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Resolución de Empates |
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En el evento de una vez culminado el proceso de evaluación de las ofertas, hubiese dos o más proponentes que hayan obtenido el mismo puntaje máximo, quedando más de uno en condiciones de resultar adjudicado, se optará por aquella oferta que hayan obtenido mayor puntaje en el criterio “Precio”.
En caso de mantenerse el empate, se seleccionará aquella oferta que cuente con un mayor puntaje en el criterio “Cumplimiento de requisitos formales”.
De persistir el empate, se seleccionará la oferta que presente mayor puntaje en el criterio “beneficios”.
De persistir el empate, se seleccionará la oferta que presente mayor puntaje en el criterio “experiencia”.
De persistir el empate, se seleccionará la oferta que presente mayor puntaje en el criterio “Inclusión con enfoque de género”.
De persistir el empate, se seleccionará a la propuesta que ingreso primero en www.mercadopublico.cl.
Finalmente, si aún persiste el empate, el o la Director (a) Regional titular o subrogante del SERVIU Región de Los Ríos, conforme con los intereses del Servicio.
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Mecanismo para solución de consultas respecto a la adjudicación |
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Las consultas y aclaraciones respecto a la adjudicación deberán ser realizadas exclusivamente a través del foro disponible en el portal www.mercadopublico.cl, estas se responderán a través de la plataforma.
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Inhabilidades para ofertar |
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El oferente no debe haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador o por los delitos concursales establecidos en el Código Penal, dentro de los dos años anteriores a la fecha de presentación de la oferta. Esto se acreditará mediante la declaración jurada disponible a través de la plataforma www.mercadopublico.cl, sin perjuicio de las facultades de la entidad licitante de verificar esta información, en cualquier momento, a través de los medios que se encuentren a su disposición.
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Plazo de validez de ofertas |
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Todas las ofertas tendrán una validez mínima de 60 días corridos, contados desde la notificación de la adjudicación.
En caso de las ofertas del oferente adjudicado, la oferta se deberá mantener hasta el término del contrato.
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Inadmisibilidad de las ofertas y declaración de desierta de la licitación |
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La entidad licitante declarará inadmisible las ofertas presentadas que no cumplan los requisitos o condiciones establecidos en las presentes bases de licitación, sin perjuicio de la facultad para solicitar a los oferentes que salven errores u omisiones formales de acuerdo con lo establecido en las presentes bases.
La entidad licitante podrá, además, declarar desierta la licitación cuando no se presenten ofertas o cuando éstas no resulten convenientes a sus intereses.
Dichas declaraciones deberán materializarse a través de la dictación de una resolución fundada y no darán derecho a indemnización alguna a los oferentes.
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Solicitud de aclaraciones y antecedentes |
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Una vez realizada la apertura electrónica de las ofertas, la entidad licitante podrá solicitar a los oferentes que salven errores u omisiones formales, siempre y cuando las rectificaciones de dichos vicios u omisiones no les confieran a esos oferentes una situación de privilegio respecto de los demás competidores, esto es, en tanto no se afecten los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes, y se informe de dicha solicitud al resto de los oferentes si correspondiere a través del Sistema de Información.
Asimismo, la entidad licitante tiene la facultad de permitir la presentación de certificaciones o antecedentes que los oferentes hayan omitido presentar al momento de efectuar la oferta, siempre que dichas certificaciones o antecedentes se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar ofertar o se refieran a situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas y el período de evaluación.
Para dichas aclaraciones y presentaciones de antecedentes se otorgará un plazo fatal de 2 días hábiles, contados desde el requerimiento de la entidad licitante, el que se informará a través del Sistema de información www.mercadopublico.cl.
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Comisión Evaluadora |
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La evaluación de las ofertas será realizada por los siguientes funcionarios: NATALY PASTEN FERNANDEZ, ANGEL NAVARRETE TRONCOSO, RODRIGO ARIAS INOSTROZA.
Los encargados de la evaluación no podrán tener contacto con los oferentes, salvo a través del mecanismo de las aclaraciones regulado por los artículos 27 y 39 del Reglamento de la Ley N° 19.886. El evaluador de las propuestas no podrá aceptar solicitudes de reunión, de parte de terceros, sobre asuntos vinculados directa o indirectamente con esta licitación, mientras este en estado de evaluación de esta. Del mismo modo, no podrá aceptar ningún donativo de parte de terceros. La comisión será la responsable de evaluar y emitir un informe de evaluación de ofertas, proponiendo a la autoridad competente la adjudicación de acuerdo a los criterios de evaluación contenidos en las presentes bases de licitación y en virtud del proceso de evaluación descrito en estas bases.
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Adjudicación |
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Se adjudicará al oferente que obtenga el mayor puntaje en la evaluación de cada servicio requerido, en los términos descritos en las presentes bases.
La presente licitación se adjudicará a través de una resolución dictada por la autoridad competente, la que será publicada en www.mercadopublico.cl, una vez que se encuentre totalmente tramitada. Respecto a la fecha y hora de adjudicación, la o las ofertas seleccionadas que cumplan con todo lo requerido se podrán adjudicar antes de lo propuesto, en caso que la evaluación y el proceso de adjudicación se realice en un tiempo menor al estimado.
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Contratación |
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Al considerarse servicio estándar de simple y objetiva especificación, una vez publicada la Resolución de Adjudicación, se emitirá de inmediato la respectiva Orden de Compra, formalizando la adquisición del servicio (Artículo 63° inciso primero Ley de Compras Públicas). Dicha prestación de servicio comenzará a partir del momento en que se acepte la orden de compra en el portal una vez adjudicado el servicio hasta que se cumplan los 24 meses de vigencia del contrato.
En caso que se disponga término al contrato previo al vencimiento del plazo de 24 meses, por las causales indicadas en las presentes bases, se informará al oferente contratado mediante carta certificada dirigida a su domicilio con una antelación de a lo menos 30 días corridos a la fecha de término. De la misma forma se procederá en caso que exista renovación del Servicio.
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Renovación |
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Se podrá renovar los servicios contratados de forma excepcional por el mismo periodo de tiempo o inferior, por única vez, con previo informe fundado por la jefatura del depto. Jurídico con V°B° del Director, y dictando la respectiva resolución.
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Readjudicación |
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Si el adjudicatario se desistiere de firmar el contrato, o aceptar la orden de compra, o no cumpliese con las demás condiciones y requisitos establecidos en las presentes bases para la suscripción o aceptación de los referidos documentos, la entidad licitante podrá, junto con dejar sin efecto la adjudicación original, adjudicar la licitación al oferente que le seguía en puntaje, o a los que le sigan sucesivamente, dentro del plazo de 60 días corridos contados desde la publicación de la adjudicación original.
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Órdenes de compra |
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El Servicio de Vivienda y Urbanización realizará órdenes de compra solicitando servicios de acuerdo a las necesidades requeridas. El departamento jurídico deberá realizar la solicitud directa a la Notaria adjudicada y deberá enviar antecedentes que respalden dicho requerimiento a la Sección de Servicios Generales, donde deberá anexar un formulario de requerimiento que será autorizado por la Sección Finanzas y el Encargado (a) del Departamento de Administración y Finanzas, y posterior a esto se enviará una orden de compra por el monto total indicado.
En dicha cotización deberá considerar los montos indicados en la licitación, (siempre y cuando esté ofertado), de lo contrario de deberá indicar en monto por los servicios.
Los trabajos solo se darán inicio una vez que se envíe la orden de compra y sea aceptada por el proveedor.
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Requisitos de pago |
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El pago de los servicios contratados se efectuará por el Departamento de Administración y Finanzas del Servicio, por mes vencido, dentro del plazo de 30 días corridos contados desde la fecha de ingreso a la oficina de Partes del Servicio de Vivienda y Urbanización, Región de Los Ríos, ubicada en Avenida Alemania Nº 799 de la ciudad de Valdivia.
Factura o boleta electrónica emitida a nombre del SERVIU Los Ríos.
Formulario de requerimiento.
Orden de compra aceptada.
Cotización.
Los antecedentes mencionados en este ítem, deberán contar con el visto bueno de la encargada de contrato, quien se asegurará que la documentación esté acorde a lo estipulado en las bases administrativas de este servicio de mantención y reparación de servicios generales.
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Obligaciones del adjudicado |
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La empresa adjudicada, deberá cumplir con todas las obligaciones que se señalan en las bases, se deberán acreditar mediante documentos oficiales emitidos por las instituciones o por su empresa cuando corresponda, los cuales deben ser entregados todos juntos a la encargada de adquisiciones mediante carta ingresada a la oficina de partes con un plazo no superior a 10 días hábiles contados de la fecha de adjudicación:
El oferente adjudicado a través de sus operarios, deberán cumplir con los siguientes requisitos:
Generales:
• Entregar fotocopia legalizada del RUT del adjudicado.
• Hacer ingreso del instrumento financiero como garantía por el servicio a proveer durante el periodo del contrato.
• Respetar calidad y precio de la oferta.
• Prestar un servicio eficiente y oportuno.
• Cumplir con todas las exigencias previstas por la Ley para este tipo de servicio, respetando con su personal todas las exigencias del Código de Trabajo.
• Garantizar la seguridad de la información administrada, no difundiendo ni enviando datos al exterior del Servicio para su exposición privada o pública.
• Garantizar durante la vigencia del contrato, los trabajos realizados para el Servicio.
• El (la) adjudicatario (a) deberá recibir las sugerencias, reclamos o cualquier otra observación efectuada por el Servicio contratante, que tengan por objeto lograr un mejor desempeño en las funciones solicitadas. El envío de la sugerencia, reclamo u observación se hará mediante correo electrónico, por la encargada del Contrato, otorgándose un plazo de dos días hábiles para que el prestador de servicios responda dicha sugerencia, reclamo u observación, por el mismo medio u otro que estime conveniente, sin que ello implique alteración alguna en el plazo otorgado para evacuar sus descargos.
Específicas:
• La información y todos los antecedentes que la adjudicada y su personal obtenga o tenga acceso directamente o indirectamente del Servicio de Vivienda y Urbanización con motivo de ésta licitación, son estrictamente privados y confidenciales, razón por la cual está expresamente prohibido comentarla o difundirla por cualquier medio y bajo cualquier circunstancia, reservándose el SERVIU Región de Los Ríos, el ejercicio de acciones civiles y penales en caso de contravención.
• La empresa deberá guardar estricto control y reserva sobre la información, documentos y sistemas del SERVIU Región de Los Ríos, a que tenga acceso durante y con posterioridad a la ejecución al contrato para asegurar que su personal respete la privacidad y, en su caso el secreto de los mismos. Cualquier documento, ya sea en papel o electrónico, de propiedad de éste Servicio.
• La contratada deberá estar disponible para realizar los servicios a partir de la aceptación de la orden de compra en el portal una vez adjudicados los servicios.
• Cumplir con las obligaciones laborales y sociales de sus trabajadores. En este sentido para proceder al pago la empresa deberá acompañar el formulario f-30 emitido por la Dirección del Trabajo, en el que indique que no existen deudas o reclamos en su contra. En caso que existan deudas o reclamos de parte de los trabajadores que se desempeñan para los servicios contratados, el SERVIU podrá retener los montos necesarios y proceder al pago directo de lo adeudado. El saldo será pagado a la contratada.
• El (la) adjudicatario (a) será responsable y, por ende, estará obligado (a) a la reposición o reparación de cualquier desperfecto, daño, fractura, pérdida y menoscabo que puedan sufrir los bienes de este Servicio, con ocasión del desarrollo de los servicios contratados.
• El (la) adjudicatario (a) deberá acreditar el cumplimiento de las normas sobre protección contra accidentes del trabajo y enfermedades profesionales, así como el pago de las cotizaciones previsionales y de salud correspondientes.
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Evaluación de la empresa |
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La encargada del contrato o su subrogante, realizará una evaluación semestral del presente servicio licitado, estos se deberán realizar en los meses de junio y diciembre, durante el tiempo que dure el contrato. En caso de ser renovado, se volverá a realizar. Se entregará copia de la evaluación al adjudicado y otra copia se dejará en la carpeta de licitación.
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Saldos Insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social |
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En caso de que la adjudicada registre saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años, los primeros estados de pago producto de esta licitación deberán ser destinados al pago de dichas obligaciones, debiendo la empresa acreditar que la totalidad de las obligaciones se encuentran liquidadas al cumplirse la mitad del período de ejecución de las prestaciones, con un máximo de seis meses.
La entidad licitante deberá exigir que la empresa adjudicada proceda a dichos pagos y le presente los comprobantes y planillas que demuestren el total cumplimiento de la obligación. El incumplimiento de estas obligaciones por parte de la empresa adjudicada, dará derecho a terminar la relación contractual, pudiendo llamarse a una nueva licitación en la que la empresa referida no podrá participar.
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Otras normas |
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La notaría que por medio de la presente licitación se contrate, será la única responsable del cumplimiento íntegro y oportuno de las normas del Código del Trabajo y leyes complementarias, leyes sociales, de medio ambiente, de previsión, de seguros, de enfermedades profesionales, de accidentes del trabajo y demás pertinentes asociadas al rubro, respecto de todos los trabajadores que presten servicios a la empresa contratada. En consecuencia, será responsable en forma exclusiva del pago oportuno de las remuneraciones, honorarios, indemnizaciones, desahucios, beneficios y en general, de toda suma de dinero que por cualquier concepto deba pagarse a los trabajadores que presten servicios en ella, aun en el caso que exista subcontratación.
En caso de conflicto entre los textos de los documentos que a continuación se indican, éstos se interpretarán de acuerdo con el siguiente orden de prelación:
1) Normas legales y reglamentarias vigentes,
2) Aclaraciones, y respuestas, y
3) Bases y sus anexos.
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Documentos integrantes |
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La relación contractual que se genere entre la entidad licitante y el adjudicatario se ceñirá a los siguientes documentos:
i) Bases de licitación.
ii) Aclaraciones, respuestas y modificaciones a las Bases, si las hubiere.
iii) Oferta.
iv) Contrato definitivo suscrito entre las partes, si los hubiere.
v) Orden de compra.
Todos los documentos antes mencionados forman un todo integrado y se complementan recíprocamente, especialmente respecto de las obligaciones que aparezcan en uno u otro de los documentos señalados. Se deja constancia que se considerará el principio de preeminencia de las Bases.
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Pacto de integridad |
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El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones contenidas el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:
- El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.
- El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas.
- El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma.
- El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio.
- El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase.
- El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.
- El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.
El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.
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Efectos derivados de incumplimientos del adjudicado |
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Multas
El proveedor adjudicado deberá pagar multas por el o los atrasos en que incurra en la entrega de los bienes o la prestación de los servicios, objeto de la presente licitación.
Multas por no entrega de los servicios encomendados de acuerdo a lo informado el día de la solicitud, se calculará de la siguiente forma: (valor total de la mantención y reparación x 5%) x días de los días retraso de la entrega de los trabajos ejecutados, se aplicará por día hábil.
La no realización de trabajos solicitados o entregados parcialmente tendrán un tope máximo 2 días hábiles, siempre y cuando estén debidamente justificado.
Multa por no cumplimiento de las obligaciones y servicios estipulados en las presentes bases, se calcularán como un 0,5% del valor total del contrato del servicio adjudicado.
Las multas no podrán sobrepasar el 5% del valor total del contrato.
El monto de las multas será rebajado del pago que la entidad licitante deba efectuar al adjudicatario en los estados de pago más próximos y, de no ser suficiente este monto o en caso de no existir pagos pendientes, se le cobrará directamente, o bien, se hará efectivo a través del cobro de la garantía de fiel cumplimiento, si la hubiere.
Cuando el cálculo del monto de la respectiva multa convertido a pesos chilenos, resulte un número con decimales, éste se redondeará al número entero más cercano.
Las multas se aplicarán sin perjuicio del derecho de la entidad licitante de recurrir ante los Tribunales Ordinarios de Justicia, a fin de hacer efectiva la responsabilidad del contratante incumplidor.
Se aplicará una multa en caso que el servicio no se cumpla adecuadamente, según lo estipulan las presentes bases en los puntos denominados “Obligaciones de adjudicado”, “Descripción de los servicios a contratar”, “Requisitos del personal” y “Equipamiento e implementación”.
Cobro de la Garantía de Fiel Cumplimiento del Contrato (solo si se exigió en las bases).
La garantía de fiel cumplimiento del contrato podrá ser cobrada en los siguientes casos:
a) Incumplimiento de cualquiera de las obligaciones establecidas con esta medida en las presentes bases y en el contrato si existiese.
b) Cuando por una causa imputable al adjudicatario, se haya puesto término anticipado al correspondiente contrato.
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Procedimiento para la aplicación de medidas derivadas de incumplimientos |
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Detectada una situación que amerite la aplicación de una multa u otra medida contemplada en las presentes bases, la entidad licitante notificará inmediatamente de ello al adjudicado, personalmente o por carta certificada, informándole sobre la medida a aplicar y sobre los hechos que la fundamentan.
A contar de la notificación singularizada en el párrafo anterior, el proveedor tendrá un plazo de 5 días hábiles para efectuar sus descargos por escrito, acompañando todos los antecedentes que lo fundamenten.
Vencido el plazo indicado sin que se hayan presentado descargos, se aplicará la correspondiente medida por medio de una resolución fundada de la entidad licitante.
Si el proveedor ha presentado descargos dentro del plazo establecido para estos efectos, la entidad licitante tendrá un plazo de 30 días hábiles, contados desde la recepción de los descargos del proveedor, para rechazarlos o acogerlos, total o parcialmente. Al respecto, el rechazo total o parcial de los descargos del respectivo proveedor deberá formalizarse a través de la dictación de una resolución fundada de la entidad licitante, en la cual deberá detallarse el contenido y las características de la medida. La indicada resolución deberá notificarse al respectivo proveedor adjudicado personalmente o mediante carta certificada.
El proveedor adjudicado dispondrá de un plazo de 5 días hábiles, contados desde la notificación de la resolución fundada singularizada en los párrafos anteriores, para impugnar dicho acto administrativo mediante los recursos contemplados en la Ley 19.880, debiendo acompañar todos los antecedentes que justifiquen eliminar, modificar o reemplazar la respectiva medida. La entidad licitante tendrá un plazo no superior a 30 días hábiles para resolver el citado recurso.
La resolución que acoja el recurso podrá modificar, reemplazar o dejar sin efecto el acto impugnado.
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Termino anticipado del servicio |
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Termino anticipado:
La entidad licitante está facultada para declarar administrativamente el termino anticipado de la relación contractual, vía administrativa, en cualquier momento durante su vigencia, sin derecho a indemnización alguna para el adjudicado, si concurre alguna de las causales que se señalan a continuación:
1) Si el servicio contratado no se iniciare en la época señalada en las presentes bases;
2) Si el servicio contratado se prestare parcialmente;
3) Si el servicio contratado fuere manifiestamente deficiente.
4) Si el servicio contratado no cumpliere con las exigencias establecidas en las especificaciones contenidas las bases o del contrato que suscribirá con el Servicio de Vivienda y Urbanización, Región de Los Ríos;
5) Si el representante legal de la empresa contratada fuere formalizado por algún delito que merezca pena aflictiva.
6) En caso que las multas cursadas sobrepasen el 5% del monto anual del contrato.
7) Si el adjudicado se encuentra en un procedimiento concursal de liquidación en calidad de deudor o se encuentra manifestada en insolvencia, a menos que se mejoren las cauciones entregadas.
8) Si se disuelve la empresa adjudicada.
9) Si dejan de ser necesarios los servicios contratados;
10) Si el Servicio de Vivienda y Urbanización Región de Los Ríos, no contase con el presupuesto necesario para mantener la prestación de servicio.
Sin perjuicio de lo anterior, serán aplicables todas las causales señaladas en el artículo 77 del D.S. N°250, de 2004, del Ministerio de Hacienda.
El término anticipado de contrato podrá declararse en cualquier momento durante su vigencia, debiendo el Servicio de Vivienda y Urbanización, Región de Los Ríos, informar por escrito al oferente contratado mediante oficio dirigida a su domicilio con una antelación de a lo menos 30 días corridos a la fecha en que se desee ponerle término, salvo en los casos señalados en los numerales 1, 2, 3, 4, 5, 6, 7, 8 y 9 precedentes, y en los numerales 2, 3, 4 y 5 del artículo 77 del D.S. N°250, de 2004, del Ministerio de Hacienda.
En los casos mencionados en el párrafo anterior, además del termino anticipado, se procederá al cobro de la garantía de fiel cumplimiento del contrato.
Sin perjuicio de lo anterior, se podrán poner término a la relación contractual en cualquier momento por resciliación y mutuo acuerdo entre la entidad licitante y el respectivo adjudicatario.
Causales de modificación: De acuerdo a necesidades del Servicio de Vivienda y Urbanización de la Región de Los Ríos, ya sea por casos fortuitos u otros debidamente justificadas, se podrán realizar modificaciones del contrato, ya sea para renovación de contrato y/o aumento del monto contratado.
De acuerdo al 77 del D.S. N°250, de 2004, del Ministerio de Hacienda, donde indica “la posibilidad de modificar el contrato deberá encontrarse prevista en las bases de la licitación. En tal caso, no podrá alterarse la aplicación de los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes, así como tampoco podrá aumentarse el monto del contrato más allá de un 30 % del monto originalmente pactado.
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Domicilio y jurisdicción |
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Las partes fijan su domicilio en la ciudad de Valdivia y se someten a la jurisdicción de sus Tribunales Ordinarios de Justicia.
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