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Bases Administrativas y Técnicas |
1 Características de la licitación
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Nombre de adquisición
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Concesión y servicio de casino de Playa Ancha
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Descripción
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Casino de estudiantes y funcionarios de la Universidad de Valparaíso ubicado en Avenida El Parque 533 con capacidad aproximada de 500 comensales
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Tipo Licitación
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Licitación pública menor a 5000 UTM con Contrato
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Tipo Convocatoria
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Abierta
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Moneda
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Pesos Chilenos (CLP)
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Etapas del proceso de apertura
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Una etapa (Etapa de apertura electrónica)
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Opciones de pago
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Trasferencia electrónica
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2 Antecedentes básicos del organismo demandante
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Razón Social
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Universidad de Valparaíso
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Unidad de compra
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Rectoria - Prorrectoria
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R.U.T.
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60.921.000-1
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Comuna
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Valparaíso
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Región en que se genera la adquisición
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Valparaíso
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3 Etapas y plazos
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Fecha inicio de preguntas
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Desde la publicación de las bases en el portal www.mercadopublico.cl
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Fecha visita a terreno
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Al 33° día corrido posterior a la fecha de publicación de las bases en el portal www.mercadopublico.cl, en la dirección: Avenida El Parque 533, a las 11:00 hrs. (Visita a terreno y firma de Acta Obligatoria en las Dependencias anteriormente indicadas).
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Fecha final de preguntas
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Al 34º día corrido posterior a la fecha de publicación de las bases en el portal www.mercadopublico.cl.
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Fecha publicación de respuestas
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Al 35º día corrido posterior a la fecha de publicación de las bases en el portal www.mercadopublico.cl. En el caso que el número de preguntas que se realicen sea superior a 50, la Universidad podrá aumentar el plazo de respuesta hasta por 2 días, mediante Acto Administrativo que se publicará en el portal www.mercadopublico.cl.
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Fecha de cierre recepción de ofertas
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Al 42º día corrido posterior a la fecha de publicación del llamado a las 17:00 hrs.
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Fecha acto de apertura
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El mismo día del cierre de recepción de ofertas en el portal www.mercadopublico.cl.
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Fecha de adjudicación
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Hasta 60 días corridos posteriores a la fecha de cierre de recepción de ofertas en el portal www.mercadopublico.cl.
En el evento que la adjudicación no se realice dentro del plazo señalado, la Universidad informará mediante nota aclaratoria en el Sistema de Información de Compras Públicas las razones que justifiquen el incumplimiento del plazo para adjudicar, e indicará un nuevo plazo para la adjudicación.
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Los interesados en participar en la presente licitación podrán formular consultas y solicitar aclaraciones dentro de los plazos señalados en la cláusula 3 de estas bases. Las preguntas deberán formularse a través del Sistema www.mercadopublico.cl. La Universidad pondrá las preguntas y sus respuestas en conocimiento de todos los interesados, a través de su publicación en www.mercadopublico.cl, sin indicar el autor de las preguntas, dentro del plazo señalado en las presentes bases.
Las preguntas y respuestas deberán estar relacionadas estrictamente con el proceso licitatorio y las bases que la regulan.
Las preguntas no podrán ser de carácter genérico.
Cuando la información solicitada esté permanentemente a disposición del público, o lo esté en medios impresos tales como libros, compendios, folletos, archivos públicos de la Administración, así como también en formatos electrónicos disponibles en internet o en cualquier otro medio, se comunicará al oferente la fuente, el lugar y la forma en que puede tener acceso a dicha información.
Se podrán modificar las presentes bases y sus anexos, ya sea por iniciativa propia o en atención a una aclaración solicitada por alguno de los oferentes, durante el proceso de la propuesta, hasta antes del vencimiento del plazo para presentar ofertas.
Las modificaciones que se lleven a cabo serán informadas a través del sitio Web www.mercadopublico.cl. Estas modificaciones formarán parte integral de las bases. Las modificaciones de bases estarán vigentes desde la total tramitación del acto administrativo que las apruebe.
Las aclaraciones que se efectúen se entenderán que forman parte de las presentes bases.
Junto con aprobar la modificación, se podrá establecer un nuevo plazo prudencial para el cierre o recepción de las propuestas, a fin de que los potenciales oferentes puedan adecuar sus ofertas.
No haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador dentro de los dos últimos años anteriores a la fecha de presentación de las ofertas o por delitos concursables establecidos en el Código Penal.
Esto se acreditará mediante la declaración jurada que deben presentar los interesados en participar en la presente licitación, sin perjuicio de las facultades de este organismo para verificar esta información, en cualquier momento, a través de Chileproveedores.
6 Requisitos y condiciones que deben cumplir los oferentes para que sus ofertas sean aceptadas
1) ANEXO 1: Formulario de datos del oferente. (Obligatorio si no se encuentra inscrito en registro Chileproveedores)
2) ANEXO 2: Declaración jurada de aceptación de condiciones. (Obligatorio)
1) ANEXO 3: Oferta económica. (Obligatorio)
2) ANEXO 4 y 5. EXPERIENCIA DEL OFERENTE. (Obligatorio)
iii. Documentos técnicos
1) ANEXO 6. OFERTA TECNICA. Documento que describa las características técnicas del servicio ofertado (Obligatorio).
b) Condiciones para aceptar ofertas
Las únicas ofertas válidas, serán las presentadas a través del portal www.mercadopublico.cl dentro de los plazos indicados en punto “etapa y plazos” de las presentes bases.
No se aceptarán ofertas que se presenten por un medio distinto al establecido en estas bases, excepto en las situaciones previstas en el artículo 62 del Reglamento de la ley N° 19.886.
Tratándose de las situaciones previstas en el artículo 62 del Reglamento de la ley N° 19.886, solo se considerarán las ofertas que ingresen a la oficina de partes de la Universidad ubicada en Errazuriz 1834, Valparaíso.
En el evento de indisponibilidad técnica contemplado en el artículo 62 Nº2 Reglamento de la ley N° 19.886, los oferentes afectados tendrán un plazo de 2 días hábiles contados desde la fecha del envío del certificado de indisponibilidad, para la presentación de sus ofertas fuera del sistema de Información en la Oficina de partes de la Universidad mencionada precedentemente.
Todos los antecedentes y certificaciones mencionadas en los anexos deberán ser enviados a través del Sistema www.mercadopublico.cl, junto con los anexos.
En los casos que se solicite suscripción de los anexos cuyos formatos se adjuntan en bases de licitación, estos deberán ser suscritos por los oferentes personas naturales o por los representantes legales de los oferentes, en el caso de que éstos sean personas jurídicas.
Los oferentes deben constatar que el envío de sus ofertas técnicas y económicas a través del portal www.mercadopublico.cl haya sido realizado con éxito, incluyendo el previo ingreso de todos los archivos anexos requeridos, para ello se debe verificar el posterior despliegue automático del "Comprobante de Envío de Oferta" que entrega el Sistema, el cual puede ser impreso por el proponente para su resguardo.
Será responsabilidad de los oferentes adoptar las precauciones necesarias para ingresar oportuna y adecuadamente sus ofertas.
En el acto de evaluación de las ofertas, no será considerada información adicional adjuntada por el Proveedor que no esté contemplada en las presentes bases de licitación.
Las ofertas deberán mantener su vigencia hasta la fecha de suscripción del contrato.
La Universidad de Valparaíso se reserva el derecho de declarar inadmisible cualquiera de las ofertas presentadas que no cumplan los requisitos o condiciones establecidos en las presentes bases, sin perjuicio de la facultad de la Universidad de solicitar a los oferentes que salven errores u omisiones formales de acuerdo con lo establecido en la normativa de compras públicas y en las presentes bases.
Las ofertas técnicas y/o económicas deberán ser puras y simples y en ningún caso podrán estar asociadas a beneficios de ninguna especie (por ejemplo: promociones, productos 2 x 1, dádivas, regalos, entrega de productos en comodato y otros similares) ni sometidas a condición alguna para su adjudicación. La sola mención en la oferta de alguna de las circunstancias señaladas será causal suficiente para declararla inadmisible.
7 Antecedentes legales para poder ser contratado
- Encontrarse Inscrito en ChileProveedores.
- Declaración jurada simple, según formato Anexo N° 2, que acredite que no se encuentra en ninguna de las inhabilidades contempladas en el artículo 4° de la ley N° 19.886.
- Fotocopia simple de cédula de identidad persona natural que deberá Acreditar en ChileProveedores.
- Encontrase Inscrito en ChileProveedores.
- Declaración jurada simple, según formato Anexo N° 2, que acredite que no se encuentra en ninguna de las inhabilidades contempladas en el artículo 4° de la ley N° 19.886.
• Certificado de vigencia del poder del representante legal; o bien, cualquier otro antecedente legal que acredite la vigencia del poder del Representante legal.
• Certificado de Vigencia de la Sociedad.
Tratándose exclusivamente de las personas jurídicas, no podrán contratar con organismos del Estado, aquellas que hayan sido condenadas por los delitos previstos en los artículos de los artículos 8° y 10° de la Ley 20.393.
Los antecedentes legales para poder ser contratado, sólo se requerirán respecto del oferente que resulte adjudicado y deberán estar disponibles en ChileProveedores o bien ser entregados físicamente o enviados por correo certificado a la Universidad en Errazuriz 1834, Valparaíso dentro de los 30 días corridos contados desde la notificación de la resolución de adjudicación totalmente tramitada.
En caso que el adjudicatario no esté inscrito en el registro electrónico oficial de contratistas de la administración, ChileProveedores, deberá inscribirse dentro del plazo de 15 días hábiles contados desde la notificación de la resolución de adjudicación totalmente tramitada.
8 Naturaleza y monto de las garantías requeridas
a) Garantía Seriedad de la Oferta
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Tipo de Documento
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La caución o garantía deberá ser pagadera a la vista y tener el carácter de irrevocable.
Podrá ser física o electrónica. En los casos en que se otorgue de manera electrónica, deberá ajustarse a la Ley N° 19.799 sobre Documentos Electrónicos
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Beneficiario
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Universidad de Valparaíso
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Fecha de Vencimiento
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100 días corridos posteriores a la fecha de cierre de ofertas.
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Monto
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$ 500.000.- pesos chilenos
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Glosa
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Para garantizar la seriedad de la oferta de la ID 5212-5-LQ19
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Forma y oportunidad de Restitución
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El procedimiento para la solicitud de restitución de las garantías será realizado íntegramente mediante correo electrónico, el proveedor deberá solicitar la devolución de la garantía al correo electrónico adquisiciones@uv.cl, la Universidad de Valparaíso analizará la solicitud e informará, mediante la misma vía, de la fecha y horario en la cual el proveedor podrá retirar el documento, si es que fuera el caso, con un plazo máximo de 10 días corridos contados desde la solicitud de devolución de garantía. No se aceptarán llamadas telefónicas, ni retiros presenciales, sin la confirmación previa vía correo electrónico por parte de la Universidad de Valparaíso.
Respecto de los oferentes declarados inadmisibles en el proceso de adjudicación, les será devuelta en el plazo máximo de 10 días corridos contados desde la solicitud de devolución de garantía remitida al correo adquisiciones@uv.cl una vez se realice la adjudicación de la licitación o la deserción correspondiente.
Respecto a oferentes declarados admisibles, la caución o garantía será devuelta al quinto día corrido contados desde la total tramitación del acto administrativo que aprueba el contrato y la aceptación de la orden de compra respectiva por parte del proveedor adjudicado.
Respecto del oferente adjudicado, le será devuelta contra la presentación de la caución o garantía de Fiel y Oportuno Cumplimiento del Contrato.
Será responsabilidad del oferente el retiro de los documentos una vez que se haya cumplido los plazos indicados en las bases y la correspondiente notificación de la Universidad de Valparaíso mediante correo electrónico.
La devolución de la caución solo procederá en aquellos casos en que no corresponda hacer efectivo su cumplimiento
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Descripción
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En el caso de ser una garantía física, esta garantía deberá ser entregada físicamente y recepcionada en Errazuriz 1834, Valparaíso en la oficina de partes, antes de la fecha y hora de cierre de la recepción de ofertas.
En el caso de ser una garantía electrónica, el archivo deberá ser enviado a través del portal www.mercadopublico.cl junto con la oferta.
Si por cualquier causa el proceso de licitación se extiende más allá de la vigencia de la caución los oferentes deberán renovarla en las mismas condiciones y las veces que sea necesaria a lo menos 5 días hábiles antes del vencimiento de la respectiva caución.
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Tipo de Documento
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La caución o garantía deberá ser pagadera a la vista y tener el carácter de irrevocable.
Podrá ser física o electrónica. En los casos en que se otorgue de manera electrónica, deberá ajustarse a la Ley N° 19.799 sobre Documentos Electrónicos. En el caso que el monto de la garantía que deba presentar el proveedor adjudicado no supere las 3 UTM, podrá no ser exigible por parte de la Universidad de Valparaíso.
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Beneficiario
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Universidad de Valparaíso
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Fecha de Vencimiento
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La fecha de vencimiento será de 60 días hábiles posteriores al término de la vigencia del contrato
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Monto
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$ 1.500.000 pesos chilenos.
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Glosa
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La garantía deberá indicar en su texto lo siguiente: “Para Garantizar el Cumplimiento de la Adquisición ID 5212-5-LQ19 y el pago de las obligaciones laborales y sociales de los trabajadores del adjudicatario”.
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Forma y oportunidad de Restitución
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El procedimiento de solicitud de restitución de las garantías será realizado íntegramente mediante correo electrónico, el proveedor deberá solicitar la devolución de la garantía al correo electrónico adquisiciones@uv.cl, la Universidad de Valparaíso analizará la solicitud e informará, mediante la misma vía, de la fecha y horario en la cual el proveedor podrá retirar el documento, si es que fuera el caso, con un plazo máximo de 10 días corridos contados desde la solicitud de devolución de garantía. No se aceptarán llamadas telefónicas, ni retiros presenciales, sin la confirmación previa vía correo electrónico por parte de la Universidad de Valparaíso.
En caso de cobro de esta caución derivado del incumplimiento de cualquiera de las obligaciones que impone esta licitación, el proveedor deberá reponer la caución por igual monto y por el mismo plazo de vigencia que la que reemplaza, dentro de los 5 días hábiles siguientes contados desde el cobro de la primera, en caso de no restituir dicha boleta en los plazos indicados anteriormente, se procederá al término anticipado del contrato.
Será responsabilidad del contratado mantener vigente la garantía de fiel cumplimiento hasta 60 días hábiles después de culminado el contrato. Mientras se encuentre vigente el contrato, las renovaciones de esta garantía serán de exclusiva responsabilidad del Proveedor.
Será responsabilidad del oferente el retiro de los documentos una vez que se haya cumplido los plazos indicados en las bases y la correspondiente notificación de la Universidad de Valparaíso mediante correo electrónico.
La devolución de la caución solo procederá en aquellos casos en que no corresponda hacer efectivo su cumplimiento..
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Descripción
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En el caso de ser una caución física, esta caución deberá ser entregada físicamente y recepcionada en Errazuriz 1834, Valparaíso en la oficina de partes, al momento de la suscripción del contrato.
En el caso de ser una garantía electrónica, el archivo deberá ser enviado al correo electrónico adquisiciones@uv.cl
Si por cualquier causa el proceso de suscripción de contrato se extiende más allá de la vigencia de la caución los oferentes deberán renovarla en las mismas condiciones y las veces que sea necesaria a lo menos 5 días antes del vencimiento de la respectiva caución.
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9 Evaluación y adjudicación de las ofertas
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Todos los puntajes de los criterios tendrán una escala de evaluación de 0 a 10.
Estos criterios son:
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Tipo Criterio
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Descripción
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Ponderación del puntaje final
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Administrativo
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Cumplimiento de requisitos formales
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1%
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Modo de cálculo
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En virtud del artículo 40, inciso 2°, del Reglamento de la ley N° 19.886, se medirá este criterio según los siguientes parámetros:
-Cumple con los requisitos formales de presentación de oferta con anterioridad del plazo de cierre de ofertas: 10 puntos
-Cumple con los requisitos formales de presentación de oferta dentro del plazo de requerimiento de la entidad: 0 puntos.
-No cumple con los requisitos formales de presentación de oferta: La oferta será inadmisible
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Tipo Criterio
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Descripción
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Ponderación del puntaje final
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Económico 1
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Precio ponderado de canasta básica de menús y productos
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54%
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Modo de cálculo
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La comparación de precios de las comidas y otros productos se realizará de acuerdo a la siguiente fórmula:
P (i) = (C (min) /C (i) X 10),
donde:
• P (i) = Puntuación de la oferta económica del proponente “i”
• C (i) = Precio ponderado de la oferta económica del proponente “i”
• C (min.) = Menor precio ponderado de oferta económica
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ID
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Nombre Ítem
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Especificación de bases
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Ponderación
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I-1
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Menú General (otros comensales)
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I.1
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20%
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I-2
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Menú Vegetariano (otros comensales)
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I.2
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20%
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I-3
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Hipocalórico
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I.3
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20%
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I-4
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Menú Extra
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I.4
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10%
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I-5
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Desayuno Saludable
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I.5
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10%
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I-6
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Café 200 cc.
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I.6
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3%
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I-7
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Bebidas de fantasía de 500cc
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I.7
|
3%
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I-8
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Sándwiches de Queso
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I.8
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3%
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I-9
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Hot dog
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I.9
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3%
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I-10
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Fruta entera 150 gr
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I.10
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8%
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Tipo Criterio
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Descripción
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Ponderación del puntaje final
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Técnico 1
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Experiencia
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35%
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Modo de cálculo
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La evaluación de la experiencia será efectuada considerando un máximo de 2 contratos que tuvieron vigencia dentro de los últimos 6 años.
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Rango de experiencia
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Puntaje
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Sin experiencia
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0
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Con experiencia en instituciones que NO son de educación superior, con un contrato de duración mínima de 2 años.
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3
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1 contrato con una institución de educación superior, de una duración mínima de 2 años
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6
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2 contratos con instituciones de educación superior o un contrato con institución de educación superior y un contrato con una institución pública, de una duración mínima de 2 años
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10
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La experiencia podrá acreditarse utilizando Certificado único adjunto (ANEXO 5) y al menos una factura, o solo contrato. La presentación de estos documentos que acreditan es obligatoria
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Tipo Criterio
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Descripción
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Ponderación del puntaje final
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Inclusivo 1
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Inclusión con enfoque de genero
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10%
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Modo de cálculo
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Condición
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Puntaje
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El oferente no es una persona natural de sexo femenino o el oferente no es una empresa liderada por mujeres(s)
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0
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El oferente es una persona natural de sexo femenino o el oferente es una empresa liderada por mujeres(s)
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10
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En el caso de personas naturales, como medio de verificación, en el caso de proveedoras inscritas en el Registro de Proveedores se utilizará la ficha de inscripción para acreditar su identidad y sexo; y en el caso de proveedoras no inscritas en el Registro, se debe presentar una copia de su cédula de identidad.
En el caso de personas jurídicas, se entenderá que existe este liderazgo si en la constitución de la empresa, o en alguna modificación posterior de la misma, se refleja que la propiedad de ésta se encuentra en poder de una (o más) mujer(es) en un 51% o más de los derechos sociales respectivos, y que ésta(s), tiene(n), además, el control y la administración del negocio. Para proveedoras inscritas en el Registro de Proveedores, éstas podrán acreditar esta circunstancia a través de la información incorporada en su ficha de proveedor. Para proveedoras no inscritas, la acreditación deberá realizarse directamente en la Licitación, acompañando copia del instrumento público que de cuente de la participación societaria y de los poderes de administración entregados a sus respectivos socios y/o representantes legales.
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El puntaje final de la suma ponderada de los criterios de evaluación cada oferta se expresará utilizando dos decimales, aplicando regla de redondeo.
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Una vez realizada la apertura electrónica de las ofertas, la Universidad podrá solicitar a los oferentes que salven errores u omisiones formales, siempre y cuando las rectificaciones de dichos vicios u omisiones no les confieran a esos oferentes una situación de privilegio respecto de los demás competidores, esto es, en tanto no se afecten los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes, y se informe de dicha solicitud al resto de los oferentes si correspondiere a través del Sistema de Información.
Se permitirá, asimismo, la presentación de certificaciones o antecedentes que los oferentes hayan omitido presentar al momento de efectuar la oferta, siempre que dichas certificaciones o antecedentes se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar ofertas o se refieran a situaciones NO mutables entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas y el periodo de evaluación.
Los oferentes tendrán un plazo máximo de 24 horas corridas, establecidas en el foro de Aclaración de ofertas, contados desde la notificación del respectivo requerimiento, para responder a lo solicitado por la Universidad o para acompañar los antecedentes requeridos por ésta.
La Universidad no considerará las respuestas o los antecedentes recibidos una vez vencido dicho plazo.
Las aclaraciones de las ofertas no podrán modificar los elementos esenciales de la oferta, especialmente los que determinan admisibilidad y los elementos que forman parte de los criterios de evaluación, exceptuándose de esta condición las aclaraciones que se refieran a errores aritméticos
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Para la conversión de monedas se considerará como fuente de datos la base de datos estadística del Banco Central del Chile, que se accede a través de su sitio web. Se considerará la fecha de cierre de recepción de ofertas para efectuar toda conversión de monedas.
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La Universidad declarará inadmisibles cualquiera de las ofertas presentadas que no cumplan los requisitos o condiciones establecidos en las presentes bases de licitación, sin perjuicio de la facultad para solicitar a los oferentes que salven errores u omisiones formales de acuerdo con lo establecido en la normativa de compras públicas y en las presentes bases.
La Universidad licitante podrá, además, declarar desierta la licitación cuando no se presenten ofertas o cuando éstas no resulten convenientes a sus intereses.
Dichas declaraciones deberán materializarse a través de la dictación de una resolución fundada.
La licitación se adjudicará al proponente que haya obtenido el más alto puntaje, de acuerdo con los criterios de evaluación y sus ponderaciones, establecidos en las presentes bases, a través de una resolución que será publicada en www.mercadopublico.cl, una vez que se encuentre totalmente tramitada.
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En caso de presentarse un empate entre 2 o más ofertas, ello se resolverá adjudicando al oferente que hubiese obtenido el mayor puntaje en el criterio PRECIOS.
Si aplicando la fórmula anterior aún persiste el empate entre oferentes, dicha situación se resolverá adjudicando al oferente que haya tenido el mayor puntaje en el criterio EXPERIENCIA.
De persistir el empate, se adjudicará al oferente que tenga el menor valor en Inclusivo.
Solo para la resolución de empates el puntaje los criterios de evaluación cada oferta se expresará utilizando tres decimales, aplicando regla de redondeo.
Entre aquellos oferentes que continúen empatados luego de aplicar todos los criterios anteriores, se preferirá a aquel que primero haya ingresado su oferta en el portal, de acuerdo con la información que conste en los respectivos comprobantes de ingreso de oferta.
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Una vez que se encuentre totalmente tramitada la resolución de adjudicación, se procederá a notificar dicha decisión a los adjudicatarios, mediante su publicación en el sistema www.mercadopublico.cl.
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g) Concordancia entre el producto/servicio ofertado y el producto/servicio entregado
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El proveedor que resulte adjudicado deberá siempre entregar el tipo de producto/servicio de acuerdo a la especificación técnica que haya declarado en su oferta.
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Si luego de realizado el proceso de evaluación de ofertas, hubiese consultas respecto de la adjudicación, deberán ser enviadas en el plazo de 10 días corridos contados desde la total tramitación de la resolución adjudicatoria, a través del Sistema de Información.
La Universidad dispondrá del mismo tiempo indicado precedentemente para dar respuesta a dichas consultas.
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Si el respectivo adjudicatario se desiste de su oferta, no entrega los antecedentes legales para contratar, no acepta la orden de compra, no firma contrato, no entrega los productos o modelos indicados en su oferta, o no se inscribe en Chileproveedores en los plazos que se establecen en las presentes bases, la entidad licitante podrá dejar sin efecto la adjudicación y seleccionar al oferente que, de acuerdo al resultado de la evaluación le siga en puntaje, y así sucesivamente, a menos que, de acuerdo a los intereses de la Universidad, se estime conveniente declarar desierta la licitación.
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De conformidad a lo dispuesto en las letras precedentes, las ofertas deberán mantener su vigencia hasta la fecha de aceptación de la Orden de Compra según sea el caso.
En el caso que el oferente adjudicado desistiera de su oferta, esto habilitará a la Universidad de Valparaíso a cobrar la caución de seriedad de la oferta respectiva.
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k) Aplicación de redondeo de decimales
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Si el siguiente decimal es menor que 5, el anterior no se modifica. Ej: Al expresar el número 1,344 utilizando dos decimales, aplicando la regla de redondeo, el resultado es 1,34
Si el siguiente decimal es mayor o igual que 5, el anterior se incrementa en una unidad. Ej: Al expresar el número 1,345 utilizando dos decimales, aplicando la regla de redondeo, el resultado es 1,35.
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l) Interpretación de las bases
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Las bases, así como el contrato, se interpretarán en forma armónica, de manera que exista entre todos ellos la debida correspondencia.
Todos los documentos relativos a la licitación se interpretarán siempre en el sentido de la más perfecta ejecución del contrato, de acuerdo con las reglas de la ciencia y la técnica aplicables según sea el caso particular de que se trate.
En caso de discrepancia en la interpretación, primará lo dispuesto en las bases por sobre lo establecido en la oferta del adjudicatario.
Cualquier falta, descuido u omisión de los oferentes o adjudicatarios en la obtención de información y estudio de los documentos relativos al proceso de licitación, no los exime de la responsabilidad de apreciar adecuadamente los costos necesarios para la elaboración y desarrollo de su propuesta o ejecución del contrato. Por lo tanto, serán del cargo del oferente todos los costos en que incurran para corregir faltas, errores, descuidos u omisiones resultantes de su análisis e interpretación de la información disponible o que se obtenga.
Para efectos de esta Licitación toda interpretación de las bases será resuelta por el Rector de la Universidad de Valparaíso, sin perjuicio de las facultades de la Contraloría General de la República.
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10 Condiciones contractuales y otras cláusulas
a) Definiciones
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Caso fortuito y fuerza mayor: se configura el caso fortuito o la fuerza mayor cuando concurren copulativamente los siguientes elementos: a) la inimputabilidad del hecho, esto es, que provenga de una causa totalmente ajena a la voluntad del afectado, quien no debe haber contribuido en forma alguna a su ocurrencia; b) la imprevisibilidad del hecho, es decir, que no se haya podido prever dentro de cálculos ordinarios o corrientes, y c) la irresistibilidad del hecho, vale decir, que no se haya podido evitar ni aún en el evento de oponerle las defensas idóneas para lograr tal objetivo.
Incumplimiento grave: Se entenderá por incumplimiento grave la no ejecución o la ejecución parcial por parte del adjudicatario de las obligaciones del contrato, descritas en las presentes bases, sin que exista alguna causal que le exima de responsabilidad, y cuando dicho incumplimiento le genere a la Universidad un perjuicio significativo en el cumplimiento de sus funciones, especialmente durante el horario y días de funcionamiento normal de la Universidad cuando se imparta docencia o cuando se pueda comprobar de manera fehaciente que se haya afectado la ejecución o haya impedido el logro de algunos de los objetivos de un proyecto de investigación o extensión y esto genere un perjuicio económico y/o de salud a la institución y/o a su comunidad educativa.
Incumplimiento reiterado: se entenderá por incumplimiento reiterado aquella que ocurra al menos dos veces durante la vigencia del contrato, con una diferencia menor o igual a 15 días entre eventos de incumplimiento.
Atraso injustificado: Se entenderá como el simple retardo de la ejecución de lo contratado que provenga de acciones u omisiones o errores del proveedor durante la duración del contrato y que tengan relación con eventos previsibles.
Interrupción injustificada: Se entenderá como la paralización total o parcial de lo contratado que provenga de acciones u omisiones o errores del proveedor durante la duración del contrato y que tengan relación con eventos previsibles.
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b) Plazo de suscripción del contrato
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El respectivo contrato deberá suscribirse dentro de los 28 días corridos siguientes a la notificación de la resolución de adjudicación totalmente tramitada.
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c) Contenido del contrato
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La Oferta adjudicada se entenderá como parte de lo adquirido.
La oferta no podrá contener cláusulas que contravengan los principios de continuidad del servicio y de eficacia, contenidos en los artículos 3° y 28, y 5°, respectivamente, de la ley N° 18.575, de Bases Generales de la Administración del Estado.
Las estipulaciones contempladas en el contrato, no podrán restringir las facultades propias de la Administración del Estado ni pueden traducirse en renuncias a derechos y acciones que no estén permitidos en el ordenamiento jurídico.
Previo a la suscripción del contrato, el adjudicado deberá entregar:
1. -Programa anual de capacitación.
2. -Plan operativo de trabajo.
3. -Organigrama funcional.
4. -Listado de todos los productos de casino y cafetería a expender con sus respectivos precios.
5. -Sistema de control de calidad sanitaria con la que contara.
6. -Sistema de eliminación de desechos.
7. -Listado de materias primas que empleará y proveedores iniciales.
8. -Listado de tipos de alimentos que elaborará y/o expenderá.
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d) Modificación de lo contratado
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Se podrá modificar contrato.
Además de las causales contempladas en el artículo 77 del Decreto Nº 250 de 2004, del Ministerio de Hacienda, Reglamento de la Ley Nº 19.886, se establecen las siguientes:
1) Por mutuo acuerdo.
2) En el caso fortuito o la fuerza mayor.
3) En el caso de obsolescencia técnica o funcional de los productos o servicios adquiridos.
4) En el caso de servicios, si la Universidad requiera el aumento o disminución de cobertura y alcance del servicio conforme a lo establecido en las bases, para garantizar la continuidad y calidad del mismo. Toda modificación no podrá superar el 30% del total del original del servicio, impuestos incluidos.
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e) Término anticipado del contrato
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Además de las causales contempladas en el artículo 77 del Decreto Nº 250 de 2004, del Ministerio de Hacienda, Reglamento de la Ley Nº 19.886, se establecen las siguientes:
1) Si se disuelve la empresa adjudicada.
2) Por el incumplimiento reiterado de las obligaciones contraídas por el adjudicatario.
3) En el caso de servicios, por atraso por más de cinco días corridos en su inicio que no haya sido causada por fuerza mayor o justificada plenamente.
4) En el caso de servicios, por cualquier interrupción que dure más de tres días corridos que no haya sido causada por fuerza mayor o caso fortuito.
5) En el caso de servicios, por la interrupción por más de 60 días por cualquier causa.
6) Si el adjudicatario, sus representantes, o el personal dependiente de aquél, no observaren el más alto estándar ético exigible, durante la ejecución del respectivo contrato, o propiciaren prácticas corruptas, tales como:
i. Dar u ofrecer obsequios, regalías u ofertas especiales al personal adscrito a la Universidad, que pudiere implicar un conflicto de intereses, presente o futuro, entre el respectivo adjudicatario y la Universidad.
ii. Dar u ofrecer cualquier cosa de valor con el fin de influenciar la actuación de un funcionario público durante la ejecución del contrato objeto de la presente licitación.
iii. Tergiversar hechos, con el fin de influenciar la ejecución del contrato.
El proveedor no podrá dar término anticipado del contrato de manera unilateral, sin perjuicio de que la Universidad pague por los servicios efectivamente prestados y aplique las multas que en derecho correspondan.
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f) Vigencia del contrato
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El contrato tendrá una vigencia de 48 meses contados desde la entrega del recinto y la total tramitación del respectivo acto administrativo que lo apruebe.
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g) Plazos y condiciones de entrega
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El plazo de comienzo del servicio será de 30 días corridos una vez entregado el recinto al proveedor.
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h) Multas y Procedimiento para Aplicación
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Durante cada 12 meses corridos del contrato un tope máximo de 150 UTM.
Tope contrato total 600 UTM
Será objeto de multa:
- El atraso injustificado de la entrega del servicio y/o producto.
Las multas por atraso en la entrega de productos o comienzo de servicios se calculará sobre el valor que correspondiese pagar en el mes en que se registró el último atraso, según los siguiente:
- Entre 7 y 14 días corridos, se aplicará una multa de 0,1 UTM, por cada día de atraso injustificado.
- Más de 14 días corridos: Opción para término anticipado.
- Atraso en el comienzo de reparaciones en el caso de daños, son según lo siguiente:
- Por el incumplimiento de plazos acordados de reparaciones, se aplicará una multa de 1 UTM por cada 7 días corridos de atraso injustificado en el comienzo de reparaciones.
- Por incumplimiento técnico, son según los siguiente:
En caso de incumplimiento técnico en dos visitas durante el año calendario, consecutivos o no, se cobrará una multa de 10 UTM, por cada mes de incumplimiento. Se considerará incumplimiento, cuando la pauta de evaluación registre un porcentaje de cumplimiento igual o inferior al 67%.
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i) Condiciones de precio y reajustabilidad
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El precio de los menús: general, vegetariano y embarazada para comensales no becarios (es decir, exceptuando los estudiantes beca JUNAEB O INTERNA), deberá ser presentado por los oferentes en su propuesta económica y podrá reajustarse anualmente, según la variación que experimente el reajuste del sector público, que comenzará a regir a partir de enero del año siguiente, por tanto respecto de éste concepto, los precios no pueden variar en un año calendario.
En ningún caso el menú de estudiantes no becarios (menú general, embarazada y vegetariano) será distinto en composición y programación al menú diario ofertado a los estudiantes becarios, programado por la nutricionista.
En el caso que el concesionario no haga uso del reajuste anual (en enero), se entenderá que el reajuste será de 0%, no pudiendo acumular en el tiempo los reajustes no ejecutados.
El precio de los productos de cafetería, se podrán reajustar una vez al año, según la misma forma que en el punto anterior, y en el mes de enero. Dichos valores deberán ser informados con 30 días de antelación al Administrador del Contrato.
Respecto al precio de los menús para becarios (Menú general, vegetariano y embarazada):
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Nombre Menú
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Composición
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Precio Máximo
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Menú General Alumnos Becarios
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Plato de fondo (en 2 variedades),
postre y bebestible sin azúcar.
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$ BECA JUNAEB
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Menú Vegetariano Alumnos Becarios
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Plato de fondo, postre y bebestible sin azúcar.
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$ BECA JUNAEB
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Menú Embarazada Alumnos Becarios
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Plato de fondo (en 2 variedades), postre y bebestible sin azúcar.
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$ BECA JUNAEB
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j) Del pago de servicios prestados y/o productos entregados
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Los documentos tributarios serán pagados en un plazo no superior a 30 días, desde la recepción conforme del documento, siempre que el documento cumpla con todos los requisitos indicados en el procedimiento de pago, ya que de caso contrario el documento de cobro será devuelto al adjudicatario.
La Universidad se reserva el derecho de revisar los antecedentes presentados.
El proveedor deberá indicar el número de Orden de Compra en la factura.
El proveedor deberá facturar toda vez que sean recibidas conforme la totalidad de los servicios y/o productos.
Los pagos que se generen con imputación a presupuestos futuros sólo procederán en la medida que exista disponibilidad presupuestaria y se cumplan las condiciones previstas para esos desembolsos.
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k) Coordinador por parte del proveedor adjudicado
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El proveedor adjudicado deberá nombrar un Coordinador de contrato, cuya identidad deberá ser informada a la Universidad.
En el desempeño de su cometido, el Coordinador de contrato deberá, a lo menos:
a) Informar oportunamente a la Universidad, de todo hecho relevante que pueda afectar el cumplimiento del contrato.
b) Representar al Proveedor, en la discusión de las materias relacionadas con la ejecución del contrato.
c) Coordinar las acciones que sean pertinentes para la operación y cumplimiento de este contrato.
La designación del coordinador y todo cambio relativo a ésta deberá ser informado a la Universidad, a más tardar dentro de las 24 horas siguientes de efectuado la designación o cambio. La Universidad podrá rechazar o aprobar dicha designación. En caso de rechazo, el proveedor deberá nombrar otro coordinador y seguir el mismo procedimiento señalado precedentemente.
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l) Supervisión y coordinación del contrato por parte de la Universidad
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La Universidad definirá un administrador de contrato que será quien ejercerá las siguientes funciones:
a) Supervisar, coordinar y fiscalizar el cumplimiento de los procedimientos establecidos en las bases para el oportuno cumplimiento del contrato.
b) Coordinar las acciones que sean pertinentes para la operación y cumplimiento de este contrato.
c) Dar visto bueno y recepción conforme de los productos y/o servicios, como también la tramitación de pagos y sanciones.
Las demás que le encomiende el presente instrumento.
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m) Pacto de integridad
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El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones que están contenidas en el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:
1.- El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.
2.- El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influír o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas.
3.- El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma.
4.- El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio.
5.- El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase.
6.- El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.
7.- El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.
8.- El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.
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n) Acreditación de cumplimiento de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social
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Durante la vigencia del respectivo contrato, el adjudicatario deberá acreditar mediante la presentación del Certificado de Cumplimiento de Obligaciones Laborales y Previsionales (Ley de Subcontratación), emitido por la Dirección de Trabajo, que no registra saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años. Estos certificados deberán ser presentados al cumplirse la mitad del período de ejecución del contrato, o cada seis meses de vigencia de éste. Sin perjuicio de ello, la Universidad también podrá solicitar al adjudicatario, en cualquier momento, la presentación de estos certificados de la Dirección del Trabajo u otros antecedentes que estime pertinentes para acreditar el cumplimiento de las obligaciones laborales antes señaladas.
Con todo, el respectivo adjudicatario deberá acreditar, al término del correspondiente contrato, el cumplimiento del pago de remuneraciones y cotizaciones de seguridad social en los términos descritos, a través de los certificados o antecedentes respectivos.
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o) Especificaciones técnicas de funcionamiento, horario, precios
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- Horario de atención:
Servicio de Casino: Lunes a viernes de 12.00 al menos hasta 15:30 horas.
Servicio de Cafetería: Lunes a viernes de 8.30 al menos hasta 21:00 horas.
Sábado medio día en caso de ser justificado. Al menos hasta las 14.00 horas.
Sin perjuicio de lo anterior, el concesionario podrá extender su horario de funcionamiento, de mutuo acuerdo con el Administrador del Contrato, cuando el funcionamiento y/o requerimiento de alguna de las partes así lo ameriten.
El casino permanecerá cerrado durante el periodo de receso universitario fijado por el Rector. No se aceptará cierre en fecha diferente. Sin perjuicio de lo anterior, a solicitud explicita realizada por la Universidad el casino podrá funcionar o cerrar, en fechas distintas a las señaladas, en ocasión extraordinaria que lo amerite.
- Período de Funcionamiento:
Enero a diciembre, exceptuando el mes de febrero, que generalmente es de Receso Universitario, fijado por el Rector.
- Espacio físico y equipamiento:
El espacio físico podrá contar con equipamiento proporcionado por la Universidad.
- Uso de espacio:
La Universidad acordará con el concesionario la distribución de espacios del casino y comedor de manera que se logre el uso óptimo para los intereses del concesionario y la Universidad, utilizando como base al layout establecido por la Universidad.
- Mejoramiento espacio físico:
El concesionario debe proveer todo el equipamiento y mobiliario complementario a lo que la Universidad proporcione, que resulte necesario para el funcionamiento óptimo y cumplimiento normativo del casino y cafetería.
Además, debe contemplar toda la vajilla y cubiertos que absorban la demanda de comensales del casino y que contemple por lo menos para cada uno de los comensales.
La incorporación de nuevos equipos deberá ser informada la Universidad, para tener identificado los equipos que son de posesión del concesionario. El concesionario, tendrá la responsabilidad de marcar sus equipos, para diferenciarlos del mobiliario que hace entrega la Universidad de Valparaíso.
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p) Obligaciones contractuales específicas
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- El concesionario deberá implementar apenas entre en funcionamiento, el sistema de pago en línea para ser utilizado con tarjeta JUNAEB, a su vez deberá dar cumplimiento a cabalidad al convenio que posea con dicho organismo.
- El concesionario se obliga a proporcionar una atención esmerada y eficiente a las necesidades de alimentación de los alumnos y de los funcionarios académicos y no académicos usuarios del casino y/o cafetería de la Universidad de Valparaíso. Para ello, deberá contratar a su cargo y bajo su exclusiva responsabilidad, personal idóneo y suficiente, proveer al casino y cafetería de elementos y enseres apropiados a sus necesidades y tomar las medidas de orden económico, sanitario y otras que requieran las circunstancias y los reglamentos.
- El concesionario deberá proveer insumos, alimentos y refrigerios aprobados y certificados por la autoridad sanitaria competente, de excelente calidad y condición sanitaria, dispuestos, manipulados, preparados y provistos a los clientes bajo las condiciones máximas de higiene, de tal manera de garantizar que la ingesta de tales productos no significará riesgo para los consumidores.
- El concesionario deberá hacerse cargo de cualquier daño o perjuicio de salud, económico u otro, producido a los comensales producto de una enfermedad o infección transmitida por los alimentos consumidos en el recinto.
- El concesionario se obliga a emplear y mantener sólo personal especializado, capaz de atender a los usuarios en forma eficiente, atenta, respetuosa e higiénica, y en cuanto a su presentación individual, deberá proporcionar a dicho personal uniformes adecuados y de todos los elementos y equipamiento de seguridad, supervisando el uso adecuado y permanente de dichos equipos e implementos. Será de carácter obligatorio el cumplir a cabalidad con la Normativa Sanitaria y de Seguridad Laboral. Este personal dependerá exclusivamente del Concesionario, quien será su único empleador para todos los efectos legales, debiendo dar cumplimiento a su respecto a todas las disposiciones laborales y previsionales vigentes.
- El concesionario deberá estar dispuesto a reemplazar al personal que no desempeñe correctamente las tareas y actividades contratadas, que presente inasistencias y atrasos reiterados, que se ausente sin justificación y que presente deficiencias en el trato con los alumnos y/o funcionarios de la Universidad de Valparaíso o con el equipo de trabajo.
- El concesionario y su personal deberán acatar las instrucciones del encargado de las instalaciones universitarias. Queda prohibido al concesionario efectuar cambio físico alguno en las instalaciones, sin autorización previa de la Universidad.
- El concesionario será responsable de proteger y mantener en adecuadas condiciones las instalaciones, infraestructura, equipamientos y otros que se ubiquen en los sectores de trabajo, de manera tal de evitar riesgos de daños o perjuicios del patrimonio universitario, siendo responsable por los daños y pérdidas que pudiese ocasionar su personal. En tal sentido, el concesionario será responsable, a su costo de la mantención de todos los equipos que utilice en el casino y cafetería (gastronómicos, de refrigeración, de extracción, climatización, etc.) y de la mantención y limpieza de la cámara desgrasadora según normativa.
- El concesionario deberá proveer el equipamiento y mobiliario necesario para la prestación idónea del servicio, de manera complementaria a lo que proporciona la Universidad. Así mismo, deberá mantener el lugar limpio en forma permanente, para lo cual deberá utilizar insumos y materiales de limpieza aprobados por la autoridad sanitaria competente, que no representen riesgos a las personas ni a los bienes, de marcas de reconocido prestigio y calidad, apropiados para la limpieza industrial de casinos, restaurantes y cafeterías.
10. El concesionario será responsable de extraer la basura y desperdicios producidos por el Casino y/o cafetería, hasta el lugar habilitado para estos efectos. Asimismo, será de costo del concesionario el disponer de contenedores de basura adecuados para la recolección, y traslado de los residuos hasta el lugar que se indique.
11. El concesionario deberá cumplir con todas las exigencias y normativas tributarias que sean aplicables al giro del negocio.
12. El concesionario deberá dar cumplimiento a las normas de carácter sanitario establecidas en las disposiciones legales o reglamentarias pertinentes, debiendo hacerse cargo, a su costo, de tareas como fumigación, desinsectación, sanitizaciones, entre otras, del área netamente casino. La Universidad estará facultada para dar aviso de incumplimiento al concesionario, quien deberá subsanar la infracción dentro de un plazo de 48 horas, bajo apercibimiento de ponerse término al contrato, facultándose la Universidad de Valparaíso, para hacer efectiva la Garantía por Fiel y Oportuno Cumplimiento de Contrato.
13. El concesionario deberá dar cumplimiento a las normas de seguridad establecidas en las disposiciones legales o reglamentarias pertinentes, debiendo hacerse cargo, a su costo, de mantener extintores, con carga vigente y/o el sistema de extinción de incendios correspondiente que opte el concesionario, entre otras. En caso de infracción a dicha normativa, la Universidad estará facultada para dar aviso de incumplimiento al concesionario, quien deberá subsanar la infracción dentro de un plazo de 72 horas corridas, bajo apercibimiento de ponerse término al contrato, facultándose la Universidad de Valparaíso, para hacer efectiva la Garantía por Fiel y Oportuno Cumplimiento de Contrato
14. Será de cargo, costo y responsabilidad del concesionario obtener del Ministerio de Salud o de las autoridades que sean competentes (SEREMI de Salud), la autorización sanitaria para el local que funcione como Casino y/o cafetería, la que deberá mantenerse vigente durante toda la vigencia del contrato. Ello, de acuerdo a las estipulaciones de la SEREMI de salud. Así como también, el concesionario deberá obtener la patente municipal correspondiente y todos los permisos necesarios para el funcionamiento de acuerdo a la normativa y reglamentos vigentes en la materia.
15. El concesionario deberá realizar la mantención correspondiente al sistema sanitario tanto de cocina, comedores, sala de lavados, baño de personal de las dependencias del casino, máquinas equipos y mobiliario, todos los meses para mantenerse en adecuadas condiciones de operatividad, así como también realizar la mantención a la cámara decantadora de grasas que funcione para el casino y cafetería, en la frecuencia que lo requiera para el buen funcionamiento, según normativa. Para tener en cuenta sobre la mantención que necesita la cámara desgrasadora: Frecuencia de limpieza: Cada 30 días o menos, extracción de flotantes que se deben mezclar con aserrín, en baldes o tambores, para entregar a los camiones recolectores de residuos sólidos domiciliarios. Cada 6 meses, se debe extraer mediante servicio autorizado el contenido completo de la cámara interceptora de grasas y aceites-La puesta en marcha, después de cada extracción completa, debe realizarse llenando la cámara con agua limpia.
16. El personal deberá mantener un comportamiento acorde a la Institución, velando por una adecuada presentación personal y evitando la emisión de ruidos que afecten el normal desarrollo de las actividades de la Universidad.
17. El concesionario está obligado a pagar mensualmente su consumo de servicios básicos, de acuerdo a lo que indique el remarcador de consumo (para luz y agua) Las instalaciones de gas son sólo para el casino, por lo que debe hacer pago íntegro de la cuenta. En la eventualidad que no se encuentre disponible la información de alguno de los consumos, se pagará mensualmente la suma de 4 UTM por concepto de estos consumos básicos, hasta que se regularice la información de la remarcación y/o estado de cuenta, según corresponda.
18. El concesionario no podrá prestar servicios a personas ajenas a la Universidad, sin autorización previa de ésta.
19. Las minutas serán programadas mensualmente por la profesional nutricionista de la Universidad, a las que deberán ceñirse el concesionario para la entrega del servicio para el caso de los menús: general, embarazada y vegetariano (para alumnos becarios o no becarios). En el caso de que el concesionario cuente, dentro de su personal, con una nutricionista, ésta podrá elaborar la programación mensual, la que deberá enviar con 15 días corridos de anticipación a la nutricionista de la Universidad, para que pueda ser consensuada y aprobada para su aplicación. Las minutas y su valor deberán ser publicados, a lo menos quincenalmente, en un lugar visible para los usuarios del casino. Además, se deberá contar con medios de información diaria del menú principal.
20. El precio del menú para las Becas de Almuerzo Internas UV (Otorgadas por la Universidad) deberá ser igual que el precio del menú JUNAEB, para la cancelación por parte de la Universidad. Contemplando para estos casos, los menús: general, embarazada y vegetariano, indicado en las especificaciones técnicas de la alimentación.
21. En el evento que se termine el menú, y aún exista demanda por el servicio de almuerzo por parte de usuarios, éste deberá ser reemplazado por una alimentación equivalente en los aportes nutricionales programados para aquel día, el alimento proteico no deberá ser a partir de embutidos.
22. El concesionario en ningún caso reemplazará las Becas de Alimentación en dinero o en servicios de alimentación que no cumplan las condiciones del Menú becario (Menú general, menú vegetariano y menú embarazada, según sea el caso). Debe cumplir cabalmente las especificaciones de una alimentación saludable, las que están estipuladas en las ESPECIFICACIONES TÉCNICAS DE LA ALIMENTACIÓN.
23. Tratándose de las Becas de Alimentación UV y de Federación, la Universidad se compromete a pagar las sumas correspondientes al concesionario, a los 30 días corridos contados desde la recepción de la factura correspondiente a nombre de la Universidad, siempre y cuando el concesionario entregue dicha factura en los dos primeros días hábiles del mes siguiente. El monto correspondiente al pago de las referidas becas no será reajustable, salvo la reajustabilidad que determine JUNAEB para las becas otorgadas por dicho organismo.
24. Los precios deberán exhibirse permanentemente en una lista ubicada en un lugar visible para los usuarios.
25. Quedará estrictamente prohibida la venta de medicamentos, cigarrillos y bebidas alcohólicas en las dependencias del casino y cafetería.
26. El concesionario estará obligado a aceptar cualquier sistema de control o de inspección que determine la institución, para asegurar el estricto cumplimiento de las obligaciones que contrae en este acto.
27. En caso de término de contrato de concesión, por cualquier causa, el concesionario deberá restituir a la Universidad, las instalaciones, equipamiento, mobiliario demás infraestructura, en el mismo estado en el que los recibió, debiendo reponer aquellos que falten. Respecto a las mejoras realizadas en el recinto por la concesión, quedarán como patrimonio universitario al fin de la concesión, sin derecho a indemnización alguna.
28. La suspensión de las actividades ordinarias de la Universidad, que ocasionen el cese parcial o total de la concesión del casino y/o cafetería, a causa de fuerza mayor, caso fortuito, hechos de terceros, huelgas, paros, movilizaciones, terremotos, inundaciones, naufragio o accidente aéreo, desperfectos de cualquier origen, decisión de la autoridad judicial o administrativa competente, observancia de prohibiciones, restricciones, condiciones o limitantes establecidas por la legislación, etc., en ningún caso hará responsable a la Universidad por cualquier daño o perjuicio que tales circunstancias ocasionen al concesionario y no dará derecho a indemnización alguna, salvo expresa autorización de la H. Junta Directiva de la Universidad de Valparaíso.
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q) Domicilio para efectos legales
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Para todos los efectos legales que se deriven del contrato, las partes fijan su domicilio en la comuna de Valparaíso y se someten a la competencia de sus Tribunal Ordinarios de Justicia.
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