Licitación ID: 1002-28-LP26
TABLERO MADERA CREOSOTADA DE 15M. CON HERRAJE.
Reclamos recibidos por incumplir plazo de pago: 46
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Productos o servicios
1
Vigas de madera 7 Kit
Cod: 30103601
TABLEROS DE 15 M CON HERRAJE, SEGUN ESPECIFICACIONES TECNICAS ADJUNTAS.  

1. Características de la licitación
Nombre de la licitación:
TABLERO MADERA CREOSOTADA DE 15M. CON HERRAJE.
Estado:
Cerrada
Descripción:
TABLERO MADERA CREOSOTADA DE 15M. CON HERRAJE.
Tipo de licitación:
Pública-Licitación Pública igual o superior a 1.000 UTM e inferior a 5.000 UTM (LP)
Tipo de convocatoria:
ABIERTO
Moneda:
Peso Chileno
Etapas del proceso de apertura:
Una Etapa
Toma de razón por Contraloría:
No requiere Toma de Razón por Contraloría
Publicidad de ofertas técnicas:
Las ofertas técnicas serán de público conocimiento una vez realizada la apertura técnica de las ofertas.
2. Organismo demandante
Unidad de compra:
Dirección de Vialidad - X Región - Dirección Regional
R.U.T.:
61.202.000-0
Dirección:
Camino a Pargua s/n km 4
Comuna:
Puerto Montt
Región en que se genera la licitación:
Región de los Lagos
3. Etapas y plazos
Fecha de cierre de recepción de la oferta: 13-03-2026 15:00:00
Fecha de Publicación: 02-03-2026 13:54:56
Fecha inicio de preguntas: 02-03-2026 14:00:00
Fecha final de preguntas: 10-03-2026 17:00:00
Fecha de publicación de respuestas: 10-03-2026 18:00:00
Fecha de acto de apertura técnica: 13-03-2026 15:01:00
Fecha de acto de apertura económica (referencial): 13-03-2026 15:01:00
Fecha de Adjudicación: 24-03-2026 18:00:00
Fecha de entrega en soporte fisico No hay información
Fecha estimada de firma de contrato No hay información
Tiempo estimado de evaluación de ofertas No hay información
4. Antecedentes para incluir en la oferta
Adicionalmente, todos los proveedores para ofertar en esta licitación, deberán obligatoriamente confirmar y firmar electrónicamente la Declaración Jurada de Requisitos para Ofertar.
Documentos Administrativos
1.- ANEXO N° 1 DECLARACION JURADA La declaración jurada de inhabilidades y prohibiciones para contratar, es obligatoria y deberá ser ingresada escaneada, con nombre, firma (manual o electronica) y rut del oferente o su representante legal actuando en representacion de este
2.- ANEXO N° 2 DECLARACION JURADA DE INDEPENDENCIA DE LA OFERTA La declaración jurada de independencia de la oferta, para efectos de determinar un mismo grupo empresarial o empresas relacionadas, conforme lo dispuesto en el inciso segundo y siguientes del articulo 9° de la Ley 19.886, es obligatoria y deberá contener el nombre, firma (manual o digital mediante sello electronico) y Rut del oferente o de su representante legal actuando en representación de este.
Documentos Técnicos
1.- ANEXO N° 4 PROGRAMA DE INTEGRIDAD Se entenderá por programa de integridad cualquier sistema de gestión que tenga como objetivo prevenir-y si resulta necesario, identificar y sancionar-las infracciones de leyes, regulaciones, códigos o procedimientos internos que tiene lugar en una organización, promoviendo una cultura de cumplimiento. Los Anexos deberán ser ingresados escaneados con nombre firma (manual o electrónica) y Rut del oferente o msu representante legal actuando en representación de este
 
2.- ANEXO N° 5 FORMULARIO ANTECEDENTES ADMINISTRATIVOS
 
Documentos Económicos
1.- ANEXO N° 3 OFERTA ECONOMICA Para efectos de funcionalidad del sistema Mercado Publico, los oferentes deberán ingresar en el cuadro precio unitario (de la ficha respectiva en el portal), Lo anterior, para que la oferta sea aceptada por el sistema, dado que será válido y se evaluará el valor ofrecido en el Formulario N° 3, Oferta Económico, en el que deberán indicar el valor de los productos solicitados
5. Requisitos para contratar al proveedor adjudicado
Persona natural
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.
 
2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.
 
3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.
 
4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.
 
5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.
 
6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.
 
7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.
 
8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).
 
Documentos persona natural
- Fotocopia Legalizada de Cédula de Identidad
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
Persona jurídica
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.

2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.

3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.

4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.

5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.

6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.

7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.

8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).

Documentos persona jurídica
- Fotocopia Legalizada del Rut de la Empresa
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
6. Criterios de evaluación
ÍtemObservacionesPonderación
1 Plazo de entrega de 100 a 150 dias: 20 puntos; 151 a 200 días: 10 puntos; 201 a 250 días: 0 Puntos, sobre 250 días fuera de bases. 20%
2 Experiencia de la Empresa Se analizará la experiencia acreditada de la empresa, otorgando puntaje acumulativo, según lo siguiente: Venta de madera creosotada a Ministerio de Obras Públicas = 10 puntos; Venta de madera creosotada a otras entidades públicas = 10 puntos; Venta de madera creosotada a empresas particulares = 10 puntos 30%
3 Precio X puntos (máx. 40) = Precio mínimo ofertado * 40 /Precio de la Oferta 40%
4 Cumplimiento de requisitos formales Para asignar este puntaje los Oferentes deberán dar cumplimiento a los requisitos formales y presentar todos los documentos dentro del plazo para ofertar. El oferente que haya incumplido requisitos formales o hayan omitido antecedentes o certificaciones al momento de presentar su oferta, y sean solicitados aclarar, rectificar o acompañar por el Servicio mediante Foro Inverso, obtendrá 0 puntos en este criterio 5%
5 Programa de Integridad Posee Programa de Integridad: 5 Ptos.; No posee Programa de Integridad: 0 Ptos. 5%

7. Montos y duración del contrato
Estimación en base a: Precio Referencial
Fuente de financiamiento: No hay información
Contrato con Renovación: NO
Observaciones Sin observaciones
Plazos de pago: 30 días contra la recepción conforme de la factura
Opciones de pago: Transferencia Electrónica, Cheque
Nombre de responsable de pago: Claudio Soto Villarroel
e-mail de responsable de pago: claudio.soto.v@mop.gov.cl
Prohibición de subcontratación: No permite subcontratación
La Empresa adjudicada no puede traspasar a Terceros la responsabilidad del suministro de los productos ofertados.
8. Garantías requeridas
    Garantía fiel de Cumplimiento de Contrato
Beneficiario: MOP. DIRECCION DE VIALIDAD
Fecha de vencimiento: 11-06-2026
Monto: 5 %
Descripción: El proponente adjudicado, dentro de los 5 días siguientes a la adjudicación, permutará la fianza de Seriedad de Oferta por una Garantía de Fiel Cumplimiento del Contrato, consistente en una Fianza BANCARIA de carácter IRREVOCABLE y a la VISTA, equivalente al 5% del valor de la oferta aceptada IVA incluido, expresada en moneda nacional y valida por un plazo igual al aceptado más 60 días corridos.
Glosa: Debe decir "Para Garantizar el Fiel Cumplimiento de Contrato de la Licitación 1002-28-LP26 de la Dirección de Vialidad, Región de los Lagos".
Forma y oportunidad de restitución: Una vez vencida la Garantía.
9. Requerimientos técnicos y otras cláusulas
BASES ADMINISTRATIVAS

Contenido de las Bases

1. Características de la licitación                                                   6. Criterios de evaluación

2. Organismo                                                                                               7. Montos y pago contrato

3. Etapas y plazos del llamado                                                      8. Garantías requeridas

4. Antecedentes y requisitos de la oferta                                    9. Disposiciones Generales

5. Inhabilidades y Prohibiciones

  1. Características de la licitación

Nombre de la licitación:          Tablero madera creosotada de 15m. con herraje.

Estado:                                   Guardada

Descripción:                                        Adquisición maderas creosotadas, destinada a la ejecución de puentes mixtos por administración directa en la Región de los lagos

Tipo de licitación:                   Licitación Pública entre 1.000 UTM  e inferior a 5.000 UTM (LP).

Tipo de convocatoria:                      ABIERTO

Moneda:                                           Peso Chileno

Etapas del proceso de apertura:                Una Etapa

Contrato:                                Desde compras superiores a 1.000 UTM

Toma de razón por Contraloría:                No requiere Toma de Razón por Contraloría.

Publicidad de ofertas:             Las ofertas serán de público conocimiento una vez adjudicada la licitación.

  1. Organismo

Razón social:                                             MOP - DIRECCIÓN DE VIALIDAD

Unidad de compra:                                 Dirección de Vialidad - X Región de Los Lagos.

RUT:                                                             61.202.000-0

Dirección:                                       Avda. Bdo. O’Higgins N° 451, 4TO. Piso.

Comuna:                                             Puerto Montt

Región licitación:                         Región de Los Lagos

  1. Etapas y Plazos del Llamado

Publicación:                                               La Publicación de las Bases de Licitación se realizará dentro de las 24 horas siguientes a la total tramitación de la Resolución que las apruebe, salvo que recayere en día inhábil o feriado, en cuyo caso se publicará al siguiente día hábil.

Cierre de Recepción de Ofertas:         10 días corridos siguientes a la fecha de publicación.

Acto de apertura técnica y

Económica:                                     Una vez producido el cierre de recepción de ofertas.

Preguntas aclaración Bases:   El oferente tendrá 7 días corridos contados desde la fecha de publicación para generar preguntas de aclaración de las Bases de Licitación. La Dirección de Vialidad tendrá 3 días hábiles, contados desde la fecha de la solicitud de aclaración, para entregar las respuestas a dichas preguntas. Solo se aceptarán solicitudes de aclaración a las Bases, remitidas mediante la funcionalidad de Preguntas y Respuestas del portal www.mercadopublico.cl.

Fecha de Adjudicación:                       Una vez que la Resolución de Adjudicación se encuentre totalmente tramitada.

  1. Antecedentes y Requisitos de la oferta

Los documentos que a continuación se indican, deberán ser ingresados escaneados en formato PDF o JPG, al Portal www.mercadopublico.cl dentro del plazo para presentar las ofertas.

4.1. Declaraciones Juradas

DECLARACIÓN JURADA SIMPLE (Anexo N° 1)

La declaración jurada de inhabilidades y ausencia de conflicto de interés para contratar con organismos del Estado, es obligatoria y deberá contener el nombre, firma (manual o digital mediante sello electrónico) y Rut del oferente o de su representante legal actuando en representación de éste.

DECLARACIÓN JURADA DE INDEPENDENCIA DE LA OFERTA (ANEXO N°2)

La declaración jurada de independencia de la oferta, para efectos de determinar un mismo grupo empresarial o empresas relacionadas, conforme lo dispuesto en el inciso segundo y siguientes del artículo 9° de la Ley 19.886, es obligatoria y deberá contener el nombre, firma (manual o digital mediante sello electrónico) y Rut del oferente o de su representante legal actuando en representación de éste.

Las ofertas que no presenten estas declaraciones serán declaradas inadmisibles en su totalidad y no participarán de la evaluación de las ofertas.

 4.2 Requisitos para Ofertar

Podrán participar en esta licitación las personas naturales o jurídicas, chilenas o extranjeras, que acrediten su situación financiera e idoneidad técnica en el Registro de Proveedores.

Para ello y para suscribir el contrato definitivo en caso que proceda, será necesario que los oferentes encuentren inscritos, con su información actualizada, en el Registro de Proveedores regulado en el párrafo V del Capítulo III de la Ley N° 19886 de Compras Públicas, y encontrarse habilitados (en estado Hábil), tanto para participar en el proceso como para la suscripción del contrato.

En todo caso, el proponente debe tratarse de una persona natural o jurídica que emita facturas (contribuyente 1° Categoría)  y contar con giro comercial correspondiente al rubro objeto de la licitación.

En el caso que las presentes Bases de Licitación autoricen la subcontratación o traspaso del contrato a terceros, estos deberán cumplir con los mismos requisitos de inscripción y habilidad en el Registro de Proveedores que el proponente.

4.3 Antecedentes Técnicos

Para participar en la licitación, el oferente deberá adjuntar la siguiente documentación:

a)   El Oferente debe presentar FORMULARIO ANTECEDENTES ADMINISTRATIVOS (Anexo N° 5), indicando los datos del proveedor, validez de la Oferta, plazo de entrega

b)   Copia Plan de Manejo vigente autorizado por CONAF

c)    Facturas o Guías de despacho donde se detalle el origen de la madera

d)   Órdenes de compra o contratos que den cuenta de la experiencia del proveedor.

e)   Presentar Anexo N° 4 PROGRAMA DE INTEGRIDAD. Se entenderá por programa de integridad cualquier sistema de gestión que tenga como objetivo prevenir-y si resulta necesario, identificar y sancionar-las infracciones de leyes, regulaciones, códigos o procedimientos internos que tiene lugar en una organización, promoviendo una cultura de cumplimiento.

f)   Acreditación de Inicio de actividades ante el Servicio de Impuestos Internos.

Los Anexos deberán ser ingresados escaneados con nombre, firma (manual o electrónica) y Rut del oferente o su representante legal actuando en representación de éste.

4.4. Antecedentes Económicos

Deberá presentar Anexo Nº 3 “Oferta Económica”.

La Oferta Económica debe efectuarse a través del portal www.mercadopublico.cl , estableciendo el precio unitario neto que corresponda e incluir el costo de entrega.

Las ofertas que no presenten los antecedentes solicitados en los puntos 4.1, 4.3 y 4.4 serán declaradas inadmisibles en su totalidad y no participarán de la evaluación de las ofertas.

  1. Inhabilidades y Prohibiciones

Solo podrán participar aquellos oferentes que no registren alguna de las inhabilidades establecidas en el inciso 1° del artículo 4 de la Ley N° 19.886, esto es, haber sido condenada dentro de los dos años anteriores al momento de la presentación de la oferta o contratación, por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador, o por los delitos concursales (defraudación) establecidos en el en el Título IX del Libro II del Código Penal.

Los oferentes no podrán presentar las prohibiciones contenidas en el artículo 35 ter de la Ley 19886, de Compras Públicas, relativa a incompatibilidades para contratar con la entidad Licitante por conflicto de interés.

Asimismo, los oferentes no deberán presentar en el Registro de Proveedores regulado en el párrafo V del Capítulo III de la Ley N° 19886 de Compras Públicas, causales de inhabilidad para contratar con organismos del Estado conforme las normas del Capitulo X del Decreto de Hacienda N°611 de 2024, en especial articulo 154 y siguientes.

Entre otros, el Registro de Proveedores, verificará la situación legal y financiera del oferente y no haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1. Haber sido condenado por algunos de los delitos concursales establecidos en el Título Noveno del Libro Segundo del Código Penal, o en sede penal, por delitos establecidos en los numerales 4° párrafos primero, segundo, tercero y quinto; 10° párrafo tercero; 22°; 23° párrafo primero; 24° párrafo tercero, y 25° del artículo 97 del Código Tributario.

    2. Haber sido condenado en virtud de una sentencia firme y ejecutoriada, por incumplimiento contractual respecto de un contrato de suministro y prestación de servicios suscritos con alguno de los organismos sujetos a la Ley de Compras, derivado de culpa o falta de diligencia en el cumplimiento de sus obligaciones.

    3. Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción de los derechos fundamentales del trabajador, según establece la ley.

    4. Haber sido condenado por los delitos de cohecho establecido en el Párrafo 2 del Título V del Libro II del Código Penal, lavado de activos establecido en el Título III de la ley N° 19.913, que crea la Unidad de Análisis Financiero y modifica diversas disposiciones en materia de lavado y blanqueo de activos, o financiamiento del terrorismo contemplado en el artículo 8º de la ley N° 18.314, que determina conductas terroristas y fija su penalidad.

    5. Haber sido declarada inelegible para la adjudicación de contratos, elaboradas por las instituciones financieras multilaterales, tales como el Banco Mundial, el Banco Interamericano de Desarrollo, el Banco Asiático para Inversión en Infraestructuras, el Banco Europeo de Reconstrucción y Desarrollo, y el Banco Africano de Desarrollo.

    6. Haber informado, según lo requerido en el inciso tercero del artículo 16 de la Ley de Compras, antecedentes maliciosamente falsos, que han sido enmendados o tergiversados o se presenten de una forma que claramente induce a error para efectos de la evaluación de su inscripción en el Registro de Proveedores, sin que el proveedor hubiere enmendado la información dentro del plazo de diez días desde notificado el hecho, según lo dispuesto en el citado artículo.

    7. Haber sido condenado por el Tribunal de Defensa de la Libre Competencia a la medida dispuesta en la letra d) del artículo 26 del Decreto con Fuerza de Ley N° 1, de 2004, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado del Decreto Ley N° 211, de 1973, que fija normas para la defensa de la libre competencia.

    8. Haber sido condenado a la inhabilitación para contratar con el Estado, en virtud del artículo 10 de la ley N° 20.393.

    9. Haber sido condenado por los Tribunales de Justicia a la inhabilitación para contratar con el Estado, dispuesta en el artículo 33 de la Ley N° 21.595 de Delitos Económicos.

    10. Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a dos años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva sentencia.

    11. Registrar deudas previsionales o de salud por más de doce meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.

    12. Encontrarse sujeto a liquidación, por resolución judicial ejecutoriada, en virtud de la ley N° 20.720.

    13. Haber sido eliminado o suspendido del Registro de Proveedores, por resolución fundada de la Dirección de Compras, de conformidad con lo establecido en los artículos 160 y 162 del presente reglamento.

    14. Haber sido condenado por los Tribunales de Justicia a la inhabilitación o prohibición de celebrar actos y contratos con el Estado por sentencia ejecutoriada.

    15. Las demás que determinen las leyes 3. Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción de los derechos fundamentales del trabajador, según establece la ley.

4. Haber sido condenado por los delitos de cohecho establecido en el Párrafo 2 del Título V del Libro II del Código Penal, lavado de activos establecido en el Título III de la ley N° 19.913, que crea la Unidad de Análisis Financiero y modifica diversas disposiciones en materia de lavado y blanqueo de activos, o financiamiento del terrorismo contemplado en el artículo 8º de la ley N° 18.314, que determina conductas terroristas y fija su penalidad.

 5. Haber sido declarada inelegible para la adjudicación de contratos, elaboradas por las instituciones financieras multilaterales, tales como el Banco Mundial, el Banco Interamericano de Desarrollo, el Banco Asiático para Inversión en Infraestructuras, el Banco Europeo de Reconstrucción y Desarrollo, y el Banco Africano de Desarrollo.

6. Haber informado, según lo requerido en el inciso tercero del artículo 16 de la Ley de Compras, antecedentes maliciosamente falsos, que han sido enmendados o tergiversados o se presenten de una forma que claramente induce a error para efectos de la evaluación de su inscripción en el Registro de Proveedores, sin que el proveedor hubiere enmendado la información dentro del plazo de diez días desde notificado el hecho, según lo dispuesto en el citado artículo.

7. Haber sido condenado por el Tribunal de Defensa de la Libre Competencia a la medida dispuesta en la letra d) del artículo 26 del Decreto con Fuerza de Ley N° 1, de 2004, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado del Decreto Ley N° 211, de 1973, que fija normas para la defensa de la libre competencia.

8. Haber sido condenado a la inhabilitación para contratar con el Estado, en virtud del artículo 10 de la ley N° 20.393.

9. Haber sido condenado por los Tribunales de Justicia a la inhabilitación para contratar con el Estado, dispuesta en el artículo 33 de la Ley N° 21.595 de Delitos Económicos.

10. Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a dos años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva sentencia.

11. Registrar deudas previsionales o de salud por más de doce meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.

12. Encontrarse sujeto a liquidación, por resolución judicial ejecutoriada, en virtud de la ley N° 20.720.

13. Haber sido eliminado o suspendido del Registro de Proveedores, por resolución fundada de la Dirección de Compras, de conformidad con lo establecido en los artículos 160 y 162 del presente reglamento.

 14. Haber sido condenado por los Tribunales de Justicia a la inhabilitación o prohibición de celebrar actos y contratos con el Estado por sentencia ejecutoriada.

15. Las demás que determinen las leyes

6.-      Criterios de evaluación

Criterio Evaluación

%

Método de Evaluación y Subcriterios

Cumplimiento de requisitos formales

5

Para asignar este puntaje los Oferentes deberán dar cumplimiento a los requisitos formales y presentar todos los documentos dentro del plazo para ofertar. El oferente que haya incumplido requisitos formales o hayan omitido antecedentes o certificaciones al momento de presentar su oferta, y sean solicitados aclarar, rectificar o acompañar por el Servicio mediante Foro Inverso, obtendrá 0 puntos en este criterio

Plazo de entrega

30

de 100 a 150 días: 30 puntos; 151 a 200 días: 20 puntos; 201 a 250 días: 0 Puntos, sobre 250 días fuera de bases.

Precio

60

X puntos (máx. 40) = Precio mínimo ofertado * 60 /Precio de la Oferta

Programa de Integridad

5

Posee Programa de Integridad: 5 Ptos.; No posee Programa de Integridad: 0 Ptos.

Los criterios de evaluación de aplicación para esta licitación serán los siguientes:

CRITERIO

PONDERACIÓN

Cumplimiento de requisitos formales

    5 %

Plazo de entrega

              30 %

Precio

 60 %

Programa de Integridad

   5 %

TOTAL

100%

6.1 Criterio Económico (Precio)

La evaluación económica tendrá una ponderación de 60%

El puntaje se asignará de acuerdo a la siguiente fórmula (Valores netos)

X puntos (máx. 60) = Precio mínimo ofertado * 60 /Precio de la Oferta

6.2 Criterio Plazo de Entrega

La evaluación plazo de entrega tendrá una ponderación de 30%

de 100 a 150 días: 30 puntos; 151 a 200 días: 20 puntos; 201 a 250 días: 0 Puntos, sobre 250 días fuera de bases.

6.3  Criterio Programa de integridad

Para asignar este puntaje el proveedor deberá presentar un programa de integridad que sea conocido por su personal (ACREDITARLO), en caso contrario, el puntaje será 0. En caso de que dicho anexo no se presente en conjunto con la oferta presentada, o bien, éste no se encuentre debidamente completado y firmado, se entenderá que el oferente no cuenta con un programa de integridad que sea conocido por su personal. Asimismo, también se entenderá que el oferente no cuenta con dicho programa de integridad cuando así lo declare en el anexo referido o cuando no acompañe a su declaración copia del programa de integridad en cuestión.

Posee Programa de Integridad: 5 Ptos.; No posee Programa de Integridad: 0 Ptos.

6.4 Cumplimiento Requisitos Formales

Para asignar este puntaje los Oferentes deberán dar cumplimiento a los requisitos formales y presentar todos los documentos dentro del plazo para ofertar. El oferente que haya incumplido requisitos formales o hayan omitido antecedentes o certificaciones al momento de presentar su oferta, y sean solicitados aclarar, rectificar o acompañar por el Servicio mediante Foro Inverso, obtendrá 0 puntos en este criterio.

CUMPLE DENTRO DEL PLAZO PARA OFERTAR: 5 PTOS. NO CUMPLE: 0 PTOS.

 Así entonces el PUNTAJE TOTAL se calculará con la siguiente ecuación:

Puntaje Total = Puntaje Criterio Económico +  Plazo de entrega+ Programa de integridad+ Cumplimiento Requisitos Formales

  1. Montos y pago del contrato

Estimación en base a:                      Precio Referencial  monto $ 275.000.000

Fuente de financiamiento:                               31.02.004 40060442-0

Contrato con Renovación:                                NO

Plazos de pago:                                        30 días desde la recepción conforme de la factura.

Opciones de pago:                                            Transferencia Electrónica

Nombre de responsable de pago:             Claudio Soto Villarroel

E-mail de responsable de pago:                 Claudio.soto.v@mop.gov.cl

Nombre de responsabilidad de contrato  Luis Herrera Rojas

E-mail de responsabilidad de contrato     luis.herrera@mop.gov.cl

Prohibición de subcontratación:               Se prohíbe subcontratar

Traspaso del contrato:                    Se prohíbe traspasar el contrato a terceros.

  1. Garantías requeridas

 Garantía fiel de Cumplimiento de Contrato

En licitaciones superiores a 1.000 UTM se exigirá la Garantía fiel de Cumplimiento de Contrato.

Beneficiario:                                MOP - Dirección de Vialidad

Fecha de vencimiento:               Deberá cubrir todo el plazo del contrato aumentada en mínimo 90 días hábiles posteriores a la fecha de entrega.

Monto:                               5%

 

Descripción:                                   El proponente adjudicado, dentro de los 5 días hábiles siguientes a la notificación de la adjudicación, deberá entregar una Garantía de Fiel Cumplimiento del Contrato, consistente en una garantía irrevocable, pagadera a la vista, equivalente al 5% del valor de la oferta aceptada IVA incluido y válida por todo el plazo de duración del contrato ampliada en mínimo 90 días hábiles.  Esta deberá ser entregada hasta el 5º día (hábil) desde la notificación de la adjudicación en el Portal en las oficinas de la Dirección de Vialidad, ubicadas en Avda. Bdo. O’Higgins N° 451. 4to. Piso, Puerto Montt. En el caso de ser garantía electrónica, enviar por correo electrónico dentro del mismo plazo antes indicado.  

Glosa:                                     ”Para garantizar el Fiel y Oportuno Cumplimiento del Contrato de la Licitación Nº 1002-62-LP25, Región de Los Lagos”.

            En caso de que la garantía no permita establecer una glosa, esta se deberá incluir al reverso o en carta anexa, que contenga la misma frase antes indicada.

Forma y oportunidad de

Restitución:                        En forma personal y/o por correo certificado una vez concluidos los servicios y vencida la garantía.

  1. Disposiciones Generales

9.1           Normativa Aplicable

Para efectos del estudio, preparación y presentación de ofertas, los proponentes deberán considerar los siguientes antecedentes:

1. Las Bases Administrativas y en todo lo no previsto por ellas, las disposiciones de la Ley N° 19.886 de Bases Sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios y sus modificaciones.

2. Reglamento de Compras Públicas contenido en el Decreto Hacienda N° 661/2024

3. Las Bases Técnicas.

4. Los Anexos

5. Las aclaraciones y respuestas a las consultas entregadas a los oferentes a través del Portal Mercado Público www.mercadopublico.cl (en adelante, el “Portal”).

6. La normativa vigente aplicable a la presente licitación. Dentro de ella, las disposiciones en el D.F.L. MOP Nº 850/1997, Decreto MOP Nº 1141/2006, Modificado por Decreto MOP Nº 412/2007 que aprueba el Reglamento sobre Adquisiciones de Bienes Muebles Nacionales y por Importación y de Contrataciones de Servicios y el Manual de Carreteras en lo que corresponda, y en especial toda la normativa ambiental aplicable para la actividad objeto de las presentes Bases, tanto de carácter general como aquella contenida en Reglamentos u otro instrumento normativo.

Los antecedentes antes indicados, para todos los efectos legales y administrativos, se aplicaran en el orden de prelación antes indicado y formarán parte integrante del contrato que se suscriba con el adjudicatario, y en consecuencia, estará obligado a dar cabal cumplimiento a todas las disposiciones establecidas en ellos.

9.2           Consultas y Aclaraciones a las Bases

Los interesados podrán formular las consultas que estimen necesarias, tanto de carácter técnico como de índole administrativo, dentro del plazo señalado en el punto 3. de las presentes Bases y solo a través del Portal.

Las consultas se responderán, por esa misma vía, siempre que se formulen de forma concreta y precisa, que sean pertinentes al desarrollo del proceso y que su respuesta no involucre información confidencial.

Las comunicaciones entre la Entidad Licitante y los oferentes, desde el llamado a licitación y hasta la adjudicación de la misma, se realizarán exclusivamente a través del Portal, por lo que no se aceptarán ni responderán consultas planteadas por un conducto diferente al señalado y/o vencido el plazo dispuesto al efecto.

Asimismo, la Dirección de Vialidad podrá efectuar a iniciativa propia las aclaraciones a las Bases, para precisar el alcance o interpretar algún elemento de su contenido que, a su juicio, no haya quedado suficientemente claro. Dichas aclaraciones estarán disponibles en los archivos adjuntos de la licitación, si es que se efectuaren.

Las respuestas y aclaraciones que se formulen no podrán modificar lo dispuesto en las presentes Bases, sin perjuicio de lo cual se entenderá que contribuyen a determinar el alcance y sentido de las mismas y, en tal condición, deberán ser consideradas por los oferentes en la preparación de sus ofertas.

Los oferentes deberán revisar el Portal durante todo el proceso de la licitación, no pudiendo alegar desconocimiento de las comunicaciones realizadas en el mismo.

9.3           Modificaciones a las Bases de Licitación

La Dirección de Vialidad podrá modificar las presentes bases de licitación, ya sea por iniciativa propia o en atención a una aclaración solicitada por alguno de los oferentes.

Estas modificaciones se efectuarán hasta antes de la fecha de cierre, a través del Portal Mercado Público, otorgando además, un plazo prudencial para que los oferentes puedan adecuar sus ofertas a los nuevos requerimientos.  Las respectivas modificaciones, se efectuarán mediante Resolución Fundada y formarán parte integral de las Bases de Licitación.

9.4           Presentación de las Ofertas

Las ofertas deberán presentarse en formato electrónico y a través del Portal, serán de carácter irrevocable y no podrán estar sujetas a condición alguna.

Todos los anexos singularizados en las presentes Bases y los documentos que deban ser suscritos para la contratación, deben ser firmados por el representante legal del adjudicatario o por el apoderado que cuente con facultades suficientes para esta actuación, o por sí mismo en el caso de que sean personas naturales, debiendo existir coincidencia entre los datos de identificación del oferente que consten en Registro de Proveedores, por un lado, y los datos de identificación del oferente que consten en los respectivos anexos y documentos de la oferta.

No se aceptarán ofertas presentadas por un conducto diferente al señalado, salvo en los casos previstos en el artículo 62 del Reglamento de la Ley N° 19886.

La presentación de la oferta implica la aceptación por parte del proponente de todas y cada una de las disposiciones contenidas en las presentes Bases, las normas y las condiciones que regulan tanto el mecanismo de la licitación, selección y adjudicación, así como la correcta entrega del producto objeto de la licitación, sin necesidad de declaración expresa.

9.5           Precio y Moneda

Los precios presentados por los oferentes se cotizarán en Pesos Chilenos, netos (sin IVA), y deben incluir todo gasto que sea requerido para cumplir con la compra o servicio en las condiciones exigidas en las presentes Bases de Licitación.

9.6           Vigencia de las Ofertas

Las ofertas presentadas deben tener una validez mínima de 45 días hábiles, a contar desde la fecha de cierre de la licitación.

9.7           Garantías

En las adquisiciones superiores a 1.000 UTM, para garantizar el fiel y oportuno cumplimiento de las obligaciones que impone el contrato y/o de las multas que se impusieren, el adjudicatario deberá presentar una garantía de fiel cumplimiento del contrato, que deberá ser emitida y entregada conforme lo dispone el numeral 8 de las presentes Bases.

Si el adjudicatario no presentare la garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato dentro del plazo establecido, se podrá adjudicar al proponente que hubiere resultado calificado en segundo lugar en la evaluación, sin perjuicio de la facultad dela Dirección de Vialidad de declarar desierta la licitación.

En licitaciones inferiores a las 1.000 UTM, solo será exigida la presentación de esta garantía si el Servicio por razones fundadas, lo solicite expresamente en las presentes Bases de Licitación.

El Servicio podrá hacer efectiva esta garantía, si el proveedor no cumple con la entrega de suministro en los términos establecidos en las presentes Bases de Licitación o incurra en alguna causal de terminación anticipada del contrato, lo que deberá ser debidamente declarado mediante resolución fundada.

9.8           Errores u Omisiones y Presentación de Antecedentes Omitidos por los Oferentes.

La Dirección de Vialidad, podrá solicitar a través del Foro Inverso disponible en el portal www.mercadopublico.cl, aclaraciones y antecedentes complementarios, como asimismo, información necesaria para salvar errores de hecho u omisiones evidentes, observando siempre los términos de las presentes Bases y el principio de igualdad entre los oferentes.

Para estos efectos, se otorgará un plazo de cuarenta y ocho horas, contadas desde la publicación de este requerimiento en el Sistema de Información, para que el oferente entregue respuesta a las solicitudes.

En caso de requerir antecedentes omitidos, estos podrán ser aceptados siempre que se trate de antecedentes que se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar las ofertas o se trate de situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo de presentar ofertas y el periodo de evaluación.

9.9        Evaluación de las Ofertas

Las ofertas serán evaluadas técnica y económicamente, según sea el caso, por un Revisor o una Comisión de Evaluación (en adelante la Comisión) compuesta por tres integrantes.

En las licitaciones en las que la evaluación de las ofertas revista gran complejidad y en todas aquellas superiores a 1.000 UTM, las ofertas deberán ser evaluadas por una comisión de al menos tres funcionarios públicos, internos o externos, del organismo de la Administración del Estado respectivo o, en su caso, de tres trabajadores de las entidades que no se rijan por las reglas estatutaria, de manera de garantizar la imparcialidad y competencia entre los oferentes.

Los evaluadores no podrán tener conflictos de intereses con los Oferentes, debiendo cumplir con las exigencias y requisitos establecidos en la ley y el presente Reglamento.

La integración de la comisión evaluadora se publicará previo a la apertura de las ofertas en el Sistema de Información.

Se evaluaran únicamente las propuestas que cumplan con los requisitos establecidos en las presentes Bases de Licitación, la ley y Reglamento, y se declararan inadmisibles las ofertas que no cumplan con estos.

Tanto la verificación de cumplimiento de antecedentes a presentar, como la evaluación de las ofertas aceptadas, quedará consignado en el respectivo Informe o Acta de Evaluación y someterse a lo establecido en el párrafo 7 del Capítulo IV del Decreto de Hacienda N°661 de 2024 y artículos 59, 60 y 61 del mismo cuerpo normativo; artículo 9 de la Ley N°19886, y demás disposiciones legales o reglamentarias aplicables.

Durante el periodo de evaluación, los oferentes solo podrán mantener contacto con la Entidad Licitante para los efectos de la misma, tales como la solicitud de aclaraciones, presentaciones, exposiciones, entrega de muestras o pruebas o visitas a terreno que esta pudiese requerir durante la evaluación y siempre que hubieren sido previstas en las presentes Bases, quedando absolutamente prohibido cualquier otro tipo de contacto.

Los evaluadores, no podrán tener conflictos de intereses con los oferentes, circunstancia que se dejará constancia en el Acta de Evaluación de las ofertas, por medio de una declaración jurada simple anexada a dicha acta.

9.10        Verificación de los Requisitos de Admisibilidad

El Revisor o la Comisión, respectivamente, verificarán que las ofertas cumplan los requisitos de admisibilidad establecidos en las presente Bases de Licitación.

Tendrán dicho carácter los documentos señalados en el numeral 4. de las presentes Bases Administrativas y que no sean objeto de asignación de puntaje y aquellos que demuestren alguna inhabilidad o prohibición para contratar con Organismos del Estado.

Asimismo, declarará inadmisible una o más ofertas cuando se presenten en un procedimiento de contratación, ofertas simultáneas respecto de un mismo bien o servicio por parte de empresas pertenecientes al mismo grupo empresarial o relacionado entre sí, en cuyo caso se aplicará lo dispuesto en el artículo 9 ° de la Ley N ° 19886 de Compras Públicas.

 En caso que un mismo oferente presente más de una oferta, se considerará la primera de ellas ingresada en el portal www.mercadopublico.cl , considerando el día y hora de ingreso, y las demás serán declaradas inadmisibles.

Por su parte, los evaluadores podrán proponer, fundadamente, que se declare inadmisible cualquier oferta que no se ajuste a estas Bases o a la normativa vigente, o se estime inviable para la adecuada ejecución del contrato, como por ejemplo, cuando la oferta económica sea inferior a la mitad del precio promedio de las otras ofertas presentadas.

La presentación de documentación que contenga información notoriamente no fidedigna, o que venga en formato ilegible o enmendado, se tendrá por no presentada.

En el Acta de Evaluación se consignará si las ofertas son declaradas admisibles o inadmisibles y las razones que en cada caso lo justifican.

9.11        Resolución de Empates

En caso de empate de las ofertas evaluadas, se aplicarán las siguientes reglas de solución de empates: 

CONDICIÓN

ADJUDICACIÓN

Igual Puntaje

Se adjudica al proveedor que presente el mayor puntaje en la oferta económica.

Igual puntaje e igual valor en las ofertas Económica.

Se adjudica al mejor puntaje en criterio “Plazo de Entrega “

Igual Puntaje, igual valor en la oferta Económica y plazo de entrega

Se adjudica al proveedor con mejor puntaje en programa de integridad.

Igual Puntaje, igual valor en la oferta Económica, Plazo de entrega e igual programa de integridad.

Se adjudica al proveedor con mayor puntaje en cumplimiento requisitos formales.

En caso de persistir el empate, se elegirá al oferente que ingresó primero su oferta, de acuerdo a la fecha y hora de ingreso en el portal www.mercadopublico.cl. Este hecho quedará consignado en el Acta de Evaluación de ofertas, donde se indicará el método que se utilizó para su verificación.

9.12        Revocación del Llamado y Desestimación de Ofertas

La Dirección de Vialidad, se reserva el derecho de dejar sin efecto el proceso de licitación publicado en el Portal por razones de mérito, conveniencia u oportunidad, conforme lo dispuesto en el artículo 61 de la ley N° 19.880.

Asimismo, la Dirección se reserva el derecho de declarar desierta la licitación cuando no se presenten ofertas o estás no resulten convenientes al interés del Servicio, de acuerdo con lo  dispuesto en el artículo 9° de la Ley de Compras Públicas N° 19.886, pudiendo desestimarlas  independiente de sus montos y condiciones, antes de la adjudicación por razones de interés fiscal.

En todos estos casos, los proponentes no tendrán derecho a reclamo ni indemnización alguna.

9.13        Fecha de Cierre y Adjudicación

La fecha de cierre de la licitación podrá ser modificada por decisión del Servicio, para asegurar una mayor participación de oferentes.

Del mismo modo, la fecha de adjudicación podrá ser modificada por necesidades del Servicio,  informando en el Sistema de Información del Portal Mercado Público, las razones que lo justifican  y el nuevo plazo de adjudicación.

9.14              Adjudicación

Se adjudicara  a la mejor “OFERTA GLOBAL”, si la oferta no es global será declarada inadmisible.

La adjudicación se efectuará mediante el correspondiente acto administrativo, al proveedor que a proposición del Revisor o Comisión cumpla con las exigencias de las presentes Bases y obtenga la mejor calificación según los criterios de evaluación. Esta propuesta, podrá ser aceptada o rechazada por la autoridad competente por razones fundadas.

El resultado de la licitación se publicará en el Portal Mercado Público, la que se entenderá notificada al Adjudicatario y demás participantes, al día siguiente hábil de su publicación.

9.15              Formalización de la Contratación

Las adquisiciones menores a 1.000 UTM, se formalizaran mediante la emisión de la orden de compra y su aceptación por el proveedor. En estos casos, la Orden de Compra se emitirá conjuntamente con la publicación de la Adjudicación en el Portal.

Emitida la orden de compra, se entenderá notificada al Adjudicatario al día siguiente hábil a su envío a través del Portal Mercado Público, y el proveedor tendrá un plazo máximo de 24 horas contados desde su notificación para aceptarla, de lo contrario, el Servicio podrá solicitar su rechazo, entendiéndose definitivamente rechazada una vez transcurridas 24 horas desde dicha solicitud.

En las adquisiciones superiores a 1.000 UTM, la contratación se formalizará con la suscripción del contrato respectivo, el cual será cargado al Portal junto con los datos de la correspondiente licitación.

El proveedor tendrá un plazo máximo de 05 días hábiles, contados desde la notificación de la adjudicación por el Portal Mercado Público, para hacer llegar al Servicio el contrato suscrito en forma manual o por medios electrónicos, en cuyo caso deberá ser acompañado en formato PDF.

Transcurrido este plazo, se emitirá la Orden de Compra y regirán los mismos plazos y condiciones de notificación y aceptación, indicados para compras inferiores a 1.000 UTM.

En todo caso, en ambos tipos de contratación y de corresponder, el proveedor deberá presentar la Garantía de Fiel Cumplimiento de Contrato dentro del plazo contemplado en el numeral 8 de las presentes Bases Administrativas.

9.16              Habilidad del Proveedor

El proveedor adjudicado debe encontrarse en estado hábil” para contratar con organismos del Estado en el Registro de Proveedores.

9.17              Readjudicación

Una vez adjudicada la propuesta, sin que el proveedor hubiese presentado la Garantía de Fiel Cumplimiento o formalizado la contratación según lo indicado en las presentes Bases, o bien, se desista de su oferta o sea inhábil para contratar de acuerdo con los términos de la Ley N° 19.886 y su Reglamento, o incurra en cualquier otro incumplimiento de las obligaciones que impone las presentes Bases o la Ley, previo al inicio de la ejecución del contrato, la Dirección de Vialidad podrá, junto con dejar sin efecto la adjudicación original, adjudicar la licitación a la siguiente oferta mejor evaluada, dentro del plazo de 60 días corridos contados desde la publicación de la adjudicación original.

Sin perjuicio de lo anterior, la Dirección de Vialidad podrá declarar desierta la licitación a conveniencia del Servicio.

9.18              Monto y Plazo de Vigencia del Contrato

El monto total del contrato ascenderá al valor de la oferta propuesta por el oferente adjudicado, debidamente aceptado por el Servicio mediante la Resolución de Adjudicación respectiva y no estará afecto al pago de reajustes ni intereses.

El Contrato tendrá una vigencia de acuerdo  a la fecha de entrega indicada por el proveedor en su oferta, y comenzará a contar de la notificación de la Resolución de Adjudicación por el Portal www.mercadopublico.cl, plazo dentro del cual el proveedor deberá estar a disposición para la entrega de los productos dentro del plazo ofertado, conforme a los requerimientos del Inspector Fiscal.

Si el plazo de inicio o término de la contratación, venciera en un día sábado, domingo o festivo, extenderá automáticamente al día hábil siguiente.

9.19              Inspección Fiscal o Contraparte Técnica

Con el objetivo de coordinar y controlar el correcto cumplimiento del contrato, la Dirección de Vialidad designará en la Resolución de Adjudicación del suministro correspondiente, a un  funcionario de su dependencia como Inspector Fiscal o Contraparte Técnica, quien velará por el fiel cumplimiento de los plazos y demás obligaciones establecidas en las Bases Técnicas, Bases Administrativas y Oferta del proveedor debidamente aceptada.

Toda instrucción que realice el Inspector Fiscal debe constar por escrito.

9.20              Modificaciones al contrato

El contrato solo podrá modificarse durante su vigencia cuando se dé alguno de los siguientes supuestos:

a)  Cuando así se haya previsto en las bases de licitación o el contrato, como lo es, la variación de cantidades contemplada en el numeral 9.28 de las presentes Bases de Licitación.

     b) Excepcionalmente, cuando por circunstancias de caso fortuito o fuerza mayor el proveedor esté impedido de cumplir sus obligaciones y que no se haya previsto en las bases o el contrato.

El organismo del Estado estará facultado para aumentar el plazo de ejecución del contrato o la orden de compra mientras dure el impedimento, por lo que será  proporcional a la situación, hecho o causa que le ha dado origen.

En estos casos, el proveedor deberá informar y entregar al Inspector Fiscal o Contraparte Técnica, antes del vencimiento del plazo del contrato, los antecedentes y medios de verificación que justifiquen el hecho que origina la situación de excepción.

En caso de proceder, el Inspector Fiscal elaborará un informe con los antecedentes de respaldo para ser remitido al Director Regional de Vialidad, solicitud que podrá ser aprobada o rechazada por la Dirección. La falta de antecedentes que justifiquen la solicitud, será merito suficiente para su rechazo. 

Asimismo, podrá realizar una modificación a los bienes o servicios comprometidos en el contrato o la orden de compra, siempre y cuando existan razones de interés público, y que ésta permita satisfacer de igual o mejor forma la necesidad pública que haya dado origen al procedimiento de contratación.

 

Las modificaciones señaladas deberán respetar el equilibrio financiero del contrato y el valor de éstas no podrá exceder, independientemente o en su conjunto con las demás modificaciones realizadas a éste durante su vigencia, el equivalente al 30 por ciento del monto originalmente convenido entre el proveedor y el organismo del Estado, siempre que este último cuente con disponibilidad presupuestaria para ello.

En ningún caso podrán aprobarse modificaciones que puedan alterar los elementos esenciales del contrato u orden de compra inicial.

Cualquier modificación de aquellas señaladas en el presente numeral, deberá aprobarse mediante acto administrativo fundado en el que se consignen las razones que justifiquen las modificaciones efectuadas al contrato o la orden de compra, y deberá ser publicado en el Sistema de Información y Gestión de Compras y Contrataciones del Estado.

 

9.21              De la Entrega

El plazo de entrega de los productos, corresponderá al propuesto por el oferente adjudicado en su oferta y aceptado por el Servicio mediante la Resolución de Adjudicación respectiva.

El plazo de cada entrega, comenzará a correr a más tardar el segundo día hábil siguiente al de la notificación de la respectiva Orden de Compra por el portal.

Para estos efectos, el Inspector Fiscal designado, solicitará al área de adquisiciones  la generación de la Orden de Compra para su notificación por el Portal al proveedor, de acuerdo al requerimiento los productos solicitados por la Dirección de Vialidad.

La entrega debe ser total, es decir, incluir todos los productos considerados en la Orden de Compra, y ser entregados y descargados por cuenta del proveedor en el Recinto Fiscal de la Dirección de Vialidad ubicado en Sector La Posa km.12, ruta 225-CH, Puerto Varas (Cruce Av. Los Colonos/Av. Vicente Pérez Rosales) -Ensenada-Paso Pérez Rosales.

Si el plazo de inicio o término de la entrega, venciera en un día sábado, domingo o festivo, extenderá automáticamente al día hábil siguiente.

9.22              Recepción de los Productos

El Inspector Fiscal, recibirá conforme los productos, levantado la correspondiente Acta de Recepción, si se cumplen los siguientes requisitos:

1)  Que se haya efectuado la entrega de todos los insumos  conforme a la Orden de Compra.

2)  Que se verifique la circunstancia de haberse cumplido los requisitos y especificaciones técnicas de los productos.

3) Considerar las eventuales causas de incumplimientos técnicos de los productos o retrasos en la entrega, su acreditación y el respectivo cálculo de multas, si corresponde.

Será causal de rechazo en la recepción de los productos, si el IF detectaré el incumplimiento de la descripción técnica de éstos presentado en su oferta o de las especificaciones contenidas en las Bases Técnicas.

La recepción debe ser total, es decir, en caso de rechazo en la aprobación de cualquiera de los productos requeridos en la Orden de Compra, se entenderá que estos no han sido entregados hasta su total aprobación, quedando sujeto a la aplicación de multas que correspondan por no entrega oportuna conforme al plazo ofertado.

9.23              Del Pago

El pago se efectuará una vez concluida la entrega del total de los productos considerados en la Orden de Compra respectiva, previa recepción conforme del Inspector Fiscal.

9.24                       Documentos de Respaldo para Pago

Una vez recibido los Insumos por el Inspector Fiscal y previa recepción conforme, se procederá al pago debiendo adjuntar los siguientes documentos:

- Acta de Recepción.

- Planilla de multas por atrasos si corresponde.

  

9.25              Facturación Electrónica y Forma de Pago

El pago al proveedor se generara en un plazo no superior a 30 días hábiles contados desde la presentación de la factura, previa recepción conforme del suministro y firma de la factura por el Servicio.

De acuerdo a la Ley N° 20.727 del Ministerio de Hacienda y sus Modificaciones, que establece el uso obligatorio de la factura electrónica, el proveedor deberá emitir sus respectivas facturas al Ministerio de Obras Públicas, de forma electrónica, para lo cual deberán realizar ciertos ajustes en el formato XML de la misma, de manera que ésta refleje el lugar donde se efectuó la compra de bienes y/o servicios.

Para ello, las facturas emitidas deberán llevar dos campos para lograr la identificación de la Región y el lugar de pago en donde se produjo la compra, con el objeto de su correcta identificación y envío automático del documento a los correos electrónicos que se disponen.

Asimismo, deberá contener los siguientes datos:

Razón Social: MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS DIRECCIÓN GENERAL DE OBRAS PÚBLICAS DCYF

Región: LOS LAGOS

Domicilio: AV. BDO. O’HIGGINS 451, 4TO PISO

Comuna: PUERTO MONTT

RUT: 61.202.000-0

Giro: SERVICIO PUBLICO

CÓDIGO FACTURACIÓN: 1260 DIRECCIÓN REGIONAL DE VIALIDAD

9.26              Factoring

El proveedor, podrá factorizar las facturas de conformidad a la legislación respectiva, siempre y cuando se notifique a la Dirección de Vialidad y no existan obligaciones o multas pendientes.

9.27              Autorización de Pago a través de Bancos

Para efectos del pago, el proveedor deberá efectuar el trámite “Autorización de Pago a Través de Bancos”, que permite a personas naturales y jurídicas, autorizar de forma remota a la Dirección de Contabilidad y Finanzas del Ministerio de Obras Públicas, abonar a la cuenta bancaria que indique el proveedor, el monto presentado a cobro.

Para acceder a la autorización deberá dirigirse al enlace https://aplicaciones.mop.gob.cl/TramitesDCyF/inicio , acceder mediante clave única y completar el formulario web.

El mecanismo especifico de uso de esta herramienta, se detalla en documento ORD. N° 708 de fecha 29/12/2021, del Director Nacional de Contabilidad y Finanzas del MOP, que Instruye Sobre la Modalidad de Pago Electrónico a contar del año 2022.

9.28              Variación de Cantidades

La Dirección de Vialidad, se reserva el derecho de aumentar o disminuir hasta en un 30% las cantidades adjudicadas, por necesidades del Servicio, sin que esto afecte los precios ofrecidos.

Para lo anterior el Inspector Fiscal deberá solicitarlo durante la vigencia del contrato, expresando las razones en que se funda por escrito y ser autorizado por la jefatura o autoridad que corresponda. 

En tal caso, no podrá alterarse la aplicación de los principios de estricta sujeción a las bases, igualdad de los oferentes y el equilibrio financiero del contrato, y podrá autorizarse siempre que el organismo del Estado cuente con disponibilidad presupuestaria para ello.

9.29              Multas y Sanciones

Ante un eventual incumplimiento en el plazo de entrega, la Dirección de Vialidad aplicará una multa del 2% del valor total de los productos requeridos en la (OC), por cada día corrido de atraso, a contar del día inmediatamente después de la fecha de término de entrega correspondiente.

La multa se hará efectiva al momento del pago, descontándose del monto a pagar por los productos solicitados en la OC.

Cuando las multas representen un 15% o más del valor total adjudicado IVA incluido, la Dirección de Vialidad pondrá término anticipado el contrato y se hará efectivo el cobro de la Garantía de Fiel Cumplimiento del contrato.

9.31        Procedimiento para la Aplicación de Multas

En caso de incumplimiento en la entrega, deberá ser informado por el Inspector Fiscal mediante correo electrónico enviado al proveedor, indicado los hechos que lo configuran.

Si existiesen circunstancias de fuerza mayor o caso fortuito que justifiquen el incumplimiento, será responsabilidad del proveedor comunicar y entregar los antecedentes y medios de verificación al Inspector Fiscal o Contraparte Técnica, a más tardar, dentro de los 5 días hábiles contados desde la comunicación por correo electrónico efectuada por el Fiscalizador.

El Inspector Fiscal elaborará un informe con los antecedentes de respaldo para ser remitido al Director Regional de Vialidad, solicitud que podrá ser aprobada total o parcialmente, o bien, rechazada por este último. La falta de antecedentes que justifiquen la solicitud, será merito suficiente para su rechazo.

La Dirección de Vialidad, analizará los antecedentes y si es procedente, aplicará la multa mediante resolución fundada que establezca la causal del incumplimiento, la que deberá pronunciarse sobre los descargos presentados, si existieren, y deberá publicarse oportunamente en el Portal. La notificación de la misma, se entenderá efectuada luego de las 24 horas siguientes a su publicación.

9.32              Recursos

Las decisiones que adopte la Dirección de Vialidad, serán susceptibles de los recursos administrativos que correspondan de acuerdo a lo establecido en la Ley Nº 19.880, de Bases de los Procedimientos Administrativos que Rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado.

9.33              Término Anticipado del Contrato

El contrato podrá terminar anticipadamente con arreglo al artículo 13 bis de la Ley Nº 19.886 de 2003, por las siguientes causales:

    a) La muerte o incapacidad sobreviniente de la persona natural, o la extinción de la personalidad jurídica de la sociedad contratista.

    b) La Resciliación o mutuo acuerdo entre las partes, siempre que el proveedor no se encuentre en mora de cumplir sus obligaciones.

    c) El incumplimiento grave de las obligaciones contraídas por el proveedor. Se entiende por incumplimiento grave del contrato haber incurrido en multas que representen un 15% o más del valor total adjudicado IVA incluido.

    d) El estado de notoria insolvencia del contratista, a menos que se mejoren las cauciones entregadas o las existentes sean suficientes para garantizar el cumplimiento del contrato.

    e) La imposibilidad de ejecutar la prestación en los términos inicialmente pactados, cuando no sea posible modificar el contrato de conformidad con el artículo 13. En tal caso, el organismo del Estado sólo pagará el precio por los bienes o servicios que efectivamente se hubieren entregado o prestado, según corresponda, durante la vigencia del contrato. Asimismo, en el evento que la imposibilidad de cumplimiento del contrato obedezca a motivos imputables al proveedor, procederá que se apliquen en su contra las medidas establecidas en el artículo 13 ter.

    f) Por exigirlo el interés público o la seguridad nacional.

    g) Las demás causales establecidas en la ley, en las respectivas bases de la licitación o en el contrato. Dichas bases podrán establecer mecanismos de compensación y de indemnización a los contratantes.

 Los actos administrativos que dispongan tales medidas deberán ser fundados y publicados en el Sistema de Información y Gestión de Compras y Contrataciones del Estado.

9.34              Solución de Controversias

Toda controversia entre la Dirección de Vialidad y el proveedor, que se verifique durante el desarrollo del contrato, será sometida a la consideración del Señor Fiscal de Obras Públicas, quien emitirá un Informe en derecho, sin perjuicio de las facultades que correspondan al Ministro de Obras Públicas y al Contralor General de la República.

9.35              Pacto de Integridad

El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones que contenidas el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:1.- El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.2.- El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas. 3.- El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma.4.- El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio.5.- El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase.6.- El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.7.- El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.8.- El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.



BASES TECNICAS

1.    INTRODUCCIÓN

Se requiere la Adquisición de Tableros de 15m  y Piezas de madera Creosotada, destinada a puentes mixtos por Administración Directa en la Región de Los Lagos.

2.    DESCRIPCIÓN

La Dirección de Vialidad, invita a presentar ofertas para la Adquisición de Tableros de 15m  y Piezas de madera Creosotada, destinada a puentes mixtos por Administración Directa en la Región de Los Lagos

Producto/Servicio

Descripción

Cantidad

Unidad

Vigas de madera

TABLEROS DE 15 M CON HERRAJE, SEGUN ESPECIFICACIONES TECNICAS ADJUNTAS.

7

Kit

3.    ESPECIFICACIONES TÉCNICAS.

 

1.      DESCRIPCIÓN Y ALCANCE

Los elementos especificados en este documento están destinados a la construcción y reparación de superestructuras de puentes de madera en caminos pertenecientes a la red vial de administración directa de la Dirección de Vialidad en la Región de Los Lagos.

El proveedor será responsable de entregar, descargar y apilar el material en el recinto fiscal de la Dirección de Vialidad ubicado en: Recinto La Poza, Ruta 225-CH, cruce Av. Los Colonos/Av. Vicente Pérez Rosales, kilómetro 12, Ensenada, comuna de Puerto Varas.

2.      MADERA CREOSOTADA

2.1      ESPECIFICACIONES GENERALES DE LA MADERA

2.1.1   Especies admitidas

Las especies forestales permitidas para las piezas estructurales serán:

•          Roble (Nothofagus obliqua)

•          Coigüe (Nothofagus dombeyi)

Estas deberán corresponder a maderas latifoliadas de Clase de dureza 5, conforme a las clasificaciones indicadas por la Norma Chilena NCh1970/1:2017 y la Tabla de propiedades mecánicas del Manual de Cálculo de Construcciones en Madera del INFOR.

El proveedor deberá acreditar la procedencia legal de la madera utilizada, especificando especie, origen, forma de adquisición y, si corresponde, documentación de ingreso al país.

2.1.2   Normas Técnicas Aplicables

Las propiedades resistentes, dimensionales, de humedad y clasificación visual deberán cumplir con las siguientes normativas chilenas:

•          Manual de Carreteras MOP, Volumen 7, ítem 7.307.0902 (Preservación de Maderas)

•          NCh174:2019           –          Unidades,      dimensiones  nominales,     tolerancias     y  especificaciones.

•          NCh176/1:2019 – Determinación del contenido de humedad.

•          NCh1970/1:2017 – Clasificación visual para uso estructural.

•          NCh1990:2017 – Tensiones admisibles para madera estructural.

•          NCh1989:2017 – Agrupamiento de especies según resistencia.

•          NCh790:2012, sección 4.2.2.1 – Preservantes oleosos (creosota y petróleo).

2.1.3   Condiciones de la Madera

Las piezas deberán cumplir las siguientes condiciones generales:

 

•          Ser aserradas en equipos mecanizados en buen estado, de forma que sus superficies adyacentes sean ortogonales entre sí.

•          Presentar superficies libres de:

o          Pudrición, azumagadura o fracturas.

o          Nudos perforados o agrupados en racimo (solo se permitirán nudos vivos sanos).

o          Partiduras, torceduras, arqueamientos y encorvaduras múltiples (solo se aceptarán en un plano).

•          Se aceptarán grietas de secado superficial mientras no comprometan la resistencia estructural.

•          Se acepta la presencia de albura (hualle) sin restricciones.

2.2      – TRATAMIENTO PRESERVANTE DE LA MADERA

2.2.1   Tipo y Composición del Preservante

El preservante deberá corresponder a una mezcla de creosota destilada de alquitrán de hulla (60%) y petróleo pesado N°5 (40%), conforme a lo indicado en la Norma Chilena NCh790:2012, sección 4.2.2.1, y a los estándares AWPA P1/P13-19, P2-19 y P3-19.

El proveedor deberá presentar un certificado de procedencia del químico, emitido por el fabricante o distribuidor autorizado, que acredite su conformidad técnica.

2.2.2   Normas y Estándares Técnicos Aplicables

El tratamiento químico debe realizarse en instalaciones que cumplan con los requisitos de infraestructura, equipamiento e instrumentación establecidos por las siguientes normas:

•          AWPA M3-16: Requisitos de infraestructura de la planta de impregnación.

•          AWPA M1-18, M2-19 y M22-19: Control de calidad del proceso y del producto tratado.

•          AWPA T1-20: Condiciones mínimas de vacío, presión y temperatura.

2.2.3   Método de Impregnación

El tratamiento debe realizarse mediante un proceso al vacío y presión, dividido en tres etapas:

•          Boultonizado: 170 °F (77 °C), –10 psi → etapa de pre-secado al vacío con calor.

•          Impregnación: 180 °F (82 °C), +180 psi → inyección del preservante.

•          Limpieza final: 160 °F (71 °C), –10 psi → remoción del excedente de creosota.

 

Cada ciclo de tratamiento deberá ser registrado automáticamente con trazabilidad completa, incluyendo curvas de presión, temperatura y duración.

2.2.4   Condiciones de Humedad de la Madera

Antes del tratamiento, el contenido de humedad de la madera no deberá superar el 50%, determinado conforme a la norma NCh176/1:2019.

•          Si la madera supera este límite, deberá someterse al proceso de Boultonizado, con el objetivo de reducir la humedad o extraer al menos 5,5 lb de agua por pie cúbico (≈ 88 kg/m³).

•          El contenido de humedad final también deberá ser igual o inferior al 50%, verificado según el método de laboratorio definido en AWPA M2-19.

2.2.5   Retención y Penetración del Preservante

El proceso de impregnación deberá alcanzar como mínimo los siguientes valores de retención neta de preservante:

Tipo de pieza Retención mínima

Entramado tablero   112 kg/m³

Vigas y soleras          120 kg/m³

Pilares y basas          144 kg/m³

Además, deberá verificarse que la penetración del preservante cumpla con al menos una de estas dos condiciones:

•          Profundidad absoluta promedio ≥ 12,5 mm, o

•          Penetración ≥ 65% de los anillos de crecimiento de la albura.

El control de penetración y retención deberá realizarse sobre al menos el 10% de las piezas de cada carga, elegidas aleatoriamente, conforme a AWPA A3-97.

2.3      – CONTROL DE CALIDAD, RECEPCIÓN Y TRAZABILIDAD

2.3.1   Control de Calidad

La Dirección de Vialidad se reserva el derecho de inspeccionar la madera tratada en cualquiera de las siguientes etapas:

 

•          Antes del tratamiento (“Control en verde”): en la planta de producción o en el lugar que la Dirección determine.

•          Después del tratamiento (“Control en impregnado”): en la planta de impregnación o en el sitio de recepción final.

Estas inspecciones podrán ser realizadas por inspectores fiscales o por entidades independientes contratadas por la Dirección.

2.3.2   Verificación Técnica del Proceso

Cada carga de impregnación deberá contar con un Reporte de Tratamiento, firmado por el jefe de planta, que incluya como mínimo:

•          Número de carga, cantidad de piezas y especie.

•          Dimensiones de las piezas (sección y largo).

•          Registro del ciclo de tratamiento:

o          Tiempo, presión y vacío en cada fase.

o          Temperaturas máximas y mínimas.

•          Retención neta del preservante (kg/m³).

•          Resultados de penetración.

•          Firma y nombre del operador responsable.

•          Registro de consumo total de preservante.

•          Fecha y hora del tratamiento.

2.3.3   Control de Penetración y Retención

Para cada carga:

•          Se seleccionará al azar un mínimo del 10% de las piezas (al menos 10 unidades) para extraer testigos con taladro de incremento.

•          La perforación se realizará en el tercio central de un canto, y deberá ser tapada inmediatamente.

•          Si el 80% o más de las muestras cumplen con los criterios de penetración establecidos, la carga será aceptada.

•          Si no se cumple este umbral, se realizará un segundo muestreo por el canto opuesto. Si también falla, se rechaza la carga.

2.3.4   Criterios de Rechazo

Será rechazada cualquier carga que:

•          No cumpla con los valores mínimos de retención o penetración exigidos, incluso luego de segundo muestreo.

•          Presente piezas con defectos no admisibles, tales como:

o          Pudrición, azumagadura, fracturas o torceduras excesivas.

o          Grietas en cabeza que comprometan la integridad estructural.

•          No cuente con los certificados exigidos o con documentación incompleta.

 

Las cargas rechazadas podrán ser reimpregnadas y sometidas nuevamente a inspección, debiendo cumplir todos los requisitos como si fuera una carga nueva.

2.3.5   Registro y Trazabilidad

La planta de impregnación deberá conservar, por un periodo mínimo de tres años, la siguiente documentación y evidencias:

•          Reportes de tratamiento impresos.

•          Curvas automáticas de presión, temperatura y vacío.

•          Registro manual foliado con observaciones cada 60 minutos del ciclo.

•          Testigos físicos de control (mínimo 5 tarugos por carga).

•          Resultados de análisis de humedad antes y después del tratamiento.

Cada despacho deberá incluir:

•          Certificado de tratamiento por carga.

•          Hoja de seguridad del producto preservante.

•          Copia del Reporte de Tratamiento y guía de despacho correspondiente.

2.4      – MANEJO AMBIENTAL, SEGURIDAD Y ALMACENAMIENTO

2.4.1   Normativa Ambiental Aplicable

El proceso de tratamiento y el manejo posterior del material impregnado con creosota deberán cumplir con la normativa ambiental y de salud vigente, incluyendo:

•          Ley N° 20.283 sobre Recuperación del Bosque Nativo y Fomento Forestal.

•          Decreto con Fuerza de Ley N° 701 del Ministerio de Agricultura.

•          Norma Chilena NCh819:2019 sobre preservantes para madera.

•          Disposiciones del Ministerio de Salud de Chile respecto a la manipulación y uso de creosota.

•          Estándares de la Agencia de Protección Ambiental de EE. UU. (EPA), cuando sea aplicable.

•          Hoja de Seguridad del Producto Preservante, conforme al Apéndice VI de esta especificación.

2.4.2   Normativa de Seguridad en el Manejo del Preservante

Durante la fabricación, almacenamiento, transporte, manipulación y disposición del preservante creosota y del material impregnado, se deberán seguir las siguientes directrices técnicas:

•          AWPA M4-23: Manejo del producto tratado.

 

•          AWPA M20-15: Condiciones de operación seguras.

•          FDA 21CFR369.20, OSHA 29CFR1910 y 1926: Normas de exposición ocupacional (referenciales internacionales).

•          BS 144:1997 (UK) y EN 13391:2003 (EU) como referencia secundaria cuando proceda.

El oferente deberá acompañar autorización vigente otorgada por la autoridad sanitaria competente para la manipulación, uso y disposición de creosota

2.4.3   Almacenamiento del Material Impregnado

El material impregnado deberá ser almacenado cumpliendo las siguientes condiciones:

•          Separado del suelo mediante estibas o encastillado.

•          Cubierto y protegido de lluvias, evitando escurrimiento del preservante.

•          Ventilado naturalmente, pero protegido de exposición directa a fuentes de calor o ignición.

•          Con señalización de advertencia respecto al uso de creosota.

•          Almacenamiento solo en recintos autorizados y aprobados por la autoridad ambiental competente, si corresponde.

2.4.4   Recomendaciones de Manipulación

•          Utilizar guantes, mascarillas y ropa de trabajo durante la manipulación del material.

•          Evitar el contacto prolongado con la piel o inhalación de vapores.

•          Evitar el uso del producto en estructuras cerradas o en contacto directo con agua potable.

•          Disponer adecuadamente los residuos contaminados (trapos, escurrimientos, etc.) conforme a la regulación local.

3          – SEGURIDAD VIAL Y ELEMENTOS DE VISUALIZACIÓN DEL TABLERO

3.1      Requisitos Generales

Dado que el suministro incluye el tablero completo del puente, con rodado, guarda ruedas y barandas laterales de madera creosotada, se deberá garantizar una adecuada visibilidad del puente para los usuarios de la vía, especialmente en condiciones de baja iluminación o visibilidad reducida.

Todos los elementos de seguridad vial señalados a continuación deberán estar incorporados dentro del costo total del suministro, sin pagos adicionales.

3.2      Elementos de Seguridad Vial Obligatorios

El oferente deberá considerar en su propuesta la inclusión de elementos que permitan advertir visualmente la presencia del puente, tales como:

 

•          Material reflectante adherido en las barandas laterales, guarda ruedas o extremos del tablero.

•          Pintura reflectante (clase 1 o superior) aplicada sobre zonas visibles de la estructura de madera.

•          Delineadores retrorreflectantes o dispositivos similares fijados en puntos estratégicos.

•          Otras soluciones pasivas de advertencia nocturna, integradas al diseño del tablero.

3.3      Validación Técnica

El proveedor deberá presentar un conjunto de soluciones de visualización al Inspector Fiscal para su revisión y validación técnica, considerando:

•          Condiciones específicas del camino donde se instalará el tablero.

•          Visibilidad lateral y frontal del puente en situación de rodado.

•          Resistencia de los elementos propuestos a la intemperie y a la manipulación.

El Inspector Fiscal tendrá la facultad de aprobar o solicitar ajustes a las soluciones propuestas.

4          – HERRAJERÍA Y ELEMENTOS COMPLEMENTARIOS

El suministro deberá incluir toda la herrajería necesaria para el montaje del tablero, conforme a las especificaciones y cantidades indicadas en los planos aprobados por la Dirección de Vialidad.

Adicionalmente, se deberá considerar lo siguiente:

•          10% extra de pernería (pernos, tuercas, arandelas, etc.) respecto a lo indicado en planos.

•          2 galones de creosota del mismo tipo utilizado en la impregnación de la madera, para eventuales correcciones en terreno.

Estos elementos deben ser entregados en pallets etiquetados acorde a su correspondiente tablero.

5          – ENTREGA, DOCUMENTACIÓN Y RECEPCIÓN

5.1      Inspección Previa a la Entrega

Previo al despacho de cualquier carga de madera tratada, el proceso de impregnación deberá ser inspeccionado en planta por un Inspector Fiscal de la Dirección de Vialidad o por un organismo auditor independiente designado por esta.

La inspección incluirá:

 

•          Verificación del funcionamiento del autoclave y condiciones de operación (vacío, presión, temperatura).

•          Revisión de los registros de procesos anteriores.

•          Inspección visual de piezas seleccionadas.

•          Control de penetración y humedad en piezas recién tratadas.

Esta etapa es de carácter obligatorio y previo al despacho, y se denomina Pre-recepción en planta. La visita debe ser coordinada con al menos 10 días hábiles de anticipación.

5.2      Entrega y Descarga

El proveedor será responsable de:

•          Transportar las piezas tratadas hasta el lugar de entrega especificado por Vialidad.

•          Descargar y apilar ordenadamente el material a su costo.

•          Entregar el material sin daño mecánico, contaminantes ni pérdidas de preservante visibles.

Todos los elementos deberán ser entregados agrupados en paquetes o pallets debidamente organizados y separados por tablero según corresponda, cada uno de los cuales deberá contar con una identificación visible que indique el tablero al que pertenece y un detalle completo de las piezas contenidas.

El lugar de entrega corresponde al Recinto Fiscal Dirección de Vialidad – La Poza, Ruta 225-CH, Cruce Av. Los Colonos/Av. Vicente Pérez Rosales, Km 12, Ensenada, Puerto Varas.

Al almacenar todos los elementos en el lugar de entrega, la empresa proveedora debe cumplir con todas las condiciones mencionadas en el punto 2.4.3 de las presentes especificaciones.

5.3      Documentación Obligatoria para la Recepción Conforme

Cada carga entregada deberá acompañarse de:

•          Guía de despacho firmada por el receptor autorizado.

•          Copia de la factura correspondiente.

•          Certificado de tratamiento firmado por el jefe de planta.

•          Hoja de seguridad del producto preservante.

•          Certificados de control de humedad, retención y penetración.

•          Registro de tratamiento completo (ver sección 4.2).

•          Planilla de multas por atraso, si corresponde.

•          Manual de instalación del tablero en formato digital y en al menos 1 copia física plastificada por tablero.

La recepción conforme quedará sujeta a la revisión de los antecedentes anteriores y a la verificación visual del material entregado por los funcionarios designados.

 

6          – UNIDAD DE MEDIDA Y PAGO

El pago se realizará por unidad, entendiéndose como una unidad el sistema de tablero completo para cada puente. Este deberá incluir todas las piezas de madera creosotada, la herrajería, los elementos de seguridad vial, elementos complementarios, el traslado y entrega en el lugar indicado por la Dirección de Vialidad



10. Demandas ante el Tribunal de Contratación Pública
No cuenta con demandas ante el Tribunal de Contratación Pública.