Licitación ID: 1606-15-LE26
ADQUISICIÓN E INSTALACIÓN DE HARDWARE SERVIDOR PMI
Fecha de Cierre: 08-06-2026 15:00:00
Reclamos recibidos por incumplir plazo de pago: 1
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Productos o servicios
1
Servidores 1 Unidad
Cod: 43211501
ADQUISICIÓN E INSTALACIÓN DE HARDWARE (SERVIDOR) PARA PROCESAMIENTO, BALANCEO DE CARGA, ALMACENAMIENTO Y RESPALDO DE DATOS Y ARCHIVOS MANTENIDOS POR LAS PLATAFORMAS TECNOLÓGICAS PMI.  

1. Características de la licitación
Nombre de la licitación:
ADQUISICIÓN E INSTALACIÓN DE HARDWARE SERVIDOR PMI
Estado:
Publicada
Descripción:
El objetivo de la presente licitación es adquirir e implementar un servidor de almacenamiento robusto y escalable que garantice el funcionamiento, la seguridad y la disponibilidad de los repositorios asociados al Sistema de Seguimiento Atmosférico SISAT y a las plataformas tecnológicas de la SMA, asegurando la interoperabilidad con los sistemas de impuestos y compensación de emisiones.
Tipo de licitación:
Pública-Licitación Pública igual o superior a 100 UTM e inferior a 1.000 UTM (LE)
Tipo de convocatoria:
ABIERTO
Moneda:
Dólar Americano
Etapas del proceso de apertura:
Una Etapa
Contrato
Se requerirá suscripción de contrato
Toma de razón por Contraloría:
No requiere Toma de Razón por Contraloría
Publicidad de ofertas técnicas:
Las ofertas técnicas serán de público conocimiento una vez realizada la apertura técnica de las ofertas.
2. Organismo demandante
Unidad de compra:
AGCID
R.U.T.:
60.108.000-1
Dirección:
Teatinos 180, piso 8
Comuna:
Santiago
Región en que se genera la licitación:
Región Metropolitana de Santiago
3. Etapas y plazos
Fecha de cierre de recepción de la oferta: 08-06-2026 15:00:00
Fecha de Publicación: 27-05-2026 12:54:56
Fecha inicio de preguntas: 27-05-2026 12:59:00
Fecha final de preguntas: 29-05-2026 12:00:00
Fecha de publicación de respuestas: 02-06-2026 18:30:00
Fecha de acto de apertura técnica: 08-06-2026 15:01:00
Fecha de acto de apertura económica (referencial): 08-06-2026 15:01:00
Fecha de Adjudicación: 26-06-2026 18:30:00
Fecha de entrega en soporte fisico No hay información
Fecha estimada de firma de contrato No hay información
Tiempo estimado de evaluación de ofertas No hay información
4. Antecedentes para incluir en la oferta
Adicionalmente, todos los proveedores para ofertar en esta licitación, deberán obligatoriamente confirmar y firmar electrónicamente la Declaración Jurada de Requisitos para Ofertar.
Documentos Administrativos
1.- CARPETA ADMINISTRATIVA
Documentos Técnicos
1.- CARPETA TÉCNICA
 
Documentos Económicos
1.- CARPETA ECONÓMICA
5. Requisitos para contratar al proveedor adjudicado
Persona natural
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.
 
2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.
 
3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.
 
4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.
 
5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.
 
6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.
 
7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.
 
8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).
 
Documentos persona natural
- Fotocopia Legalizada de Cédula de Identidad
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
Persona jurídica
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.

2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.

3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.

4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.

5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.

6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.

7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.

8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).

Documentos persona jurídica
- Fotocopia Legalizada del Rut de la Empresa
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
- Certificado de Vigencia de la Sociedad
- (1) Certificado de Boletín de Informes Comerciales
- (1) Certificado de Quiebras/Convenio Judicial
6. Criterios de evaluación
ÍtemObservacionesPonderación
1 CRITERIO ADMINISTRATIVO Cumplimiento de requisitos formales 40% + Programa de integridad por parte de los proveedores 30% + Sustentabilidad Inclusión laboral 30% 15%
2 CRITERIO ECONÓMICO Oferta Económica 100% 20%
3 CRITERIO TÉCNICO Especificaciones técnica deseables 25% + Tiempo de garantía técnica 35% + Plazo de entrega e instalación 15% + Soporte Técnico 25% 65%

7. Montos y duración del contrato
Estimación en base a: Presupuesto Disponible
Fuente de financiamiento: No hay información
Contrato con Renovación: NO
Observaciones Sin observaciones
Plazos de pago: 30 días contra la recepción conforme de la factura
Opciones de pago: Transferencia Electrónica
Nombre de responsable de pago: Fabiola Rivas Suárez
e-mail de responsable de pago: frivas@agcid.gob.cl
Prohibición de subcontratación: No permite subcontratación
El proveedor adjudicado no podrá ceder ni transferir en forma alguna, ni total ni parcialmente, los derechos y obligaciones que nacen del desarrollo de esta licitación, según el numeral 11.7 de las Bases Administrativas.
8. Garantías requeridas
No hay información de Garantías
9. Requerimientos técnicos y otras cláusulas
Cláusula de Readjudicación
Si el proveedor adjudicado se desistiere de aceptar la orden de compra, o no cumpliese con alguna de las condiciones y requisitos establecidos en las presentes Bases para la suscripción o aceptación de los referidos documentos, AGCID podrá dejar sin efecto la adjudicación original, readjudicando la licitación al oferente que le seguía en puntaje, o a los que le sigan sucesivamente, dentro del plazo de 60 días corridos contados desde la publicación de la adjudicación original.
1.- ENTIDAD QUE CONVOCA A LA LICITACIÓN.
La convocatoria a la licitación a la que se refieren las presentes Bases es efectuada por la Agencia Chilena de Cooperación Internacional para el Desarrollo, en adelante también denominada AGCID o “la Agencia”, servicio público descentralizado, creado por el Título III de la Ley Nº 18.989, con domicilio en Teatinos Nº 180, Piso 8, comuna de Santiago, Región Metropolitana.
2.- OBJETIVO DE LA LICITACIÓN.
El objetivo de la presente licitación es adquirir e implementar un servidor de almacenamiento robusto y escalable que garantice el funcionamiento, la seguridad y la disponibilidad de los repositorios asociados al Sistema de Seguimiento Atmosférico (SISAT) y a las plataformas tecnológicas de la SMA, asegurando la interoperabilidad con los sistemas de impuestos y compensación de emisiones.
3.- PRESUPUESTO DISPONIBLE.
El presupuesto máximo para esta contratación es de USD 18,000 (Dieciocho mil dólares americanos), con todos los impuestos incluidos. Aquellas ofertas cuyo monto supere el presupuesto disponible para la adquisición del producto, serán declaradas inadmisibles.
4.- PUBLICACIÓN DE BASES Y LLAMADO A PRESENTAR PROPUESTAS.
Las presentes bases de Licitación y el llamado a presentar propuestas, serán publicadas en el Sistema de Información y Gestión de Compras y contrataciones del Estado, en adelante e indistintamente “el Sistema de Información”, (www.mercadopublico.cl), una vez que se encuentre totalmente tramitado el acto administrativo que las apruebe. En suma, todo el proceso se hará usando el referido Sistema de Información.
5.- CRONOGRAMA DE ACTIVIDADES
ACTIVIDAD PLAZO DESDE LA PUBLICACIÓN DE LAS BASES Publicación del llamado. 0 día Plazo para formular consultas y aclaraciones. 2 días hábiles. Publicación de las respuestas a las consultas y aclaraciones. 2 días hábiles desde el plazo para formular consultas y aclaraciones. Cierre de recepción de propuestas 10° día. Apertura de las propuestas. 10° día. Inicio de Evaluación de las propuestas. 10° día. Adjudicación, estimado. 30° día. Firma de emisión de Orden de Compra, estimado. 15 días corridos desde la adjudicación. 5.1. Cómputo de Plazos Los plazos de días establecidos en estas bases corresponden a días corridos, salvo que se indique expresamente que son días hábiles, entendiéndose en tal caso que son inhábiles los días sábados, domingos y festivos. En el evento que el último día de algún plazo señalado en las presentes bases recayera en un día inhábil, se prorrogará automáticamente al día hábil siguiente. En todos los casos, el plazo de cierre para la recepción de ofertas no podrá vencer en días inhábiles ni en un lunes o en un día siguiente a un día inhábil, antes de las quince horas.
6.- REQUISITOS MÍNIMOS PARA PARTICIPAR
Presentar Ofertas por Sistema. Obligatorio. Habilidad del Proveedor Inscripción (en estado hábil) en el Registro de Proveedores a cargo de la Dirección de Compras y Contratación Pública. Lo anterior será verificado por la Comisión Evaluadora al momento de la apertura de las ofertas. En caso de que el oferente no se encuentre inscrito en el Registro de Proveedores o hábil para participar en el presente proceso de licitación, su oferta será declarada inadmisible. Anexos Administrativos. 1.- Anexo N°1. Declaración jurada simple para ofertar (No haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador o por los delitos concursales establecidos en el Código Penal, dentro de los dos años anteriores a la fecha de presentación de la oferta, sin perjuicio de las facultades de AGCID para verificar esta información en cualquier momento, a través de los medios que se encuentren a su disposición). 2.- Anexo N°2. Declaración jurada simple (Conflictos de interés), suscrita por el oferente, que acredite que no se encuentra afecto a ninguna de las inhabilidades contempladas en los artículos 4°, y 35 quater, ambos de la Ley Nº19.886. Todos los Anexos deben ser firmados por la persona natural o el representante legal de la persona jurídica, según corresponda. 3.- Anexo N°6. Declaración para Uniones Temporales de Proveedores, si corresponde. 4.- Anexo N°6.1. Documento público o privado que da cuenta del acuerdo para participar en Unión Temporal de Proveedores, si corresponde. 5.- Anexo N°8. “Programa de integridad”. Los anexos referidos deben ser ingresados a través del Sistema de Información (www.mercadopublico.cl), en la sección Anexos Administrativos. En caso de que no se presenten los Anexos N°1, N°2, N°8, y si corresponde, los anexos N°6, N°6.1, la oferta será declarada inadmisible. En el caso de una unión temporal de proveedores, los Anexos N°1 y N°2 deberán ser completados por cada uno de los representantes legales de las personas jurídicas que la integren, respecto de la situación particular de su entidad. Anexos Técnicos. 1.- Anexo N°4. Oferta Técnica El anexo referido debe ser ingresado a través del Sistema de Información (www.mercadopublico.cl), en la sección Anexos Técnicos. Si no se presenta el anexo N°4 la oferta será declarada inadmisible. Anexos Económicos. 1.- Anexo N°5. Oferta económica El anexo referido debe ser ingresado a través del Sistema de Información (www.mercadopublico.cl), en la sección Anexos Económicos. En caso de que no se presente el Anexo Económico o que la oferta se presente en una moneda distinta a la requerida en dicho anexo, la oferta será declarada inadmisible. 6.1. Observaciones Las únicas ofertas válidas serán las presentadas a través del Sistema de Información (www.mercadopublico.cl), en la forma requerida en estas bases. No se aceptarán ofertas que se presenten por un medio distinto, a menos que se acredite la indisponibilidad técnica del sistema, de conformidad con el artículo 115 del Reglamento de la Ley de Compras. En caso de que se acredite la indisponibilidad del Sistema de Información (www.mercadopublico.cl), las ofertas en formato papel deberán ser entregadas en la Oficina de Partes de la AGCID, de lunes a viernes, en horario de 09:00 a las 13:00 horas, antes de las 13:00 horas de la fecha de cierre de recepción de las ofertas, según lo dispuesto en el numeral 10 de las presentes bases administrativas. Será responsabilidad de cada oferente adoptar las precauciones necesarias para ingresar oportuna y adecuadamente sus ofertas. Los oferentes serán responsables de constatar que el ingreso de su propuesta a través del Sistema de Información haya sido realizado con éxito, incluyendo el previo ingreso de todos los formularios y anexos requeridos, completados de acuerdo con lo establecido en las presentes bases. Se debe verificar que los archivos que se ingresen contengan efectivamente los documentos solicitados.
7.- REQUISITOS LEGALES PARA PODER SER CONTRATADO
Si el oferente es Persona Natural Inscripción (en estado hábil) en el Registro de Proveedores. Todos los Anexos deben ser firmados por la persona natural respectiva. Acreditar en el Registro de Proveedores Fotocopia de su cédula de identidad. Anexo N°3. Declaración Jurada Para Contratar (Deudas Vigentes con Trabajadores) Anexo N°7. Datos bancarios para transferencia de pagos. Si el oferente es Persona Jurídica Inscripción (en estado hábil) en el Registro de Proveedores. Todos los Anexos deben ser firmados por el representante legal de la persona jurídica. Acreditar en el Registro de Proveedores Certificado de Vigencia del poder del representante legal, con una antigüedad no superior a 60 días corridos, contados desde la fecha de notificación de la adjudicación, otorgado por el Conservador del Registro de Comercio correspondiente o, en los casos que resulte procedente, cualquier otro antecedente que acredite la vigencia del poder del representante legal del oferente, a la época de presentación de la oferta. Certificado de Vigencia de la Sociedad con una antigüedad no superior a 60 días corridos, contados desde la fecha de notificación de la adjudicación, o el antecedente que acredite la existencia jurídica del oferente. Fotocopia de R.U.T. del Proveedor. Anexo N°3. Declaración Jurada Para Contratar (Deudas Vigentes Con Trabajadores) Anexo N°7. Datos bancarios para transferencia de pagos. 7.1. Persona Extranjera (Jurídica o Natural) Los documentos solicitados para contratar, indicados anteriormente, deberán ser otorgados o acreditados por las instituciones o funcionarios que según las leyes o practicas del país de origen, están autorizados a su emisión, los que deberán a su vez ser certificados por el Agente Consular Chileno en el país de origen. En el caso de proveedores extranjeros con idioma nativo distinto al español, deberán entregar la documentación traducida al español. En términos de plazo, o fecha de emisión de tales certificados, se aceptarán aquellos cuya vigencia no exceda de 180 días, contados desde la fecha de su emisión y hasta la fecha de presentación de su oferta. 7.2. Convenio Apostilla Se aceptarán documentos de proveedores extranjeros con certificado de Apostilla de los 111 países miembros del Convenio de La Haya, y se les considerará como válidos para estos efectos (La presentación del Certificado de “Apostilla” implica que dichos documentos no requieren protocolización o similar). El Certificado de Apostilla debe ser entregado físicamente en original o fotocopia legalizada previo a la emisión de la Orden de Compra. En el caso de “Escrituras” y “Certificados de vigencia” (o similares), si se requiere además la entrega de la respectiva traducción (sea oficial o no) realizada en su país de origen al idioma español, y esta traducción también debe venir apostillada. (No es necesario que el Certificado de Apostilla sea traducido al español. Se aceptan Certificados en inglés). 7.3. Unión Temporal de Proveedores  En el caso de las Uniones Temporales de Proveedores, cada uno de los integrantes deberá presentar los antecedentes exigidos para las personas jurídicas y/o naturales, nacionales o extranjeras, según corresponda.  Al momento de presentar la oferta, la Unión Temporal de Proveedores deberá acompañar un documento que formaliza la unión, singularizando a las partes e indicando a lo menos la solidaridad respecto de todas las obligaciones que se generen con la Entidad Licitante y el nombramiento de un representante o apoderado con poderes suficientes.  El representante de la Unión Temporal de Proveedores deberá adjuntar al momento de ofertar, el documento público o privado que da cuenta del acuerdo para participar de esta forma.  El acuerdo en que conste la unión temporal deberá materializarse por escritura pública, como documento para contratar, sin que sea necesario constituir una sociedad.  La AGCID exigirá para la emisión de la Orden de Compra la inscripción en el Registro de Proveedores, a cada integrante de la unión temporal de proveedores.  La descripción de la organización de la Unión Temporal de Proveedores deberá definir con claridad la función que se espera de cada una de las entidades de la Unión en el cumplimiento de los requisitos del producto ofertado, lo cual debe detallarse en el Anexo N°6.  La oferta presentada por una Unión compuesta por proveedores que no correspondan a una empresa de menor tamaño será declarada inadmisible. 7.4. Inscripción en el Registro de Proveedores Será responsabilidad del proveedor adjudicado mantenerse en condición de inscrito y hábil en el Registro Nacional de Proveedores. Tratándose de una Unión Temporal de Proveedores, cada uno de sus integrantes deberá encontrarse inscrito y en condición de hábil durante todo el proceso de licitación y contratación en tal Registro. 7.5. Cumplimiento de las condiciones administrativas El oferente deberá dar cumplimiento a los requerimientos señalados en las presentes Bases Administrativas, Bases Técnicas y Anexos, y presentar además los documentos exigidos que se entenderán formar parte integrante del proceso licitatorio. Se deja establecido que la sola circunstancia de presentar una oferta en el presente proceso, implica que tal oferente ha analizado las Bases Administrativas, Bases Técnicas, Anexos y las preguntas y respuestas a la licitación, con anterioridad a la presentación de su oferta, por lo que manifiesta su conformidad y aceptación con ellas, sin ningún tipo de reservas ni condiciones. 7.6. Observaciones No podrán contratar aquellos proveedores sancionados, por el Tribunal de Defensa de la Libre Competencia, con la prohibición de contratar a cualquier título con órganos de la administración del Estado, prevista en el artículo 26, letra d), del Decreto con Fuerza de Ley N° 1, de 2004, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado del Decreto Ley N° 211, de 1973, que fija normas para la defensa de la libre competencia, hasta por el plazo de cinco años contados desde que la sentencia definitiva quede ejecutoriada. Tratándose exclusivamente de personas jurídicas, no podrán contratar con organismos del Estado aquellas que hayan sido condenadas por los delitos previstos en el artículo 27 de la Ley N° 19.913, en el artículo 8° de la Ley N° 18.314 y en los artículos 250 y 251 bis del Código Penal, a la pena de prohibición de celebrar actos y contratos con organismos del Estado. AGCID verificará esta información a través del Registro que se lleva para tal efecto, de conformidad con lo dispuesto en la ley N° 20.393, que establece la responsabilidad penal de las personas jurídicas en los delitos de lavado de activos, financiamiento del terrorismo y delitos de cohecho que indica. Los antecedentes legales para contratar sólo se requerirán respecto del adjudicatario, y deberán estar disponibles en el Registro de Proveedores. No se aceptará la entrega de dichos antecedentes mediante la modalidad de soporte de papel u otro medio magnético de almacenamiento. Si el proveedor adjudicado no entregare la totalidad de los antecedentes requeridos para formalizar la contratación dentro del plazo establecido en el cronograma de la licitación, AGCID podrá dejar sin efecto tal selección, readjudicando al siguiente oferente mejor evaluado.
8.- CONSULTAS Y ACLARACIONES
Los interesados en participar en la presente licitación podrán formular consultas y solicitar aclaraciones a través del Sistema de Información (www.mercadopublico.cl), dentro del plazo establecido en el numeral 5 de estas bases. Dicho plazo podrá ser extendido de acuerdo con los siguientes criterios: En caso de que el número de preguntas que se reciba sea superior a:  100, se podrá aumentar el plazo de publicación de respuestas hasta por 5 días hábiles;  500, se podrá aumentar el plazo de publicación de respuestas hasta por 10 días hábiles;  1000, se podrá aumentar el plazo de publicación de respuestas hasta por 15 días hábiles. En caso de ampliación en el plazo de publicación de las respuestas, de conformidad con los criterios anteriormente mencionados, el plazo de cierre de recepción de propuestas será extendido en igual cantidad de días otorgados en la ampliación de entrega de respuestas. En cualquier caso, la nueva fecha de publicación de respuestas será informada en el Sistema de Información www.mercadopublico.cl. Las preguntas y sus respuestas se pondrán en conocimiento de todos los interesados, a través de su publicación en el Sistema de Información www.mercadopublico.cl, sin individualizar al autor de las preguntas.
9.- NATURALEZA Y MONTO DE LAS GARANTÍAS
9.1. Garantía de Seriedad de la Oferta La presente licitación no considera la presentación de una garantía de seriedad de la oferta. 9.2. Garantía de Fiel Cumplimiento de Contrato La presente licitación no considera la presentación de una garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato.
10.- APERTURA, EVALUACIÓN Y ADJUDICACIÓN DE LAS OFERTAS
Una vez cumplido el plazo de recepción de ofertas establecido las presentes Bases, no se recibirá propuesta alguna, ni solicitudes de aclaración, procediéndose a la apertura electrónica de las ofertas técnicas, salvo en el caso de indisponibilidad del Sistema de Información, previsto en el artículo 115, numeral 3, del Reglamento de la Ley Nº 19.886. La apertura de las propuestas se llevará a cabo electrónicamente en las dependencias de la Agencia Chilena de Cooperación Internacional para el Desarrollo – AGCID-, ubicadas en Teatinos N°180, piso 8, comuna de Santiago, en el día y hora que indica el cronograma expuesto en el Apartado 5 de estas Bases Administrativas. En el acto de apertura se procederá a abrir electrónicamente todas las propuestas válidamente recibidas y se verificarán los antecedentes administrativos, técnicos, económicos y legales. 10.1. Comisión Evaluadora De acuerdo con el artículo 35 nonies de la ley Nº 19.886, los integrantes de la comisión deberán suscribir una declaración jurada en la que señalen expresamente la ausencia de conflictos de interés, obligándose además a guardar confidencialidad sobre el proceso licitatorio. Además, según lo dispuesto en el artículo 13 del Reglamento de la Ley N° 19.886, los integrantes de la comisión deberán realizar una declaración de patrimonio e intereses, en la forma que dispone la Ley Nº 20.880, sobre probidad en la función pública y prevención de los conflictos de intereses, en el más breve plazo y hasta treinta días hábiles siguientes desde asumida la función. Los miembros de la Comisión Evaluadora no podrán:  Tener contactos con los oferentes, salvo en cuanto proceda alguno de los mecanismos regulados por el reglamento de la ley N° 19.886;  Aceptar solicitudes de reunión, de parte de terceros, sobre asuntos vinculados directa o indirectamente con esta licitación, mientras integren la Comisión Evaluadora;  Aceptar ningún donativo de parte de terceros. Entiéndase como terceros, entre otros, a las empresas que prestan servicios de asesoría, o bien, personas naturales, sociedades consultoras, asociaciones, gremios o corporaciones. Un representante de la Unidad de Adquisiciones de AGCID, arbitrará como coordinador administrativo de la referida Comisión y conducirá el procedimiento de elaboración de la respectiva Acta de Resultado, la calificación de las propuestas se realizará a través de la elaboración del cuadro de evaluación el que será confeccionado íntegramente por la Comisión. El Acta de Resultado deberá ser fundada respecto de la ponderación que se haya asignado a las propuestas evaluadas y de la decisión finalmente adoptada en el proceso licitatorio. Esta Comisión emitirá un informe de evaluación de ofertas, proponiendo al Director Ejecutivo la adjudicación, de acuerdo con los criterios de evaluación contenidos en las presentes bases de licitación y en virtud del proceso de evaluación descrito. 10.2. Consideraciones Generales 1. Se exigirá el cumplimiento de los requerimientos establecidos en el Apartado 6 de las presentes Bases de administrativas “Requisitos mínimos para participar”. Aquellas ofertas que no fueran presentadas a través del Sistema de Información, en los términos solicitados, quedarán marginadas de la evaluación, a menos que concurra alguna de las causales de excepción establecidas en el artículo 115 del Reglamento de la Ley N° 19.886. 2. AGCID declarará inadmisible cualquiera de las ofertas que no cumplan con los requisitos o condiciones establecidos en las presentes bases, sin perjuicio de la facultad de solicitar a los oferentes que salven errores u omisiones formales, conforme con las reglas establecidas en el artículo 56 del Reglamento de la Ley N°19.886, así como en las presentes Bases. 3. Los documentos solicitados por AGCID deberán estar vigentes a la fecha del cierre de recepción de ofertas indicado en el Apartado 5 de las presentes Bases administrativas, y ser presentados en copias simples, legibles y firmadas por el representante legal del oferente. Sin perjuicio de ello, AGCID estará facultada para verificar en cualquier etapa del proceso la veracidad de la información entregada por el proveedor. 10.3. Subsanación de errores u omisiones formales Una vez realizada la apertura electrónica de las ofertas, AGCID podrá solicitar a los oferentes que salven errores u omisiones formales, siempre y cuando tales rectificaciones no confieran a esos oferentes una situación de privilegio respecto de los demás competidores, esto es, en tanto no se afecten los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes, y se informe de dicha solicitud al resto de los oferentes a través del Sistema de Información www.mercadopublico.cl. Para dicha subsanación se otorgará un plazo fatal de 2 días hábiles, contados desde su comunicación al oferente por parte de AGCID, la que se informará a través del Sistema de información www.mercadopublico.cl. La responsabilidad de revisar oportunamente dicho sistema durante el período de evaluación recaerá exclusivamente en los respectivos oferentes. 10.4. Solicitud de certificaciones o antecedentes omitidos AGCID podrá solicitar la presentación de certificaciones o antecedentes que los oferentes hayan omitido presentar al momento de efectuar la oferta, siempre que tales documentos se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar ofertas, o se refieran a situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas y el período de evaluación. Tratándose de certificaciones o antecedentes incompletos, se entenderán como no presentados oportunamente y podrá aplicarse lo dispuesto en esta cláusula. Para dichas presentaciones de certificaciones o antecedentes, se otorgará un plazo fatal de 2 días hábiles, contados desde su comunicación al oferente por parte de AGCID, la que se informará a través del Sistema de información www.mercadopublico.cl. La responsabilidad de revisar oportunamente dicho sistema durante el período de evaluación recaerá exclusivamente en los respectivos oferentes. 10.5. Inadmisibilidad de las ofertas y declaración de desierta de la licitación AGCID declarará inadmisible las ofertas presentadas que no cumplan con los requisitos o condiciones establecidos en las presentes bases de licitación, sin perjuicio de la facultad para solicitar a los oferentes que salven errores u omisiones formales de acuerdo con lo establecido en las presentes bases, conforme lo señalado en el artículo 56 del Reglamento de la Ley N.° 19.886. AGCID podrá, además, declarar desierta la licitación cuando no se presenten ofertas o cuando éstas no resulten convenientes a sus intereses. Dichas declaraciones se materializarán a través de la dictación de una resolución fundada y no darán derecho a indemnización alguna a los oferentes. 10.6. Criterios de evaluación y procedimiento de evaluación de las ofertas La evaluación de las ofertas se realizará en una etapa, considerando los siguientes criterios de evaluación y subcriterios, con las siguientes ponderaciones: En una primera instancia se evaluará la admisibilidad de la propuesta de acuerdo a la siguiente tabla de requisitos obligatorios: REQUISITOS OBLIGATORIOS SI / NO Presenta el Anexo N°1. Declaración jurada simple para ofertar. (Firmado por cada uno de los integrantes en caso de UTP, cuando corresponda) Presenta el Anexo N°2. Declaración jurada simple (Conflictos de interés) (Firmado por cada uno de los integrantes en caso de UTP, cuando corresponda) Presenta el Anexo N°4. Oferta Técnica. Presenta el Anexo N°5. Oferta económica. Presenta el Anexo N°6. Declaración para Uniones Temporales de Proveedores. (Cuando corresponda). Presenta el Anexo N°6.1. Documento público o privado que da cuenta del acuerdo para participar en Unión Temporal de Proveedores. (Cuando corresponda). Presenta el Anexo N°8. Integridad de Proveedores. Presenta Garantía Técnica del HARDWARE (SERVIDOR). Servidor ofertado cumple con “1.- Especificaciones técnicas Obligatorias”, señaladas en el numeral VI “Especificaciones técnicas” de las Bases técnicas de la presente licitación. La oferta económica presentada no supera los USD 18.000.- (dieciocho mil dólares americanos), impuestos incluidos. Pasarán a la siguiente etapa de evaluación aquellos oferentes que hayan cumplido la totalidad de los requisitos obligatorios, el incumplimiento de cualquiera de estos requisitos facultará a la AGCID para declarar la oferta inadmisible. Posteriormente y considerando el producto requerido, se utilizará un proceso de evaluación basado en el método combinado de puntuación. Se evaluarán las ofertas de acuerdo a cada línea licitada, considerando los siguientes criterios de evaluación: CRITERIO SUBCRITERIOS PARAMETRO DE MEDICIÓN MEDIOS DE VERIFICACIÓN CRITERIO ADMINISTRATIVO 15% Cumplimiento de requisitos formales 40% La Oferta se presentó de forma completa dentro del plazo de entrega estipulado: 100 Puntos. La Oferta presentada está incompleta y se subsana dentro del plazo permitido de 48h: 50 Puntos. La Oferta presentada está incompleta y no es subsanada dentro del plazo permitido de 48h: 0 Puntos. Documentos Administrativos. Técnicos, Económicos y anexos requeridos adjuntos a la Oferta: Documentación ingresada en mercado público. Programa de integridad por parte de los proveedores 30% Acreditación de existencia de programas de integridad y ética empresarial. - El oferente presenta el Anexo N.°8, declarando que tiene personal contratado y que posee un programa de integridad conocido y aplicado por su personal adjuntando la copia del Programa de Integridad y el respaldo de la difusión o conocimiento por parte de su personal: 100 puntos. - El oferente presenta Anexo N.°8, declarando que no tiene personal contratado por lo que no cuenta con un programa de integridad: 50 puntos. El oferente presenta Anexo N.°8, declarando que tiene personal contratado y que no posee un programa de integridad, o no adjunta la copia del Programa de Integridad o no justifica el conocimiento del personal: 0 puntos. Para la evaluación de este criterio, se verificará si el oferente que tiene personal contratado posee un programa de integridad conocido por su personal, por cualquier medio idóneo, como correo electrónico dirigido al personal informando el programa, o constancia de capacitación sobre la materia o publicación en el sitio web del oferente, lo cual deberá ser declarado en el Anexo N° 8, adjuntando el respectivo respaldo. En caso de que dicho anexo no se encuentre debidamente completado y firmado, se entenderá que el oferente tiene personal contratado y no cuenta con un programa de integridad. Asimismo, se considerará que el oferente no cuenta con dicho programa de integridad cuando así lo declare en el anexo referido o cuando no acompañe a su declaración copia del programa de integridad en cuestión, o respaldo sobre el conocimiento del programa por su personal. Se entenderá por programas de integridad cualquier sistema de gestión que tenga como objetivo prevenir -y si resulta necesario, identificar y sancionar- las infracciones de leyes, regulaciones, códigos o procedimientos internos que tienen lugar en una organización, promoviendo una cultura de cumplimiento. Sustentabilidad Inclusión laboral 30% - El oferente presenta dentro de su personal, cualquiera sea el rol que desempeñe, al menos a 1 persona que presente algún tipo de discapacidad o pertenezca a algún pueblo originario: 100 puntos. - No presenta dentro de su personal, a lo menos a 1 persona que presente algún tipo de discapacidad o pertenezca a algún pueblo originario: 0 puntos. Para demostrar la discapacidad el empleado debe estar inscrito en el Registro Nacional de la Discapacidad y el oferente debe presentar copia simple de la Credencial de discapacidad de este o duplicado de la Credencial de Discapacidad, emitido por el Registro Civil junto a un contrato de trabajo vigente. Para demostrar que un empleado pertenece a algún pueblo originario, el oferente debe presentar copia simple del certificado entregado por la CONADI que acredita la calidad de indígena, junto a un contrato de trabajo vigente. CRITERIO TÉCNICO 65% Especificaciones técnica deseables 25% - Cumple con la totalidad de las especificaciones deseables señaladas en el numeral VI de las bases Técnicas: 100 puntos. - No cumple con las especificaciones deseables señaladas en el numeral VI de las bases Técnicas: 0 puntos. Ficha técnica del accesorio/ Certificación de compatibilidad. Tiempo de garantía técnica 35% - El oferente ofrece más de 12 meses de garantía técnica: 100 puntos. - El oferente ofrece entre 7 y 12 meses de garantía: 50 puntos. - El oferente ofrece entre 3 y 6 meses de garantía: 10 puntos. - El oferente ofrece entre 1 y 2 meses de garantía: 0 puntos. Certificados de garantía técnica, documentos oficiales del fabricante/proveedor. Plazo de entrega e instalación 15% La evaluación del plazo ofertado se hará mediante la aplicación de la siguiente fórmula: PP = 100 x [Plazo min / PPi] - PPi: Puntaje Plazo Oferta evaluada. - Plazo min: Plazo mínimo ofertado. - PP: Puntaje Plazo Oferta evaluada. Plazo ofertado en Anexo N°4 Soporte Técnico 25% - El oferente ofrece soporte técnico: 100 puntos. - El oferente no ofrece soporte técnico: 0 puntos Documento oficial del proveedor que indique la coberturas y detalles del soporte técnico ofertado. CRITERIO ECONÓMICO 20% Oferta Económica 100% La evaluación de las ofertas económicas se hará mediante la aplicación de la siguiente fórmula: CRITERIO ECONÓMICO 20% Oferta Económica 100% PEi = 100 x [V min / Vi] PEi: Puntaje Económico Oferta evaluada. Vmin: Valor mínimo ofertado. Vi: Valor Oferta evaluada. Anexo Nº5: Oferta económica. Evaluación Económica del monto ofertado en relación con el valor mínimo ofertado. Presupuesto máximo estimado de USD 18.000. El puntaje final corresponderá a la suma de puntajes de todos los criterios de evaluación. Para obtener el puntaje total de la evaluación de cada oferente, se sumarán los puntajes finales ponderados de cada criterio ya referido, al cual finalmente se le aplicará la regla contenida en el acápite “Cálculo del puntaje asociado al Comportamiento Contractual Anterior (CCA)”, a continuación. Por lo tanto, el puntaje final del oferente se obtendrá de la siguiente forma: Puntaje final oferta = Suma puntajes ponderados obtenidos en los criterios de evaluación – Puntaje Comportamiento contractual anterior (CCA) Cálculo del puntaje asociado al Comportamiento Contractual Anterior (CCA) Para la obtención de este puntaje, ―el cual se descontará del puntaje total de la oferta obtenido en función de la suma de puntajes ponderados obtenidos por la oferta al aplicarse los criterios de evaluación―, se evaluará el comportamiento contractual anterior del oferente, respecto de los contratos con la entidad licitante, durante los últimos 24 meses antes del momento del cierre de presentación de ofertas. Sólo se considerarán las sanciones ejecutoriadas durante el periodo señalado. El mecanismo de asignación de puntaje es el resultado de descontar el puntaje indicado en la tabla siguiente, del puntaje total ponderado de la evaluación por el número de sanciones a firme recibidas por parte de la entidad licitante: Sanción Puntaje por descontar del puntaje total de la oferta Término anticipado de contrato 20 puntos. Cobro de multa 10 puntos por cada multa aplicada. Con el objetivo de asegurar la idoneidad técnica de la contratación, si la propuesta mejor evaluada obtuviese un puntaje inferior a 30 puntos en la Oferta Técnica, AGCID estará facultada para declarar desierto el proceso licitatorio por no ser las ofertas convenientes a los intereses institucionales, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 9 de la Ley N° 19.886 y el artículo 62 de su Reglamento. 10.7. Mecanismo de Resolución de empates En el evento de que, una vez culminado el proceso de evaluación de ofertas, hubiese dos o más proponentes que hayan obtenido el mismo puntaje máximo, quedando más de uno en condiciones de resultar adjudicados, se optará por aquella oferta que cuente con un mayor puntaje de acuerdo con la siguiente secuencia, con los criterios que resulten aplicables: 1° Criterio de evaluación “Tiempo de Garantía”. 2° Criterio de evaluación “Especificaciones Técnicas deseables”. 3° Criterio de evaluación “Soporte Técnico”. Finalmente, si aún persiste el empate, se seleccionará a la propuesta del proveedor que haya ingresado primero su oferta en el portal www.mercadopublico.cl. 10.8. Adjudicación y su notificación Se adjudicará al oferente que obtenga el mayor puntaje en la evaluación de las propuestas, en los términos descritos en las presentes bases. La presente licitación se adjudicará a través de una resolución dictada por el Director Ejecutivo de AGCID, la que será publicada en www.mercadopublico.cl, una vez que se encuentre totalmente tramitada la resolución que la aprueba. 10.9. Consultas sobre la Adjudicación y su Resolución. Las consultas sobre la adjudicación deberán realizarse dentro del plazo fatal de 2 días hábiles contados desde la publicación en el Sistema de Información www.mercadopublico.cl, a través del correo electrónico unidad_adquisiciones@agcid.gob.cl. AGCID dispondrá del mismo tiempo indicado precedentemente para dar respuesta a dichas consultas. 10.10. Procedimiento de reclamo. Cualquier persona interesada, natural o jurídica, podrá deducir una reclamación administrativa, en los términos establecidos en el Reglamento de Compras, a través de la Plataforma de Reclamos habilitada en el Sistema de Información, contra las acciones u omisiones ilegales que se hayan cometido durante un procedimiento de contratación administrativa o en la ejecución un contrato administrativo. Este reclamo deberá entablarse ante la AGCID a través de la plataforma, dentro del plazo de cinco días hábiles contados desde que se haya notificado el acto impugnado o desde que la parte interesada haya conocido o debido conocer la ilegalidad que alega. Planteada la reclamación, se interrumpirá el plazo para ejercer las acciones jurisdiccionales establecidas en el artículo 24 de la Ley N° 19.886. AGCID deberá responder al solicitante a través de la plataforma, dentro de cinco días hábiles contados desde el ingreso del reclamo. 10.11. Readjudicación Si el proveedor adjudicado se desistiere de aceptar la orden de compra, o no cumpliese con alguna de las condiciones y requisitos establecidos en las presentes Bases para la suscripción o aceptación de los referidos documentos, AGCID podrá dejar sin efecto la adjudicación original, readjudicando la licitación al oferente que le seguía en puntaje, o a los que le sigan sucesivamente, dentro del plazo de 60 días corridos contados desde la publicación de la adjudicación original.
11.- CONDICIONES CONTRACTUALES, VIGENCIA DE LAS CONDICIONES COMERCIALES, OPERATORIA DE LA LICITACIÓN Y OTRAS CLÁUSULAS
11.1. Documentos integrantes La relación contractual que se genere entre AGCID y el Proveedor adjudicado se ceñirá a los siguientes documentos: a) Bases de licitación y sus anexos. b) Aclaraciones, respuestas y modificaciones a las Bases, si las hubiere. c) Oferta. d) Orden de compra. Todos los documentos antes mencionados forman un todo integrado y se complementan recíprocamente, especialmente respecto de las obligaciones que aparezcan en uno u otro de los documentos señalados. Se hace presente que, en caso de discrepancias que pudieren suscitarse en el contenido de estos documentos integrantes, prevalecerán las disposiciones de las presentes Bases de licitación. 11.2. Validez de la oferta. Las propuestas deberán tener una validez no inferior a noventa (90) días corridos, contados desde el término del plazo para la presentación de las propuestas, no pudiendo el Proponente alterar, de mutuo propio, su contenido. 11.3. Modificación de las bases La AGCID podrá modificar las presentes Bases de licitación y sus anexos, sea por iniciativa propia, o a propósito de alguna aclaración solicitada por alguno de los oferentes durante el proceso de la recepción de propuestas, hasta un día antes del plazo de su cierre. Las modificaciones que se lleven a cabo, serán informadas a través del sistema de información de contratación y compras públicas contenida en www.mercadopublico.cl. Estas modificaciones formarán parte integrante de las Bases de licitación. 11.4. Suscripción del Contrato La contratación se formalizará mediante la emisión de una Orden de Compra y la aceptación de ésta por parte del proveedor. En caso de que una Orden de Compra no haya sido aceptada en un plazo de 48 horas, la AGCID podrá solicitar su rechazo, entendiéndose definitivamente rechazada una vez transcurridas veinticuatro horas desde dicha solicitud y se entenderá desistimiento de la oferta, pudiendo adjudicar al siguiente proveedor mejor evaluado. Para aceptar la Orden de Compra, el proveedor adjudicado deberá encontrarse inscrito y en calidad de “Hábil” en el Registro de Proveedores. 11.5. Modificación de la contratación La contratación podrá modificarse, previo informe de la Contraparte Técnica que justifique la enmienda, por alguna de las siguientes causales: a) Por mutuo acuerdo de las partes. b) Por exigirlo el interés público o la seguridad nacional. Tales modificaciones podrán efectuarse con la finalidad de lograr un mejor cumplimiento del objeto de la contratación, o de salvar imprevistos ocurridos durante su ejecución. En caso de que la modificación implique una ampliación en los plazos de entrega e instalación del producto requerido, establecidos en las presentes bases, éstos podrán ser prorrogados, previo informe de la Contraparte Técnica, el que deberá ser enviado a la AGCID con una anticipación no menor a cinco (05) días hábiles anteriores al cumplimiento del plazo que se requiere modificar. Las reformas introducidas podrán significar una variación del precio del acuerdo, pudiendo aumentar o disminuir el monto contratado hasta en un 30% del monto del mismo, impuestos incluidos, siempre que exista disponibilidad presupuestaria para tales efectos. Tales enmiendas deberán ser aprobadas mediante el acto administrativo que corresponda, y siempre que no implique una modificación sustancial al objeto del acuerdo. El correspondiente acto administrativo se notificará al Proveedor por medio del Sistema de Información de Compras y Contratación Pública. En ningún caso, las modificaciones podrán: (i) Establecer condiciones que alteren los principios de igualdad de los oferentes y de estricta sujeción de las bases, en términos que hubiese implicado la aceptación de una oferta distinta a la aceptada inicialmente, o que hubieren atraído a más participantes al procedimiento de contratación; (ii) Alterar el equilibrio financiero del contrato; o (iii) Dar como resultado un contrato de naturaleza diferente. 11.6. Derechos e Impuestos Todos los gastos e impuestos que se generen o produzcan con ocasión del Contrato, tales como los aranceles notariales de celebración de contratos y/o cualesquiera otros que se originen en el cumplimiento de obligaciones que, según las Bases de licitación, ha contraído el proveedor, serán de su cargo exclusivo. 11.7. Cesión de contrato y Subcontratación El proveedor adjudicado no podrá ceder ni transferir en forma alguna, ni total ni parcialmente, los derechos y obligaciones que nacen del desarrollo de esta licitación, y, en especial, los establecidos en la Resolución que apruebe la adjudicación y en la Orden de Compra que se emita. En cuanto a la subcontratación, cualquier contrato o convenio que la entidad que resulte adjudicada celebre con otras entidades o personas, no generarán vínculo ni obligación alguna para AGCID y no lo eximirán de dar cabal cumplimiento, en tiempo y forma, a las obligaciones contenidas en este instrumento y en la Orden de Compra que posteriormente emita la AGCID. 11.8. Efectos derivados de Incumplimientos del Proveedor 11.8.1. Multas El proveedor deberá pagar multas por los atrasos en la entrega y prestación del servicio, de a cuerdo al siguiente detalle. Nº INCUMPLIMIENTO MULTA 1 Atraso en la entrega e instalación del producto 1% del valor total de la Orden de Compra, con un tope de 10 días hábiles. Las referidas multas, en total, no podrán sobrepasar el 10% del valor total de la Orden de Compra. En ese caso, se configurará una causal de término anticipado de la contratación. El monto de las multas será rebajado del pago que AGCID deba efectuar al proveedor, de no ser suficiente este monto o en caso de no existir pago pendiente, se le cobrará directamente. Por lo tanto, el plazo de pago de multas corresponderá a la fecha del estado de pago en que se rebajará. En caso de no existir estados de pago pendiente u otra razón que impida el descuento en el documento tributario electrónico, el proveedor deberá depositar el costo de la multa directamente en la cuenta bancaria de AGCID, en un plazo de 30 días hábiles. El monto de la multa será cobrado en pesos chilenos de acuerdo al tipo de cambio informado por el Banco Central el día de la emisión del acto administrativo de AGCID que dispone su cobro, cuando el cálculo del monto de la respectiva multa, convertido a pesos chilenos, resulte un número con decimales, éste se redondeará al número entero más cercano. Las multas se aplicarán sin perjuicio del derecho de AGCID de recurrir ante los Tribunales Ordinarios de Justicia, a fin de hacer efectiva la responsabilidad del contratante incumplidor. 11.8.2. Término Anticipado Contratación AGCID, está facultada para declarar administrativamente el término anticipado de la contratación, en cualquier momento, sin derecho a indemnización alguna para el proveedor y sin perjuicio de las demás acciones legales que resulten procedentes, si concurre alguna de las causales que se señalan a continuación: 1. Si el proveedor se encuentra en un procedimiento concursal de liquidación en calidad de deudor o se encuentra en manifiesta insolvencia financiera, a menos que se mejoren las cauciones entregadas 2. Si se disuelve la entidad Adjudicada o la unión temporal de proveedores. 3. Por incumplimiento grave de las obligaciones contraídas por el proveedor. Se entenderá por incumplimiento grave la no ejecución o la ejecución parcial por parte del proveedor de las obligaciones contractuales descritas en las bases de licitación, sin que exista alguna causal que le exima de responsabilidad, y cuando dicho incumplimiento le genere para AGCID o a cualquier institución involucrada en el proyecto, perjuicio en el cumplimiento de sus funciones. 4. Si el proveedor, sus representantes o el personal dependiente de aquél, no actuaren éticamente durante la ejecución del contrato, o propiciaren prácticas corruptas, tales como:  Dar u ofrecer obsequios, regalías u ofertas especiales al personal de la AGCID o de la contraparte, que pudiere implicar un conflicto de intereses, presente o futuro, entre el proveedor, la AGCID o la contraparte.  Dar u ofrecer cualquier cosa de valor con el fin de influenciar la actuación de un funcionario público durante la relación contractual objeto de la presente licitación. 5. En caso de que el atraso en la entrega e instalación del producto supere los 10 días hábiles. 6. Si las multas aplicadas, en total, sobrepasan el 10% del valor total de la Orden de Compra. 7. Por incumplimiento de obligaciones de confidencialidad establecidas en las presentes bases. 8. Por exigirlo el interés público o la seguridad nacional. 9. En caso de muerte del Contratante o socio que implique término de giro. 10. En el caso de incumplimiento de lo dispuesto en la cláusulas: “Fraude y corrupción” y "Pacto de integridad". 11. La imposibilidad de ejecutar la prestación en los términos inicialmente pactados, cuando no sea posible modificar el contrato conforme lo previsto en las presentes bases. 12. En los casos mencionados de la cláusula: “Salvaguardia” En estos casos, AGCID sólo pagará las obligaciones ya cumplidas que se encontrasen insolutas a la fecha. El término anticipado por incumplimientos se aplicará siguiendo el procedimiento establecido en las presentes bases. Resuelto el término anticipado, no operará indemnización alguna para el proveedor, debiendo la AGCID concurrir al pago de las obligaciones ya cumplidas que se encontrasen insolutas a la fecha. Resciliación o término de mutuo acuerdo Sin perjuicio de lo anterior, la AGCID y el respectivo proveedor podrán poner término al contrato en cualquier momento, de común acuerdo, sin constituir una medida por incumplimiento, siempre que el proveedor no se encuentre en mora de cumplir sus obligaciones. 11.8.3. Procedimiento para aplicación de medidas derivadas de incumplimientos Detectada una situación que amerite la aplicación de una multa u otra medida derivada de incumplimientos contemplados en las presentes Bases, AGCID notificará inmediatamente de ello al proveedor mediante correo electrónico, informándole sobre los hechos que la fundamentan y la medida a aplicar. Para estos efectos, el proveedor deberá fijar a través del Sistema de Información, siendo de su responsabilidad mantener dicha dirección actualizada e informar cualquier cambio, según lo dispone el artículo 140 del Reglamento de la Ley Nº 19.886. A contar de la notificación singularizada en el párrafo anterior, el proveedor tendrá un plazo de 5 días hábiles para efectuar sus descargos por escrito, debiendo señalar todas las circunstancias o antecedentes de hecho y de derecho que eximan o atenúen el posible incumplimiento, así como nieguen la efectiva concurrencia de los hechos, o que demuestren que esto no constituye infracción, sin perjuicio de otras presentaciones o antecedentes posteriores que se hagan valer en el curso del procedimiento sancionatorio con el mismo objeto, pudiendo además, si lo estimara pertinente, solicitar diligencias probatorias. Vencido el plazo indicado sin que se hayan presentado descargos, se aplicará la correspondiente medida por medio de una resolución fundada de AGCID. Si el proveedor hubiere presentado descargos dentro del plazo establecido para estos efectos, AGCID tendrá un plazo de 5 días hábiles, contados desde la recepción de los descargos del proveedor, para rechazarlos o acogerlos, total o parcialmente. Al respecto, el rechazo total o parcial de los descargos del proveedor se formalizará a través de la dictación de una resolución fundada de AGCID, en la cual deberá detallarse el contenido y las características de la medida. La indicada resolución se notificará al respectivo proveedor. Si el proveedor adjudicado solicitara dentro de sus descargos la realización de diligencias probatorias, el plazo para resolver respecto de la aplicación de la respectiva medida podrá ampliarse hasta en 5 días hábiles. La medida a aplicar deberá formalizarse a través de una resolución fundada, la que deberá pronunciarse sobre los descargos presentados, si existieren, y publicarse oportunamente en el Sistema de Información. Contra el acto administrativo que aplica la medida, el proveedor agraviado podrá interponer los recursos que establece la ley N° 19.880, debiendo acompañar todos los antecedentes que justifiquen eliminar, modificar o reemplazar la respectiva medida, teniendo AGCID un plazo prudencial para resolver. La resolución que acoja el recurso podrá modificar, reemplazar o dejar sin efecto el acto impugnado. La resolución que acoja el recurso podrá modificar, reemplazar o dejar sin efecto el acto impugnado. Con todo, el proveedor será responsable por hechos imputables a su incumplimiento directo y no atribuibles a terceros ajenos. Para efectos de recibir notificaciones sobre medidas aplicadas por incumplimientos contractuales, el proveedor adjudicado deberá fijar, a través del Sistema de Información, una dirección de correo electrónico única, siendo de su responsabilidad mantener dichas direcciones de correo electrónico actualizada e informar cualquier cambio a la Dirección de Compras y a AGCID, de conformidad con lo establecido en el artículo 140 del Reglamento de la Ley N.° 19.886. 11.9. Del Pago El presupuesto máximo del bien adquirido incluida la instalación es de USD 18.000.- (dieciocho mil dólares americanos), impuestos incluidos. La oferta deberá ser presentada en dólares americanos, incluyendo todos los impuestos de ley a que haya lugar y debiendo indicarse expresamente que es exento de IVA, si correspondiere. Para el pago, AGCID, se compromete a pagar, un valor en dólares americanos o su equivalente en pesos chilenos, impuestos incluidos, previo procedimiento de Recepción Conforme de la Contraparte Técnica, de acuerdo al tipo de cambio informado por el Banco Estado al momento de solicitar la AGCID el traspaso de dólares a pesos para proceder al pago. La variación del tipo de cambio, no será imputable a la AGCID. El valor en pesos será informado al Proveedor para la emisión del respectivo DTE (Documento Tributario Electrónico). Se establece (1) un pago, contra entrega e instalación del producto requerido con los respectivos soportes y debidamente aprobados por la contraparte técnica. El pago se definirá de la siguiente manera: PRODUCTO PLAZO MÁXIMO DE ENTREGA E INSTALACIÓN (días hábiles desde la emisión de la orden de compra) MONTO Entrega e Instalación del Hardware (Servidor) 20 días hábiles. 100% Con todo, la entrega e instalación del producto quedará supeditada a la duración del proyecto “Chile Partnership for Market Implementatión”, o “PMI”, por sus siglas en inglés, en caso de que este sea inferior al plazo de ejecución de las actividades. Para estos efectos, el Proveedor deberá enviar la factura al correo dipresrecepcion@custodium.com o a la casilla que la AGCID le notifique al momento de la emisión del DTE. Para el pago señalado, el Proveedor deberá entregar a la AGCID el documento tributario correspondiente con una anticipación mínima de treinta (30) días corridos a la fecha del pago. Los datos para la emisión de la factura son los siguientes: Nombre R.U.T Dirección Giro : : : : Agencia Chilena de Cooperación Internacional para el Desarrollo 60.108.000-1 Teatinos 180, Piso 8º, Santiago Servicio Público Forma de pago : Crédito (pago a 30 días desde la emisión de la factura) Para emitir la factura es requisito Obligatorio del Consultor: i. Aceptar la Orden de Compra en Mercado Público. ii. Ingresar el número de la Orden de Compra en el campo 801 de su Documento Tributarios Electrónicos (DTE). iii. Enviar el archivo XML de su DTE a la casilla dipresrecepcion@custodium.com. En caso de la no recepción del DTE a través del correo o la casilla indicada, AGCID dará un plazo máximo de 48 horas para su envío, de lo contrario el sistema rechazará automáticamente dicho DTE. AGCID pagará al adjudicatario el producto efectivamente entregado e instalado y de acuerdo al importe que sea facturado, incluidos los descuentos que se puedan producir por concepto de multas o acuerdos generados entre las partes, referidos a disminución de costos del producto, y demás requisitos establecidos en las presentes Bases de Licitación y en la Orden de Compra. 11.10. Vigencia del Contrato El contrato se formalizará mediante la emisión y envío al adjudicatario de una Orden de Compra a través del sitio www.mercadopublico.cl y la aceptación de ésta por parte del proveedor y se extenderá hasta la aprobación y pago por parte de AGCID del documento de cobro. 11.11. Contraparte Técnica y Administrador del Contrato Actuarán como Contraparte Técnica de la Contratación la jefatura del Departamento de Economía Ambiental del Ministerio de Medio Ambiente o a quien este designe y la Coordinadora General del proyecto, en el Ministerio de Energía, María José García, mgarciac@minenergia.cl. Para fines de seguimiento de en la entrega e instalación del producto, así como para velar por la correcta ejecución de las obligaciones del proveedor, la comunicación formal entre el proveedor y AGCID será a través de el/la Contraparte Técnica, y de este con el Departamento de Cooperación Sur-Sur y Desarrollo Nacional de AGCID, que, a su vez, se encargará de canalizar e informar a la División de Administración, Finanzas y Desarrollo de personas de la AGCID. A la contraparte técnica le corresponderá: 1. Proporcionar al proveedor la información disponible y la asistencia que requiera para el desarrollo de su trabajo y los logos institucionales a utilizar. 2. Supervisar, coordinar y fiscalizar el cumplimiento de todos los aspectos técnicos, verificando el cumplimiento de los plazos de entrega. 3. Proporcionar al proveedor la información disponible, la asistencia y plazos establecidos que requiera para el desarrollo de su trabajo y los logos institucionales a utilizar. 4. Dar observaciones, visto bueno y recepción conforme del producto adquirido e instalado, lo cual será comunicado vía correo electrónico. 5. Constatar e informar a AGCID cualquier incumplimiento por parte del proveedor para efectos de la aplicación de multas, término del contrato u otros efectos previstos en las presentes bases. 6. Coordinar, supervisar y fiscalizar toda actividad relacionada con el desarrollo de las actividades necesarias para la correcta ejecución del contrato. 7. Constatar que los requerimientos desde el inicio hasta el término del contrato sean cumplidos. 8. Informar en las situaciones que corresponda la aplicación de multas al Administrador del contrato. 9. Dirigir información a la Jefatura de la División de Administración, Finanzas y Desarrollo de Personas de AGCID para que firme información que deba ser enviada al proveedor y que digan relación con la situación contractual. 10. Supervisar que los cobros del proveedor sean acordes con la propuesta económica presentada por el mismo. 11. Las demás tareas que se le encomienden en el marco de la presente licitación. Actuará como Administrador/a de la contratación la jefatura del Departamento de Cooperación Sur-Sur y Desarrollo Nacional de AGCID o el/la profesional que éste designe para tales efectos, debiendo ejercer la supervisión integral del contrato en sus aspectos administrativos. El Administrador/a de la contratación deberá: 1. Coordinar la entrega del producto en la institución e informar la ocurrencia de incidentes en la entrega de este. 2. Será además responsable dar la conformidad final a del producto, y de validar el pago correspondiente a la adquisición e instalación del producto, previa aprobación conforme de la Contraparte Técnica, controlando que estos se realicen de acuerdo a lo dispuesto en las bases de licitación. 3. Será encargado de solicitar formalmente las modificaciones a la contratación previo requerimiento de la contraparte técnica 4. Informar los incumplimientos a la Jefatura de la División de Administración, Finanzas y Desarrollo de Personas de AGCID, en coordinación con la contraparte técnica proporcionando los antecedentes respectivos, evaluar los resultados de las medidas acordadas y realizar el análisis de los descargos del proveedor adjudicado. 11.12. Coordinador de la contratación del Proveedor Adjudicado El Proveedor deberá nombrar un coordinador de la contratación, cuya identidad deberá ser informada a AGCID. En el desempeño de su cometido, el coordinador del contrato deberá, a lo menos: 1. Informar oportunamente a la Contraparte Técnica de todo hecho relevante que pueda afectar el cumplimiento del contrato. 2. Representar al proveedor en la discusión de las materias relacionadas con la ejecución del contrato. 3. Coordinar las acciones que sean pertinentes para la operación y cumplimiento de este contrato. La designación del coordinador y todo cambio posterior deberá ser informado por el proveedor al responsable de administrar el contrato por parte AGCID, a más tardar dentro de las 24 horas siguientes de efectuada la designación o el cambio, por medio del correo electrónico institucional del funcionario. 11.13. Comportamiento ético del Proveedor El proveedor adjudicado deberá observar, durante toda la época de ejecución del contrato, el más alto estándar ético exigible a los funcionarios públicos. Tales estándares de probidad deben entenderse equiparados a aquellos exigidos a los funcionarios de la Administración Pública, en conformidad con el Título III de la ley N° 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado. 11.14. Auditorías El proveedor podrá ser sometido a auditorías externas, contratadas por AGCID a entidades auditoras independientes, con la finalidad de velar por el cumplimiento de las obligaciones contractuales y de las medidas de seguridad comprometidas por el proveedor en su oferta. No obstante, lo anterior, el proveedor deberá ajustarse a los estándares de las auditorías de la Contraloría General de la República. Si el resultado de estas auditorías evidencia incumplimientos contractuales por parte del proveedor, este quedará sujeto a las medidas que corresponda aplicar a AGCID, según las presentes Bases de Licitación. 11.15. Confidencialidad Salvo previo consentimiento escrito de AGCID, el proveedor no podrá comunicar a ninguna persona o entidad ninguna información confidencial que adquiera en el curso de la entrega e instalación del producto adquirido. El proveedor no podrá utilizar para ninguna finalidad ajena a la ejecución del contrato, la documentación, los antecedentes y, en general, cualquier información, que haya conocido o a la que haya accedido, en virtud de cualquier actividad relacionada con el contrato. El proveedor, así como su personal dependiente que se haya vinculado a la ejecución del contrato, en cualquiera de sus etapas, deben guardar confidencialidad sobre los antecedentes relacionados a la entrega e instalación del producto adquirido. El proveedor, así como su personal dependiente que se haya vinculado a la ejecución del contrato, en cualquiera de sus etapas, deben guardar confidencialidad sobre los antecedentes relacionados con en la entrega e instalación del producto. El proveedor debe adoptar medidas para el resguardo de la confidencialidad de la información, reservándose la AGCID el derecho de ejercer las acciones legales que correspondan, de acuerdo con las normas legales vigentes, en caso de divulgación no autorizada, por cualquier medio, de la totalidad o parte de la información referida. Toda información que la AGCID entregue al proveedor será entendida como reservada obligándose éste a no revelar dicha información a personas que no formen parte de la presente adquisición y, en consecuencia, a mantenerla de manera confidencial y privada para evitar su divulgación no autorizada, ejerciendo el mismo grado de cuidado que utilizan cada una de las partes para proteger información reservada de propiedad de cada una, excepto que las partes acuerden explícitamente por escrito revelar dicha información o que se encuentre dentro de las exclusiones señaladas en las presentes bases. La divulgación, por cualquier medio, de la totalidad o parte de la información referida en los párrafos anteriores, por parte del proveedor, durante la vigencia del contrato o dentro de los 5 años siguientes después de finalizado éste, podrá dar pie a que la AGCID entable en su contra las acciones judiciales que correspondan. Con todo, tratándose de bases de datos de carácter personal, la obligación de confidencialidad dura indefinidamente, de acuerdo con la Ley N°19.628, sobre Protección de la Vida Privada. 11.16. Propiedad de la Información El Ministerio del Medio Ambiente, el Ministerio de Energía y AGCID serán las titulares de todos los recursos, archivos, bases de dato y toda información física que se genere en virtud de la entrega e instalación del producto objeto de la licitación. El Proveedor no podrá utilizar la información indicada en el párrafo anterior, durante la ejecución del contrato ni con posterioridad al término de su vigencia, sin autorización escrita de AGCID. Por tal motivo, una vez que el proveedor entregue dicha información a la entidad o al finalizar la relación contractual, deberá borrarla de sus registros lógicos y físicos. 11.17. Seguridad de la información El proveedor, sus trabajadores y de ser el caso, sus subcontratistas, quedarán obligados al cumplimiento de los requisitos de seguridad de la información estipulados en las presentes bases, así como en las políticas y procedimientos de seguridad de la información de la legislación vigente. Por lo anterior, el proveedor deberá traspasar la información de los requisitos de seguridad de la información a sus trabajadores y de ser el caso, a sus subcontratados. Asimismo, el proveedor quedará obligado al cumplimiento de las condiciones de uso de los diversos sistemas, herramientas, software, plataformas y equipos, asumiendo su uso sólo para las actividades propias de la presente adquisición. Sin embargo, y en caso de que ocurriera su uso en forma privada o personal, ya sea intencional o involuntariamente, el proveedor declara renunciar a cualquier intención de reclamo, denuncia o demanda relacionada con la privacidad de la información personal que se encuentre en dichos sistemas y Plataformas. 11.18. Saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social Durante la vigencia del respectivo contrato el proveedor deberá acreditar que no registra saldos insolutos de obligaciones laborales y sociales con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años. AGCID podrá requerir al proveedor, en cualquier momento, los antecedentes que estime necesarios para acreditar el cumplimiento de las obligaciones laborales y sociales antes señaladas. En caso de que el proveedor registre saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años, los primeros estados de pago producto de esta licitación deberán ser destinados al pago de dichas obligaciones, debiendo el proveedor acreditar que la totalidad de las obligaciones se encuentran liquidadas al cumplirse la mitad del período de ejecución de las prestaciones, con un máximo de seis meses. AGCID exigirá que el proveedor proceda a dichos pagos y le presente los comprobantes y planillas que demuestren el total cumplimiento de la obligación. El incumplimiento de estas obligaciones por parte del proveedor dará derecho a terminar la relación contractual, pudiendo llamarse a una nueva licitación en la que el proveedor referido no podrá participar. 11.19. Normas laborales El proveedor, en su calidad de empleador, será responsable exclusivo del cumplimiento íntegro y oportuno de las normas del Código del Trabajo y leyes complementarias, leyes sociales, de previsión, de seguros, de enfermedades profesionales, de accidentes del trabajo y demás pertinentes respecto de sus trabajadores y/o integrantes de sus respectivos equipos de trabajo. En consecuencia, el proveedor será responsable, en forma exclusiva, y sin que la enumeración sea taxativa, del pago oportuno de las remuneraciones, honorarios, indemnizaciones, desahucios, gratificaciones, gastos de movilización, beneficios y, en general, de toda suma de dinero que, por cualquier concepto, deba pagarse a sus trabajadores y/o integrantes de sus respectivos equipos de trabajo. AGCID se reserva el derecho a exigir al proveedor, a simple requerimiento de la contraparte técnica, y sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 4° de la Ley de Compras y el artículo 183-C del Código del Trabajo, un certificado que acredite el monto y estado de cumplimiento de las obligaciones laborales y previsionales emitido por la Inspección del Trabajo respectiva, o bien, por medios idóneos que garanticen la veracidad de dicho monto y estado de cumplimiento, respecto de sus trabajadores. Ello, con el propósito de hacer efectivo el derecho a ser informado y el derecho de retención, consagrados en los incisos segundo y tercero del artículo 183-C del Código del Trabajo, en el marco de la responsabilidad subsidiaria derivada de dichas obligaciones laborales y previsionales, a la que alude el artículo 183-D del mismo Código. Por otra parte, se deja expresa constancia que la suscripción del contrato respectivo no significará en caso alguno que el proveedor, sus trabajadores o integrantes de los equipos presentados por éstos, adquieran la calidad de funcionarios públicos, no existiendo vínculo alguno de subordinación o dependencia entre ellos con el órgano comprador. 11.20. Idiomas Las propuestas técnicas, financieras y otros antecedentes solicitados en el marco de la presente licitación deberán estar escritos en idioma español, así como la correspondencia intercambiada entre el proveedor y la AGCID. En el caso de los informes técnicos, documentos y cualquier otro material que se genere en el marco de la presente adquisición, deben ser escritos en español. 11.21. Cláusula de género En el diseño, planificación, ejecución y monitoreo de las actividades y/o acciones que se adopten para la implementación del contrato respectivo, las Partes se comprometen a: 1. Respetar el principio de igualdad y no discriminación de sexo. 2. Procurar contribuir a la eliminación de la discriminación hacia la mujer y a la ampliación de la participación equitativa de hombres y mujeres en todos los sectores y ámbitos relacionados con el cumplimiento del contrato. 3. Considerar las implicancias para hombres y mujeres que importen el desarrollo de las acciones y/o actividades derivadas de su cumplimiento. 4. En general, adoptar todas las medidas que se estimen pertinentes destinadas a promover la equidad de género. 11.22. Cláusula de salvaguardia En el marco de las contrataciones de bienes y servicios que sean adquiridos para los proyectos con fondos en administración, AGCID deberá dar cumplimiento a las directivas de lucha contra el fraude y la corrupción impartidas por cada fuente de financiamiento, y deberá verificar la habilidad de los proveedores a contratar, comprobando que éstos no se encuentren en situación de exclusión por delitos de Lavado de Activos (LA), Financiamiento del Terrorismo (FT) y Delitos Funcionarios (DF), en las bases de datos y sistemas de detección precoz dispuestos para tales efectos. En los casos que el o los oferentes se encuentren dentro de estas listas de exclusión, AGCID estará facultada para: 1. 2. Declarar inadmisible la oferta presentada. Poner término anticipado al Contrato, cuando la inhabilidad se configure con posterioridad al inicio del contrato. 11.23. Fraude y corrupción Si la AGCID determina que el proveedor y/o su personal y/o subcontratistas, (hayan sido declarados o no), proveedores de servicios o proveedores de insumos, han participado en actividades corruptas, fraudulentas, colusorias, coercitivas u obstructivas al competir por el contrato en cuestión, la Agencia estará facultada para rescindir el contrato que se suscriba. Si se determina que algún empleado del proveedor ha participado en actividades corruptas, fraudulentas, colusorias, coercitivas u obstructivas durante la ejecución del contrato, dicho empleado deberá ser removido de su cargo. a) Definiciones: Para los efectos de la aplicación de la presente cláusula, la AGCID define las siguientes expresiones: (i) “Práctica corrupta”: Significa el ofrecimiento, suministro, aceptación o solicitud, directa o indirectamente, de cualquier cosa de valor con el fin de influir impropiamente en la actuación de otra persona; (ii) “Práctica fraudulenta”: Significa cualquiera actuación u omisión, incluyendo una tergiversación de los hechos que, astuta o descuidadamente, desorienta o intenta desorientar a otra persona, con el fin de obtener un beneficio financiero o de otra índole o para evitar el cumplimiento de una obligación; (iii) “Práctica de colusión”: Significa un arreglo de dos o más personas diseñado para lograr un propósito impropio, incluyendo influenciar impropiamente las acciones de otra persona; (iv) “Práctica coercitiva”: Significa el daño o amenazas para dañar, directa o indirectamente, a cualquiera persona o las propiedades de una persona, para influenciar impropiamente sus actuaciones. (v) “Práctica de obstrucción”: Significa la destrucción, falsificación, alteración o escondimiento/ocultamiento deliberados de evidencia material relativa a una investigación o brindar testimonios falsos a los investigadores para impedir materialmente una investigación por parte la AGCID o cualquier organismo fiscalizador, de alegaciones de prácticas corruptas, fraudulentas, coercitivas o de colusión; y/o la amenaza, persecución o intimidación de cualquier persona para evitar que pueda revelar lo que conoce sobre asuntos relevantes a la investigación o que lleve a cabo la investigación, o las actuaciones dirigidas a impedir materialmente el ejercicio de los derechos AGCID o cualquier organismo fiscalizador a inspeccionar y auditar (El proveedor permitirá y deberá realizar las gestiones necesarias, para que sus subcontratados permitan que AGCID o cualquier organismo fiscalizador y/o las personas designadas por estos inspeccionen las cuentas y registros contables relacionados con el proceso de selección y con la ejecución del contrato y realice auditorias por medio de auditores designados por AGCID o cualquier organismo fiscalizador, si así lo requiere AGCID o cualquier organismo fiscalizador. El proveedor deberá prestar atención a lo estipulado en la presente cláusula, según la cual las actuaciones dirigidas a obstaculizar significativamente el ejercicio por parte de la AGCID o cualquier organismo fiscalizador de los derechos de inspección y auditoría constituye una práctica prohibida que podrá resultar en la terminación del contrato (al igual que en la declaración de inelegibilidad de acuerdo de los procedimientos vigentes). b) Medidas que deberán Adoptarse: (i) Se sancionará al proveedor, con el término anticipado del contrato y se establecerán las acciones legales que correspondan, si en cualquier momento determina que el proveedor ha participado directamente o a través de sus agentes, en prácticas corruptas, fraudulentas, colusorias o coercitivas al competir o ejecutar un contrato financiado por AGCID; c) Comisiones y Gratificaciones: (i) Exigirá al proveedor que revele cualquier comisión o gratificación que pueda haber pagado o pagaderas a sus agentes, representantes o agentes comisionistas, en relación con el proceso de selección o ejecución del contrato. (ii) La información manifestada deberá incluir por lo menos el nombre y dirección del agente, representante o agente comisionista, la cantidad y moneda y el propósito de la comisión o gratificación. 11.24. Responsabilidades y obligaciones del proveedor adjudicado 1. El proveedor adjudicado deberá velar por la calidad y oportunidad en la entrega de los informes a los usuarios designados de AGCID, so pena de la medida que ésta pueda aplicar en caso de incumplimiento de lo solicitado. 2. Será responsabilidad del proveedor adjudicado velar por mantenerse habilitado en el Registro de Proveedores. 3. El proveedor adjudicado liberará de toda responsabilidad a la AGCID en caso de acciones entabladas por terceros debido a transgresiones de derechos intelectuales, industriales, de patente, marca registrada y de diseños, como los indicados en la Ley N° 17.336 sobre Propiedad Intelectual. 4. Las reuniones que se soliciten durante la ejecución del contrato deberán ser requeridas por la persona debidamente autorizada por el proveedor adjudicado, lo que deberá documentarse fehacientemente. 5. Responder y gestionar, según corresponda, todos los casos de reclamos y/o consultas reportados por la AGCID en un plazo máximo de 2 días hábiles, contado desde su notificación. 6. Entregar oportunamente informes solicitados por la AGCID. 11.25. Evaluación del contrato Luego de finalizado el contrato, la Contraparte Técnica y el Administrador del contrato deberán evaluar el desempeño del proveedor a través de una encuesta que se encuentra disponible en el módulo de Gestión de Contratos en www.mercadopublico.cl. Esta encuesta permite construir la Nota de Comportamiento por Evaluación que se publica, ahora también, en la Ficha del Proveedor en la sección de Comportamiento por Evaluación de Contratos, además de encontrarse en el módulo de gestión de contratos. Responder la encuesta es clave para conocer cómo ha sido el cumplimiento de los proveedores en la ejecución de los contratos, especialmente los de más de 1.000 UTM, permitiendo destacar a los oferentes que cumplen con sus compromisos de entrega de bienes y servicios, como también generar información para apoyar la toma de decisiones de todos los organismos.  11.26. Tratamiento de datos personales por mandato En caso de que se encomiende al proveedor adjudicado el tratamiento de datos personales por cuenta de AGCID, éste deberá suscribir un contrato de mandato escrito con el proveedor, en donde se especifiquen las condiciones bajo las cuales se podrán utilizar esos datos, según el artículo 8 de la Ley N°19.628, sobre Protección de la Vida Privada. En dicho contrato de mandato se indicará, a lo menos, la finalidad del tratamiento, el tipo de datos que se entrega al proveedor (en calidad de mandatario), la duración del encargo y un procedimiento para la devolución de los datos y su eliminación efectiva por parte del proveedor, al terminar ese contrato. Además, deberá prohibir expresamente el uso de dichos datos personales para fines distintos a los que persigue la AGCID (en calidad de órgano público mandante) y señalar expresamente que no se permite su comunicación a terceros. 11.27. Pacto de Integridad El oferente, y posteriormente, el Proveedor, declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones contenidas el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente, y posteriormente, el proveedor, acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo con las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos: 1. Respetar los derechos fundamentales de sus trabajadores, entendiéndose por éstos los consagrados en la Constitución Política de la República en su artículo 19, números 1°, 4°, 5°, 6°, 12°, y 16°, en conformidad al artículo 485 del Código del Trabajo. Asimismo, se compromete a respetar los derechos humanos, lo que significa que debe evitar dar lugar o contribuir a efectos adversos en los derechos humanos mediante sus actividades, productos o servicios, y subsanar esos efectos cuando se produzcan, de acuerdo con los Principios Rectores de Derechos Humanos y Empresas de Naciones Unidas. 2. No ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de el o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven. 3. No intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquiera de sus tipos o formas. 4. Revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para el presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar su veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia. En virtud de lo anterior, el oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, debidamente analizada y estudiada en cuanto a su viabilidad e integridad, por lo que dicha propuesta es presentada en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que garantizan la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas. 5. Ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, probidad y transparencia en el presente proceso licitatorio y en la ejecución del contrato. 6. El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase. 7. El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados, dependientes, asesores y/o agentes y, en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes. 8. Una vez iniciado el procedimiento de contratación, el oferente se obliga a cumplir la prohibición contenida en el artículo 35 ter de la Ley N° 19.886, esto es, no podrá mantener comunicación entre los participantes o interesados en el proceso de contratación, o entre eventuales interesados o participantes en él y las personas que desempeñen funciones en el organismo licitante que participen del proceso de adjudicación, independientemente de su calidad jurídica, en lo referido directa o indirectamente a tal proceso, salvo que se realice a través del Sistema de Información y Gestión de Compras Públicas administrado por la Dirección de Compras y Contratación Pública, y en la forma establecida en las bases de licitación, que asegure la participación e igualdad de todos los oferentes. 9. Se deja constancia que cualquier incumplimiento por parte de los oferentes a lo dispuesto en el Pacto de Integridad indicado en esta cláusula, que sea observado durante el transcurso del respectivo proceso licitatorio, dará lugar a que sus respectivas ofertas sean declaradas inadmisibles. Asimismo, si se observare algún incumplimiento por parte del proveedor al presente Pacto de Integridad con posterioridad a la adjudicación y anterior al momento de contratación, dará pie a que la correspondiente adjudicación sea dejada sin efecto respecto del producto/servicio que le fue adjudicado, pudiendo readjudicarse la licitación, en atención a lo dispuesto en las presentes bases de licitación. Finalmente, si durante la ejecución del contrato se detectan situaciones en donde el proveedor contratado haya incumplido el presente Pacto de Integridad, se producirá el término anticipado del contrato en conformidad con la cláusula referida a Término Anticipado de Contrato, de estas bases de licitación. 11.28. Plagio y uso de inteligencia artificial El proveedor declarará y garantizará que todo trabajo, contenido, informe, obra o entregable presentado en el marco de la contratación será original y de su autoría, o contará con las autorizaciones correspondientes para su uso. Queda expresamente prohibido el plagio, entendiéndose como tal: la copia total o parcial, no autorizada, de obras, textos, ideas, datos o contenidos de terceros, la utilización de las palabras de otro sin indicarlo en forma de cita en el texto o sin citar la fuente en la lista de referencias bibliográficas, la presentación de las ideas originales de otro, de manera modificada, sin la citación de la fuente, la falsificación las palabras o las ideas otros, citando incorrectamente una fuente de información, simulando ser el dueño del trabajo de otro y en todos los casos ya sea de orígenes humanos o generados mediante sistemas automatizados. En caso de utilizar herramientas de Inteligencia Artificial, total o parcialmente, el proveedor se obligará a declarar expresa y detalladamente dicha utilización, indicando el tipo de herramienta empleada y el alcance de su intervención, manteniendo en todo momento la responsabilidad plena sobre el contenido generado. El incumplimiento de lo indicado será considerado una falta grave facultando a la AGCID a adoptar las medidas legales y contractuales correspondientes, sin perjuicio de las acciones civiles o penales que pudieran derivarse.
BASES TÉCNICAS
I. ANTECEDENTES Y OBJETIVOS DEL PROYECTO “PARTNERSHIP FOR MARKET IMPLEMENTATION” Al Gobierno de Chile le fueron asignados fondos de donación bajo la Iniciativa Partnership for Market Implementation (en adelante PMI) del Banco Mundial, para ejecutar el proyecto PMI, los que serán administrados financieramente por la Agencia Chilena de Cooperación Internacional para el Desarrollo (en adelante AGCID), y ejecutados por el Ministerio de Energía de Chile (en adelante el Ministerio), como ha quedado consignado a través del Convenio de Donación N° TF C3139-CL, firmado por el Banco Mundial y AGCID el 14 y 27 de noviembre de 2023, respectivamente. Los objetivos del Proyecto PMI son entregar asistencia técnica al Beneficiario (i.e., República de Chile) para poner en marcha un Sistema Piloto de Emisiones Transables para el sector energía (con el fin de apoyar la transición energética); implementar los instrumentos económicos y normas de emisión bajo la Ley Marco de Cambio Climático, que incluyen el Artículo 6 del Acuerdo de París; ejecutar las mejoras al sistema de compensaciones del impuesto verde; y fomentar la cooperación regional, abriendo puentes de conexión con países que han avanzado en el diseño y la aplicación de instrumentos de precio en la región. A efectos de abordar los objetivos propuestos, el Proyecto PMI-Chile se organizó en tres componentes: Componente 1: Implementación y sofisticación del mix de instrumentos de precio al carbono (IPC) y Transición Justa. A partir del impuesto al carbono existente y de la Ley Marco de Cambio Climático (LMCC) que fortalece los IPC existentes y crea otros nuevos, como el estándar de emisiones de gases efecto invernadero (GEI) y el sistema de certificación de reducción de emisiones, el proyecto apoyará la implementación y mejora de este mix de IPC, incluyendo una hoja de ruta para futuros desarrollos de instrumentos que aceleren la descarbonización. Este componente se divide en los siguientes subcomponentes: Implementación de compensaciones de carbono y estándares de emisión de GEI; Mejora del mix de IPC; Piloto de sistema de Cap-and-Trade en el sector energía; y Articulación de una Transición Justa con IPC. Componente 2: Chile en los mercados internacionales de carbono. Donde se apoyará el diseño e implementación por parte del Gobierno de Chile de una Política Nacional para el uso del Artículo 6 del Acuerdo de París y se fortalecerá el rol de Chile en la Cooperación Sur-Sur a través del intercambio de experiencias y conocimiento con otras jurisdicciones y apoyar el desarrollo de otras iniciativas nacionales y regionales. Componente 3: Creación de capacidades, participación ciudadana y gestión del proyecto. Para apoyar la generación de capacidades en forma transversal, la participación ciudadana, la comunicación y las actividades de divulgación orientadas a construir consensos y comunicar el progreso en cada uno de estos instrumentos, realizando también actividades de generación de capacidades tanto a nivel nacional como para entidades subnacionales en las distintas regiones del país como para desarrolladores de proyectos, a cargo de la implementación y supervisión de proyectos bajo los instrumentos de fijación de precios al carbono propuestos. Este componente también apoya la gestión del proyecto. II. CONTEXTO DE LA CONTRATACIÓN SOLICITADA El Sistema de Seguimiento Atmosférico (SISAT) de la Superintendencia del Medio Ambiente (SMA) es una plataforma tecnológica destinada a recopilar, almacenar y procesar información crítica sobre emisiones atmosféricas provenientes de diversas fuentes. Su propósito es fortalecer la fiscalización ambiental, apoyar la toma de decisiones regulatorias y facilitar la implementación de instrumentos de gestión ambiental, como el sistema de impuestos y compensación de emisiones. En este marco, se requiere la adquisición e instalación de un servidor de almacenamiento que permita garantizar el funcionamiento estable y seguro de los repositorios asociados al SISAT y a otras soluciones complementarias de la SMA. La infraestructura solicitada asegurará la disponibilidad, interoperabilidad y continuidad operativa necesarias para gestionar grandes volúmenes de datos, integrar múltiples plataformas y respaldar la labor de monitoreo y control ambiental del Estado. III. OBJETIVO DE LA CONTRATACIÓN Objetivo General Adquirir e implementar un servidor de almacenamiento robusto y escalable que garantice el funcionamiento, la seguridad y la disponibilidad de los repositorios asociados al Sistema de Seguimiento Atmosférico (SISAT) y a las plataformas tecnológicas de la SMA, asegurando la interoperabilidad con los sistemas de impuestos y compensación de emisiones. Objetivos específicos: Objetivo específico Nº1: Soportar el funcionamiento del SISAT mediante la provisión de una infraestructura de almacenamiento confiable y de alto rendimiento que permita gestionar grandes volúmenes de datos atmosféricos. Objetivo específico Nº2: Centralizar y asegurar los repositorios de información garantizando integridad, respaldo y recuperación ante fallas o incidentes. Objetivo específico Nº3: Facilitar la interoperabilidad con las distintas plataformas que proveen y reciben información relacionada al sistema de impuestos y compensación de emisiones. Objetivo específico Nº4: Asegurar la escalabilidad tecnológica de la infraestructura, de modo que pueda responder al crecimiento futuro de los volúmenes de datos y a la incorporación de nuevas soluciones asociadas a la SMA. Objetivo específico Nº5: Optimizar la gestión operativa de la información, permitiendo un acceso seguro, eficiente y oportuno a los datos por parte de los distintos usuarios y sistemas interconectados. Objetivo específico Nº6: Garantizar la continuidad operativa y soporte técnico mediante la adquisición de un equipo con estándares de calidad, garantía técnica obligatoria y mantenimiento adecuados. IV. V. VI. PLAZOS ENTREGA E INSTALACIÓN El producto adquirido deberá ser entregado e instalado en el plazo ofertado por el proveedor, el que no podrá ser superior a 20 días Hábiles desde la emisión de la orden de compra. La entrega del producto se podrá llevar a cabo de lunes a viernes, en un horario entre las 9:00 a 17:00 hrs. LUGAR DE ENTREGA E INSTALACIÓN El producto adquirido deberá ser entregado e instalado en oficinas de TI de la Superintendencia de Medio Ambiente (SMA), ubicada en calle Teatinos 280, Piso 8. La entrega e instalación del producto deberá ser coordinado con la coordinadora del Proyecto PMI en el Ministerio del Medio Ambiente Daniella Mella, correo dmella@mma.gob.cl y Coordinadora General del proyecto, en el Ministerio de Energía, María José García, mgarciac@minenergia.cl. ESPECIFICACIONES TÉCNICAS 1.- Especificaciones técnicas Obligatorias Corresponden a las especificaciones técnicas cuyo incumplimiento impide el funcionamiento y/u objetivos de la compra del producto, no cumple con lo requerido por AGCID o producen una falta a las normas de seguridad vigente, por tanto, las propuestas que no cumplan con alguna de las especificaciones técnicas OBLIGATORIAS, serán declaradas inadmisibles y no serán evaluadas. Se entenderá que no cumplen las especificaciones técnicas Obligatorias:  Cuando no señale expresamente que cumple y/o no logre acreditar su cumplimiento con el respaldo correspondiente.  También se entenderá que no cumple la especificación técnica Obligatoria, si el respaldo que acredite dicho requisito contenga elementos de los considerados en estas bases como subsanables y se ha debido pedir al oferente a través de foro inverso que subsane y/o enmiende y este NO subsanó y/o enmendó en el tiempo y forma requerido. Tabla de especificaciones obligatoria: Nº REQUERIMIENTO 1 Unidad NAS con procesador AMD Ryzen™ V1500B 64bit o similar en rendimiento. FORMA DE ACREDITAR Ficha técnica del fabricante/ Documento oficial comparativo de procesador. 2 Memoria RAM DDR4 de al menos 8 GB (expandible). Ficha técnica del equipo/ Cotización detallada. 3 12 bahías disponibles para instalación de discos duros. Ficha técnica del fabricante/ Manual del producto. 4 Formato rackeable para centro de datos. Ficha técnica del equipo/ Certificación del fabricante. 5 Inclusión de 12 discos duros de 24 TB cada uno. Ficha técnica de los discos/ Cotización con detalle de capacidad y marca. 6 Tarjeta de ampliación 10GbE para conectividad de alta velocidad. Ficha técnica del accesorio/ Certificación de compatibilidad. 7 Kit de rieles deslizantes para rack. Catálogo del fabricante/ Ficha técnica del accesorio. 8 Certificación de que los productos son nuevos y originales. Declaración jurada simple del proveedor/ Indicación expresa en la cotización. 9 El servidor debe venir con las configuraciones iniciales y ser entregado armado. Indicación expresa en la cotización. 2.- Especificaciones Técnicas Deseables Considera las especificaciones técnicas que son importantes, pero que, sin embargo, su incumplimiento no afectaría el funcionamiento del producto. Se entenderá que no cumple la especificación técnica Deseable:  Cuando no señale expresamente que cumple y/o no logre acreditar su cumplimiento con el respaldo correspondiente.  También se entenderá que no cumple la especificación técnica deseable, si el respaldo que acredite dicho requisito contenga elementos de los considerados en estas bases como subsanables y se ha debido pedir al oferente a través de foro inverso que subsane y/o enmiende y este NO subsanó y/o enmendó en el tiempo y forma requerido. Tabla de especificaciones deseables: Nº REQUERIMIENTO 1 Tarjeta de ampliación 10GbE para conectividad de alta velocidad. (Adicional a la tarjeta obligatoria solicitada). FORMA DE ACREDITAR Ficha técnica del accesorio/ Certificación de compatibilidad VII. Recepción conforme de los productos y servicios El pago requiere la Recepción Conforme de la Contraparte Técnica, mediante correo electrónico. VIII. Insumos que proporcionará la contraparte técnica al Proveedor La Contraparte Técnica de la contratación, facilitará al Proveedor toda la información institucional y el conocimiento vinculado a los servicios que debe prestar.
10. Demandas ante el Tribunal de Contratación Pública
No cuenta con demandas ante el Tribunal de Contratación Pública.