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Durante la vigencia del Convenio, el número de bienes muebles podrá variar (aumentar o disminuir), situación que será comunicada oportunamente al proponente.
3. RESIDENCIA DEL PROPONENTE:
El Proponente deberá tener un local adaptado para prestar servicio técnico especializado dentro de la Provincia de Osorno, Región de Los Lagos.
4. TIPO DE SERVICIOS:
CONVENIO DE REPARACIONES ESTRUCTURALES DE MAESTRANZA PARA MAQUINARIAS, VEHÍCULOS, EQUIPOS Y OTROS, Región de Los Lagos, Provincia de Osorno.
5. LUGAR DE LA REPARACIÓN:
La Dirección de Vialidad determinará el lugar de ejecución del servicio, pudiendo realizarse en taller particular, taller fiscal o en faena de terreno a nivel provincial donde se encuentren destinados los bienes.
Los trabajos deberán ser realizados preferentemente en las instalaciones del proveedor, exceptuando equipos, maquinarias, vehículos, los cuales no podrían moverse de las instalaciones del taller fiscal, solamente autorizados por el Jefe de Maquinarias o sus respectivas subrogancias.
6. HORARIO DE TRABAJO:
La Empresa deberá prestar servicios de lunes a viernes, entre las 08:30 y las 17:30, consideradas como jornadas en horario normal y jornadas extraordinaria fuera del horario normal, entre estas: después de las 17.30 horas, sábados, domingos y festivos, si se estima necesario por la Dirección de Vialidad.
7. RESPONSABILIDAD DEL PROPONENTE:
a) El proveedor se responsabilizara por los daños que pudieran producirse como consecuencia de procesos mal ejecutados.
b) También será responsable por daños o pérdidas de cualquier elemento del bien mueble entregado a su cargo.
c) El proponente deberá emitir un formulario o ficha de recepción de ingreso del bien mueble entregado a su cargo, el cual deberá contener como mínimo la siguiente información: Hora ingreso taller, Estado General de la Máquina, Nivel de combustible, Nombre y apellidos del operador, toda información adicional que el proponente estime conveniente.
d) Se establece la obligatoriedad para los vehículos enviados a talleres particulares que necesiten ser probados y conducidos estas pruebas deben ser conducidas por choferes MOP - Dirección de Vialidad.
e) En caso de trabajos realizados a maquinarias y equipos dentro del Recinto fiscal, deberán contar con elementos de protección personal, señalización perímetro de trabajo y extintor según tipo de riesgo expuestos
8. OBLIGACIONES DEL PROVEEDOR:
Con el fin de cumplir el objetivo del convenio, el proveedor tendrá las siguientes obligaciones:
a) Atender y dejar disponible a los Equipos incluidos en el Contrato aplicando las técnicas correspondientes que otorguen confiabilidad al equipo, por medio de las recomendaciones y manuales del fabricante. El tiempo de respuesta para la atención de un servicio deberá ser dentro del plazo máximo de 24 horas.
b) De existir razones de fuerza mayor o capacidad técnica que impidan su atención se deberá informar de esto al Inspector Fiscal, para no entorpecer la disponibilidad de los Equipos y Maquinarias, quien determinará la aplicación de multas en caso de corresponder.
c) Atender por la totalidad del parque vehicular especificado en el punto 2 de las presentes BT.
d) Los repuestos que se utilicen en los servicios deberán ser los originales. Si no hubiese de entrega inmediata se podrán utilizar repuestos alternativos previo visto bueno del Inspector Fiscal. Este último caso no excluye la responsabilidad del contratista respecto de la calidad de la reparación. La Dirección de Vialidad puede abastecer a la empresa adjudicada con repuestos en stock o que el Servicio adquiera para atender a los vehículos.
e) Contar con vehículos apropiados y equipados para las atenciones de los equipos y maquinarias en faenas de conservación de caminos. Se deberá adjuntar un informe de trabajo en terreno, en la cual se especifique el tiempo de traslado, kilometrajes de traslado, tiempo de trabajo en terreno, trabajo realizado y detalle de los repuestos e insumos utilizados. Dicho informe debe estar visado por el Operador del equipo y el Encargado Provincial de maquinarias.
f) El contratista deberá generar un informe de diagnóstico donde debe indicar por escrito la o las fallas mayores que pongan en peligro el uso de maquinaria o equipo y proponer en carácter de urgente el tipo de reparación a ejecutar para su solución inmediata. El Inspector Fiscal, previa consulta al Subdepartamento de Maquinarias, deberá ordenar ejecutar en forma inmediata aquellas fallas con carácter de urgente.
g) El proveedor será responsable de los equipos mientras se encuentren bajo su intervención. El proveedor se responsabilizará por los daños que pudieran producirse dentro del período de trabajo, como consecuencia de procesos mal ejecutados.
h) En el caso de ocurrir panne de una maquinaria o equipo en terreno, auxiliar y trasladar el equipo dañado a un lugar de resguardo seguro, bajo su responsabilidad, ya sea con recursos propios o subarrendados.
i) Con Vº Bº del Inspector Fiscal, los equipos mencionados en el punto 2 deberán, en todo momento, estar provisto de los elementos necesarios para su correcto funcionamiento y proveer aquellos faltantes que se pidan en las Revisiones Técnicas para obtener el Permiso de Circulación respectivo.
j) En consideración a lo expuesto, se establece que los proveedores que ejecutan trabajos para el MOP deberán velar por el cumplimiento de las disposiciones legales, normativas y reglamentarias vigentes, para mantener un alto nivel de seguridad e higiene industrial durante el desarrollo de los servicios contratados. El proveedor debe contar con los procedimientos normados para el tratamiento de sustancias peligrosas (combustible, aceites, etc.).
k) El proveedor, de acuerdo con la ley, será responsables de la prevención de accidentes y enfermedades profesionales, en cada contrato donde presten sus servicios. Deberá tomar las medidas necesarias para dar cumplimiento a las normas de prevención de riesgo, es decir :
- Mantener un plan de Prevención de Riesgos.
- Contar con un programa de actividades en materia de salud y seguridad.
- Contar con un Asesor en Prevención, de acuerdo a lo establecido en Decreto Supremo N°40.
- Contar con los Procedimientos de Trabajo Seguro (PTS) o instructivos de seguridad.
- Llevar una estadística de accidentabilidad.
l) Cumplir todas las normativas vigentes que existen sobre leyes laborales, seguridad y prevención de riesgos que rigen las actividades de trabajo descritas en este Contrato.
m) Hacer devolución de todo repuesto que han sido reemplazada en la reparación correctiva, en caso de mantenciones preventivas. Si el IF solicita la devolución de los insumos cambiados, la empresa a través de una guía de despacho hará entrega de ella. El Inspector Fiscal instruirá dónde quedarán almacenadas y registradas para su enajenación según normativa vigente.
9. DISPONIBILIDAD DEL PROVEEDOR:
La intervención de la máquina deberá iniciarse dentro de un plazo máximo de 24 horas, contadas desde que se recepciona la OC respectiva.
10. CONDICIONES DEL PROVEEDOR:
El proveedor e deberá disponer de una solidez económica capaz de responder a las exigencias que demande el mantenimiento y reparación. Así mismo, deberá contar con Internet, comunicación vía correo electrónico y telefónico.
11. OBLIGACIONES DE LA DIRECCIÓN DE VIALIDAD:
a) Designar un Inspector Fiscal a cargo de la gestión administrativa y técnica del Contrato.
b) Enviar o tener los equipos en los lugares adecuados para realizar los servicios de mantenimiento.
c) Solicitar la atención de los equipos cuando se cumplan los odómetros u horómetros para el mantenimiento y en caso de ser necesario su reparación.
d) Asegurar el pago de las Facturas dentro de los treinta (30) días, después de Recepción Conforme del servicio realizado y emitida la Orden de Compra respectiva.
12. MODUS OPERANDI DEL CONVENIO:
Paso 1: Requerimiento.
- El IF a requerimiento de las jefaturas respectivas del operador que tienen a su cargo el vehículo, equipo o máquina, solicitará una cotización, donde podrá:
a) Solicitará las tareas que se requieran por medio de una Orden de Trabajo (OT).
b) Solicitará la evaluación de la falla imprevista que presente el equipo.
La respuesta del proveedor será la Cotización.
Paso 2: Aprobación de la Cotización.
Una vez recepcionada y aprobada por el IF la cotización, deberá emitir el Estado de Pago correspondiente y remitir a la Unidad de Gestión y Ejecución Presupuestaria Regional, la Solicitud de Presupuesto respectivo para su aprobación. Una vez aprobada se emitirá la Orden de Compra.
Los presupuestos que no contengan fechas de entrega serán rechazados.
El IF podrá rechazar la cotización, para la reevaluación por parte de la empresa y considerar las observaciones del IF.
La Dirección de Vialidad se reserva el derecho de desestimar la ejecución de cualquier cotización emitida por el proveedor y optar por otro, que cuente con capacidad comprobada, confianza y seguridad para resolver la reparación.
Paso 3: Ejecución del Trabajo:
El proveedor solo podrá dar inicio a la ejecución del trabajo en un plazo máximo de 24 horas, desde notificada la Orden de Compra (OC) a través del portal de mercado público.
Paso 4: Recepción del Trabajo Realizado:
4.1 Trabajo en terreno.- Una vez concluido el trabajo por parte del proveedor, este informará al IF la finalización del trabajo realizado, deberá indicar todas las tareas realizadas en el equipo, de acuerdo a lo solicitado en la OT (orden de Trabajo) un informe del servicio.
4.2 Trabajo en talleres.- Una vez concluido el trabajo por parte del proveedor, este informará al IF la finalización del trabajo realizado, deberá indicar todas las tareas realizadas en el equipo quedando expresamente estipuladas en un informe del servicio.
Los informes de servicio deberán contener el desglose los valores de mano de obra, repuestos e insumos utilizados y el tiempo utilizado para cada proceso de mantención o reparación. La Empresa debe efectuar los trabajos con el personal presentado en su oferta y realizar el cobro de las horas-hombre de acuerdo al personal efectivamente empleado para la reparación y/o mantenimiento de los equipos del convenio.
El valor de la mano de obra está diferenciado por servicio específico no incluye los tiempos invertidos en la adquisición y de espera por repuestos e insumos, o por trámites administrativos, tiempos muertos o de ocio, por colación o cualquier otro tiempo que no esté relacionado con la reparación o mantención de los equipos del presente convenio.
Paso 5: Pago del Servicio
El pago será efectuado dentro de los 30 días corridos siguientes, contados desde la recepción de la factura respectiva, salvo las excepciones indicadas en el artículo 79 bis del Reglamento de la Ley N° 19.886, previa recepción conforme de los trabajos por el IF.
Para efectuar el pago, el IF deberá hacer llegar a la Unidad de Ejecución Presupuestaria, los siguientes antecedentes:
- Orden de Trabajo
- Cotización aceptada por el IF
- Solicitud de Presupuesto
- Estado de Pago
- Orden de Compra aceptada
- Recepción de los trabajos por el IF.
13. RECARGO POR REPUESTOS:
Los repuestos que se utilicen en los servicios deberán ser los originales. Si no hubiese de entrega inmediata se podrán utilizar repuestos alternativos previo visto bueno del Inspector Fiscal manteniéndose las garantías de las reparaciones correspondientes. La Dirección de Vialidad puede abastecer a la empresa adjudicada con repuestos o insumos en stock o que la Dirección adquiera para atender a la maquinaria. Registrado según normas de salida de bodegas y explicitadas en el presupuesto.
14. COBERTURA DE LOS SERVICIOS:
Todo trabajo que sea necesario, para la operación de las maquinarias, será solicitado como trabajos o servicios por la Inspección Fiscal a la Empresa.
Servicios Específicos: Mantenimiento según la necesidad de los equipos; reparaciones necesarias para el buen funcionamiento y seguridad de los equipos; desabolladura y pintura de vehículos, autorizados con informe Técnico de Fiscal nombrado, para verificar responsabilidad sobre los daños que se presenten por accidentes u otro causa; normalizaciones, modificaciones y reparaciones totales o parciales de La maquinaria; reparaciones estructurales de los equipos.
Servicios Generales Indirectos que pueden ser subcontratados: Vulcanización, trabajos de maestranza en recuperación de piezas o partes, calibración y ajuste de componentes especiales de los equipos, testeos electrónico con herramientas computacional y traslado de equipos.
15. SERVICIO DE ATENCIÓN EN TALLERES O INSTALACIONES DEL PROVEEDOR:
El Adjudicatario deberá tener un taller apto para recibir las maquinarias y equipos del presente contrato, al menos debe cumplirlos siguientes requisitos:
- Tener una superficie cerrada y techada adecuada con algún sistema de alarma contra robo en su perímetro.
- Contar con una sala o bodega de repuestos, separado de las oficinas y que contemple todas las normas de seguridad y aseo.
- Contar con una oficina equipada con escritorios, computador, teléfono fijo y celular.
- Contar con un pozo de inspección o con gatas hidráulicas aptas para levantar los equipos.
- Contar con herramientas y equipos necesarios para las reparaciones y con el instrumental de precisión básico tal como: compresímetro, llave de torque, tester, manómetro hidráulico, graseras neumáticas, etc.
- Contar con equipos de soldar e hidrolavadora para el lavado de los equipos.
- Además, deberá contar con la documentación que acredite la propiedad del terreno donde se encuentra emplazado el taller o, en su defecto, con un contrato de arriendo, permiso Municipal y registro actualizado de SII, respectivo. La empresa debe adjuntar un croquis con el plano e inscripción de dominio de la propiedad o contrato de arriendo.
116. SERVICIO DE ATENCIÓN EN TERRENO:
El proveedor deberá cotizar un valor en pesos por kilómetro recorrido ($/Km) en el Anexo Nº5, Ítem D, que podrá percibir sólo cuando le corresponda atender una reparación de algún vehículo en terreno. La medición del kilometraje se aplicará cuando exceda un radio de 20 kilómetros de distancia contabilizados desde la ubicación del taller de la empresa.
17. MULTAS:
17.1. Sanciones por atraso
El incumplimiento de las prestaciones de servicio, se multará con 2% diario, por día de atraso en la entrega del Servicio, según la fecha de entrega indicada por el proveedor en la cotización.
Será motivo de multa la no asistencia oportuna de un equipo. La asistencia oportuna se deduce de los tiempos establecidos en el punto 8 letras a) y punto 12 de las presentes bases técnicas, o los establecidos en publicaciones de representantes o fábrica de la marca para las mantenciones.
En caso de que el total de multas supere el 30% del valor total del contrato, IVA incluido, se podrá poner término anticipado del contrato por incumplimiento grave de las obligaciones del proveedor.
La multa se hará efectiva al momento del pago, descontándose del monto a pagar por el suministro contratado.
17.2. Por incumplimiento del contrato
Si el incumplimiento de los plazos de entrega, supera los 30 días corridos, contados desde la fecha de su vencimiento, sin que exista una fuerza mayor calificada por la Dirección que lo justifique, se podrá poner término al Contrato, haciéndose efectiva la Garantía de Fiel Cumplimiento.
La aplicación de multa debe ser informada por el Inspector Fiscal detallando el punto de incumplimiento, luego informar mediante oficio al Director de Vialidad de la Región de los Lagos.
Si existiese la ocurrencia de un caso de fuerza mayor o caso fortuito, de conformidad a lo establecido en artículo 45 del Código Civil, será responsabilidad del adjudicatario comunicar y entregar los antecedentes y medios de verificación del caso fortuito o fuerza mayor a la Contraparte Técnica, dentro de un plazo de 10 días hábiles a contar de ocurrido el hecho que origina esta situación de excepción. La IF tendrá que solicitar a la Dirección de Vialidad, un informe, en derecho. En base a las conclusiones de dicho informe procederá la excepción o sanción correspondiente. Lo que será informado al Adjudicatario, en el más breve plazo. En caso de ser sancionado el Adjudicatario, en un plazo no superior a 5 días, podrá interponer recursos establecidos en la Ley N° 19.880 que Establece las Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los actos de los órganos de la Administración del Estado ante esta autoridad. En caso de ser rechazado, deberá proceder el pago de multa según se indica en el punto 15.14.
18. LIMITACIONES DE GASTO:
El presupuesto autorizado para el por un periodo de duración del Contrato (24 meses) es de $ 180.000.000. Esto no implica necesariamente que se invierta todo el presupuesto durante la vigencia del Contrato, toda vez que solo se generará Orden de Trabajo por cada cotización definitiva aprobada por el Inspector Fiscal.
Será causal de término anticipado del contrato, si se alcanzare el monto de $ 180.000.000.- autorizado antes del término del periodo de vigencia del mismo, lo que será declarado por resolución fundada de la Autoridad correspondiente.
19. SUMINISTRO DE REPUESTOS Y SERVICIOS DE TERCEROS:
Los repuestos a utilizar en las intervenciones (reparación o mantención) serán originales, suministrados por el proveedor; en caso de no existencia en el mercado, se utilizarán repuestos alternativos previa autorización del Inspector Fiscal; además, la Dirección de Vialidad podrá suministrar libremente repuestos o insumos que disponga.
Tanto los repuestos, materiales e insumos, como los análisis generados de las intervenciones solicitadas, serán cobrados por el proveedor a precios vigentes de mercado; situación que será examinada previo a la facturación, por los inspectores designados para este efecto.
Deberán establecer el porcentaje de recargo de los repuestos e insumos utilizados para las reparaciones o mantenimientos realizados.
La Dirección de Vialidad podrá exigir la presentación de facturas por servicios de terceros o de repuestos adquiridos por el proveedor, si lo estima necesario.
20. DEVOLUCIÓN DE REPUESTOS USADOS:
El proveedor deberá devolver todos los elementos reemplazados en las intervenciones,
si son requeridos por parte del Inspector Fiscal previa revisión de estos para determinar su destrucción o disposición final al vertedero o almacenaje.
21. GARANTÍA DE LOS TRABAJOS:
Cada prestación de servicio debe ser garantizada acorde a la oferta.
22. CONTACTO DE LA DIRECCIÓN DE VIALIDAD CON EL PROVEEDOR:
La Dirección de Vialidad designa al o los Inspectores Fiscales que tendrán como misión la aplicación y supervisión del Convenio. Serán responsables de supervisar la obra de mano, tiempo ocupado, repuestos instalados y calidad de la reparación.
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