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Resolución de Empates |
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En caso de presentarse un empate entre 2 o más ofertas, ello se resolverá adjudicando al oferente que hubiese obtenido el mayor puntaje en el criterio “ precio”. Si aplicando la fórmula anterior aún persiste el empate entre oferentes, dicha situación se resolverá adjudicando al oferente que hubiese obtenido el mayor puntaje en el criterio “Experiencia de los oferentes”. Si aplicando la fórmula anterior aún persiste el empate entre oferentes, dicha situación se resolverá adjudicando al oferente que hubiese obtenido el mayor puntaje en el criterio “Cumplimiento de los requisitos administrativos”.
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CONDICION DE CONFORMIDAD |
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La Corporación se reserva el derecho a rechazar el servicio adjudicado si el proveedor, presenta el servicio con calidad deficiente, lo que será determinado a juicio exclusivo de la CONAF. El responsable de dar conformidad sobre la prestación del servicio de acuerdo a las condiciones establecidas en la bases es El Jefe de Areas Silvestres Protegidas, o quien lo represente.
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FORMA DE PAGO |
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El pago del servicio se realizará en un plazo máximo de 30 días corridos, contados desde la fecha de recepción de la respectiva factura y siempre que el servicio este recepcionado conforme por el Departamento de Áreas Protegidas de la Oficina Regional de Copiapó.
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EJECUCION DEL SERVICIO |
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El agua debe ser entregada en dependencias del:
_ Parque Nacional Nevado Tres Cruces, ya sea sector Laguna Santa Rosa y/o sector de Laguna Negro Francisco, según solicitud.
_ Parque Nacional Pan de Azúcar, ya sea sector CIA, Guardería y/o Mirador, según solicitud.
Todos los costos por concepto de traslado serán de cargo del proveedor. Tiempo óptimo de entrega del agua en no más de tres días contados desde la solicitud del requerimiento respectivo.
Procedimiento de Cumplimiento del Servicio
a) Conaf emitirá una orden de compra solicitando el requerimiento del servicio, en esta oportunidad definirá claramente el horario para suministrar el agua potable en cualquiera de los distintos sectores que sea requerido.
b) Cada vez que el proveedor suministre el agua requerida deberá presentar las Guías de despacho de Aguas Chañar.
c) Será responsabilidad del Proveedor verificar el estado de las rutas de acceso al momento de suministrar el servicio en los sectores del Parque Nacional Nevado de Tres Cruces y Parque Nacional Pan de Azúcar.
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MODIFICACION DE BASES |
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La Oficina Regional CONAF Atacama, podrá modificar las presentes Bases Administrativas, anexos correspondientes y plazos de la licitación hasta la fecha de cierre de recepción de ofertas, mediante resolución fundada debidamente tramitada que así lo establezca e informando de ello a través del portal www.mercadopublico.cl, dentro del plazo antes señalado. En este caso, los proveedores deberán efectuar las modificaciones que sean necesarias, en el plazo que resta hasta el cierre de recepción de ofertas o en el que se haya fijado para estos efectos en dicha resolución fundada.
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DECLARACION DE INADMISIBILIDAD DE LAS PROPUESTAS |
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La Oficina provincial de CONAF Atacama declarará inadmisibles las ofertas cuando éstas no cumplan los requisitos establecidos en las Bases, ya sea que su rechazo se produzca en el acto de apertura electrónica de dichas ofertas o durante la evaluación de las mismas. Declarará desierta la Licitación cuando no se presenten ofertas, cuando todas las ofertas presentadas hayan sido declaradas inadmisibles, o bien, cuando éstas no resulten convenientes a los intereses institucionales. Lo anterior de acuerdo a lo establecido en la normativa legal y reglamentaria aplicable, previa resolución fundada dictada al efecto y sin derecho a indemnización de ningún tipo.
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MECANISMOS PARA SOLUCION DE CONSULTAS |
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Todos los proponentes podrán efectuar consultas o solicitar aclaraciones acerca de las bases administrativas y técnicas en los plazos indicados por el portal de compras, a través de la opción FORO en el portal www.mercadopublico.cl. Las respuestas a las consultas se realizarán a través del referido portal con reserva del nombre del proponente que las realiza. Los proponentes no podrán alegar desconocimiento de las aclaraciones y respuestas publicadas en el portal, las que además formarán parte integrante de los antecedentes del proceso licitatorio. Esta Institución se reserva el derecho de aclarar y/o modificar las Bases, ya sea, por iniciativa propia o en atención a una aclaración solicitada por un oferente, mientras no se modifique el estado "Publicado" a "cerrado" en este proceso de licitación. Las aclaraciones y/o modificaciones efectuadas se publicarán a través del portal, las que desde dicha oportunidad se entenderán como parte integrante de las bases y como tal conocidas y obligatorias para todos los proponentes. Se deja constancia que cualquier modificación practicada a las presentes base, se entenderán perfeccionadas una vez dictada y tramitada completamente la resolución que las apruebe.
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PRESENTACION DE ANTECEDENTES OMITIDOS POR LOS OFERENTES |
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Solamente en los casos que CONAF lo estime necesario, y ante la omisión o rectificación de antecedentes y errores, respectivamente, solicitará durante el proceso de evaluación, la rectificación de documentación en términos formales, solicitud que se realizará mediante la funcionalidad de “foro inverso”, disponible en el sistema de Información de Compras y Contrataciones Públicas, sitio web: www.mercadopublico.cl. Los antecedentes formales solicitados deberán ser enviados mediante foro inverso un plazo máximo de 24 horas contadas desde su solicitud. No obstante lo anterior, el proveedor o los proveedores que haya(n) omitido información y/o se les requiera rectificar errores formales, y no den cumplimiento a esta exigencia, seran declarada inadmisible sus ofertas. Cabe señalar que lo indicado en el párrafo anterior, se enmarca en lo establecido en el Art. 40, del Reglamento de la Ley 19886.
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EVALUACION DE LAS OFERTAS RECIBIDAS |
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Las ofertas recepcionadas a través del portal www.mercadopublico.cl; una vez que son aceptadas por contener los requisitos mínimos y no presentar motivos de exclusión o eliminación, pasarán a una evaluación por parte de la Comisión Evaluadora, la cual para la presente licitación estará constituida por los siguientes funcionarios: * El Jefe del Departamento de Finanzas y administración Regional, o su Subrogante* * Jefe del departamento de Áreas Silvestres Protegidas, o su Subrogante, * Encargado Adm y Finanzas Provincial Huasco, o su Subrogante, * . La secuencia de evaluación considerara, primero, la verificación del cumplimiento de los requisitos mínimos de participación; esto es, el chequeo de la recepción de todos los antecedentes requeridos, para concluir en la aplicación de los criterios de evaluación, señalados en estas bases.
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ADJUDICACION DE LA LICITACION |
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La Corporación adjudicará, la licitación en un plazo no mayor a 7 días contados desde la fecha de término de recepción de las ofertas, a la que satisfaga los intereses de esta entidad, ceñidas estrictamente al cumplimiento de las exigencias consignadas en las bases y en consideración de su propuesta técnica y económica. El resultado de la adjudicación será comunicado a través del portal de compras www.mercadopublico.cl. La adjudicación se efectuará a través de resolución fundada, la que será notificada a los proponentes a través del Portal www.mercadopublico.cl, señalando el nombre del oferente seleccionado por la Corporación. TIPO DE ADJUDICACION: el tipo de adjudicación corresponderá a la modalidad de adjudicación simple sin emisión de orden de compra.
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SUSCRIPCION DEL CONTRATO |
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CONAF y el adjudicatario suscribirán un contrato para la ejecución de éste servicio, dentro de los 10 días hábiles siguientes desde la notificación de la adjudicación de la licitación, el cual será publicado en la respectiva licitación pública del portal de compras. Este contrato será confeccionado por la Unidad Jurídica de CONAF Región de Atacama y en él se establecerán las cláusulas que regirán el proceso de adquisición, incluyendo derechos y obligaciones, los que deberán ser concordantes con lo estipulado en las Bases Administrativas y Técnicas de esta licitación pública. Para la redacción y suscripción del contrato, CONAF se reserva el derecho de solicitar al oferente adjudicado la entrega de los siguientes antecedentes: a) Certificado que dé cuenta que se encuentra inscrito en el Registro Oficial de Proveedores del Estado, denominado “Chileproveedores”. b) Copia de la escritura pública que acredite la constitución y vigencia de la sociedad. d) Copia de la escritura pública en la que conste la personería vigente de su(s) Representante(s) Legal(es), en caso que el adjudicatario fuere una sociedad y certificados exigidos por bases técnicas de esta licitación. Previamente a la suscripción del contrato, el oferente debe acreditar, el cumplimiento de las normas laborales y previsionales respecto del equipo que desarrollará los servicios, a CONAF, mediante certificados otorgados por los organismos competentes. En caso de tener personal a honorarios, deberá presentar una declaración jurada que acredite tal situación y planilla con indicación de los trabajadores sujetos a dicho régimen. Con posterioridad a la suscripción del contrato, el adjudicado deberá hacerse cargo del pago de valores que eventualmente, sea condenado, como resultado de demandas de carácter laboral de su personal. En el contrato se establecerá que el incumplimiento por parte del adjudicatario de cualquiera de las obligaciones contenidas en el mismo o en las Bases, faculta a la Corporación para solicitar el término anticipado del contrato. Esto, sin perjuicio que la Corporación solicite la indemnización por los daños que por tales circunstancias se le causaren. Si el adjudicatario no suscribiese el contrato respectivo en el plazo indicado precedentemente, CONAF podrá, por ese sólo hecho, dejar la adjudicación sin efecto, mediante la dictación de una resolución que deje sin efecto la resolución de adjudicación y proceder a la readjudicación.
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PLAZO DEL CONTRATO |
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La vigencia del contrato será de 24 meses y entrará en vigencia a partir de que sea debidamente suscrito.
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SUPERVISION Y CONTRAPARTE TECNICA |
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La supervisión, vigilancia, coordinación para la integra y correcta ejecución del servicio, corresponderá al Departamento de Administración y Finanzas Regional. Sin perjuicio que quien actuará para todos los efectos como contraparte técnica de la CONAF será Departamento Areás Silvestres Protegidas.
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MODALIDAD DE PAGO |
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El pago del servicio se realizará en un plazo máximo de 30 días corridos, contados desde la prestación del servicio conforme y previa entrega de la factura respectiva. La factura debe ser emitida de la siguiente forma: Razón Social : CORPORACION NACIONAL FORESTAL RUT : 61.313.000-4 Dirección : Juan Martinez Nº 55, Copiapo Giro: Incremento, conservación, manejo y aprovechamiento de recursos naturales.
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TERMINO ANTICIPADO |
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CONAF podrá poner término anticipado al contrato, sin derecho a indemnización alguna por parte del adjudicado o la Empresa, en los siguientes casos: • Resciliación o mutuo acuerdo entre los contratantes. • Cualquier incumplimiento de las obligaciones contraídas: se considerará especialmente incluida en esta causal la constatación de que el adjudicatario no cumpla en forma total o parcial con las especificaciones contenidas en las bases técnicas, contrato, y oferta o el cumplimiento resulta tardío. Si el adjudicado incurre en tres atrasos durante la vigencia del contrato CONAF podrá dar termino al contrato de forma inmediata. • Cualquiera de las causales señaladas en el artículo 77° del Reglamento de la Ley N° 19.886, de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios. • En el eventual caso que se produzca cualquier efecto secundario originado por el agua suministrada, que afecte la salud de las personas, Se podrá dar término inmediato al contrato, sin perjuicio de otras acciones que se estimen necesarias. CONAF debe comunicar por escrito el término anticipado del contrato, a la empresa, fijándose un plazo de 30 días corridos, contados desde la fecha de recepción de dicha comunicación, por parte de la persona o empresa, para liquidar los saldos que se devenguen en favor de CONAF o abonar los gastos eventuales, siempre que éstos tengan directa relación con el servicio, lo cual se acreditará mediante la presentación de la(s) factura(s) correspondiente(s). También será causal de término de contrato, la pérdida de la vigencia de la resolución sanitaria y los certificados solicitados en las bases técnicas.
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OPERACION DEL CONTRATO |
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Para la correcta ejecución del servicio CONAF dará aviso por correo electrónico al proveedor sobre cada requerimiento con una antelación mínima de tres días, basándose en los costos indicados en los valores objeto de la oferta. La facturación será mensual de acuerdo a la cantidad viajes que se haya realizado en dicho periodo previa emisión de la orden de compra respectiva, documento emitido a través del portal. El no cumplimiento de los plazos asociados para la ejecución del servicio por parte del proveedor adjudicado en tres oportunidades, dará término al contrato de forma inmediata, salvo la circunstancia de que se alegue por parte del proveedor la existencia de fuerza mayor o caso fortuito, dicha causa será evaluada a juicio de la Corporación. (la respectiva justificación deberá ser entregada mediante carta dirigida al Director Regional de Copiapo o quien designe), dentro de un plazo de 5 días corridos constados desde el incumplimiento, hecho que en todo caso deberá ser acreditado por proveedor, siendo CONAF quien una vez analizado los antecedentes expuestos de lugar a dicha petición.
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MULTAS |
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MULTAS
En caso de retraso en el cumplimiento de los plazos máximos establecidos en las bases técnicas para entrega del agua, será aplicable una multa de 5% por cada día de atraso, la que sera aplicada a el valor del viaje de agua que fue entregado con retraso y descontada del estado de pago mas próximo.
Procedimiento de aplicación de multas:
1.- En caso de los incumplimientos mencionados anteriormente, CONAF enviará un correo electrónico al proveedor, indicando la aplicación de la multa.
2.- El proveedor, tendrá un plazo de 24 horas, desde la recepción del correo, señalado en el número antecedente para realizar los descargos correspondientes.
3.- Una vez transcurrido el plazo, para realizar los descargos, la Corporación emitirá una Resolución fundada, respecto a la aplicación o no de la multa.
4.- Respecto de la Resolución, el proveedor poseerá los recursos establecidos en la Ley 19.880.
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Pacto de integridad |
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El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones que contenidas el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:1.- El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.2.- El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influír o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas.3.- El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma.4.- El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio.5.- El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase.6.- El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.7.- El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.8.- El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluídos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.
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BASES TECNICAS |
Descripción del servicio: 1. El proveedor adjudicado deberá hacer entrega del abastecimiento de agua que le sea requerido en:
_ El sector de Parque Nacional Nevado de Tres Cruces, con infraestructura en dos sectores, guardería en la Laguna Santa Rosa ubicada en la comuna de Copiapó y en la Laguna Negro Francisco, ubicada en la comuna de Tierra Amarilla, cuyas distancias desde Copiapó se encuentran en el cuadro siguiente.
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Sector
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Nº Estanques
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Capacidad del Estanque
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Distancia desde Copiapó
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Distancias ida y vuelta
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Laguna Santa Rosa
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1
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3 m3
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160 Km
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320 Km
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Laguna Negro Francisco
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1
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8 m3
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240 km
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480 Km
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* se adjunta anexo plano accesos a los estanques.
_ El sector de Parque Nacional Pan de Azucar, ubicado a 30 kilómetros de la comuna de Chañaral, provincia de Chañaral.
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Sector
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Nº Estanques
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Capacidad del Estanque
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Distancia desde Chañaral
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Distancias ida y vuelta
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CIA
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2
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0,2 m3
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30 km
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60 Km
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Guarderías
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1
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24 m3
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30 km
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60 Km
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Mirador
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1
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0.05 m3
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36,9 km
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73.8 Km
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2. El horario de abastecimiento de agua será previamente indicado al momento del requerimiento del servicio, a través del Jefe Administrativo vía correo electrónico . 3. El proveedor deberá informar en su oferta técnica las características y capacidad del camión. 4. El oferente debe considerar en su oferta el costo del agua potable, traslado del servicio a los sectores indicados y el llenado de agua en estanques existentes en el lugar respectivo. 5. El oferente deberá adjuntar resolución sanitaria del Servicio de Salud Pública, y certificado de análisis químico del agua emitido por organismos competentes o adjuntar certificado de aguas chañar que acredite dicha condición, copia del padrón del camión y fotografía del mismo. 6. Cualquier anomalía o daño que se origine en la prestación del servicio, será exclusiva responsabilidad del proveedor adjudicado y deberá reparar los daños provocados. 7. El proveedor adjudicado, durante la operación del contrato será responsable de cumplir con todas las leyes y normativas que rigen este tipo de suministro, que aseguren la higiene del agua. 8. Para coordinar el servicio en terreno deberá contactarse con Jefe Administración Regional vía correo electrónico . 9. Es obligatorio que los oferentes proporcionen los antecedentes técnicos exigidos, de lo contrario las ofertas quedarán inadmisibles. 10. El tiempo máximo para entrega de agua de de tres días corridos.
El requerimiento de agua para ambos Parques es un promedio de 4 viajes mensuales.
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