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MECANISMO DE RESOLUCIÓN DE EMPATES. |
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En caso de igualdad en el puntaje final, se privilegiará al oferente que ha obtenido el mayor puntaje en la evaluación de la Propuesta Técnica. De mantenerse el empate, se escogerá entre esas ofertas, al proponente que haya obtenido mayor puntuación en la Experiencia. De mantenerse aún el empate se escogerá entre esas ofertas, al proponente que haya obtenido mayor puntuación en la evaluación de la Oferta Económica.
Si con los criterios establecidos no es posible resolver el desempate se escogerá la propuesta que haya sido ingresada primero al portal, verificando el día y hora de presentación.
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FORMALIZACION DEL CONTRATO |
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El proceso de formalización de contrato por montos inferiores a 5.000 UTM se efectuará conforme a lo siguiente:
1. Desde la notificación de la adjudicación vía sistema de información (www.mercadopublico.cl) el oferente tendrá como plazo 03 días hábiles, para el retiro del contrato en dependencias del D.A.E.M., dicho retiro deberá ser previa coordinación oportuna por parte del oferente.
2. Cumplido lo señalado en el párrafo anterior el oferente deberá hacer entrega del contrato firmado ante notario, como plazo máximo, al tercer día hábil siguiente al cumplimento del plazo establecido en párrafo anterior. Además, el mismo día de la entrega del contrato firmado, deberá realizar la entrega de la Garantía de Fiel y oportuno cumplimiento de contrato.
3. Una vez recibido el contrato firmado, el D.A.E.M. emitirá la orden de compra a través del Sistema de Información de Mercado Público, la cual deberá ser aceptada por el adjudicado dentro de los plazos que establece la Ley.
4. El oferente deberá hacer entrega de la garantía de fiel y oportuno cumplimiento de contrato, si corresponde, de acuerdo a lo establecido en el numeral 14, 1.2 “De fiel y oportuno cumplimiento”.
5. El oferente deberá presentarse para el inicio del servicio en un plazo máximo de 05 días hábiles siguientes a la fecha del decreto que aprueba el contrato, dicho acto, será coordinado previamente con la unidad técnica.
6. Entre el plazo de suscripción de contrato y el inicio del servicio, el contratista deberá hacer entrega de la documentación señalada en el punto número 11 “CARPETA DE ARRANQUE”, de las Bases Técnicas.
7. De no cumplirse los plazos y requisitos señalados anteriormente se entiende que el oferente desiste de su oferta, debiendo cumplirse lo establecido en las presentes bases de la licitación.
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MULTAS. |
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a. Por atraso en el inicio del servicio: por cada día de retraso en el inicio de actividades, el contratista deberá pagar una multa equivalente a un 1 UTM. El contratista tendrá un plazo de 2 días corridos máximo desde la aceptación de la orden de compra para iniciar actividades, después de este plazo se procederá con la aplicación de multa.
b. Por atraso en la Carta Gantt: por cada día de retraso en las actividades establecidas en la Carta Gantt, el contratista deberá pagar una multa equivalente a un 1 UTM. El atraso se calcula contando los días corridos entre la fecha límite establecida (incluyendo cualquier extensión de plazo aprobada) y la fecha en que la Unidad Técnica acepta formalmente que el servicio está terminado.
c. Por incumplimiento de las instrucciones formalmente impartidas por la Unidad Técnica: el proveedor deberá someterse a las instrucciones formalmente impartidas por la Unidad Técnica. El incumplimiento de cada instrucción impartida por la Unidad Técnica será sancionado con una multa diaria de 2 UTM, por el periodo que se mantenga la transgresión a dichos preceptos.
Si el proveedor se resistiese a acatar la orden impartida, por más de 7 días corridos contados desde la fecha de la respectiva instrucción, la Unidad Técnica podrá disponer del término anticipado del contrato, por causas imputables a éste.
d. Por incumplimiento de las leyes laborales:
El contratista deberá cumplir a la legislación vigente que regula el trabajo tales como:
• Código del trabajo, Ministerio del Trabajo y Previsión Social; Subsecretaría del Trabajo.
• La Ley 16.744, establece normas sobre accidentes del trabajo y enfermedades profesionales.
• Decreto Supremo 594, sobre condiciones sanitarias y ambientales básicas en los lugares de trabajo.
• Ley 21.643 (Ley Karin), establece un marco legal claro para la prevención y sanción del acoso y la violencia en el entorno laboral en Chile.
En caso de incumplimiento, faculta a esta entidad a cursar multas por 2 UTM por cada infracción o irregularidad cometida.
e. Por incumplimiento en las obligaciones y prohibiciones: en el evento que el proveedor incurriere en incumplimientos de las obligaciones y prohibiciones establecidas en las presentes Bases, deberá pagar una multa ascendente a 1 UTM por cada día en que persiste el incumplimiento.
f. Por incumplimiento de fiscalizaciones de Unidad de Prevención de Riesgos del D.A.E.M.
La empresa contratista deberá someterse a las instrucciones, solicitud de reuniones, fiscalizaciones y auditorías, impartidas por la Unidad de Prevención de Riesgos del D.A.E.M. El incumplimiento de uno de estos puntos será sancionado con una multa diaria de 1 UTM, por el periodo que se mantenga la transgresión a dichos preceptos, ya sea la no presentación de antecedentes, la no presentación a una reunión o auditoría, el no cumplimiento a una instrucción o recomendación.
g. Por incumplimiento en la entrega de Garantía de Fiel y Oportuno Cumplimiento en caso de modificación del contrato: En aquellos casos excepcionales que resulte procedente efectuar una modificación del contrato, que signifique un aumento en el plazo de ejecución, el contratista deberá prorrogar la vigencia de la garantía en igual cantidad de días en que haya ampliado el plazo de ejecución; y en el caso que la modificación del contrato implique un aumento en los montos de inversión, la garantía deberá ser modificada en el mismo porcentaje del aumento del servicio, con el objeto de mantener la suma establecida en las presentes Bases. En ambos casos, el contratista deberá presentar la nueva garantía dentro del plazo de 5 días hábiles contados desde la suscripción del instrumento modificatorio respectivo. En caso de incumplimiento de dicha obligación se aplicará a las multas de 1 UTM por cada día en que persisten el incumplimiento.
h. Por incumplimiento con el equipo de trabajo ofertado: en el caso de que el proveedor incurriera en incumplimientos con el equipo de trabajo comprometido en su propuesta, deberá pagar una multa ascendente a 1 UTM por cada día en que persiste el incumplimiento.
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PACTO DE INTEGRIDAD. |
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El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones que, contenidas en el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:
1. El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, soborno, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ellos se deriven.
2. El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas.
3. El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación que deba presentar para efectos del presente proceso de licitación, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma.
4. El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio.
5. El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase.
6. El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.
7. El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.
8. El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subproveedors, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.
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