Licitación ID: 2133-108-LP23
PPTA 374-23 “COMPRA DE SERVICIOS DE PROCESAMIENTO E INFORMES DE BIOPSIAS RENALES”
Responsable de esta licitación: HOSPITAL DOCTOR HERNAN HENRIQUEZ ARAVENA
Reclamos recibidos por incumplir plazo de pago: 99
Este número indica los reclamos recibidos por esta institución desde los últimos 12 meses hasta el día de ayer. Recuerde interpretar esta información considerando la cantidad de licitaciones y órdenes de compra que esta institución genera en el Mercado Público.
Dejar un reclamo sobre esta licitación Dejar un reclamo sobre esta licitación
Productos o servicios
1
Profesionales 250 Unidad
Cod: 80111715
PROCESAMIENTO E INFORME DE BIOPSIA RENAL  

1. Características de la licitación
Nombre de la licitación:
PPTA 374-23 “COMPRA DE SERVICIOS DE PROCESAMIENTO E INFORMES DE BIOPSIAS RENALES”
Estado:
Desierta (o art. 3 ó 9 Ley 19.886)
Descripción:
El objetivo principal de esta Propuesta Pública es la Compra de Servicios de Procesamiento e Informe de Biopsias Renales. Servicio que tiene la finalidad de dar respuesta a pacientes institucionales beneficiarios del Sistema Público de Salud que requieren la realización de estos procedimientos, previo a su intervención quirúrgica de Trasplante Renal, y dado que el Hospital no cuenta con este tipo de prestaciones, se requiere contratar estos servicios en dependencias del Prestador, como se detalla en las bases técnicas, y en Anexo N°1.
Tipo de licitación:
Pública-Licitación Pública igual o superior a 1.000 UTM e inferior a 5.000 UTM (LP)
Tipo de convocatoria:
ABIERTO
Moneda:
Peso Chileno
Etapas del proceso de apertura:
Una Etapa
Toma de razón por Contraloría:
No requiere Toma de Razón por Contraloría
Publicidad de ofertas técnicas:
Las ofertas técnicas serán de público conocimiento una vez realizada la apertura técnica de las ofertas.
2. Organismo demandante
Unidad de compra:
HOSPITAL DR HERNAN HENRIQUEZ A COMPRA DE SERVICIO
R.U.T.:
61.602.232-6
Dirección:
Manuel Montt 115
Comuna:
Temuco
Región en que se genera la licitación:
Región de la Araucanía
3. Etapas y plazos
Fecha de cierre de recepción de la oferta: 16-08-2023 15:01:00
Fecha de Publicación: 04-08-2023 16:29:35
Fecha inicio de preguntas: 05-08-2023 8:00:00
Fecha final de preguntas: 09-08-2023 10:00:00
Fecha de publicación de respuestas: 11-08-2023 14:30:00
Fecha de acto de apertura técnica: 16-08-2023 15:02:00
Fecha de acto de apertura económica (referencial): 16-08-2023 15:02:00
Fecha de Adjudicación: 22-09-2023 9:12:43
Fecha de entrega en soporte fisico No hay información
Fecha estimada de firma de contrato No hay información
Tiempo estimado de evaluación de ofertas No hay información
4. Antecedentes para incluir en la oferta
Adicionalmente, todos los proveedores para ofertar en esta licitación, deberán obligatoriamente confirmar y firmar electrónicamente la Declaración Jurada de Requisitos para Ofertar.
Documentos Administrativos
1.- - Anexo Nº 2, Declaración Jurada Simple.
2.- - Resolución Sanitaria de funcionamiento de laboratorio.
3.- - Certificado de acreditación de la Superentendía de Salud del prestador.
4.- - Escritura vigente de la sociedad donde acredite capital social. Este Documento deberá ser presentado en caso de no encontrarse actualizado y adjunto en Portal Mercado Público.
5.- - Certificado de la Tesorería General de la República, en el cual registre que no mantiene deudas con el Estado, vigente al mes de la postulación.
6.- - Anexo Nº 3, Carta Compromiso de todos los prestadores de servicios a participar, donde expresen su voluntad de participar en la realización de las Prestaciones correspondientes, y declarando que las prestaciones serán realizadas fuera del horario institucional, contratado con el Hospital u otro Establecimiento, en caso de poseer un contrato vigente con el Servicio de Salud Araucanía Sur; así como declara no estar inhabilitado para ingresar a la administración pública.
7.- - Anexo N° 7, Informe de Rendición Mensual de los Servicios.
Documentos Técnicos
1.- - Anexo N° 4, Nómina de Clientes.
 
2.- - Anexo N° 5, Listado de Prestadores de Servicios, con nombre y rut de todos los participantes que realizarán las prestaciones. (Requisito de Admisibilidad de la Oferta. La presentación incompleta de este anexo, dejará Inadmisible la Oferta).
 
3.- - Certificado que acredite su calidad de prestador de Salud individual de todos los participantes indicando Nº de registro, actualizado a la fecha del año en que se realiza la postulación.
 
4.- - Propuesta de Trabajo con presentación de laboratorio, procesamiento de biopsia y equipos, de acuerdo a lo solicitado en Bases técnicas, indicando quien será el responsable de cada una de las etapas (desde la recepción de muestra, procesamiento, e informe).
 
5.- - Certificados con al menos un (1) año de experiencia deseable, para Médico anatomopatólogo y Tecnólogo médico propuestos, entregado por una institución pública o privada, que acredite la experiencia en años en este tipo de procedimientos e informes, indicando el periodo en el cual desempeñaron la función según lo indicado en el punto N°3 de las Bases Técnicas.
 
6.- - Propuesta de Trabajo con presentación de laboratorio, procesamiento de biopsia y equipos, de acuerdo a lo solicitado en Bases técnicas, indicando quien será el responsable de cada una de las etapas (desde la recepción de muestra, procesamiento, e informe).
 
7.- - Anexo N°6 Notificación de resultados críticos. (El incumplimiento de las especificaciones en él detalladas será causal de inadmisibilidad de la oferta presentada).
 
Documentos Económicos
1.- - Anexo Nº 1, Oferta económica e Identificación del Oferente, debe ser completado y firmado, el valor unitario, y el valor total ofertado (Requisito de Admisibilidad de la Oferta. La presentación incompleta de este anexo, dejará Inadmisible la Oferta).
2.- - Garantía por Seriedad de la Oferta. Requisito de Admisibilidad de la Oferta.
5. Requisitos para contratar al proveedor adjudicado
Persona natural
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.
 
2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.
 
3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.
 
4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.
 
5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.
 
6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.
 
7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.
 
8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).
 
Documentos persona natural
- Fotocopia Legalizada de Cédula de Identidad
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
Persona jurídica
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.

2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.

3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.

4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.

5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.

6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.

7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.

8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).

Documentos persona jurídica
- Fotocopia Legalizada del Rut de la Empresa
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
- Certificado de Vigencia de la Sociedad
- (1) Certificado de Boletín de Informes Comerciales
- (1) Certificado de Quiebras/Convenio Judicial
6. Criterios de evaluación
ÍtemObservacionesPonderación
1 E) ACREDITA SUFICIENCIA ECONÓMICA 5 PUNTOS ACREDITA PATRIMONIO IGUAL O MAYOR AL 20% DEL PRESUPUESTO A ADJUDICAR 5 PUNTOS ACREDITA PATRIMONIO MAYOR O IGUAL A UN 10% Y MENOR AL 20 % DEL PRESUPUESTO A ADJUDICAR 3 PUNTOS ACREDITA PATRIMONIO INFERIOR A UN 10% DEL PRESUPUESTO A ADJUDICAR O NO ACREDITA PATRIMONIO 1 PUNTO 5%
2 F) CUMPLIMIENTO ENTREGA ANTECEDENTES CIERRE ELECTR CUMPLE CON ENTREGA TOTAL DE LOS DOCUMENTOS Y LA INFORMACIÓN DE ESTOS SE ENCUENTRA COMPLETA HASTA EL MOMENTO DEL CIERRE ELECTRÓNICO 5 PUNTOS ENTREGA DOCUMENTOS POSTERIOR AL CIERRE ELECTRÓNICO (EN RECTIFICATORIA DE 48 HORAS HÁBILES PARA ANTECEDENTES NO CONSIDERADOS REQUISITOS DE ADMISIBILIDAD) 2 PUNTOS NO CUMPLE CON ACLARATORIA Y/O RECTIFICATORIA EN EL PLAZO SEÑALADO EN EL PUNTO 10.4 INADMISIBLE 5%
3 C) EXPERIENCIA PROFESIONALES EN PROCESAMIENTO DE B MAYOR A OCHO (8) AÑOS 10 PUNTOS MENOR O IGUAL A OCHO (8) Y MAYOR A CINCO (5) AÑOS 8 PUNTOS MENOR O IGUAL A CINCO(5) AÑOS 5 PUNTOS 10%
4 D) EXPERIENCIA DEL OFERENTE 10 PUNTOS IGUAL O MAYOR A TRES (3) CONVENIOS IGUAL O SIMILAR AL SERVICIO LICITADO 10 PUNTOS DE UNO (1) A DOS (2) CONVENIOS IGUAL O SIMILAR AL SERVICIO LICITADO 5 PUNTOS SIN CONVENIOS 1 PUNTO 10%
5 A) EVALUACIÓN ECONÓMICA 55 PUNTOS (OFERTA MAS ECONÓMICA/OFERTA EVALUADA) x 55 55%
6 B) EXPERIENCIA DE LOS PROFESIONALES 15 PUNTOS MAYOR A OCHO (8) AÑOS 15 PUNTOS MENOR O IGUAL A OCHO (8) Y MAYOR A CINCO (5) AÑOS 8 PUNTOS MENOR O IGUAL A CINCO(5) AÑOS 5 PUNTOS 15%

7. Montos y duración del contrato
Estimación en base a: Precio Referencial
Fuente de financiamiento: HOSPITAL DR HERNAN HENRIQUEZ ARAVENA
Monto Total Estimado: 93415000
Justificación del monto estimado 2.1 El presupuesto referencial del contrato, para veinticuatro 24 meses, asciende a la suma de 93.415.000.- IVA incluido, tomando como referencia el valor de la UTM del mes de la presente Resolución para su conversión, y así determinar la cantidad de
Contrato con Renovación: SI
Justificación Renovación: VER PUNTO 2 ITEM III DE LAS BASES ADMINISTRATIVAS
Observaciones 2.2 La adquisición de estos Servicios se financiará con cargo al presupuesto del Hospital en las cuentas presupuestarias 22.12.999.016.02 “No Médicas otros profesionales de la salud” y 22.12.999.018 “Otros gastos”. 2.3 Si las Ofertas supera el cos
Tiempo del Contrato 24 Meses
Plazos de pago: 30 días contra la recepción conforme de la factura
Opciones de pago: Transferencia Electrónica, Cheque
Nombre de responsable de pago: EUGENIA ACUÑA
e-mail de responsable de pago: eugenia.acuna@asur.cl
Nombre de responsable de contrato: CARMEN PEÑA
e-mail de responsable de contrato: carmen.penah@redsalud.gov.cl
Teléfono de responsable del contrato: 56-45-2556834-
Prohibición de subcontratación: Se permite subcontratación
8. Garantías requeridas
    Garantías de Seriedad de Ofertas
Beneficiario: HOSPITAL DR. HERNAN HENRIQUEZ ARAVENA
Fecha de vencimiento: 14-12-2023
Monto: 200000 Peso Chileno
Descripción: VER PUNTO N°8 ITEM II DE LAS BASES ADMINISTRATIVAS (PAG. 8 Y 9)
Glosa: VER PUNTO N°8 ITEM II DE LAS BASES ADMINISTRATIVAS (PAG. 8 Y 9)
Forma y oportunidad de restitución: VER PUNTO N°8 ITEM II DE LAS BASES ADMINISTRATIVAS (PAG. 8 Y 9)
    Garantía fiel de Cumplimiento de Contrato
Beneficiario: HOSPITAL DR. HERNAN HENRIQUEZ ARAVENA
Fecha de vencimiento: 13-01-2026
Monto: 5 %
Descripción: VER PUNTO N°7 ITEM III DE LAS BASES ADMINISTRATIVAS (PAG. 18 Y 19)
Glosa: VER PUNTO N°7 ITEM III DE LAS BASES ADMINISTRATIVAS (PAG. 18 Y 19)
Forma y oportunidad de restitución: VER PUNTO N°7 ITEM III DE LAS BASES ADMINISTRATIVAS (PAG. 18 Y 19)
9. Requerimientos técnicos y otras cláusulas
Resolución de Empates

         En caso de que se produzca igualdad de puntaje entre dos o más oferentes, el Hospital dirimirá de la siguiente manera:

a)              Mayor puntaje en evaluación económica, y de persistir el empate;

b)              Mayor puntaje en experiencia de los profesionales, y de persistir el empate;

c)              Mayor puntaje en experiencia de profesionales en procesamiento de biopsias, y de persistir el empate;

d)              Mayor puntaje en experiencia del oferente, y de persistir el empate;

e)              Mayor puntaje en acreditación de suficiencia económica, y de persistir el empate;

f)                Mayor puntaje en cumplimiento de entrega de antecedentes en cierre electrónico.

         Si aun así el empate se mantiene, se adjudicará al oferente que hubiese ingresado primero su oferta en www.mercadopublico.cl.



Mecanismo para solución de consultas respecto a la adjudicación

11.6       Los Oferentes podrán realizar consultas a la adjudicación vía correo electrónico en un plazo máximo de tres (3) días hábiles, luego de realizada la adjudicación. Las respuestas se entregarán a más tardar por la misma vía al quinto (5) día hábil luego de realizada la adjudicación. El correo electrónico es erwin.contreras@redsalud.gov.cl, Jefe del Sub-Departamento de Licitaciones del Departamento de Abastecimiento del Hospital.

Presentación de antecedentes omitidos por los oferentes

      La Entidad Licitante podrá permitir la presentación de certificaciones o antecedentes que los oferentes hayan omitido presentar al momento de efectuar la oferta, siempre que dichas certificaciones o antecedentes se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar ofertas o se refieran a situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas y el periodo de evaluación (Art. 40 inc. 2 del Decreto N° 250/04).

      La Entidad Licitante al momento de la evaluación podrá solicitar rectificaciones a los oferentes en la presentación de su o sus ofertas según lo señalado en los puntos Nº 10.1. y N° 10.3. (a excepción de los antecedentes considerados como requisitos de admisibilidad), estas rectificaciones se solicitarán vía Portal Mercado Público en el ícono destinado para ello, otorgándoles un plazo de cuarenta y ocho (48) horas desde el momento que fue realizada dicha corrección, la consulta se podrá realizar por única vez, nuevamente en las mismas condiciones. Estas rectificaciones serán sancionadas con un menor puntaje al momento de evaluar, según lo establecido en los factores de evaluación de las Bases Administrativas.

    Si el oferente no cumple con dicha aclaratoria o rectificatoria en los plazos definidos para ello, o no responde satisfactoriamente la aclaratoria o rectificatoria solicitada, se dejará automáticamente fuera de Bases al o los Oferentes respectivos, quedando inadmisible la o las ofertas. Cuando las consultas sean referentes a los antecedentes de los prestadores de servicios propuestos para realizar las prestaciones, si la consulta es contestada de forma parcial, se podrá evaluar la Oferta, pero quedarán fuera de la licitación los prestadores de servicios que tengan una presentación incompleta de sus antecedentes. Estas podrán ser incorporadas posteriormente una vez iniciado el contrato, según el punto 3 del ítem III de las presentes bases.

     La comisión de evaluación podrá solicitar información o antecedentes complementarios a los oferentes, para una mejor evaluación, sin que esto signifique alteración a las ofertas presentadas, ni vulneración al principio de igualdad de los oferentes, y podrán ser realizadas bajo las mismas condiciones establecidas en el punto N°10.4. Dichas aclaraciones NO serán sancionadas con un menor puntaje en el factor de evaluación de presentación de documentos.

3. ACREDITACIÓN DE CALIDAD DEL ADJUDICATARIO

           Junto con la Oferta Económica, será necesario que se presente la nómina de los prestadores de servicios que participarán en la licitación, adjuntando el certificado de Prestador Individual de la Superintendencia de Salud. Estos profesionales deberán cumplir con la idoneidad técnica y por ello no podrán incluirse aquellos profesionales por los cuales el Hospital Dr. Hernán Henríquez Aravena o el Servicio de Salud Araucanía Sur, haya tenido que pagar indemnizaciones, ya sea judicial o extrajudicialmente, que se hayan derivado de una falta grave imputable al profesional, todo esto, debidamente acreditado. En caso de ser necesario el cambio o la incorporación de profesionales durante la ejecución del contrato, deberá solicitarse por escrito al Director del Hospital en tres (3) días hábiles antes de que realice alguna prestación. El adjudicatario deberá solicitar por escrito el cambio o la incorporación de nuevos profesionales. Se requerirá que el nuevo profesional cumpla con los mismos requisitos de idoneidad comprometidos en la propuesta publica, adjuntando todos los documentos solicitados, lo cual será informado al establecimiento previo a otorgar la prestación, de acuerdo a lo señalado precedentemente, reservándose el Hospital la facultad de rechazar o aceptar al mismo, determinación que será comunicada oportunamente; debiendo el Adjudicatario en caso de rechazo, proceder a su reemplazo por otro profesional que cumpla con los requerimientos.

          Respecto del punto anterior, si el prestador ha realizado un servicio y no cumple con los requisitos técnicos establecidos en las bases y exigidos para la incorporación, no se pagará a través del convenio el valor correspondiente a la prestación realizada por el prestador. Este incumpliendo será notificado por el Jefe (a) del Subdepartamento de Compra de Servicios. Sumado a ello, el rechazo de la incorporación se avisará de manera inmediata vía correo electrónico al adjudicatario por parte del Subdepartamento de Compras de Servicios. Por consiguiente, es obligación del adjudicatario dar cumplimiento a las obligaciones establecidas para el inicio y ejecución del convenio, en relación con los prestadores de servicios que pone a disposición del Establecimiento, y de las eventuales incorporaciones.



4. RESPONSABILIDAD DEL PRESTADOR, PROVEEDOR O ADJUDICATARIO

El Adjudicatario será el único responsable de la prestación de los Servicios y deberá sujetarse a las normas de la Lex Artis Médica, así como a las disposiciones establecidas al efecto por El Hospital. El Adjudicatario será responsable de los daños y perjuicios que cause al Hospital o a terceras personas, con motivo de la ejecución de las prestaciones por no ajustarse a lo estipulado en este contrato, por inobservancia de las instrucciones que por escrito le haya dado el Hospital o por violación a las Leyes o reglamentos aplicables. DE LA MISMA MANERA, EL PROVEEDOR SERÁ RESPONSABLE, EN TODOS LOS ASPECTOS, DE LOS PRESTADORES DE SERVICIOS QUE DISPONGA PARA REALIZAR LAS PRESTACIONES.






10. DE LA RESPONSABILIDAD DEL ADJUDICATARIO

         Se deja expresamente establecido que el establecimiento no tendrá ninguna relación laboral y por lo tanto, no asume ninguna obligación ni le cabrá responsabilidad alguna respecto del personal que la prestadora contrate o destine para la provisión del servicio descrito y materia de este convenio, especialmente aquellas relacionadas con aspectos laborales y previsionales, siendo tales obligaciones de exclusiva responsabilidad y cargo del Prestador, quien prestará el servicio bajo su propia responsabilidad y riesgo.

        Por tanto, el Adjudicatario se obliga a dar íntegro y cabal cumplimiento a las leyes, reglamentos y demás disposiciones vigentes en Chile que rigen la actividad que desarrollará en virtud del presente contrato. El Adjudicatario declara expresamente conocer y dar cumplimiento a las disposiciones relativas al Medio Ambiente, Higiene y Seguridad aplicables a la que estén vigentes en las leyes y reglamentos de Chile.

        El Adjudicatario se compromete a dar íntegro y cabal cumplimiento a las leyes y demás normas laborales y previsionales que afecten a los trabajadores y empleados que contrate, de acuerdo a las normas establecidas en el Código del Trabajo, incluyendo las disposiciones sobre subcontratación.

        El Adjudicatario tomará todas y cada una de las medidas necesarias para evitar accidentes, daños y perjuicios a toda clase de personas y bienes, públicos o privados. El Adjudicatario será exclusiva y absolutamente responsable de los accidentes y de los daños y perjuicios que éste, o uno cualquiera de sus empleados y trabajadores, causen a terceros, de acuerdo a lo dispuesto en el Código Civil.

11. VARIACIÓN O MODIFICACIÓN DE CONTRATO

9.1.         El Contrato definitivo será factible de modificar cuando las necesidades públicas así lo requieran siendo un derecho del Hospital esta modificación, es decir, cuando las circunstancias que lo han motivado cambien o se alteren (Ius Variandi), debiendo adecuarse aquél a las nuevas circunstancias, pero sin alterar la esencia de lo pactado, conforme lo autoriza el artículo 77 del Decreto N°250 que Aprueba Reglamento de la Ley Nº19.886 de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios.

9.2.         En este sentido, el Hospital se reserva el derecho de aumentar o disminuir cantidades manteniendo el mismo valor unitario indicado en la Carta Oferta (Anexo Nº1). Además, este aumento o disminución de las cantidades deberá comunicarse al Adjudicatario y con previo acuerdo entre las partes, sin alterar la esencia del contrato y la igualdad entre los oferentes, así como tampoco podrá aumentarse el monto del contrato más allá de un 30% del monto adjudicado.

9.3.         Se solicitará una nueva garantía de fiel cumplimiento de contrato en los mismos términos que la garantía original (referente al porcentaje y tiempo de vigencia) en relación al monto en que se aumentó el contrato para que complemente la garantía ya presentada o bien podrá ser canjeada con una que comprenda el monto original más el monto de la modificación en los mismo términos de monto (porcentaje sobre el monto de la variación) y vencimiento que la garantía original,  de esta manera garantizar la totalidad del contrato.

9.4.         Lo anterior será sancionado con Resolución fundada de modificación del contrato definitivo y empezará a regir a partir de la fecha que indique dicha resolución, la que será publicada totalmente tramitada en el portal Mercado Público, según lo establecido en el art. 79 del Decreto N° 250/04.



12. DE LAS OBLIGACIONES

         Será obligación del Adjudicatario disponer de las instalaciones autorizadas mediante resolución sanitaria, para el desempeño de las prestaciones por las cuales se ejecuta el presente convenio, como también con el tiempo de respuesta indicado, en tiempo no inferior a lo estipulado en su oferta, para que el funcionamiento de las prestaciones sea adecuado.

         El Adjudicatario se responsabiliza, en lo que corresponda, a prestar a todo evento sus servicios en forma continua, aún en caso de huelga de su personal y si ello ocurriese, el Hospital podrá poner término anticipado al contrato, sin forma de juicio y sin derecho a indemnización alguna para el Adjudicatario. Se entiende por menoscabo evidente el incumplimiento del Servicio, no cubrir todas las solicitudes enviadas, debidamente comprobadas mediante inspección del Inspector técnico de convenio.

       El Adjudicatario deberá responder por los insumos que se requieran al realizar los exámenes.

Lo anterior, sin perjuicio de las prohibiciones que se estipulen en las Bases Técnicas.

14. TÉRMINO ANTICIPADO DEL CONTRATO
VER PUNTO 12 ITEM III DE LAS BASES ADMINISTRATIVAS
16. NO DEPENDENCIA LABORAL DE LOS SUBCONTRATADOS

Se deja expresamente establecido que “El Hospital”, no tiene ni tendrá ninguna relación laboral y por lo tanto, no asume ninguna obligación para con el prestador que el Adjudicatario destine o contrate para la provisión del servicio descrito en este Contrato, especialmente aquellas relacionadas con aspectos laborales y previsionales, siendo tales obligaciones de exclusiva responsabilidad y cargo del Prestador, quien prestará el servicio bajo su propia responsabilidad y riesgo. Sin perjuicio de la responsabilidad personal y médica de los profesionales que participen en las prestaciones contratadas.

17. CONFIDENCIALIDAD

Atendido la naturaleza del servicio prestado, queda expresamente establecido que todos los antecedentes que se entreguen al Prestador para el desarrollo y ejecución de los servicios contratados son confidenciales por estar cauteladas por las normas que avalan la protección de la intimidad, razón por la cual el Adjudicatario se obliga a mantener en la más estricta reserva todos y cada uno de ellos. Por ende, queda estrictamente prohibido transmitir o difundir o reproducir cualquier información que en ellos se contenga, a toda persona, natural o jurídica que no sea el Hospital o a el propio paciente beneficiario del servicio. El Adjudicatario se asegurará que sus prestadores de servicios, cumplan con este artículo de confidencialidad. La obligación de confidencialidad sobrevivirá el término de este contrato y de manera indefinida, sin perjuicios de obligaciones establecidas en la Ley.

20. LA RECEPCIÓN

La recepción conforme de las diferentes prestaciones que contemple el convenio, la realizará el Inspector Técnico designado, debiendo además contar con el VºBº del Jefe del Subdepartamento de Compras de Servicios, y V°B° de la Subdirección de Recursos Humanos (si procede), o quien al evento se designen, o le subroguen en sus cargos. Todos los profesionales indicados tendrán la función de coordinar, gestionar, y visar los pagos por las prestaciones otorgadas.

21. COORDINACIÓN Y CONTRAPARTE TÉCNICA DEL CONTRATO O CONVENIO

La Coordinación y contraparte técnica del contrato será realizada por el Inspector Técnico del Convenio, deberá dar el VºBº para el pago de las prestaciones. Esta coordinación será nombrada por resolución del Director, que tendrá la responsabilidad y las atribuciones para la fiscalización de la ejecución del contrato a que da origen la presente licitación pública. En caso de no contar con disponibilidad de Inspector técnico, asumirá sus funciones quien subrogue en su cargo y/o quien se designe como subrogante en esta inspección técnica.

23. CONTRATO DE FACTORING O CESIÓN DE CRÉDITO

23.1.      En el evento de celebrar un contrato de factoring o cesión de crédito, el proveedor deberá notificar al Hospital dentro de un plazo de cuarenta y ocho (48) horas siguientes de su celebración. Para estos efectos, se considerará lo dispuesto en el artículo 75 del Decreto 250/04 del Ministerio de Hacienda y lo establecido en la Ley N°19.983 que regula la transferencia y otorga mérito ejecutivo a copia de la factura.

10. Demandas ante el Tribunal de Contratación Pública
No cuenta con demandas ante el Tribunal de Contratación Pública.