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Pacto de integridad |
8.14 PACTO DE INTEGRIDAD.
El oferente, y posteriormente, el proveedor adjudicado, declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones contenidas el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes.
Especialmente, el oferente, y posteriormente, el proveedor adjudicado, acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo con las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:
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Respetar los derechos fundamentales de sus trabajadores, entendiéndose por éstos los consagrados en la Constitución Política de la República en su artículo 19, números 1°, 4°, 5°, 6°, 12°, y 16°, en conformidad al artículo 485 del Código del Trabajo. Asimismo, se compromete a respetar los derechos humanos, lo que significa que debe evitar dar lugar o contribuir a efectos adversos en los derechos humanos mediante sus actividades, productos o servicios, y subsanar esos efectos cuando se produzcan, de acuerdo con los Principios Rectores de Derechos Humanos y Empresas de Naciones Unidas.
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No ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de el o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.
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No intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquiera de sus tipos o formas.
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Revisar y verificar toda la información y documentación que deba presentar para el presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar su veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia. En virtud de lo anterior, el oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, debidamente analizada y estudiada en cuanto a su viabilidad e integridad, por lo que dicha propuesta es presentada en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que garantizan la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.
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Ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, probidad y transparencia en el presente proceso licitatorio y en la ejecución del contrato.
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El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase.
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El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados, dependientes, asesores y/o agentes y, en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluídos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.
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Una vez iniciado el procedimiento de contratación, el oferente se obliga a cumplir la prohibición contenida en el artículo 35 ter de la Ley N° 19.886, esto es, no podrá mantener comunicación entre los participantes o interesados en el proceso de contratación, o entre eventuales interesados o participantes en él y las personas que desempeñen funciones en el organismo licitante que participen del proceso de adjudicación, independientemente de su calidad jurídica, en lo referido directa o indirectamente a tal proceso, salvo que se realice a través del Sistema de Información y Gestión de Compras Públicas administrado por la Dirección de Compras y Contratación Pública, y en la forma establecida en las bases de licitación, que asegure la participación e igualdad de todos los oferentes.
Se deja constancia que cualquier incumplimiento por parte de los oferentes a lo dispuesto en el Pacto de Integridad indicado en esta cláusula, que sea observado durante el transcurso del respectivo proceso licitatorio, dará lugar a que sus respectivas ofertas sean declaradas inadmisibles. Asimismo, si se observare algún incumplimiento por parte del adjudicatario al presente Pacto de Integridad con posterioridad a la adjudicación y anterior al momento de contratación, dará pie a que la correspondiente adjudicación sea dejada sin efecto respecto del producto/servicio que le fue adjudicado, pudiendo readjudicarse la licitación, en atención a lo dispuesto en el N°8.10 de las presentes bases de licitación. Finalmente, si durante la ejecución del contrato se detectan situaciones en donde el proveedor contratado haya incumplido el presente Pacto de Integridad, se producirá el término anticipado del contrato en conformidad con la cláusula N° 8.9.2, numeral 10, de estas bases de licitación.
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8.12 FACTURACIÓN Y PAGO. |
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8.12.1 Recepción conforme y facturación de los servicios prestados
La Subsecretaría pagará el servicio requerido, de acuerdo al valor neto mensual indicado en el Anexo N°6, más el Impuesto al Valor Agregado.
La Subsecretaría pagará mediante el sistema de facturación mensual todos los servicios prestados dentro del mes respectivo, contra recepción conforme otorgada por la Contraparte Técnica de la Subsecretaría. Se pagará proporcionalmente la mensualidad, cuando el servicio no se haya prestado durante todo el mes, según la cantidad de días efectivamente prestados (la proporcionalidad se calculará siempre considerando un mes calendario de 30 días).
De acuerdo con lo establecido en la Ley N° 19.886 y en el Decreto N° 661, de 2024, del Ministerio de Hacienda, la Subsecretaría debe verificar el cumplimiento de los bienes y/o servicios contratados antes de proceder al pago. Para efectos de trazabilidad y respaldo administrativo, dicha verificación se formaliza mediante la ‘Recepción Conforme’, la cual será notificada al contratista a través de un correo electrónico enviado por el remitente FEBOS S.A. (informacion@empresas.febos.cl) u otra plataforma tecnológica, con el asunto ‘Recepción Conforme’.
Este procedimiento interno constituye el registro que acredita la correcta prestación del bien y/o servicio y habilita la continuación del proceso de pago, sin constituir un requisito legal previo para la emisión de la factura. Sin perjuicio de lo anterior, se solicita al contratista indicar en el campo “referencia” de la factura el número de Recepción Conforme consignado en dicho correo, a fin de mantener la trazabilidad del proceso.
El contratista deberá señalar, dentro de los antecedentes para contratar, la casilla electrónica del representante o encargado de recibir las notificaciones con el asunto ‘Recepción Conforme’, y será responsable de mantener actualizada dicha información durante la vigencia del contrato.
El Contratista deberá ingresar las facturas, en el portal de ingreso para los documentos tributarios que a continuación se indica:
Lugar o dirección de envío.
En el portal www.sii.cl.
La factura deberá ser extendida a nombre de la Subsecretaría de Relaciones Exteriores, RUT Nº 60.601.000-1, con domicilio en calle Teatinos Nº 180, comuna de Santiago.
La Subsecretaría es actualmente receptor de DTE (documentos tributarios electrónicos) en el SII, por lo anterior, el proveedor adjudicado deberá configurar la bandeja de receptor de XML de la Subsecretaría a dipresrecepcion@custodium.com con copia a minrelrecepcion@custodium.com, esto con el fin de recibir los documentos tributarios por esa vía. Si las facturas no se ingresan a las casillas detalladas anteriormente, estas serán reclamadas por el funcionario a cargo de ese proceso.
El valor de las facturas deberá estar expresado en moneda nacional e indicar en la casilla forma de pago “crédito".
Para los efectos de la facturación todos los valores deberán registrarse en números enteros, sin centavos o decimales, aproximando al entero superior toda fracción igual o superior a cinco décimos y al entero inferior las fracciones inferiores a dicha cantidad, sin colocar después del último número de la cifra entera del guarismo 00. Por ejemplo, si la cantidad a informar corresponde a 45,25 se deberá registrar 45.
En caso de que el Contratista ceda sus facturas a un factoring, deberá informar de dicha cesión al jefe de la División de Finanzas y presupuesto de esta Secretaría de Estado, al correo electrónico sgaray@minrel.gob.cl (o al correo electrónico del funcionario que lo reemplace, lo cual será comunicado por escrito al Contratista) y operaciones@minrel.gob.cl dentro de los 2 días corridos de realizada la cesión.
8.12.2 Pago de los servicios prestados.
Conforme señala la Ley N° 21.131, los pagos serán realizados dentro de los 30 días corridos siguientes a la recepción de la respectiva factura o instrumento tributario de cobro, salvo las excepciones indicadas en el artículo 133 del Reglamento de la Ley N° 19.886. En caso de que la fecha máxima para pago sea un día inhábil, se considerará como plazo fatal el día hábil inmediatamente anterior.
Para efectos del pago, el Contratista deberá enviar a la casilla de correo electrónico acontreras@minrel.gob.cl y jayala@minrel.gob.cl los siguientes antecedentes:
Certificado de Antecedentes Laborales y Previsionales (F30): Cada seis meses contados desde la entrada en vigencia del contrato y para el último pago, emitido por la Dirección del Trabajo, en donde conste que el Contratista no registra saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores, durante todo ese lapso de tiempo.
Además, deberá remitir los datos de la cuenta bancaria del Contratista, necesaria para hacer efectivo el pago por la bienes entregados a los correos electrónicos: sgaray@minrel.gob.cl (o al correo electrónico del funcionario que lo reemplace, lo cual será comunicado por escrito al Contratista) y operaciones@minrel.gob.cl.
La Subsecretaría procederá a efectuar los pagos que correspondan dentro del plazo de 30 días corridos, mediante transferencia electrónica, una vez recibidos los documentos previamente indicados.
En todo caso, los pagos sólo podrán hacerse efectivos una vez cumplidos los siguientes requisitos copulativos: recepción conforme de los servicios por la Contraparte Técnica de la Subsecretaría; la total tramitación del acto administrativo aprobatorio de la contratación, recepción conforme de la factura y de los demás antecedentes indicados en el numeral 1 precedente (según corresponda); y la aceptación de la Orden de Compra por parte del Contratista en el portal www.mercadopublico.cl.
Cabe señalar que, no se podrá efectuar ningún pago al proveedor en tanto no haya terminado la tramitación del acto administrativo que apruebe la respectiva contratación.
Si el Contratista registra saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años, los primeros pagos deberán ser destinados al pago de dichas obligaciones, debiendo acreditar el Contratista que la totalidad de las mismas se encuentran liquidadas a la mitad del contrato. Su incumplimiento generará las consecuencias señaladas en el numeral 8.9.2 número 4 de las presentes Bases.
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