1.- OBJETO DE LAS BASES |
Las presentes bases de licitación son formuladas para establecer la regulación del proceso de adquisición de
REACTIVOS E INSUMOS CON EQUIPO AUTOMATIZADO EN COMODATO PARA SECCIÓN ORINAS
LABORATORIO DEL HOSPITAL LA FLORIDA, y reglamentan entre otros aspectos las condiciones que deben
cumplir las ofertas, las etapas del proceso licitatorio, su forma de evaluación y adjudicación, las condiciones
de los contratos, y todos los aspectos necesarios para el correcto proceso de adquisición.
Cabe hacer presente que todos los insumos y equipos en comodato suministrados deben ser nuevos y sin
uso, todo lo anterior debe ajustarse a las especificaciones de estas bases.
Las cantidades de los productos solicitados en la presente licitación son referenciales y estimados, por lo cual,
pueden disminuir o aumentar de acuerdo a las necesidades, contingencia, existencias y recursos financieros
del Hospital la Florida.
No podrá el proveedor ofertar insumos distintos a los establecidos en estas bases de licitación ni
complementos o extras no contemplados en los requerimientos técnicos, todo lo extra ofertado, no será
considerado en la evaluación.
Con todo, sin perjuicio de lo anterior, cualquier extra ofertado, no requerido por él Hospital, y que no pueda
ser separado técnica o económicamente del Bien a adquirir, se entenderá, que no cumple con lo solicitado y
dará causal para ser declarada inadmisible la oferta.
Tampoco podrá el proveedor presentar dos insumos alternativos en una misma oferta, a menos que lo haga
de forma separada en ofertas principal y alternativa, todo, conforme a bases, de lo contrario, la oferta será
declarada inadmisible.
Así también, si en un proceso se presentan ofertas simultáneas respecto de un mismo bien o servicio o item
licitado por parte de empresas pertenecientes a un mismo grupo empresarial o relacionadas entre sí, según
dispone el artículo 9 de la Ley de Compras, el Hospital considerará para efectos de la evaluación de la licitación
pública o item ofertado, solo la oferta más conveniente de los respectivos proveedores del mismo grupo
empresarial o relacionadas entre sí, según los criterios de evaluación establecidos en bases.
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2.- DISPOSICIONES PRELIMINARES |
Podrán participar en esta licitación las personas naturales o jurídicas, chilenas o extranjeras, que acrediten su
situación financiera e idoneidad técnica conforme lo disponga el reglamento, y se encuentren inscritas, con
su información actualizada, en el Registro de Proveedores, de acuerdo a lo establecido en el artículo 16 de la
Ley 19.886, y que realicen sus ofertas a través del sistema de información www.mercadopublico.cl.
Del mismo modo podrán participar en el presente proceso, las personas naturales y/o jurídicas que decidan
asociarse a través de la unión temporal de proveedores, regulada en el artículo 180 del Decreto Nº661 del
2024 del Ministerio de Hacienda, que aprueba el reglamento de la Ley Nº 19.886.
Tratándose de personas naturales o jurídicas extranjeras, deberán al momento de contratar contar con
agencia y domicilio en Chile, con un representante con mandato y poder suficiente para contratar a nombre
del mandante, y para responder de las obligaciones que emanen del contrato respectivo, de acuerdo a la
normativa vigente, y sin perjuicio de las normas que sobre el particular establezcan tratados o convenios
internacionales vigentes suscritos por Chile y por el país de origen de dicha persona natural o jurídica.
Para estos efectos, la documentación que deberá exigirse a las empresas extranjeras, se hará conforme a lo
dispuesto en la ley N°20711, en caso de ser ello procedente.
En cuanto a la aplicabilidad de los Tratados Internacionales a los que se hace alusión en este apartado, será
pertinente en la medida que tales instrumentos hayan sido suscritos y ratificados por Chile. Todo Proponente
u Oferente interesado en presentar Oferta deberá estudiar cuidadosamente las Bases Administrativas y
Técnicas, debiendo informarse de todas las condiciones que de alguna manera afecten el costo de los bienes
y/o servicios ofertados, tales como permisos que deben obtenerse, leyes o reglamentos que puedan ser
aplicables, entre otros.
Cualquier omisión por parte del Oferente, será a su propio riesgo y sólo él será responsable de los errores u
omisiones en que incurra. El Proponente sufragará todos los costos relacionados con la preparación y
presentación de su oferta. El Hospital no será responsable en caso alguno de dichos costos, cualquiera sea el
resultado de la Licitación.
2.2.- Unión temporal de los proveedores
Se entiende por UTP el conjunto de empresas de menor tamaño, sea que se trate de personas naturales o
jurídicas, que se unen para la presentación de una oferta, sin que sea necesario constituir una sociedad.
La oferta presentada por una unión compuesta por proveedores que no corresponden a una empresa de
menor tamaño será declarada inadmisible.
Sin perjuicio de lo anterior y de manera excepcional, una Unión Temporal de Proveedores podrá constituirse
sin limitaciones por tamaño de empresa, solo para los efectos de los procedimientos de contratos para la
innovación o de diálogo competitivo, en los términos de los numerales 4 y 5 de la letra d) del artículo 7 de la
Ley de compras.
La Unión Temporal de Proveedores se constituye exclusivamente para un proceso de compra en particular.
Su vigencia no podrá ser inferior a la del contrato adjudicado, incluyendo su renovación o prórroga.
Cada integrante de la Unión Temporal de Proveedores deberá encontrarse hábil en el Registro de
Proveedores.
Las causales de inhabilidad establecidas en la ley afectarán a cada integrante de la unión individualmente
considerado.
En el evento que algún integrante se vea afectado por una causal de inhabilidad durante el proceso licitatorio,
la unión deberá decidir si continúa con el respectivo procedimiento con sus restantes integrantes o se desiste
de su participación en el respectivo proceso de compra.
Respecto de cada proceso y al momento de la presentación de la oferta los integrantes de una Unión Temporal
de Proveedores no podrán participar en otra.
Las Uniones temporales de proveedores deberán cumplir con los requisitos que establece el artículo 180 del
Decreto N°661 del año 2024, que son los siguientes:
• Estará integrada por conjunto de empresas de menor tamaño o, una o más empresas de menor
conforme al artículo 55 de la Ley de Compras.
• Su objetivo será unirse para la presentación de su oferta en este proceso licitatorio, por tanto, se
constituye exclusivamente para este proceso de compra en particular.
• Su vigencia no podrá ser inferior a la del contrato adjudicado, incluyendo su renovación o prórroga.
• Para efectos de participar en este proceso, la UTP deberá materializarse por escritura pública. Sin
embargo, cuando se trate de adquisiciones inferiores a 1.000 UTM, el acuerdo en que conste la unión
podrá materializarse por instrumento público o privado.
• Los proveedores deberán establecer en el instrumento que formaliza la unión la solidaridad entre los
integrantes respecto de todas las obligaciones que se generen con la Entidad licitante.
• La UTP deberá nombrar un representante o apoderado común con poderes suficientes para
representarlos en conjunto, lo cual deberá quedar consignado en el instrumento que formaliza la
unión.
• El representante de la Unión Temporal de Proveedores deberá adjuntar, al momento de ofertar, el
documento que da cuenta del acuerdo para participar de esta forma.
• Al momento de la presentación de las ofertas, los integrantes de la Unión determinarán qué
antecedentes presentarán para ser considerados en la evaluación respectiva, siempre y cuando lo
anterior no signifique ocultar información relevante para la ejecución del respectivo contrato que
afecte a alguno de los integrantes de la misma.
2.3.- Inhabilidades para participar en la Licitación y/o Contratar
No podrán participar como oferentes, ni contratar con el estado, las personas naturales o jurídicas, nacionales
o extranjeras, afectos a alguna de las prohibiciones, inhabilidades o incompatibilidades para contratar con
órganos y organismos de la Administración del Estado, contempladas en los incisos 1º y 6º respectivamente
del artículo 4º de la Ley Nº 19.886, de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de
Servicios y su normativa complementaria.
Tampoco podrán contratar quienes hayan sido condenados, a esta inhabilidad, por el Tribunal de Defensa de
la Libre Competencia en conformidad con lo dispuesto en el inciso segundo del artículo 26, letra d), del DFL
N° 1, de 2004, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, que fijó el texto refundido, coordinado
y sistematizado del DL N° 211, de 1973, que fijó normas para la defensa de la libre competencia.
Tampoco podrán participar como oferentes funcionarios del mismo organismo, cualquiera sea su calidad
jurídica, ni sus cónyuges o convivientes civiles ni demás personas unidas a ellos por vínculos de parentesco en
segundo grado de consanguinidad o afinidad, ni sociedades en que ellos sean parte o sean beneficiarios
finales. Estas y otras prohibiciones se encuentran reguladas en el Artículo 35 quáter, de la ley N°21.634, que
moderniza la Ley N°19.886, sobre Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de
Servicios.
Tampoco podrán participar aquellos interesados que se encuentren afectos a la inhabilidad para contratar
con el estado, a que se refiere el artículo 33 de la Ley N° 21.595 de Delitos Económicos.
Tratándose de personas jurídicas, además, no deben haber sido condenadas a pena de prohibición de celebrar
actos y contratos con organismos del Estado, de conformidad con la Ley N° 20.393, que establece la
Responsabilidad Penal de las Personas Jurídicas en los Delitos de Lavado de Activos, Financiamiento del
Terrorismo y Delitos de Cohecho que Indica.
Tratándose de la unión temporal de proveedores, cualquiera de las causales de inhabilidad para la
presentación de las ofertas, para la formulación de la propuesta o para la suscripción de la convención,
establecidas en la legislación vigente, afectarán a cada integrante de la Unión individualmente considerado.
En caso de afectar una causal de inhabilidad a algún integrante de la Unión, ésta deberá decidir si continuará
con el respectivo procedimiento de contratación con los restantes integrantes no inhábiles de la misma o se
desiste de su participación en el respectivo proceso.
Todo lo anterior sin perjuicio de las demás causales que sean aplicables, contempladas en el artículo 154 del
Decreto 661 de 2024.
Se deja constancia que queda prohibida la contratación con personal Directivo, jefaturas de área, de unidad
y/o de departamento.
Todo lo anterior, aun cuando, cumplan con los requisitos técnicos establecidos en las presentes bases de
Licitación.
2.4.- Aceptación del contenido de las bases
Los oferentes por el sólo hecho de presentarse a la Licitación aceptan y se entenderán en cabal conocimiento
de estas Bases, así como también de las características de la provisión de los bienes que se requieren y de las
Modificaciones de Bases y aclaraciones publicadas en su oportunidad, por el solo hecho de presentar sus
ofertas, por lo que se declaran conformes con ellas y no tienen reservas ni observaciones que formular,
debiendo ajustarse a ellas en todo momento.
2.5.- Presentación de documentos
El idioma español regirá para todo el proceso de Licitación, para todos los documentos asociados y aquellos
que posteriormente origine la materialización de la adjudicación.
Todos los antecedentes y formularios deberán ser anexados a la respectiva oferta presentada en idioma
español, en formatos digitales utilizando para estos efectos Word (como procesador de textos), Excel (planilla
electrónica) e imágenes digitalizadas en formatos PDF.
Para estos efectos, la documentación que deberá exigirse a las empresas extranjeras, se hará conforme a lo
dispuesto en la ley N°20711, en caso de ser ello procedente.
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3.- ANTECEDENTES QUE RIGEN EL PROCESO DE COMPRA |
Junto a la Ley N° 19.886 de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios y al
Decreto N° 661 de 2024, del Ministerio de Hacienda y sus modificaciones, forman parte integrante de los
documentos de la presente licitación los que a continuación se señalan, los cuales regirán de forma obligatoria
y complementaria, y en caso de discrepancia prevalecerán en el orden de prelación que se indica:
• Las presentes Bases Administrativas, Bases Técnicas, Anexos y sus modificaciones
• Las Respuestas y/o Aclaraciones realizadas en esta licitación.
• Los antecedentes económicos, técnicos y administrativos presentados por el oferente adjudicado.
• Ley 20.584, que Regula Los Derechos y Deberes que tienen las Personas en relación con acciones
vinculadas a su atención de salud.
• Normas de Derecho Público.
• Normas de Derecho Privado.
Lo anterior, es sin perjuicio de la facultad interpretativa de la Contraloría General de la República y del Tribunal
de Contrataciones Públicas.
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4.- DEFINICIÓN DE TÉRMINOS |
Se aplicarán en las presentes Bases Administrativas, Bases Técnicas y en los Anexos, los términos y definiciones
establecidos en la Ley N° 19.886, de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de
Servicios y en el Decreto N° 661 de 2024 del Ministerio de Hacienda que aprueba el Reglamento de la Ley
19.886, y sus modificaciones, más los que a continuación se indican:
• Hospital Clínico Metropolitano La Florida Dra. Eloísa Díaz Insunza, Hospital La Florida, Hospital o HLF:
Establecimiento asistencial de alta complejidad, RUT 65.075.485-9, ubicado en Av. Froilán Roa Nº 6542,
comuna La Florida, Santiago de Chile.
• Días Hábiles: Son todos los días de la semana, excepto los sábados, domingos y festivos.
• Días Corridos: Son los días de la semana que se computan uno a uno en forma correlativa. Salvo que se
exprese lo contrario, los plazos de días señalados en las presentes bases de licitación podrán ser de días
corridos. En todos los casos, el plazo de cierre para la recepción de ofertas no podrá vencer en días
inhábiles ni en un día lunes o en un día siguiente a un día inhábil, antes de las quince horas. Todos los
plazos de días que se haga mención en las presentes bases se entenderán que han de ser completos y
correrán además hasta la media noche del último día del plazo. Lo anterior, salvo en aquellos casos en que
se indique hora exacta, y siempre y cuando se respeten los plazos mínimos legales establecidos por el
ordenamiento jurídico.
• Horario hábil: corresponde al horario que se extiende de lunes a viernes desde las 7:00 a las 18:00 horas.
• Insumos o Dispositivo de uso Médico: La Ley Nº 19.497, Art. 101 del Código Sanitario, define como artículo
de uso médico a: “Los instrumentos, aparatos, dispositivos y otros artículos o elementos destinados al
diagnóstico, prevención y tratamiento de enfermedades de seres humanos, así como al reemplazo o
modificación de sus anatomías y que no correspondan a las sustancias descritas en los artículos 97. 98 y
99 de este código”. La norma ISO 10993-1/1992, define a un artículo de uso médico como: “Cualquier
instrumento, aparato, material u otros artículos, incluyendo software, usados solos o en combinación,
definidos por el fabricante para ser usados en seres humanos solos o con el propósito de: Diagnóstico,
prevención, seguimiento, tratamiento o alivio de una enfermedad daño o discapacidad; Investigación,
reemplazo o modificación de la anatomía o de un proceso fisiológico; Regulación de la concepción y cuya
acción principal prevista en el cuerpo humano, no se alcance por medios farmacológicos, inmunológicos o
metabólicos, aunque puedan concurrir tales medios a su función”.
• Comodato: El art. 2174 del Código Civil chileno define el comodato en los siguientes términos: “El
comodato o préstamo de uso es un contrato en que una de las partes entrega a la otra gratuitamente una
especie, mueble o raíz, para que haga uso de ella, y con cargo de restituir la misma especie después de
terminado el uso.
• Mantención Preventiva: Corresponde a la verificación en terreno del funcionamiento del equipo, por
parte de un técnico especialista de la empresa proveedora, sobre la base de protocolos definidos y cuya
finalidad es adelantarse a posibles desperfectos o fallas que ocasionen mayores costos o mayores tiempos
de detención de funcionamiento del equipo.
• Mantención Correctiva: Corresponde a la verificación en terreno del funcionamiento del equipo, por parte
de un técnico especialista de la empresa proveedora, sobre la base que este se origina a partir de la
detección de una falla del mismo por parte de usuario y que tiene como objetivo la reparación del equipo
de manera de corregir sus desperfectos.
• Programa de Mantención: Corresponde a la programación en calendario y para la ejecución de los
protocolos de mantención preventiva y se expresa en periodos o frecuencia.
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5.- DISPOSICIONES GENERALES |
5.1-Comunicaciones
Cualquier comunicación que deba realizar el Hospital a los proponentes, la publicará en el portal
www.mercadopublico.cl. Así mismo, cualquier comunicación que los proponentes requieran realizar al
Hospital deberá ser a través de igual medio.
5.2.- Consultas a los Antecedentes de la Licitación.
El oferente que tenga dudas respecto de la licitación debe efectuar sus consultas única y exclusivamente a
través del Foro del Sistema de Información y de acuerdo al plazo del numeral 5.4 de las presentes bases. No
se atenderá ni aceptará ningún tipo de consulta por otro medio.
Las consultas que se reciban pasada esa fecha, no obtendrán respuesta.
En las consultas, se deberá indicar la página y punto de las bases y/o el número del anexo objeto de la consulta.
Se considerará que estas aclaraciones formarán parte integral de las bases y por tanto se presumen conocidas
y su aplicación obligatoria para todos los oferentes.
El conocimiento del contenido de las aclaraciones emanadas del Hospital La Florida, es de exclusiva
responsabilidad de los oferentes.
5.3.- Entrega de respuestas y aclaraciones a los antecedentes de la licitación
Las respuestas a las consultas se publicarán en www.mercadopublico.cl en un solo documento, a todos los
proponentes que participen en la licitación, en el plazo señalado en el numeral 5.4 de las presentes bases.
Se considerará que estas aclaraciones formarán parte integral de las bases y por tanto se presumen conocidas
y su aplicación obligatoria para todos los oferentes.
El conocimiento del contenido de las aclaraciones emanadas del Hospital La Florida, es de exclusiva
responsabilidad de los oferentes.
5.4.- Cronograma de la Licitación
Para los efectos de esta licitación se establece el siguiente cronograma:
Publicación de Bases
de Licitación
Las Bases se encontrarán publicadas durante 30 días corridos, desde la fecha
que se suban al portal www.mercadopublico.cl hasta el día de cierre de las
ofertas.
Visita a terreno Todo oferente que participe en esta licitación deberá asistir a una visita a terreno
de carácter obligatorio, el séptimo día corrido contado desde la publicación, en
secretaria de laboratorio clínico ubicada en el piso -1. el Hospital La Florida
ubicado en Avenida Froilán Roa 6542, comuna de La Florida a las 15:00 hrs.
La visita se hará en presencia de referente técnico del proceso licitatorio, en la
siguiente fecha y horario:
• El séptimo día corrido contado desde la publicación de la licitación, a
las 15:00 hrs. en las dependencias del Hospital La Florida. Si el séptimo
día corrido fuere sábado, domingo o festivo, el plazo se extenderá hasta
el primer día hábil siguiente.
• Se permitirá solamente un margen de 5 minutos de retraso en la
llegada. Aquel proveedor que se presente posterior a este tiempo, no
podrá participar en la visita a terreno, siendo su oferta declarada
inadmisible.
Será exclusiva responsabilidad del oferente estar a la hora, el día y en el lugar
establecido en las presentes bases.
Las ofertas de los proponentes que no participen en esta visita a terreno
obligatoria, SERÁN DECLARADAS INADMISIBLES.
Para dejar constancia de su visita, el oferente debe firmar el Acta de Visita a
Terreno, dispuesto por Hospital durante el día de la visita. Es obligación del
oferente exigir firmar este documento. El oferente que no firme el Acta de Visita
a Terreno, se entenderá que no concurrió al Hospital en el día y hora señalada,
declarándose INADMISIBLE SU OFERTA. Lo anterior, sin perjuicio de que se
efectuará la revisión de la totalidad de los antecedentes contenidos en la oferta,
de acuerdo al artículo 9 de la Ley N° 19.886.
Las consultas derivadas de la visita a terreno deberán formularse por escrito en
el portal Mercado Publico dentro de los plazos establecidos para ello. Las
respuestas verbales dadas en terreno no tendrán carácter oficial.
La visita se realizará sólo en la fecha y en el horario establecido y solamente con
los participantes que se presenten en tiempo y forma.
Consultas de las Bases El oferente podrá hacer consultas sobre las Bases de Licitación, hasta las 23:59
horas del décimo día corrido contado desde la publicación de éstas y sólo a
través de www.mercadopublico.cl.
Respuestas y
Aclaraciones
Se dará respuesta a las consultas de las Bases, el vigésimo día corrido contado
desde la publicación de Bases, a través de www.mercadopublico.cl
Si el vigésimo día fuere sábado, domingo o festivo, el plazo se extenderá hasta
el primer día hábil siguiente.
Cierre de recepción de
las ofertas
Los oferentes podrán presentar sus ofertas hasta el trigésimo día corrido
contado desde la publicación de bases hasta las 16 horas, a través de
www.mercadopublico.cl, De acuerdo con lo preceptuado en el inciso penúltimo
del artículo 46 del decreto N° 661, de 2024, no podrá vencer en días inhábiles o
en un día lunes o en un día siguiente a un día inhábil antes de las 15:00 hrs.
Si el trigésimo día fuere sábado, domingo o festivo, el plazo se extenderá hasta
el primer día hábil siguiente.
Apertura de las ofertas El acto de Apertura se efectuará a través de www.mercadopublico.cl. La apertura
se realizará desde las 16:01 hrs de la fecha del cierre de las ofertas y hasta los
cinco días hábiles siguientes al cierre.
Evaluación de
admisibilidad
La evaluación de admisibilidad se realizará en la apertura de las ofertas y
consistirá en la revisión de todos los documentos y anexos obligatorios
publicados por los oferentes, exigidos en bases de licitación, junto a la
verificación de la entrega física o electrónica del documento en garantía de la
seriedad de la oferta (si se ha solicitado en el proceso licitatorio), si esta, ha sido
requerida en el proceso. Todo, sin perjuicio ni limitación a que, con
posterioridad, pueda detectarse una causal de inadmisibilidad en la
presentación de algún oferente durante la etapa de evaluación Administrativa,
Técnica y Económica.
Evaluación
Administrativa,
Técnica y Económica
de las Ofertas
La evaluación Administrativa, Técnica y Económica de las ofertas se realizará
desde el día hábil siguiente de la evaluación de admisibilidad y no podrá exceder
de diez días hábiles.
Adjudicación La adjudicación de la Licitación se realizará dentro de los diez días hábiles
contados desde el término de la evaluación.
Suscripción del
contrato
El oferente adjudicado, cuando corresponda, estará obligado a firmar el
contrato, dentro de los cinco días hábiles siguientes al envío del contrato.
Tratándose de licitaciones que superen las 5.000 UTM la suscripción del contrato
sólo podrá efectuarse una vez transcurrido el plazo de 10 días hábiles desde la
notificación de la resolución de adjudicación, según el artículo 119 del
Reglamento.
5.4.1.- Visita a Terreno Obligatoria
Todo oferente que participe en esta licitación deberá asistir a una visita a terreno de carácter obligatorio, en
dependencias del Hospital.
La visita se realizará en presencia del referente técnico del proceso, en la fecha y horario señalado en el
numeral 5.4 de las presentes bases. Se aceptará solo 1 representante por oferente.
El objeto de la visita obligatoria es que los oferentes conozcan la ubicación y el recinto.
Las ofertas de los proponentes que no participen en esta visita a terreno obligatoria, SERÁN DECLARADAS
INADMISIBLES. Lo anterior, sin perjuicio de que se efectuará la revisión de la totalidad de los antecedentes
contenidos en la oferta, de acuerdo al artículo 9 de la Ley N° 19.886.
El lugar de encuentro para comenzar la visita a terreno será en la secretaria de laboratorio clínico ubicada en
el piso -1 en el Hospital La Florida ubicado en Avenida Froilán Roa 6542, comuna de La Florida.
Durante la visita a terreno no se responderán consultas de ningún tipo sobre el proceso licitatorio ni sobre las
Bases de licitación que lo sustentan. Tampoco se responderán consultas técnicas ni sobre las instalaciones
visitadas. Cualquier comentario o respuesta emitida en dicha visita no será considerada como parte de este
proceso ni de sus bases, ni podrá ser alegada por los oferentes como antecedente para presentar su oferta.
Las consultas derivadas de la visita a terreno deberán formularse por los oferentes solo por escrito en el portal
Mercado Publico y dentro de los plazos establecidos para ello.
Para dejar constancia de su visita, el oferente debe firmar el Acta de Visita a Terreno, documento adjunto más
abajo, dispuesto por Hospital durante el día de la visita. Es obligación del oferente exigir firmar este
documento. El oferente que no firme el Acta de Visita a Terreno, se entenderá que no concurrió al Hospital
en el día y hora señalada, declarándose INADMISIBLE SU OFERTA. Lo anterior, sin perjuicio de que se
efectuará la revisión de la totalidad de los antecedentes contenidos en la oferta, de acuerdo al artículo 9 de
la Ley N° 19.886.
La visita se realizará solo en las fechas y los horarios establecidos y solo con los participantes que se presenten
en tiempo y forma.
5.5.- Modalidad de Propuesta
Las propuestas se presentarán a través de www.mercadopublico.cl en pesos, con valores unitarios sin IVA., y
según las cantidades solicitadas por línea del producto. Además, se deberán presentar todos los anexos
solicitados los cuales deberán tener el producto requerido claramente identificado.
Los valores ofertados deberán incluir todos los gastos en los que incurra el adjudicatario hasta su total
recepción conforme, comprendiéndose entre ellos, por ejemplo, los relativos a capacitación, fletes incluidos,
derechos, patentes, legalización de documentos, etc.
Los oferentes deberán participar en todas las líneas de productos en conjunto.
Si el proveedor no presenta oferta en todas las líneas de insumos licitados, su oferta será declarada
INADMISIBLE. Lo anterior, sin perjuicio de que se efectuará la revisión de la totalidad de los antecedentes
contenidos en la oferta, de acuerdo al artículo 9 de la Ley N° 19.886.
Los oferentes podrán presentar una sola oferta o bien una oferta principal y otra alternativa.
5.6.- Ofertas Alternativas
Los proponentes podrán presentar una oferta alternativa, la que será estudiada por el Hospital como una
oferta más. La oferta alternativa deberá ser identificada en el Portal Mercado Público como “Oferta
Alternativa”.
Si no se identifica la oferta como alternativa, se entenderá que la oferta alternativa es la de fecha y hora más
próxima al cierre.
5.7.- Validez de las Ofertas
Las ofertas deberán tener una validez mínima de 180 días corridos, contados desde la fecha de cierre de las
ofertas. La oferta cuyo período de validez sea menor al requerido, dará causa a declararla inadmisible. Si nada
señala la oferta, se entenderá que la oferta tiene una validez de 180 días corridos para todos los efectos. Lo
anterior, sin perjuicio de que se efectuará la revisión de la totalidad de los antecedentes contenidos en la
oferta, de acuerdo al artículo 9 de la Ley N° 19.886.
Vencido este plazo, y si no se hubiere realizado la adjudicación, el Hospital podrá solicitar a los proponentes
la prórroga de sus ofertas y garantías. Los proponentes podrán ratificar sus ofertas o retirarlas, formalizando
su decisión mediante comunicación escrita dirigida al Director del Hospital y la entrega de nueva garantía la
cual deberá hacerse llegar a en oficinas de la Unidad de Licitaciones.
La comunicación se realizará a través de correo electrónico, al correo indicado por el oferente en el ANEXO
N°1. El oferente tendrá el plazo de 5 días hábiles para responder y entregar nueva garantía. De no recibir
respuesta se entenderá que el oferente no tiene interés en continuar.
Desde el día siguiente hábil contado de la comunicación del oferente de no perseverar en la propuesta, o
vencido el plazo de respuesta sin que el oferente se pronuncie al respecto, se pondrá a disposición de los
proponentes para su devolución la garantía a aquellos que no accedan a la prórroga.
5.8.- Garantía de Seriedad de la Oferta
El oferente garantizará la seriedad de su oferta mediante la entrega de una garantía por las propuestas
presentadas, siendo de su exclusiva responsabilidad que dicha garantía sea presentada conforme a las
siguientes especificaciones, en consecuencia, cualquier error u omisión en la mencionada garantía, dará causa
a declarar inadmisible la o las ofertas. Lo anterior, sin perjuicio de que se efectuará la revisión de la totalidad
de los antecedentes contenidos en la oferta, de acuerdo al artículo 9 de la Ley N° 19.886.
Tipo de Documento Podrán ser presentados como documentos de caución, boletas de garantía, vale
vistas, certificados de fianza, póliza de garantía o cualquier otro documento que
cumpla con los siguientes requisitos:
• Sea pagadero a la vista
• no sujeto a modalidad
• irrevocable
• Emitida a favor de Entidad Pública
Monto mínimo Mínimo $500.000 (quinientos mil pesos)
Beneficiario Hospital Clínico Metropolitano de La Florida Rut 65.075.485-9
Vigencia 180 días corridos a partir del momento del cierre de la recepción de
ofertas.
Glosa PARA GARANTIZAR LA SERIEDAD DE LA OFERTA LICITACION PÚBLICA
“ADQUISICIÓN DE REACTIVOS E INSUMOS CON EQUIPO AUTOMATIZADO EN
COMODATO SECCIÓN ORINAS PARA EL HOSPITAL LA FLORIDA”. ID: 777304-XXLR25.” (donde se señala XX, se debe reemplazar por el número de la licitación)
Si el documento a presentar no permite, por su naturaleza, señalar la glosa en su
texto, esta deberá venir escrita al reverso o en acta adjunta adherida al
documento.
Forma y oportunidad
de
Entrega
El oferente o su representante deberá:
• SI SE TRATA DE ENTREGA GARANTÍA FÍSICA
Entregar físicamente la garantía a profesional a cargo Srta. Ximena Orellana, en
oficina de Unidad de Licitaciones, ubicada en calle Diego de Almagro 5210, Ñuñoa,
en horario de lunes a viernes, de 08:30 a 13:00 y de 14:30 a 16:00 horas, antes del
día y hora de cierre del proceso de recepción de ofertas en mercado público. Las
garantías deben entregarse en sobre cerrado dirigido a señor Anat Silva, Unidad
de Licitaciones del Hospital La Florida, señalando en el sobre lo siguiente:
- GARANTÍA SERIEDAD DE LA OFERTA ID: 777304-XX-LR25 (donde se señala XX, se
debe reemplazar por el número de la licitación)
- IDENTIFICACIÓN DEL OFERENTE.
Siendo recibido el sobre se abrirá este y revisará si viene en su interior el
documento físicamente, sin analizar su correcta emisión.
Confirmado el contenido del sobre por el profesional a cargo de la recepción, este
quedará facultado para firmar cualquier documento de recepción conforme, que
se acompañe a la entrega, por parte del proveedor.
El oferente que necesite respaldar la entrega de su garantía deberá acompañar
una fotocopia del sobre que entrega. Esta fotocopia será timbrada por profesional,
indicando la fecha de su recepción y solo si se comprueba que el documento físico
viene en su interior.
Si el sobre es entregado por un servicio de encomiendas (correos de chile,
Chilexpress u otros de similar rubro), que no permite abrir el sobre para verificar
si el documento viene en su interior, sin firmar antes la recepción conforme que
pide la empresa de encomienda, el proveedor se hace responsable en caso de ser
rechazada su oferta, si se verifica posteriormente que el sobre no contenía el
documento en físico en su interior.
Sin perjuicio de lo señalado anteriormente, la revisión del documento y requisitos
de admisibilidad solo se realizará en la apertura de las ofertas.
• SI SE TRATA DE ENTREGA GARANTÍA ELECTRÓNICA
En caso que el proveedor caucione su oferta a través de una Garantía en Formato
Electrónico, deberá adjuntar dicha garantía a su oferta en portal Mercado público
(no será necesario, en este caso, la entrega material del documento), antes del
cierre de la recepción de ofertas.
• PARA AMBOS TIPOS DE GARANTÍA:
De no presentar la garantía en forma, lugar, día y hora señalados, la(s) oferta(s)
presentada(s) será(n) declarada(s) inadmisible(s). Esto último, sin perjuicio de las
garantías en formato electrónico que deben ajustarse, además, a las disposiciones
de la Ley N°19.799 sobre documentos electrónicos, firma electrónica y servicios de
certificación de dicha firma, que deberán acompañarse juntamente con la oferta.
La garantía podrá ser tomada por el oferente o por un tercero a nombre de él.
Custodia Las garantías serán custodiadas por la Unidad de Tesorería del Hospital
de La Florida.
Se hace presente que en el edificio ubicado en calle Diego de Almagro 5210, Ñuñoa, funcionan distintas
unidades del Hospital y SSMSO, por lo que será de exclusiva responsabilidad del proveedor entregar
correctamente la garantía, en caso de que se entregue en un lugar distinto del indicado precedentemente,
se tendrá por no presentado el documento.
Si se presenta más de una oferta a concurso por un mismo oferente (oferta principal y oferta alternativa),
este solo deberá presentar una garantía por ambas ofertas publicadas.
5.9.- Devolución y Cobro de la Garantía de Seriedad de la Oferta
Las garantías de seriedad de la oferta se podrán hacer efectivas administrativamente, en los siguientes casos:
Las garantías de seriedad de la oferta se podrán hacer efectivas administrativamente, en los siguientes casos:
• Si el oferente en cualquier instancia desiste de su oferta.
• Si el proponente retira su oferta o se comprueba por el director o por la Comisión de Evaluación, la falsedad
de la información presentada, por cualquier medio que resulte procedente.
• Si una vez aceptada la oferta, el adjudicatario no acompaña el correspondiente documento de garantía de
fiel y oportuno cumplimiento del contrato dentro del plazo establecido en las presentes bases.
• Si el adjudicatario no se inscribe dentro del plazo establecido al efecto, en el Registro Electrónico
Oficial de Contratistas de la Administración “Chileproveedores” en forma previa a la subscripción del contrato.
• Si el adjudicatario no firma el contrato y/o no acompaña la documentación necesaria para la suscripción del
mismo.
Para el cobro de la Garantía de Seriedad de la Oferta, se aplicará el mismo procedimiento utilizado para el
cobro de multas, según lo establecido en estas Bases de Licitación.
La devolución de las garantías de seriedad de la oferta, de aquellos proponentes cuyas ofertas hayan sido
declaradas inadmisibles o desestimadas, se efectuará dentro del plazo de 10 días hábiles, contados desde la
notificación de la Resolución que dé cuenta de la inadmisibilidad o adjudicación, salvo respecto del oferente
que hubiere obtenido el segundo lugar en el ranking de evaluación, ya que para resguardar una posible
readjudicación, su garantía será devuelta una vez suscrito el contrato.
Respecto del oferente adjudicado, su garantía de seriedad de la oferta, será devuelta una vez que éste
entregue la garantía de fiel cumplimiento del contrato.
Para hacer la entrega material del documento, y dado que estos documentos se encuentran en resguardo y
custodia del HLF, el oferente deberá solicitar la devolución de la Garantía a través de correo electrónico al
profesional de unidad de licitaciones, responsable de la licitación, indicando tipo de documento e
identificación del proceso.
Una vez liberada la garantía desde la Unidad que custodia, el profesional a cargo de la licitación, informará al
oferente, mediante correo electrónico, los requisitos, la fecha y horario disponible para el retiro de la garantía.
La devolución de garantía se hará efectiva poniendo a disposición del proveedor el documento para su retiro
desde las dependencias del HLF.
Para el retiro se deberá cumplir con los siguientes requisitos:
Si retira Representante Legal deberá presentar:
• Representación Legal de la empresa.
• Fotocopia de Cédula de Identidad por ambas partes.
Si retira otra persona, deberá presentar:
• Poder Notarial Especial (para retiro de garantía, identificando documento que retira).
• Fotocopia de Cédula de identidad por ambas partes del representante legal.
• Fotocopia de Cédula de Identidad de la persona que retira.
5.10.- Modificación de las Bases
En cualquier momento, antes del cierre de recepción de ofertas, el Hospital podrá introducir modificaciones
a los documentos de licitación por medio de un acto administrativo publicado a través del portal electrónico
www.mercadopublico.cl, si estima que ello resulta esencial para los fines y/o correcto desarrollo del proceso
licitatorio.
En caso de que lo anterior ocurra, el Hospital La Florida podrá otorgar un plazo prudencial a los oferentes para
que puedan conocer y adecuar sus ofertas a las modificaciones introducidas, pudiendo, modificar la fecha de
cierre para estos efectos, lo cual será informado por el portal Mercado Público junto con las modificaciones,
una vez que el acto administrativo que las aprueba se encuentre totalmente tramitado.
En el evento de modificarse la fecha de cierre, el plazo para ofertar se ampliará en la cantidad de días que se
señale en www.mercadopublico.cl.
Es exclusiva responsabilidad del Proponente la revisión del Portal, con el objeto de informarse sobre lo
expuesto en este punto y en el punto 5.3. Así mismo, es obligación del oferente, una vez cerrada la
presentación de ofertas, revisar el Foro Inverso y responder las aclaraciones que se le soliciten por esta vía.
5.11.- Pacto De Integridad
El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el
presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones contenidas en
el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos
integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea
considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los
siguientes compromisos:
1. El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios,
dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación
con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que
eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que
pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la
posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.
2. El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que
tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta
o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o
naturaleza colusiva, en cualquiera de sus tipos o formas.
3. El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para
efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la
veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma.
4. El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas
costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio.
5. El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en
las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase.
6. El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de licitación,
así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.
7. El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria,
con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la
posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.
8. El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones
anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o
asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o
indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose
plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades
individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.
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6.- DE LAS PROPUESTAS |
Es responsabilidad de los oferentes presentar sus propuestas en tiempo y forma, es decir, en el plazo fijado
en el numeral 5.4 y con toda la información requerida en las presentes bases, de manera tal que permita una
evaluación objetiva, certera, entendible y transparente de todas y cada una de ellas.
Los archivos, documentos y/o anexos, que constituyan la oferta y que deben publicarse en el portal
www.mercadopublico.cl por el oferente, deben ingresarse al portal con el nombre asignado en estas bases,
de modo que sean fácilmente identificables para el evaluador, ejemplo: Anexo Nº02 Declaración Jurada.
Debe respetarse dicha fórmula de nomenclatura y el formato electrónico de cada anexo, a fin de facilitar la
identificación de los documentos y el proceso de evaluación, es decir deberá incorporarse con la mencionada
formula de nomenclatura y en el formato electrónico en el que originalmente figura el anexo (Excel, Word u
otro).
Los anexos Nº01 y 02 se deben presentar uno por cada oferente, es decir, si un oferente presenta oferta
alternativa, no es necesario ingresarlos por cada una de las ofertas.
La no presentación de cualquiera de los Anexos señalados como OBLIGATORIOS, hará inadmisible la oferta.
Lo anterior, sin perjuicio de que se efectuará la revisión de la totalidad de los antecedentes contenidos en la
oferta, de acuerdo al artículo 9 de la Ley N° 19.886.
Los antecedentes solicitados en la presente licitación deben subirse a las carpetas disponibles del proceso en
www.mercadopublico.cl, agrupadas según se señala a continuación:
CARPETA ADMINISTRATIVA.
ANEXO NOMBRE ANEXO DESCRIPCIÓN ANEXO
01 PRESENTACIÓN
DEL OFERENTE
Documento en el cual el oferente indica información básica y esencial
respecto de su identificación. Debe adjuntarse en la carpeta administrativa
con el nombre: Anexo N°01 Presentación Del Oferente.
02 DECLARACIÓN
JURADA
Documento en el cual el oferente declara cumplir con las disposiciones
generales de la Ley de Compras y su respectivo Reglamento para ofertar y
contratar con el Estado. Debe adjuntarse en la carpeta administrativa con el
nombre: Anexo N°02 Declaración Jurada Del Oferente.
Por contener este documento la Declaración Jurada exigida para ofertar, este
anexo se considera un ANEXO OBLIGATORIO, por tanto, su no presentación
hará inadmisible la oferta. Lo anterior, sin perjuicio de que se efectuará la
revisión de la totalidad de los antecedentes contenidos en la oferta, de
acuerdo al artículo 9 de la Ley N° 19.886.
No están obligados a presentar este Anexo N°02 Declaración Jurada, aquellos
oferentes que estén inscritos y en estado hábil en el portal
www.chileproveedores.cl y que posean en este registro publicado la
declaración para ofertar exigida en estas bases, por Ley, a la fecha del cierre
de las ofertas.
02-A
DECLARACIÓN
JURADA PARA
EMPRESAS
RELACIONADAS
Documento en el cual el oferente declara ser parte de un grupo empresarial o
empresas relacionadas conforme a las disposiciones generales de la Ley de
Compras y su respectivo Reglamento para ofertar y contratar con el Estado.
Este documento, solo debe adjuntarse si el proveedor se encuentra en las
situaciones antes descritas, en la carpeta administrativa con el nombre: Anexo
N°02- A Declaración Jurada para Empresas relacionadas.
Por contener este documento la Declaración Jurada exigida para ofertar si el
proveedor pertenece a un grupo empresarial o es una empresa relacionada,
este anexo se considera un ANEXO OBLIGATORIO, por tanto, su no
presentación, su presentación sin señalar empresas relacionadas y/o su
presentación sin firma, en el evento de aplicar esta declaración, hará
inadmisible la oferta.
Lo anterior, sin perjuicio de que se efectuará la revisión de la totalidad de los
antecedentes contenidos en la oferta, de acuerdo al artículo 9 de la Ley N°
19.886.
Si el proveedor presenta este anexo y lo aquí declarado se contrapone con lo
señalado en el sistema de información y registro de proveedores, se estará a
lo declarado en este anexo para todos los efectos, entendiendo que esta es su
última declaración y es su declaración jurada vigente al cierre de las ofertas.
Si se trata de unión temporal de proveedores (UTP), esta declaración jurada
deberá ser suscrita y entregada de forma individual por cada integrante de la
UTP.
Con todo, no están obligados a presentar este Anexo N°02-A Declaración
Jurada para Empresas Relacionadas, aquellos oferentes que estén inscritos y
en estado hábil en el portal y que posean en este registro publicada la
declaración para ofertar exigida en estas bases, por Ley, a la fecha del cierre
de las ofertas.
Todos los oferentes deberán estar inscritos y en estado hábil en el registro de proveedores de portal
www.mercado publico.cl a la fecha del cierre de las ofertas y deberán contar con todos los respaldos e
información para acreditar su existencia y vigencia, ya publicados en dicho portal.
En el caso de declarar el proveedor que se encuentra afecto a inhabilidad de articulo 35 quater de la Ley
21.634 y se trate de persona jurídica de las ahí señaladas o gerentes, administradores, representantes o
directores de cualquiera de dichas sociedades, deberá presentar la documentación de constitución de
sociedad y modificaciones, si aplica, donde consten la identificación de la totalidad de sus socios y su
participación en dicha sociedad, según corresponda, conforme a mismo articulado. So pena de declararse
inadmisible su oferta.
Lo anterior, no será necesario si al momento de la apertura el proveedor cuenta con dicha información en el
portal.
CARPETA TÉCNICA
ANEXO NOMBRE ANEXO DESCRIPCIÓN ANEXO
03 ESPECIFICACIONES
TÉCNICAS
Documento Excel en el cual el oferente debe indicar si cumple con la
información técnica respecto del bien y/o servicio ofertado.
Para acreditar si cumple o no el requisito técnico, debe adjuntar todos los
documentos, fotografías y/o certificados que respalden su información,
según los requerimientos de las presentes bases.
El proponente deberá descargar archivo Excel “Anexo N°03
Especificaciones Técnicas” publicado en el portal www.mercadopublico.cl.
y completar con la información señalada según cumpla o no las
características solicitadas.
Las propuestas que no cumplan o no logren acreditar alguno de los
requisitos técnicos OBLIGATORIOS, serán declaradas inadmisibles y no
serán evaluadas.
Una vez completada la tabla Excel con la información requerida, debe
adjuntarse en la carpeta técnica con el nombre: Anexo N°03
Especificaciones Técnicas.
ANEXO OBLIGATORIO, por tanto, su no presentación hará inadmisible la
oferta. Lo anterior, sin perjuicio de que se efectuará la revisión de la
totalidad de los antecedentes contenidos en la oferta, de acuerdo al
artículo 9 de la Ley N° 19.886.
04 PLAZO DE ENTREGA
Documento en que se debe indicar por el proveedor el plazo máximo para
la entrega de los reactivos e insumos, entrega de los equipo y puesta en
marcha de los equipos en comodato, propuesto por el oferente, de acuerdo
a las Bases Administrativas y demás documentos que forman parte de la
licitación.
Plazo de entrega de reactivos e insumos:
Se establece que el límite base para el tiempo de entrega de los reactivos e
insumos es de 1 día (es decir tiempo mínimo), cualquier otro inferior, se
considerará con igual puntaje a dicho límite de referencia, es decir se debe
ofertar desde 1 día en adelante. En caso de presentar un rango de entrega,
se evaluará basándose en el mayor periodo de tiempo especificado (a modo
de ejemplo: si oferta señala entrega entre 2 a 5 días, se evaluará como si se
hubiera ofertado 5 días de entrega).
El plazo de entrega de reactivos e insumos deberá ser el mismo para todos
los ítems ofertados. Si el proveedor no oferta el mismo plazo de entrega
para todos los reactivos e insumos su oferta se declarará inadmisible. Lo
anterior, sin perjuicio de que se efectuará la revisión de la totalidad de los
antecedentes contenidos en la oferta, de acuerdo al artículo 9 de la Ley N°
19.886.
El plazo de entrega se deberá expresar en días hábiles.
Si el proveedor no señala expresamente el/los plazos en su oferta o señala
un plazo de días corridos u otra medida, su oferta será declarada
inadmisible. Lo anterior, sin perjuicio de que se efectuará la revisión de la
totalidad de los antecedentes contenidos en la oferta, de acuerdo al
artículo 9 de la Ley N° 19.886.
Si el proveedor no señala expresamente en su oferta si son días hábiles o
corridos, se entenderán que son días hábiles, para todo efecto.
El plazo ofertado para la entrega de los reactivos e insumos, se entiende
comenzará a correr a partir de la fecha de la aceptación de la Orden de
Compra emitida por el Hospital en el portal www.mercadopublico.cl. (En
www.mercadopublico.cl el proveedor deberá aceptar la Orden de Compra
en el plazo de 24 horas desde su publicación. Vencidas las 24 horas sin
respuesta en el portal, se entenderá que la Orden de compra ha sido
aceptada tácitamente por el proveedor, comenzando a correr los plazos de
entrega). Todo, sin perjuicio de lo dispuesto en la cláusula de las Bases
Administrativas, Del Pago.
Plazo de entrega equipos:
Se establece que el límite base para el tiempo de entrega de los equipos en
comodato es de 1 día (es decir tiempo mínimo), cualquier otro inferior, se
considerará con igual puntaje a dicho límite de referencia, es decir se debe
ofertar desde 1 día en adelante. En caso de presentar un rango de entrega,
se evaluará basándose en el mayor periodo de tiempo especificado (a modo
de ejemplo: si oferta señala entrega entre 2 a 5 días, se evaluará como si se
hubiera ofertado 5 días de entrega).
El plazo de entrega se deberá expresar en días hábiles.
Si el proveedor no señala expresamente el/los plazos, en su oferta o señala
un plazo de días corridos u otra medida, su oferta será declarada
inadmisible. Lo anterior, sin perjuicio de que se efectuará la revisión de la
totalidad de los antecedentes contenidos en la oferta, de acuerdo al
artículo 9 de la Ley N° 19.886.
Si el proveedor no señala expresamente en su oferta si son días hábiles o
corridos, se entenderán que son días hábiles, para todo efecto.
El plazo de entrega de los equipos en comodato comenzará a partir de la
firma del contrato, donde se deberán entregar los equipos requeridos.
Plazo de puesta en marcha:
Se establece que el límite base para el tiempo de puesta en marcha es de 1
día (es decir tiempo mínimo), cualquier otro inferior, se considerará con
igual puntaje a dicho límite de referencia, es decir se debe ofertar desde 1
día en adelante. En caso de presentar un rango de entrega, se evaluará
basándose en el mayor periodo de tiempo especificado (a modo de
ejemplo: si oferta señala entrega entre 2 a 5 días, se evaluará como si se
hubiera ofertado 5 días de entrega).
El plazo de puesta en marcha se deberá expresar en días hábiles.
Si el proveedor no señala expresamente el/los plazos, en su oferta o señala
un plazo de días corridos u otra medida, su oferta será declarada
inadmisible. Lo anterior, sin perjuicio de que se efectuará la revisión de la
totalidad de los antecedentes contenidos en la oferta, de acuerdo al
artículo 9 de la Ley N° 19.886.
Si el proveedor no señala expresamente en su oferta si son días hábiles o
corridos, se entenderán que son días hábiles, para todo efecto.
El plazo de puesta en marcha comenzará una vez concluido el plazo
ofertado de entrega de los equipos.
Una vez completados los datos en este anexo, debe adjuntarse el
documento en la carpeta técnica con el nombre: “Anexo N°04 Plazo de
Entrega”
ANEXO OBLIGATORIO, por tanto, su no presentación hará inadmisible la
oferta. Lo anterior, sin perjuicio de que se efectuará la revisión de la
totalidad de los antecedentes contenidos en la oferta, de acuerdo al
artículo 9 de la Ley N° 19.886.
05
CERTIFICADOS DE
ORIGEN Y
AUTORIZACION DE
FÁBRICA
Se debe adjuntar certificaciones o documentos con información referente
al origen de los insumos y los equipos en comodato, acompañar con
certificado desde fábrica que señale origen, comercialización de equipos
insumos piezas y repuestos. Los certificados deben adjuntarse en la carpeta
técnica con el nombre: “Anexo N°05 certificados de origen y autorización
fábrica”
DOCUMENTOS OBLIGATORIOS, por tanto, su no presentación hará
inadmisible la oferta. Lo anterior, sin perjuicio de que se efectuará la
revisión de la totalidad de los antecedentes contenidos en la oferta, de
acuerdo al artículo 9 de la Ley N° 19.886.
06
DECLARACIÓN
JURADA
PROGRAMA DE
INTEGRIDAD CON
APLICACIÓN DE
CÓDIGO ÉTICA
PARA
PROVEEDORES
(DIRECTIVA N°31
CHILECOMPRA)
Documento que declara la aplicación de programas de integridad de Código
de ética para proveedores, correspondiente a la Directiva N°31
ChileCompra, por el proveedor y sus trabajadores.
Si no se presenta este anexo, o se presenta sin firma, se entenderá que no
conoce ni aplica programas de integridad y/o políticas contenidas en
Código de ética para proveedores, por tanto, su oferta no será evaluada en
este criterio de evaluación.
Anexo N°06: Declaración jurada programa de integridad con aplicación de
código ética para proveedores (Directiva N°31 ChileCompra).
08
PROPUESTA DE
LAYOUT DE
IMPLEMENTACIÓN
Documento que declara la entrega propuesta de esquema Layout con
distribución de equipamiento considerando las dimensiones del espacio
disponible en Laboratorio clínico y otras unidades donde serán ubicados,
con el fin de asegurar un flujo de trabajo eficiente, y el correcto
funcionamiento de los equipos, el cual debe ser aprobado por jefe de
laboratorio. Además, se debe considerar que no se puede modificar la
infraestructura del laboratorio. Debe considerar la conexión eléctrica. Si se
requiere suministro de agua blanda u osmótica, debe entregar el suministro
de una planta de osmosis reversa la cual debe estar descrita en el Layout,
como también la conexión a desagüe sanitario en caso de ser necesarios.
Se adjuntará plano con las dimensiones en Laboratorio clínico en Anexos
de la licitación una vez publicada en el portal Mercado Público, y lo
indicado en el punto 8.6 Instalaciones de Bases técnicas.
DOCUMENTO OBLIGATORIO, por tanto, su no presentación hará
inadmisible la oferta. Lo anterior, sin perjuicio de que se efectuará la
revisión de la totalidad de los antecedentes contenidos en la oferta, de
acuerdo al artículo 9 de la Ley N° 19.886.
CARPETA ECONÓMICA
ANEXO NOMBRE ANEXO DESCRIPCIÓN ANEXO
07
OFERTA
ECONÓMICA
Documento donde se oferta el valor unitario y total, sin IVA y en pesos
chilenos, por línea de bien ofertado, incluidos todos los gastos en los que
incurra el adjudicatario hasta su total recepción conforme, comprendiéndose
entre ellos por ejemplo los relativos a capacitación, fletes incluidos, derechos,
patentes, etc.
Una vez completado el documento, debe adjuntarse en la carpeta Económica
con el nombre: Anexo N°07 Oferta Económica
El oferente deberá asegurarse que los valores contenidos en los documentos
que conforman la oferta, sean iguales a los valores ingresados en el campo
correspondiente en el portal www.mercadopublico.cl. En caso de existir
discrepancias entre el valor indicado en el anexo y el valor ingresado en el
portal, prevalecerá la oferta subida en cada línea de producto a
www.mercadopublico.cl. Se establece expresamente que si la oferta del
proveedor es de $1 en Mercado Público, su oferta será declarada inadmisible.
ANEXO OBLIGATORIO, por tanto, su no presentación hará inadmisible la
oferta. Lo anterior, sin perjuicio de que se efectuará la revisión de la totalidad
de los antecedentes contenidos en la oferta, de acuerdo al artículo 9 de la Ley
N° 19.886.
Si falta alguno de los anexos OBLIGATORIOS o no se logra acreditar su contenido, la oferta será inadmisible.
También será declarada inadmisible toda oferta que contravenga lo señalado en Bases, la ley de compras
públicas y su modernización, así como también su reglamento.
Lo anterior, sin perjuicio de que se efectuará la revisión de la totalidad de los antecedentes contenidos en la
oferta, de acuerdo al artículo 9 de la Ley N° 19.886.
6.1.- Carácter de los Documentos
Cada oferta deberá cumplir con todos los requisitos de admisibilidad administrativa, técnica y económica, sin
embargo, es dable señalar que en esta Licitación podrán existir los siguientes documentos:
DOCUMENTO “ANEXO”: Anexo numerado que se debe completar o no, según corresponda y cuyo contenido
se deberá acreditar cuando así se indique, con los respectivos documentos de respaldo adjuntos en cada
carpeta de su oferta.
DOCUMENTO “RESPALDO”: Documento que se pide acompañar en la oferta para respaldar y/o acreditar
algún requerimiento solicitado en un anexo o en bases.
Estos documentos de respaldo podrán ser entre otros: fotos, boucher, fichas técnicas, certificados,
declaraciones, contratos, órdenes de compras, catálogos, etc., según se solicite en cada caso.
Los documentos Anexos o respaldos podrán tener carácter de obligatorios o no. Si expresamente se señala
como obligatorio, su no presentación hará inadmisible la oferta.
Para efectos de la aplicación del artículo 56 de Reglamento de compras Públicas, los documentos, anexos o
respaldos, además se pueden clasificar en “esencial” o “subsanable”, según el siguiente detalle:
a.1 Documento Esencial: Son aquellos documentos de los cuales no se podrá pedir su corrección, enmienda,
rectificación o subsanación, por ende, si alguna de las propuestas no cumple con la presentación conforme
y/o el correcto llenado del documento, según se solicita en estas bases, la oferta será declarada inadmisible.
Lo anterior, sin perjuicio de que se efectuará la revisión de la totalidad de los antecedentes contenidos en la
oferta, de acuerdo al artículo 9 de la Ley N° 19.886 y declaraciones juradas publicadas en Mercado público.
Se entenderán Documentos y anexos esenciales para este proceso, los siguientes:
▪ Anexo N°02 Declaración Jurada.
▪ Anexo N°04 Plazo de entrega.
▪ Anexo N°05 Certificado de Origen y Autorización de fábrica.
▪ Anexo N°07 Oferta Económica.
▪ Garantía de Seriedad de la Oferta señalada en punto 5.8 de Bases Administrativas de Licitación.
a.2 Documento Subsanable: Son aquellos documentos que, presentados por el oferente, adolecen de
defectos de forma o errores no esenciales o de tipeo, o documentos que se hayan omitido presentar, en
ambos casos, entendiéndose que obedecen a una justa causa de simple error u omisión.
Con todo, los errores u omisiones detectados podrán ser subsanados por los oferentes a solicitud del Hospital,
siempre y cuando se trate de:
• Errores u omisiones formales en que haya incurrido el oferente. No se considerará error formal
errores en el precio de la oferta.
• Certificaciones o antecedentes que hayan omitido presentar los oferentes al momento del cierre de
las ofertas, siempre que dichas certificaciones o antecedentes se hayan producido u obtenido con
anterioridad al vencimiento de dicho plazo; y,
• Certificaciones o antecedentes que hayan omitido presentar los oferentes al momento del cierre de
las ofertas, y se refieran a situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo para presentar
ofertas y el periodo de evaluación de éstas.
Las rectificaciones de los errores u omisiones detectados por la Entidad licitante y que se solicitan y
permiten salvar o subsanar a los oferentes, no podrán conferir una situación de privilegio respecto de los
demás competidores, dado que se afectará el principio de igualdad de los oferentes.
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7.- APERTURA DE LAS PROPUESTAS |
La apertura electrónica de las propuestas que se hayan ingresado en el portal www.mercadopublico.cl. Se
efectuará de acuerdo al calendario de plazos del numeral 5.4, debiendo levantarse acta de lo obrado.
Se realizará en ella, la revisión de los requisitos de admisibilidad esencial dejando constancia de los oferentes
que no cumplan con dichos requisitos en la Apertura Electrónica que se publica en www.mercadopublico.cl.
Una vez verificado el cumplimiento de los oferentes, de los requisitos exigidos en las presentes bases de
licitación y confeccionada la correspondiente Acta de Apertura, se procederá a la evaluación administrativa,
técnica y económica de los oferentes y sus ofertas, por parte de la Comisión Evaluadora, designada por el
Hospital en las presentes bases
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8.- DE LA EVALUACIÓN DE LAS OFERTAS |
8.1.- Comisión de Evaluación
La Comisión de Evaluación podrá estar integrada por las siguientes personas o sus subrogantes legales
- Jefatura de Abastecimiento.
- Jefatura de Gestión de Contratos.
- Jefatura de Finanzas.
- Referente(s) Técnicos(s).
En caso de ausencia o inhabilidad de uno o más de los miembros de la comisión de evaluación, ocupará su
lugar el subrogante respectivo, o el funcionario que designe la autoridad en su caso, con la finalidad que la
comisión sesione con la totalidad de los miembros que la integran.
En el caso de no ser posible la subrogancia, se reemplazará al integrante de la comisión a través de resolución
fundada, por funcionario que, revista las mismas calidades, todo, sin perjuicio de que su composición sea
informada en el portal www.mercadopublico.cl, una vez dictado el acto administrativo, correspondiente
conforme al inciso final del artículo 54 del decreto N°661, de 2024.
En el evento que la comisión este excepcionalmente integrada por personas ajenas a la administración y en
un número inferior a los funcionarios públicos, tal como lo previene el inciso quinto del artículo 54 del
mencionado reglamento, su designación deberá ser fundada.
Las autoridades y funcionarios, así como los contratados a honorarios o las personas ajenas a la
administración, (en los casos en que excepcionalmente participen en procedimientos de contratación),
deberán abstenerse de participar en la evaluación y distintas etapas de los procedimientos de contratación,
cuando exista cualquier circunstancia que les reste imparcialidad. Para ello, previa evaluación, cada uno de
sus integrantes, firmará una Declaración Jurada de no tener Conflicto de Interés.
En caso de que alguno de los integrantes esté contratado a honorarios o se trate de personas ajenas a la
administración, estos solo tendrán derecho a voz, debiendo siempre la Comisión estar conformada por
mayoría simple de miembros a contrata.
La comisión revisará, las ofertas recepcionadas e inscritas en el Acta de Apertura, la Comisión de Evaluación
dará inicio al proceso de evaluación de las ofertas formuladas.
La Comisión de Evaluación, podrá ser asesorada por una Comisión Técnica compuesta por un máximo de 3
profesionales de las áreas correspondientes al proceso en análisis.
La comisión de Evaluación será presidida según el siguiente orden de prelación:
1. Jefatura de Abastecimiento.
2. Jefatura de Gestión de Contratos.
3. Jefatura de Finanzas.
La comisión deberá sesionar en los días y horas citadas para los efectos de evaluación. Las decisiones se
tomarán conforme la metodología de evaluación indicada en el punto 8.3.
8.2.- Examen de antecedentes, ofertas Inadmisibles y proceso desierto.
Oferta Inadmisible:
La Comisión de evaluación verificará los Antecedentes presentados por los oferentes e informará al director,
quien en virtud de lo dispuesto en el artículo 9 de la Ley Nº 19.886, podrá declarar, mediante resolución
fundada, inadmisible aquellas ofertas que:
• Presenten insumos y/o servicios distintos a los exigidos y establecidos en estas bases de licitación
para adquirir.
• La oferta del proveedor que presente dos insumos y/o servicios alternativos en una misma oferta, a
menos que lo haga de forma separada como oferta principal y alternativa, todo, conforme a bases.
• Dupliquen sus anexos o respaldos en sus ofertas para un mismo insumo y/o servicio o ítem licitado o
presentan especificaciones técnicas repetidas de dos modelos distintos del mismo insumo o de dos
o más insumos para la misma oferta, sin que sea permitido expresamente esta salvedad en bases y
con lo cual, se haga imposible determinar la oferta real del proveedor por falta de certeza, todo, sin
perjuicio de poder presentar el proveedor ofertas alternativas por separado conforme a bases.
• No cumplan o contravengan cualquier requisito o especificación administrativa o técnica establecida
en estas bases de Licitación.
• Contravengan la ley de compras públicas y su modernización, así como también su reglamento.
• Si determina que se trata de ofertas por adjudicar riesgosas o temerarias, por cuanto el precio
ofertado es inferior al 50% de precio de la oferta que le sigue en competencia si se trata solo de dos
ofertas o es inferior al 50 % de promedio de precio de las otras propuestas, o de los precios de
mercado arrojados por RFI, y no logra justificar documentadamente en las especificaciones técnicas
o a través de foro inverso cómo se cumplirán los requisitos del contrato o la justificación que
presentaré no es suficiente o fuese incompleta, si está basada en suposiciones o prácticas
inadecuadas desde una perspectiva técnica o económica, o si el precio ofertado compromete el
cumplimiento del contrato o es resultado del incumplimiento de normativas sociales, laborales y
medioambientales o conductas que vulneran la libre competencia.
• Por último, si en el proceso se presentan ofertas simultáneas respecto de un mismo bien o servicio o
ítem licitado por parte de empresas pertenecientes a un mismo grupo empresarial o relacionadas
entre sí, según dispone el artículo 60 del Reglamento de compras públicas, el Hospital considerará
para efectos de la evaluación de la licitación pública o ítem ofertado, solo la oferta más conveniente
de los respectivos proveedores del mismo grupo empresarial o relacionadas entre sí, según los
criterios y metodología de evaluación establecidos en estas bases, declarando inadmisibles el resto
de todas las demás ofertas presentadas a concurso, por el grupo empresarial o relacionado en este
proceso.
Proceso desierto:
A su vez, conforme al artículo 62 del Reglamento de compras públicas, el Hospital declarará desierta la
licitación cuando no se presenten ofertas en el proceso, o bien, cuando éstas se declaren en su totalidad
inadmisibles o ninguna de las ofertas presentadas resulte conveniente a sus intereses. En todos los casos, los
oferentes no tendrán derecho a indemnización alguna por estas circunstancias.
La decisión de inadmisibilidad o de declaración de desierta, se efectuará por resolución fundada, que será
publicada en www.mercadopublico.cl.
8.2.1.-Aclaración y complementación de antecedentes en FORO INVERSO de www.mercadopublico.cl
El Hospital La Florida de conformidad con el artículo 56 inciso 1º del Decreto Nº 661 que aprueba el
reglamento de la Ley Nº 19.886, podrá solicitar durante la etapa de evaluación a los oferentes:
1. Salvar los errores u omisiones formales en que ha incurrido. No se considerará error formal errores
en el precio de la oferta.
2. La presentación de certificaciones o antecedentes que hayan omitido presentar al momento de
efectuarla la oferta, siempre que dichas certificaciones o antecedentes se hayan producido u obtenido
con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar ofertas; y,
3. La presentación de certificaciones o antecedentes que se refieran a situaciones no mutables entre
el vencimiento del plazo para presentar ofertas y el periodo de evaluación de éstas.
Las rectificaciones de los errores u omisiones detectados por la Entidad licitante y que se solicitan y permiten
salvar o subsanar a los oferentes, no podrán conferir una situación de privilegio respecto de los demás
competidores, dado que se afectará el principio de igualdad de los oferentes.
El plazo que tendrán los oferentes, en ambos casos, ya sea para subsanar documentos presentados o adjuntar
documentos omitidos para dar cumplimiento a lo solicitado por el mandante, no podrá ser superior a 24 o 48
horas, según defina el Hospital, contadas desde la fecha de publicación en el FORO INVERSO de
www.mercadopublico.cl, de la solicitud por parte del Hospital.
Si la aclaración solicitada o el documento omitido no se presenta dentro del plazo asignado, se asumirá que
el requisito en duda no se cumple y la oferta recibirá el puntaje correspondiente establecido en el criterio
“cumplimiento de requisitos formales”.
8.3.- Metodología de Evaluación
La evaluación se hará asignando puntuación según los rangos que se indican, a los aspectos que se detallan;
la oferta que logre la puntuación más alta, será propuesta para adjudicación.
La evaluación de las propuestas será realizada por la Comisión de Evaluación conforme a los criterios de
evaluación, analizando los antecedentes admisibles aportados por los oferentes a través del Portal
www.mercadopublico.cl.
Se ponderarán los puntajes obtenidos, estableciéndose un ranking, del cual se seleccionará la oferta que
obtenga el mayor puntaje y que cumpla de mejor forma los intereses del Hospital.
En el caso de tratarse de un proceso cuya adjudicación se realice por la totalidad de líneas o ítems licitados
a un solo proveedor, el resultado final de la evaluación se obtendrá de la sumatoria de puntajes finales de
todos los ítems ofertados en su conjunto, siendo la oferta ganadora la que obtenga el mayor puntaje de
dicha sumatoria.
Se elaborará el Acta de Evaluación según el análisis realizado para cada uno de los criterios evaluados.
8.3.1 Mecanismos de Evaluación:
La obtención de los puntajes de los requerimientos para cada evaluación podrá ser del tipo tabulación,
dicotómico o porcentual.
a) Mecanismo de Tabulación:
Para el caso de evaluación a través de tabulación, se asignará un puntaje por tramo, requisito o característica
indicada según orden de importancia, el resultado será ponderado según el porcentaje asignado al criterio.
b) Mecanismo Dicotómico:
Para el caso del puntaje dicotómico, el cumplimiento del requerimiento significará la obtención del puntaje
máximo y en caso contrario, el puntaje obtenido será cero.
c) Mecanismo Porcentual:
Para el caso del puntaje porcentual, este se obtendrá dependiendo de si se aplica el criterio del mayor valor
o menor valor, donde la fórmula de cálculo para cada caso es la siguiente:
c.1) Criterio Mayor Valor:
𝐶𝑟𝑖𝑡𝑒𝑟𝑖𝑜 𝑀𝑎𝑦𝑜𝑟 𝑉𝑎𝑙𝑜𝑟: (
𝑉𝑎𝑙𝑜𝑟 𝑂𝑓𝑒𝑟𝑡𝑎𝑑𝑜
𝑀𝑎𝑦𝑜𝑟 𝑉𝑎𝑙𝑜𝑟 𝑂𝑓𝑒𝑟𝑡𝑎𝑑𝑜) 𝑥 (𝑃𝑢𝑛𝑡𝑎𝑗𝑒 𝑑𝑒𝑙 𝑅𝑒𝑞𝑢𝑒𝑟𝑖𝑚𝑖𝑒𝑛𝑡𝑜)
El oferente obtendrá el puntaje máximo del requisito evaluado toda vez que su valor ofertado sea igual al
mayor valor ofertado, del conjunto de las ofertas. Cada valor ofertado distinto al mayor valor ofertado, en
consecuencia, generará un puntaje menor para el requerimiento en evaluación.
c.2) Criterio Menor Valor :
𝐶𝑟𝑖𝑡𝑒𝑟𝑖𝑜 𝑀𝑒𝑛𝑜𝑟 𝑉𝑎𝑙𝑜𝑟: (
𝑀𝑒𝑛𝑜𝑟 𝑉𝑎𝑙𝑜𝑟 𝑂𝑓𝑒𝑟𝑡𝑎𝑑𝑜
𝑉𝑎𝑙𝑜𝑟 𝑂𝑓𝑒𝑟𝑡𝑎𝑑𝑜 ) 𝑥 (𝑃𝑢𝑛𝑡𝑎𝑗𝑒 𝑑𝑒𝑙 𝑅𝑒𝑞𝑢𝑒𝑟𝑖𝑚𝑖𝑒𝑛𝑡𝑜)
El oferente obtendrá el puntaje máximo del requerimiento evaluado, toda vez que su valor ofertado sea igual
al menor valor ofertado, del conjunto de las ofertas. Cada valor ofertado distinto al menor valor ofertado, en
consecuencia, generará un puntaje menor para el requerimiento en evaluación.
8.3.2 Evaluación de Ofertas Simultaneas
Cuando se presenten en el proceso, ofertas simultáneas respecto de un mismo bien o servicio por parte de
empresas pertenecientes al mismo grupo empresarial o relacionadas entre sí, el Hospital considerará para
efectos de la evaluación de la licitación, sólo la oferta más conveniente presentada por este grupo empresarial
o empresas relacionadas entre sí, y declarará inadmisibles las demás.
• Se entenderá que dos o más oferentes, cualquiera sea su naturaleza jurídica, son del mismo grupo
empresarial cuando respecto de éstos concurran alguna de las siguientes circunstancias:
a) Una sociedad y su controlador.
b) Todas las sociedades que tienen un controlador común, y este último.
Para estos efectos es controlador toda persona o grupo de personas con acuerdo de actuación conjunta
que, directamente o a través de otras personas naturales o jurídicas, participa en su propiedad y tiene poder
para realizar alguna de las actuaciones señaladas en los números 1,2 del artículo 9 de Ley de Compras:
• Se entenderá que dos o más oferentes son empresas o personas relacionadas en los siguientes
casos:
i. Entidades que pertenecen a un mismo grupo empresarial, cualquiera sea su calidad o estructura jurídica.
ii. Las personas jurídicas que tengan, respecto de la sociedad, la calidad de matriz, coligante, filial o coligada,
en conformidad con las definiciones contenidas en la ley N° 18.046, sobre sociedades anónimas.
iii. Una sociedad y sus directores, gerentes, administradores, ejecutivos principales o liquidadores de la
sociedad, y sus cónyuges, convivientes civiles o sus parientes hasta el segundo grado de consanguinidad, así
como toda entidad controlada, directamente o a través de otras personas, por cualquiera de ellos.
iv. Una sociedad y toda persona que, por sí sola o con otras con que tenga acuerdo de actuación conjunta,
pueda designar al menos un miembro de la administración de la sociedad o controle un 10 por ciento o más
del capital o del capital con derecho a voto si se trata de una sociedad por acciones.
v. El cónyuge, conviviente civil y los parientes, ascendientes o descendientes, hasta el segundo grado de
consanguinidad o afinidad.
vi. Todas aquellas empresas que tengan la misma persona beneficiaria final, según los términos señalados
en el artículo 16.
La oferta más ventajosa a evaluar junto al resto de las ofertas, será la de menor precio, siempre que no se
encuentre en el supuesto del artículo 61 del reglamento.
8.3.3 Evaluación de Ofertas riesgosas o temerarias
Se considerarán como ofertas riesgosas o temerarias, para estos efectos, toda oferta a adjudicar, cuyo precio
este por debajo del 50% del precio de la oferta que le sigue en competencia si son solo dos ofertas las
presentadas o si su precio de oferta es inferior al 50% del promedio de las otras propuestas y en evaluación o
de los precios de mercado obtenidos en la RFI, y que no justifiquen documentadamente en las especificaciones
técnicas cómo se cumplirán los requisitos del contrato.
Las ofertas riesgosas o temerarias, conforme a estas bases, se evaluarán de la siguiente manera:
• Se considerará que la justificación presentada por el Proveedor no es suficiente si está incompleta,
si está basada en suposiciones o prácticas inadecuadas desde una perspectiva técnica o
económica, o que el precio compromete el cumplimiento del contrato.
• Asimismo, las ofertas serán declaradas inadmisibles si el precio ofertado es resultado del
incumplimiento de normativas sociales, laborales y medioambientales o conductas que vulneran
la libre competencia.
• Para declarar la inadmisibilidad por ofertas temerarias o riesgosas, la Entidad deberá previamente
analizar la viabilidad de la oferta de acuerdo con lo señalado a continuación:
a) La Comisión evaluadora deberá solicitar, a través del Sistema de Información, al o los proveedores que,
en un plazo de tres días hábiles, acompañen antecedentes que justifiquen detalladamente los precios,
costos o cualquier parámetro por el cual han definido la oferta. Esto incluye demostrar factores como
ahorros e innovaciones técnicas en su productividad, condiciones excepcionalmente favorables y/o
subsidios.
b) La Comisión evaluadora analizará la información y documentos acompañados por el Proveedor y
deberá, en un plazo de cinco días hábiles, evacuar su informe, junto a la propuesta de adjudicación,
señalando si propone adjudicar la oferta o declararla inadmisible.
• De ser adjudicada la oferta, la Entidad licitante deberá solicitar al proveedor el aumento de la
garantía de fiel y oportuno cumplimiento. El aumento de esta garantía corresponderá al cinco por
ciento neto del valor resultante entre la diferencia entre el precio de este oferente y el precio
ofertado por el que le siga en su calificación económica, sino existiese otra oferta se aumentará
un 2% al % de garantía original.
8.4.- Criterios de Evaluación
Se evaluará conforme a los criterios de evaluación, que a continuación se indican, sin afectar los principios de
igualdad de los mismos y con estricta sujeción a las bases, de acuerdo a las ponderaciones que se señalan:
CRITERIO PONDERACION PUNTAJE MAXIMO
Cumplimiento requisitos formales 1% 100
Cumplimiento Especificaciones técnicas 37% 100
Plazo entrega reactivos e insumos 3% 100
Plazo Entrega equipo en Comodato 2% 100
Plazo Puesta en Marcha 2% 100
Programas de Integridad con aplicación de código de
ética para proveedores del Estado 1% 100
Comportamiento Contractual Anterior 4% 100
Oferta económica 50% 100
8.4.1.- CRITERIO CUMPLIMIENTO REQUISITOS FORMALES (1%)
Se evaluará el cumplimiento formal de los requisitos administrativos, técnicos y económicos, a través del
mecanismo de Tabulación, asignándose el siguiente puntaje:
TRAMO, REQUISITO O CARACTERISTICA PUNTAJE
Presenta oferta con todos los documentos requisitos administrativos, técnicos, económicos
y anexos solicitados, en tiempo y forma.
100
Presenta oferta con todos los documentos, requisitos administrativos, técnicos, económicos
y anexos solicitados, pero se debe pedir subsanar o enmendar elementos de tipo
subsanables a través de foro inverso y proveedor corrige y/o subsana en tiempo y forma.
50
Presenta oferta con todos los documentos, requisitos administrativos, técnicos, económicos
y anexos solicitados, pero se debe pedir subsanar o enmendar elementos de tipo
subsanables a través de foro inverso y proveedor NO corrige o subsana en tiempo y forma.
0
8.4.2.- CRITERIO CUMPLIMIENTO ESPECIFICACIONES TÉCNICAS (37%)
El criterio especificaciones técnicas deseables se evaluará conforme al anexo 03 y a través del mecanismo de
Mayor Valor y de acuerdo a la siguiente Pauta de Evaluación:
𝐶𝑟𝑖𝑡𝑒𝑟𝑖𝑜 𝑀𝑎𝑦𝑜𝑟 𝑉𝑎𝑙𝑜𝑟: (
𝑉𝑎𝑙𝑜𝑟 𝑂𝑓𝑒𝑟𝑡𝑎𝑑𝑜
𝑀𝑎𝑦𝑜𝑟 𝑉𝑎𝑙𝑜𝑟 𝑂𝑓𝑒𝑟𝑡𝑎𝑑𝑜) 𝑥 (100)
El Anexo N° 03 contendrá las especificaciones técnicas OBLIGATORIAS y las especificaciones técnicas
DESEABLES.
Especificaciones Técnicas Obligatorias (O): Corresponden a las especificaciones técnicas cuyo incumplimiento
impide el funcionamiento del servicio, no cumple con lo requerido por el Hospital o producen una falta a las
normas de seguridad vigente, por tanto, las propuestas que no cumplan con alguna de las especificaciones
técnicas OBLIGATORIAS, serán declaradas inadmisibles y no serán evaluadas.
Se entenderá que no cumplen las especificaciones técnicas Obligatorias:
• Cuando no señale expresamente que cumple y/o no logre acreditar su cumplimiento con el documento y/o
fotografía y/o certificado de respaldo.
• También se entenderá que no cumple las especificaciones técnicas Obligatorios, si el documento y/o
fotografía y/o certificado que acredite dicho requisito, contenga elementos de los considerados en estas bases
como subsanables y se ha debido pedir al oferente a través de foro inverso que subsane y/o enmiende y este
NO subsanó y/o enmendó en el tiempo y forma requerido.
ESPECIFICACIONES TÉCNICAS DESEABLES (D): Considera las especificaciones técnicas que son importantes,
pero que, sin embargo, su incumplimiento no afectaría el funcionamiento del servicio.
SE EVALUARÁN EN ESTE CRITERIO SOLO EL CUMPLIMIENTO DE LAS ESPECIFICACIONES TÉCNICAS DESEABLES
ESPECIFICADOS EN EL ANEXO Nº 03.
Se entenderá que no cumple la especificación técnica Deseable:
• Cuando no señale expresamente que cumple y/o no logre acreditar su cumplimiento con el respaldo
correspondiente.
• También se entenderá que no cumple la especificación técnica deseable, si el respaldo que acredite
dicho requisito, contenga elementos de los considerados en estas bases como subsanables y se ha
debido pedir al oferente a través de foro inverso que subsane y/o enmiende y este NO subsanó y/o
enmendó en el tiempo y forma requerido.
REACTIVOS E INSUMOS CON EQUIPO AUTOMATIZADO EN COMODATO PARA SECCIÓN ORINAS
CLASIFICACION DEL
REQUISITO
N° EETT
ANEXO 03
REQUERIMIENTO PUNTAJE FORMA DE ACREDITAR
REACTIVOS 1 Los reactivos a utilizar en el equipo deben tener
certificaciones de calidad, idealmente FDA y/o
la Comunidad Europea.
50 Certificado Vigente
GENERALIDADES
17 No requiere soluciones detergentes en la rutina 20 Catálogo, Documento, Ficha
Técnica, Manual
21 Sistema de vacío que garantice mínimo nivel de
ruido (menor a 60dB) 10
Catálogo, Documento, Ficha
Técnica, Manual o Carta de
Compromiso
AUTOANALIZADOR DE
TIRAS REACTIVAS
(QUIMICA)
22 Carga de tiras con reconocimiento automático
de código de barras, QR o similar 20 Catálogo, Documento, Ficha
Técnica, Manual
VERIFICACION DE
METODOS Y CONTROL DE
CALIDAD
43 Certificación FDA y/o CE IVD para material
control interno acreditada con respectivo
certificado vigente.
50 Certificado Vigente
ACCESORIOS
52.6 Certificación CE y/o FDA 10 Certificado Vigente
53.7
Certificación CE y/o FDA 10 Certificado Vigente
MANUALES 58 Manual técnico en inglés y/o español 10 Manual
CERTIFICACIONES DEL
EQUIPO
59 El equipo cuenta con certificaciones de calidad,
como FDA y/o la Comunidad Europea. 20 Certificado vigente
TOTAL 200 puntos
*El certificado presentado deberá tener como fecha de vigencia mínima, el cierre de recepción de las ofertas
de este proceso licitatorio y deberá adjuntarse en la CARPETA TECNICA junto al Anexo N°03 Especificaciones
técnicas.
8.4.3.- CRITERIO PLAZO ENTREGA REACTIVOS E INSUMOS (3%)
El criterio de evaluación Plazo de Entrega de reactivos e insumos se evaluará con el mecanismo Porcentual
del Menor Valor, según lo siguiente:
REQUERIMIENTO PUNTAJE MÁXIMO
Plazo de Entrega (Anexo N°04) 100
𝑀𝑒𝑛𝑜𝑟 𝑃𝑙𝑎𝑧𝑜: (
𝑀𝑒𝑛𝑜𝑟 𝑃𝑙𝑎𝑧𝑜 𝑂𝑓𝑒𝑟𝑡𝑎𝑑𝑜
𝑃𝑙𝑎𝑧𝑜 𝑂𝑓𝑒𝑟𝑡𝑎𝑑𝑜 ) 𝑥 100
El proponente debe informar el plazo que tardará en entregar el producto adjudicado en su Anexo N°04.
Se establece que el límite base para el tiempo de entrega de los Insumos es de 1 día (es decir tiempo mínimo),
cualquier otro inferior, se considerará con igual puntaje a dicho límite de referencia, es decir se debe ofertar
desde 1 día en adelante. En caso de presentar un rango de entrega, se evaluará basándose en el mayor periodo
de tiempo especificado (a modo de ejemplo: si oferta señala como plazo de entrega entre 2 a 5 días, se
evaluará como si se hubiera ofertado 5 días de entrega).
El plazo de entrega de reactivos e insumos deberá ser el mismo para todos los insumos ofertados. Si el
proveedor no oferta el mismo plazo de entrega para todos los ítems su oferta se declarará inadmisible. Lo
anterior, sin perjuicio de que se efectuará la revisión de la totalidad de los antecedentes contenidos en la
oferta, de acuerdo al artículo 9 de la Ley N° 19.886.
El plazo de entrega se deberá expresar en días hábiles.
Si el proveedor señala en su oferta días corridos u otra medida, será causal de inadmisibilidad de las ofertas.
Lo anterior, sin perjuicio de que se efectuará la revisión de la totalidad de los antecedentes contenidos en la
oferta, de acuerdo al artículo 9 de la Ley N° 19.886.
Si el proveedor no señala expresamente en su oferta si son días hábiles o corridos, se entenderán que son días
hábiles, para todo efecto.
El plazo ofertado, para todos los efectos, será él que consigne expresamente el proveedor en su anexo 04 de
bases.
Cualquier otra expresión o declaración que acompañe o suba al portal al respecto, no será considerada dentro
de su oferta y no producirá efectos para su evaluación y eventual adjudicación.
El plazo ofertado para la entrega de los reactivos e insumos, se entiende comenzará a correr a partir de la
fecha de la aceptación de la Orden de Compra emitida por el Hospital en el portal www.mercadopublico.cl.
(En www.mercadopublico.cl el proveedor deberá aceptar la Orden de Compra en el plazo de 24 horas desde
su publicación. Vencidas las 24 horas sin respuesta en el portal, se entenderá que la Orden de compra ha sido
aceptada tácitamente por el proveedor, comenzando a correr los plazos de entrega). Todo, sin perjuicio de lo
dispuesto en la cláusula de las Bases Administrativas, Del Pago.
8.4.4.- CRITERIO PLAZO ENTREGA EQUIPO EN COMODATO (2%)
El proponente debe informar el plazo que tardará en entregar los equipos en comodato en su Anexo N°04. Se
establece que el límite base para el tiempo de entrega es de 1 día (es decir tiempo mínimo), cualquier otro
inferior, se considerará con igual puntaje a dicho límite de referencia, es decir se debe ofertar desde 1 día en
adelante. En caso de presentar un rango de entrega, se evaluará basándose en el mayor período de tiempo
especificado (a modo de ejemplo: si oferta señala como plazo de entrega entre 2 a 5 días, se evaluará como
si se hubiera ofertado 5 días de entrega).
El plazo de entrega se deberá expresar en días hábiles.
Si el proveedor señala en su oferta días corridos u otra medida, su oferta será declarada inadmisible. Lo
anterior, sin perjuicio de que se efectuará la revisión de la totalidad de los antecedentes contenidos en la
oferta, de acuerdo al artículo 9 de la Ley N° 19.886.
Si el proveedor no señala expresamente en su oferta si son días hábiles o corridos, se entenderán que son días
hábiles, para todo efecto.
El plazo ofertado se entiende comenzará a correr a partir de la fecha de la firma del contrato, donde se
deberán entregar los equipos requeridos. Todo, sin perjuicio de lo dispuesto en la cláusula de las Bases
Administrativas, Del Pago.
Mecanismo Menor valor plazo de entrega de los equipos en comodato
𝑀𝑒𝑛𝑜𝑟 𝑃𝑙𝑎𝑧𝑜: (
𝑀𝑒𝑛𝑜𝑟 𝑃𝑙𝑎𝑧𝑜 𝑂𝑓𝑒𝑟𝑡𝑎𝑑𝑜
𝑃𝑙𝑎𝑧𝑜 𝑂𝑓𝑒𝑟𝑡𝑎𝑑𝑜 ) 𝑥 𝑃𝑢𝑛𝑡𝑎𝑗𝑒 𝑚á𝑥𝑖𝑚𝑜 𝑑𝑒𝑙 𝑓𝑎𝑐𝑡𝑜𝑟
*Plazo ofertado = plazo entrega Equipo
8.4.5.- CRITERIO PLAZO PUESTA EN MARCHA (2%)
El proponente debe informar el plazo en su Anexo N°04.
Se establece que el límite base para el tiempo puesta en marcha es de 1 día (es decir tiempo mínimo),
cualquier otro inferior, se considerará con igual puntaje a dicho límite de referencia, es decir se debe ofertar
desde 1 día en adelante. En caso de presentar un rango de entrega, se evaluará basándose en el mayor periodo
de tiempo especificado (a modo de ejemplo: si oferta señala como plazo de entrega entre 2 a 5 días, se
evaluará como si se hubiera ofertado 5 días de entrega).
El plazo de Puesta en Marcha se deberá expresar en días hábiles.
Si el proveedor señala en su oferta días corridos u otra medida, su oferta será declarada inadmisible. Lo
anterior, sin perjuicio de que se efectuará la revisión de la totalidad de los antecedentes contenidos en la
oferta, de acuerdo al artículo 9 de la Ley N° 19.886.
Si el proveedor no señala expresamente en su oferta si son días hábiles o corridos, se entenderán que son días
hábiles, para todo efecto.
El plazo ofertado para la Puesta en Marcha, comprende la Instalación del equipamiento, pruebas de
funcionamiento y capacitación a personal del Hospital La Florida.
Mecanismo menor valor plazo puesta en marcha del equipo en comodato
𝑀𝑒𝑛𝑜𝑟 𝑃𝑙𝑎𝑧𝑜: (
𝑀𝑒𝑛𝑜𝑟 𝑃𝑙𝑎𝑧𝑜 𝑂𝑓𝑒𝑟𝑡𝑎𝑑𝑜
𝑃𝑙𝑎𝑧𝑜 𝑂𝑓𝑒𝑟𝑡𝑎𝑑𝑜 ) 𝑥 𝑃𝑢𝑛𝑡𝑎𝑗𝑒 𝑚á𝑥𝑖𝑚𝑜 𝑑𝑒𝑙 𝑓𝑎𝑐𝑡𝑜𝑟
*Plazo ofertado = plazo de puesta en marcha
8.4.6.- CRITERIO PROGRAMAS DE INTEGRIDAD CON APLICACIÓN DE CÓDIGO DE ÉTICA PARA PROVEEDORES
DEL ESTADO (1%)
Corresponde a programas de integridad relacionadas a la contratación pública con aplicación del código de
ética para proveedores dentro de la empresa y por parte de sus trabajadores, situación debidamente
acreditada, a través de declaración jurada del proveedor (anexo 06), donde se señala expresamente como
política de su empresa dicho programa de integridad con aplicación del código de ética para proveedores
(Directiva N°31 de ChileCompra).
Si el oferente es una UTP se deberán adjuntar las declaraciones juradas por cada uno de sus integrantes.
De no ser presentadas las declaraciones juradas, se entenderá que no cuentan con estas políticas ni aplican
código de ética para proveedores, otorgándoles 0 puntos en este criterio.
Para este criterio se aplicará el mecanismo dicotómico, según la siguiente tabla y el anexo N°06:
REQUERIMIENTO PUNTAJE
Aplica programa de integridad con código de ética para proveedores (Directiva
N°31 ChileCompra) en sus contrataciones con el estado. 100
NO aplica programa de integridad con código de ética para proveedores (Directiva
N°31 ChileCompra) en sus contrataciones con el estado, o no logra acreditar. 0
8.4.7.- CRITERIO COMPORTAMIENTO CONTRACTUAL ANTERIOR (4%)
Este Factor se evaluará a través del mecanismo dicotómico, en base a lo siguiente:
Se medirá el comportamiento contractual anterior del oferente en base al registro de comportamiento en
Sistema de información Mercado Público y /o Chileproveedores realizado por las instituciones públicas con
las cuales este haya contratado, según el registro de comportamiento contractual anterior de Chile
Proveedores y/o Mercado Público.
8.4.8.- CRITERIO OFERTA ECONOMICA (50%)
La evaluación económica considerará el valor unitario neto para cada insumo solicitado, el cual se debe
ingresar en Anexo N°07 Oferta económica:
REQUERIMIENTO PUNTAJE MÁXIMO
Menor Valor Ofertado 100
REQUERIMIENTO PUNTAJE
El Sistema de Información No registra que se ha hecho cobro de garantía, aplicado
sanciones o terminado anticipadamente un contrato al oferente dentro de los 24
meses anteriores al cierre de las ofertas
100
El sistema de información registra que se ha hecho cobro de garantía, aplicado
sanciones o terminado anticipadamente un contrato al oferente, dentro de los 24
meses anteriores al cierre de las ofertas.
0
Se establece que el puntaje que se obtenga en el total de la oferta por cada insumo será el que se someterá
al cálculo según el menor valor ofertado, lo cual permitirá establecer la mejor condición económica para la
adjudicación.
El valor ofertado de cada línea se debe ajustar al monto estimado señalado en bases técnicas.
Se establece expresamente que si la oferta del proveedor es de $1 en Mercado Público, su oferta será
declarada inadmisible.
𝑀𝑒𝑛𝑜𝑟 𝑃𝑟𝑒𝑐𝑖𝑜: (
𝑀𝑒𝑛𝑜𝑟 𝑃𝑟𝑒𝑐𝑖𝑜 𝑂𝑓𝑒𝑟𝑡𝑎𝑑𝑜
𝑃𝑟𝑒𝑐𝑖𝑜 𝑂𝑓𝑒𝑟𝑡𝑎𝑑𝑜 ) 𝑥 100
8.5.- Situación de Empate:
En caso de que dos o más ofertas obtengan igual puntaje total, se resolverá el empate según los siguientes
criterios:
a) Se seleccionará aquella oferta que presente el mejor puntaje en criterio Cumplimiento Especificaciones
técnicas.
b) Si subsistiese el empate, se seleccionará aquella oferta que presente el puntaje más alto en el criterio
Precio.
c) Si subsistiese el empate, se seleccionará aquella oferta que presente el mejor puntaje en el criterio
Comportamiento contractual anterior.
d) Si subsistiese el empate, se seleccionará aquella oferta que presente el mejor puntaje en el criterio Plazo
de entrega reactivos e insumos.
e) Si subsistiese el empate, se seleccionará aquella oferta que presente el mejor puntaje en el criterio Plazo
puesta en marcha.
f) Si subsistiese el empate, se seleccionará aquella oferta que presente el mejor puntaje en el criterio Plazo
de entrega equipo.
g) Si subsistiese el empate, se seleccionará aquella oferta que presente el mejor puntaje en el criterio
certificado de disponibilidad del equipo en comodato.
h) Si subsistiese el empate, se seleccionará aquella oferta que presente el mejor puntaje en el criterio
programas de integridad con aplicación de código de ética para proveedores del Estado.
i) Si subsistiese el empate, se seleccionará aquella oferta que presente el mejor puntaje en el criterio
Cumplimiento requisitos formales.
j) Si subsistiese el empate, se seleccionará aquella oferta que fuese ingresada primero, según la fecha y hora
en el portal Mercado Publico.
8.6.- Acta de Evaluación
La Comisión de Evaluación elaborará el "Informe o Acta Final de Evaluación" el cual contendrá:
• La identificación de los integrantes de la Comisión de Evaluación que asistieron a evaluar.
• La identificación de los asesores expertos invitados a la Evaluación, si es que existieron.
• La identificación de las ofertas que no cumplieron alguno de los requerimientos obligatorios de bases,
siendo rechazadas sus ofertas en la apertura, quedando por lo tanto fuera de evaluación y aquellas que
fueron evaluadas pero se determinó de igual manera que no cumplieron alguno de los requerimientos
obligatorios de bases, por tanto se deben proponer junto a las rechazadas, para ser declaradas
inadmisibles por la autoridad y la información detallada sobre cuál o cuáles requerimientos no fueron
cumplidos por todas estas ofertas.
• Un cuadro comparativo de las propuestas con las respectivas puntuaciones parciales obtenidas en cada
uno de los criterios de evaluación, así como también un resumen de la Evaluación realizada con
especificación del puntaje final.
• Un análisis final de evaluación y/o las observaciones, si proceden.
• Cuando no se hayan presentado ofertas, la constancia de esta situación para declarar Desierto el proceso.
• Los fundamentos de declarar desierto el proceso en base a ofertas presentadas y evaluadas que no
resulten convenientes para los intereses del establecimiento.
• La recomendación o propuesta final, a la autoridad competente, de adjudicación del oferente mejor
evaluado o de declarar desierto el proceso, según sea el caso, fundada en razones objetivas y no
discriminatorias.
|
|
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9.- DE LA ADJUDICACION DE LA PROPUESTA |
9.1.- Criterios de Adjudicación
La Adjudicación se hará por todas las líneas en su totalidad y en conjunto, siendo adjudicadas todas a un
solo proveedor. Si un proveedor oferta un número inferior de insumos, su oferta será declarada inadmisible.
Se adjudicarán todas las líneas a aquel proponente cuyas ofertas para todas las líneas en conjunto hayan sido
evaluadas como las más ventajosas para los intereses de la institución, considerando los criterios de
evaluación establecidos en las presentes Bases y conforme las facultades y prerrogativas establecidas en la
normativa sobre contratos administrativos de suministro y prestación de servicios.
El oferente que se adjudique deberá entregar el equipamiento en comodato necesario para realizar el análisis
de todas las determinaciones adjudicadas.
9.2.- Comunicación de la Adjudicación
El Hospital Clínico Metropolitano La Florida adjudicará la oferta mediante acto administrativo, el cual tendrá
plena vigencia una vez que se encuentre totalmente tramitado y notificado al adjudicatario y al resto de los
oferentes a través de www.mercadopublico.cl. En dicho acto administrativo, se especificarán los criterios de
evaluación aplicados, de acuerdo a lo establecido en las presentes Bases.
Si no se adjudicase en el plazo indicado en el punto 5.4 de estas Bases, se avisará a través del Portal las razones
de ello, indicando un nuevo plazo para la adjudicación o la decisión de declarar desierto.
9.3.- Peticiones o Reclamos del Proponente Adjudicado
Adjudicada la propuesta, no podrá el proponente formular petición o reclamo de ninguna especie fundado en
el desconocimiento de estas Bases Administrativas, de las Bases Técnicas y los anexos y sus modificaciones;
las cuales se entienden plenamente conocidas y aceptadas por el solo hecho de presentación de su oferta.
9.4.- De la readjudicación
El Hospital Clínico Metropolitano La Florida podrá readjudicar la licitación, dentro de los 60 días corridos
desde la publicación, al oferente que siga en orden de prelación de acuerdo con el puntaje total obtenido,
dejando sin efecto la adjudicación previa, en los siguientes casos:
1.-Si el adjudicatario desiste de su oferta.
2.-Si el adjudicatario se desiste de firmar el contrato o rechaza la orden de compra emitida en el portal
mercadopublico.cl
3.-Si el adjudicatario no entrega garantía de fiel y oportuno cumplimiento o cualquier otro documento
solicitado para la firma del contrato en tiempo y forma.
4.-Si el Oferente adjudicado es inhábil para contratar con el estado en los términos del artículo cuarto, incisos
1° y 6° y articulo 35 quárter de la Ley 19.886, lo dispuesto en el artículo 33 de la ley N° 21.595, o según lo
establecido en el inciso segundo del artículo 26, letra d), del DFL N° 1, de 2004, del Ministerio de Economía,
Fomento y Reconstrucción sobre condena establecida por el Tribunal de Defensa de la Libre Competencia, o
lo dispuesto en la Ley N° 20.393 Sobre Responsabilidad Penal de Personas Jurídicas condenadas por delitos
de Cohecho , Lavado de Activos y Financiamiento al Terrorismo o no proporciona los documentos que sean
requeridos para verificar dicha condición o le sobreviene una inhabilidad. Todo sin perjuicio de lo señalado en
el inciso final del articulo 35 quater de la ley de compras.
Sin perjuicio de lo anterior, el Hospital podrá elegir si adjudica a la segunda oferta mejor evaluada o desertar
el proceso, para efectuar un nuevo llamado a licitación, emitiéndose para cada caso la respectiva resolución
9.5.- Revocación de la Licitación
Si se ha detectado una ilegalidad en y durante el proceso o aconteciere durante su tramitación un hecho
considerado como Imprevisto, Caso Fortuito o Fuerza mayor, que haga imposible e improcedente adjudicar
la Licitación, el Hospital Clínico Metropolitano La Florida, podrá realizar la revocación de esta, previo acto
administrativo que justifique tal situación, sin perjuicio de otras causales específicas de las normas especiales
vigentes, aplicables a los actos del Estado.
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10.- DEL CONTRATO |
De acuerdo a lo estipulado en el Artículo 117 del decreto Nº661 del 2024 del Ministerio de Hacienda, la
formalización del contrato en este proceso se llevará a cabo según lo siguiente:
a) La firma de un contrato escrito será obligatoria en esta adquisición para los oferentes que
adjudiquen un monto total igual o mayor a 100 UTM, ya sea por la adjudicación de una o varias
líneas. Además, deberá presentar la Garantía de Fiel Cumplimiento de Contrato, de acuerdo a lo
estipulado en el punto 10.8 de estas Bases.
b) Para los oferentes que adjudiquen un monto entre 50 y 99 UTM, su contratación se formalizará a
través de la emisión y aceptación de la correspondiente Orden de Compra, más la presentación de
la Garantía de Fiel Cumplimiento de Contrato, de acuerdo a lo estipulado en el punto 10.8 de estas
Bases.
c) Para los oferentes que adjudiquen montos inferiores a 50 UTM, su contratación se formalizará a
través de la emisión y aceptación de la correspondiente Orden de Compra.
10.1.- Entrega de Documentación y Antecedentes para la formalización del contrato.
El adjudicatario deberá hacer llegar toda la documentación necesaria para la suscripción definitiva de su
contrato y/o la correspondiente emisión de la Orden de Compra, según corresponda, a la Unidad de Gestión
de Contratos del Departamento de Abastecimiento del Hospital, dentro de los 5 días hábiles siguientes a la
adjudicación y según el siguiente detalle:
• Tratándose de licitaciones superiores a 5.000 unidades tributarias mensuales la suscripción del
contrato sólo podrá efectuarse una vez transcurrido el plazo de diez días hábiles desde la notificación de
la resolución de adjudicación.
• Garantía de Fiel y oportuno cumplimiento: Solo el proveedor adjudicado cuyo contrato sea superior a
5000 UTM debe presentar garantía o caución para asegurar el fiel y oportuno cumplimiento de contrato
según monto y glosa, de acuerdo a lo establecido en las presentes Bases.
• Acreditación poderes del representante legal: El proveedor adjudicado en el caso que fuera persona
jurídica, deberá acreditar la vigencia de los poderes del representante legal a través de certificado de
vigencia de poderes emitido por el Registro de Comercio o por la institución que corresponda, de data
no superior a 3 meses contados desde la fecha en que deba suscribir el contrato escrito.
• Declaraciones juradas: El oferente adjudicado, deberá presentar las siguientes declaraciones juradas:
a) Anexo N°02 Declaración Jurada Simple: en formato físico firmada por el representante legal de la
empresa o la persona natural, según corresponda.
b) Si el contrato es igual o superior a 1000 UTM y el adjudicado es una unión temporal de
proveedores: Los oferentes adjudicados que se unan de esta forma, deberán presentar la Escritura
Pública que materialice la unión temporal de proveedores. Dicho documento deberá establecer la
solidaridad entre las miembros de la unión temporal de proveedores y el nombramiento de un
representante o apoderado común con poderes suficientes, además de tener una vigencia que no
podrá ser inferior a la vigencia del contrato que se adjudica mediante el proceso licitatorio,
incluyendo las renovaciones del mismo si existiesen, conforme a lo regulado en Reglamento de la
ley N°19.886 aprobado por el decreto Nº 661 del 2024 del Ministerio de Hacienda.
• Cumplimiento de obligaciones laborales y previsionales: El proponente adjudicado deberá presentar
un certificado en que se acredite el cumplimiento de las obligaciones laborales y cotizaciones
previsionales por parte del proveedor adjudicado para con sus trabajadores, éste deberá ser emitido por
la Inspección del Trabajo o por empresas autorizadas para extender este tipo de certificados. En caso de
que el certificado arroje deudas o saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones previsionales, los
primeros estados de pago producto del contrato licitado deberán ser destinados al pago de dichas
obligaciones, debiendo el oferente adjudicado acreditar que la totalidad de las obligaciones se
encuentran liquidadas al cumplirse la mitad del período de ejecución del contrato. El incumplimiento de
esta obligación, como, asimismo, la falta de presentación de dicho certificado habilitará al Hospital, para
poner término al contrato y podrá llamar a una nueva licitación, sin que el oferente adjudicado pueda
participar en este nuevo proceso.
10.2.- Inscripción en el registro electrónico oficial de proveedores del estado.
El proveedor al momento de adjudicar y contratar deberá estar inscrito en el registro nacional
www.chileproveedores.cl. Si al momento de adjudicar el proveedor no se encuentra inscrito en este registro,
tendrá un plazo excepcional de 10 días hábiles contados desde la notificación de la adjudicación para
inscribirse, sin perjuicio de lo anterior, deberá hacer entrega de todos los demás antecedentes según lo
dispuesto en párrafo primero del numeral 10.1
La no inscripción en Chileproveedores o la no entrega de cualquiera de los documentos y antecedentes ya
señalados, configurará causal suficiente para dejar sin efecto la resolución de adjudicación respectiva. En tal
caso se procederá al cobro de la garantía de seriedad de la oferta correspondiente (si se ha solicitado en el
proceso licitatorio), pudiendo el Hospital readjudicar al 2º mejor oferente evaluado, el que deberá acreditar
las mismas exigencias de los párrafos anteriores, o bien, declarar desierta la licitación, cuando la 2da mejor
oferta evaluada no resulte conveniente a sus intereses, en conformidad al artículo Nº 9 de la Ley N° 19.886.
Será responsabilidad del adjudicatario cumplir en tiempo y forma, con todas las exigencias antes descritas.
10.3 Suscripción del contrato y aceptación de la orden de compra:
10.3.a Firma de contrato:
Una vez adjudicada la Licitación, cuando proceda, se hará llegar al adjudicatario el documento de contrato vía
correo electrónico, al correo informado por el proveedor en el Anexo N°01 de su oferta. El oferente adjudicado
estará obligado a firmar y devolver contrato firmado en 3 copias en formato físico, en sobre cerrado a nombre
de Unidad de Contratos del Hospital La Florida, indicándose la siguiente referencia “CONTRATO ID 777304-
XX-LR25 (donde XX, se debe reemplazar por el número de la licitación), El sobre deberá ser entregado en del
Hospital, dentro del plazo estipulado en el numeral 5.4. de las bases. Tratándose de licitaciones que superen
las 5.000 UTM la suscripción del contrato sólo podrá efectuarse una vez transcurrido el plazo de 10 días hábiles
desde la notificación de la resolución de adjudicación”, según el artículo 119 del Reglamento de compras
púbicas.
10.3.b Resolución que aprueba contrato: Una vez firmado y devuelto el contrato por el proveedor, se
procederá a firmar por la autoridad competente del Hospital y se dictará la correspondiente Resolución que
aprueba dicho contrato.
La unidad de gestión de contratos deberá notificar vía correo electrónico, la firma de la resolución que aprueba
el contrato a:
• El proveedor adjudicado.
• El RRTT del contrato.
• Jefaturas de Abastecimiento.
10.3.c Emisión de Orden de compra: La emisión de orden de compra será contra test reportado, por mes
vencido, a través del sistema de información www.mercadopublico.cl.
En los casos que proceda la suscripción de contrato escrito, la orden de compra se podrá emitir solo una vez
completa la tramitación de la Resolución que aprueba dicho Contrato.
10.3.d Aceptación de la Orden de compra por el proveedor: El proveedor deberá aceptar la Orden de compra
en el plazo de 24 horas desde su publicación en el sistema de información www.mercadopublico.cl. Vencidas
las 24 horas sin respuesta en el portal, se entenderá que la Orden de compra ha sido aceptada tácitamente
por el proveedor, comenzando a correr los plazos de entrega y cumplimiento de todas las obligaciones del
contrato.
Todo, sin perjuicio, de que, para el pago de factura, esta Orden de compra deberá encontrarse aceptada
expresamente en el sistema de información y con recepción Conforme, aceptación y recepción, sin la cual el
pago no se llevará a cabo.
El proveedor no podrá imponer un monto mínimo de despacho para aceptar la Orden de Compra.
10.4.- Contenido del Contrato
El contrato escrito, cuando proceda, contendrá todas y cada una de las cláusulas necesarias para su efectivo
cumplimiento, especificará el objeto, precio, plazo de entrega definido por el adjudicatario en su oferta,
además señalará la forma de recepción de los bienes y/o servicios, garantía técnica, modalidad de pago, entre
otras.
Se comprende dentro del objeto de la obligación del adjudicatario, todo lo señalado en su oferta, incluyéndose
las capacitaciones necesarias para el correcto, adecuado y útil uso del bien, si procede y la entrega de las
licencias, de todo tipo, incluyendo las intelectuales e industriales, que del caso correspondan, para el uso
correcto, útil y adecuado del bien.
El incumplimiento de lo ofertado será considerado incumplimiento grave de las obligaciones contraídas en el
contrato y podrá dar origen a su término y al cobro de la respectiva garantía, sin perjuicio de las acciones
legales correspondientes que pueda ejercer el Servicio.
Las cláusulas del respectivo contrato serán aplicables tanto a las obligaciones principales, como las
obligaciones accesorias y complementarias y se cumplirán del modo natural que a ellas correspondieren.
El adjudicatario será empleador único y exclusivo de su personal y por lo tanto, directamente responsable
ante las autoridades administrativas y del trabajo, Tribunales de Justicia, organismos previsionales, y en
general ante cualquier tercero, del cumplimiento fiel y oportuno de todas las obligaciones laborales y
previsionales que le correspondan en dicha calidad y en general de todas y cada una de las obligaciones que
nacen del contrato de trabajo, y de aquellas establecidas por el Código del Trabajo. No existiendo vínculo
laboral alguno entre el Hospital y el adjudicatario ni con sus trabajadores. El Hospital podrá requerir en todo
momento, información relativa al cumplimento de las obligaciones laborales y previsionales que le asisten al
empleador respecto de sus trabajadores, y especialmente respecto de aquellos que estén involucrados directa
o indirectamente en las prestaciones de que trata la presente licitación y el respectivo contrato.
10.5.- Vigencia y duración del contrato
El presente contrato entrará en vigor a partir de la fecha de la total tramitación del acto administrativo que lo
apruebe, o desde la aceptación de la respectiva Orden de Compra si no hay contrato escrito, según
corresponda.
No obstante, el plazo de duración de sesenta 60 meses establecido para esta contratación se contará a partir
de la Recepción conforme de los equipos y puesta en marcha según registros realizados por referente técnico
de la unidad de Equipos Médicos acorde a lo indicado en el punto 14.2.3 Recepción Definitiva de bases
administrativas.
El plazo de duración extraordinario de 60 meses para esta adquisición se solicita por el referente técnico y se
aprueba por Subdirección administrativa, de acuerdo a los siguientes fundamentos:
• Disminuir el costo por determinación debido a que la evaluación de los equipos en convenios de menos
tiempo implica un aumento de los costes.
• Optimizar los tiempos de implementación y capacitación.
• Protección al medio ambiente.
• Reducción de costes por concepto de disminución de procesos.
10.6.- Renovación del Contrato
De acuerdo a las condiciones establecidas en este proceso licitatorio, no procede la renovación de contrato.
10.7.- Modificación y excepción de prórroga del Contrato
Mediante Resolución fundada, el HLF podrá modificar el contrato en cualquiera de las situaciones que se
señalan a continuación:
a) Cuando se sustituya alguna unidad de suministro o servicio puntual.
b) Podrá realizar una modificación a los bienes y/o servicios comprometidos en el contrato o la Orden
de Compra, siempre y cuando existieren razones de interés público, y que esta permita satisfacer de
igual o mejor forma la necesidad pública que hubiere dado origen al procedimiento de contratación.
c) Las modificaciones no previstas en las Bases de licitación siempre y cuando se cumplan los siguientes
requisitos:
(i) Que se encuentre en una situación de caso fortuito o fuerza mayor, debidamente calificada por la
Entidad contratante.
(ii) Que el cambio de contratista generara inconvenientes significativos o un aumento sustancial de costes
para el órgano de contratación.
(iii) Que se limite introducir las variaciones estrictamente indispensables para responder a la causa
objetiva que la haga necesaria.
(iv) Que se respete el equilibrio financiero del contrato.
En los casos i,ii,iii y iv anteriores, la Entidad estará facultada excepcionalmente para aumentar el plazo de
ejecución del contrato o la Orden de Compra mientras dure el impedimento.
Con todo, las modificaciones que se generen no podrán:
• Alterar los principios de igualdad de los oferentes y de estricta sujeción de las bases, en términos que
hubiese implicado la aceptación de una oferta distinta a la aceptada inicialmente, o habrían atraído
a más participantes en el procedimiento de contratación.
• Altera el equilibrio financiero del contrato;
• Si da como resultado un contrato de naturaleza diferente.
Toda modificación, deberá aprobarse mediante acto administrativo totalmente tramitado, según lo dispuesto,
entre otros, en el dictamen N° 34.713, del 2015.
En ningún caso, el monto de estas modificaciones podrá exceder, independientemente o en su conjunto con
las demás modificaciones realizadas a este durante su vigencia, el equivalente al treinta por ciento del monto
originalmente convenido entre el Proveedor y el organismo del Estado, siempre que este último cuente con
disponibilidad presupuestaria para ello.
10.8.- Garantía de Fiel y Oportuno Cumplimiento del Contrato
Junto a la firma del Contrato y para cautelar el cumplimiento de la correcta ejecución del mismo, el adjudicatario
deberá entregar una caución o garantía, siendo de su exclusiva responsabilidad que dicha caución o garantía sea
presentada conforme a las especificaciones que a continuación se indican y lo señalado en Ley de compras y su
reglamento.
Tratándose de la prestación de servicios, si fuese el caso, las garantías de cumplimiento del contrato deberán
asegurar, además, el pago de las obligaciones laborales y sociales con los trabajadores de los contratantes, sin
perjuicio de lo dispuesto en el artículo 20 de la ley N° 17.322, sobre normas para la cobranza judicial de
cotizaciones, aportes y multas de las instituciones de seguridad social.
Tipo de Documento Podrán ser presentados como documentos de caución, boletas de garantía,
vale vistas, certificados de fianza, póliza de garantía o cualquier otro
documento que cumpla con los siguientes requisitos
• Sea pagadero a la vista
• no sujeto a modalidad
• irrevocable
• Emitida a favor de Entidad Pública
Monto 5% del monto neto ofertado por el adjudicatario en pesos chilenos
Beneficiario Hospital Clínico Metropolitano La Florida; Rut: 65.075.485-9
Vigencia Plazo ofertado por proveedor más 60 meses más 120 días hábiles, a
contar de la adjudicación.
El proveedor podrá entregar 1 documento de garantía por el total de 60
meses más 120 días hábiles o 3 documentos de forma parcializada, según
lo siguiente:
• Primera garantía con una vigencia de 24 meses desde la fecha de
adjudicación, por el 10 % del monto total adjudicado.
• Segunda garantía con una vigencia de 24 meses a contar del día
siguiente al vencimiento de la primera garantía, por el 10 % del valor
remanente del contrato a la fecha.
• Tercera garantía con una vigencia de 12 meses más 120 días hábiles a
contar del día siguiente al vencimiento de la segunda garantía, por el 10
% del valor remanente del contrato.
La entrega de los documentos de garantía, deberá hacerse antes de los 60
días hábiles anteriores al vencimiento del documento que se renueva, salvo
el primero que debe entregarse según lo establecido en el numeral 10.1 de
las presentes bases. Una vez entregada la garantía renovada, se hará
devolución del documento de garantía anterior en un plazo de 10 días
hábiles.
De no renovarse los documentos de garantía correspondientes dentro del
plazo establecido en el párrafo anterior, se dará por terminado el contrato
ejecutándose la garantía vigente.
Glosa Garantizar el Fiel y Oportuno Cumplimiento del Contrato y las obligaciones
laborales del “REACTIVOS E INSUMOS CON EQUIPO AUTOMATIZADO EN
COMODATO PARA SECCIÓN ORINAS LABORATORIO” ID 777304-XX-LR25.
(donde se señala XX reemplazar por el número de la Licitación)
Si el documento a presentar no permite, por su naturaleza, señalar la glosa
en su texto, esta deberá venir escrita al reverso o en acta adjunta adherida
al documento.
Forma y oportunidad de
Entrega Física
El oferente o su representante deberá entregar físicamente la garantía en
la Unidad Gestión de Contratos, ubicados en dependencia del Hospital La
Florida, Avenida Froilán Roa 6542, primer piso (hall central OIRS y llamar a
los siguientes números 26121568 / 26121516 / 26121319), en horario de
lunes a viernes, de 08:30 a 12:30 y de 14:00 a 16:00 horas, dentro de los 5
días hábiles desde la adjudicación.
La garantía debe entregarse en sobre cerrado dirigido a la Unidad de
Gestión de Contratos del Hospital La Florida, señalando en el sobre lo
siguiente:
- GARANTIA DE FIEL OPORTUNO CUMPLIMIENTO ID: 777304-XX-LR25
(donde se señala XX, se debe reemplazar por el número de la licitación)
- IDENTIFICACION DEL OFERENTE
La garantía podrá otorgarse mediante uno o varios instrumentos
financieros de la misma naturaleza, que en conjunto representen el monto
o porcentaje a caucionar y entregarse de forma física o electrónicamente.
En los casos en que se otorgue de manera electrónica, deberá ajustarse a
la ley N° 19.799 sobre Documentos Electrónicos, Firma Electrónica y
Servicios de Certificación de dicha firma.
El oferente que necesite respaldar la entrega de su garantía deberá
acompañar una fotocopia del sobre que entrega. Esta fotocopia será
timbrada por profesional, indicando la fecha de su recepción y solo si se
comprueba que el documento físico viene en su interior.
Sin perjuicio de lo señalado anteriormente, la revisión del documento y
cumplimiento de requisitos formales, solo se verificará por la Unidad de
Gestión de Contratos
En caso de presentarse una Garantía en Formato Electrónico, deberán ser
enviadas al correo: garantiahlf@hospitallaflorida.cl, antes del del
vencimiento del plazo de 5 días hábiles desde la adjudicación, indicando en
el asunto del correo el ID de la Licitación y el nombre del Oferente.
De no presentar dicha garantía en forma, lugar, día y hora señalados, la
oferta adjudicada se entenderá desistida.
Esto último, sin perjuicio de las garantías en formato electrónico que,
además, deben ajustarse a las disposiciones de la Ley N°19.799 sobre
documentos electrónicos, firma electrónica y servicios de certificación de
dicha firma, que deberán acompañarse conjuntamente con la oferta.
En el caso de que la garantía entregada contenga errores, se solicitará
corregir dentro de los 5 días hábiles siguientes, so pena de no firmarse el
contrato respectivo.
La no entrega de esta Garantía de Fiel y Oportuno Cumplimiento, dará lugar
al cobro de la Garantía de Seriedad de la Oferta (si se ha solicitado en el
proceso licitatorio) y el Hospital podrá readjudicar la Licitación o declarar
Desierto el proceso.
La garantía podrá ser tomada por el oferente o por un tercero a nombre de
él.
Custodia Las garantías serán custodiadas por la Unidad de Tesorería del Hospital.
Se hace presente que en la unidad de Gestión de Contratos ubicada en dependencias del Hospital La Florida
(primer piso), Avenida Froilán Roa 6542, funcionan distintas unidades del Hospital, por lo que será de
exclusiva responsabilidad del proveedor entregar correctamente la garantía, en caso de que se entregue en
un lugar distinto del indicado precedentemente, se tendrá por no presentado el documento.
En caso de que el Hospital determine necesario aumentar el contrato, el adjudicatario deberá renovar la
garantía de fiel y oportuno cumplimiento, conforme al nuevo plazo y monto que se estime para estos efectos.
La garantía original será devuelta una vez que se haya entregado la nueva garantía.
10.8.1.- Aumento de Garantía
De ser adjudicada la oferta riesgosa o temeraria, la entidad licitante deberá solicitar al proveedor el aumento
de la garantía de fiel y oportuno cumplimiento. El aumento de esta garantía corresponderá al cinco por ciento
neto del valor resultante entre la diferencia entre el precio de este oferente y el precio ofertado por el que le
siga en su calificación económica, sino existiese otra oferta se aumentará un 2% al % de garantía original.
10.9.- Devolución y Cobro de la Garantía de Fiel y Oportuno Cumplimiento del Contrato
La garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato se podrá hacer efectiva, en caso de incumplimiento
por parte del proveedor de cualquiera de las obligaciones del Contrato, sin perjuicio de las multas que
corresponda aplicar.
Para el cobro de la Garantía de Fiel y Oportuno Cumplimiento, se aplicará el mismo procedimiento utilizado
para el cobro de multas, según lo establecido en estas Bases de Licitación.
La devolución de la garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato se efectuará dentro del plazo de 10
días hábiles contado desde el término del contrato, y una vez acreditado que se han cumplido todas las
obligaciones de dicho contrato, mediante Certificación de Conformidad, suscrito por el Jefe de la Unidad de
Gestión de Contratos o quien lo subrogue, para tal efecto, al término del convenio.
Un representante de la empresa debidamente individualizado con poder especial ante notario podrá solicitar
la devolución ante el responsable de Contrato de la Unidad de Gestión de Contratos del Hospital, caso en el
que se comunicará a la Unidad de Tesorería.
10.10. Resciliación Del Contrato por Mutuo Acuerdo.
Las partes podrán poner término al contrato de común acuerdo, en forma anticipada, suscribiendo el
documento respectivo.
10.11.- Prohibición De Cesión
El adjudicatario no podrá ceder ni transferir en forma alguna, total ni parcialmente los derechos y obligaciones
establecidos para esta adquisición y contratación. En lo referido a la cesión de los instrumentos y títulos de
crédito que surjan del contrato, se estará a los artículos 14 de la Ley de compras y el artículo 126 del Decreto
N°661 de 2024 del Ministerio de Hacienda que aprueba Reglamento de la ley N°19.886 de Bases de Contratos
Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios.
10.12.- Subcontratación
Queda prohibida la subcontratación de los bienes y/o servicios contratados. Lo anterior salvo en los casos de
transporte y/o distribución y lo establecido en el punto 10.- CONTINUIDAD DEL SERVICIO de las bases técnicas.
siempre y cuando:
a) No se trate de servicios especiales, y se haya contratado en vista de la capacidad o idoneidad del
contratista.
b) Si la subcontratación no excede el treinta por ciento del monto total del contrato, salvo que las Bases
de licitación establezcan un porcentaje mayor por razones fundadas.
c) No afecte al subcontratista una o más causales de inhabilidad en el Registro de Proveedores.
d) El subcontratista no se encuentra en alguna de las incompatibilidades para ser contratado por la
Entidad pública a que se refiere el artículo 35 quáter de la Ley de Compras.
Sin perjuicio de lo anterior, la responsabilidad y la obligación de cumplimiento de la totalidad de lo contratado
permanecerá en el contratista adjudicado.
Los oferentes, para efectos de la subcontratación parcial, deberán indicar al momento de contratar la parte
del contrato que tengan previsto subcontratar, su importe y el nombre o razón social del subcontratista.
Él subcontratista, deberá ser un proveedor hábil inscrito en el registro del artículo 16 y acreditar el
cumplimiento de los requisitos que el reglamento o las bases de licitación establezcan.
El contratista principal deberá notificar por escrito al órgano contratante de cualquier modificación en las
prestaciones que deberá desarrollar el subcontratista, o en su identidad, con anterioridad a la materialización
de estos cambios. En caso de un cambio en la identidad de un subcontratista, el contratista principal deberá
acreditar que éste cumple con los requisitos señalados en el inciso anterior.
La infracción a lo establecido en los incisos precedentes facultará al organismo del Estado para imponer alguna
de las medidas establecidas en el artículo 13 ter de la Ley de compras y conforme a bases.
10.13.-Reajustabilidad de los Precios
El precio adjudicado será reajustado anualmente, según variación experimentada por el índice de precios al
consumidor (IPC) de los últimos 12 meses anteriores a la fecha del reajuste
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11.-DE LA ENTREGA |
11.1.- De la entrega
El plazo de entrega de los reactivos e insumos será el ofertado por el proponente en Anexo N°04 Plazo de
Entrega, dicho plazo se contabiliza a partir de la aceptación de la orden de compra a través del portal Mercado
Publico según lo establecido en estas bases.
El oferente adjudicado deberá entregar los insumos y reactivos por cada solicitud emitida, en el Laboratorio
del Hospital en forma total. Se debe acompañar a la entrega la respectiva Guía de despacho. No se aceptarán
copias de Facturas.
La guía de despacho deberá contener los datos de identificación del producto, el número de lote y fecha de
vencimiento de los productos.
Sin perjuicio de la cantidad de consumo total estimado en la presente licitación para cada insumo, los
requerimientos de entrega de los bienes podrán ser realizados a través de la emisión de una sola Orden de
compra por dicho total o a través de la emisión de varias órdenes de compra sucesivas, según la necesidad
del Hospital durante toda la vigencia del contrato.
En caso de que el bien no cumpla con las condiciones mínimas para garantizar que se encuentra en
condiciones de ser utilizado, como por ejemplo producto distinto del solicitado, envases o sellos alterados o
dañados, temperatura inadecuada, material del envase, condiciones de traslado que afecten el insumo, etc.,
el bien será devuelto total o parcialmente, debiendo el adjudicatario realizar una nueva entrega dentro de las
24 horas siguientes, según lo establecido en las Bases Técnicas sobre Política de Canje obligatoria. Todo, sin
perjuicio de las sanciones y multas que se puedan aplicar por incumplimiento por atraso en la nueva entrega.
El proveedor no podrá imponer un monto ni cantidad mínima de despacho.
11.2.- De la entrega y puesta en marcha de los equipos
El plazo de entrega de los equipos en comodato será ofertado por el proponente en Anexo N°04 Plazo de
entrega, dicho plazo comenzará a partir desde la fecha de la contratación.
Para realizar la entrega de los equipos se deberá coordinar con el referente técnico administrador del contrato
y la Unidad de Equipos Médicos del Hospital para realizar la gestión de la documentación adecuada.
El plazo para la puesta en marcha comenzará a regir una vez concluido el plazo ofertado de entrega del equipo.
En caso que el equipamiento no posea las características o no haga cumplimiento de lo requerido, el equipo
será devuelto, debiendo el adjudicatario realizar una nueva entrega, dentro de un plazo máximo de 24
horas. En caso que no dé cumplimiento a lo antes indicado se aplicará la multa indicada en la cláusula 12.3
Multas de las Bases administrativas.
11.3.- Ampliación del plazo de entrega
El plazo de entrega podrá ser ampliado de oficio por el Hospital. La solicitud de aumento de plazo que pudiese
realizar el Hospital, se realizará mediante comunicación formal al proponente a través de correo electrónico
señalado en el Anexo N°01 por el proveedor, con antelación a la fecha de entrega ofertada.
Si el plazo de entrega comprometido por el oferente no es respetado por una causa imputable a éste, el
adjudicatario deberá asumir, junto a la aplicación de la correspondiente multa, el costo que eventualmente
se pueda producir con ocasión de ello.
Con todo, el adjudicatario podrá a través de Carta dirigida al Director del Hospital enviada por correo
electrónico a la jefatura de la Unidad de Gestión de Gestión de Contratos del Hospital antes del vencimiento
de la fecha de entrega, solicitar la ampliación de dicho plazo, pudiendo invocar solo como causal la fuerza
mayor o caso fortuito. Dicha solicitud deberá acompañarse de todos los documentos o respaldos que
acrediten la causal invocada.
La autoridad competente, calificará la causal y resolverá sobre su aprobación o rechazo. Con todo, esta
ampliación no deberá irrogar un mayor costo para el Hospital.
La alegación de caso fortuito o fuerza mayor deberá ser probada en los términos de la legislación civil, y En
caso de rechazo se aplicará la multa respectiva.
En caso de aumento de plazo, se emitirá la Resolución respectiva, la que será sometida al procedimiento
administrativo que corresponda
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12.- MULTAS Y SANCIONES POR INCUMPLIMIENTO DE CONTRATO |
12.1.- Término anticipado del contrato
poner administrativamente término al contrato, en forma anticipada, unilateral e inmediata, en caso de
incumplimiento del contrato celebrado, considerándose como causales de dicho término, las indicadas en el
artículo Nº13 bis de la Ley Nº19.886, en el artículo Nº130 del Decreto Nº661 de 2024 que contiene el
Reglamento de la Ley N°19.886, además de las siguientes causales específicas:
a. Por incumplimiento grave. Se entenderá incumplimiento grave la aplicación de dos o más multas
dentro un plazo de tres (3) meses, durante la vigencia del contrato, cualquiera sea su fuente, de las
enumeradas en el punto 12.3, o por la acumulación de multas cuyo monto total sea igual o superior
al 30% del monto del contrato.
b. El incumplimiento reiterado de la política de canje (más de una vez) o el atraso en la entrega de los
nuevos insumos que supere los 10 días corridos, todo, por causa imputable al proveedor.
c. Cambio o modificación unilateral por parte del Proveedor del precio ofertado, del producto,
condiciones de su oferta, calidad, u otra condición establecida en la oferta adjudicada y aceptada por
la Entidad.
d. Realización de actividades que pongan en riesgo al establecimiento y/o a sus funcionarios.
e. Si el proveedor cae en quiebre de stock y no soluciona la entrega Por más de 30 días corridos.
f. Incurrir en falsedad en la documentación presentada relativa al producto adjudicado.
g. El estado de notoria insolvencia del contratante, a menos que se mejoren las cauciones entregadas
o las existentes sean suficientes para garantizar el cumplimiento del contrato.
h. La muerte o incapacidad sobreviniente de la persona natural, o la extinción de la personalidad jurídica
de la sociedad contratista.
i. Si el adjudicatario cede o transfiere total o parcialmente los derechos y obligaciones que nacen de la
presente licitación, y en especial los establecidos en el contrato definitivo, salvo que una norma legal
especial permita la cesión de derechos y obligaciones. Lo anterior, es sin perjuicio que los
documentos justificativos de los créditos que emanen de estos contratos podrán transferirse de
acuerdo con las normas del derecho común.
j. Si la persona jurídica ha sido condenada penalmente de conformidad a la Ley Nº20.393.
k. Si el adjudicatario subcontrata total o parcialmente el contrato, de manera distinta o contraviniendo
lo indicado en bases sobre la materia.
l. Si el adjudicatario durante la vigencia del contrato es condenado por prácticas antisindicales o
infracción a los derechos fundamentales del trabajador, ejecutoriada o que cause ejecutoria dicha
condena.
m. Por incumplimiento de cualquiera de las obligaciones establecidas en el numeral 10.12 de bases
administrativas.
n. La resciliación o mutuo acuerdo entre las partes, siempre que el Proveedor no se encuentre en mora
de cumplir sus obligaciones
o. La imposibilidad de ejecutar la prestación en los términos inicialmente pactados, cuando no sea
posible modificar el contrato conforme al artículo 129 del Reglamento de compras. En tal caso, la
Entidad sólo pagará el precio por los bienes y/o servicios que efectivamente se hubieren entregado
o prestado, según corresponda, durante la vigencia del contrato. Asimismo, en el evento que la
imposibilidad de cumplimiento del contrato obedeciere a motivos imputables al Proveedor,
procederá que se apliquen en su contra el cobro de garantía de fiel cumplimiento conforme a lo
establecido en el artículo 135 de este reglamento.
p. Por exigirlo el interés público o la seguridad nacional.
q. Las demás causales que se establezcan en la Ley Nº19.886 y su normativa reglamentaria.
Terminado que sea en forma anticipada el contrato, siempre que se haya debido a responsabilidad del
proveedor, el Hospital queda facultado para hacer efectiva la Boleta de Fiel y oportuno Cumplimiento de
Contrato, sin que el adjudicatario tenga derecho a indemnización alguna.
12.2.- Amonestación.
Constituye un documento firmado por las partes, que deja constancia de cualquier falta menor y objetiva,
cometida por el adjudicatario, y que, en atención a su importancia, no está afecta a cobros pecuniarios, salvo
que exista acumulación según se describe más adelante.
12.3.- Multas
El Hospital La Florida podrá, previa calificación de las circunstancias y resolución fundada del director del
Hospital, aplicar y cobrar multas al adjudicatario por incumplimiento de sus obligaciones contractuales, por el
monto que se indica, y con un tope máximo de un 30% del total del contrato.
a) Entrega fuera de plazo: Se aplicará una multa de UTM por cada día de atraso en la entrega efectiva de los
bienes, vencido sea el plazo ofertado por el proveedor en su Anexo 04.
Se entenderá por fecha de entrega efectiva del bien la fecha anotada en la Guía de Despacho por el
funcionario de bodega del Hospital la Florida.
b) Garantía Técnica y Política de Canje: El oferente, una vez solicitado el cambio del insumo, estará obligado
a entregar los nuevos productos dentro del plazo de 24 horas, so pena de aplicarse una multa equivalente
a 1 UTM por cada día de atraso que supere dichas 24 horas. Todo lo anterior, sin perjuicio de hacerse
efectivo el cobro de la garantía fiel cumplimiento del contrato.
c) Entrega incompleta: Se aplicará una multa equivalente 1 UTM, por entrega incompleta de los bienes
solicitados, ya sea que no venga la cantidad requerida o bien falte algunos de sus componentes,
accesorios o piezas, considerando la oferta adjudicada y lo solicitado por el Hospital en sus bases para el
uso correcto del bien adquirido.
d) Quiebre de stock: Si producto presenta Quiebre de stock superior a 10 días corridos, se aplicará una multa
de 3 UTM por día transcurrido a contar del día 11 de quiebre de stock.
e) Atraso en entrega del equipo: Se aplicará una multa de 2 UTM por cada día de atraso en la entrega del
equipo ofertado, tomando como base el plazo ofertado en la propuesta. Se entenderá como entrega
efectiva del equipo la fecha de la recepción conforme por parte de Equipos Médicos y Laboratorio del
Hospital, y dicho plazo comienza a contar desde la fecha de contrato.
f) Continuidad de uso del equipamiento: Si el equipo presenta falla o mal funcionamiento y se debe realizar
el cambio de este, el adjudicado tendrá 5 días hábiles como plazo máximo para entregar un equipo en
Back Up o reestablecer el funcionamiento del equipo en mal estado. Se aplicará una multa de 2 UTM por
cada día de atraso en la sustitución del equipo a contar de los 5 días hábiles mencionadas
g) Atraso en el mantenimiento preventivo y/o reposición de repuestos: Se aplicará una multa de 2 UTM por
cada día corrido de atraso en la mantención o reposición repuestos, implementos o accesorios necesarios
para la utilización de los insumos o el equipo, contados desde los 3 días pasados de la fecha coordinada
por el administrador del contrato del Hospital de La Florida hasta la efectiva mantención o reposición
anotada en un acta levantada para tal efecto por el funcionario del servicio designado a recepcionar los
bienes. No se consideran los días de atraso que sean responsabilidad total o compartida con el Hospital
de La Florida.
h) Uso de repuestos alternativos o usados: Se aplicará una multa de 1 UTM por cada repuesto alternativo
utilizado, de igual forma si el repuesto, siendo original, no es nuevo, se encuentra usado o presenta
desgaste.
i) Atraso en respuesta atención Técnica remota: Se aplicará una multa de 1 UTM por cada hora de atraso
en respuesta a contar desde la solicitud de atención realizada por el funcionario designado para tales
efectos.
j) Atraso en respuesta de atención técnica presencial (in situ): Se aplicará una multa de 1 UTM por cada
hora de atraso en respuesta a contar desde la solicitud de atención en terreno realizada por el funcionario
designado para tales efectos. El proveedor cuenta con plazo máximo para presentarse en terreno de 4
horas, a partir de la cual se contabilizarán las horas de retraso en el servicio.
k) Atraso en la Capacitación: Se aplicará una multa de 1 UTM por cada vez que se genere un incumplimiento
en la capacitación, detallado en el numeral 8.5 de bases técnicas.
l) Atraso en la entrega del certificado de capacitación a funcionarios del HLF según clausula 8.5 Capacitación
en uso y mantención de las bases técnicas. Se aplicará una multa de 1 UTM por certificado no entregado.
m) Se aplicará una multa de 1 UTM por día de atraso en la demora de la conexión del equipo Sistema
Informático de Laboratorio LIS, según el plazo indicado en el punto 8.7.- Conectividad de las bases
técnicas.
n) Se aplicará una multa de 5 UTM si el proveedor no cumple con el punto 9.7.- Upgrade técnico del equipo
de las bases técnicas.
o) Derivación de muestras: Se aplicará una multa de 1 UTM a partir del cuarto día corrido si el proveedor no
realiza la derivación de muestras en los tres días adicionales otorgados, previa aprobación de jefatura de
laboratorio para el caso de desperfecto de equipamiento o incumplimiento del plazo de entrega.
p) Entrega de resultados: Se aplicará una multa de 5 UTM si el proveedor adjudicado no entrega los
resultados del análisis de las muestras dentro del plazo de 24 horas corridas, solo en caso que se haya
autorizado la derivación previamente, según el punto 10.- CONTINUIDAD DEL SERVICIO de las bases
técnicas.
q) Capacitación a profesional en temas contingentes: Se aplicará una multa de 10 UTM si el proveedor
adjudicado no realiza la capacitación al menos a un profesional del Laboratorio, en temas contingentes
asociados a inmunología, al menos periódicamente cada un año, tomando como fecha de inicio la firma
del contrato.
r) Aplicación de 2 amonestaciones en 2 meses calendario, se aplicará una multa de 0,5 UTM.
El valor de la UTM será el que corresponde al mes en que se emita la resolución de aplicación de multa.
Con todo, y conforme a lo señalado en el reglamento de compras públicas, cuando las medidas aplicadas no
cubran los daños causados al Hospital por el incumplimiento del contrato, éste estará facultado para
demandar la respectiva indemnización por daños y perjuicios.
12.4 Registro de comportamiento
El proveedor que sea sancionado durante la vigencia del contrato, por aplicación de amonestaciones, multa(s),
cobro de garantías o por causal imputable de término anticipado de contrato, será ingresado a los siguientes
registros:
• Registro de Chileproveedores y
• Registro interno del Hospital Registro de Proveedores sancionados, que lleva la Unidad de Gestión de
Contratos del Hospital, para estos efectos.
La información en ellos registrada podrá ser utilizar en la evaluación del proveedor en futuros procesos de
adquisición que lleve a cabo el Hospital y en cuyas bases se incorpore como herramienta para medir el
correspondiente Criterio de Comportamiento Contractual Anterior.
12.5 Procedimiento de aplicación de sanciones, multas y/o término anticipado de contrato.
La determinación de una situación o condición que diere lugar a la aplicación de una sanción, multa y/o
termino anticipado de contrato, se originará a partir de un informe que emane desde el Referente Técnico
administrador del contrato, dirigido a la Unidad de Gestión de contratos del Departamento de
Abastecimiento. Recibido el informe, ésta evaluará si la situación es de aquellas consideradas como causales
para la aplicación de una sanción, multa y/o termino anticipado de contrato según Bases y tratándose de
multas calculará los montos a pagar.
Tratándose de las sanciones o multas, la Unidad de gestión de Contratos notificará al adjudicatario, a través
del módulo de sanciones del aplicativo de gestión de contratos dispuesto en www.mercadopublico.cl , por
escrito a través de correo electrónico, al correo indicado por el proveedor en anexo 01 de su oferta, del
informe emanado por el Referente Técnico Administrador de contrato/ o por ella y la causal que origina la
sanción o Multa y si se trata de la aplicación de Multa , el monto a pagar, a fin de que el proveedor manifieste
sus descargos acompañando todos los antecedentes que estime pertinente dentro del término de 5 días
hábiles desde dicha notificación, a través del módulo gestión de contratos.
En el caso del término anticipado del contrato, la Unidad de gestión de Contratos notificará al adjudicatario,
a través de correo electrónico indicado por el proveedor en el Anexo N°1 de su oferta, del informe emanado
por el Referente Técnico Administrador de contrato/ o por ella y la causal que origina el término anticipado
de contrato, a fin de que el proveedor manifieste sus descargos acompañando todos los antecedentes que
estime pertinente dentro del término de 5 días hábiles desde dicha notificación.
Una vez vencido el plazo sin presentar descargos, el Hospital dictará la respectiva resolución aplicando la
medida y detallando las circunstancias fácticas que hicieron procedente dicha sanción.
Si el adjudicatario hubiera presentado descargos en tiempo y forma, el Hospital tendrá un plazo de 30 días
hábiles a contar de la recepción de los mismos para rechazarlos o acogerlos, total o parcialmente. Al respecto,
el rechazo total o parcial de los descargos del proveedor deberá formalizarle a través de una resolución
fundada del Hospital, en el cual deberá detallarse el contenido y las características de la sanción, Multa o el
término anticipado de contrato según corresponda y si se trata de la aplicación de Multa, el monto a pagar.
La indicada resolución deberá notificarse al proveedor adjudicado mediante correo electrónico remitido por
la Unidad de Gestión de Contratos al proveedor a la dirección indicada en el Anexo N°1 e informarse en el
módulo de sanciones del portal www.mercadopublico.cl.
La entidad compradora tendrá la obligación de registrar las medidas indicadas en la presente clausula a través
del módulo de gestión de contratos dispuesto en plataforma www.mercadopublico.cl.
12.6. El pago de la multa podrá ser cobrado
a) Directamente al adjudicatario quien deberá pagar dentro de los 10 días corridos desde su notificación, o
b) Se podrá descontar del estado de pago correspondiente. En este caso, se descontará del pago, no de la
factura, es decir, el proveedor deberá facturar por el total sin descontar las multas que se le aplicasen.
Estas serán descontadas al momento de girar el pago respectivo por parte de la Unidad Financiera, o
c) Con todo, de no hacer pago directo el proveedor o de no existir estado de pago pendiente, se podrá hacer
el cobro de las multas haciendo efectiva la garantía de fiel y oportuno cumplimiento, sin más trámite.
12.7 Procedimiento para interponer recurso:
El proveedor dispondrá de un plazo de cinco días hábiles contados desde la notificación de la resolución
fundada desde la Unidad de Gestión de Contratos al correo electrónico señalado en el sistema de información,
de conformidad con los artículos 9 y 140 del Decreto 661 del año 2024 que aprueba el Reglamento de la Ley
N°19.886, para impugnar dicho acto administrativo. Deberá acompañar todos los antecedentes que
justifiquen eliminar, modificar o reemplazar la respectiva sanción, mediante un escrito o carta ante la
autoridad máxima del servicio por la sanción aplicada.
Esta presentación se debe realizar mediante correo electrónico o con entrega presencial en la Oficina de
Partes del Hospital. El Hospital tendrá un plazo no superior a 30 días hábiles para resolver el citado recurso.
Mientras se encuentre pendiente la resolución de recurso de reposición, no se hará efectiva la respectiva
sanción.
La resolución que acoja el recurso podrá modificar, reemplazar a dejar sin efecto el acto impugnado. Ahora
bien, en el caso de multas, que sean finalmente cursadas, sea total o parcialmente, ésta se hará efectiva
mediante el cobro directo en un plazo máximo de 20 días, debiendo pagar en un plazo de hasta 10 días una
vez notificado el cobro, o bien, se hará efectivo a través del cobro de la o las garantías de fiel cumplimiento,
según cuál sea el caso.
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13.- DE LA GARANTIA TÉCNICA DE LOS BIENES ADJUDICADOS |
El oferente se obliga a mantener una garantía técnica de los productos, por sobre la garantía obligatoria legal,
según lo establecido en la normativa vigente para esta materia durante toda la vigencia del Contrato más 120
días hábiles.
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14. - DE LA RECEPCION |
14.1 de la Recepción de los reactivos e insumos
El adjudicatario deberá ingresar los reactivos e insumos en la Unidad de Laboratorio del Hospital La Florida
junto a la guía de despacho, en los plazos comprometidos en anexo N°04 Plazo de Entrega.
Los insumos deberán entregarse totalmente individualizados, indicando nombre, lote, fecha de elaboración,
fecha de vencimiento, etc.
El adjudicatario deberá establecer las condiciones de almacenamiento y de climatización que requieren los
bienes durante bodegaje.
Para la Recepción de los bienes en Laboratorio, el oferente deberá adjuntar los siguientes documentos:
• Guía de despacho, identificándose en ella la Orden de Compra correspondiente y con el ingreso de bodega.
• Copia de orden de compra Aceptada en Mercado Público.
La guía de despacho deberá contener los datos de identificación de la Orden de Compra, el número de lote y
fecha de vencimiento de los productos.
El Laboratorio del Hospital, solo recibirá junto a la entrega de los productos, la guía de despacho timbrada por
bodega y la Orden de Compra, debiendo el adjudicatario, solo una vez realizada la recepción conforme, emitir
la factura correspondiente.
14.2.- De la recepción de los equipos
14.2.1 Recepción de los equipos en comodato
El proponente deberá indicar en su oferta las condiciones de almacenamiento y de climatización que
requieran el equipo durante bodegaje de los equipos, para el caso que éste no pueda ser instalado en su lugar
de destino tan pronto arribe al Hospital.
Desde la contratación, el Hospital La Florida informará al adjudicatario el procedimiento a seguir para la
recepción de los equipos, así como los interlocutores válidos (del Hospital y de la Concesionaria) para dichos
procesos, si procede, debiendo tanto el adjudicatario como su personal, adecuarse al procedimiento.
Para la presente licitación, las entregas del equipo en comodato deben ser coordinadas con la Unidad de
Equipos Médicos y Laboratorio del Hospital La Florida, unidad que verificará la recepción provisoria y
definitiva.
14.2.2 Recepción provisoria
Para la recepción provisoria se acordará fecha y hora, acto en el cual se verificará el cumplimiento de sus
características generales y particulares en relación al estado de entrega. Si todo está conforme, se levantará
un Acta de Recepción Provisoria, que será firmado por un representante del Hospital de La Florida un
representante del proveedor. Cualquier procedimiento diferente de lo expuesto liberará de responsabilidad
al Hospital de La Florida, frente a cualquier daño o pérdida que pueda sufrir el equipo. El adjudicatario deberá
entregar del equipo con guía de despacho, no con factura.
14.2.3 Recepción Definitiva
La recepción definitiva de los bienes se realizará una vez que se hayan realizado de manera conforme la
instalación, capacitación, pruebas de aceptación y puesta en marcha de los equipos en el plazo ofertado Anexo
04.
Cabe hacer presente que las pruebas de aceptación (uso y funcionamiento de los equipos para los insumos
adquiridos), deberán realizarse en las dependencias del Hospital La Florida, con los equipos, implementos y
accesorios necesarios para la utilización de cada equipo.
En el caso de las capacitaciones, estas se podrán realizar en las dependencias del Hospital La Florida o del
adjudicatario, a elección del Hospital de La Florida, no obstante, si por causas no imputables al proveedor no
pueden efectuarse las capacitaciones en el plazo ofertado (Anexo 04 Puesta en Marcha), el equipo podrá ser
igualmente recepcionado, acordándose un nuevo plazo para las capacitaciones, las que de todas formas
deberán efectuar antes del término del contrato.
El Acta de Recepción Definitiva contendrá una mención expresa de la conformidad total del equipo en
comodato y su individualización, indicando nombre, lote, marca, modelo y n° de serie del equipo,
implementos y realización de las pruebas de aceptación y de la capacitación, o del hecho de dejarse ésta
última pendiente y la nueva fecha de su realización. Cualquier procedimiento diferente de lo expuesto liberará
de responsabilidad al Hospital, frente a cualquier daño o pérdida que pueda sufrir el equipo.
El acta de recepción conforme no se extenderá sino hasta la completa recepción del producto en los términos
y condiciones requeridas.
Cabe mencionar que, el acta de recepción conforme da inicio formal al servicio contratado y desde cuya fecha
se contabiliza su vigencia.
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15.- DE LA FACTURACIÓN |
El oferente por el sólo hecho de presentar su oferta renuncia a sus políticas de facturación y se somete al
requerimiento del Hospital, en consecuencia, no podrá imponer el oferente un monto mínimo de despacho
ni de facturación para ningún efecto.
El oferente solo podrá facturar la Orden de Compra aceptada, una vez que esta se encuentre con su recepción
conforme publicada en el portal mercadopublico.cl
En caso de que la factura presente algún error o no cuente la orden de compra respectiva con la recepción
conforme señalada anteriormente, el Hospital dispondrá de 08 días corridos para hacer las observaciones
correspondientes al adjudicatario o rechazarla. El proveedor dispondrá de 08 días corridos para subsanar si se
tratara de errores subsanables. La nueva factura o Nota de Crédito según sea el caso, sufrirá el mismo trámite
formal que el documento original, salvo que, por tratarse de una segunda tramitación, el plazo para su pago
será de 20 días hábiles desde su recepción conforme por parte del Hospital.
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16.- DEL PAGO |
La obligación de pago por parte del Hospital se perfecciona a partir de la comunicación que realice la Unidad
de Gestión de Contratos del Departamento de Abastecimiento del Hospital, previa confirmación de los
siguientes antecedentes:
a) Orden de Compra aceptada por el proveedor en el portal www.mercadopublico.cl
b) La recepción completa, conforme y sin observaciones en bodega de los bienes incluidos en la orden
de compra.
c) El acta de recepción conforme firmada por el Referente Técnico Administrador del contrato.
d) Formulario F30, Solicitud de Certificado de Antecedentes Laborales y Previsionales
e) La eventual aplicación de multas y sanciones.
f) Recepción en plataforma SAP del Hospital
g) Recepción conforme en la plataforma de Mercado Público, siendo esta última recepción en el portal,
la que dará origen a la facturación electrónica.
Para iniciar el proceso pago de manera correcta y oportuna, es fundamental que el adjudicatario haya
aceptado expresamente la orden de compra en la plataforma de mercado público.
El pago de facturas se realizará en 30 días corridos por Tesorería General de La República, desde la fecha de
la aceptación de la correspondiente factura.
La recepción conforme de los bienes y/o los servicios, conlleva la validación y emisión de OC lo cual se realizará
en 10 días hábiles. Lo anterior se funda en los plazos internos existentes, considerando los procesos
administrativos de la institución.
En caso que el adjudicatario registre saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social
con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años, aplicará lo estipulado
en el artículo 4º de la Ley 19.886.
16.1.- Pagos con Trasferencias electrónicas.
La Tesorería General de la República está facultada para realizar pagos a través de transferencia electrónica a
los proveedores que completen de manera correcta la autorización notarial adjunta para pago con
transferencia electrónica.
Una vez completado, este mandato debe ser legalizado ante notario y posteriormente debe ser entregado en
Tesorería o Secretaria de Finanzas del Hospital de La Florida, ubicada en el tercer piso de la institución. Este
mandato una vez entregado, no puede ser modificado por el oferente durante la duración del contrato.
AUTORIZACIÓN NOTARIAL PARA PAGO CON TRANSFERENCIA ELECTRÓNICA
Yo, ____________________________________________, RUN: _________________________, en
calidad de representante legal de la empresa, ________________________________________________
R.U.T. _______________________________ ; autorizo al Hospital Clínico La Florida Dra. Eloísa Díaz
Insunza, para que pague con transferencia electrónica bancaria, documentos por cobrar que existan con
dicha entidad, en la cuenta que detallo a continuación:
Cta.Corriente Cta.Débito Cta.deAhorro Cta.Vista
NºCuenta:
Banco:
R.U.T. empresa:
Nombre empresa:
Mail confirmación de pago:
Firma Representante Legal: __________________
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17.- RESPECTO DE LA NORMATIVA DEL HOSPITAL LA FLORIDA Y DEBIDO CUIDADO A SUS BIENES |
Para la ejecución del contrato, el Hospital permitirá la entrada del personal del adjudicatario, debidamente
acreditado, a las dependencias involucradas en la ejecución de éste. En tal caso, el personal del adjudicatario
deberá solicitar acatar las medidas de resguardo y control de los recintos institucionales y el adjudicatario será
responsable, y quedará obligado a la reparación o reposición, de cualquier desperfecto, daño o perdida que
puedan sufrir el inmueble del Hospital La Florida y/o los bienes muebles que lo guarnecen. Cabe hacer
presente, que el ingreso tanto el adjudicatario como su personal al Hospital La Florida, para efectos de ejecutar
su contrato, estarán sujetos a protocolos de seguridad que deberá coordinar con el funcionario designado
para tal efecto y que será oportunamente informado.
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18. ADMINISTRACIÓN Y FISCALIZACIÓN DEL CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO. |
18.1 Administración por parte del Hospital
Con el objeto de coordinar y controlar el correcto cumplimiento del contrato, se designa a la Srta. Natalia
Ormazabal, Supervisora de la Unidad de Laboratorio o quien sea titular del mismo cargo al momento de la
ejecución del contrato, o quien lo subrogue, en calidad de Referente Técnico del Contrato, quien, junto a la
Unidad de Gestión de Contratos del Departamento de Abastecimiento del Hospital, tendrán las siguientes
responsabilidades:
Referente técnico del contrato:
• Fiscalizar el estricto y oportuno cumplimiento de las obligaciones contractuales, en especial la calidad y
entrega oportuna de los bienes.
• Proponer la aplicación de multas, en caso de verificarse alguna de las infracciones consignadas en las
presentes bases, notificando la infracción o incumplimiento a través de un informe, a la Unidad de Gestión
de Contratos.
Unidad de Gestión de Contratos:
• Mantener actualizado un archivo con la totalidad de los antecedentes del contrato.
• Llevar registro de sanciones y multas aplicadas al proveedor.
• Llevar el control del consumo y ejecución del contrato hasta su término en cuanto a su precio total.
• Proveer el estado de recepción conforme e informar los descuentos y/o multas a que hubiere lugar, para
que se verifique el pago por parte de la Unidad de Finanzas.
• Revisar procedencia y autorizar la devolución de la garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato
o solicitar se haga efectiva, si procede.
En general, ambos deberán desarrollar todas las acciones referidas al control y gestión de las acciones que
faciliten la ejecución del contrato.
Sin perjuicio de lo anterior, se establece que el Hospital podrá modificar la designación del Referente Técnico
de Contrato, en cualquier momento durante la ejecución del contrato, de lo cual dará aviso oportuno al
proveedor vía correo electrónico.
18.2 Encargado del Contrato por parte del Proveedor
Por su parte, el adjudicatario deberá designar un Encargado de Contrato que se relacionará con el
Administrador del contrato para los efectos señalados y que deberá señalar en su anexo 1.
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19. LEY Nº20.584 |
Tanto el adjudicatario como su personal deberán en todo momento observar estrictamente la normativa que
establece la Ley Nº20.584, que Regula Los Derechos y Deberes que tienen las Personas en relación con
acciones vinculadas a su atención de salud.
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20. DEBER DE CONFIDENCIALIDAD |
Durante el desarrollo del contrato, como al término de éste, el adjudicatario y/o su personal no podrá divulgar
o hacer uso de la información a que haya tenido acceso con ocasión del mismo, constituyendo su infracción,
incumplimiento grave de su obligación de confidencialidad, facultando al Hospital La Florida para ejercer las
acciones judiciales que estime pertinentes para el resarcimiento de todos sus perjuicios. Lo anterior, teniendo
en especial consideración lo dispuesto en la Ley Nº19.628 de Protección de Datos de Carácter Personal.
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BASES TÉCNICAS |
1.- OBJETIVO
El objetivo de las presentes bases técnicas, es adquirir SUMINISTRO DE REACTIVOS E INSUMOS CON EQUIPO
AUTOMATIZADO EN COMODATO PARA SECCIÓN ORINAS DEL HOSPITAL LA FLORIDA en el Hospital La Florida
con el fin de asegurar la disponibilidad continua y eficiente de reactivos, insumos y equipos necesarios para la
realización de exámenes de Orinas, garantizando así la calidad, precisión y oportunidad en los resultados, en
beneficio de los pacientes atendidos en el Hospital Clínico Dra. Eloísa Diaz I. La Florida. Este proceso de
licitación busca optimizar los recursos disponibles y asegurar el cumplimiento de los estándares exigidos en el
diagnóstico y monitoreo clínico.
2.- ASPECTOS GENERALES
Los productos ofertados deben ajustarse exactamente a las características exigidas en bases. En caso de no
cumplir con los requerimientos obligatorios, se declarará inadmisible el Ítem ofertado, por no cumplir con los
requisitos especificados en las bases.
El oferente adjudicado debe mantener el stock suficiente de los insumos contratados a fin de garantizar la
continuidad del servicio del Hospital, resguardando no caer en quiebres de stock.
De ocurrir tal situación, el oferente deberá adquirir dicho insumo en otra empresa para cumplir con los plazos
ofertados. El producto adquirido en tales circunstancias debe ser de igual o superior calidad, debiendo solicitar
autorización previa al HLF. Este caso, tendrá costo cero para el Hospital y el recargo en el valor de los insumos
será de exclusiva responsabilidad del oferente.
El proveedor, en caso que no pueda proveer del reactivo, deberá de forma inmediata tercerizar el análisis de
las muestras o adquirir el insumo en otra empresa; siempre y cuando esto sea solicitado y autorizado por la
jefatura de Laboratorio, o su subrogante, de acuerdo con el punto 10.- CONTINUIDAD DEL SERVICIO de las
bases técnicas.
La falta de stock no elimina la obligación de entregar los insumos dentro del plazo ofertado, ni exime de la
aplicación de multa por atraso en la entrega de productos. En el caso que el Oferente no pueda solucionar tal
situación de quiebre dentro de 10 días corridos, se aplicará la sanción establecida en bases.
Detalle de cantidades y montos estimados a adquirir:
ítem Cod SAP
Interno HLF
Descripción NOMBRE
DETERMINACIÓN (TEST)
CANTIDAD
ESTIMADA
MENSUAL EQUIPOS EN
COMODATO
FORMATO
Cantidad de
unidades total
estimada para
60 meses
Monto de
gasto
estimado en
UTM por 60
meses
VALOR CON
IVA incluido
1 INS000779 Sedimento urinario 1000 1 UNIDAD 60.000 1.584
2 INS000778 Orina Completa 3500 UNIDAD 210.000 4.896
Total: 6.480 UTM
La cantidad total que se adquirirá por el hospital en esta compra corresponde a un consumo estimado de 60
meses, por un monto total de 6.480 UTM.
Las cantidades solicitadas en la presente licitación son sólo referenciales y estimadas, por lo cual, pueden
disminuir o aumentar de acuerdo con las necesidades, contingencia, existencias y recursos financieros del
Hospital la Florida.
Esto incluye todo lo necesario por determinación para efectuar examen y el correspondiente control de
calidad, es decir, para funcionamiento y medición correcta de los parámetros; puntas, copas de muestras,
microcubetas, alguna micro pipeta especial, papel térmico, tintas de impresoras, soluciones de lavado o
detergentes, costo de Calibradores y costo de Controles.
El proveedor deberá incluir en su oferta los equipos necesarios para realizar todos los exámenes de acuerdo
a las metodologías solicitadas, en forma y cantidad, incluyendo refrigeradores, microscopios, centrifugas, etc.
Asimismo, en caso que la técnica lo requiera, el proveedor debe entregar los recolectores de muestra
especiales para su recogida.
La adjudicación se hará por todas las líneas en conjunto.
Se adjudicarán todas las líneas a aquel proponente cuyas ofertas para todas las líneas en conjunto hayan sido
evaluadas como las más ventajosas para los intereses de la institución, considerando los criterios de
evaluación establecidos en las presentes Bases y conforme las facultades y prerrogativas establecidas en la
normativa sobre contratos administrativos de suministro y prestación de servicios.
3.- ESPECIFICACIONES TÉCNICAS
Los insumos y equipos en comodato requeridos en esta adquisición deben cumplir además de la especificación
técnica propia del producto, establecida para cada uno de ellos en el Anexo N°03 publicado en el portal
www.mercado publico.cl, con todos y cada uno de los requerimientos señalados en estas Bases
Administrativas y Técnicas.
El formato Excel ANEXO 03, de las especificaciones técnicas no podrá ser modificado y solo se deberán
contestar las preguntas allí expresadas. Si requiere entregar alguna explicación anexa de algún requerimiento
solicitado debe indicarlo en la columna Comentarios del oferente.
4.- DE LOS INSUMOS
• El suministro de reactivos e insumos de laboratorio será en forma parcial y según la necesidad del Hospital
durante toda la vigencia del contrato.
• Los reactivos deberán ser compatibles en un 100% con los equipos entregados en comodato asociado a su
uso.
• Todos los insumos deben ser nuevos sin uso
• Los reactivos ofertados deben permitir realizar la determinación en todas las matrices biológicas
declaradas en Bases Técnicas.
• El proveedor debe entregar información del rendimiento de cada caja de reactivos junto con su estabilidad,
presentación
• Los reactivos deben tener códigos de barras para ser reconocidos de forma automática por el equipo.
• Los reactivos deben tener una vigencia mínima de seis meses contados desde la recepción en el
establecimiento.
• Cada reactivo debe incluir su ficha técnica que incluya información de todas sus características, incluyendo
valores de referencia, características analíticas de validación o verificación del método: precisión,
sensibilidad, interferentes y estudios de correlación si amerita.
• Estabilidad de los reactivos: ver en el punto de “Especificaciones Técnicas Mínimas del Equipamiento
Asociado”.
4.1.- Suministros de las Determinaciones:
Las determinaciones ofertadas comprenderán tanto los reactivos generales como todos los específicos
necesarios para realizar el examen correspondiente, así como los consumibles.
4.2.- Vigencia de los Reactivos.
Es obligatorio que los Insumos ofertados en la licitación cumplan con un mínimo de vigencia de 6 meses desde
su llegada a la Unidad de Laboratorio del Hospital La Florida. En caso contrario los productos quedarán sujetos
a validación, y el oferente estará obligado a cumplir la respectiva POLÍTICA DE CANJE OBLIGATORIA, exigida
en el punto 5 de estas Bases Técnicas, que permita la reposición del insumo por uno de igual vigencia a la
exigida (6 meses), si éste no se alcanza a utilizar antes de su vencimiento.
4.3.- Rotulación del envase de los insumos
El Oferente debe contemplar que el envase de los insumos debe estar rotulado legible, y dicha rotulación
debe contener información sobre:
• Descripción del Producto. (nombre, medidas, etc.)
• Nº de Lote.
• Fecha de Vencimiento.
• Almacenamiento.
• Esterilización. (si corresponde)
Esta información debe ser señalada en Anexo N°03 Especificaciones Técnicas y debe ser acreditada con el
respectivo documento, foto y/o certificado correspondiente, so pena de ser será causal de inadmisibilidad de
las ofertas.
Lo anterior, sin perjuicio de que se efectuará la revisión de la totalidad de los antecedentes contenidos en la
oferta, de acuerdo al artículo 9 de la Ley N° 19.886.
5.- POLÍTICAS DE CANJE
El proponente que se adjudique se obliga ante el Hospital Clínico Metropolitano La Florida a cumplir con la
siguiente Política de Canje Obligatoria para los insumos adquiridos:
Se deberá cambiar o canjear los productos, cuando ocurra algunas de las siguientes situaciones:
a. Cuando los productos no cumplan con las especificaciones requeridas en estas bases de licitación.
b. Cuando los productos se entreguen en empaques dañados y/o defectuosos.
c. Cuando se detecten productos adulterados o mal rotulados.
d. Cuando los productos entregados sean de distinta calidad, materiales, procedencia y/o marca a la
adjudicada.
e. Cuando los productos fallen, se deterioren o rompan durante la garantía del producto, siempre y cuando
estas fallan no sean ocasionadas por mal uso del producto.
f. Cuando la temperatura del transporte sea distinta a la indicada por el fabricante.
Las situaciones descritas podrán ser verificadas y notificadas, tanto por personal de bodega como por el
referente técnico administrador de contrato, haciéndose efectiva obligatoriamente la Política de Canje al
Proveedor.
Para hacer efectiva la política de cambio, personal del Hospital se comunicará con la persona encargada del
contrato por parte del proveedor para solicitar a través de correo electrónico indicado en anexo N°01, el
correspondiente cambio o canje dentro de las 24 hrs. siguientes a la solicitud, so pena de aplicarse la multa
establecida en el numeral sobre multas de las Bases Administrativas.
6.- STOCK CONTINUO
El oferente adjudicado debe mantener el stock suficiente de los insumos contratados a fin de garantizar la
continuidad del servicio del Hospital La Florida, resguardando no caer en quiebres de stock.
De ocurrir tal situación, el oferente deberá dar aviso oportunamente y adquirir dicho insumo en otra Empresa
para cumplir dentro de los 10 días corridos desde la fecha original de entrega.
El producto adquirido en tales circunstancias debe ser de igual o superior calidad, debiendo solicitar
autorización previa al Hospital La Florida a través de la Unidad de Laboratorio.
La adquisición a tercero por parte del proveedor tendrá costo cero para el Hospital, y el recargo en el valor de
los insumos será de su exclusiva responsabilidad.
La falta de stock no elimina la obligación de entregar los insumos o realizar la derivación de las muestras
dentro del plazo ofertado, ni exime de la aplicación de multa por atraso en la entrega de productos.
En el caso que el Oferente no pueda solucionar tal situación de quiebre dentro de 10 días corridos, se aplicarán
las multas indicadas en el punto 12.3.- Multas letra d) de las bases administrativas.
7.- CONTROL DE CALIDAD
7.1.- Verificación métodos analíticos:
El proveedor debe incluir los reactivos, calibradores, controles y material calibrado para la reconstitución y
dispensación de los anteriores que sean necesarios para realizar la verificación de métodos de las distintas
técnicas en el equipo los que serán de su costo, de acuerdo a protocolo estandarizado de verificación EP15A3
de Clinical and Laboratory Standards Institute (CLSI) u otro acorde a las características de la técnica
(cuantitativo y/o cualitativo)
7.2.- Control de calidad interno:
El proveedor debe incluir material de control de calidad interno en matriz de sangre, suero, orina o según
corresponda. El oferente debe asegurar que el material control entregado sea tercera opinión, debe tener al
menos dos niveles, uno de rango de referencia de la técnica y otro asociado a los valores patológicos para el
examen,
Seguro para el personal que lo manipula de presentación líquido o liofilizado que permita trabajar con el
mismo número de lote al menos durante 6 meses consecutivos.
Conexión con el software de control de calidad y del mismo proveedor del material de control de calidad
interno.
Es deseable que los datos del control de calidad se transmitan automáticamente a software de control de
calidad
7.3.- Control de calidad externo:
El proveedor debe incluir material de control de calidad externo, dicho programa debe entregar informes
periódicos y a fin de ciclo.
8.- EQUIPOS EN COMODATO
El proveedor deberá entregar equipos nuevos, los implementos y accesorios necesarios para el uso de sus
reactivos. Sin embargo, dicho equipamiento debe cumplir con ciertas condiciones de seguridad y
funcionalidad, que permitan su utilización sin riesgo, tanto para los operadores como para el uso óptimo del
reactivo (ver anexo 03).
Si los equipos requieren algún accesorio o módulo adicional para poder conectarlo al sistema de información
del HLF y/o traspaso de información a computador, éste debe ser incluido en la oferta.
El oferente adjudicado debe entregar el o los equipos en calidad de comodato, y acompañar el plan de
mantención preventiva del equipo, incluyendo el calendario de equipos anexos como refrigeradores,
microscopios u otros en caso de incluir. La entrega de estos equipos no generará costos adicionales para el
hospital. -
8.1.- Ubicación de los equipos en comodato
Equipamiento estará dispuesto en Laboratorio de Orinas, y de requerir un mueble especifico o conexión
especial a red, luz, agua potable o alcantarillado, así como todo requerimiento ambiental necesario para el
buen funcionamiento de su equipo, será de costo del oferente.
8.2.- Energía
Los equipos deben ser compatibles con las fuentes de alimentación energéticas que se dispone en el Hospital
de la Florida, las cuales corresponde a las convencionales (Requerimiento eléctrico 220 V 50Hz), si por alguna
razón el equipo consume una mayor cantidad de energía y producto de ello se deban realizar trabajos de
ajustes a la configuración eléctrica para su óptimo funcionamiento, el costo será de exclusiva responsabilidad
del oferente adjudicado, así como cualquier accesorio que deba ser modificado en el equipo.
El equipo debe ser instalado con UPS y estabilizador de energía, que permita mantener operativo el equipo,
cuando haya corte de suministro eléctrico, por al menos 10 minutos.
8.3.- Agua
El oferente debe indicar los requerimientos de agua de los equipos entregados para el uso de los reactivos.
En caso de requerirlo, el proveedor debe implementar un equipo de osmosis reversa cuya mantención será
de costo propio del oferente. En caso de que esta implementación se materialice debe entregar un calendario
que incluya las mantenciones preventivas y cambio de filtros, además de capacitación a Tecnólogos Médicos
(TM) o personal indicado, en el uso y mantenimiento de este equipo.
La solución debe asegurar la continuidad del servicio con autonomía de al menos 2 horas en caso de
interrupción del circuito de depuración.
8.4.- Condiciones ambientales de operación
En caso de que el equipo requiera de condiciones ambientales diferentes a las disponibles en el laboratorio,
el oferente deberá proporcionar y garantizar las condiciones ambientales óptimas para el normal
funcionamiento del equipo, en cuyo caso el costo asociado a ello será de exclusiva responsabilidad del
oferente adjudicado.
8.5.- Capacitación en uso y mantención
El oferente, una vez adjudicado el contrato, debe capacitar a todo el personal del laboratorio en el manejo u
operación y mantención del equipo en el que se usarán los reactivos, sistemas informáticos, técnicas y
procedimientos. En caso de cambio de equipo o actualización, la capacitación se hará en lo que corresponda
actualizar.
Esta capacitación debe ser evaluada y certificada formalmente por el proveedor. Se deberá entregar
certificado con el número de horas y nota de aprobación de la capacitación, el cual será entregado al Jefe de
Laboratorio Clínico en un plazo no mayor a 15 días transcurridos desde el término de la capacitación, so pena
de aplicación de sanciones indicadas en el punto 12.3.- Multas letra k) de las bases administrativas.
Adicionalmente, el adjudicatario deberá entregar dos cupos para participar de un curso de capacitación
certificado y/o puesta al día, de al menos una vez al año y en temas contingentes asociados a Uroanálisis.
Estas capacitaciones serán de costo del oferente.
La capacitación en el manejo u operación y mantención del equipo en el que se usarán los reactivos, sistemas
informáticos, técnicas y procedimientos debe ser entregada en un periodo no menor a 5 días hábiles iniciado
el plazo de puesta en marcha y deberá ser realizada en las instalaciones del Laboratorio Clínico. El Plazo de la
capacitación estará incluido en el plazo de Puesta en marcha según el anexo 04 Plazo de Entrega, so pena de
aplicación de multa.
En caso de que exista recambio de personal o que se requiera de capacitaciones extras por parte del HLF, el
proveedor deberá entregar estas nuevas capacitaciones cumpliendo todos los requisitos ya señalados, estas
nuevas capacitaciones se deberán realizar según coordinación con personal de laboratorio y sin costo para el
Hospital las veces que sea necesario y el Hospital así lo requiera
El proveedor, al momento de contratar debe hacer entrega del programa de capacitación al personal del
Laboratorio.
El Programa de capacitación deberá contemplar por obligación y como mínimo:
ESPECIFICACION DE CAPACITACION NIVEL USUARIO DATOS
(correspondiente a lo ofertado)
N° de funcionarios participantes 16 funcionarios del HLF
Contenido de la capacitación
Manejo u operación y mantención del
equipo en el que se usarán los reactivos,
sistemas informáticos, técnicas y
procedimientos
Duración mínima de la capacitación de los usuarios en
horas
De acuerdo al plan de capacitación del
oferente
8.6.- Instalación
El traslado e instalación del o los equipos necesarios para el uso de los reactivos, será de costo del oferente,
debiendo hacer entrega tanto de los reactivos, controles, calibradores, insumos y con reactivos para prueba
y puesta en marcha.
Previo a la instalación de los equipos, el oferente debe entregar diagrama layout con propuesta de ubicación
de cada equipo que oferte, considerando las dimensiones del espacio disponible en Laboratorio clínico y otras
unidades donde serán ubicados (se adjunta plano al final del punto 8.6 Instalación), con el fin de asegurar un
flujo de trabajo eficiente y el correcto funcionamiento de los equipos, el cual debe ser aprobado por jefe de
laboratorio. Además, se debe considerar que, de requerir la instalación de modificaciones estructurales,
eléctricas o de cualquier índole, su costo será asumido por el oferente.
Dimensiones de Laboratorio
8.7.- Conectividad
El equipo debe tener capacidad de comunicación bidireccional con LIS. La interfaz al Sistema Informático de
Laboratorio LIS (actualmente BiosLIS.net) será de costo del oferente y deberá realizarse en un plazo no mayor
a 30 días corridos, contados desde la instalación, en caso de cambios en el LIS instalado en el HLF, el oferente
deberá realizar los trabajos necesarios para continuar con la comunicación del equipo al LIS, todo a su costo.
So pena de la multa indicada en el punto 12.3.- Multas letra m) de las bases administrativas.
8.8.- Manuales de procedimiento y solución de problemas
Manual Usuario: El oferente debe hacer entrega de manual de usuario en español junto a su oferta (requisito
obligatorio del Anexo 03).
Manual Técnico: Las ofertas deben incluir un manual técnico en idioma inglés y/o español (característica
deseable)
9.- MANTENCIÓN DE LOS EQUIPOS
Se requiere servicio de mantención preventiva y correctiva para el o los equipos en comodato, con el objetivo
de asegurar su correcto funcionamiento del equipo y por ende que los exámenes en los que se utilizarán los
reactivos adquiridos no entreguen resultados alterados.
Los costos de las mantenciones preventivas y correctivas del equipo, así como de todos los repuestos, son de
exclusiva responsabilidad del oferente.
En su oferta junto a Anexo N°03, el adjudicado debe hacer entrega de un calendario de mantenciones
preventivas y protocolos (Programa de mantención) y el contacto (e-mail y teléfono) con quien se deban
gestionar estas mantenciones.
9.1.- Mantención Preventiva
Implica realizar periódicamente, según indicaciones de fábrica, las siguientes actividades: Inspección del
equipo, efectuar ajustes y calibraciones, limpieza, etc. Este tipo de mantenciones debe ser efectuada SIEMPRE
en horario no hábil, con el objetivo de interrumpir lo menos posible la rutina del laboratorio. En circunstancias
especiales y debidamente justificadas, el Jefe de Laboratorio o Supervisor autorizarán realizarla en horario
hábil (lunes a viernes 7:00 a 18:00 horas).
El adjudicado deberá coordinar con la unidad de Laboratorio y Equipos Médicos del Hospital de La Florida para
la realización de las mantenciones preventivas, para ello debe entregar la calendarización y el plan de
mantenimiento de los equipos asociados. Luego de haber efectuadas las respectivas mantenciones y/o
reparaciones pertinentes y que cumple con las normas de seguridad, calidad y otras que regulen su
funcionamiento, el oferente debe emitir un INFORME TÉCNICO o certificado, el cual debe ser entregado a la
Unidad de Equipos Médicos, que acredite el estado operacional en que se encuentre el equipo y detallando
las actividades realizadas junto al protocolo de mantención. La mano de obra como los repuestos serán de
costo del proveedor.
9.2.- Mantención Correctiva
El tiempo de respuesta del servicio técnico in situ no debe ser mayor a 4 horas corridas desde el momento del
aviso de falla y solicitud de asistencia presencial.
Los costos de las mantenciones correctivas del equipo independiente de la causa de la falla, así como de todos
los repuestos, son de exclusiva responsabilidad del oferente.
Esta Mantención debe ser efectuada en horario 24/7, en un lapso de tiempo no mayor a 4 horas una vez la
unidad notifica a proveedor, con el objetivo de interrumpir lo menos posible el servicio.
Al notificar un incidente que requiera una acción correctiva, el proveedor deberá emitir un número de
atención o caso que debe comunicar el usuario al momento de recibir la solicitud de atención. Este número
de caso debe mantenerse hasta el cierre de la orden de trabajo contra firma conforme.
Al finalizar, el proveedor deberá emitir un informe técnico o certificado que acredite el estado operacional en
que queda el equipo, luego de efectuada la respectiva revisión y/o reparaciones pertinentes y que cumple con
las normas de seguridad, calidad y otras que regulen su funcionamiento. Se recalca que este informe debe ser
entregado al momento de terminada la respectiva mantención, el cuál será visado por el Coordinador Técnico
o en su defecto por el operador del equipo y la Unidad de Equipos Médicos, una vez certificada la operatividad
del equipo.
9.3.- Disponibilidad Servicio Técnico 24/7.
El oferente debe garantizar al Hospital Clínico Metropolitano La Florida Dra. Eloísa Díaz Insunza la continuidad
del servicio, por lo que se compromete a disponer de asistencia técnica 24/7 con tiempo máximo de respuesta
de 30 minutos por vía remota (telefónica o videollamada) y tiempo máximo de 4 horas para visita
presencial, en caso que no se haya solucionado el problema vía remota para las mantenciones preventivas
y correctivas durante todos los días del año. En el caso de requerir mantención correctiva, el proveedor debe
disponer de número telefónico de contacto y de atención en terreno.
9.4.- Disponibilidad de Repuestos
La disponibilidad de repuestos en plaza debe asegurarse por un período no inferior a la vida útil del equipo
en comodato, contados desde la fecha de recepción conforme definitiva del mismo.
Si el adjudicatario tuviese la representación del equipo en comodato y en el transcurso de la vida útil del
mismo perdiese la representación, será su obligación informar de ello al Hospital de La Florida.
En caso que los repuestos, piezas y partes requeridos para una reparación no estén disponibles de modo de
cumplir con el tiempo comprometido, el proveedor deberá informarlo al Hospital, para que éste tome las
medidas paliativas correspondientes.
Todos los repuestos utilizados deberán se originales de la marca, nuevos y sin uso. So pena de la aplicación de
las multas correspondientes indicadas en el punto 12.3. letra g) de las bases administrativas de licitación
9.5.- Reposición del Equipamiento
En caso que el desperfecto no sea solucionado en un plazo menor a 4 horas a contar de la intervención técnica
en terreno, el oferente debe entregar un equipo en un máximo de 5 días hábiles con características iguales o
superiores al equipo a reemplazar y con el cual se puedan realizar las mismas prestaciones; el traslado,
instalación, puesta en marcha del equipo nuevo y conectividad de los sistemas debe ser sin costo para el
Hospital. La mano de obra como los repuestos será de costo del proveedor.
En caso que el equipo (espejo) que queda operativo presente fallas y no pueda ser corregido dentro de las
4 horas una vez notificado el evento, el proveedor debe tercerizar el análisis de las muestras.
Lo anterior sin perjuicio de las multas indicadas en el punto 12.3.- Multas letra f) Continuidad de uso del
equipamiento y o) Derivación de muestras de las bases administrativas.
9.6.- Vida útil
El equipo, implementos y accesorios proporcionados para el uso de los reactivos, deben ser nuevos y tener
una vida útil mínima según el periodo del contrato. No obstante, si se produce cambio de tecnología, el
equipamiento debe ser cambiado, a costo del proveedor, previo aviso del oferente adjudicado al
Departamento de Abastecimiento del Hospital de la Florida a fin de revisar el Stock de los reactivos del equipo
antiguo, si no existiese stock, la puesta en marcha del nuevo equipo deberá ser realizada de inmediato. El
proveedor también asume el costo de retiro de los reactivos en stock y reposición de los mismos para el
funcionamiento del nuevo equipo sin costo para el Hospital de la Florida.
9.7.- Upgrade Técnico Del Equipo
En caso de que exista un upgrade técnico de software o hardware del equipo entregado durante la vigencia
del contrato, el adjudicado deberá proveer al hospital de la Florida la actualización de dicho equipo sin costo
alguno para el establecimiento. So pena de la multa indicada en el punto 12.3.- Multas letra n) de bases
administrativas.
9.8.- Retiro del Equipo
Una vez finalizado el contrato y en caso de no prolongarse, el equipo debe ser retirado de las dependencias
del laboratorio por la empresa oferente, en un plazo no mayor a 30 días corridos desde el término del
contrato.
10.- CONTINUIDAD DEL SERVICIO
10.1.- Derivación de muestras
El proveedor deberá asegurar la continuidad del servicio en caso que el equipo no se encuentre operativo.
Para ello el adjudicatario deberá realizar, a su propio costo, la derivación de las muestras del HLF para su
análisis en un Laboratorio externo que cuente con autorización sanitaria y acreditación de la superintendencia
de salud vigente.
Esta situación deberá ser acreditada con los certificados correspondientes a través de correo electrónico para
tener la autorización del Jefe del Laboratorio o quien sea titular del mismo cargo al momento de la ejecución
del contrato, o quien lo subrogue en calidad de Referente Técnico del Contrato.
Esto deberá realizarse bajo las siguientes circunstancias:
Desperfecto del equipo: Si el proveedor adjudicado no puede proveer un equipo (espejo) según lo indicado
en la cláusula 9.5.- Reposición del Equipamiento de bases técnicas.
Incumplimiento del plazo de entrega: Si el proveedor adjudicado no puede entregar los insumos y reactivos
dentro del plazo ofertado en el Anexo N°04 y tampoco pueda adquirir dicho los reactivos e insumo en otra
empresa para cumplir con la entrega. Según lo indicado en la cláusula 2.- ASPECTOS GENERALES de las bases
técnicas.
Para ambos casos, el proveedor tendrá 3 días corridos para adicionales para tercerizar el análisis de las
muestras. Lo anterior sin perjuicio de las multas que podrían aplicarse indicadas en el punto 12.3.- Multas
letra a) Entrega fuera de plazo, f) Continuidad de uso del equipamiento y o) Derivación de muestras de las
bases administrativas.
La decisión de acceder a que el proveedor adjudicado realice la derivación de muestras quedará a criterio del
Jefe del Laboratorio, quien sea titular del mismo cargo al momento de la ejecución del contrato, o quien lo
subrogue, en calidad de Referente Técnico del Contrato y deberá realizarse hasta que el proveedor adjudicado
pueda normalizar la reposición de insumos o equipo, las cuales deberán ser mantenidas bajo las indicaciones
del fabricante del reactivo.
La derivación de las muestras no podrá sobrepasar los 3 días corridos adicionales,
10.2.- Entrega de resultados
La entrega de los resultados del análisis de las muestras no podrá sobrepasar las 24 horas corridas, sin
perjuicio de las multas indicadas en el punto 12.3.- Multas letra p) de las bases administrativas. Los resultados
deberán ser enviado a través de correo electrónico al referente técnico administrador del contrato dentro del
plazo establecido en párrafo anterior.
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