El pago de las remuneraciones a los trabajadores, cotizaciones y otros pagos que corresponda otorgar, se realizara en estricto apego a la legislación vigente. Lo mismo aplicará, en el evento que se paguen honorarios a prestadores de servicios, debiéndose dar cumplimiento al pago de los respectivos impuestos y otras obligaciones legales.
Será obligación del adjudicatario cumplir con todas las disposiciones del Código del Trabajo, Leyes Sociales y contratación de los Seguros exigidos, según sea el caso, encontrándose el IND facultado para exigir, en cualquier momento, las planillas o documentación que acrediten sus pagos.
Los salarios, sueldos, u honorarios, así como los bonos, aguinaldos, ya sean legales o contractuales o sean estos de cualquier naturaleza que se paguen al personal del adjudicatario, serán de exclusivo cargo de éste, al igual que las retenciones por imposiciones previsionales, de salud e impuestos que correspondan.
El IND no tendrá vínculo jurídico ni laboral alguno con el personal que emplee el adjudicatario para la prestación del servicio. En consecuencia, no será responsable de sus remuneraciones, honorarios, impuestos, imposiciones previsionales, seguros contra accidentes del trabajo y enfermedades profesionales, todo lo cual será de exclusivo cargo y responsabilidad del adjudicatario