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Aceptación de los términos de las Bases |
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La participación en el proceso implica la aceptación de los oferentes de todas y cada una de las disposiciones contenidas en las Bases, sin necesidad de declaración expresa.
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Interpretación de las Bases |
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El IND se reserva la facultad de interpretar las diferentes materias relacionadas con las presentes Bases de Licitación, conforme a los criterios de ecuanimidad que estime convenientes, sin perjuicio de tener presente siempre la necesidad de máxima eficacia, eficiencia y ahorro en la contratación materia de este proceso concursal, sin que ello implique que necesariamente se adjudicará a la oferta que resulte de menor costo
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Aclaraciones y/o modificaciones de oficio a las Bases |
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El IND, podrá modificar, complementar o aclarar las bases de la licitación, de oficio o en atención a una consulta realizada por alguno de los oferentes, hasta 48 horas anteriores al día y hora fijados para la recepción de ofertas, a través de www.mercadopublico.cl. Si se trata de una modificación sustancial, se otorgará la extensión de plazo correspondiente para la debida preparación de las ofertas.
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Antecedentes Generales |
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La evaluación de los antecedentes determinará si se acepta o se rechaza una propuesta de acuerdo al rigor del oferente respecto de las bases y al control de su seriedad, capacidad y aptitud para proveer los bienes/servicios requeridos, sin afectar los principios de igualdad de los oferentes y estricta sujeción a las Bases.
Los Oferentes NO inscritos en www.chileproveedores.cl, deberán acreditar, en su oportunidad, su habilidad para contratar con el Estado --como requisito para celebrar el contrato definitivo y dentro del plazo de 5 días hábiles-- con la inscripción vigente en el Registro electrónico oficial de contratistas de la Administración.
Los Oferentes inhábiles en www.chileproveedores.cl, En el evento que el oferente adjudicado no se encuentre hábil en el portal de chileproveedores, tendrá un plazo de 5 días hábiles para regularizar su habilidad. De no darse cumplimiento dentro del término indicado el IND se reserva el derecho de readjudicar la licitación al segundo proveedor mejor evaluado y así sucesivamente, o declarar desierta la licitación según corresponda.
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La Oferta Técnica |
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Es la que, cumpliendo las exigencias mínimas de estas Bases, pero pudiendo mejorarlas en todo lo que no sea contrario a ellas, detalla las características de los bienes o servicios ofertados, en todos sus aspectos esenciales.
Deberá presentarse electrónicamente en el portal www.mercadopublico.cl, en la oportunidad establecida en el calendario de eventos, de acuerdo a las condiciones, normas y políticas de uso del sitio y con los contenidos mínimos establecidos en las Bases Técnicas.
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La Oferta Económica |
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Deberá presentarse electrónicamente a través del Sistema www.mercadopublico.cl en la oportunidad establecida en el calendario de eventos, de acuerdo a las condiciones, normas y políticas de uso del sitio. Los valores ingresados al portal deberán expresarse en moneda nacional y corresponderán al total NETO ofertado, es decir, que no deben contener el IVA, pues el propio portal agrega el impuesto.
Deberá presentarse electrónicamente a través del Sistema www.mercadopublico.cl, en la oportunidad establecida en el calendario de eventos, de acuerdo a las condiciones, normas y políticas de uso del sitio. Los valores ingresados al portal deberán expresarse en moneda nacional.
Para el cálculo de su oferta económica presentada, será responsabilidad del oferente determinar el recurso humano, necesarios para la correcta y completa ejecución de la presente licitación en las condiciones establecidas en las bases.
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Contenidos mínimos de la oferta técnica |
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Las ofertas que no cumplan con la totalidad de los requisitos establecidos en las bases técnicas, serán declaradas inadmisibles, y no continuarán con las siguientes etapas del proceso de evaluación.
La propuesta se compone de los antecedentes administrativos, de la oferta técnica y de la oferta económica, según se detalló en la presentación de todos los anexos. La falta de presentación del Anexo N°1 indicados anteriormente, será condición suficiente para no considerar la propuesta en el proceso de evaluación y adjudicación; es decir, se declarará inadmisible.
Las ofertas deberán presentarse en los formularios definidos en los Anexos de las presentes bases, los que, para estos efectos, se encontrarán disponibles en formato Word o Excel según corresponda, en el portal mercado público. Sin perjuicio de lo anterior si el oferente adjunta otro formato su oferta será evaluada siempre que contenga toda la información requerida en los anexos definidos para tales efectos, de lo contrario serán inadmisible. En caso que el oferente quisiera completar su información, podrá hacerlo en archivos adicionales.
Se deja establecido que la sola circunstancia de presentar una oferta para esta licitación, implica que el respectivo oferente ha analizado las bases administrativas y técnicas, aclaraciones y respuestas a las preguntas de la licitación, con anterioridad a la presentación de su oferta, y que manifiesta su conformidad y aceptación sin ningún tipo de reservas ni condiciones a toda la documentación referida.
La presente licitación será evaluada en forma lineal por cada servicio licitado, teniendo presente que el oferente deberá ofertar por el total de los servicios solicitados en cada línea y no por parte de ellos.
Los oferentes deberán incluir en sus ofertas todos los servicios licitados por cada línea, los cuales son:
1.- Servicio de Alojamiento con desayuno incluido (todas las fechas licitadas)
2.- Servicio de Almuerzo (todas las fechas licitadas)
3.- Servicio de Cena (todas las fechas licitadas)
4.- Servicio de Colaciones simples (todas las fechas licitadas)
5.- Servicio de colaciones de viaje (todas las fechas licitadas)
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Costo de formulación de las ofertas |
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Los gastos en que incurran los proponentes para la presentación de sus Ofertas, serán de su exclusivo cargo y no tendrán derecho a reembolso alguno
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SET FOTOGRAFICO OBLIGATORIO |
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Las ofertas deberán adjuntar el set fotográfico exigido en las bases técnicas.
Las ofertas que no cumplan con la totalidad de los servicios licitados y establecidos en las bases técnicas, serán declaradas inadmisibles, y no continuarán con las siguientes etapas del proceso de evaluación.
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La Comisión Evaluadora |
Las ofertas serán evaluadas, por una Comisión Evaluadora que estará integrada por los siguientes funcionarios del Instituto Nacional de Deportes:
⮚ El Sr Felipe Andrés González Pizarro, R.U.N. N° 16.671.744-2, o en caso de ausencia la Srta. Ingrid Carrasco Morales, R.U.N. N° 18.362.762-7.
⮚ El Sr. Germán Espinaza Álvarez, R.U.N. N° 13.048.958-3, o en caso de ausencia la Srta. Rosanna Castro Ormeño R.U.N. N° 9.633.901-1.
⮚ El Sr. Marcelo Oyarzun Bugueño, R.U.N N° 16.230.714-2 o en caso de ausencia El Sr. Edgardo Ardiles Álvarez R.U.N. N°17.514.394-7.
La Comisión será presidida por el funcionario de mayor jerarquía y efectuará la evaluación sobre la base de los antecedentes proporcionados por los proponentes.
En cualquier caso, y conforme al inciso sexto del artículo 37 del Reglamento de la Ley N° 19.886, la comisión evaluadora podrá contar con la asesoría de otros profesionales.
Serán funciones de la Comisión Evaluadora, las siguientes:
a) Resolver si las Ofertas Técnicas presentadas por cada proponente se ajustan a las especificaciones y requisitos mínimos que forman parte de las Bases Técnicas. En caso que ello no ocurra, deberá rechazar la propuesta sin evaluarla y dejar constancia en el acta.
b) Evaluar las Ofertas Técnicas presentadas.
c) Evaluar las Ofertas Económicas.
d) Confeccionar un Acta Final de Evaluación en la que dejará constancia, de lo siguiente:
i. Los criterios y ponderaciones utilizados en la evaluación de las ofertas.
ii. Las ofertas que deben declararse inadmisibles por no cumplir con los requisitos establecidos en las bases, debiéndose especificar los requisitos incumplidos.
iii. La proposición de declaración de la licitación como desierta, cuando no se presentaren ofertas, o bien, cuando la comisión evaluadora juzgare que las ofertas presentadas no resultan convenientes a los intereses del Servicio
iv. La asignación de puntajes para cada criterio y las fórmulas de cálculo aplicadas para la asignación de dichos puntajes, así como cualquier observación relativa a la forma de aplicar los criterios de evaluación.
v. La proposición de adjudicación, dirigida a la autoridad facultada para adoptar la decisión final.
Nota: En el evento de ser necesario y atendida la alerta sanitaria que nos afecta, la comisión evaluadora podrá sesionar de manera remota utilizando las herramientas tecnológicas que estimen pertinentes.
Asimismo, las actas de evaluación pueden suscribirse mediante cualquier modalidad de firma electrónica simple o bien, cada integrante, sucesivamente, imprimirá el documento, y lo firmará manuscritamente y luego volverlo a escanear. Con todo, las modalidades de firma electrónica simple de un documento son muy diversas y cualquiera de ellas podría ser utilizada.
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Consultas Aclaratorias a Oferentes |
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Durante el período de evaluación, la Comisión Evaluadora podrá efectuar consultas a uno o más proponentes, para aclarar puntos específicos de las respectivas ofertas.
Tales consultas y sus respuestas deberán ser puestas en conocimiento de todos los oferentes a través del portal www.mercadopublico.cl.
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Evaluación de Ofertas Técnicas |
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En el caso que en la respectiva licitación se presente solo UN OFERENTE, para que pueda adjudicársela deberá obtener como puntaje mínimo dentro de la evaluación total una nota 3.5, en caso contrario no podrá adjudicarse el proceso licitatorio.
Se verificará que la propuesta técnica cumpla con los requerimientos técnicos contenidos en las presentes bases. Las propuestas que no cumplan dichos requerimientos serán declaradas inadmisibles.
Sólo a aquellas propuestas admisibles, se evaluará de acuerdo a los criterios establecidos.
Las propuestas globales que no alcancen el puntaje mínimo de 3,5, serán declaradas inadmisibles, y no continuarán en el proceso de licitación.
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Eventual Rechazo de las Ofertas o Declaración de Licitación Desierta |
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El IND, como Órgano del Estado, se reserva el derecho de declarar inadmisible o rechazar, por resolución fundada, al momento en que debe decidir la adjudicación de la licitación, cualquier oferta de algún proponente, cuando estimare que no cumple los requisitos establecidos en las Bases y/o a partir de la ponderación que haga de los documentos referidos en los Antecedentes Generales del Oferente.
Asimismo, el IND, por resolución fundada, podrá declarar desierta la licitación cuando no se presenten ofertas, cuando se excedan los marcos presupuestarios disponibles o cuando, en general, éstas no resulten convenientes a los intereses institucionales, sin incurrir por todo ello en responsabilidad alguna por tratarse del ejercicio de potestades facultativas propias, así reconocidas expresamente por los proponentes.
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De la Orden de Compra |
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Una vez efectuada la evaluación por parte del IND, se dictará la Resolución de Adjudicación, posteriormente se elaborará el contrato, si correspondiere, y luego se emitirá la o las órdenes de compra nominativa al o los oferente(s) seleccionado(s), a través del portal. La(s) orden(es) contendrá(n) los bienes y/o servicios adjudicados, la descripción técnica general y, en su caso, el lugar de entrega. La(s) orden(es) de compra debe ser aceptada a través del portal por el o los oferente(s) seleccionado(s) en un plazo máximo de 4 días desde su emisión.
La orden de compra NO puede ser cedida a terceros en forma alguna.
El Instituto se reserva el derecho de anular la orden de compra emitida, por incumplimientos del o los proveedor (res).
En el caso de las personas naturales y jurídicas, deberán adjuntar declaración jurada simple de no estar afecto a la prohibición contemplada en el artículo 10 de la Ley N° 20.393, esto es, no haber sido condenada, temporal o perpetuamente, a celebrar contratos con los organismos del Estado, en virtud de haberse establecido su responsabilidad penal en delitos de lavado de activos, financiamiento de terrorismo y delitos de cohecho.
El o los oferentes que resulten adjudicados deberán encontrarse en estado hábil en el registro de Chileproveedores. En el caso de encontrarse inhábil se le otorgara un plazo de 5 días hábiles contados desde la notificación de la adjudicación para regularizar su estado en el Registro Electrónico.
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Modalidad de pago |
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El/los pago/s al o los proveedores por servicios adquiridos por el Instituto, deberá efectuarse dentro de los 30 días corridos siguientes a la recepción de la factura o del respectivo instrumento tributario de cobro. Con todo, para proceder al pago se requerirá que previamente la entidad licitante certifique la recepción conforme de los bienes y/o servicios adquiridos. Sin la conformidad o certificación de la entrega del bien y/o servicio pertinente, estampada en la respectiva factura o guía de despacho, según corresponda, no se podrá proceder al pago.
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Anticipos y Reajustes |
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No se contempla pagos anticipados ni reajustes por ningún concepto.
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Facturación |
La factura respectiva deberá ser extendida de la siguiente forma:
- Nombre: Instituto Nacional de Deportes de Chile.
- R.U.T N°: 61.107.000-4.
- Domicilio: 21 de mayo N° 511.
- Ciudad: Antofagasta.
- Giro: Actividades de la Administración Pública.
Una vez entregado el servicio, el proveedor debe cumplir con lo siguiente:
a) Primero deben aceptar la OC, y facturar después que la institución genere la RECEPCIÓN CONFORME.
b) Deben enviar el archivo Xml a la casilla de intercambio: indrecepcion@custodium.com"
c) El DTE emitido por el proveedor, debe incluir correctamente el ID de la orden de compra, no incluyendo abreviaturas ni espacios en el ID asignado. Obligatoriamente debe completar el campo 801 (orden de compra) con el número de la OC emitida por nuestra institución.
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PRESUPUESTO DISPONIBLE |
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El instituto Nacional de Deportes, Dirección Regional de Antofagasta, cuenta con un presupuesto disponible anual para la presente licitación de $27.500.000.- (Veintisiete millones quinientos mil pesos) IVA INCLUÍDO.
De acuerdo al detalle de distribución de disponibilidad informado en ANEXO N°01 (DETALLES DE SERVICIOS). POR LO TANTO, CUALQUIER OFERTA QUE SE RECIBA POR SOBRE ESA CANTIDAD SERÁ DECLARADA INADMISIBLE.
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Vigencia y duración del contrato |
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El contrato entrará en vigencia una vez que se encuentre totalmente tramitada la resolución que lo apruebe, y durará hasta la completa entrega de los servicios licitados.
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Causales de Término Anticipado del Contrato |
Podrán ser causales de modificación y de término anticipado, sin derecho a indemnización alguna, las siguientes:
a) Si el Contratista fuere declarado en quiebra o si éste cayere en estado de notoria insolvencia, a menos que se mejoren las cauciones entregadas o las existentes sean suficientes para garantizar el cumplimiento del contrato.
b) El incumplimiento grave de las obligaciones contraídas por el contratante, entendiéndose por tal la ejecución del contrato en términos y condiciones diversas a aquellas que fueron materia de oferta por parte del adjudicatario
c) La resciliación o mutuo acuerdo de las partes.
d) Por exigirlo el interés público o la seguridad nacional.
e) Si las multas superan al 5% del valor total contratado.
f) Si el Contratista que al momento de contratar registraba saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los dos últimos dos años no dio cumplimiento a la obligación de imputar los primeros estados pagos producto de este contrato al pago de esas obligaciones o no acreditó dicho pago en la oportunidad establecida en el contrato.
g) Si se constata que el contratista presentó o adulteró algún tipo de documento, o su contenido, ya sea al momento de la suscripción del contrato o durante la ejecución de los servicios, lo anterior es sin perjuicio de las acciones judiciales que pudieren corresponder.
En caso de verificarse el incumplimiento grave de las obligaciones del Contratista, el IND pondrá anticipado término al contrato, pudiendo, además, solicitar judicialmente la indemnización de perjuicios que corresponda, de conformidad a las reglas generales del derecho común.
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Contraparte técnica |
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Para los efectos de la presente licitación, se entenderá contraparte técnica para la coordinación del servicio y comunicación con el o los adjudicatario(s), el Encargada del Programa S.NC.D. De la Dirección Regional o quien lo subrogue.
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MULTAS |
El IND podrá, en caso de incumplimiento o infracción contractual por parte del o los adjudicatario(s), multar a éste en atención a la gravedad de la infracción, lo que será determinado de acuerdo a lo estipulado en este punto.
El o los adjudicatario(s) será sancionado, conforme al siguiente procedimiento:
TIPO DE INFRACCIÓN:
- No contar el proveedor con la capacidad hotelera y/o alimentación ofertada para alguna de las fechas indicadas en las bases técnicas.
- No realizar el proveedor la distribución de las habitaciones entre niñas-niñas niños-niños adultos-adultos o no contar con la capacidad para realizarla en habitaciones dobles.
-Incumplimiento de Horarios, cantidad y tipo de alimentación
MULTA: 2 UTM
TIPO DE INFRACCIÓN:
- Cambiar el hotel u hospedaje de los presentados en la oferta.
MULTA: 4 UTM
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Procedimiento de aplicación de multas |
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Cuando se verifique un hecho constitutivo de multa de acuerdo a lo establecido en las presentes bases y/o en las Bases Técnicas, se deberá notificar por escrito al proveedor de dicha circunstancia, con indicación expresa de los hechos que se le imputan, concediéndose un plazo de tres días hábiles para que éste efectué sus descargos respectivos adjuntando los antecedentes que sustenten sus alegaciones.
Una vez realizados los descargos por parte del proveedor, o transcurrido el plazo de tres días hábiles sin que el proveedor haya formulado descargos, deberá formalizarse la medida a aplicar por la contraparte técnica, al departamento de Administración y Finanzas, solicitando la aplicación de la multa en caso que ello sea procedente, mediante resolución fundada, dentro de una plazo de 5 días hábiles. El acto administrativo indicado se publicará oportunamente en el sistema de información.
La medida deberá ser notificada al proveedor personalmente, por correo electrónico o por carta certificada dirigida al domicilio señalado en el contrato o en mercado público. La notificación practicada mediante carta certificada, se entenderá ejercida a contar del tercer día hábil siguiente a su recepción en la oficina de correos correspondiente.
Una vez aplicada la multa al proveedor, se harán efectivas a través de descuentos en los pagos del mes siguiente o el IND podrá facturar el monto de la multa.
El proveedor podrá interponer recurso de reposición en contra de la resolución que le aplique la multa, dentro de un plazo de 5 días hábiles contados desde la fecha de su notificación. El Instituto resolverá la reposición presentada, acogiendo total o parcialmente los fundamentos dados por el proveedor, o bien, la rechazará confirmando la multa aplicada.
Asimismo, podrá interponer el recurso jerárquico subsidiariamente con el de reposición, debiendo en este caso elevarse los antecedentes al Director/a Nacional del IND para que conozca del recurso o deducirlo directamente dentro del plazo de 5 días hábiles siguientes a la notificación del rechazo total o parcial del recurso de reposición.
La autoridad llamada a pronunciarse sobre los recursos referidos tendrá un plazo no superior a 30 días para resolverlo.
La resolución que acoja el recurso podrá modificar, reemplazar o dejar sin efecto el acto impugnado.
No se aplicaran las multas si se trata de caso fortuito o fuerza mayor que sean debidamente justificados por el proveedor ante la contraparte técnica y alegados dentro de los 5 primeros días hábiles de ocurrido el hecho que impida al contratista cumplir con sus obligaciones. Se entenderá por caso fortuito o fuerza mayor lo dispuesto en el artículo 45 del Código Civil.
La aplicación de multas no podrá superar al 5% del valor total contratado.
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ADAPTABILIDAD DE LOS SERVICIOS |
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El IND, durante el proceso de evaluación y adjudicación o con la mediación de un aviso escrito, despachado con un mínimo de 72 horas de anticipación a la fecha programada para la entrega de los bienes o prestación de servicios, podrá aumentarlos hasta en un 30% o disminuirlos hasta en un 10%. Esta variación no podrá significar una alteración del precio unitario ofertado.
Asimismo, durante la ejecución del contrato el IND podrá aumentar hasta en un 30% o disminuir hasta en un 10% la prestación de bienes o servicios contratada o convenida. Esta variación no podrá significar una alteración del precio unitario ofertado.
Dicha adaptabilidad del contrato en todos los casos, se entenderá como una modificación del mismo por mutuo acuerdo de las partes, conforme a lo establecido por el artículo 13 de la Ley Nº 19.886 de Compras Públicas, y por el artículo 77 de su Reglamento, contenido en el Decreto Supremo N° 250 de 2004 del Ministerio de Hacienda.
El ejercicio de la facultad de adaptabilidad de los servicios a que se refiere el presente punto de las Bases, en ningún caso puede alterar el objeto del contrato, siendo esta consideración una limitante para su materialización. Asimismo, deberá ajustarse el precio contractual, respetando el principio de estricta proporcionalidad y procederá cuando el administrador contractual emita un informe que recomiende la utilización de esta facultad, la cual será aprobada mediante Resolución Exenta fundada.
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PROTOCOLO COVID-19 |
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Será obligación del oferente adjudicado, aplicar todos los protocolos COVID-19.
En relación a las medidas de manejo, el Ministerio de Salud ha establecido el procedimiento seguir en estos casos: Protocolos de uso frecuente COVID19, disponible en:
https://saludresponde.minsal.cl/protocolos-de-uso-frecuente-covid19/
Este protocolo se actualizará si la autoridad sanitaria determine nuevas medidas obligatorias de manejo.
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SUGERENCIAS AL PROVEEDOR PARA OFERTAR |
Presentar sólo los documentos solicitados en las bases.
En caso de ser varios anexos a presentar como respaldo, subir estos archivos en formato comprimido (WINZIP o WINRAR) y no individualmente.
Procurar que los nombres de los archivos sean abreviados o cortos, ya que al ser muy extensos puede haber problemas al tratar de abrir o descargar.
La iniciación de actividades solicitada para acreditar la experiencia la puede descargar u obtener directamente desde la página del S.I.I. (Consultar situación tributaria de terceros).
Procure adjuntar todos los anexos obligatorios solicitados en la bases.
En caso de ser necesario o que sea exigido en las bases, adjuntar imágenes de los productos a ofertar.
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