1.10.1. PACTO DE INTEGRIDAD: El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones que contenidas el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:
1.- El oferente se compromete a respetar los derechos fundamentales de sus trabajadores, entendiéndose por éstos los consagrados en la Constitución Política de la República en su artículo 19, números 1°,4°,5°,6°,12°,y 16°, en conformidad al artículo 485 del código del trabajo. Asimismo, el oferente se compromete a respetar los derechos humanos, lo que significa que debe evitar dar lugar o contribuir a efectos adversos en los derechos humanos mediante sus actividades, productos o servicios, y subsanar esos efectos cuando se produzcan, de acuerdo a los Principios Rectores de Derechos Humanos y Empresas de Naciones Unidas.
2.- El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.
3.- El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquiera de sus tipos o formas.
4.- El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma.
5.- El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio.
6.- El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase.
7.- El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.
8.- El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.
9.- El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.
1.10.2.- NORMATIVA:
Este proceso de Licitación se regirá por lo estipulado en las presentes Bases, en lo dispuesto en la Ley Nº 19.886 de Bases de Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios, en el Decreto Nº 661/24, del Reglamento de la Ley Nº 19.886 y sus modificaciones y por la normativa que regule la respectiva actividad comercial.
1.10.3.- PARTICIPANTES:
Podrán participar Personas Naturales o Jurídicas, chilenas o extranjeras, habilitadas para funcionar legalmente en Chile. Todos los proveedores interesados podrán acceder a las Bases Administrativas, en el sitio www.mercadopublico.cl, sin perjuicio de lo cual, para poder presentar ofertas deberán cumplir con los requisitos de encontrarse inscritos en el sitio www.chilecompra.cl
1.10.4. MODIFICACIONES A LAS BASES:
La Dirección de Vialidad, podrá modificar las presentes bases de licitación, ya sea por iniciativa propia o en atención a una aclaración solicitada por alguno de los oferentes. Estas modificaciones se efectuarán hasta antes de la hora de cierre de la licitación, a través del Portal electrónico, otorgando además, un plazo prudencial, para que los oferentes puedan adecuar sus ofertas a los nuevos requerimientos y formarán parte integral de las Bases. Las respectivas modificaciones, se efectuarán mediante Resolución Fundada.
Las consultas efectuadas que no ameriten modificación de bases, se responderán mediante el mismo portal.
Aquellas consultas que, por alguna razón, no alcancen a ser respondidas en el portal, se responderán por circular aclaratoria, en un plazo no mayor a 2 días hábiles, contados desde el término de la Fecha de Publicación de Respuestas, otorgada por la Ficha de licitación correspondiente.
1.10.5.- ESPECIFICACIONES TÉCNICAS:
La Dirección de Vialidad, Región del Biobío, requiere adquirir diferentes elementos de protección personal para personal que ejecutan labores de conservación por administración directa.
Asimismo, se requiere que la empresa adjudicada, luego de materializar la entrega de los elementos de protección personal, capacite a los funcionarios de esta Dirección de Vialidad, Región del Biobío, en materias de uso y cuidado de dichos elementos.
La referida capacitación se tendrá que hacer de manera presencial en las Provincias de Arauco, Biobío y Concepción. El tiempo de duración considerado no puede ser inferior a 2 horas, y se deberá desarrollar dentro del 5to día hasta 15 días hábiles siguientes a la entrega de los elementos. Este plazo comenzará a correr al día siguiente hábil de la recepción, sin observaciones.
Al respecto, se hace presente que la recepción conforme de la contratación, se efectuará una vez entregados los productos y desarrollada la capacitación.
1.10.5.1. REQUISITOS TÉCNICOS ESPECÍFICOS (serán verificados a través de Ficha o documento técnico de cada ítem ofertado):
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1.- Arnés 4 argollas EXOFIT X300 o superior
Requisitos mínimos
- De cuerpo entero tipo chaleco con acolchados de comodidad
- Para uso en sistemas de retención y/o restricción de caídas para trabajos en altura
- Argollas de anclaje: Frontal/dorsal
- Argollas de posicionamiento: laterales
- Material Cintas: poliéster.
- Material hebillas de ajuste de enganche rápido: acero
- Material Hebillas tipo Revolver: aluminio/acero
- Material de argollas: Aluminio.
- Capacidad de peso usuario: ANSI-140 Kg/OSHA-190 kg
- Estándares y aprobaciones: ANSI Z359.11, OSHA 1910.140 y OSHA 1926.502
- Registro ISP vigente (Debe presentarse como documento aparte de la ficha técnica).
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Nota: Imagen solo referencial
Cantidad Total: 12 unidades
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2.- Retráctil de cinta dúo 2 metros
Requisitos mínimos
- Cinta de Polietileno: 20mm. alta resistencia a la abrasión
- Distancia máxima de detención: 2 metros
- Fuerza máxima de detención: 6kN
- Peso: 2 kilos
- Vida útil: 5 años
- Carcasa: Termoplástica de alta resistencia.
- Incluye mosquetón carabinero
- CSA Z259.2.2-17
- Registro ISP vigente. (Debe presentarse como documento aparte de la ficha técnica).
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Nota: Imagen solo referencial
Cantidad: 12 unidades
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4.- Línea de vida de kevlar o equivalente con absorbedor de energía (igual o superior a línea MSA tipo y kevlar o equivalente de 1.5 mts c/shock ABS)
Requisitos mínimos
- La cinta 100% de material kevlar o equivalente.
hilo de kevlar o equivalente color amarillo de contraste para notar rápidamente cualquier desgaste de las mismas facilitando su inspección.
- Ambos brazos deben encontrarse conectados a un absorbedor de impacto el cual limita la fuerza transmitida al usuario ante una caída a un máximo de 4 kN.
fibra de kevlar o equivalente con una resistencia a la llama de aproximadamente 800° F.
- Ganchos hechos de acero forjado. Tanto los ganchos como la cinta deben ser probados con una resistencia mínima de ruptura de 22Kn (2.260 kg / 5.000 lbs).
- Peso: 1.300 gr.
- ANSI z359-13-2013/10.23-2012.
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Nota: Imagen solo referencial
Cantidad: 3 unidades
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3. Arnés de seguridad cuerpo completo 4 argollas kevlar o equivalente.
Requisitos mínimos
- La cinta del arnés 100% de material kevlar o equivalente. Hilo de kevlar o equivalente de color amarillo de contraste para notar rápidamente cualquier desgaste de las mismas facilitando su inspección.
- La fibra de kevlar o equivalente con resistencia a la llama de aproximadamente 800° F, carga máxima de 5.500 lbs.
- Todas las argollas de acero forjado. Tanto las argollas como la cinta deben ser probados con una resistencia mínima de ruptura de 22kN (2.260 kg / 5.000 lbs).
- con activación o testigo que facilite la inspección previa a su uso.
- Ajustes por hebillas a fricción.
- Peso promedio: 1.300 gr.
- ANSI Z359.11-2014.
- Registro ISP vigente. ((Debe presentarse como documento aparte de la ficha técnica).
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Nota: Imagen solo referencial
Cantidad: 3 unidades
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1.10.6.- INGRESO DE OFERTAS
La documentación referida en el punto Nº 1.5 " Antecedentes para incluir en la oferta" de las Presentes Bases, deberá ser remitida sólo mediante la siguiente extensión: .jpg, .pdf, o algún archivo no modificable y debe ser subida en forma íntegra al portal Mercado Público, en la forma y plazo establecidos en las presentes bases.
1.10.6.1 CONTENIDO DE LAS OFERTAS.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 48 del DS 661/2024, se establece que en el presente proceso licitatorio, los oferentes no podrán, ofertar de forma individual y a través de Unión Temporal de Proveedores.
Las ofertas deberán ser serias, puras y simples, ajustadas al ordenamiento jurídico nacional y a los documentos que integran el proceso de compras, y únicas. Asimismo, deberán adjuntar todos y cada uno de los documentos solicitados, en soporte electrónico.
Asimismo, conforme al artículo 60 del Reglamento de Compras, se declarará inadmisible una o más ofertas cuando se presentaren en un procedimiento de contratación, ofertas simultáneas respecto de un mismo bien o servicio por parte de empresas pertenecientes a los mismos grupos empresariales o relacionados entre sí, según dispone el artículo 9 de la Ley de Compras.
La sola circunstancia de presentar una oferta para esta licitación implica que el respectivo oferente ha analizado las bases administrativas y técnicas, y respuestas a las preguntas de la licitación, con anterioridad a la presentación de su oferta, y que manifiesta su conformidad y aceptación sin ningún tipo de reservas ni condiciones a toda la documentación referida.
1.10.7.- APERTURA DE LICITACIÓN:
1.10.7.1. PROCEDIMIENTO DE APERTURA: Esta será bajo la modalidad de "APERTURA ELECTRONICA" y pasarán a la etapa de evaluación de ofertas aquellos Proveedores que hayan cumplido con los requisitos para participar de la licitación punto Nº 1.4 de las presentes Bases.
1.10.7.2. DERECHO A SOLICITAR PRECISIONES: Para la debida comprensión del contenido de las ofertas presentadas por los proponentes, la Dirección de Vialidad Región del Biobío, podrá solicitar a través del foro Inverso del portal www.mercadopublico.cl, durante el proceso de evaluación para salvar errores de hecho u omisiones menores, observando siempre los términos de las presentes Bases y el principio de igualdad entre oferentes.
1.10.8. RESOLUCIÓN DE EMPATES
Si en la evaluación de las ofertas se produjera un empate entre 2 o más oferentes respecto de su evaluación final, se adjudicará al oferente que haya obtenido el mayor puntaje en el Criterio "Económico".
En caso de persistir el empate, se establece como segundo mecanismo de desempate, al proveedor que haya obtenido el mayor puntaje en el criterio “Ubicación de oficina o sucursal”.
Si se mantiene el empate, se establece como tercer mecanismo de desempate, al proveedor que haya obtenido el mayor puntaje en el criterio “Plazo de Entrega”.
En caso de mantenerse el empate, se establece como cuarto mecanismo de desempate, al proveedor que haya obtenido el mayor puntaje en el criterio “Programas de integridad y ética empresarial”.
En caso de persistir el empate, se establece como quinto mecanismo de desempate, al proveedor que haya obtenido el mayor puntaje en el criterio “Cumplimiento de Requisitos Formales”.
Finalmente, si aún persiste el empate, se seleccionará a la propuesta que ingresó primero en la plataforma www.mercadopublico.cl.
1.10.9. ADJUDICACIÓN DE LA PROPUESTA:
Se adjudicará esta licitación, al oferente que presente la totalidad del requerimiento y que obtenga el mayor puntaje, considerando 2 decimales en la evaluación de la oferta, de acuerdo al Acta de Evaluación de los revisores y estudiará los antecedentes emitiendo una proposición de adjudicación, la que deberá ser aceptada o rechazada por la autoridad competente. Así mismo, podrá declarar desierta la propuesta por resolución fundada, cuando las ofertas no resulten convenientes a la Dirección de Vialidad, Región del Biobío.
Además, la Dirección de Vialidad, Región del Biobío, declarará inadmisibles las ofertas que no cumplan con lo requerido en las Bases de esta licitación.
En este caso, la Entidad licitante considerará, para efectos de la evaluación de la licitación pública, solo la oferta más conveniente de los respectivos proveedores de los mismos grupos empresariales o relacionados entre sí, según los criterios establecidos en las Bases, y declarará inadmisibles las demás. En caso de que las Bases no señalen criterios específicos, será considerada como oferta más ventajosa la de menor precio, siempre que no se encuentre en el supuesto del artículo siguiente (ofertas temerarias).
El Proceso de licitación contempla las siguientes etapas:
1.10.9.1. RESOLUCIÓN DE ADJUDICACIÓN:
Se adjudicará a través de una resolución del Director de Vialidad, Región del Biobío.
1.10.9.2. NOTIFICACIÓN DE ADJUDICACIÓN Y PUBLICACIÓN EN EL PORTAL:
Una vez que se haya adjudicado la licitación, se procederá a notificar la decisión al adjudicatario, mediante el Portal www.mercadopublico.cl.
1.10.9.3. ENVÍO ORDEN DE COMPRA: La Orden de Compra será emitida una vez que el Proveedor adjudicado haya entregado todos los documentos requeridos en el Punto N° 1.6. “Antecedentes para Contratar”.
Este contrato comenzará a regir a partir del día hábil siguiente de la aceptación de la orden de compra por parte del adjudicatario a través del portal www.mercadopublico.cl.
Para lo anterior, la Unidad de Compra verificará que dicha orden esté en estado de "aceptada" para dar inicio al contrato y en el caso que la orden de compra no haya sido aceptada durante el plazo de notificación, esta Dirección, a través de la Unidad Compradora, enviará un correo electrónico para dar cumplimiento a lo señalado en el inciso segundo del Art. 117 del Reglamento de Compras y Contrataciones Públicas que señala lo siguiente: “En caso de que una Orden de Compra no haya sido aceptada, las Entidades podrán solicitar su rechazo, entendiéndose definitivamente rechazada una vez transcurridas veinticuatro horas desde dicha solicitud”.
Para dar cumplimiento a lo anterior, la Unidad Compradora, ejecutará la acción de dejar en estado de “cancelada la orden de compra”.
1.10.10.- MECANISMO PARA SOLUCIÓN DE CONSULTAS RESPECTO A LA ADJUDICACIÓN
En caso que los oferentes quieran aclarar aspectos de la evaluación y/o adjudicación, podrán comunicarse con la Dirección de Vialidad, Región del Biobío, dirigiendo sus consultas a la dirección señalada en la licitación, indicada en el Punto 1.1, "Organismo Demandante" de la presente licitación. Las consultas efectuadas, serán respondidas mediante oficio al proveedor que realiza la consulta. Estas preguntas y respuestas, serán publicadas como anexos de la presente licitación.
1.10.11.- GESTIÓN DEL CONTRATO
a) CESIÓN DEL CONTRATO:
La Empresa adjudicada, no podrá ceder a terceros el contrato celebrado.
b) HABILIDAD DE LOS PROVEEDORES:
La Dirección de Vialidad, verificará la habilidad del proveedor adjudicado, durante la explotación del Contrato, debiendo encontrarse en estado de "hábil"; en el caso que no se encuentre hábil, el proveedor adjudicado dispondrá de 10 (diez) días corridos, para regularizar su situación. En caso contrario, la Dirección de Vialidad podrá poner término anticipado al contrato. Lo anterior, sin perjuicio de la eventual aplicación de lo dispuesto en el artículo inciso 2° del artículo 159 del Decreto 661/2024.
a) EVALUACIÓN DEL PROVEEDOR: La Dirección de Vialidad, evaluará al proveedor, de acuerdo a los siguientes parámetros: Oportunidad de entrega / calidad / cumplimiento de especificaciones técnicas / desempeño general.Esta evaluación, será efectuada por el Inspector Fiscal y deberá adjuntarla a la Factura. El formulario de evaluación es el siguiente:
Donde la nota 1 es muy deficiente, 2 deficiente, 3 aceptable 4 es bueno y 5 es muy Bueno.
b) PLAZO DE ENTREGA Y VIGENCIA DEL CONTRATO:
El plazo de entrega de los elementos de protección personal será el ofertado por el proveedor adjudicado, el que no podrá ser superior a 15 días hábiles, contados desde el día hábil siguiente de la aceptación de la orden de compra. El contrato regirá, desde el inicio del plazo de entrega de productos hasta el pago (se comprende el periodo de ejecución de la capacitación requerida en el punto 1.10.5).
e) PREVENCIÓN DE RIESGOS: La Dirección de Vialidad requiere que las Empresas que participen en nuestros suministros, den cumplimiento a las obligaciones legales en materias de prevención de riesgos. Para ello, iniciado el contrato, la empresa adjudicada, deberá presentar fotocopia del registro de entrega de los elementos de protección personal. Esta información será verificada por el Inspector Fiscal, dejará consignado vía correo electrónico, cualquier incumplimiento asociado a esta exigencia, y procederá a la aplicación de la multa respectiva indicada en el punto 1.10.15.1.2 de las presentes bases de licitación.
f) MODIFICACIONES O TÉRMINO ANTICIPADO DEL CONTRATO:
f.1. Modificación del contrato:
El contrato podrá modificarse durante su vigencia, de conformidad a lo establecido en el artículo 13 de la ley de compras, y art. 129 del Decreto 661/2024, por las siguientes causas:
a) Por mutuo acuerdo entre los contratantes.
b) Por razones de interés público y seguridad nacional.
c) Para hacerse cargo de situaciones de caso fortuito o fuerza mayor, debidamente calificadas por esta Dirección de Vialidad, acaecidas durante la vigencia del contrato y que incidan en su normal desarrollo.
En ningún caso podrán aprobarse modificaciones que puedan alterar los elementos esenciales de la contratación u orden de compra inicial, así como tampoco la aplicación de los principios de estricta sujeción a las bases e igualdad de los oferentes.
Cualquier modificación de aquellas señaladas en el presente numeral, deberá aprobarse mediante acto administrativo fundado en el que se consignen las razones que justifiquen las modificaciones efectuadas a la contratación o la orden de compra, y deberá ser publicado en el Sistema de Información y Gestión de Compras y Contrataciones del Estado.
Las modificaciones señaladas deberán respetar el equilibrio financiero de la contratación y el valor de éstas no podrá exceder, independientemente o en su conjunto con las demás modificaciones realizadas a éste durante su vigencia, el equivalente al 30 por ciento del monto originalmente convenido entre el proveedor y el organismo del Estado, siempre que este último cuente con disponibilidad presupuestaria para ello.
f.2. Término anticipado del contrato:
La contratación podrá terminarse anticipadamente, conforme a lo indicado en el artículo N° 13 bis de la ley de compras, y art. 130 del Decreto 661/2024, por las siguientes causales:
a) La muerte o incapacidad sobreviniente de la persona natural, o la extinción de la personalidad jurídica de la sociedad contratista.
b) La resciliación o mutuo acuerdo entre las partes, siempre que el proveedor no se encuentre en mora de cumplir sus obligaciones.
c) El incumplimiento grave de las obligaciones contraídas por el proveedor.
d) El estado de notoria insolvencia del contratista, a menos que se mejoren las cauciones entregadas o las existentes sean suficientes para garantizar el cumplimiento de la contratación.
e) La imposibilidad de ejecutar la prestación en los términos inicialmente pactados, cuando no sea posible modificar la contratación de conformidad con el artículo 13. En tal caso, el organismo del Estado sólo pagará el precio por los bienes o servicios que efectivamente se hubieren entregado o prestado, según corresponda, durante la vigencia de la contratación. Asimismo, en el evento que la imposibilidad de cumplimiento de la contratación obedezca a motivos imputables al proveedor, procederá que se apliquen en su contra las medidas establecidas en el artículo 13 ter.
f) Por exigirlo el interés público o la seguridad nacional.
g) Por caso fortuito o fuerza mayor debidamente acreditado.
h) En el caso que el adjudicatario sea una UTP y concurra alguna de las siguientes circunstancias:
i. Inhabilidad sobreviniente de uno de los integrantes de la UTP en el Registro de Proveedores, que signifique que la UTP no pueda continuar ejecutando la contratación con los restantes miembros en los mismos términos adjudicados.
ii. De constatarse que los integrantes de la UTP constituyeron dicha figura con el objeto de vulnerar la libre competencia. En este caso, deberán remitirse los antecedentes pertinentes a la Fiscalía Nacional Económica.
iii. Retiro de algún integrante de la UTP que hubiere reunido una o más características objeto de la evaluación de la oferta.
iv. Cuando el número de integrantes de una UTP sea inferior a dos y dicha circunstancia ocurre durante la ejecución del contrato.
v. Disolución de la UTP.
i) Las demás establecidas en la ley, en las respectivas Bases de la licitación o en el contrato.
Los actos administrativos que dispongan tales medidas deberán ser fundados y publicados en el Sistema de Información.
1.10.12.- INSPECCIÓN FISCAL:
La Dirección de Vialidad Regional, mediante un acto administrativo, designará un Inspector Fiscal (y su subrogante) para garantizar el estricto cumplimiento de lo estipulado en las Bases de Licitación. El Inspector Fiscal será responsable de coordinar, vía correo electrónico con la empresa adjudicada, fecha y lugar donde se efectuará entrega para revisión de los productos y capacitación. En caso que los productos sean entregados sin previa coordinación o un día diferente al acordado, el Inspector Fiscal (o su subrogante) informará a la empresa el estado de la entrega vía correo electrónico, detallando día de la revisión y si se encuentra conforme la entrega o es posible corregirla total o parcialmente, dentro del plazo máximo ofertado por la empresa adjudicada. Cabe destacar que si la corrección involucra plazo afecto a multa, no podrá superar el máximo establecido en el punto 1.10.15.1.1 Multa por atraso en la entrega de los productos.
El Inspector Fiscal (o su subrogante) emitirá un acta de recepción conforme, para adjuntarlo a la factura correspondiente y enviar a pago.
1.10.13. RECEPCIÓN, FACTURACIÓN Y PAGO
a) RECEPCIÓN: El Inspector Fiscal, recibirá conforme la contratación una vez recibidos los Elementos de Protección Personal solicitados y desarrollada la capacitación, suscribiéndolo así en la respectiva factura, si se cumplen los siguientes requisitos:
1) Que se haya efectuado la recepción conforme de los EPP por parte del Inspector Fiscal o su subrogante, según detalle de especificaciones técnicas y cantidades solicitadas.
2) Que se haya acreditado el cumplimiento de las leyes laborales. Para garantizar el cumplimiento de la Leyes Laborales, el Encargado de Abastecimiento, adjuntará el Certificado de Habilidad del Registro de proveedores de la Dirección de Compras y Contratación Pública. Esta documentación será respaldada por el Área de Adquisiciones Regional. En caso de que se encuentre "inhábil" se otorgará un plazo máximo de 10 días corridos para regularizar su situación. Si transcurrido ese plazo, la empresa no subsana la observación, se procederá, si correspondiere, conforme lo dispuesto en el inc. 2 del artículo 159, a saber: “En el evento de declararse la inhabilidad sobreviniente del Proveedor, podrán continuar ejecutándose los contratos vigentes a la fecha de declaración de la inhabilidad hasta su total terminación, siempre que la Entidad respectiva funde tal decisión en razones de interés público o continuidad del servicio, lo que deberá constar en el acto administrativo correspondiente; salvo, que la ley disponga su terminación inmediata o de pleno derecho.”
La circunstancia de haberse cumplido los requisitos, así como las causas, su acreditación y el respectivo cálculo de multas, constará en el Acta de Recepción conforme del Inspector Fiscal, que acompañará a la factura, para disponer su pago.
b) FACTURACIÓN: El proveedor adjudicado, deberá facturar a la Dirección de Vialidad, Región del Biobío, de acuerdo a lo siguiente:
● Una vez que se haya recepcionado conforme los productos y se encuentre realizada la capacitación, en la orden de compra que formaliza el contrato, a través del portal www.mercadopublico.cl, por instrucción del Inspector Fiscal.
● La Factura electrónica deberá ser enviada al correo mop_dte@paperless.cl, debido a que el MOP es un contribuyente electrónico.
● Para el caso que sea una Unión Temporal de Proveedores (UTP), deberá indicar en su oferta el nombre y Rut de la Empresa que hará la facturación.
● Además, al momento de generar la factura es necesario indicar el siguiente código 976, REG_08 DIRECCION_DE_VIALIDAD_PRESUPUESTO.
● La Dirección de Contabilidad y Finanzas de nuestro Ministerio, en su nueva directriz ha indicado que no deberán consignar registro de Pago Contado en la(s) factura(s), dado que ello no se da en el MOP e impide el reclamo ante Servicio de Impuestos Internos de la factura, en los casos que corresponda.
● En la eventualidad de que el proveedor adjudicado no tenga realizado su trámite para transferencia del o los pago(s) correspondientes, de acuerdo lo señalado por la ley N°21.796 de presupuestos año 2026, que estipula que los pagos deberán hacerse por transferencia electrónica de fondos, según lo dispone el artículo 8°. Los proveedores deberán efectuar el trámite a través de la plataforma digital https://aplicaciones.mop.gob.cl/TramitesDCyF/inicio,
para ingresar los datos bancarios asociados a su empresa. La inscripción de la cuenta en el Sistema SICOF será requisito para la recepción conforme de lo contratado.
c) PAGO
El pago se realizará una vez que el Inspector Fiscal haya recibido conforme el (los) producto (s) y dentro de los 30 días siguientes a la fecha de recepción de la factura, por parte de la Dirección de Vialidad.
1. 10.14.- FACTORING
El proveedor, podrá factorizar las facturas, de conformidad a la legislación respectiva, siempre y cuando se notifique a la Dirección de Vialidad y de conformidad a la Ley. (Art. 127 del Reglamento de la Ley de Compras).
1.10.15.- SANCIONES:
Los incumplimientos serán sancionados con multas y con término anticipado del contrato, según su gravedad.
1.10.15.1 MULTAS.
1.10.15.1.1 Multa por atraso en la entrega de los productos: La Dirección de Vialidad, aplicará una multa equivalente a un 3% del valor total de cada producto entregado con atraso, por cada día hábil de atraso que exceda el plazo de entrega comprometido por el oferente en el Formulario Nº 3, con un tope de 8 días hábiles de atraso. Dicha multa será deducida del monto de la factura incluido IVA. Superado el tope de 8 días hábiles, la Dirección Regional de Vialidad, dará término anticipado al contrato, por incumplimiento grave, pagándose lo efectivamente recepcionado conforme por el Inspector Fiscal.
1.10.15.1.2 Multa por incumplimiento en materia de prevención de riesgos: En caso de que el personal de la empresa, no disponga de los elementos de prevención de riesgos, se procederá a cursar una multa equivalente a 3 UTM, por cada vez que el Inspector Fiscal, sorprenda a cualquier integrante del equipo de trabajo de la empresa, sin sus elementos de prevención de riesgos respectivos, lo cual será consignado por el IF vía correo electrónico a la empresa. El máximo de incumplimientos permitidos en esta materia será de 3 oportunidades, de superarlo, será sancionado con término anticipado de contrato.
1.10.15.1.2 Multa por atraso en la realización de la capacitación: La Dirección de Vialidad, aplicará una multa equivalente a un 2% del valor total de lo contratado, por cada día hábil de atraso que exceda el plazo para la realización de la capacitación, con un tope de 8 días hábiles. Dicha multa será deducida del monto de la factura incluido IVA. Superado el tope de 8 días hábiles, la Dirección Regional de Vialidad, dará término anticipado al contrato, por incumplimiento grave, pagándose lo efectivamente recepcionado conforme por el Inspector Fiscal.
1.10.15.2 TÉRMINO ANTICIPADO DEL CONTRATO
Se pondrá término anticipado administrativamente, cuando haya incumplimiento grave a las obligaciones que impone el contrato y especialmente:
a) Si la empresa adjudicada entrega los productos con más de 8 días hábiles de atraso.
b) Si la empresa adjudicada incumple su obligación de prevención de riesgos en más de 3 oportunidades, debidamente consignadas por el Inspector Fiscal.
c) Si la empresa adjudicada no regulariza su habilidad en el Registro de Proveedores, en el plazo establecido en el punto 1.10.11 letra b), salvo que, se determine proceder de conformidad a lo dispuesto en el inciso 2° art. 159 Decreto 661/2024.
d) Si la empresa adjudicada realiza la capacitación con más de 8 días hábiles de atraso.
1.10.16. PROCEDIMIENTO DE APLICACIÓN DE MULTAS Y OTRAS SANCIONES
1.10.16.1 Procedimiento para aplicación de multas:
La multa que corresponda aplicar, será deducida administrativamente de la factura respectiva. Esto significa que previo a la aplicación efectiva de la multa, el Inspector Fiscal remitirá un oficio al adjudicatario incumplidor, en el que indicará la infracción cometida y la procedencia de la multa de conformidad a las bases, indicando los elementos utilizados para determinar el monto final de la multa. En el mismo oficio, instará al adjudicatario incumplidor, para que formule descargos, expresando lo que estime conveniente a su defensa, y acompañe documentos u otros medios de prueba, en el plazo de tres días hábiles.
La notificación se hará de conformidad a lo dispuesto en el artículo 140 del Reglamento de Compras, esto es, mediante correo electrónico, a la casilla registrada en la Ficha de Proveedor. Será responsabilidad del proveedor adjudicado, mantener actualizado sus datos. En el caso de no obtener correo electrónico desde la página de Mercado Público o el correo registrado no permite almacenar mensaje por capacidad u otro motivo, la notificación será por carta certificada o personal. En el caso de notificación personal, se dejará constancia en un acta de notificación, de la fecha, y lugar de notificación, que firmará el notificado.
Con los descargos o sin ellos, si no se efectuaren dentro del plazo, la autoridad que adjudicó el contrato dictará una resolución en que los pondere, si estos existen, y establezca las razones de hecho y de Derecho que fundamentan la decisión de aplicar o no la multa o modificar la que fuera propuesta por el Inspector Fiscal.
La resolución que disponga la aplicación de la multa, se podrá impugnar, conforme a las reglas generales, ejerciendo los recursos establecidos en la Ley 19.880.
1.10.16.2. Procedimiento para aplicación de otras sanciones como el término anticipado:
El Inspector Fiscal que verifique que se ha incurrido en una causal de término anticipado del contrato, remitirá un oficio al adjudicatario en el que indicará la causal y los hechos que la constituyen, de conformidad a las bases y a las normas legales vigentes, instándolo para que formule descargos, expresando lo que estime conveniente a su defensa, y acompañe documentos u otros medios de prueba, en el plazo de tres días hábiles. La notificación se hará de conformidad a lo dispuesto en el artículo 140 del Reglamento de Compras, esto es, mediante correo electrónico, a la casilla registrada en la Ficha de Proveedor. Será responsabilidad del proveedor adjudicado, mantener actualizado sus datos.
En el caso de no obtener correo electrónico desde la página de Mercado Público o el correo registrado no permite almacenar mensaje por capacidad u otro motivo, la notificación será por carta certificada o personal. En el caso de notificación personal, se dejará constancia en un acta de notificación, de la fecha, y lugar de notificación, que firmará el notificado.
Con los descargos o sin ellos, si no se efectuaren dentro del plazo , la autoridad que adjudicó el contrato dictará una resolución en que los pondere, si estos existieren, y establezca las razones de hecho y de Derecho que fundamentan la decisión respecto de la medida de término de contrato propuesta por el Inspector Fiscal.
La resolución que disponga el término de contrato se podrá impugnar, conforme a las reglas generales, ejerciendo los recursos establecidos en la Ley 19.880.
1.10.17. ACREDITACIÓN DE CUMPLIMIENTO DE REMUNERACIONES O COTIZACIONES DE SEGURIDAD SOCIAL.
Durante la ejecución del contrato, para acreditar el cumplimiento de Remuneraciones o Cotizaciones de Seguridad Social, la Dirección de Vialidad Región del Biobío, verificará la habilidad del proveedor adjudicado en Registro de proveedores de la Dirección de Compras y Contratación Pública. En caso de que se detecte que el proveedor se encuentra inhábil, se otorgará el plazo establecido en el punto 1.10.11 letra b) de las presentes bases de licitación. Si transcurrido ese plazo, la empresa no subsana la observación, se procederá, si correspondiere, conforme lo dispuesto en el inc. 2 del artículo 159, a saber: “En el evento de declararse la inhabilidad sobreviniente del Proveedor, podrán continuar ejecutándose los contratos vigentes a la fecha de declaración de la inhabilidad hasta su total terminación, siempre que la Entidad respectiva funde tal decisión en razones de interés público o continuidad del servicio, lo que deberá constar en el acto administrativo correspondiente; salvo, que la ley disponga su terminación inmediata o de pleno derecho.”
1.10.18. ESTÁNDARES DE PROBIDAD
El adjudicatario deberá observar, durante toda la época de ejecución de la relación contractual, el más alto estándar ético exigible a los funcionarios públicos. Los estándares de probidad exigibles a el personal de apoyo, por lo tanto, deben entenderse equiparados a aquellos exigidos a los funcionarios de la Administración Pública, en conformidad con el título III de la ley N° 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado.
1.10.19. OFERTAS RIESGOSAS O TEMERARIAS
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 61 del Reglamento de Compras, esta Dirección de Vialidad podrá declarar inadmisible una o más ofertas, si determina que se trata de ofertas riesgosas o temerarias, por cuanto el precio ofertado está significativamente por debajo del promedio de las otras propuestas o de los precios de mercado, sin justificar documentadamente en las especificaciones técnicas cómo se cumplirán los requisitos del contrato.
Para estos efectos, el o los funcionarios a cargo de la revisión de ofertas, al momento de analizar el valor económico que hace suponer que se está frente a una oferta temeraria, deberán calcular la media aritmética de las demás propuestas que no sean consideradas riesgosas y calcular el cociente entre el valor de la “propuesta temeraria” y valor de la media aritmética. Si el valor obtenido es inferior a 0,40 y el monto de la propuesta es inferior al 50% de valor del presupuesto estimado (o disponible), se establecerá que la oferta es riesgosa o temeraria.
Para declarar la inadmisibilidad por ofertas temerarias o riesgosas, previamente esta Dirección analizará la viabilidad de la oferta de acuerdo con lo señalado a continuación:
a) La Comisión o la persona evaluadora solicitará, a través del Sistema de Información, al o los proveedores que, en un plazo de tres días hábiles, acompañen antecedentes que justifiquen detalladamente los precios, costos o cualquier parámetro por el cual han definido la oferta. Esto incluye demostrar factores como ahorros e innovaciones técnicas en su productividad, condiciones excepcionalmente favorables y/o subsidios.
b) La Comisión o la persona evaluadora analizará la información y documentos acompañados por el Proveedor y, en un plazo de cinco días hábiles, evacuará su informe, junto a la propuesta de adjudicación, señalando si propone adjudicar la oferta o declararla inadmisible.
Se considerará que la justificación presentada por el Proveedor no es suficiente si está incompleta, si está basada en suposiciones o prácticas inadecuadas desde una perspectiva técnica o económica, o que el precio compromete el cumplimiento del contrato. Asimismo, las ofertas serán rechazadas si el precio ofertado es resultado del incumplimiento de normativas sociales, laborales y medioambientales o conductas que vulneran la libre competencia.
De ser adjudicada la oferta, esta Dirección de Vialidad solicitará al proveedor o contratista garantía de fiel y oportuno cumplimiento. El monto de esta garantía deberá corresponder al cinco por ciento neto del valor resultante entre la diferencia entre el precio de este oferente y el precio ofertado por el que le siga en su calificación económica.
1.10.20. FORMULARIOS ANEXOS
FORMULARIO Nº 1
(Para contratar)
“DECLARACIÓN JURADA”
El abajo firmante, para los efectos de la licitación pública “ADQUISICIÓN DE ARNÉS DE SEGURIDAD Y CABOS DE VIDA PARA LABORES DE LA ADMINISTRACIÓN DIRECTA DE LA DIRECCIÓN REGIONAL DE VIALIDAD, REGIÓN DEL BIOBÍO”, declara bajo juramento que:
- El adjudicado no está unido a alguno de los funcionarios directivos de la Dirección de Vialidad por los vínculos de parentesco descritos en el artículo 4º de la Ley N° 19.886, ley de Compras Públicas.
- Su representada no es una sociedad de personas en la que los funcionarios directivos de la Dirección de Vialidad o las personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco descritos en la el artículo 4º de la Ley Nº 19.886, ley de Compras Públicas, formen parte, ni es una sociedad comandita por acciones o anónima cerrada en que aquéllos o éstas personas sean accionistas, ni es una sociedad anónima abierta en que aquéllos o éstas sean dueños de acciones que representen el 10% o más del capital, y
- No es gerente, administrador, representante o director de cualquiera de las sociedades mencionadas en el párrafo anterior.
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Nombre Representante Legal Firma Representante Legal
FECHA ____ de _____________ de 2026
FORMULARIO Nº 2
(Para contratar)
“DECLARACIÓN JURADA”
El abajo firmante, para los efectos de la licitación pública, “ADQUISICIÓN DE ARNÉS DE SEGURIDAD Y CABOS DE VIDA PARA LABORES DE LA ADMINISTRACIÓN DIRECTA DE LA DIRECCIÓN REGIONAL DE VIALIDAD, REGIÓN DEL BIOBÍO”, declara bajo juramento no haber sido condenado por la Ley 20.393, con prohibición de contratar.
__________________________________________ ______________________________________
Nombre Representante Legal Firma Representante Legal
FECHA ____ de _____________ de 2026
FORMULARIO N° 3
(Para ofertar)
PLAZO DE ENTREGA
El abajo firmante, para los efectos de la licitación pública, “ADQUISICIÓN DE ARNÉS DE SEGURIDAD Y CABOS DE VIDA PARA LABORES DE LA ADMINISTRACIÓN DIRECTA DE LA DIRECCIÓN REGIONAL DE VIALIDAD, REGIÓN DEL BIOBÍO”, declara que el plazo máximo de entrega de los productos ofertados corresponde a __________________ días hábiles, contados desde el día hábil siguiente de la aceptación de la orden de compra.
__________________________________________ ______________________________________
Nombre Representante Legal Firma Representante Legal
FECHA ____ de _____________ de 2026
FORMULARIO Nº 4
(Para ofertar)
DECLARACIÓN JURADA SIMPLE
“ADQUISICIÓN DE ARNÉS DE SEGURIDAD Y CABOS DE VIDA PARA LABORES DE LA ADMINISTRACIÓN DIRECTA DE LA DIRECCIÓN REGIONAL DE VIALIDAD, REGIÓN DEL BIOBÍO”
Programas de integridad y ética empresarial
En ____ de Chile, a _______ de ________________del 20__, don/doña ________________________________, RUT __________________________, con domicilio en ___________________, en su calidad de persona natural o representante legal de _________________, viene en declarar lo siguiente:
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PROGRAMA DE INTEGRACIÓN Y ÉTICA EMPRESARIAL
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MARQUE CON UNA X SEGÚN CORRESPONDA:
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El oferente, personal natural o jurídica*, con personal contratado, acredita contar con programa de integridad y que es conocido y aplicado por sus trabajadores.
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El oferente es persona natural o jurídica*, sin personal contratado, y cuenta con programas de integridad y ética empresarial que acompaña.
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El oferente no acredita contar con programa de integridad y/o que es conocido y aplicado por sus trabajadores.
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*Nota: En caso de declarar que tiene programas de integridad y ética empresarial y que son conocidos y aplicados por su personal, debe adjuntar los documentos que permitan acreditar ambas circunstancias.
Para el caso de la persona natural, sin personal contratado, igualmente debe acompañar sus programas de integridad y ética empresarial.
En el caso de persona natural o jurídica, sin personal contratado a la fecha de ofertar, y que con posterioridad contrata trabajadores, deberá acompañar, para efectos de la recepción del servicio o suministro (según corresponda) la documentación que permita acreditar que los programas son conocidos por su personal.
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Nombre, RUT y Firma
Oferente o Representante (s) Legal (es)*
* Debe tener facultades para ofertar y suscribir contratos por montos iguales o superiores a lo ofertado.
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OBSERVACIONES:
- Si el oferente es una UTP, debe presentar este formulario por cada empresa que forme parte de la UTP
- La Comisión de Evaluación o revisores podrán verificar lo informado mediante la presente declaración jurada.
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