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Resolución de Empates |
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En caso de producirse un empate en las ofertas, prevalecerá el factor experiencia en Servicio de Alimentación de Brigadas de Incendios Forestales, si persistiese el empate se considerará el sub-factor: Número de Raciones Entregadas Mensualmente. Si continúa el empate se considerará el factor Precio, Políticas de Remuneración y Empleo o Cumplimiento de Requisitos Formales.
Si la igualdad persistiere quedará aquel oferente que haya presentado primero su oferta al Portal.
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Mecanismo para solución de consultas respecto a la adjudicación |
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Durante el período de evaluación, los oferentes podrán tomar contacto con la Corporación, sólo por los mecanismos que contempla el portal www.mercadopublico.cl, a solicitud de ésta, para efectuar aclaraciones, pruebas o exposiciones, quedando prohibido cualquier otro tipo de contacto.
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Acreditación de cumplimiento de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social |
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Los consumos mensuales se pagarán por mes vencido y el pago se realizará dentro de 30 días siguientes.
Para ello el contratista deberá emitir la factura acompañando las Ordenes de Atención de Alimentación generadas por parte de la Corporación en el transcurso del mes y que dieron origen a la facturación y Certificado de Cumplimiento de obligaciones laborales y previsionales (F30-1), emitido por la Dirección del Trabajo o bien, copias de las cotizaciones previsionales pagadas, liquidaciones de sueldos firmadas y libro de remuneraciones, documentos que deben estar referidos a las remuneraciones del mes anterior al servicio facturado, respecto de los/as manipuladores/as que hayan prestado servicios en virtud del contrato suscrito con la Corporación.
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Presentación de antecedentes omitidos por los oferentes |
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La Corporación podrá pedir, que se salven errores u omisiones formales siempre que ello no otorgue una situación de privilegio respecto de los demás competidores, la presentación de certificaciones o antecedentes que los oferentes hayan omitido presentar al momento de efectuar la oferta, siempre que estos se hayan producidos u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar ofertas o se refieran a situaciones no mutables. El oferente tendrá un plazo fatal de 72 horas para completar estos requisitos, después de notificado.
En el criterio de evaluación, “Cumplimiento de requisitos formales”, se le asignará menor puntaje a las ofertas que no cumplieron dentro del plazo original con la presentación de lo requerido, operando así el mecanismo del Artículo 40 del D.S. 250 Reglamento de la Ley 19886. Si, concedido un plazo adicional, o solicitada la aclaración de algún antecedente o dato de la postulación, el oferente no lo hiciere dentro del plazo adicional otorgado, su oferta no será evaluada.
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Pacto de integridad |
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El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones que contenidas el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:1.- El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.2.- El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influír o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas.3.- El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma.4.- El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio.5.- El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase.6.- El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.7.- El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.8.- El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluídos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.
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TERMINO ANTICIPADO DEL CONTRATO |
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Sin perjuicio de lo señalado en el punto 2.4.3 y que dice relación con el cobro de garantía, el contrato suscrito entre el proveedor y la Corporación Nacional Forestal, podrá terminarse anticipadamente en los siguientes casos:
2.9.1. Cualquier incumplimiento de las obligaciones del Contratista, calificado como grave por CONAF, dará derecho a la Corporación para poner término al contrato de inmediato, sin ningún tipo de indemnización a favor del contratista y sin perjuicio del cobro de las garantías correspondientes, cuando se configuren cualquiera de las siguientes circunstancias:
a.-En caso de que por mala manipulación de los alimentos, o la entrega de éstos en mal estado o contaminados, causen la inhabilitación de la Base de Brigada y esto sea debidamente acreditado a través de los organismos de salud competente.
b.-Cuando el contratista dejara sin servicio de alimentación a una Base, por dos días completos, continuos o discontinuos en un mes.
c.- También, se podrá poner término al contrato cuando el contratista acumule más de diez multas dentro de la temporada.
En estos casos, la Corporación deberá demandar la correspondiente indemnización, sin perjuicio de las multas pactadas o del ejercicio de la facultad de hacer efectiva la garantía bancaria de fiel cumplimiento a que se hace referencia en el punto Nº2.4.2.-
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FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO |
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El referido contrato se suscribirá dentro de los 10 días hábiles siguientes, a la entrega total de los documentos necesarios para su formalización.
El proveedor adjudicado dispondrá de 10 días hábiles para la entrega de los documentos requeridos, de acuerdo a Ley de Subcontratación:
• Copias de contratos de trabajo de su personal.
• Reglamento Interno de Orden Higiene y Seguridad (dependiendo de la cantidad de trabajadores).
• Constancia de afiliación alguna Mutualidad privada o del Estado.
• Haber entregado inducción sobre normas de seguridad y uso de Elementos de Protección Personal.
• Manual o Procedimiento ante un accidente de trabajo o de trayecto para su personal
• Certificado de cumplimiento de obligaciones laborales (F30)
Estos antecedentes deberán ser recopilados por la Administradora de este contrato y entregados a DEFA quién lo derivará a la instancia correspondiente (Prevención de Riesgos).
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CONTROL E INSPECCIONES |
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CONAF, por intermedio de sus funcionarios, ya sea como parte de los Comités Paritarios, Prevencionista de Riesgos o Jefaturas del Depto. Protección Contra Incendios Forestales, tendrán la facultad de efectuar los controles e inspecciones que se estimen convenientes, en lo que dice relación con el cumplimiento de las obligaciones del Contratista tanto administrativas legales, de seguridad e higiene. Al mismo tiempo la Corporación, aplicará encuestas de satisfacción a los usuarios finales del servicio, una vez por temporada. El resultado de éstas y las acciones que la Corporación pueda tomar en consecuencia, se pondrá en conocimiento del contratista.
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SANCIONES POR INCUMPLIMIENTO DE CONTRATO |
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Por incumplimiento del servicio contratado y prestado por el Contratista, CONAF se reserva el derecho de sancionar con las siguientes multas.
a) Cuando por causas imputables al contratista, este no entregare el servicio de desayuno, almuerzo, cena o refrigerio, se aplicará una multa equivalente a 0,5 UF, por persona efectivamente no atendida. En caso que cualquiera de los servicios sea proporcionado en forma incompleta, en relación a la minuta preestablecida, se aplicará una multa de 0,25 UF por persona. Igual sanción se aplicará en caso de que se produzca un atraso superior a 30 minutos en la prestación del servicio (0,25 UF).
b) La sola ausencia de un manipulador(a), por brigada, hará exigible una multa equivalente a 1 UF por cada día de ausencia y de 0,5 UF por medio día de ausencia.
c) El no cumplimiento estricto y oportuno de las obligaciones indicadas en las cláusulas 1.5.1, 1.5.4 y 1.5.6 dará lugar a la aplicación de una multa de 1 U.F., por cada día que se produzca el incumplimiento.
d) Si el contratista entrega los insumos de alimentación fuera del horario estipulado en el punto 1.8 dará origen a una multa de 1 UF/base.
2.10.2. Una vez detectados los incumplimientos descritos precedentemente, ya sea a través de denuncias fundadas y/o quejas de los usuarios, las cuales fueran verificadas por personal de la Corporación, corresponderá aplicar las sanciones señaladas, las cuáles le serán notificadas al contratista por correo electrónico y/ o carta certificada.
Para la aplicación de multas, se tomará el valor de UF del día de ocurrido el evento.
Para estos efectos, la Central de Operaciones generará el informe pertinente y lo enviará a la Jefa de Sección Logística Regional, quien previo V°B° del Jefe DEPRIF, hará llegar a la Sección de Administración.
El proveedor dispondrá de 5 días corridos para que emita los descargos en relación al incumplimiento indicado en el punto 2.10.1.
La Corporación emitirá, al mes siguiente de ocurrido el evento que dio origen a la(s) multa(s), una factura cobrando dicha situación y cuyo respaldo será el informe antes mencionado.
Todo lo anterior, no impedirá que CONAF pueda ejercer la facultad de poner término anticipado al contrato, indicado en el Punto 2.9 de estas Bases de Licitación.
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MODIFICAICON Y/O COMPLEMENTO DE LAS BASES DE LICITACIÓN |
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CONAF podrá complementar las Bases de la Licitación, ya sea por iniciativa propia o en atención a una aclaración solicitada por alguno de los oferentes, durante el proceso de la Licitación, otorgando un plazo prudencial para que los oferentes puedan adecuar sus ofertas a los nuevos requerimientos, informando de ello a través del sitio www.mercadopublico.cl. Estas complementaciones formarán parte integral de las Bases.
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