el sistema de información de compras y contrataciones).

b)    Persona Natural

    i.   Fotocopia simple de la cédula nacional de identidad del postulante.

   ii.   Fotocopia simple de iniciación de actividades del SII.

    iii.  Nueva declaración Jurada de requisitos para ofertar (disponible en el sistema de información de compras y contrataciones).

c)    Personas Jurídicas Régimen simplificado:

Las personas jurídicas que se hayan constituido al amparo del régimen simplificado de la ley N° 20.659 y de su Reglamento, establecido por D.S. 45 de 2013, de la Subsecretaría de Economía, acreditarán su existencia legal con los siguientes documentos emitidos por el Administrador del Registro de Empresas y Sociedades, suscritos mediante firma electrónica avanzada por el Subsecretario de Economía y Empresas de Menor Tamaño, o por aquel a quien éste delegue dicha facultad:

    i.   Fotocopia simple de la cédula nacional de identidad del Representante Legal, vigente.

   ii.   Fotocopia simple de RUT de la Empresa

 iii.   Certificado de Estatuto Actualizado.

 iv.   Certificado de Vigencia.

   v.   Certificado de Anotaciones.

 vi.   Nueva declaración Jurada de requisitos para ofertar (disponible en el sistema de información de compras y contrataciones).

Los oferentes que oferten deben encontrarse hábiles en el sistema de información y podrán exceptuarse de adjuntar en la propuesta que formulen, los documentos señalados en los numerales i y ii, de las letras a), b) y c) precedentes.

Sin perjuicio de lo anterior, y luego de producida la adjudicación, los documentos excluidos en este párrafo deben encontrarse publicados electrónicamente en el sistema de información o ser prestados formalmente en las oficinas de la SEREMI en los términos y condiciones que establezca el Servicio.

 

d)    Unión Temporal de Proveedores (UTP):

La Unión Temporal de Proveedores deberá dar cumplimiento a lo siguiente:

 

a)    La UTP deberá estar integrada por una o más empresas de menor tamaño.

b)    Su objetivo es unirse para la presentación de una oferta en caso de licitaciones o convenio marco, o para la suscripción de un contrato, en caso de una contratación directa, sin que sea necesario constituir una sociedad.

c)    Se constituye exclusivamente para un proceso de compra en particular. Su vigencia no podrá ser inferior a la del contrato adjudicado, incluyendo su renovación o prórroga.

d)    Debe materializarse por escritura pública.

e)    Los proveedores deben establecer en el instrumento que formaliza la unión la solidaridad entre los integrantes respecto de todas las obligaciones que se generen con la Entidad licitante, y el nombramiento de un representante o apoderado común con poderes suficientes para representarlos en conjunto.

En caso de tratarse de una UTP, se debe presentar obligatoriamente el Anexo N° 6 dispuesto para ello, en el que consta la formalización de la Unión Temporal de Proveedores y la solidaridad entre las partes, el nombramiento de un representante o apoderado común con poderes suficientes y que la vigencia de esta Unión no sea inferior a la vigencia del contrato que se suscriba; siempre que el adjudicatario esté integrado por dos o más personas, naturales o jurídicas.

Se hace presente que la UTP debe ser declarada expresamente al monto de ofertar en la ficha del sistema de información, marcando la opción que corresponde y, en dicha funcionalidad incluir las razones sociales que la componen.

Ante cualquier incumplimiento formal y si fuera preciso ser solicitado por la comisión evaluadora una vez realizada la apertura del proceso, el proponente quedará afecto al respectivo descuento del puntaje en el criterio de evaluación: “Cumplimiento de requisitos formales”.

Quien oferte bajo la modalidad de UTP, debe indicar que lo realiza bajo dicha modalidad (utilizando adecuadamente los campos previstos en la plataforma para dichos efectos), y adjuntar a su propuesta el documento de formalización de la Unión en el Portal de Mercado Público, teniendo en consideración lo previsto en el artículo N° 180 letra d) del Reglamento que señala: “Deberá materializarse por escritura pública. Sin embargo, cuando se trate de adquisiciones inferiores a 1.000 UTM, el acuerdo en que conste la unión podrá materializarse por instrumento público o privado”:

Es necesario tener presente, que, en el caso de las UTP, éstas tienen la obligación de informar inmediatamente a la Seremi el retiro de uno o más de sus integrantes. Si el retiro se produce durante la evaluación de las ofertas, la UTP debe informar además en forma inmediata, si producto de ese retiro se continuará participando en la licitación, o bien, si se desistirá de ésta.

En caso de disolverse una UTP, durante la evaluación de la licitación, sin que se hubiere dado aviso en los términos señalados en el párrafo precedente, dicha oferta deberá ser rechazada.

La UTP debe continuar funcionando con al menos 2 integrantes. Una vez iniciado el proceso de evaluación de las ofertas, resulta improcedente que el integrante que se retira de una UTP sea reemplazado por otro integrante, aun cuando el reemplazante reúna características iguales o superiores al integrante retirado.

Si durante la evaluación de las ofertas se retira alguno de los integrantes de una UTP, que hubiese aportado a tal Unión, una o más características objeto de la evaluación de la oferta, tal circunstancia será causal de rechazo de la propuesta.

Las UTP deben presentar: una declaración jurada simple, conforme al formato que se adjunta como Anexo N° 6, debidamente firmada por el representante legal del proponente, al momento de ofertar.

Se requiere que los representantes legales de las empresas que constituyan la UTP y/o las personas naturales deben acompañar copia simple de las cédulas de identidad de cada uno de ellos o ellas.

Debe tenerse presente, respecto de las Uniones Temporales de Proveedores que:

 -El Anexo N° 6 debe incluir la descripción e individualización de los proponentes, debiendo ser debidamente firmada por el representante de la Unión Temporal de Proveedores. La declaración jurada simple de la UTP debe dar cuenta de su duración, la cual no podrá ser inferior al tiempo que durará la ejecución del contrato que adjudiquen, incluida su eventual renovación.

- Se recomienda que en la declaración jurada simple de la UTP se mencione la modalidad de pago, es decir, individualizar quien de los integrantes emitirá la factura y recibirá el pago; en caso de omisión en su designación la Seremi entenderá que él o la integrante de dicha obligación es quien represente a la UTP.

- Debe constar la inscripción en el registro de proveedores de forma individual, al momento de la suscripción del contrato.

Quienes oferten que integren una UTP y que experimenten una modificación, deben informarla de inmediato a la Seremi debiendo acompañar el respectivo instrumento modificatorio, el cual deberá materializarse a través de las mismas formalidades necesarias para su constitución.

La Seremi podrá exigir la responsabilidad a cualquiera de los integrantes de la UTP, a su arbitrio, sin perjuicio de que quienes suscriban el contrato de constitución de la UTP regulen la facultad de repetir uno contra el otro, en casos derivados de culpa de alguno de los componentes de esta.  

En caso de verificarse la existencia de alguna inhabilidad se declarará la postulación como contraria a las bases e inadmisibles. Si se comprobase falsedad en la información contenida en cualquier oferta que se presente aún después de la adjudicación, ésta perderá todas sus garantías, además de hacerse responsable por los daños y perjuicios que se deriven de la situación, reservándose la Seremi el derecho poner término al contrato.

Todos quienes oferten deben firmar la Declaración Jurada Electrónica disponible en el sistema de información, en los términos previstos en los artículos 35 qúater y 35 septies de la ley 21.634, que moderniza la ley 19.886.

5.2.    Presentación de Anexos:

Quienes oferten debe suscribir la Declaración Jurada de requisitos para ofertar (disponible en el sistema de información de compras y contrataciones) según corresponda. Además, deben presentar sus ofertas técnicas y económicas a través de los formatos establecidos en los Anexos N° 1, 2, 3, 4, 5, 6, 7 y 8, según la naturaleza de quien oferte.

Ante cualquier incumplimiento formal de esta naturaleza y si fuera preciso ser solicitado por la comisión evaluadora una vez realizada la apertura del proceso, el proponente quedará afecto al respectivo descuento del puntaje en el criterio de evaluación: “Cumplimiento de requisitos formales”.

  1. PACTO DE INTEGRIDAD

Quien oferte declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones contenidas en el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes.

Especialmente, quien oferte acepta suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo con las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:

     1. Quien oferte se compromete a respetar los derechos fundamentales de sus trabajadores, entendiéndose por éstos los consagrados en la Constitución Política de la República en su artículo N°19, números 1º, 4º, 5º, 6º, 12º, y 16º, en conformidad al artículo 485 del Código del Trabajo. Asimismo, el oferente se compromete a respetar los derechos humanos, lo que significa que debe evitar dar lugar o contribuir a efectos adversos en los derechos humanos mediante sus actividades, productos o servicios, y subsanar esos efectos cuando se produzcan, de acuerdo con los Principios Rectores de Derechos Humanos y Empresas de Naciones Unidas.

2. Quien oferte se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución del contrato que se derive de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del contrato, si los hubiere.

3. Quien oferte se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas.

 

4. Quien oferte se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación que deba presentar durante el proceso licitatorio y en la ejecución del contrato, si lo hubiere, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de esta.

5. Quien oferte se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, probidad y transparencia en el presente proceso licitatorio y en la ejecución del contrato, si lo hubiere.

6. Quien oferte manifiesta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación y en el contrato respectivo, si lo hubiere.

7. Quien oferte reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.

8. Quien oferte se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean cabalmente cumplidas por sus empleados, asesores, agentes y, en general, por todas las personas con que aquél se relacione directa o indirectamente en virtud de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, si corresponde, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.

  1. PLAZOS DE LA LICITACIÓN PÚBLICA.

Cronograma:

a) Recepción de Ofertas y cierre de postulaciones: hasta las 15:00 horas del décimo día corrido contado desde la fecha de publicación de las presentes bases de licitación.

b)  Acto de Apertura Electrónica: a las 15:01 horas del décimo día corrido contado desde la fecha de publicación de las presentes bases de licitación.

                                                                                                                                           

Excepcionalmente podrán efectuarse aperturas en las dependencias de la Entidad Licitante en los casos previstos en el artículo 115 del Reglamento de la ley 19.886. A las aperturas de ofertas en soporte papel podrán asistir los representantes de los Oferentes.

Quienes oferten podrán efectuar observaciones dentro de las 24 horas siguientes a la apertura de las ofertas. Estas observaciones deberán efectuarse a través del Sistema de Información. En el caso de aperturas de ofertas en Soporte Papel podrán solicitar que se deje constancia de dichas observaciones o quejas en el acta que se levantará especialmente al efecto.

c)  Preguntas sobre las Bases: éstas se podrán realizar hasta las 17:00 horas del quinto día corrido contados desde la fecha de publicación de las bases de licitación.

d) Publicación de las respuestas a las preguntas sobre las bases: serán publicadas hasta las 17:00 horas del primer día hábil contado desde la fecha de cierre del periodo para hacer consultas.

e) Aclaraciones y/o Consultas a las Bases de Licitación: Los proponentes podrán solicitar aclaraciones, en relación con las presente Bases de Licitación Pública, únicamente mediante la funcionalidad de foro otorgada por el portal www.mercadopublico.cl

La SEREMI dará respuesta por escrito a todas las consultas que sean realizadas a través de la funcionalidad antes señalada en el mismo sitio web , dando a conocer también el texto de consulta de que se trate. En caso de que las respuestas a las consultas traten de aclaraciones, rectificaciones o modificaciones a las bases, la Seremi aprobará dichas respuestas mediante el respectivo acto administrativo.

f)   Plazo de Evaluación: diez días hábiles, a partir de la apertura electrónica de las ofertas.

g) Fecha máxima de Adjudicación: La adjudicación se realizará en el plazo máximo que vence el décimo día hábil contado desde la fecha definida para el cierre de presentación de ofertas a las 19:00 horas.

h) Cambio en la fecha de Adjudicación: si por causas no imputables a la entidad licitante, las que serán oportunamente informadas, no se puede cumplir con la fecha indicada en las bases para adjudicar se publicará una nueva fecha en el portal www.mercadopublico.cl, la cual no podrá exceder los cinco días hábiles adicionales al plazo ya establecido, excepto en el caso que se califique una situación de fuerza mayor o caso fortuito, lo que será debidamente determinado en el acto administrativo de adjudicación.

i)   Fecha de firma del contrato: La SEREMI, formalizará con quien haya sido adjudicado/a su respectivo contrato en el plazo máximo de los 10 días corridos contados desde la adjudicación.

j)   Contabilización de los días: En caso de que alguna o más de las fechas establecidas en los párrafos que anteceden, recayere en un día festivo o inhábil, la o las fechas de que se trate, se considerarán traspasadas al día hábil siguiente.

k)  Modificaciones a las bases de licitación: La SEREMI podrá modificar las presentes bases de licitación pública, ya sea por iniciativa propia o en atención a una aclaración solicitada por algunos de los oferentes, durante el proceso de la propuesta, otorgando un plazo prudencial para que los oferentes puedan adecuar sus ofertas a los nuevos requerimientos.

l)   Vigencia de las ofertas: las propuestas tendrán una validez mínima de 60 días corridos contados desde la fecha de presentación de éstas, no pudiendo el proponente por sí, alterar cualquiera de sus términos.

  1. VIGENCIA DE LAS OFERTAS:

Las propuestas deben tener una validez mínima de 60 días corridos contados desde la fecha de presentación de éstas, no pudiendo el proponente por sí, alterar cualquiera de sus términos.

  1. EVALUACIÓN DE LAS PROPUESTAS:

9.1 COMISIÓN EVALUADORA.

Las propuestas serán evaluadas por una Comisión Evaluadora integrada por tres funcionarios/as públicos de la SEREMI de Agricultura de la Región de Tarapacá y/o Subsecretaría de Agricultura.

La Comisión Evaluadora, emitirá un informe fundado en los criterios de evaluación, y ponderación de estos mismos, de acuerdo con lo establecido en el numeral 9.2 de las Bases de Licitación.

La SEREMI informará a través del portal www.mercadopublico.cl, el resultado del llamado a licitación.

La Comisión Evaluadora declarará en la oportunidad que se requiera que no presenta conflictos de interés para participar como equipo evaluador en el presente proceso de licitación, y al mismo tiempo guardarán confidencialidad del proceso de evaluación mediante las debidas declaraciones juradas serán publicadas en el Sistema de Información de Compras y Contrataciones Públicas al momento de la publicación del proceso. Lo anterior de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 35 nonies del Capítulo VII de la Ley de Compras y artículo 54 del reglamento de la misma ley N° 19.886.

Los motivos por los cuales puede suscitarse conflicto de interés y es razón de abstenerse de ser parte de una comisión evaluadora, son los señalados en el artículo 35° quinquies de la Ley.

En el marco de la Ley N° 20.730 los funcionarios de planta o contrata que formarán parte de la Comisión Evaluadora serán sujetos pasivos de la mencionada Ley de Lobby.

Quedará prohibido que los integrantes de la Comisión concedan reuniones a terceros, sobre materias vinculadas a la evaluación.

Finalmente, desde el momento de la apertura de las propuestas hasta el momento de la adjudicación del contrato, quienes oferten sólo podrán mantener contacto con la Entidad Licitante para los efectos de esta en aquellas instancias previstas en las Bases de Licitación, quedando prohibido cualquier otro tipo de contacto.

La Comisión Evaluadora podrá apoyarse técnicamente en los profesionales que estime pertinentes para salvaguardar las condiciones técnicas de la compra.

Asimismo, en caso de ser necesario la comisión evaluadora podrá sesionar vía remota, mediante un soporte de video conferencia que permita la expedita reunión de sus miembros.

De lo anterior, debe dejarse constancia en el acta de evaluación de la comisión, documento que será aprobado por los medios electrónicos que correspondan.

9.2 CRITERIOS DE EVALUACIÓN.

Los criterios que se utilizarán para la evaluación de las ofertas y sus ponderaciones son los que se indican a continuación:

Criterio de Evaluación

Porcentaje

a. Oferta Técnica

40%

b. Precio

40%

c. Proveedor Local

10%

d. Política de Inclusión Laboral y/o Género

5%

e. Programa de integridad

3%

f. Cumplimiento Requisitos Formales

2%

Total

100%

9.3 METODOLOGÍA DE CÁLCULO DE LOS CRITERIOS DE EVALUACIÓN.

Para calcular los porcentajes obtenidos por los oferentes en cada uno de los criterios de evaluación, se utilizará la siguiente metodología:

El puntaje final de cada oferta se obtendrá mediante la suma de los puntajes ponderados de cada uno de los criterios de evaluación.

  1. Oferta Técnica (40%):

En el caso de la Oferta Técnica, el puntaje se calculará asignando puntaje a cada subcriterio, los cuales se ponderarán conforme a los porcentajes establecidos dentro del criterio técnico. El resultado obtenido se multiplicará por el 40%, correspondiente a la ponderación de dicho criterio respecto del puntaje total.

La Oferta Técnica tendrá una ponderación de 40% del puntaje total de la evaluación.

Dicho puntaje se asignará considerando los subcriterios que se indican a continuación, cada uno con una ponderación de 25% dentro del criterio técnico, equivalente a 10% del puntaje total de la evaluación, según lo siguiente:

Subcriterios

Ponderación

  i.    Acreditación en técnicas de análisis microbiológicos, físicos y parasitarios para alimentos.

25%

  1. Acreditación en técnicas de análisis químico para matriz de alimentos.

25%

  1. Acreditación en metodologías rápidas y/o servicios adicionales.

25%

  1. Acreditación en evaluaciones de Riesgos.

25%

La asignación de puntajes para la propuesta técnica será de acuerdo con los siguientes subcriterios y puntajes que se ponderarán con el porcentaje de cada subcriterio.

 i.Acreditación en técnicas de análisis microbiológicos, físicos y parasitarios para alimentos procesados y productos alimentarios servidos (25%)

La Seremi de agricultura requiere que los oferentes presenten certificados de acreditación bajo NCh ISO 17025 y 17020. Esta puede ser otorgada por el Instituto Nacional de Normalización (INN) o por otra entidad acreditadora. En este último caso, la entidad debe ser miembro signatario de los Acuerdos de Reconocimiento mutuo de la Cooperación Internacional de Acreditación de Laboratorios (MRA de ILAC) y tener en su alcance la respectiva norma ISO.

Para la evaluación de este factor, el oferente debe completar el Anexo N°4, “Acreditación de análisis”, adjuntando copia de certificados de acreditación de un organismo acreditador en la norma ISO 17025 vigente, ya sea del oferente, ya sea de un tercero acreditado.

Se considerará un mínimo de 9 análisis acreditados de los 16 frecuentemente solicitados y obligatorios en el rubro alimentario, los que se detallan a continuación:

Levaduras, Salmonella en 50g, Salmonella en 25g, Enterobacterias, Bacillus Cereus, Mohos, Staphylococcus Aureus, Coliformes Totales, Escherichia Coli, Recuento aerobios Mesófilos, Clostridium Perfringens, Control de Esterilidad (Recuento Termófilos Aerobios y Anaerobios), Control de Esterilidad (Recuento Mesófilos Aerobios y Anaerobios), Espora de Anaerobios Sulfitos reductores, Microbiológico Personal Manipulador, Microbiológico superficies -utensilios.

Para efectos de la evaluación de cada oferente, se contarán como propios los exámenes para los que presente acreditación, ya sea que los efectúe el mismo oferente o un tercero.

Asignación del puntaje:

Factor ponderador

Puntaje

Oferente cuenta con alcance de acreditación en técnicas de análisis microbiológicos, físicos y parasitarios para 16 análisis.

100

Oferente cuenta con alcance de acreditación en técnicas de análisis microbiológicos, físicos y parasitarios entre 13 y 15 análisis.

50

Oferente cuenta con alcance de acreditación en técnicas de análisis microbiológicos, físicos y parasitarios entre 9 y 12 análisis.

25

  1. Acreditación en técnicas de análisis químico para alimentos procesados y productos alimentarios servidos (25%)

La Seremi de Agricultura requiere que los oferentes presenten certificados de acreditación bajo NCh ISO 17025 y 17020. Esta puede ser otorgada por el Instituto Nacional de Normalización (INN) o por otra entidad acreditadora. En este último caso, la entidad debe ser miembro signatario de los Acuerdos de Reconocimiento mutuo de la Cooperación Internacional de Acreditación de Laboratorios (MRA de ILAC) y tener en su alcance la respectiva norma ISO.

Para la evaluación de este factor, el oferente deberá completar el anexo N°4, adjuntando copia de certificados de acreditación de un organismo acreditador en la norma ISO 17025 vigente, ya sea del oferente ya sea del tercero acreditado.

Se considerará un mínimo de 9 análisis acreditados de los 16 frecuentemente solicitados y obligatorios en el rubro alimentario, los que se detallan a continuación:

Proteína, Humedad, Materia Grasa, Cenizas, Fibra Dietaria (soluble, Insoluble y Total), Caseína, Sodio, Azucares Totales, Perfil de Ácidos Grasos (Saturados, Monoinsaturados, Polinsaturados +Trans), Metales Pesados (Cadmio, Mercurio, Plomo, Arsénico y Molibdeno), Nitrógeno Básico Volátil Total (NBVT), Químico Proximal con Humedad, Determinación de Sodio, Determinación de Humedad.

Para efectos de la evaluación de cada oferente, se contarán como propios los exámenes para los que presente acreditación, ya sea que los efectúe el mismo oferente o un tercero.

Asignación del puntaje:

Factor ponderador

Puntaje

Oferente cuenta con alcance de acreditación en técnicas de análisis químico para alimentos procesados y productos alimentarios servidos, para 16 análisis.

100

Oferente cuenta con alcance de acreditación en técnicas de análisis químico para alimentos procesados y productos alimentarios servidos, entre 13 y 15 de los análisis.

50

Oferente cuenta con alcance de acreditación en técnicas de análisis químico para alimentos procesados y productos alimentarios servidos, entre 9 y 12 de los análisis.

25

iii.Acreditación en metodologías rápidas y/o servicios adicionales (25%).

Se valorará a quien oferte una mayor cantidad de metodologías rápidas o Servicios Adicionales.

La acreditación en metodologías rápidas en Chile se basa en la norma NCh-ISO 17025 (para laboratorios de ensayo/calibración) ante el Instituto Nacional de Normalización (INN), garantizando la competencia técnica en métodos modernos, como los moleculares (PCR) o inmunológicos, reduciendo tiempos de espera comparado con métodos tradicionales. Ejemplo, Kit rápido de análisis.

Se considera como Servicio Adicional, por ejemplo, Etiquetado nutricional, análisis proximal, Fibra dietaria Total, soluble e insoluble, Sodio, Potasio y Macronutrientes. Metales pesados, Perfil de ácidos grasos, Perfil de Azucares, vitaminas, Actividad del Agua, contaminantes, alergenos, entre otros necesarios para distinguir calidad de algún producto, por señalar alguno, Carvacrol de Plantas Aromáticas.

Para que el servicio sea considerado válido y obtenga puntaje, el oferente deberá listarlo en el Anexo N° 7 y adjuntar el medio de verificación correspondiente (Ej: Ficha técnica del kit rápido, procedimiento interno vigente, certificado de validación o acreditación si la tuviera). No se asignará puntaje a servicios listados que no adjunten su respaldo técnico.

Metodologías Rápidas y/o servicios adicionales

Puntaje

Oferta más de una Metodología Rápida y/o servicios adicionales

100

Oferta una Metodología Rápida y/o servicios adicionales

50

No oferta Metodologías Rápidas y/o servicios adicionales

0

  1. Acreditación en Evaluaciones de Riesgo (25%)

Este criterio se evaluará tomando como base la cantidad de contratos de similar naturaleza y envergadura a la licitada dentro de los últimos 5 años (contados desde la fecha de cierre de recepción de ofertas), de acuerdo con lo informado en el Anexo N° 8 y con lo siguiente:

CRITERIO DE EVALUACIÓN

SUBCRITERIO

FACTORES

PUNTAJE

Experiencia de quien oferta

Experiencia, a través de contratos en servicios de similar naturaleza y envergadura a la licitada en los últimos 5 años, acreditados por el o los mandantes.

Se entenderá por servicios de similar naturaleza aquellos que impliquen la evaluación de riesgos, inocuidad alimentaria, asesorías HACCP o implementación de normativas similares.

4 o más contratos en servicios de similar naturaleza y envergadura a la licitada.

100

Entre 2 y 3 contratos en servicios de similar naturaleza y envergadura a la licitada.

70

Al menos un contrato de similar naturaleza y envergadura a la licitada.

30

Sin contratos en servicios de similar naturaleza y envergadura, no informa o no acredita debidamente los contratos que declara.

0

Las acreditaciones podrán ser cualquiera de los siguientes documentos:

  1. Certificados de los mandantes emitidos para esta licitación.
  2. Facturas
  3. Ordenes de compras aceptadas y recibidas conformes
  4. Contratos

El certificado antes mencionado debe indicar expresamente:

  • Mandante.
  • Monto.
  • Fecha.
  • Servicio prestado.

  1. Precio (40%):

Se valorará el precio ofertado en el Anexo N° 2. El precio para evaluar se compone de la suma de los tres conceptos descritos, de acuerdo con lo siguiente:

1.Valores por tipo de análisis microbiológicos por rubro alimentario.

2.Valores por tipo de análisis químico por rubro alimentario.

3.Valor por Evaluación análisis de Riesgo.

Debe ofertarse en moneda nacional indicando el valor con I.V.A. incluido. La asignación de puntaje se realizará de acuerdo con lo siguiente, para cada uno de los ítems:

Oferta de menor monto                                 : 100 puntos

Segunda oferta con menor monto                : 90 puntos

Tercera oferta con menor monto                  : 70 puntos

Siguientes ofertas                                          : 50 puntos

El puntaje obtenido se ponderará al porcentaje de cada subcriterio.

 

El oferente debe cotizar obligatoriamente el valor para todos y cada uno de los análisis detallados en el Anexo N° 2. La omisión de cualquier tarifa impedirá la comparación equitativa de las ofertas y será causal de inadmisibilidad de acuerdo al numeral 12 de las presentes bases administrativas.

 

  1. Proveedor Local (10%):

Este criterio valorará la presencia regional y proximidad operativa de los oferentes, con el propósito de asegurar la oportunidad y calidad técnica en la toma de muestras (garantizando tiempos óptimos de transporte y cadena de frío), a la vez que se promueve el desarrollo económico local y la generación de empleo en la Región de Tarapacá, fortaleciendo el ecosistema de proveedores regionales.

La asignación de puntaje se realizará de acuerdo con lo siguiente:

Criterios

Puntaje

Quien oferta tiene domicilio en la Región de Tarapacá.

100

Quien oferta tiene domicilio Regiones adyacentes a Tarapacá: Arica y Parinacota o Antofagasta.

50

Quien oferta tiene domicilio en otra región no señalada en los criterios anteriores

20

La acreditación del domicilio se realizará de acuerdo con la dirección consignada en la ficha de proveedor disponible en el Sistema de Información de Compras y Contrataciones Públicas, sitio web: www.mercadopublico.cl, por lo que no es necesario acompañar documentación adicional.

Este criterio aplicará tanto para quienes oferten contando con su sede central o una sucursal en las regiones mencionadas.

  1. Política de Inclusión Laboral y/o Género (5%):

Se entenderá por inclusión, para efectos de la asignación de puntaje en este criterio de evaluación, lo siguiente: elementos que promuevan o permitan generar mejoras en la forma y oportunidad de incorporar en los ambientes laborales a personas en desventaja por alguna de las situaciones descritas (etnia, discapacidad o género), según se indica en el cuadro que más adelante se presenta.

Adicionalmente de acuerdo con lo previsto en el art. 55 del Reglamento de la Ley de Compra:

  • Se entenderá que una empresa promueve la igualdad de género cuando incluye políticas o prácticas del lugar de trabajo para reducir brechas salariales; fomentar contrataciones equitativas, la corresponsabilidad en los cuidados, y reducir la desigualdad de género.
  • Se entenderá que una empresa promueve los liderazgos de mujeres dentro de la estructura organizacional, cuando sea acorde al artículo 4, numeral 15, del reglamento de la ley 19.886.
  • Se entenderá que una empresa impulsa la participación de grupos subrepresentados cuando incluye políticas y prácticas para la inclusión y contratación significativa de personas que enfrentan barreras estructurales y desventajas en su acceso, permanencia y desarrollo en el mercado laboral.

El criterio se calculará a partir de los siguientes factores de inclusión. Completar Anexo N° 3:

Factores de inclusión

Materias y contenidos

Medio de verificación

Trabajadores pertenecientes a pueblos Indígenas/originarios (**)

Quien oferta dispone de políticas de inclusión laboral de trabajadores pertenecientes a pueblos indígenas a partir de políticas no discriminatorias.

1. Contrato (*) de trabajo de carácter indefinido del/de los trabajadores perteneciente a pueblos indígenas, con antigüedad igual o mayor a 3 meses; y

2. Documento que acredite la calidad de persona perteneciente a pueblo indígena otorgado por CONADI.

Para extranjeros, documentos oficiales entregados por las autoridades de dicho país, debidamente legalizados.

Trabajadores en situación de discapacidad (Sólo para empresas con menos de 100 trabajadores/as, empresas con 100 o más trabajadores/as deben cumplir con el requisito legal del 1%). (**)

Quien oferta dispone de políticas de inclusión laboral de personas en situación de discapacidad a partir de políticas no discriminatorias.

1. Contrato de trabajo de carácter indefinido del/de los trabajadores en situación de discapacidad, con antigüedad igual o mayor a 3 meses;

2. Inscripción en el Registro Nacional de Discapacidad, certificación del COMPIN o certificado del Registro Civil en que se indique la condición.

3. Empresas con 100 o más trabajadores/as deben cumplir con el requisito legal del 1%, acompañar certificado.

Mujeres trabajadoras (**)

1-Quien oferta es una persona natural de género femenino.

2-Quien oferta es una empresa liderada por mujer/es, la Representante Legal o Gerente General es mujer, debidamente acreditado con los documentos que correspondan.

3-Quien oferte demuestra tener una política de inclusión de género a través de la paridad de género en sus contrataciones, con al menos un 50% de mujeres contratadas respecto al total de trabajadores contratados.

4.-Quien oferte declara Jefa de proyecto a una mujer.

Se comprobará de acuerdo con lo siguiente, según cada caso:

1. Registro de proveedores (Sello Empresa Mujer).

2. Constitución de la sociedad o sus modificaciones o declaración de poderes vigente.

3. Certificado de cotizaciones previsionales (F-30-1), dicho certificado debe dar cuenta de la nómina completa y total del personal contratado por la empresa.

4. Propuesta técnica, presentación y/u organigrama del equipo de trabajo.

*Podrá acreditarse el cumplimiento si se acompañan las extensiones o prórrogas de contrato de trabajos siempre que se encuentren vigentes y tengan el carácter de indefinidas.

**Se entenderá cumplido el requisito si quien oferta al menos acredita contar con una persona contratada bajo cualquiera de los factores que se indica.

En caso de que las acreditaciones se presenten con otros documentos que validen efectivamente el espíritu del criterio y den cuenta de una política de inclusión, la comisión podrá aceptarlas, fundando dicha aceptación.

Cálculo del puntaje:

 

Subcriterio

Factores

Puntaje

Política de inclusión laboral y/o Género

Cuenta y acredita 2 o más factores de Inclusión Laboral y/o género.

100

Cuenta y acredita 1 factores de Inclusión Laboral y/o género.

80

No cuenta o no acredita factores de Inclusión Laboral y/o género.

20

  1. Programa de Integridad (3%):

 

Quienes contraten con la Administración del Estado deben demostrar que han tenido un comportamiento íntegro, lo que se traduce en que las personas que trabajan para el/a proveedor/a y participen en las actuaciones que deben llevarse a cabo durante la etapa concursal y luego en la ejecución del contrato, procedan con la debida integridad.

Lo anterior significa que el oferente y su personal deben dar cumplimiento a los principios éticos, morales y de transparencia que rigen el proceso de contratación pública, y deben actuar con transparencia, legalidad y veracidad en el proceso, y en la entrega de información y antecedentes presentados en su propuesta.

Se entenderá por programa integridad es un conjunto de políticas, procedimientos y herramientas internas diseñadas para promover comportamientos éticos, prevenir la corrupción y el fraude, y asegurar el cumplimiento normativo en una organización, siendo cada vez más obligatorio para proveedores del Estado, especialmente en compras públicas, e incluye canales de denuncia, sanciones y capacitaciones para empleados, todo adecuado a la realidad de cada empresa o institución que participe del proceso.

Con ese fin, el oferente debe presentar junto con su oferta, lo siguiente:

  1. Declarar en Anexo N° 5 si cuenta o no con el Programa de integridad.

  1. Acompañar, con su oferta, el programa de integridad, de contar con él (artículo 17 Reglamento);

  1. Acompañar los antecedentes que den cuenta de que éste es conocido y aplicado por su personal (artículo 17 Reglamento).

Sólo se asignará puntaje a quienes acrediten contar con un programa de integridad que se encuentre difundido en su empresa y con sus colaboradores, cumpliendo los N°s 1, 2 y 3 precedentes).

Cálculo del puntaje:

Cuenta con programa de integridad                          100 puntos

No cuenta con programa de integridad                     20 puntos.

En caso de tratarse de personas naturales que participen del proceso, recibirán el puntaje íntegro para este criterio.

 

En caso de tratarse de una UTP todos los integrantes de ésta deben contar con su programa de integridad debidamente difundido en su empresa para obtener el máximo puntaje.

  1. Cumplimiento de Requisitos Formales (2%):

Corresponde al cumplimiento en la correcta presentación de su oferta en términos formales respecto de la presentación de anexos técnicos, así como en la mención al cumplimiento de las especificaciones del proceso.

Los requisitos formales son aquellos solicitados en las bases de licitación que dan cumplimiento a la correcta presentación de la oferta, lo que corresponde a:

  • Presentación de los anexos de la oferta técnica, que acompañan al Anexo N°1.
  • Consistencia de la información presentada en la ficha del portal y documentos anexos.
  • Anexos y documentos solicitados se encuentran debidamente firmados y llenados, según se solicita.

La omisión, rectificación o aclaración de antecedentes, serán consultadas a través del foro inverso (aclaración de ofertas) en la etapa de evaluación, teniendo un tiempo de espera de respuesta de 48 horas desde que esta ha sido realizada y siempre que se trate de materias de forma que no alteren ni modifiquen la naturaleza del llamado, la no respuesta por los oferentes en el plazo establecido incurrirá en la obtención del puntaje mínimo establecido para este criterio y si el requerimiento fuera necesario para ser evaluado quien oferte quedará desestimado/a del proceso de evaluación.

Servicio

Puntaje

Cumple con los requisitos formales establecidos en las bases.

100

Cumple parcialmente con los requisitos formales establecidos en las bases y es necesario aclarar, rectificar o acompañar algún documento adicionalmente a través de la funcionalidad de aclaración de ofertas, y quien oferta responde en el plazo que se indica.

50

Cumple parcialmente con los requisitos formales establecidos en las bases, pero no es necesario aclarar, rectificar o acompañar algún documento adicionalmente a través de la funcionalidad de aclaración de ofertas.

50

No cumple con los requisitos formales establecidos en las bases y no responde dentro de los plazos establecidos para ello.

0

9.4 MECANISMO PARA DIRIMIR EMPATES.

En el caso de verificarse un empate en la calificación final obtenida entre dos o más oferentes, se aplicarán los siguientes criterios para los efectos de dirimirlos, en el orden de prelación que a continuación se indica:

  1. En caso de existir algún empate en la evaluación final obtenida entre dos o más oferentes, primeramente, se resolverá el empate a favor de aquel oferente que hubiere obtenido el máximo puntaje ponderado en el criterio de evaluación “Oferta Técnica”.

  1. Si luego de aplicar el criterio precedente se mantuviese el empate, se resolverá el empate a favor de aquel oferente que hubiere obtenido la más alta ponderación en la evaluación de la propuesta técnica en el criterio “Precio”.

  1. Si luego de aplicar el criterio precedente se mantuviese el empate, se resolverá el empate a favor de aquel oferente que hubiere obtenido la más alta ponderación en la evaluación de la propuesta técnica en el criterio “Proveedor Local”.

  1. Si luego de aplicar el criterio precedente se mantuviese el empate, se resolverá el empate a favor de aquel oferente que hubiere obtenido la más alta ponderación (calificación) en la evaluación de la propuesta técnica en el criterio “Política de Inclusión Laboral y/o Género”.

  1. Si luego de aplicar el criterio precedente se mantuviese el empate, se resolverá el empate a favor de aquel oferente que hubiere obtenido la más alta ponderación (calificación) en la evaluación de la propuesta técnica en el criterio “Programa de integridad”.

  1. Si luego de aplicar el criterio precedente se mantuviese el empate, se resolverá el empate a favor de aquel oferente que hubiere obtenido la más alta ponderación (calificación) en la evaluación de la propuesta técnica en el criterio “Cumplimiento de Requisitos Formales”.

  1. Si el empate persiste, se resolverá entre las ofertas empatadas, por la oferta con la primera fecha de ingreso en el Sistema de Compras.

9.5 PUNTAJE MÍNIMO DE ADJUDICACIÓN.

                                                                                                   

Para efectos de evaluación, serán consideradas las propuestas que acrediten mediante copia de documentos, la formación profesional y experiencia que señalen en sus propuestas. Quienes no adjunten dicha información, obtendrán el puntaje mínimo asignado a cada criterio de evaluación, según corresponda. Adicionalmente, la SEREMI no adjudicará a ninguna oferta que obtenga menos del 65% del puntaje ponderado total.

En caso de que ningún proponte alcance dicha puntuación ponderada la licitación será declarada desierta, en los términos previstos en la letra d) el numeral 14 de las presentes bases administrativas.

9.6 ACLARACIONES Y/O CONSULTAS A LAS BASES DE LICITACIÓN.

Los proponentes podrán solicitar aclaraciones, en relación con las presente Bases de Licitación Pública, únicamente mediante la funcionalidad de foro otorgada por el portal www.mercadopublico.cl.

La SEREMI, dará respuesta por escrito a todas las consultas que sean realizadas, a través de la funcionalidad antes señalada en el mismo sitio web: www.mercadopublico.cl, dando a conocer también el texto de consulta de que se trate.

10.  ERRORES U OMISIONES DETECTADOS DURANTE LA EVALUACIÓN.

La Seremi exigirá que todos los antecedentes solicitados en la presente licitación pública sean ingresados digitalmente en la oferta del proveedor/a como archivos adjuntos.

Solamente en el periodo de evaluación y en los casos que la Seremi lo estime necesario, podrá:

  1. Salvar los errores u omisiones formales en que ha incurrido. No se considerará error formal errores en el precio de la oferta.

  1. La presentación de certificaciones o antecedentes que hayan omitido presentar al momento de efectuarla la oferta, siempre que dichas certificaciones o antecedentes se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar ofertas; y,

  1. La presentación de certificaciones o antecedentes que se refieran a situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas y el periodo de evaluación de éstas.

Las rectificaciones de los errores u omisiones detectados por la Entidad licitante y que se solicitan y permiten salvar o subsanar a los oferentes, no podrán conferir una situación de privilegio respecto de los demás competidores, dado que se afectará el principio de igualdad de los oferentes.

Existiendo la posibilidad de rectificar los errores u omisiones por parte de los/as proveedores/as, esta se encuentra contemplada en las presentes bases.

Las consultas y/o aclaraciones se realizarán mediante la funcionalidad de “Aclaración de Ofertas” - “foro inverso”, disponible en el Sistema de Información de Compras y Contrataciones Públicas, sitio web: www.mercadopublico.cl. Los antecedentes formales solicitados deberán ser publicados bajo la misma funcionalidad, en un plazo máximo de dos días hábiles.

Cabe señalar que lo anterior se enmarca en lo establecido en el artículo 56, del reglamento de la ley N° 19.886.

La Seremi no se responsabiliza por el uso incorrecto de las plataformas digitales, los aplicativos o la página web de ChileCompra www.mercadopublico.cl, siendo de responsabilidad de cada proveedor/a, proporcionar la información requerida por el sistema electrónico de contratación y por las presentes bases, para la correcta y completa presentación de ofertas. El uso incorrecto de los recursos electrónicos necesarios para este proceso de contratación facultará a la Seremi para rechazar las ofertas.

  1. PRESENTACIÓN DE LAS OFERTAS.

El oferente debe ingresar su oferta, a través de los Anexo Adjuntos, así como toda la información que la respalde en formato digital legible al portal www.mercadopublico.cl, en los plazos ahí señalados, indicando con detalle, las características y descripción de lo ofertado, debiendo entregar, como mínimo, la información ahí solicitada.

 

  1. INADMISIBILIDAD DE LAS OFERTAS.

La SEREMI se reserva el derecho a declarar inadmisibles y, en consecuencia, para rechazar una o más de las ofertas presentadas, en la etapa de apertura de la licitación, cuando éstas no cumplieren cualquiera de los requisitos o exigencias establecidos en las presentes Bases de Licitación Pública, sin que ello otorgue derecho alguno a los oferentes a reclamar indemnización alguna por este motivo.

Serán rechazadas en el acto de apertura de la licitación, las ofertas que:

  1. No presentar el Anexo N° 1 y la información requerida, metodología, presentación y Carta Gantt.

  1. No presentar Anexo N° 2, o bien, presentarlo incompleto (con celdas vacías, sin cotizar la totalidad de los análisis solicitados).

  1. No presentar el Anexo N° 6, para UTP, si procede.

  1. No cumplir con el mínimo de análisis microbiológicos o químicos acreditados (9), independiente de que cumpla con la acreditación de Laboratorio bajo NCh ISO 17025 y 17020 o Reconocimiento mutuo de la Cooperación Internacional de Acreditación de Laboratorios (MRA de ILAC) u otro similar.

Con toda la comisión evaluadora podrá rechazar las ofertas que encontrándose en evaluación se evidencien inconsistencias o incumplimientos técnicos y/o administrativos específicos respecto de lo requerido en las bases técnicas de la licitación, motivo que será debidamente declarado y fundado en el acta de evaluación de ofertas.

  1. COSTOS.

Los costos derivados de la formulación de la oferta en que incurrirá el proponente serán de su cargo, no dando origen a indemnización alguna en caso de ser rechazada, desestimada o no considerada su oferta por la SEREMI de Agricultura.

  1. DE LA NOTIFICACIÓN DE LA ADJUDICACIÓN CONSULTAS SOBRE LA MISMA Y RE-ADJUDICACIÓN.

a) Adjudicación: Se adjudicará la oferta que obtenga el mayor puntaje ponderado, el que se obtendrá luego de la aplicación de los puntajes de cada uno de los criterios de evaluación y sus respectivos ponderadores.

b) Notificación: La SEREMI, informará a todos los oferentes del resultado de la licitación y la adjudicación de esta, a través del portal de Mercado Público.

c) Re-adjudicación: Si el respectivo adjudicatario se desiste de su oferta, no entrega los antecedentes legales para contratar, no acepta la orden de compra o pierda la habilidad para contratar con el Estado en los plazos que se establecen en las presentes bases, la entidad licitante dejará sin efecto la adjudicación y seleccionará al oferente que, de acuerdo al resultado de la evaluación le siga en puntaje, y así sucesivamente, a menos que, de acuerdo a los intereses del servicio, se estime conveniente declarar desierta la licitación.

En consecuencia, cualquier incumplimiento de quien sea adjudicado/a, facultará a la SEREMI de Agricultura para dejar sin efecto la adjudicación y re-adjudicar la licitación al oferente que haya obtenido la segunda mejor puntuación de acuerdo con la evaluación efectuada por la Comisión Evaluadora.

d) Declaración de Desierta: La SEREMI podrá declarar desierta la licitación de acuerdo con lo establecido en el artículo N° 9 de la ley 19.886.

e) Consultas: en caso de que quienes oferten tengan consultas respecto de la adjudicación o de su proceso, podrán realizar formalmente sus consultas a través del encargado de la presente licitación a la casilla de correo electrónico: compras@minagri.gob.cl, quien debe responder en un plazo no superior a 48 horas y podrán presentar sus reclamos a través de la plataforma de probidad activa dispuesta en el sistema de información de compras y contrataciones públicas www.mercadopublico.cl.

15. MODIFICACIONES A LAS BASES DE LICITACIÓN.

La SEREMI podrá modificar las presentes Bases de Licitación Pública, ya sea por iniciativa propia o en atención a una aclaración solicitada por algunos de los oferentes, durante el proceso de consultas de la licitación, otorgando un plazo prudencial para que los oferentes puedan adecuar sus ofertas a los nuevos requerimientos.

Asimismo, podrá ampliar los plazos establecidos en las presentes bases si tiene lugar situaciones determinadas como caso fortuito o fuerza mayor, lo que será calificado formalmente por esta entidad, siempre previo al cierre del proceso de licitación y otorgando un plazo prudencial para ofertar.

16.CONTRATACIÓN.

La SEREMI suscribirá el respectivo contrato con quien se adjudique la licitación, previa acreditación de su estado de habilidad en el portal www.mercadopublico.cl y de haber incorporado la versión digital de todos sus antecedentes que acrediten existencia, vigencia y personería en dicho portal o haberlos presentado formal y físicamente ante la SEREMI.

La validez del contrato estará sujeta a la total tramitación del acto administrativo que lo apruebe.

No podrán contratar con la SEREMI quienes tengan:

  • Condenas por delitos de cohecho o financiamiento del terrorismo.
  • Condenas por lavado de activos.
  • Delitos concursales establecidos en el Código Penal y delitos establecidos en el Código Tributario.
  • Condenas por incumplimiento contractual derivado de culpa o falta de diligencia.
  • Registre condenas por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.
  • Registre deudas previsionales o de salud con sus trabajadores dependientes en los últimos dos años.
  • Tenga deudas tributarias por más de 500 UTM en el último año o entre 200 y 500 UTM en los últimos dos años.

Previa suscripción del contrato quien se adjudique debe acreditar, además, el cumplimiento de las normas laborales y previsionales del equipo que se desempeñará en las labores de la citada prestación de servicios.

Posterior a la suscripción del contrato, quien se adjudique debe hacerse cargo de cualquier gasto que eventualmente deba efectuarse como producto de demandas de carácter laboral del personal que se desempeñe en el desarrollo de la mencionada prestación de servicios, conflictos en los cuales la SEREMI de Agricultura no tendrá participación alguna.

Para el caso de que la empresa o persona natural que celebre el contrato, registre saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años, la SEREMI de Agricultura establecerá en el contrato que los primeros estados de pago producto del servicio licitado, deben ser destinados al pago de dichas obligaciones, debiendo quien preste el servicio acreditar, mediante comprobantes y planillas, que la totalidad de las obligaciones se encuentran liquidadas al cumplirse la mitad del período de ejecución del contrato, con un máximo de seis meses. Se requerirá, también, la presentación mensual de un certificado especial de la Dirección del Trabajo, sobre esta materia.

En caso de incumplimiento de estas obligaciones por parte de la empresa o persona natural contratada, la SEREMI de Agricultura podrá dar por terminado el respectivo contrato, pudiendo llamarse a una nueva licitación en la que la empresa o persona natural referida no podrá participar.

Si quien se adjudique no firmare el contrato por causa imputable a él, en el plazo máximo de 10 días corridos, contados desde la comunicación de la adjudicación de la presente Licitación Pública, su oferta podrá dejarse sin efecto, pudiendo la SEREMI, en ese caso, aceptar la oferta del proponente que sigue en el orden de precedencia, o declarar desierta la licitación.

La Justicia Ordinaria resolverá los problemas o divergencias que se pudieren suscitar entre las partes con motivo de la prestación del servicio, para lo cual, las partes fijan domicilio en la comuna de Santiago, de la ciudad del mismo nombre, Chile, sin perjuicio de las facultades de la SEREMI de Agricultura y las atribuciones de la Contraloría General de la República.

Antecedentes legales para ser contratado:

Quien se adjudique debe reunir y acompañar los antecedentes legales señalados a continuación para ser contratado, ya sea en soporte en papel, o bien, mediante su incorporación en el Registro Electrónico Oficial de Contratistas, www.mercadopublico.cl , en los plazos señalados en el párrafo anterior. En el caso de una Unión Temporal de Proveedores, los antecedentes requeridos, deben ser presentados por cada uno de sus integrantes, además de la escritura pública en que conste su constitución.

A.-       Persona jurídica:

-    Certificado de Vigencia de la personería de sus representantes legales, extendido por el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces respectivo, con una antigüedad no superior a 60 días desde su emisión o Certificado de Vigencia emitido por el Registro de Empresas y Sociedades, en el caso de las sociedades acogidas a la Ley 20.659 o, bien, copias de estos, debidamente autorizadas por un Notario Público.

-    Fotocopia de la escritura pública de constitución de la sociedad o certificado de estatuto actualizado emitido por el Registro de Empresas y Sociedades, en el caso de sociedades acogidas a la Ley 20.659.

-    Fotocopia simple de la cédula nacional de identidad del Representante Legal.

-    Fotocopia simple de RUT de la Empresa.

B.-       Persona Natural:

-    Fotocopia simple de la cédula nacional de identidad del/la adjudicatario/a.

-     Fotocopia simple de iniciación de actividades del SII.

C.-       Unión Temporal de Proveedores (UTP):

En caso de adjudicarse una UTP, debe presentar:

-      Fotocopia de la escritura pública en que conste la formalización de la Unión Temporal de Proveedores y se establezca, a lo menos, la solidaridad entre las partes, el nombramiento de un representante o apoderado común con poderes suficientes y que la vigencia de esta Unión no sea inferior a la vigencia del contrato que se suscriba; siempre que el/la adjudicatario/a sea dos o más proveedores/as.

16.1       Vigencia del contrato

El contrato entrará en vigor una vez tramitado completamente el acto administrativo que lo apruebe.

Sin perjuicio de lo anterior el plazo máximo del contrato no podrá superar los 150 días corridos contados desde la aprobación del contrato y emisión de la orden de compra a través del sistema de información.

Asimismo, la vigencia del contrato podrá ser modificada por motivos de fuerza mayor y las condiciones establecidas en las presentes bases de licitación.

16.2       Multas:

El incumplimiento de las obligaciones motivo de la presente contratación será materia de aplicación de multas, de acuerdo con los siguiente:

Incumplimiento

Multa

1

No respetar los plazos para cualquiera de las entregas de informes, actividades o productos comprometidos.

UF 3 por cada día hábil de atraso, con un

máximo de 15 días hábiles.

2

Entrega de informes con observaciones por más de dos veces, es decir, la tercera entrega con observaciones

quedará afecta a multa.

UF 3 por evento, con un máximo de tres eventos.

3

Reemplazo de un profesional del equipo técnico sin respetar el plazo de aviso previo de 5 días hábiles para la aprobación por parte de la contraparte técnica, o sin contar con dicha aprobación.

UF 5 por evento, con máximo de dos eventos.

4

No respetar los plazos previstos para informar la subcontratación.

UF 5 por evento, con máximo de dos eventos.

La multa será cobrada en pesos chilenos, considerando para la conversión el valor de equivalencia de la Unidad de Fomento al día de la notificación de aplicación de ésta.

Las multas se descontarán del pago de la factura correspondiente y en caso de existir estados de pago pendientes podrá descontarse del próximo estado de pago, mientras se tramita completamente la aplicación de la multa. Del mismo modo la multa podrá cobrarse, en caso de que ya no existan facturas o estados de pago pendientes en los términos que indique expresamente el acto administrativo que aplique la multa, lo que se notificará formalmente.

En cualquiera de los casos, la sumatoria de las multas aplicadas no deberá exceder el tope máximo del 30% del total del contrato, de acuerdo con lo señalado en el artículo 136 del reglamento vigente de la Ley de Compras N° 19.886, o cuando se apliquen más de tres multas totalmente tramitadas en el periodo de vigencia del contrato. Cualquiera sea la situación, podrá ser causal de término anticipado del contrato, según lo estipulado en numeral 17 de las presentes bases de licitación.

Las multas se regirán y aplicarán en los términos previstos en los artículos 135, 136, 137, 138, 139 y 140, del reglamento de la ley N° 19.886.

16.2.1 Procedimiento de cobro de multas:

Una vez producido el incumplimiento la SEREMI lo notificará por escrito, mediante el acto administrativo correspondiente a quien preste el servicio, otorgando un plazo de cinco días hábiles a partir de su notificación, para que quien preste al servicio formule sus descargos en el plazo mencionado.

Las notificaciones por carta certificada se entenderán practicadas a contar del tercer día siguiente a su recepción.

Sin perjuicio de lo anterior, también podrá notificarse a través de los otros medios establecidos en la ley N°19.880 y sus modificaciones.

Las multas y el comportamiento general de quien preste el servicio serán informados en el Sistema de Información de Compras, de acuerdo con lo establecido en el artículo 108 del reglamento de la ley N° 19.886.

           

16.3       Supervisión y propiedad de los productos a contratar:

La SEREMI de Agricultura ejercerá la supervisión integral del contrato, en sus aspectos técnicos y administrativos, y designará una contraparte técnica para que la represente, la que estará integrada por un/a funcionario/a de la misma SEREMI.

Entre las funciones que tendrá la contraparte técnica, se mencionan y detallan las siguientes:

a)    Supervisar y controlar la entrega y especificaciones de los servicios que por este acto se adquieren.

b)    Otorgar la recepción conforme y autorizar los pagos, según se haya acordado en el presente instrumento.

c)    Autorizar adecuaciones menores relativas al servicio, que no impliquen modificar las prestaciones, y en general atender y resolver situaciones técnicas que se produzcan en el presente contrato.

d)    Revisar, y aprobar o rechazar, las solicitudes de reemplazo de integrantes del equipo de trabajo presentadas por el adjudicatario, verificando que los nuevos profesionales cumplan con la idoneidad técnica, experiencia y perfil exigido en las bases, y que se respeten los plazos de aviso previo establecidos.

e)    Informar al encargado/a administrativo/a regional, mediante memorándum o correo electrónico sobre la procedencia de la aplicación de multas ante eventuales incumplimientos.

f)     Coordinar las reuniones que estime necesarias para dar debido seguimiento a la entrega.

La referida contraparte tendrá acceso en todo momento a las tareas ejecutadas por el adjudicatario, quien debe facilitar el cumplimiento de dicha prerrogativa.

La misma contraparte convocará a las reuniones que estime necesario sostener con el adjudicatario o con determinados profesionales del equipo técnico de esta última. El adjudicatario deberá facilitar la oportuna asistencia y realización de dichas reuniones. Sin perjuicio de lo anterior, las reuniones mencionadas podrán realizarse, también, a requerimiento de la empresa.

16.4       Metodología del contrato

 

Órdenes de Exámenes

Para el correcto uso de los servicios del contrato de análisis de laboratorio y de evaluaciones riesgos, la contraparte técnica será el encargado de solicitar los servicio y presupuestos que se requieran, de acuerdo con el cotejo de la oferta presentada por el adjudicatario.

En caso de no encontrar los servicios (exámenes o técnicas) requeridos en la tabla de valores adjudicada, la Seremi solicitará una cotización o presupuesto específico para ser evaluado para su debida autorización, analizándose el precio de mercado y oportunidad de ejecución.

Una vez aprobado el presupuesto se procederá a emitir la respectiva orden de compra, la que se emitirá proveniente de la misma licitación.

El contrato no tendrá carácter de exclusivo para estos efectos, pudiendo la Seremi contratar con otros proveedores, en caso de encontrar condiciones más ventajosas para aquellos servicios no incluidos en la oferta e itemizado adjudicado. Del mismo modo podrá ejecutar total o parcialmente el presupuesto máximo de la licitación.

16.5       Facturación:

 

Una vez recibido conforme los servicios por parte de la SEREMI de Agricultura Región de Tarapacá, a través de su contraparte técnica, quien preste el servicio debe emitir la factura, de acuerdo con el detalle de cada orden de compra parcial enviada a través del Sistema de Información de Compras y Contratación Pública, la que hará referencia a cada hito (inicial y de verificación). Las facturas deben ser emitidas de la siguiente forma:

Razón Social              : Subsecretaría del Ministerio de Agricultura

RUT                            : 61.301.000-9

Dirección                    : Playa Blanca N° 2328, Iquique

Giro                             : Servicio Público

Detalle                        : Hito inicial o de verificación, por servicios de análisis de laboratorio de alimentos

La(s) factura(s) serán pagadas en el plazo máximo de 30 días corridos, contados desde su emisión y publicación en el SII.

El archivo XML de las facturas debe ser ingresado electrónicamente a la siguiente casilla: subagriculturarecepcion@custodium.com. La factura debe contener en el campo folio (801) el ID de la orden de compra y consignar la opción de pago “crédito”. Adicionalmente debe enviar copia del PDF de la factura al correo electrónico: facturasagricultura@minagri.gob.cl, donde debe acompañar otros antecedentes, si así corresponde.

La SEREMI de Agricultura, en el marco de lo dispuesto en el N° 2 del artículo 3° de la ley N° 19.983, tendrá un plazo de ocho días corridos siguientes a la recepción de la factura para reclamar de su contenido o tenerse por irrevocablemente aceptada. Dicho reclamo se entenderá practicado en la fecha de envío de la comunicación, mediante la plataforma electrónica dispuesta por el SII, para dichos efectos.

Es responsabilidad de quien preste el servicio incorporar como documentos adjuntos los antecedentes que se requieran como parte del contrato o acuerdo con la SEREMI para materializar el pago (guías de despacho, informes, certificado de leyes sociales, etc.).

Por lo anterior y a fin de mitigar errores o descoordinaciones al momento del pago, será obligación que el o los proveedores informen, mediante correo electrónico o directamente consignándolo en su factura o documento tributario, los siguientes datos: razón social, RUT, banco, N° cuenta corriente y correo electrónico para la notificación.

 

Quien se adjudique debe mantener su habilidad para contratar con el Estado durante toda la vigencia del contrato, como también actualizar sus datos en la plataforma electrónica: Domicilio, Representantes legales, datos de contacto.

 

  1. Factoring:

En caso de que quien preste el servicio ceda a un factoring la(s) factura(s) asociada(s) a esta contratación, deberá asegurarse de confirmar que la notificación de dicho factoring, se realice oportunamente en la debida dirección de este Servicio, individualizada en el segundo párrafo del presente numeral, de tal forma que el pago sea realizado de acuerdo con el contrato suscrito por el proveedor.

Cabe señalar que el factoring no se hará efectivo en caso de existir obligaciones o multas pendientes, de acuerdo con lo establecido en el artículo N° 127 del Reglamento de la Ley N° 19.886 de Bases, sobre contratos administrativos de suministro y prestación de servicios. La SEREMI no se responsabilizará de los intereses que eventualmente cobrará el factoring.

Tratándose de cesión electrónica el proveedor debe notificar a la contraparte administrativa sobre la decisión de cesión.

17.TÉRMINO ANTICIPADO DEL CONTRATO.

La SEREMI podrá poner término anticipado al contrato o modificarlo, sin indemnización de perjuicios, por cualquiera de las causales establecidas en el artículo 13 de la Ley N° 19.886, en el artículo 130 de su reglamento, contenido en el D.S. N° 661, de 2024 del Ministerio de Hacienda y en las presentes bases de licitación, sin perjuicio de hacer efectiva las multas, en aquellos casos en que ello procediere, de acuerdo con las siguientes causales:

-      Resciliación o mutuo acuerdo entre los contratantes.

-      Unilateralmente, cuando quien preste el servicio incurra en incumplimiento grave de los servicios establecidos en el contrato, lo que se establecen las bases de licitación, sus anexos, consultas y aclaraciones, y si requerido para cumplirlas no lo hiciera dentro del plazo que se le señale, sin perjuicio, además, de cobrar la garantía y hacer efectivas las multas que procedieren. Adicionalmente se entenderá por incumplimiento grave, lo siguiente:

a)    La negativa, sin causa justificada, de entregar el servicio comprometido.

b)    En caso de que las multas cursadas, en total, superen el 3% del valor total contratado o cuando se aplique más de dos 2 multas durante la vigencia del contrato.

c)    Las demás causales establecidas por el Reglamento de la ley N° 19.886.

d)    La inejecución por parte de quien preste el servicio de una o más de las actividades previstas en las presentes bases, en términos que repercuta negativamente en la figura de la SEREMI.

e)    No presentar los informes en los plazos establecidos en el presente instrumento y cuyo retraso supere los 10 días hábiles.

f)     Cuando un informe sea observado por tercera vez, y las demás que ha establecido el presente instrumento, de acuerdo con lo previsto en las presentes bases.

-      Unilateralmente, quien preste el servicio registre incumplimiento del pago de remuneraciones y/u obligaciones sociales (laborales) de sus trabajadores, sin ofrecer un acuerdo de pago con sus trabajadores. En dicho caso la SEREMI activará el procedimiento de cobro de la garantía para pagar las deudas que corresponda.

-      Unilateralmente, en caso de estado de notoria insolvencia de quien preste el servicio, a menos que se mejoren las cauciones entregadas o las existentes sean suficientes para garantizar el cumplimiento del contrato.

-      Unilateralmente, si quien preste el servicio perdiere las certificaciones y autorizaciones necesarias para funcionar en el giro de su actividad.

-      Unilateralmente, si quien preste el servicio supera la aplicación de las multas establecidas en las presentes bases de licitación.

-      No dar cumplimiento con lo establecido en la cláusula de las subcontrataciones, en el sentido de no informar en la oportunidad que corresponde sobre la subcontratación, impidiendo validar la calidad técnica del subcontratado. La SEREMI en cuanto tome conocimiento de que ha ocurrido esta situación notificará el término anticipado del contrato.

-      Y todas las otras causales previstas en el artículo 130 del mencionado Reglamento de la ley de compras.

En este caso, la SEREMI debe comunicar el término anticipado por escrito, fijándose un plazo de 30 días hábiles, contados desde la fecha de su recepción por parte de quien preste el servicio, para liquidar los saldos que se devenguen en favor del Fisco o abonar los gastos eventuales, siempre que éstos tengan directa relación con el servicio, lo cual se acreditará mediante la presentación de las boletas o facturas correspondientes.

18.ESTADOS DE PAGO E INFORMES

El contrato a celebrar motivo de la presente licitación considera la entrega de informes relativos a los resultados de análisis de Laboratorio (Análisis Inicial), informe para la entrega de resultados de análisis de Laboratorio (Análisis de verificación), e informe de las evaluaciones o análisis de Riesgos, previos a la emisión de las respectivas facturas, los que deben contener al menos los siguientes antecedentes:

1.Para los resultados de análisis de Laboratorio: los informes deberán ser entregado en formato no editable (PDF). Y un consolidado de resultados en formato digital editable (.xlsx o .csv) que debe incluir los campos para Parámetro, Resultado Numérico, Unidad de Medida, Límite de Detección (LOD), Límite de Cuantificación (LOQ) e Incertidumbre.

2.Elaborar el Informe de las Evaluaciones de Riesgo: deben contener la identificación de, los riesgos de inocuidad (con énfasis en la probabilidad de ETAs en base a la normativa y los flujos de proceso) sumado a sugerencias de medidas preventivas o correctivas inmediatas.

i. Aprobación de Informes.

La aprobación del informe por parte de la Contraparte Técnica debe hacerse por escrito, vía física o correo electrónico. Una vez efectuada su revisión, se pueden producir las siguientes situaciones:

a)    El Informe es Aprobado: En este caso la Contraparte Técnica del Contrato debe enviar por escrito o digital, la aprobación del informe correspondiente.

b)    El Informe presenta observaciones a ser incorporadas en el informe siguiente. La Contraparte Técnica del Contrato debe enviar por escrito o digital la aprobación del informe correspondiente, indicando que las observaciones deben ser resueltas en el próximo informe, aprobándose por parte de la Contraparte Técnica.

c)    El Informe es observado o rechazado. En este caso quien preste el servicio tendrá 5 días hábiles para corregir los puntos observados.

Se entenderá por observación cualquier comentario de la Contraparte Técnica del contrato, respecto del no cumplimiento de objetivos, tareas o actividades especificadas en el presente Contrato que, a su juicio, impida aprobar el informe y que, por tanto, implique la calificación de “Insuficiente”.

Si ocurre lo indicado anteriormente, se podrán producir las siguientes situaciones:

  1. Quien preste el servicio entregará las correcciones dentro de los plazos estipulados y serán aprobadas por la Contraparte Técnica, por lo cual éste deberá enviar por escrito o en digital la aprobación del Informe y la fecha de recepción prevista para el siguiente.
  2. Quien preste el servicio entregará las correcciones dentro de los plazos estipulados, pero la Contraparte Técnica estimará que aún no se ajustan a lo solicitado. En este caso, se remitirán las nuevas observaciones para su re-corrección por medio de una comunicación escrita, disponiendo de 5 días hábiles para corregir los puntos observados.

Este proceso podrá repetirse hasta un máximo de dos (2) veces. La tercera vez que un mismo informe sea observado por la Contraparte Técnica del Contrato éste último podrá ser terminado anticipadamente por parte de la SEREMI, además de proceder al cobro de las multas que procedan.

Tanto en la recepción de los informes como en la recepción de las correcciones a los mismos, si las hubiere, pueden producirse atrasos, los que deberán ser debidamente fundados por parte de quien presta el servicio.

Para efectos del cómputo de los plazos a que se refiere el presente punto, las notificaciones se entenderán practicadas desde el día siguiente de recepción de la comunicación o carta respectiva en la oficina correspondiente.

19. SUBCONTRATACIÓN

La persona o empresa adjudicada podrá subcontratar con terceros la ejecución de análisis microbiológicos y/o químicos respecto de aquellos análisis para los cuales no cuente con acreditación propia, ya sean éstos exigidos obligatoriamente por la normativa vigente o requeridos en el marco del presente contrato.

Los análisis subcontratados deberán ser ejecutados por laboratorios que cuenten con acreditación vigente conforme a la norma NCh ISO 17025 y/o NCh ISO 17020, o bien con acreditación otorgada por organismos reconocidos en el marco del Acuerdo de Reconocimiento Mutuo de la Cooperación Internacional de Acreditación de Laboratorios (ILAC MRA), o sistemas equivalentes.

La subcontratación no podrá exceder el 30% del monto total del contrato.      

La empresa adjudicada debe informar por escrito a la SEREMI toda subcontratación que pretenda efectuar, con una antelación mínima de cinco (5) días hábiles previos al inicio de la ejecución del servicio subcontratado, indicando el laboratorio propuesto, los análisis a subcontratar y los antecedentes de acreditación respectivos.

La SEREMI, a través de su contraparte técnica, debe pronunciarse expresamente y por escrito respecto de la aceptación o rechazo de la subcontratación propuesta, lo cual será requisito previo para su ejecución, para lo que tendrá un plazo de dos días hábiles, a fin de no afectar los tiempos para la prestación de los servicios.

El incumplimiento de la notificación antes mencionada generará el cobro de multas pertinentes. Del mismo modo, el subcontratista debe dar debido cumplimiento a las condiciones del contrato, siendo el titular el responsable final de las acciones.

La persona del subcontratista o sus socios o administradores, no pueden estar afectos a las inhabilidades e incompatibilidades establecidas en el artículo 154, de conformidad con lo que se dispone en la letra d), del inciso tercero, del artículo 128, ambos del reglamento de la ley N° 19.886.

20. FUERZA MAYOR O CASO FORTUITO.

Ni quien preste el servicio, ni la SEREMI serán responsable en caso de demora o tardanza en la ejecución de sus obligaciones contractuales debido a hechos calificados como fuerza mayor o caso fortuito, conforme lo dispuesto el artículo N°45 del Código Civil.

Quien preste el servicio se vea afectado por una situación de fuerza mayor o caso fortuito, notificará, por escrito a la SEREMI, dentro de los cinco primeros días de ocurrido el hecho; además, la solicitud de prórroga que se requiera al efecto deberá contener los fundamentos y antecedentes en que consten los hechos que constituyen la situación señalada acompañando los documentos necesarios para mejor resolver.

La calificación de fuerza mayor o caso fortuito, corresponderá resolverla a la SEREMI mediante resolución fundada, sobre la base de los antecedentes que le proporcione quien preste el servicio y/o aquellos que obtenga de terceros o sean de conocimiento público.

En caso de que la situación descrita implique una ampliación de la vigencia del contrato, dicha situación también será formalizada mediante el respectivo acto administrativo, debiendo quien preste el servicio cumplir con los términos y condiciones de las presentes bases.

21.CESIÓN DEL CONTRATO:

Quien oferte no podrá ceder ni transferir en forma alguna, total ni parcialmente los derechos y obligaciones que nacen del desarrollo de una licitación, de acuerdo con lo consignado en el artículo 126 del Reglamento de la Ley 19.886, y en especial los establecidos en el contrato definitivo, salvo que una norma legal especial permita la cesión de derechos y obligaciones. Lo anterior, es sin perjuicio que los documentos justificativos de los créditos que emanen de estos contratos podrán transferirse de acuerdo con las normas del derecho común.

22.PRÓRROGA Y/O MODIFICACIÓN DEL CONTRATO Y SERVICIOS CONEXOS

El contrato podrá ser modificado y/o prorrogado previo acuerdo escrito entre ambas partes, por un plazo máximo que no podrá superar los 30 días corridos adicionales a la vigencia original y no podrá superar el 30% del monto total presupuestado para la contratación.

La prórroga y/o modificación estará sujeta a la evaluación del desempeño de quien preste el servicio durante el período contractual y, debe ser solicitada con una antelación mínima de 15 días a la fecha de vencimiento del contrato original. Cualquier modificación adicional, que no vulnere los principios de la contratación, debe ser acordada y suscrita por las partes formalmente y aprobada por el acto administrativo que corresponde.

Del mismo modo, la SEREMI podrá eventualmente contratar servicios conexos al contrato no contemplados en él. Dichas contrataciones no serán de exclusividad para quien se adjudique. Toda contratación adicional a los términos del contrato, serán cotizadas en términos de precio, plazos y especificaciones técnicas, con quien preste el servicio y se establecerán las condiciones contractuales singulares para dichos efectos.

23.CONFIDENCIALIDAD

Si en la ejecución del contrato, se identifica información, material y/o equipo que requieran ser protegidos y clasificados, quien se adjudique guardará confidencialidad respecto de la información que en el cumplimiento del contrato conociera de la Seremi. Toda información que sea revelada o haya sido revelada por la Seremi quien se adjudique, sus asesores/as o empleados/as, sean dependientes o no, de manera verbal, escrita, gráfica, electrónica o de cualquier otra forma, sea que dicha información le pertenezca o no a la Subsecretaría, y toda la información que el adjudicatario, sus asesores/as, empleados/as dependientes o no, tomen conocimiento, en cualquier forma, en relación con la Seremi, tendrá carácter de confidencial. La información que se revele verbalmente será considerada confidencial desde el momento de su revelación, con el objeto de mantener la reserva y confidencialidad de la información que reciba quien se adjudique de parte de la Seremi. Con todo, esta confidencialidad se referirá a:

  • No usar en el momento de la ejecución del contrato ni en el futuro, total o parcialmente la información, para ningún propósito distinto a la prestación de los servicios a la Subsecretaría.
  • Mantener dicha información en secreto y reserva, y no dar acceso a ninguna persona, sea natural o jurídica, a la misma, restringiendo su divulgación únicamente a sus asesores o empleados, sean dependientes o no, que necesiten saber tal información en relación con la provisión o posible provisión de servicios a la Subsecretaría.
  • No hacer copias, ni permitir que otros hagan copias o reproduzcan, antecedentes o documentos que contengan información, salvo que la Seremi lo autorice en forma previa y por escrito.
  • La Subsecretaría tendrá el derecho para exigir en cualquier momento, la devolución de todo o parte del material, documentos u otros, que pueda haberle entregado o facilitado al adjudicatario que contenga información confidencial, debiendo esta última en dicho caso proceder a la devolución inmediata de lo solicitado.
  • Quien se adjudique adoptará todas las medidas conducentes a resguardar la confidencialidad de la información por parte de su personal, incluyendo profesionales, consultores, contratistas o demás personas que deban tomar, hayan tomado o tengan conocimiento de la Información Confidencial del órgano contratante.

Las obligaciones de reserva y confidencialidad que emanen del contrato se mantendrán por todo el tiempo en que el adjudicatario preste servicios a la Seremi y se extenderá en el futuro permanentemente, salvo autorización expresa de la Seremi, que permita revelar total o parcialmente la información entregada.

II.- BASES TÉCNICAS

 

“SERVICIO DE ANÁLISIS DE LABORATORIO EN EL MARCO DEL PROGRAMA CAPACITACIÓN, FORMALIZACIÓN, E INSTALACIÓN DE SISTEMA DE ASEGURAMIENTO DE LA INOCUIDAD CÓDIGO BIP: 40062085-0, EJECUTADO POR LA SECRETARIA REGIONAL MINISTERIAL DE AGRICULURA, REGIÓN DE TARAPACÁ”

La Secretaría Regional Ministerial de Agricultura de la Región de Tarapacá, llama a los/as proveedores/as del rubro, personas naturales, jurídicas, Unión Temporal de Proveedores, chilenas o extranjeras constituidas en Chile, a presentar sus ofertas para el proceso de Licitación Pública denominado “SERVICIO DE ANÁLISIS DE LABORATORIO EN EL MARCO DEL PROGRAMA CAPACITACIÓN, FORMALIZACIÓN, E INSTALACIÓN DE SISTEMA DE ASEGURAMIENTO DE LA INOCUIDAD CÓDIGO BIP: 40062085-0, EJECUTADO POR LA SECRETARIA REGIONAL MINISTERIAL DE AGRICULURA, REGIÓN DE TARAPACÁ”.

  1. Antecedentes Generales

 El Ministerio de Agricultura basa su acción en “encaminar fundamentalmente, a obtener el aumento de la producción nacional, la conservación, protección y acrecentamiento de los recursos naturales renovables y el mejoramiento de las condiciones de nutrición del pueblo”, esto según el Decreto Ley N° 294 de 1960.

Su misión es “avanzar hacia un sector agroalimentario y forestal competitivo, sustentable, innovador y moderno, comprometido socialmente con el desarrollo regional y rural, en este contexto la SEREMI de Agricultura de la región de Tarapacá ha promovido el desarrollo del programa antes mencionado, basándose en antecedentes como: la informalidad, que es uno de los principales problemas revelados a nivel nacional en las distintas Comisiones Asesoras Regionales de Inocuidad y Calidad Alimentaria del país (CARs), las que son Presididas actualmente por Gobernador y Delegado Presidencial Regional. A nivel Regional y tomado como base la información entregada por algunos organismos públicos, en cuanto a los registros de formalización sanitaria que presentan sus usuarios, se puede advertir la existencia de un número importante de emprendimientos y productores alimenticios que no cumple con las normativas sanitarias, ni mucho menos aseguramiento de inocuidad basado en riesgo.

En base a esta problemática de informalidad sanitaria, se hace difícil estimar el número de emprendimientos que comercializan productos de manera informal, ya que no se encuentran en registros oficiales. La aproximación posible es a través de usuarios apoyados por entidades como INDAP, FOSIS, SERNATUR y CONADI, en los que un gran porcentaje carece de formalización e implementación de BPM.

Por tanto, se plantea la ejecución de un programa que apunta ampliar y mejorar las condiciones de los productores de alimentos rurales a los mercados locales, regionales, nacionales promoviendo productos tradicionales y diferenciados por asegurar la salud de los consumidores permitiendo cumplir un primer paso en el progreso de sus emprendimientos al acercarse a mercados de mejores oportunidades.

Los análisis y evaluaciones para desarrollar consideran a 40 productores/as o “referentes” de alimentos procesados, a quienes es necesario realizar análisis de sus productos clasificados por rubros y posteriormente elaborar Evaluaciones de Riesgos alimentarios, con el propósito final de generar un Plan de disminución brechas que permitirá realizar acciones tendientes a la mitigación de riesgos y el cuidado de la salud de los consumidores finales.

La ejecución de este programa se desarrolla en la Región de Tarapacá, la cual presenta una geografía diversa que abarca zonas de costa, pampa y cordillera. Si bien la mayoría de los puntos de muestreo se encuentran en zonas urbanas o de fácil acceso, los oferentes deben considerar la eventualidad de que algunos servicios requieran el desplazamiento a localidades de la Provincia del Tamarugal con accesibilidad más compleja, altitudes variables o condiciones climáticas particulares.

En consecuencia, el proponente debe garantizar la autonomía logística necesaria para asegurar la toma de muestras en terreno, su integridad y el estricto cumplimiento de la cadena de frío, independientemente de la ubicación del punto de recolección. La propuesta técnica debe ser capaz de dar respuesta operativa a estas posibles variaciones en la logística regional.

Los diferentes productos procesados se han agrupado por rubros productivos tradicionales de la región de Tarapacá, tales como: mermeladas de frutas u hortalizas, derivados de quinua (inflada, harina, hojuelas etc.), quesos de cabra, charqui, deshidratados (hierbas medicinales, aromáticas, polvo de fruta, fruta, té de zanahoria, otros), alcoholes, alimentos preelaborados, derivados del algarrobo (mermelada, café, bombones, harina), pulpas de frutas congeladas, productos de apicultura, pastas de hortalizas, conservas y encurtidos, así mismo productos agroalimentarios y productos alimentarios servidos (derivados de la gastronomía local).

Los análisis de laboratorio para las Evaluaciones de Riesgo deben cubrir todas las áreas que regula el Reglamento Sanitario de los Alimentos (DS N°977/96) y sus modificaciones vigentes, incluyendo: Microbiológicos (con énfasis en recuentos cuantitativos), Fisicoquímicos (incluyendo Actividad de Agua (aw), pH, Alérgenos, Micotoxinas y Residuos de Plaguicidas. El Laboratorio debe proponer el detalle de los análisis específicos por rubro, detallados en el Tabla N° 1 del numeral 4 de las presentes Bases Técnicas.

  1. Objetivos de la licitación

2.1.        Objetivo general

Contratar un servicio de laboratorio, acreditado y especializado, para el análisis de alimentos procesados artesanales, materias primas, y productos gastronómicos elaborados por productores/as rurales de la región de Tarapacá y que forman parte del Programa denominado “Capacitación, formalización, e instalación del sistema de aseguramiento de la inocuidad”. Proporcionando así, insumos técnicos de alta calidad (análisis químico, microbiológico, físico y parasitario), y Evaluaciones de Riesgos, que permitan a la SEREMI de Agricultura generar un Plan de Mejoras, para garantizar que la inocuidad la composición química y calidad de los productos locales analizados cumplen estrictamente con el Reglamento Sanitario de los Alimentos (RSA) y la normativa vigente.

2.2.        Objetivos específicos

2.2.1. Garantizar la Recolección de Datos de Alta Calidad y Acreditación (Muestreo e Higiene).

2.2.2. Determinar los Riesgos de Inocuidad y Puntos Críticos de Control.

2.2.3. Verificar el Cumplimiento de la Composición Química y Normativa RSA.

2.2.4. Generar Datos Estructurados para la Evaluación de Riesgos (ER) y Retroalimentación.

  1. Características

El servicio de análisis de laboratorio comprende la aplicación de técnicas de muestreo y realización de control analítico de los alimentos procesados y de los productos alimenticios servidos considerados en el programa denominado “CAPACITACIÓN, FORMALIZACIÓN, E INSTALACIÓN DEL SISTEMA DE ASEGURAMIENTO DE LA INOCUIDAD”, perteneciente a la Seremi de Agricultura de Tarapacá, los que se detallan a continuación:

1.Realizar el muestreo (acreditado bajo ISO 17020-17025) de todos los alimentos procesados, pudiendo incluirse materias primas, productos servidos, y el monitoreo de higiene (superficies, utensilios y manos de manipuladores). Esta acción debe ser realizada por el equipo de muestreo proporcionado por el oferente.

2.Analizar los peligros biológicos (patógenos) y toxicológicos (químicos y micotoxinas) de las matrices alimentarias priorizadas, y verificar el cumplimiento de los Puntos Críticos de Control (PCC) basados en el riesgo (ej. medición de pH y aw, etc.).

3.Analizar los parámetros de composición química y calidad (ej. Sólidos Solubles, Grasa, Humedad, Diastasa, etc.) para contrastarlos con los límites legales establecidos en el Reglamento Sanitario de los Alimentos (RSA) y la declaración del rotulado, identificando posibles adulteraciones o incumplimientos de calidad.

3.1 Tipos de productos para analizar:

3.1.1 Alimentos procesados de productores rurales de la Provincia del Tamarugal

Solicitud y ejecución muestreo de control a  alimentos procesados, siendo los  rubros productivos tales como: mermeladas de frutas u hortalizas, derivados de quinua (inflada, harina, hojuelas etc.), quesos de cabra, charqui de camélidos, deshidratados (hierbas medicinales, aromáticas, polvo de fruta, fruta, té de zanahoria, otros), alcoholes, alimentos preelaborados, derivados del algarrobo (mermelada, café, bombones, harina), pulpas de frutas congeladas, productos de apicultura, pastas de hortalizas, conservas y encurtidos, entre otros. Así como podrían ser las materias primas de estos alimentos procesados.

Los primeros análisis denominados “Análisis Iniciales” a un mismo producto serán uno de los insumos para la elaboración de Evaluaciones de Riesgo, una vez construidas estas, se generan los planes de mejora para acortar brechas, capacitando, implementado con equipos menores para controlar puntos críticos etc. Una vez aplicado todo lo anterior se volverán a tomar los mismos exámenes, denominados “Análisis de Verificación”, para comparar y concluir acerca del plan de mejoras, y generar los informes técnicos pertinentes del programa, esto último por parte de la SEREMI de Agricultura.

3.1.2 Producto Alimenticio Servido de la Provincia del Tamarugal

Consiste en la toma de muestra de algún producto del área gastronómica local, preparación de la muestra y la posterior determinación del análisis químico proximal, junto con el control microbiológico de indicadores y patógenos en la preparación, y el monitoreo de higiene de superficies, utensilios y manos de manipuladores (ej. mediante ATP o hisopado microbiológico), con el fin de establecer Puntos Críticos de Control (PCC). Estos productos podrían ser ensaladas, platos de fondo, colaciones, jugos de fruta, helados artesanales, postres típicos, productos de catering o servicio de Banquetería entre otros.

Para ambos tipos de alimentos se requiere, si corresponde:

  1. Análisis proximales, químicos, microbiológicos, físicos, o parasitarios, de acuerdo con la metodología la acreditada por el laboratorio.

  1. Realización de metodologías rápidas de detección o cuantificación de microorganismos patógenos para el control de alimentos y metodologías rápidas de monitoreo de limpieza, higiene y sanitización, en superficies y manipuladores de alimentos.

  1. Resultados que contengan la incertidumbre del ensayo, el Límite de Detección (LOD) y el Límite de Cuantificación (LOQ) para todos los análisis, especialmente los contaminantes y patógenos.

Para el cumplimiento de esta obligación, deberá tener en cuenta el Decreto Supremo 977/96.

4.         Tipos de análisis

Esta seremi busca asesorar a los productores rurales de alimentos en la región para que sus productos sean inocuos y su composición química acorde a la normativa sanitaria vigente. Se busca no solo evaluar la inocuidad (riesgo microbiológico y toxinas), sino también el cumplimiento legal de la composición química y la calidad, según lo exige el Reglamento Sanitario de los Alimentos (RSA) de Chile.

Para esto, los análisis se han agrupado por definición de rubros (Tabla N°1), se han clasificado por parámetro de obligatorios y condicionales, según rubro, incluyendo el agua  (Tabla N°2). Y se han seleccionado por Composición química según cumplimiento del RSA (Tabla N°3).


Tabla 1: Definición de Rubros de análisis.

NUMERO

RUBRO

ALIMENTOS

I

Conservas de hortalizas

Mermeladas o pastas de ajo, morrón, cebolla, otras similares

II

Derivados de la quinua

Hojuelas, harina, barritas, quinua para granear, etc.

III

Productos cárnicos secos

Charqui de camélidos

IV

Lácteos procesados

Quesos frescos, maduros (cabra)

V

Productos Vegetales: secos, encapsulados y frescos

Subgrupo I: frutas deshidratadas, polvo de fruta saborizante y derivados del algarrobo (harina, café)

Subgrupo II: hierbas medicinales, aromáticas, té de zanahoria.

Subgrupo III: Polvos Encapsulados (Aloe Vera, Matico, u otras plantas)

Subgrupo IV: Productos frescos y envasados o a granel (lechugas, arándanos, otros)

VI

Pulpa congelada y productos preelaborados

Pulpa de fruta, alimentos de cuarta gama: zanahoria, lechuga, otras.

VII

Apicultura comestible

Miel, propóleo, jalea real

VIII

Bebidas alcohólicas

Licor de membrillo, cerveza, espumantes, vinos

IX

Mermeladas de frutas (acidas)

Fruta de la región (cítricos de Pica, otras frutas)

X

Análisis de agua

De riego, de sistemas particulares, de pozo u otras

XI

Productos alimentarios servidos

Alimentos para consumo inmediato derivados de catering, de servicios gastrónomos hoteleros, food trucks etc.

 

4.1 Definición de análisis obligatorio y condicionales

Se ha clasificado el tipo de análisis en “obligatorio y condicionales” para cada grupo mencionado en punto anterior. El laboratorio adjudicado debe realizar los análisis obligatorios para cada rubro, y tener la disponibilidad inmediata para aplicar los condicionales cuando corresponda. Los ensayos marcados como “Condicionales” solo serán activados por la SEREMI si el resultado del Filtro Obligatorio asociado indica un riesgo potencial, según los criterios especificados.

Tabla 2: Definición de análisis obligatorios y condicionales clasificados por rubro de alimentos

Rubro

Sub-Rubro/Matriz

Parámetro de Análisis Requerido

Tipo de Riesgo

Nota de Riesgo

I. Conservas de Hortalizas

Mermeladas , Pastas, Encurtidos (Ajo, Morrón)

pH

Filtro de Botulismo

Obligatorio

Actividad de Agua (aw)

Estabilidad.

Obligatorio

Clostridium botulinum

Riesgo biológico

Condicional

Se activa si pH > 4.6

II. Derivados de Quinua

Harina, Hojuelas, Inflada

Saponinas

Calidad Nutricional

Obligatorio

Salmonella spp.

Patógeno

Obligatorio

III. Productos Cárnicos Secos

Charqui de camélidos

Actividad de Agua (aw)

Control Físico de Inocuidad Bacteriana

Obligatorio

TBARS (Rancidez Lipídica)

Calidad Química

Obligatorio

Staphylococcus aureus (Coag. Pos.)

Indicador de Manipulación

Obligatorio

IV. Lácteos Procesados

Quesos de Cabra

Recuento de Coliformes Fecales

Filtro de Higiene

Obligatorio

Listeria monocytogenes

Patógeno Crítico

Obligatorio

Fosfatasa Alcalina

Control de pasteurización

Condicional

Se activa si Coliformes > 10^3 NMP/g.

V. Productos Vegetales: secos, encapsulados y frescos

Harina, Fruta Deshidratado, Polvo de Fruta, Algarrobo

Actividad de Agua (aw)

Filtro de Micotoxinas

Obligatorio

Micotoxinas Totales

Riesgo Químico (Toxicológico Crónico)

Condicional (Riesgo ALTO)

Se activa si aw ≥ 0.70.

Salmonella spp.

Patógeno

Obligatorio

Hierbas Aromáticas/Medicinales, Té de zanahoria

Metales Pesados (Plomo y Cadmio)

Riesgo por Suelo / RSA

Obligatorio

Salmonella spp.

Patógeno

Obligatorio

Polvos Encapsulados (Aloe Vera, Matico, u otras plantas)

Metales Pesados (Plomo y Cadmio)

Riesgo por Suelo / RSA

Obligatorio

Actividad de Agua (aw)

Filtro micotoxinas

Obligatorio

Micotoxinas Totales (Aflatoxinas, Ocratoxinas)

Se activa si

aw ≥0.70.

Condicional (Riesgo ALTO)

Salmonella

Patógeno

Obligatorio

Recuento de Mesófilos Aerobios (RMA)

Indicador de Carga Microbiana Total

Obligatorio(Por ser polvo encapsulado/suplemento)

Productos frescos (lechugas I Gama, arándanos a granel o I gama)

Coliformes Fecales

Filtro de Higiene de Campo/Riego

Obligatorio

Salmonella spp.

Patógeno

Obligatorio

Listeria monocytogenes

Patógeno Crítico (Refrigerado/Crudo)

Obligatorio

VI. Pulpa Congelada / Preelaborados

Pulpa, Zanahoria cortada, Lechuga IV Gama

Listeria monocytogenes

Patógeno Crítico

Obligatorio

Coliformes Fecales

Higiene

Obligatorio

VII. Apicultura Comestible

Miel, Jalea Real

Hidroximetilfurfural (HMF)

Calidad (Sobrecalentamiento)

Obligatorio

Recuento de Levaduras

Estabilidad

Obligatorio


VIII. Bebidas Alcohólicas

Licores, Vinos, Espumantes

Metanol

Riesgo Crítico de Salud Pública

Obligatorio

Grado Alcohólico (%)

Control de Calidad

Obligatorio

IX. Mermeladas y Dulces

Mermeladas de Fruta y Algarrobo

pH

PCC de Acidez

Obligatorio

Actividad de Agua (aw)

Estabilidad

Obligatorio

Recuento de Mohos y Levaduras

Deterioro

Obligatorio

X. Análisis de agua

Agua de Riego / Pozo Propio / Aljibe

Boro (B), Arsénico (As), Plomo (Pb) y Cadmio (Cd)  

Riesgo Toxicológico (Geológico – Tarapacá)

Obligatorio

Agua de Proceso (Higiene Operacional)

Coliformes Totales

Indicador de Higiene

Obligatorio

Cloro Residual Libre

Control de Desinfección (Si es clorada)

Obligatorio

XI. Productos Alimentarios Servidos

Alimentos Listos para Consumo (LPC)

(Catering, Food Trucks, Servicios Hoteleros)

Listeria monocytogenes

Patógeno Crítico (Refrigerado y LPC)

Obligatorio

Salmonella spp.

Patógeno (Contaminación Cruzada)

Obligatorio

Staphylococcus aureus (Coag. Pos.)

Indicador de Manipulación Térmica

Obligatorio

Recuento de Mesófilos Aerobios (RMA)

Carga Microbiana Total / Vida Útil

Obligatorio

 

Para el análisis de Composición Química y Calidad para cada uno de los 11 rubros, estos deben estar enfocado en el cumplimiento del Reglamento Sanitario de los Alimentos (RSA). A continuación, se detalla referencia en Tabla N°3:

Tabla 3. Composición química según cumplimiento del RSA por grupo de alimentos

Rubro del alimento

Parámetro de Composición (RSA/Calidad)

Unidad / Método de Reporte

Criterio de Cumplimiento Requerido (Referencia RSA)

I. Conservas de Hortalizas (Pastas, Encurtidos)

Sólidos Solubles

Grados Brix (Refractometría a 20 C)

≥60 Grados Brix (Si se rotula como mermelada o dulce, según Art. 382 RSA).

II. Derivados de Quinua (Harina, Hojuelas)

Proteínas

% Peso/Peso (Método Kjeldahl)

Debe cumplir el valor declarado en el rótulo (tolerancia ±20% según RSA).


III. Productos Cárnicos Secos (Charqui)

Contenido de Cloruro de Sodio (NaCl)

% Peso/Peso (Volumetría/Método de Mohr)

Debe cumplir con la Declaración Nutricional y no exceder los límites máximos establecidos.

IV. Lácteos Procesados (Quesos de Cabra)

Grasa

% Peso/Peso (Método Gerber o Soxhlet)

Debe coincidir con la clasificación y rotulación (ej. "Semigraso" ≥25% y <45% de grasa).

IV. Lácteos Procesados (Quesos de Cabra)

Extracto Seco

% Peso/Peso (Gravimetría)

Debe coincidir con la clasificación (ej. "Semiduro").

V. Productos Vegetales

Subgrupo V.1 (Secos, Harinas): Humedad

% Peso/Peso (Método de Estufa o IR)

Debe cumplir el máximo legal del RSA para esa matriz (ej. Granos/Harinas ≤14%).

Subgrupo V.2 (Secos, Harinas): Cenizas

% Peso/Peso (Método de Incineración)

Máximo Legal (Indicador de pureza y material mineral, debe ser bajo).

Subgrupo V.3 (Hierbas/Té): Contenido de tallos, palos y restos

% Peso/Peso (Análisis Macroscópico)

Cumplir con los límites de impureza o material extraño permitidos en el RSA para la matriz.

Subgrupo V. 4 (Encapsulados): Rotulación de nutrientes

Valor declarado en el rótulo (Revisión Documental)

Control de calidad: Debe cumplir el valor declarado en el rótulo (tolerancia ±20%).

Subgrupo V. 5 (Frescos): Ausencia de daños físicos o deterioro

Inspección Visual (Conforme Norma NCh)

Cumplimiento de la norma de calidad (ej. NCh 2596 para arándanos) o normas específicas.

VI. Pulpa Congelada / Preelaborados

Sólidos Solubles

Grados Brix (Refractometría)

Control de calidad: Debe cumplir el valor nutricional declarado en el rótulo.

Fibra Bruta

% Peso/Peso (Método de Digestión Ácida)

Debe cumplir el valor declarado en la Tabla de Composición Química y el rotulado.

VII. Apicultura Comestible (Miel)

Sacarosa

% Peso/Peso (Método Químico Específico)

≤5% (Cumplimiento de la norma de miel, Art. 488 RSA).

Diastasa

Número de Diastasa (Método Phadebas)

≥8 (Indicador de frescura y ausencia de sobrecalentamiento, Art. 491 RSA).


VIII. Bebidas Alcohólicas

Acidez Volátil

Gramos Ácido Acético/Litro (Titulación)

Límite máximo establecido en el RSA para la matriz específica.

Azúcares Reductores (en vinos)

Gramos/Litro (Método Lane-Eynon o NIR)

Debe coincidir con la clasificación (ej. "Seco", "Semidulce").

IX. Mermeladas y Dulces

Sólidos Solubles

Grados Brix (Refractometría a 20 C)

≥60 Grados Brix (Mínimo legal para mermeladas, Art. 382 RSA).

X. Análisis de Agua

Dureza Total

Miligramos/Litro (mg/L) de CaCO3​ (Titulación con EDTA)

De referencia. Se evalúa según el uso (riego, industrial, potable).

XI. Productos Alimentarios Servidos

Peso Neto / Porción

Gramos (g) o Mililitros (mL) (Pesaje en balanza calibrada)

Debe cumplir con la rotulación o ficha técnica interna de porción servida.

 

4.2 Toma de muestras

4.2.1. EQUIPO MUESTREADOR

La actividad de muestreo será de responsabilidad del Laboratorio oferente, para lo cual deberá conformar con un mínimo de 2 muestreadores el señalado “Equipo muestreador”, asimismo el traslado y desplazamiento del equipo muestreador será de responsabilidad exclusiva del oferente. Quien además debe considerar el acompañamiento por parte de al menos un profesional de la SEREMI de Agricultura.

Se elaborará una programación logística para la toma de muestras, según clasificación descrita en las tablas N°1, N°2 y N°3, que deberá ser consensuada por ambos equipos técnicos (SEREMI y Oferente) en la primera reunión de trabajo, la cual es obligatoria.

El extravío o pérdida de las muestras, de acuerdo con lo solicitado por la Seremi de Agricultura de Tarapacá activará la generación de multas según lo establecido en las bases presentes administrativas.

No se contempla pagos extra por costo de transporte u otro asociado. En los productos que requieren conservar la cadena de frio, será de responsabilidad del adjudicatario.

4.3 Requerimientos operacionales del prestador.

4.3.1. LOGISTICA Y OPERACIÓN OPORTUNA

El Laboratorio adjudicado debe disponer de una cadena logística que permita la operación oportuna en cada una de las localidades establecidas en reunión de programación, permitiendo el resguardo e integridad de las muestras recolectadas, hasta el arribo al laboratorio para su análisis, en los plazos requeridos, obtención y entrega de resultados.

Adicionalmente, debe implementar un sistema para la recolección y mantención de las muestras, incluido un sistema de frío, que permita asegurar las temperaturas de muestreo de los alimentos y raciones controladas y muestreadas de acuerdo con la normativa vigente.

Durante el servicio, el adjudicatario deberá mantener un sistema de trazabilidad, que permita tener toda la información de los controles realizados de manera clara, completa y oportuna, según lo requerido por la Institución.

5. Antecedentes de acreditación

Los oferentes deben presentar, junto con su oferta, los certificados de acreditación emitidos por un organismo acreditador nacional o internacional, certificado por la MLA (Multilateral Agreement) en las siguientes normas:

ISO 17.025 vigente: como laboratorio de ensayo y muestreo y, ISO 17.020 vigente: como organismo de inspección en el área de muestreo.

En caso de que el oferente no cuente con la acreditación bajo la norma ISO 17.020 vigente podrá concertar con un tercero acreditado y presentar en su oferta los antecedentes del laboratorio que contratará. Las acreditaciones del oferente y/o del tercero acreditado deben permanecer vigentes durante toda la duración del contrato.

Los laboratorios oferentes deben presentar acreditación vigente como laboratorio de ensayo y para muestreo. Por lo tanto, si un laboratorio presenta su acreditación en ISO 17.020 vigente como organismo de inspección en el área de muestreo, debe presentar también acreditación en ISO 17.025 vigente como laboratorio de ensayo.

El oferente debeá declarar en el Anexo N°4 la existencia de los certificados de acreditación, detallando lo siguiente:

  • Alcance
  • Área
  • Vigencia de la acreditación del laboratorio
  • Metodología propia o de tercero acreditado
  • Organismo acreditador
  • Adjuntar los correspondientes certificados de acreditación.

Para el caso de aquel oferente que no cumpla con el mínimo de análisis microbiológicos y químicos acreditados, quedarán rechazados técnicamente para avanzar en el proceso de evaluación, independiente de que cumpla con la acreditación bajo NCh ISO 17025 y 17020 o Reconocimiento mutuo de la Cooperación Internacional de Acreditación de Laboratorios (MRA de ILAC) u otro similar.

6.         Del equipo de trabajo:

6.1. ESTRUCTURA EQUIPO DE TRABAJO

A continuación se indican las especificaciones que debe cumplir el proveedor adjudicado con relación a los profesionales para la ejecución de la prestación del servicio de muestreo, control analítico de los alimentos y/o productos alimentarios servidos.

6.1.1    Jefe del Proyecto

El proponente debe considerar en su oferta un Jefe de Proyecto, el cual estará a cargo de la coordinación general del servicio. Este profesional será el responsable directo del cumplimiento de las presentes bases de licitación, del contrato y de los procedimientos técnicos. Adicionalmente, será responsable de supervisar el desempeño de los equipos de trabajo y de la entrega final de los productos y servicios. A su vez, deberá estar disponible para cualquier consulta por parte de la Institución a partir del día de la reunión de inicio y hasta el término del contrato.

Perfil del Jefe de Proyecto:

  • Formación académica (Obligatorio): Posesión de título profesional o técnico nivel superior, chileno o extranjero, este último con validación en Chile mediante los organismos competentes, del área de Alimentación, Ciencias Químicas, Ciencias Biológicas, Ciencias Agrarias y/o Pecuarias, Ciencias Veterinarias,Microbiología o a fines.
  • Experiencia profesional (Deseable): Haber liderado proyectos o trabajos de similar naturaleza al servicio licitado. Se entiende por similar naturaleza el liderar proyectos que impliquen el muestreo y análisis de alimentos y/o ración servida, o la gestión en laboratorios de ensayos nutricionales, químicos, microbiológicos, sensoriales, organolépticos o parasitarios.

6.1.2. Equipo muestreador:

El equipo muestreador será responsable de ejecutar la toma de muestras en cada una de las localidades de la Provincia del Tamarugal que la Seremi indique, según la programación acordada. El Oferente debe conformar este equipo con al menos 2 muestreadores para asegurar la continuidad del servicio ante eventualidades. Para la ejecución de las salidas a terreno, será obligatoria la concurrencia de al menos uno (1) de los integrantes de este equipo, quien será el responsable técnico de la toma de muestra.

Perfil del Equipo muestreador:

  • Formación académica (Deseable): Es deseable que quienes conforme dicho equipo presente un Perfil de Formación académica, con título profesional o técnico de nivel superior en las áreas de Alimentación, de Ciencias Químicas, de Ciencias Biológicas, de Ciencias Agrarias y/o Pecuarias, Ciencias Veterinarias, de Microbiología, de Salud, de Ciencias del Mar o Pesca o Acuicultura y/o de Ciencias Ambientales.
  • Experiencia profesional (Deseable): Experiencia Profesional deal menos 08 meses como muestreador en el área de alimentos, requisito NO excluyente.

6.1.3. Analista de Evaluación de Riesgos:

El proponente debe considerar en su oferta un profesional responsable de elaborar las Evaluaciones de Riesgo y el análisis de peligros de los alimentos. Para este perfil se establecen los siguientes requisitos:

  • Formación académica (deseable): Formación académica como Título profesional o técnico en áreas de Alimentos, Química, Biología, Veterinaria o afines.
  • Capacitación y Experiencia (Obligatorio): El profesional debe acreditar contar con capacitación formal en sistema HACCP (Análisis de Peligros y Puntos Críticos de Control) y además poseer experiencia demostrable en la ejecución de proyectos de evaluación de riesgos o inocuidad alimentaria.

6.1.4. Acreditación de formación académica y experiencia:

Para la correcta evaluación de los perfiles señalados, el Oferente deberá adjuntar en su oferta técnica los siguientes documentos para cada profesional propuesto (Jefe de Proyecto, Muestreadores y Analista de Riesgos):

  1. Curriculum Vitae (CV) atualizado e individualizado.
  1. Copia simple de Certificado de Título y/o Diploma.
  1. Certificados de Experiencia: Copias de contratos, certificados de antigüedad laboral, órdenes de servicio o boletas de honorarios que permitan verificar el tiempo de experiencia declarado.
  2. Certificado de Capacitación HACCP o normativa similar (Exclusivo y OBLIGATORIO para el Analista de Evaluación de Riesgos - Punto 6.1.3).

6.2. Aclaración y validación de antecedentes del equipo de trabajo

 

El equipo de trabajo indicado en los numerales 6.1 y siguientes de las presentes Bases Técnicas y en el Anexo N° 1 constituye un equipo mínimo y esencial para la correcta ejecución del servicio.

 

En el evento de que un oferente omita presentar en su oferta uno o más de los medios de verificación exigidos para el equipo (tales como currículum vitae, copias de certificados de título, entre otros), la comisión evaluadora podrá solicitar la subsanación de dichos antecedentes durante la etapa de evaluación, a través de la funcionalidad de "Aclaración de Ofertas" (foro inverso) del Sistema de Información.

 

Para que dicha subsanación sea aceptada, la documentación solicitada no podrá tener una fecha de emisión o vigencia posterior a la fecha y hora de cierre de recepción de ofertas estipulada en el cronograma de estas bases (por ejemplo, no se aceptarán certificados de título emitidos con fecha posterior al cierre).

 

Toda solicitud de documentos omitidos del equipo de trabajo a través del foro inverso implicará que la oferta sea sancionada con el descuento respectivo en el criterio de evaluación "Cumplimiento de Requisitos Formales", asignándosele el puntaje correspondiente a cumplimiento parcial, según lo estipulado en las bases administrativas.

6.3 Cambios en el equipo de trabajo

El adjudicatario debe asegurar la continuidad del equipo profesional y técnico ofertado y evaluado durante la licitación, dado que su idoneidad y experiencia fueron determinantes para la adjudicación del contrato.

En casos excepcionales y debidamente justificados (como licencia médica prolongada, renuncia o fuerza mayor), el adjudicatario podrá solicitar el reemplazo de un integrante del equipo. Para ello, debe cumplir con el siguiente procedimiento obligatorio:

1)    Solicitud Formal: Informar por escrito (correo electrónico o carta) a la Contraparte Técnica de la SEREMI con una antelación mínima de cinco (5) días hábiles previos a la incorporación del nuevo profesional.

2)    Acreditación de Idoneidad: Adjuntar a la solicitud el Currículum Vitae y los certificados de título y experiencia del profesional propuesto como reemplazo.

3)    Equivalencia del Perfil: El profesional reemplazante deberá cumplir íntegramente con el mismo perfil (o superior) en cuanto a formación académica y experiencia que el profesional originalmente ofertado y aprobado. No se aceptarán perfiles de menor cualificación técnica.

4)    Aprobación: La Contraparte Técnica revisará los antecedentes y aprobará o rechazará el reemplazo. El nuevo profesional no podrá iniciar funciones sin esta aprobación expresa.

El incumplimiento de este procedimiento ya sea por realizar cambios sin aviso, fuera de plazo, o sin la aprobación de la Contraparte Técnica, facultará a la SEREMI para aplicar la Multa N° 3 establecida en las Bases Administrativas (Sección "Multas"), correspondiente a " Reemplazo de un profesional del equipo técnico sin respetar el plazo de aviso previo de 5 días hábiles para la aprobación por parte de la contraparte técnica, o sin contar con dicha aprobación".


7. PRESUPUESTO MÁXIMO DISPONIBLE:

El presupuesto máximo disponible para la contratación asciende a la suma de $59.817.880 (cincuenta y nueve millones ochocientos diecisiete mil ochocientos ochenta pesos), valor con todos los impuestos incluidos, sin reajustes.

 

El presupuesto del contrato está previsto para ser ejecutado en el plazo máximo de 150 días corridos y, podrá ejecutarse total o parcialmente por parte de la Seremi.


10. Demandas ante el Tribunal de Contratación Pública
No cuenta con demandas ante el Tribunal de Contratación Pública.