La Delegación Presidencial Regional de Los Ríos emitirá 01 (una) Orden de Compra por cada año de vigencia del contrato, a fin de incorporar el ajuste del IPC, junto con el valor del servicio informado en el Anexo Económico Nº1 siempre y cuando, se haya firmado previamente el contrato entre las partes.
Dicha orden de compra deberá ser aceptada por el contratista para iniciar los procesos de pago contemplados en el contrato.
El pago de cada factura emitida se efectuará en un plazo máximo de 30 días corridos contados desde la recepción conforme de la factura, salvo las excepciones indicadas en el artículo 133 del Reglamento de la Ley N° 19.886, que indica que el pago de las Entidades a los proveedores por los bienes y/o servicios adquiridos deberán efectuarse por éstas dentro de los treinta días corridos siguientes a la recepción de la factura o del respectivo instrumento tributario de cobro, salvo en el caso de las excepciones legales que establezcan un plazo distinto. Sin perjuicio de lo anterior, podrá establecerse un plazo de hasta sesenta días corridos en las Bases, tratándose de licitaciones públicas o privadas, o en los contratos, tratándose de tratos directos, circunstancia que deberá sustentarse en motivos fundados.
El proveedor sólo podrá facturar servicios efectivamente ejecutados, con la recepción conforme del servicio, en este caso, por parte de quien se designe Encargado/a del Contrato o quien la subrogue, para lo cual se le enviará un correo electrónico con la autorización de facturar.
En caso de facturar antes de la aprobación del estado de pago, se rechazará la factura. Tampoco procederá el pago si el adjudicatario se encuentra en estado inhábil.
En caso de que la empresa registre saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años, el pago, producto del contrato licitado deberá ser destinado al pago de dichas obligaciones, debiendo la empresa acreditar que la totalidad de las obligaciones se encuentran liquidadas al cumplirse la mitad del período de ejecución del contrato, con un máximo de seis meses.
En este sentido, será obligación del adjudicatario/a entregar de manera inmediata toda la información requerida, respecto a la nómina de trabajadores/as que laboran en el servicio y pago de obligaciones laborales y cotizaciones sociales, en la oportunidad que lo solicite la Delegación Presidencial Regional. El monto y estado de cumplimiento de las obligaciones laborales y previsionales a que se refiere el inciso anterior, deberá ser acreditado mediante certificados emitidos por la respectiva Inspección del Trabajo.
Tratándose de una Unión Temporal de Proveedores, el documento tributario para cursar los pagos que genere la ejecución contractual podrá ser emitido por cualquiera de las empresas que compongan la UTP, detallando lo que factura cada una. Para tales efectos, el adjudicatario deberá informar, al inicio del contrato, las empresas que facturarán y lo que cobrarán según corresponda.
34.1 Procedimiento:
Con todo, para proceder a los mencionados pagos, se requerirá que previamente la Delegación registre en el Sistema de Información:
a) La entrega del servicio o la fecha de cumplimiento de la prestación de servicios, por parte del Proveedor, en el momento en que esto ocurra.
b) La recepción conforme de los bienes y/o servicios adquiridos se efectuará por quien haya sido designado administrador del contrato.
Si no hubiese conformidad con el servicio adquirido, deberá registrarse los hechos en que se funda la disconformidad y acompañando documentos o antecedentes de respaldo de aquello. En este caso no se procederá al pago, sin perjuicio de la aplicación de otras medidas que correspondan.
El primer estado de pago se presentará dentro de los primeros quince (15) días hábiles del mes siguiente a aquel en que se haya iniciado la implementación de los servicios contratados, y así sucesivamente, dentro de los primeros 8 días hábiles de cada mes hasta completar la vigencia del contrato. Se advierte que, en caso de presentar el Estado de Pago fuera de plazo, se aplicarán las multas señaladas en el acápite MULTAS Y SANCIONES. Dichos estados de pago deberán ser enviados en formato PDF al correo electrónico partesdprlosrios@interior.gob.cl con copia a kparram@interior.gob.cl
Los estados de pago deberán incluir, obligatoriamente, los antecedentes que a continuación se expresan:
- Informe de cumplimiento de contrato del administrador del contrato.
- Informe técnico de la empresa con el cumplimiento de las labores encomendadas.
- Programación de mantenciones del mes siguiente.
- Certificado de cumplimiento de obligaciones laborales y previsionales (F30-1) obtenido durante los últimos 30 días.
- Liquidaciones de sueldo del mes debidamente firmadas y copia de la transferencia electrónica del pago.
- Copia de los contratos de los trabajadores que prestan servicio y finiquitos cuando correspondiere.
Dicha factura deberá indicar clara y separadamente su valor, totalizando el valor neto y luego agregando el IVA, si es una factura afecta.
Conforme a los nuevos lineamientos del SII, no se aceptarán facturas que no indiquen en su glosa la orden de compra emitida posterior a la firma del contrato.
La factura deberá emitirse en formato XML al correo dipresrecepcion@custodium.com, incluyendo:
Nombre: Delegación Presidencial Regional de Los Ríos
Rol Único Tributario: 61.978.950-4
Giro: Administración Pública.
Dirección: Av. Picarte 1448, Valdivia
Fono 63 2283209
Si el contratista no hace entrega de los documentos antes indicados no se cursará el pago correspondiente y la Delegación Presidencial retendrá de las obligaciones que tenga a favor de aquél, el monto de que es responsable en conformidad a lo establecido en el artículo 183-C del Código del Trabajo; lo anterior sin perjuicio de la aplicación de las sanciones que correspondan en virtud de lo dispuesto en el punto 10 de las presentes bases administrativas.