Licitación ID: 1261-29-LE24
Sistema Integrado Pantalla LED equipos yAccesorios
Responsable de esta licitación: GOBIERNO REGIONAL REGION METROPOLITANA
Reclamos recibidos por incumplir plazo de pago: 13
Este número indica los reclamos recibidos por esta institución desde los últimos 12 meses hasta el día de ayer. Recuerde interpretar esta información considerando la cantidad de licitaciones y órdenes de compra que esta institución genera en el Mercado Público.
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Productos o servicios
1
Pantallas de proyección 1 Unidad
Cod: 45111603
“ADQUISICIÓN DE SISTEMA INTEGRADO PANTALLA LED, OTROS EQUIPOS Y ACCESORIOS PARA EL GOBIERNO REGIONAL METROPOLITANO DE SANTIAGO”. Ver archivo adjunto RESOLUCION_EXENTA_N_1443_Aprueba Bases.pdf  

1. Características de la licitación
Nombre de la licitación:
Sistema Integrado Pantalla LED equipos yAccesorios
Estado:
Adjudicada
Descripción:
Las presentes bases de licitación tienen como objetivo la adquisición de un sistema integrado de pantalla LED, que permita ser utilizado en exteriores, que se compone de dos torres elevadoras y una viga tipo Truss que permiten soportar una pantalla LED de 4.5 metros de ancho por 2 metros de alto, esto en conjunto con otros equipos y accesorios que permitan su correcto funcionamiento.
Tipo de licitación:
Pública-Licitación Pública igual o superior a 100 UTM e inferior a 1.000 UTM (LE)
Tipo de convocatoria:
ABIERTO
Moneda:
Peso Chileno
Etapas del proceso de apertura:
Una Etapa
Contrato
Se requerirá suscripción de contrato
Toma de razón por Contraloría:
No requiere Toma de Razón por Contraloría
Publicidad de ofertas técnicas:
Las ofertas técnicas serán de público conocimiento una vez realizada la apertura técnica de las ofertas.
2. Organismo demandante
Unidad de compra:
PROGRAMAS REGIONALES - PROGRAMA 02
R.U.T.:
61.923.200-3
Dirección:
Bandera N° 46
Comuna:
Santiago Centro
Región en que se genera la licitación:
Región Metropolitana de Santiago
3. Etapas y plazos
Fecha de cierre de recepción de la oferta: 16-08-2024 15:01:00
Fecha de Publicación: 06-08-2024 11:22:38
Fecha inicio de preguntas: 06-08-2024 13:00:00
Fecha final de preguntas: 08-08-2024 15:00:00
Fecha de publicación de respuestas: 12-08-2024 15:00:00
Fecha de acto de apertura técnica: 16-08-2024 15:05:00
Fecha de acto de apertura económica (referencial): 16-08-2024 15:05:00
Fecha de Adjudicación: 26-08-2024 15:43:29
Fecha de entrega en soporte fisico No hay información
Fecha estimada de firma de contrato No hay información
Tiempo estimado de evaluación de ofertas No hay información
4. Antecedentes para incluir en la oferta
Adicionalmente, todos los proveedores para ofertar en esta licitación, deberán obligatoriamente confirmar y firmar electrónicamente la Declaración Jurada de Requisitos para Ofertar.
Documentos Administrativos
1.- Anexo N° 1 “Formulario de Identificación del Oferente”.
2.- Anexo N° 2 “Declaración Jurada Aceptación de Bases”.
3.- Anexo Nº 3 “Declaración de no encontrarse inhabilitado y/o con prohibición de suscribir contratos con el Estado”. (ESENCIAL)
4.- Anexo UTP “Declaración para uniones temporales de proveedores”. Este formulario deberá ser completado exclusivamente por proponentes que presenten su oferta a través de una unión temporal de proveedores.
5.- Anexo N° 8 “Declaración Jurada Programa de Integridad”. Este formulario debe ser completado adjuntando además el documento asociado al programa de integridad de la empresa oferente.
6.- Anexo Nº 9 “Comportamiento Satisfactorio del Oferente”.
7.- Código de Conducta donde conste el Pacto de Integridad
Documentos Técnicos
1.- Anexo N° 5 “Garantías del Proveedor”. (ESENCIAL)
 
2.- Anexo N° 6 “Plazo de entrega de productos”. (ESENCIAL)
 
3.- Anexo N° 7: “Características Técnicas de los productos ofertados” (ESENCIAL)
 
4.- Ficha técnica y/o catálogo en español de, a lo menos: los gabinetes con módulos LED, torres elevadoras, viga tipo Truss, procesador de video, case de gabinetes pantalla y case para controlador.
 
Documentos Económicos
1.- Anexo N°4 “Oferta Económica”. (ESENCIAL)
5. Requisitos para contratar al proveedor adjudicado
Persona natural
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.
 
2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.
 
3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.
 
4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.
 
5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.
 
6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.
 
7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.
 
8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).
 
Documentos persona natural
- Fotocopia Legalizada de Cédula de Identidad
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
Persona jurídica
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.

2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.

3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.

4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.

5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.

6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.

7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.

8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).

Documentos persona jurídica
- Fotocopia Legalizada del Rut de la Empresa
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
- Certificado de Vigencia de la Sociedad
- (1) Certificado de Boletín de Informes Comerciales
- (1) Certificado de Quiebras/Convenio Judicial
6. Criterios de evaluación
ÍtemObservacionesPonderación
1 Precio La información de los precios ofertados a evaluar se obtendrá del ANEXO N° 4 “OFERTA ECONÓMICA”. conforme la columna “PRECIO UNITARIO OFERTADO” el cual corresponde al monto de cada unidad de acuerdo a la cantidad ofertada. La evaluación del precio unitario ofertado se realizará mediante el “Análisis del mínimo costo”, donde se considerará la relación entre cada oferta recibida y la de menor valor, según la siguiente fórmula: Ponderación Económica = (Oferta más económica / Oferta evaluada) x 100 x 50% 50%
2 Garantías del Proveedor (GP = 10%) La información de las garantías se obtendrá del ANEXO N° 5 “GARANTÍAS DEL PROVEEDOR”. El Oferente que presentar una garantía solo para los siguientes equipos: • Gabinetes con módulos LED outdoor • Procesador de video en pantalla LED • Torres elevadoras Deberá especificar la cantidad de meses por el cual se hará extensiva la garantía por defectos de fabricación/modificación del equipo y de sus accesorios y su forma de aplicación. Esta garantía estará en vigencia una vez realizada la recepción conforme de la totalidad de los bienes adquiridos. Para lo anterior se aplicará el siguiente criterio. Garantía de todos los equipos (meses) Puntos 36 o más 100 24 – 35 75 23 – 12 50 Menor a 12 INADMISIBLE Garantía del Proveedor (GP) = Puntos x 10% El Oferente que presente una garantía menor a 12 meses por cada uno de los equipos individualizados en el párrafo anterior (gabinetes con módulos LED, procesador de video y torres elevadoras), su oferta será declarada INADMISIBLE. 10%
3 Cumplimiento de los requisitos Requisitos Formales (RF = 3%) Será determinado según si la Comisión Evaluadora requiere solicitar antecedentes no esenciales adicionales o aclaraciones o complementar los antecedentes, vía “Foro inverso” del Portal Mercado Publico. CUMPLIMIENTO DE REQUISITOS FORMALES PTS Al oferente no se le solicitan antecedentes no esenciales por foro inverso 100 Al oferente se le solicitan antecedentes no esenciales y los entrega dentro del plazo solicitado por foro inverso 50 Al oferente se le solicitan antecedentes no esenciales y los entrega fuera del plazo solicitado o no los entrega por foro inverso 0 CUALQUIER ANTECEDENTE ESENCIAL QUE NO SE PRESENTE AL MOMENTO DE LA APERTURA DE PROPUESTAS SERA CAUSAL DE INADMISIBILIDAD DE LA OFERTA EN DICHO ACTO Puntaje Cumplimiento de requisitos formales = PTS x 3% 3%
4 Pacto de Integridad (PI = 2%) En este ítem se considerará la entrega del programa de integridad de la empresa, en conjunto con el formulario respectivo, teniendo 100 puntos si se presenta, y 0 puntos si este no se presenta. Para la calificación de este factor de evaluación, se considerará, entre otros, el Formato Nº 8 “DECLARACIÓN JURADA PROGRAMA DE INTEGRIDAD” Puntaje Pacto de Integridad = PTS x 2% 2%
5 Plazo de Entrega La información de los plazos se obtendrá del ANEXO N° 6 “PLAZO DE ENTREGA DE LOS PRODUCTOS”. Los oferentes deberán señalar el tiempo que tardarán en entregar los bienes adjudicados, medido en días corridos. El plazo de entrega deberá ser considerado por los oferentes en días corridos, de acuerdo a como lo dispongan las Especificaciones Técnicas, el que no podrá superar los 60 días corridos. En caso de superar dicho plazo, su oferta será declarada INADMISIBLE. Las ofertas serán evaluadas de acuerdo a la siguiente fórmula: Plazo de entrega Puntos 1 a 5 días 100 6 a 10 días 75 11 a 20 días 40 21 a 30 días 10 Plazo de entrega= Puntaje x 35% 35%

7. Montos y duración del contrato
Estimación en base a: Precio Referencial
Fuente de financiamiento: BIP Nº40056435
Contrato con Renovación: NO
Observaciones Sin observaciones
Plazos de pago: 30 días contra la recepción conforme de la factura
Opciones de pago: Transferencia Electrónica
Nombre de responsable de pago: Rosa Garay
e-mail de responsable de pago: rgaray@gobiernosantiago.cl
Nombre de responsable de contrato: Matías Godoy Palacios
e-mail de responsable de contrato: mgodoy@gobiernosantiago.cl
Teléfono de responsable del contrato: 56-02-22509-293
Prohibición de subcontratación: Se permite subcontratación
8. Garantías requeridas
    Garantía fiel de Cumplimiento de Contrato
Beneficiario: GOBIERNO REGIONAL REGIÓN METROPOLITANA RUT: 61.923.200-3
Fecha de vencimiento: 03-03-2025
Monto: 10 %
Descripción: El Gobierno Regional Metropolitano de Santiago en las bases administrativas especiales, establecerá de acuerdo con la normativa de compras públicas los detalles referentes a esta caución. En silencio de las bases especiales o de manera complementaria, deberá regirse por las siguientes reglas. El oferente adjudicado deberá presentar un documento pagadero a la vista, de ejecución inmediata e irrevocable por el monto detallado en las bases administrativas especiales, tomada por el oferente o por un tercero a su nombre, el que deberá ser emitido en favor del Gobierno Regional Metropolitano de Santiago, para garantizar el fiel cumplimiento de las obligaciones del contrato que se firme. Esta garantía deberá expresarse en pesos chilenos o su equivalente en UF, en caso de las pólizas de seguro, al valor del día de la notificación de la adjudicación. La caución deberá ser entregada, a más tardar, dentro de 10 (diez) días hábiles contados desde que se notifica de la adjudicación a través del portal de compras públicas, salvo que las bases administrativas especiales o las bases técnicas dispongan un plazo diferente. Esta entrega deberá realizarse en la Oficina de Partes del Gobierno Regional Metropolitano de Santiago. La garantía podrá otorgarse electrónicamente. En los casos en que se otorgue de manera electrónica, deberá ajustarse a la Ley N° 19.799 sobre Documentos Electrónicos, Firma Electrónica y Servicios de Certificación de dicha firma. Dicha garantía deberá remitirse al correo electrónico del responsable del contrato individualizado en las bases administrativas especiales o en las bases técnicas, para su tramitación interna. Las pólizas de seguro deberán ser cobrables “a la vista”, sin más trámite que su sola presentación a la entidad emisora. Si en las cláusulas de la póliza se establece que se requiere de cualquier otra gestión además de su sola presentación para hacerse efectiva, se entenderá que el instrumento no se extiende “a la vista”, y, por tanto, será rechazada la garantía, considerándose un impedimento atribuible al adjudicatario, pudiendo el Gobierno Regional Metropolitano de Santiago hacer cobro de la garantía de seriedad de la oferta (de existir) de no entregar la caución de la forma debida dentro del plazo indicado. Las condiciones de la póliza deben señalar expresamente como siniestro cualquier incumplimiento del contrato que derive en la ejecución de la garantía, que es el objeto de las cauciones de este tipo, según el artículo 78 del Reglamento, señalando, y solo a modo enunciativo, sin que la expresión sea taxativa, que el objeto de la caución es responder por: incumplimientos laborales y previsionales derivados del contrato, términos anticipados de contrato y cobro de multas. Dicha caución deberá tener una vigencia que vaya desde la firma del contrato, hasta a lo menos 90 (noventa) días corridos, contados desde el día siguiente a la fecha prevista para el término del contrato. La no entrega de la caución en el plazo señalado facultará al Gobierno Regional Región Metropolitana a dejar sin efecto la adjudicación señalada, hacer efectiva la garantía de seriedad de la oferta, declarar la licitación desierta, revocarla e inclusive readjudicar al oferente acreedor del segundo mejor puntaje.
Glosa: Para garantizar el fiel cumplimiento del contrato de la licitación “ADQUISICIÓN DE SISTEMA INTEGRADO PANTALLA LED” 1261-29-LE24
Forma y oportunidad de restitución: La restitución de la garantía de fiel cumplimiento del contrato será realizada una vez que se haya cumplido la fecha de vencimiento de la caución, por parte de la División de Administración y Finanzas del Gobierno Regional Región Metropolitana. En caso de modificaciones contractuales tales como aumentos de contrato, suministros de bienes extraordinarios, aumentos de plazo, renovaciones y prórrogas; o de modificaciones de plazo derivadas del incumplimiento en tiempo y forma del objeto del contrato, o atribuibles a situaciones imprevistas para el proveedor, será necesario que se extienda la garantía de fiel cumplimiento por el período de corresponda al de la extensión del plazo contractual. A su vez, si se contempla por modificación contractual un aumento en el precio total del contrato, la garantía de fiel cumplimiento deberá aumentarse proporcionalmente, de acuerdo al porcentaje o fórmula definida en las bases administrativas especiales, manteniendo la vigencia. Será responsabilidad del proveedor mantener vigente la garantía, y deberá ingresar la renovación con a lo menos 10 (diez) días corridos anteriores a su vencimiento. De no ingresar la extensión de la caución, el Gobierno Regional Metropolitano de Santiago estará facultado para cobrar de oficio la garantía, sustituyendo el instrumento comercial entregado como garantía de fiel cumplimiento de contrato por el dinero obtenido del cobro, el que tomará el lugar de la caución para todos los efectos de la contratación, siendo depositado para tales efectos en arcas del Servicio. De acuerdo a lo prescrito en la ley N° 19.886 y su Reglamento, atendiendo el monto de la contratación y cumpliendo con las prerrogativas establecidas en la normativa antes señalada, se podrá eximir a los oferentes del proceso licitatorio de presentar la garantía de fiel cumplimiento del contrato, situación excepcional que deberá estar consignada en las bases administrativas especiales. De no existir la mención expresa a la que se hizo referencia, deberá siempre otorgarse la caución correspondiente, en los términos establecidos en el presente numeral y en lo que corresponda determinar por las bases administrativas especiales. Tratándose de contrataciones iguales o inferiores a las 1.000 UTM, la entidad licitante deberá fundadamente ponderar el riesgo involucrado en cada contratación para determinar si requiere la presentación de garantías de fiel cumplimiento. Sin perjuicio de lo anterior, la caución de fiel cumplimiento del contrato nunca deberá ser inferior al 5% del valor total del contrato, debiendo readecuarse por el proveedor a solicitud del Inspector Técnico, cuando sea necesario. Si se dispone que la garantía deberá superar el 30% del contrato, tal situación se justificará en las bases administrativas especiales. Se hace presente que la garantía de fiel cumplimiento del contrato cumple con caucionar no solo obligaciones propias del contrato, sino que también, y de acuerdo a la normativa de compras públicas, jurisprudencia administrativa y judicial, garantiza el pago de obligaciones laborales y previsionales. Si a propósito de multas o de término anticipado del contrato se cobran de la garantía de fiel cumplimiento, u otro tipo de garantías, entonces será obligación del proveedor sustituir la caución en particular, so pena de quedar sujeto a lo señalado en las presentes bases. Aumento de garantía: Cuando el precio de la oferta presentada por un oferente sea menor al 50% del precio presentado por el Oferente que le sigue, y se verifique por parte del Gobierno Regional que los costos de dicha oferta son inconsistentes económicamente, este Servicio podrá a través de una resolución fundada, adjudicar esa oferta, solicitándole una ampliación de las garantías de fiel cumplimiento, hasta por la diferencia del precio con la oferta que le sigue. En cualquier caso, la oferta del proveedor nunca podrá ser menor al 50% del presupuesto estimado o disponible si es que fue publicado, siendo descartada la propuesta que se postula en tales condiciones, por considerarse temeraria, y de dicha forma estimarse que no cumple con las bases de licitación. Sobre la devolución de garantías caducas o vencidas: En el caso de que el proveedor, debiendo retirar del Servicio las garantías entregadas, por haber cumplido su propósito, o por el motivo posibilitante que fuere, no lo hiciese, y estás vencieren o caducaren en poder del Gobierno Regional, dicho caso se regirá por las siguientes reglas. En cuanto a la custodia de las garantías, estas se regularán de acuerdo con la normativa vigente referida al manejo de las cauciones, contenida en el manual de adquisiciones de la entidad licitante. En cualquier caso, este Servicio velará por que se tomen los correspondientes resguardos y medidas para cautelar la conservación de las garantías una vez vencidas o caducadas, llevando control del motivo de ese vencimiento o caducidad, sobre todo entendiendo que no a todas las garantías se le aplican las normas que regulan la eliminación documentos respecto de los Órganos del Estado. Cuando este Servicio, habiendo intentado devolver las cauciones, sin resultados, siendo beneficiarios los contratistas que han garantizado la seriedad de su oferta, el fiel cumplimiento del contrato, anticipos, la correcta ejecución de la convención, entre otros dejando registro en el Servicio de dichas gestiones, podrá restituir tales garantías a las entidades emisoras a fin de darlas por canceladas. Para proceder a dicha devolución, es necesario que conste en el dorso del instrumento la leyenda “Devuelta al tomador” y el nombre o razón social y la firma del beneficiario.
9. Requerimientos técnicos y otras cláusulas
Cláusula de Readjudicación
15 DE LA READJUDICACIÓN. El Gobierno Regional Metropolitano de Santiago podrá readjudicar el contrato al oferente que siga en orden de prelación de acuerdo con el puntaje obtenido, en caso de que el oferente adjudicado no continúe el proceso de contratación por alguna de las causales ya indicadas u otras. En caso de que se hayan presentado menos de cinco ofertas, el proceso podrá repetirse hasta el proponente que haya obtenido el tercer lugar en la tabla de evaluación respectiva. En caso de que se hayan presentado cinco o más ofertas el proceso podrá repetirse hasta el proponente que haya obtenido el cuarto lugar en la tabla de evaluación. Si aplicado lo antedicho, no puede darse lugar a la readjudicación, entonces la licitación será declarada desierta, por entenderse que las ofertas restantes no cumplen con lo dispuesto en las presentes bases, de acuerdo a los intereses de la Institución. La readjudicación no operará automáticamente, sino previa consulta al Proponente de la segunda o tercera oferta, dependiendo el caso. En caso de aceptar, deberá manifestar su voluntad por el medio que se le indicará, debiendo prorrogar la vigencia de la garantía de seriedad de la oferta y de su oferta. El Gobierno Regional Metropolitano de Santiago velará porque tanto las ofertas como las garantías de los oferentes participantes, que quieran mantener la mera expectativa de ser contratados, permanezcan vigentes, de manera tal que sea posible readjudicar la licitación a una oferta efectiva.
Resolución de Empates

Realizada la calificación de las ofertas, no se excluye la posibilidad de que dos o más propuestas compartan idéntico puntaje máximo ponderado al aplicar la pauta de evaluación, es por ello, que se procederá a dirimir según la siguiente prelación:

 

Criterio “Oferta económica”.

          Criterio “Plazo de entrega”.

          Criterio “Garantías del Proveedor”.

4° Criterio “Comportamiento Satisfactorio del Oferente”.

          Criterio “Requisitos Formales”.

 Si aun así persiste el empate, se adjudicará a aquel proveedor que ingreso primero su oferta en el portal www.mercadopublico.cl.

Mecanismo para solución de consultas respecto a la adjudicación
ACLARACIONES, CONSULTAS Y RESPUESTAS A LAS BASES.

Las comunicaciones entre la entidad licitante y los oferentes, deben realizarse exclusivamente a través del portal www.mercadopublico.cl.
Se prohíbe la comunicación entre los participantes o interesados en el proceso de contratación una vez iniciado el procedimiento de contratación, o entre eventuales interesados o participantes en él y las personas que desempeñen funciones en el organismo licitante que participen del proceso de adjudicación, independientemente de su calidad jurídica, en lo referido directa o indirectamente a tal proceso, salvo que se realice a través del Sistema de Información y Gestión de Compras Públicas administrado por la Dirección de Compras y Contratación Pública y en la forma establecida en las bases de licitación, que asegure la participación e igualdad de todos los oferentes.


Los interesados en participar en la licitación podrán formular consultas y/o preguntas dentro de los plazos señalados en el cronograma de la licitación, las que deberán formularse a través del Sistema de Información.


El Gobierno Regional Metropolitano de Santiago pondrá las referidas preguntas y sus respuestas en conocimiento de todos los interesados, a través de su publicación en el Sistema de Información, dentro del plazo señalado en el cronograma de la licitación. Lo mismo acontecerá con las aclaraciones de oficio. De las respuestas y aclaraciones se pronunciará siempre la autoridad que corresponda, a través del acto administrativo, en la etapa del proceso licitatorio que estime pertinente.


Las aclaraciones no podrán realizar cambios sustanciales a las bases, y si ese fuese el caso, se deberá modificar las bases conforme al punto 7 siguiente, a través de un acto administrativo.

MODIFICACIONES A LAS BASES.
Se podrán modificar las presentes bases y sus anexos sin modificar el tipo, la naturaleza y objeto de la licitación, ya sea de oficio o en atención a una consulta formulada por alguno de los oferentes durante el proceso pertinente, hasta antes del vencimiento del plazo para presentar las ofertas. Las modificaciones que se lleven a cabo, serán informadas a través del Sistema de Información mediante adiciones o aclaraciones a las Bases, según corresponda. Estas modificaciones formarán parte integral de las bases y estarán vigentes desde la total tramitación del acto administrativo que las apruebe. Junto con aprobar la modificación, se podrá establecer un nuevo plazo prudencial para el cierre o recepción de las propuestas, a fin de que los potenciales oferentes puedan adecuar sus ofertas. Es obligación del Oferente revisar el portal electrónico durante todo el proceso, no pudiendo alegar desconocimiento de la información publicada, entendiendo que rige la presunción del artículo 6° del Reglamento, que dispone “Todas las notificaciones, salvo las que dicen relación con lo dispuesto en el Capítulo V de la Ley de Compras, que hayan de efectuarse en virtud de las demás disposiciones de dicha ley y en virtud del presente Reglamento, incluso respecto de la resolución de Adjudicación, se entenderán realizadas, luego de las 24 horas transcurridas desde que la Entidad publique en el Sistema de Información el documento, acto o resolución objeto de la notificación”.
Acreditación de cumplimiento de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social
De la tramitación administrativa del contrato.

Siempre en las licitaciones menores a 100 UTM, y en las mayores a dicho monto, pero menores a 1.000 UTM, solo cuando se trate de bienes o servicios estándar, de simple y objetiva especificación, y así se haya establecido en las respectivas bases, la orden de compra podrá hacer las veces de contrato, entendiendo que todas las cláusulas de dicha convención son las contenidas en el pliego de condiciones y en todos los documentos anexos, planos, planillas, entre otros, que pudiesen ser aprobados por el correspondiente acto que llama a licitación. Las bases administrativas especiales se pronunciarán respecto de las condiciones antedichas, estableciendo si existe o no la necesidad de suscripción de contrato.


En caso de requerirse la suscripción de contrato, una vez dictado el acto de adjudicación, y con la condición expresa de que el oferente haya hecho entrega, física o electrónicamente, de la garantía de fiel cumplimiento del contrato, y de los documentos indicados en el título “Antecedentes a presentar para contratar al proveedor adjudicado” se procederá a la redacción de éste. El contrato deberá suscribirse dentro de los 20 (veinte) días hábiles siguientes a la notificación de la adjudicación en el sistema de información. De no suscribirse la convención dentro del plazo, el Gobierno Regional Región Metropolitana podrá dejar sin efecto la adjudicación, y readjudicar la licitación o declarar desierto el concurso, según sea el caso.


Será obligatorio acompañar la documentación necesaria para acreditar el cumplimiento de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social, en virtud de lo establecido en el inciso 1°, del artículo 4 de la ley N° 19.886, una vez definido al oferente a contratar, se verificarán los antecedentes laborales mediante un certificado de cumplimiento de las obligaciones laborales y previsionales expedido por la Dirección del Trabajo. Sin embargo, de contar con saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años, los primeros estados de pago deberán ser destinados al pago de dichas obligaciones, debiendo la empresa acreditar que la totalidad de las obligaciones se encuentran liquidadas al cumplirse la mitad del período de ejecución del contrato, con un máximo de seis meses. El proveedor deberá proceder a dichos pagos, debiendo presentar los comprobantes y planillas que demuestren el total cumplimiento de la obligación. El incumplimiento de estas obligaciones por parte del proveedor, dará derecho a dar por terminado el respectivo contrato, pudiendo materializarse la nueva contratación por la modalidad aplicable, de acuerdo a la normativa aplicable, y, al mérito, conveniencia y oportunidad de la Administración. El proveedor al que se le haya puesto término anticipado a la convención, no podrá ser contratado directamente para la materialización de esta contratación.


La División de Administración y Finanzas del Gobierno Regional Metropolitano de Santiago será el encargado de redactar el contrato correspondiente, entendiéndose y podrá incorporar en él solo cláusulas establecidas en las bases de licitación, entendiendo que, si existe discrepancia entre lo dispuesto en el contrato y en las bases, serán siempre las bases las que tengan prioridad. Los gastos que se originen por este motivo, serán de cargo exclusivo del proveedor.


El proveedor adjudicado deberá proporcionar al Gobierno Regional Metropolitano de Santiago todos los antecedentes necesarios para la redacción del contrato (contenidos en el acápite “requisitos para contratar al proveedor adjudicado”), dentro del plazo que establece el pliego de condiciones para hacer entrega de la garantía de fiel cumplimiento. 


Es obligación del adjudicatario persona jurídica entregar la personería actualizada y el certificado de vigencia de su empresa o persona jurídica sin fines de lucro.


Una vez totalmente tramitado el acto administrativo aprobatorio del contrato, podrá comenzar el plazo de ejecución del contrato, el que por regla general comenzará a contar desde la aceptación de la orden de compra por parte del proveedor, o en su defecto, dentro de las 48 horas siguientes a su emisión, la que solo podrá ser emitida con posterioridad al acto administrativo antes referido. El objeto de la contratación deberá ser ejecutado con posterioridad a la emisión de la orden de compra. Las bases administrativas especiales podrán establecer una fecha de inicio de ejecución del contrato diferente, de acuerdo a las características del objeto de la contratación.

El proveedor por regla general no podrá ceder ni transferir en forma alguna, total ni parcialmente los derechos y obligaciones que nacen del desarrollo de la presente licitación, y en especial los establecidos en el contrato.
Presentación de antecedentes omitidos por los oferentes
12 PRESENTACIÓN DE ANTECEDENTES OMITIDOS POR LOS OFERENTES.

Si el oferente no adjunta una o más certificaciones o antecedentes que forman parte de los documentos no esenciales requeridos por el pliego de condiciones, la comisión de evaluación podrá solicitarla por foro inverso, a través del sistema de información, su incorporación, dándole un plazo perentorio para ese propósito.

Se aceptarán dichas certificaciones, siempre que se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar ofertas o se refieran a situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas y el período de evaluación antes del cierre de recepción de las ofertas.

Sólo se aceptarán a evaluación aquellos documentos entregados dentro del plazo, y que cumplan con lo señalado en el numeral anterior. Adjuntándose o no los antecedentes solicitados, entonces se procederá a evaluar de acuerdo a los criterios de ponderación contenidos en las bases administrativas especiales respectivas, entendiéndose además que debe aplicarse el puntaje que corresponde a la falta de cumplimiento de los antecedentes de la oferta, en el tenor de la forma expuesta en el criterio respectivo y de lo dispuesto en el artículo 40 del Reglamento.

La comisión evaluadora no podrá en ninguna circunstancia solicitar que se presenten documentos esenciales que deben estar presente al momento de la apertura de las ofertas en las fichas electrónicas, siendo plena responsabilidad de los proponentes el estudio de los antecedentes que componen las condiciones de la licitación. Si alguna de las ofertas no cuenta con alguno de los documentos determinados como esenciales por las bases administrativas especiales, dicha propuesta será objetada por la comisión, sugiriendo se declare la oferta en esta situación como “inadmisible”.
Pacto de integridad
PACTO DE INTEGRIDAD, PRACTICAS REÑIDAS CON LA PROBIDAD Y CONDUCTAS DE LAVADO Y BLANQUEO DE ACTIVOS.

El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones que están contenidas en el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las Bases de Licitación y demás documentos integrantes.

Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:
El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.

El oferente se compromete a respetar los derechos fundamentales de sus trabajadores, entendiéndose por éstos los consagrados en la Constitución Política de la República en su artículo 19, números 1º, 4º, 5º, 6º, 12º, y 16º, en conformidad al artículo 485 del Código del Trabajo. Asimismo, el oferente se compromete a respetar los derechos humanos, lo que significa que debe evitar dar lugar o contribuir a efectos adversos en los derechos humanos mediante sus actividades, bienes o servicios, y subsanar esos efectos cuando se produzcan, de acuerdo con los Principios Rectores de Derechos Humanos y Empresas de Naciones Unidas
El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquiera de sus tipos o formas.
El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma.
El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el proceso licitatorio.

El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivasen.

El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en el pliego de condiciones, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.

El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna, en términos técnicos y económicos ajustados al mercado, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones ofertadas.

El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.

El oferente no podrá comunicarse con el funcionario responsable o cualquier funcionario que tenga información respecto de la licitación, si no es a través de lo establecido en el Sistema de Información.

Si algún proponente presenta información falsa, y se demuestra fehacientemente que así es, se entiende que incumple con el pacto de integridad, y en consecuencia, no cumple con las bases de licitación, lo que consecuencialmente traerá consigo el efecto de que la oferta sea declarada inadmisible. De la determinación de ello dará fe el acta de evaluación respectiva, otorgando prueba de los dichos de la comisión evaluadora, siendo, además, de existir, cobrada la garantía de seriedad de la oferta al proveedor que haya incurrido en dicha falta.

En el evento que se comprobare que el adjudicatario o diversos oferentes han incurrido en “prácticas corruptas”, “prácticas fraudulentas” o “prácticas colusorias” sea con respecto al proceso de selección o con respecto a la adjudicación, el mandante rechazará de plano la propuesta o la adjudicación o pondrá término al contrato anticipadamente, haciendo efectiva la garantía de fiel cumplimiento en forma administrativa, sin necesidad de resolución judicial previa. Para estos efectos, se entenderá por “práctica corrupta” todo ofrecimiento, propuesta o aceptación o solicitud de cualquier cosa de valor con el fin de influir en la actuación de un funcionario en el proceso de selección o en la ejecución del contrato. Por “práctica fraudulenta” toda tergiversación con el fin de influir en la ejecución de un contrato en perjuicio del mandante, y por “práctica colusoria”; sea con anterioridad o con posterioridad a la presentación de las ofertas, los acuerdos entre proveedores con el propósito de establecer precios a niveles artificiales y no competitivos que priven al mandante de las ventajas de la competencia libre y abierta.

El Gobierno Regional Metropolitano de Santiago, en su calidad de Órgano de la Administración del Estado, y en virtud de dispuesto en la Ley N° 19.913 que “Crea la Unidad de Análisis Financiero (UAF) y modifica diversas disposiciones en materia de lavado y blanqueo de activos”, está obligado a informar sobre operaciones sospechosas, que puedan estar dentro de la conducta tipificada como “Lavado de Activos”, “Financiamiento al Terrorismo” y/o “Delitos Funcionarios” que advierta en el ejercicio de sus funciones. En consecuencia, los participantes de esta licitación, deberán tener en cuenta que cualquier hecho que revista de características de conducta de “Lavado de Activos”, “Financiamiento al Terrorismo” y/o “Delitos Funcionarios”, en el tenor de lo dispuesto en la Ley N° 19.913, y de la forma en que lo determine la UAF, será informado de acuerdo a la norma a dicho Servicio Público

El oferente deberá presentar un Código de Conducta donde conste el Pacto de Integridad en el cual se prohíba claramente ofrecer sobornos, conceder, intentar ofrecer o conceder sobornos, regalos, premios, dádivas, pago u otro tipo de conductas antiéticas, así como también los compromisos a los que se obliga en este acápite y la forma en cómo dicho instrumento ha sido informado, implementado y sociabilizado con sus trabajadores.
10. Demandas ante el Tribunal de Contratación Pública
No cuenta con demandas ante el Tribunal de Contratación Pública.