|
RESOLUCION EMPATE |
|
En caso de presentarse situación de empate en la ponderación final de las ofertas, se considerará como criterio de desempate entre los igualados, al proveedor que haya obtenido la ponderación más alta en el criterio, de acuerdo al siguiente orden:
1. PRECIO
2. CALIDAD TECNICA
3. PLAZO DE ENTREGA
4. MONTO POR DESPACHO
5. DOCUMENTOS FORMALES
En caso de persistir el empate (aplicados los criterios de desempate ya indicados) prevalecerá la oferta que primero haya ingresado al portal.
|
|
|
|
DE LA ADJUDICACION |
|
El Director del Hospital podrá adjudicar el total, parcial o declarar inadmisible la propuesta, sobre la base del informe emitido por la Comisión de Evaluación. La propuesta será resuelta por Resolución Exenta del Director del Hospital San Camilo, la cual será notificada mediante publicación en el portal www.mercadopublico.cI
|
|
|
|
READJUDICACION |
|
El Hospital se reserva el derecho de readjudicar, en el caso de que el proveedor adjudicado, no cumpla con su oferta técnica.
|
|
|
|
DE LA FACTURA |
|
Es Responsabilidad de los oferentes despachar los insumos adjudicados dentro de los horarios preestablecidos para ello, según lo señalado, en articulo 20, de no ser así el establecimiento no se hace responsable de certificar la recepción conforme.
El Establecimiento requiere que los despachos de los insumos, bienes y/o servicios solicitados a través de la orden de compra aceptada por el proveedor en la plataforma electrónica www.mercadopublico.cl , sean enviadas con Guia de Despacho al Hospital San Camilo. La cual debe ser fiel reflejo a la orden de compra, de tal forma que exista un tiempo prudunte de aceptación de los insumos, bienes y/o servicios.
El oferente debera hacer llegar la factura a la casilla que se indica a continuación, de lo contrario será rechazada por la plataforma de Acepta, retresando los pagos centralizados programados por la tesorería General de la republica.
dipresrecepcion@custodium.com
El oferente adjudicado deberá facturar a:
NOMBRE : HOSPITAL SAN CAMILO
RUT : 61.602.038-2
DIRECCIÓN : MIRAFLORES 2085. SAN FELIPE. QUINTA REGIÓN
|
|
|
|
DEL PAGO CENTRALIZADO |
|
En virtud a lo señalado en los Art.15, Art. 16, los pagos serán centralizados a travez de la Tesorería General de la Repubica, previa visación y recepción conforme de la orden de compra emitida por el Hospital San Camilo.
La Tesorería General de la República recibirá y procesará las órdenes de pago de las facturas de proveedores del Estado, que realizaron despachos de insumos, bienes y/o servicios, dichos pagos se realizarán en forma virtual de acuerdo a las órdenes de pago emitidas por DIPRES.
Podrá acceder directamente a consultar el estado de su pago en el siguiente link https://comprobantes.tgr.cl/
|
|
|
|
TECNOVIGILANCIA |
|
De acuerdo a la Norma Técnica N°226 sobre Obligatoriedad de Implementar un sistema de registro de datos que permita la trazabilidad de los Dispositivos Médicos, ya sean: Instrumento, equipo, aparato, material, software o artículo, incluyendo sus componentes, partes o accesorios, destinados a la prevención, diagnóstico, tratamiento, rehabilitación o anticoncepción y que no utiliza medio farmacológico, inmunología o metabólico para realizar su función principal en seres humanos (artículo 111 del Código Sanitario o Reglamento D.S. 825/98; al momento de la recepción por Prestadores Institucionales de Salud. Los oferentes adjudicados deberán considerar en los Documentos Tributarios Electrónicos (DTE): Nombre del producto, Identificación del proveedor, N° Guía/Factura, Modelo, N° Lote/Serie y Fecha de Vencimiento.
|
|
|
|