Licitación ID: 4318-22-LP14
Ampliación y Mejoramiento Posta de Salud de Cucao
Responsable de esta licitación: I MUNICIPALIDAD DE CHONCHI
Reclamos recibidos por incumplir plazo de pago: 28
Este número indica los reclamos recibidos por esta institución desde los últimos 12 meses hasta el día de ayer. Recuerde interpretar esta información considerando la cantidad de licitaciones y órdenes de compra que esta institución genera en el Mercado Público.
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Productos o servicios
1
Construcción de obras civiles 1 Global
Cod: 72131702
Se requiere ejecutar el proyecto PMU código 1-C-2013-2890 "Ampliación y Mejoramiento de la Posta de Salud Rural de la localidad de Cucao para la Reducción de Brechas Sanitarias"  

1. Características de la licitación
Nombre de la licitación:
Ampliación y Mejoramiento Posta de Salud de Cucao
Estado:
Adjudicada
Descripción:
Se requiere ejecutar el proyecto PMU código 1-C-2013-2890 "Ampliación y Mejoramiento de la Posta de Salud Rural de la localidad de Cucao para la Reducción de Brechas Sanitarias"
Tipo de licitación:
Pública-Licitación Pública Mayor 1000 UTM (LP)
Tipo de convocatoria:
ABIERTO
Moneda:
Peso Chileno
Etapas del proceso de apertura:
Una Etapa
Toma de razón por Contraloría:
No requiere Toma de Razón por Contraloría
Publicidad de ofertas técnicas:
Las ofertas técnicas serán de público conocimiento una vez realizada la apertura técnica de las ofertas.
2. Organismo demandante
Unidad de compra:
Secretaria de Planificación Comunal
R.U.T.:
69.230.500-0
Dirección:
PEDRO MONTT 254
Comuna:
Chonchi
Región en que se genera la licitación:
Región de los Lagos
3. Etapas y plazos
Fecha de cierre de recepción de la oferta: 05-05-2014 15:00:00
Fecha de Publicación: 23-04-2014 16:19:00
Fecha inicio de preguntas: 23-04-2014 19:35:00
Fecha final de preguntas: 28-04-2014 19:35:00
Fecha de publicación de respuestas: 29-04-2014 23:45:00
Fecha de acto de apertura técnica: 05-05-2014 15:00:00
Fecha de acto de apertura económica (referencial): 05-05-2014 15:00:00
Fecha de Adjudicación: 08-05-2014 11:05:05
Fecha de entrega en soporte fisico No hay información
Fecha estimada de firma de contrato No hay información
Tiempo estimado de evaluación de ofertas No hay información
Visita a terreno; esta no sera de carácter obligatoria y se Realizara una Reunion Previa en la Oficina Secplan del Municipio en la Hora Indicada 25-04-2014 10:00:00
4. Antecedentes para incluir en la oferta
Documentos Administrativos
1.- Formato de Identificación del Oferente según Anexo Nº 1
2.- Copia del documento de caución según lo indicado por las Bases Administrativas
3.- Declaración Jurada según Anexo Nº 2
4.- Certificado de Deudas Comerciales y Financieras del Boletín de Informes Comerciales (no será necesario su presentación si el oferente se encuentra hábil en chileproveedores y dicho documento se encuentra disponible para su consulta)
5.- Certificado de Experiencia en obras similares en M2
6.- Documento por el cual se acredita personería del representante legal (no será necesario su presentación si el oferente se encuentra hábil en chileproveedores y dicho documento se encuentra disponible para su consulta)
7.- Registro de Contratista según Bases Técnicas (este documento no será requisito obligatorio para ingresar la oferta, no obstante otorgará puntaje al momento de la evaluación y será exigido para firmar el contrato)
Documentos Técnicos
1.- Nómina de personal técnico y administrativo
 
2.- Programa de trabajo o Carta Gantt
 
3.- Análisis de precios unitarios
 
4.- Cálculo de gastos generales
 
5.- Listado de Maquinaria y elementos a utilizar en la obra
 
6.- Programación financiera de la obra
 
Documentos Económicos
1.- Formato Oferta Económica según Anexo Nº 3
2.- Presupuesto Detallado según Anexo Nº 4
5. Requisitos para contratar al proveedor adjudicado
Persona natural
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.
 
2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.
 
3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.
 
4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.
 
5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.
 
6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.
 
7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.
 
8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).
 
Documentos persona natural
- Fotocopia Legalizada de Cédula de Identidad
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
Persona jurídica
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.

2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.

3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.

4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.

5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.

6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.

7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.

8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).

Documentos persona jurídica
- Fotocopia Legalizada del Rut de la Empresa
- (1) Certificado de Quiebras/Convenio Judicial
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
- Certificado de Vigencia de la Sociedad
- (1) Certificado de Boletín de Informes Comerciales
- I18n entry not found: Registros vigentes según lo indicado en las Bases Técnicas
6. Criterios de evaluación
ÍtemObservacionesPonderación
1 Experiencia de los Oferentes - Mayor Superficie construida comprobable 100 puntos - Resto de los Oferentes (100*M2 oferta a calcular)/(M2 oferta Mayor) 25%
2 Plazo de Entrega - Menor Plazo ofrecido 100 puntos - Resto de los Oferentes (100*Plazo oferta menor) / (Plazo oferta a calcular) 15%
3 Precio - Menor Valor Ofrecido 100 puntos - Resto de los Oferentes (100*oferta menor)/(oferta a calcular) 40%
4 Registros Vigentes - Posee registros vigentes según Art. Nº 2 de las Bases Técnicas 100 puntos - No posee registros 0 puntos 20%

7. Montos y duración del contrato
Estimación en base a: Precio Referencial
Fuente de financiamiento: PMU - EMERGENCIA
Monto Total Estimado: 49986615
Justificación del monto estimado El monto de la oferta electrónica deberá ser en valor neto.
Contrato con Renovación: NO
Observaciones Sin observaciones
Tiempo del Contrato 4 Meses
Plazos de pago: Por Estado de Avance
Opciones de pago: Cheque
Nombre de responsable de pago: Sandra Arellano
e-mail de responsable de pago: sarellano@municipalidadchonchi.cl
Nombre de responsable de contrato: Sandra Arellano
e-mail de responsable de contrato: sarellano@municipalidadchonchi.cl
Teléfono de responsable del contrato: 56-65-671255-
Prohibición de subcontratación: Se permite subcontratación
8. Garantías requeridas
    Garantías de Seriedad de Ofertas
Tipo de documento: Boleta de Garantía o Vale Vista
Beneficiario: ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE CHONCHI
Fecha de vencimiento: 04-07-2014
Monto: 500000 Peso Chileno
Descripción: Garantía por Seriedad de la Oferta
Glosa: Garantiza la Seriedad de la Oferta proyecto Ampliación y Mejoramiento Posta Salud Rural de Cucao para la reducción de brechas sanitarias
Forma y oportunidad de restitución: una vez que el oferente adjudicado firme el contrato y entregue la boleta de garantía de Fiel Cumplimiento del Contrato
    Garantía fiel de Cumplimiento de Contrato
Tipo de documento: Boleta de Garantía o Vale Vista
Beneficiario: ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE CHONCHI
Fecha de vencimiento: 03-11-2014
Monto: 5 %
Descripción: Garantía por Fiel Cumplimiento del Contrato
Glosa: Garantíza el Fiel Cumplimiento del Contrato proyecto Ampliación y Mejoramiento Posta Salud Rural de Cucao para la reducción de brechas sanitarias
Forma y oportunidad de restitución: una vez Firmada y aprobada administrativamente el Acta de Recepción Provisoria sin observaciones y entrega de la Boleta de Garantía por la Correcta Ejecución de las Obras
    Otras Garantías
Tipo de documento: Boleta de Garantía o Vale Vista
Beneficiario: ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE CHONCHI
Fecha de vencimiento: 05-10-2015
Monto: 3 %
Descripción: Garantía por Correcta Ejecución de las Obras
Glosa: Garantíza la Correcta Ejecución de la obras del proyecto Ampliación y Mejoramiento Posta Salud Rural de Cucao para la reducción de brechas sanitarias
Forma y oportunidad de restitución: Una vez efectuada la Recepción definitiva y sancionada mediante decreto alcaldicio.
9. Requerimientos técnicos y otras cláusulas
Bases Técnicas

1.- GENERALIDADES:

1.1 Se entenderá la presente Ficha de Licitación como el documento que comprende las Bases Administrativas y Bases Técnicas que regirán el llamado a Propuesta Pública para ejecutar la obra denominada “Ampliación y Mejoramiento Posta de Salud Rural de Cucao, para la reducción de Brechas Sanitarias”

1.2. La propuesta se realizará bajo la modalidad de suma alzada, sin reajustes, para ejecutar a precio fijo expresado en pesos chilenos y hasta su total terminación, la obra a que se refieren los planos, especificaciones Técnicas y, en general a todos los antecedentes del proyecto. 

1.3.- la propuesta a “Suma Alzada” corresponde a la oferta a precio fijo, en la que las cantidades de obra se entienden inamovibles. Las cantidades de obra deberá, ser determinadas por el contratista. La unidad técnica deberá adjuntar a las Bases un presupuesto estimativo que indique partidas, cubicaciones estimativas. 

1.4. Las obras se ejecutarán de acuerdo a los siguientes antecedentes: 
- Aclaraciones si las hubiere. 

- Presentes Bases Administrativas 

- Presentes Bases Técnicas  

- Especificaciones Técnicas 

- Planos de Arquitectura. 

- Presupuesto

1.5.- La ejecución del proyecto deberá regirse a lo menos por la siguiente normativa: 

- Ley y Ordenanza de Urbanismo y Construcciones

- Decretos, Normativa General de Salud, SEC, etc.- 

- Normas Chilenas de la Construcción. 

- Reglamento del MOP, en todo aquello que no se oponga a las EE.TT. de la obra.

1.6.- Las partes que concurrirán a la celebración del o los contratos serán:

- La Empresa contratista, que se denominará "El Oferente" o la "Empresa", que ejecutará las obras individualizadas en las Bases Administrativas y Técnicas.

- La Municipalidad, quien llamará a Licitación, definirá las Obras y adjudicará las propuestas, previa autorización del Alcalde.       
             

2.- DE LOS REGISTROS: 

Se solicitará que al momento de firmar el contrato el oferente se encuentre registrado como proveedor en el sistema de compras públicas referidos a la Ley N° 19.886 y su reglamento, que no tengan deudas pendientes con el Municipio y que se encuentre con sus antecedentes al día, al momento de la Licitación.

Posea inscripción vigente, en cualquiera de los siguientes Registros: 

Registro Categoría Mínima

Ministerio Obras Publicas Categoría B Obras menores, registros -9 O.M – 15 OM-17 O.M., o su equivalente en el Registro de Obras Mayores. 

Ministerio de Vivienda y Urbanismo Rubro Edificación A1 o A2, categoría 4º o superior.

Registro Municipal Rubro Edificación 1 Categoría.


3.- IDENTIFICACIÓN DE LA OBRA

Antecedentes según Art. Nº 1 y Art. Nº 7 de las Bases Administrativas


4.- DEL PROYECTO 

4.1.- El proyecto será proporcionado por la Municipalidad de Chonchi y deberá cumplir con lo especificado en el punto 1.3 y 1.4 de las Bases Técnicas. 

4.2.- El Contratista deberá efectuar todos los estudios necesarios, ensayos de materiales, inspección ocular del terreno, el estudio detallado del proyecto y de las especificaciones Técnicas de manera de incluir en su oferta todas las acciones necesarias para dar término a las faenas de acuerdo a lo indicado en las Bases. 

4.3.- El contratista deberá considerar todos los costos que significa el proyecto, debidamente legalizados en las entidades correspondientes, con el pago de impuestos, derechos y permisos incluidos. 

4.4.- Las ofertas deberán cumplir con todas las normas contempladas tanto en las Bases Administrativas como en las Bases Técnicas de la licitación, con las  normas Técnicas, legales, reglamentarias y las de las ordenanzas generales y locales en la materia, además de las Especificaciones Técnicas y Planos del Proyecto.

4.5.- La empresa adjudicada no podrá introducir unilateralmente ninguna modificación al proyecto. En caso que la Empresa introdujere, sin previa autorización del I.T.O, modificaciones de cualquier naturaleza, por cualquier motivo y en cualquier etapa, durante la  vigencia del plazo de ejecución del contrato, una vez  adjudicada la propuesta o no cumpliere con los plazos  que se señalen en las Bases Técnicas, la Municipalidad se reserva el derecho de poner término anticipado al contrato. En todo caso cualquier modificación deberá ser consultada y autorizada por el mandante.


5.- VALOR DE LA OFERTA 

5.1. El valor de la propuesta deberá ser proporcionado por el Contratista en su respectiva oferta. Los contratistas deberán considerar todas las partidas como obligatorias, caso contrario quedará inmediatamente fuera de Bases y no continuará en el proceso de evaluación. La oferta deberá ser en pesos chilenos, sin intereses ni reajustes, incorporándose partidas que fuesen necesarias según estudio de costo del proyecto y considerando los antecedentes del Art. Nº 7 de las Bases Administrativas.

6.- ADJUDICACIÓN Y CONTRATACIÓN DE LAS OBRAS

6.1.- El Alcalde, efectuará la adjudicación de la Propuesta, mediante Decreto Alcaldicio. Una vez efectuado el decreto que adjudica la Obra al oferente seleccionado, se notificará al contratista favorecido mediante la Resolución del Acta de Adjudicación emitida por el Portal  y luego se procederá a la obtención del acuerdo del Concejo Municipal, si procede. Posterior a esto el contratista favorecido tendrá un plazo de 10 días hábiles para la suscripción del contrato, plazo que se contará desde la fecha de emisión de la Resolución del Portal que comunica la adjudicación o del Acuerdo de Concejo si el monto del contrato supera las 500 UTM. La suscripción del contrato se realizará en cinco transcripciones de este, las que deberán ser firmadas ante notario, por el contratista de la obra en señal de aceptación de su contenido, debiendo protocolizarse ante el mismo notario uno de los ejemplares.

6.2.- Las transcripciones suscritas en la forma señalada en el inciso primero, harán fe respecto de toda persona y tendrán mérito ejecutivo sin necesidad de reconocimiento previo.
6.3.- Todos los gastos notariales e impuestos correspondientes al contrato serán de cargo del contratista.
6.4.- Aun cuando no se exprese, para todos los efectos legales y reglamentarios, el contratista constituye domicilio civil en la comuna de Chonchi. 
6.5.- Si el contratista favorecido, una vez notificado del decreto que le adjudicó el contrato, no suscribiere ni protocolizare las transcripciones a que se refiere el artículo 6.1 de las Bases Técnicas, dentro del plazo que éste señala, se le podrá poner término administrativamente, mediante la dictación de un decreto que deje sin efecto la adjudicación. Como consecuencia el contratista perderá a favor de la Municipalidad de Chonchi, la garantía de seriedad que hubiere entregado junto a su propuesta.
En la eventualidad de que al oferente se le deje sin efecto la adjudicación por el no cumplimiento de lo establecido en las Bases Administrativas y/o Técnicas, el municipio podrá adjudicar la licitación al oferente que haya obtenido el segundo lugar inclusive el tercer mayor puntaje si fuese necesario y por orden de prelación.
6.6.- El contratista cuyo contrato se acepta deberá presentar como garantía de fiel cumplimiento del contrato, al momento de la firma del contrato, una boleta bancaria por el fiel cumplimiento del contrato de acuerdo a lo establecido en el artículo Nº 8 de las Bases Administrativas y el Art. Nº 10.2 de las Bases Técnicas.
6.7 La Comisión de Evaluación de las Ofertas estudiará todas las ofertas y levantará un informe de adjudicación indicando al Sr. Alcalde las ofertas más convenientes para la Municipalidad. La Comisión a cargo de la evaluación de las ofertas será nombrada mediante decreto Exento y sus facultades serán las siguientes: Conocer los antecedentes de la propuesta, analizarlos, solicitar antecedentes complementarios, elaborar informe de evaluación y proposición de adjudicación.
La comisión tendrá un plazo de 10 días hábiles contados desde la apertura de propuesta para realizar su proposición de adjudicación y remitírsela al sr Alcalde para que realice la Adjudicación.
6.8 La evaluación de las ofertas la realizará la comisión designada para ello y se adjudicará a la mejor propuesta de acuerdo a la ponderación establecida en Bases Técnicas de las ofertas que cumplan con las condiciones exigidas en las Bases, términos de referencia, aclaraciones, especificaciones y en todos los antecedentes que regulan el llamado a licitación pública.
6.9 Previa autorización e indicación del Sr. Alcalde, se efectuará la adjudicación de la Propuesta, mediante Decreto alcaldicio que adjudica la Licitación pública, al oferente que obtuviese la mayor ponderación de acuerdo a los criterios de evaluación mencionados en las Bases Administrativas y Técnicas.
6.10 La Municipalidad se reserva  el derecho a rechazar todas las ofertas recibidas, por encontrarse fuera de Bases o exceder el financiamiento máximo disponible, sin que ello le signifique responsabilidad de ninguna especie ni indemnización alguna para el contratista. La Municipalidad también podrá adjudicar no necesariamente a la oferta económica más baja, si así conviniere a los intereses fiscales.
6.11 Dentro del mismo plazo se notificará a los  participantes cuyas ofertas han sido desestimadas, a fin de que procedan a retirar personalmente la respectiva Boleta de Garantía o Vale Vista Bancario.



7.- PLAZOS DE LA OBRA

7.1.- Plazo de la Obra: 120 Días corridos y comenzará a regir desde la fecha del Acta de Entrega de Terreno 

7.2.- Los plazos del “Programa de Trabajo” serán obligatorios para el proponente y su incumplimiento injustificado sobre el 20% de atraso, podrá ser causal para poner término anticipado del contrato. Sólo la Municipalidad por excepción podrá disponer la alteración de dicho programa, si se trata de aumento de plazo.

7.3.- El plazo para efectuar consultas se indica en el calendario de licitación (ver publicación electrónica de la propuesta). Las consultas deberán efectuarse a través del Foro del Portal  Mercado Público. 

7.4.- El plazo para responder las consultas realizadas se indica en el calendario de licitación (ver publicación electrónica de la propuesta). Las aclaraciones se harán a través del Portal.


8.- PRESENTACIÓN DE LA OFERTA 

8.1.- Antes de la fecha y hora de cierre de la licitación, los Proponentes deberán ingresar sus ofertas al Portal  www.mercadopublico.cl, en formato digital. Serán rechazadas las ofertas: 

1. Cuyos antecedentes no cumplan con la vigencia exigida en las presentes Bases (emisión de documentos y legalizaciones pertinentes). 

2. Que no cumplan otros requisitos administrativos, técnicos y económicos, mencionados en las presentes Bases Administrativas, Técnicas, Especificaciones Técnicas y aclaraciones. El proponente debe procurar la presentación de una oferta clara y ordenada. El orden de las ofertas estará determinado por lo siguiente: 

a) Archivos digitales consolidados: Cada documento o antecedente requerido en las presentes Bases, independiente del número de páginas que lo constituyen, debe estar en un solo archivo digital. 
b) Subir archivos en el Anexo que corresponde: Los antecedentes que se solicitan en las presentes Bases son de carácter administrativo, técnico o económico, por tanto, el Proponente debe subir cada archivo digital al Anexo que corresponde. 

c) Nombre de los archivos digitales: El nombre que se asigne a cada archivo, debe guardar relación con el contenido del mismo y estar antecedido por la letra que le corresponda, en atención al orden que fijan las Bases Administrativas. Ejemplo: h) Certificado de Quiebras 
d) Información: Los Proponentes deben ingresar todo antecedente adicional a los requeridos, que permitan tener una mejor evaluación de la oferta presentada. 
e) El formato digital de los antecedentes deben ser de uso común (por ejemplo: formato JPG, PDF). Al oferente que resulte adjudicado se solicitará dos copias (Original y Copia) de todos los antecedentes que ingresó al Portal  Mercado Público. Estos deberán presentarse en archivador, con separadores, identificados como Original, Copia, con todos los documentos con firma y timbre al pie de página.

3. Cuyos antecedentes sean incorporados en Anexos distintos a los establecidos en las Bases Administrativas.

8.2. Anexos Administrativos: Contendrá lo señalado en el Art Nº 4 de las Bases Administrativas

8.3. Anexos Técnicos: Contendrá lo señalado en el Art Nº 4 de las Bases Administrativas

8.4. Anexos Económicos: Contendrá lo señalado en el Art Nº 4 de las Bases Administrativas

8.5. En caso de desacuerdo entre los planos y Especificaciones Técnicas el proponente deberá atenerse a las especificaciones y a su verificación en el terreno y consultar en su oferta todas las partidas para dar cabal término a la obra.

8.6. El oferente deberá considerar un porcentaje de mano de obra local, la que será verificada mensualmente y ante cada presentación de estado de pago por el ITO de la obra, este porcentaje se ha estimado en al menos un 20%, siempre que exista disposición de ello, coordinando esto con la OMIL del municipio.


9.- APERTURA Y EVALUACIÓN DE LA PROPUESTA 

9.1 La Comisión de Apertura y Evaluación de las Ofertas estará integrada por el Director de la secretaría comunal de planificación, el Director de Obras, y Secretario Municipal quien actúa además como ministro de Fe, o quien los subroguen en sus respectivos cargos.

9.2 La Comisión de Apertura se reunirá en acto público con los proponentes en la fecha, lugar y hora señaladas en la Publicación Electrónica de la propuesta. Se levantará y suscribirá un Acta de Apertura de Propuestas en que como mínimo se individualizarán los proponentes, se consignarán los montos de sus ofertas, plazo de ejecución de obras ofertado, y se dejará constancia del cumplimiento que ellos hayan dado a las exigencias de presentación estipuladas en las Bases respectivas. Se incluirán además las observaciones hechas por los proponentes, así como los comentarios y alcances que se estime de interés. El acta aludida deberá ser firmada por todos los proponentes que participen en la apertura de propuestas y por todos los integrantes de la Comisión de Apertura. La Comisión de Apertura se reservará el derecho de admitir aquellas ofertas que presenten defectos de forma, omisiones o errores de menor importancia, siempre que éstos no alteren el tratamiento igualitario de los proponentes ni la correcta evaluación de las propuestas, siempre y cuando no contravengan el Art. Nº 8.1 de las Bases Técnicas.

9.3 La comisión procederá a realizar la apertura electrónica de las ofertas, donde se procederá en primer lugar a la revisión de los “Anexos Administrativos” en donde se verificará que cumple con lo solicitado en las Bases Administrativas, si el oferente no cumpliese esto, quedará fuera de Bases y no se continuará con la apertura de su propuesta técnica y económica. Posteriormente se continuara con los “Anexos Técnicos” consignando en el acta de apertura los nombres, números de registro y categorías de los oferentes de contar con aquello. Los oferentes que no cumplan con las exigencias establecidas en las Bases Administrativas y Técnicas de la Propuesta y demás antecedentes de licitación, quedarán eliminados de ésta, y no se continuara con la revisión de su propuesta. El resto de los documentos anexos quedará en poder de la unidad técnica. En el mismo acto se verificara que la boleta de garantía en original sea concordante con la copia ingresada en el Portal. 

9.4 Una vez revisados los “Anexos Administrativos” y “Anexos Técnicos”, se procederá a la apertura de los sobres “Anexos Económicos”, leyendo en cada caso el nombre del proponente, el plazo de ejecución de la obra, el precio de la oferta tanto del Documento Presupuesto Detallado (Anexo Nº 4) como del Documento Oferta Económica (Anexo Nº 3), los que deberán ser absolutamente coincidentes, y cualquier otro dato que la unidad técnica estime de interés. Si algún proponente queda eliminado en esta etapa de la licitación, su propuesta será leída, quedará en acta y se le devolverá la boleta de garantía de seriedad de la oferta. El resto de los documentos que haya presentado el proponente, quedarán en poder de la unidad técnica. 

9.5. Los proponentes individualizados en el acta de apertura que hayan formulado observaciones o reclamos durante el proceso de apertura, deberán fundamentar sus reclamos por escrito ante la unidad técnica respectiva en el foro del Portal  Mercado Público habilitado para este proceso. La unidad técnica podrá solicitar mediante foro inverso, con posterioridad al acto de apertura, las aclaraciones o informaciones que considere oportunas, que no alteren o modifiquen los antecedentes de licitación, el principio de igualdad entre los proponentes y que no signifique alteración de la oferta. Las respuestas serán presentadas en el foro de la propuesta pública y se limitarán a los puntos solicitados. 

9.6. Concluido el proceso de apertura de la propuesta, la Comisión de Apertura y Evaluación verificará que cada oferta cumpla con los requisitos especificados en los antecedentes de licitación, así como con las normas, reglamentos y ordenanzas vigentes que correspondan. Cualquier incumplimiento al respecto por parte del oferente implicará el rechazo inmediato de la respectiva oferta. 
9.7. Si la oferta es inferior en más de un 15% respecto del presupuesto oficial, esta podrá ser adjudicada siempre y cuando se caucione con una boleta de garantía adicional, la diferencia que resulte entre el valor del presupuesto oficial rebajado en un 15%, y el valor de dicha propuesta. Esta boleta o vale vista bancario extraordinario, será emitido a nombre de La Ilustre Municipalidad de Chonchi y deberá entregarse al  momento de la firma del contrato de forma adicional a las garantías establecidas en el Art. Nº 8 de las Bases Administrativas. En caso de que el oferente no aceptase estas condiciones, el proponente no será adjudicado, se hará efectiva la garantía por seriedad de la oferta y se procederá a readjudicar la licitación al oferente que obtuviese el 2º lugar, inclusive al 3º si fuese necesario.

9.8. La Comisión de Apertura y Evaluación de las Ofertas estudiará todas las ofertas y levantará un informe de adjudicación, que remitirá al Sr. Alcalde con las ofertas más convenientes para la Municipalidad.

9.9. Los Criterios de Evaluación serán los establecidos en el Art Nº 6 de las Bases Administrativas, consignando que:

Precio (A) 40% El puntaje máximo, lo obtendrá el oferente cuya oferta sea la de menor precio. El puntaje de las restantes se calculara de acuerdo a la formula indicada.  
Experiencia de los Oferentes (B) 25% Adjuntar Contratos o Certificados extendidos por los mandantes donde indique los m2 construidos de edificación, en dichos documentos deberán indicar el nombre del proyecto, monto, y la individualización del oferente para que sea considerado válido.

La experiencia será medida según los m2 construidos. 
Plazo De Entrega (C) 15% El puntaje máximo, lo obtendrá el oferente cuya oferta de plazo sea la menor. El puntaje de las ofertas restantes se calcularán de acuerdo a la formula indicada.  
Registros Vigentes (D) 20% El puntaje máximo lo obtendrá el oferente que cuente con los registros señalados en el Art. Nº 2 de las Bases Técnicas. El puntaje de quienes no cuenten con dichos registros será 0 pts.

El puntaje final será= A*40%+B*25%+C*15%+D*20% 

 10.- GARANTÍAS

10.1.- En Garantía de la seriedad de la oferta el proponente acompañará una Boleta de Garantía Bancaria o un vale vista como se indica en el Art. Nº 8 de las Bases Administrativas, por un monto de $500.000. (Quinientos Mil pesos), Documento de caución que debe ser extendido a nombre de la I. Municipalidad de Chonchi y debe tener una vigencia mínima de 60 días corridos a contar de la fecha de apertura y debe ser pagadera a la vista y en efectivo. 
Este documento, además de su presentación electrónica, debe presentarse de forma física en la Oficina de Partes de la Ilustre Municipalidad de Chonchi, ubicada en Pedro Montt Nº 254, antes de la fecha y hora de cierre de la licitación en el Portal  Mercado Público. Dicha garantía deber ingresada en un sobre cerrado, con la siguiente carátula:

 - Nombre del Proyecto

- ID Licitación

- Nombre de la Empresa Participante 

- Nombre y Firma del Representante Legal

10.2.- El Contratista a quien se le haya adjudicado la propuesta, deberá garantizar la ejecución completa y oportuna de la obra con una Boleta Garantía Bancaria o vale a la vista por Fiel Cumplimiento del Contrato, que tendrá vigencia desde la fecha de firma del Contrato hasta 60 días después de la fecha estimada para la Recepción Provisoria sin observaciones de las Obras. Esta Garantía será extendida a favor de la Ilustre Municipalidad de Chonchi, por un monto equivalente al 5% del monto total del contrato. Esta garantía deberá ser entregada a la Municipalidad a más tardar al momento de suscribirse el respectivo Contrato. El contratista deberá mantener vigente la Garantía durante todo el contrato, y en caso de ampliación de plazo o de aumento de obra deberá presentar una nueva garantía con el nuevo aumento de plazo o monto según corresponda. 

10.3 Firmada el acta de Recepción Provisoria sin Observaciones, la Municipalidad procederá a devolver la garantía de fiel cumplimiento, una vez que el Contratista entregue una nueva garantía por la Correcta Ejecución de las Obras, que caucionará la estabilidad y calidad de los trabajos hasta el momento de la Recepción Final. Esta Garantía será extendida a favor de la Ilustre Municipalidad de Chonchi, por un monto equivalente al 3% del monto total del contrato y con una vigencia de 365 días corridos más 30 días adicionales, posterior a la fecha del Acta de Recepción Provisoria sin observaciones.

Todo  lo anterior sin perjuicio de lo indicado en el Art 2003 del código civil.

10.4 Todos los documentos de caución deben ser emitidos a nombre de la Ilustre Municipalidad de Chonchi, RUT 69.230.500-0, dirección Pedro Montt N 254, Chonchi y según lo indicado en el Art. Nº 8 de las Bases Administrativas


11. ENTREGA DE TERRENO Y TRAZADO DE LA OBRA

Una vez tramitado el decreto que adjudica y aprueba el contrato, suscrito y firmado por ambas partes ante notario y entregadas las garantías correspondientes, la Municipalidad le comunicará por escrito al oferente adjudicado, el día en que deberá tener lugar la entrega del terreno y del trazado de la obra. Para estos efectos se entiende como trazado de la obra, a toda la información necesaria y suficiente para definir y replantear en terreno la localización de todas sus partes. Con todo, la entrega deberá hacerse dentro de los 10 días siguientes a la fecha en que el contratista o su representante legal suscriban el contrato. Si el contratista o su representante legal no concurrieren el día fijado para la entrega, se podrá poner término anticipado administrativamente al contrato. Se dejará constancia de la entrega del terreno y trazado, en un acta que será firmada por el contratista y el inspector de la obra. 

11.1. La Información que debe contener el acta de entrega de terreno, es la siguiente:

- Identificación de las obras.

- Nombre del contratista.

- Fecha de inicio de las obras.

- Plazo de ejecución.

- Fecha de vencimiento del plazo.

- Nombre del profesional a cargo de las obras, por parte del contratista.

- Nombre del inspector técnico (ITO) que designa la unidad técnica y del Asesor Técnico-Profesional en caso de existir.

12.- FORMA DE PAGO Y RECEPCIÓN DE LAS OBRAS

12.1.- No se contempla anticipo. 

12.2.- Los Estados de pago serán considerados como abonos parciales efectuados durante el curso de los trabajos en conformidad a las Bases y tendrán el carácter de un pago provisorio concedido al Contratista a cuenta del precio de la obra encomendada. Los pagos por avance de obra se harán al contratista conforme a estados de pago calculados de acuerdo al porcentaje de avance físico de la obra y a los precios del presupuesto detallado presentado por el contratista e incluido en el contrato. Estos deberán considerar solamente las obras ejecutadas. No se podrán presentar estados de pago por materiales depositados al pie de la obra o por fabricación de elementos prefabricados. El estado de pago deberá tener el visto bueno del ITO. El contratista deberá indicar en cada estado de pago el avance de la obra, entregando un detalle desglosado por partida que muestre separadamente el costo directo, los gastos generales, las utilidades y el IVA. Los antecedentes necesarios para cursar los Estados de Pago son los siguientes, sin perjuicio que se soliciten otros antecedentes complementarios: 


- Certificado vigente de la Inspección Provincial del Trabajo correspondiente, que acredite que no tiene pagos pendientes por tratos o salarios insolutos, ni deudas previsionales. Además, se exigirá el certificado de la Inspección Provincial del Trabajo de todos los Subcontratistas que participen en la obra (Eléctricos, Sanitarios, Aluminios, Enfierrador, etc.). Además se deberá adjuntar en cada estado de pago copia de las cotizaciones provisionales canceladas correspondiente al mes anterior al estado de pago en curso. 

- Carátula del estado de pago con detalle anexo, visada por el I.T.O. 

- Indicación en el estado de pago, el avance de la obra, entregando un detalle desglosado por partida, que muestre separadamente el costo directo, los gastos generales, las utilidades y el IVA. 

- Certificados de ensayos de laboratorios cuando corresponda o cuando el ITO lo estime conveniente. 

- Las facturas deberán emitirse a nombre de la Ilustre Municipalidad de Chonchi, RUT. 69.230.500-0, dirección Pedro Montt Nº 254 y se deberá adjuntar la cuarta copia ejecutiva cedible.

En ningún caso se emitirá estados de pagos provisorios como aceptación por parte de la Municipalidad de la cantidad y calidad de obras ejecutadas por el Contratista y a la cual corresponde dicho abono. Con todo, las obras incorporadas al inmueble y los materiales incluidos en los Estados de Pago son, para cualquier efecto, propiedad de la Municipalidad. En todo caso, el último Estado de Pago tendrá un valor de a lo menos el 10% del monto del contrato. Los Estados de Pagos deberán llevar el Vº Bº del I.T.O.; el I.T.O. tendrá el plazo máximo de 5 días hábiles para su aprobación o rechazo. Se entenderá como fecha de formulación del cobro la fecha en que el ITO entregó su VºBº al Estado de Pago. 

12.3.- Una vez terminadas las obras el Contratista lo comunicará por escrito al I.T.O., la solicitud de Recepción Provisoria de la obra. Una vez que la Municipalidad, a través del ITO, haya verificado y confirmado el término de las obras y el fiel cumplimiento de los planos y especificaciones Técnicas establecidas en el Contrato y se emita un informe favorable, indicando que las obras se encuentran terminadas, se nombrará mediante Decreto Exento una comisión de recepción y se levantará un Acta de Recepción Provisoria y en dicho decreto se deberá citar en el  apartado “Considerando” el informe Favorable del Inspector Técnico que da inicio al proceso de recepción. Será obligación del Contratista entregar una carpeta de planos con todas las modificaciones que se hubiesen efectuado en el curso de los trabajos, debidamente aprobados por el o los organismos competentes y el ITO, como asimismo, el Libro de Obras. El contratista deberá entregar un manual de operación de las instalaciones. Si la Comisión de Recepción detecta observaciones se levantará un Acta de Recepción Provisoria con observaciones y se otorgará un plazo no superior al 20% del plazo total de la obra para subsanar estar observaciones. Si el contratista no subsana las observaciones en el plazo asignado se le aplicarán las multas correspondientes según el Art. Nº 15 de las Bases Técnicas.

12.4.- Después de transcurridos 365 días corridos desde la recepción provisoria sin observaciones, el Contratista pedirá a la Municipalidad, por escrito, la Recepción Definitiva de la Obra. La Municipalidad mediante Decreto Exento nombrará nuevamente una Comisión de Recepción, la cual inspeccionará la obra y en caso de no encontrar reparos levantará un Acta, dejando constancia que recibe definitivamente la obra. Esta Acta deberá ser suscrita por los miembros de la Comisión de  Recepción y el Contratista. Si la Municipalidad y/o Comisión tuviese reparos u observaciones imputables a defectos de construcción respecto de la obra o mala calidad de los materiales empleados, deberá dejar constancia de ello en el Acta y el Contratista deberá subsanar esos repararos u observaciones, a su costo, dentro del plazo que fije la Comisión a contar de la fecha del Acta de Recepción Definitiva con observaciones, todo lo anterior sin perjuicio de la responsabilidad ante la Ley, por vicios ocultos de construcción que resulten y se detecten con posterioridad a la fecha de Recepción Definitiva. Una vez efectuada la Recepción definitiva y sancionada por el respectivo Decreto Alcaldicio, se procederá a solicitar la devolución de las garantías de Correcta Ejecución del Contrato y se verificará la cancelación de los consumos básicos empleados en la obra si los hubiera. Los gastos de instalaciones de faenas deberán quedar cancelados antes de recepcionar la obra (agua potable, luz, alcantarillado, etc.) si corresponde.

12.5 Aumentos De Obra y Obra Extraordinaria: El tipo de contrato será a suma alzada y sin reajustes, esto implica que las cantidades de obras se entienden inamovibles, por lo tanto cualquier solicitud de aumento deberá ser justificada. Lo mismo ocurre para el caso de obras extraordinarias. En este caso dichos aumento deberán ser consultados y autorizados por el mandante. 


13.- RETENCIONES

No se considera. 


14.- DE LA AMPLIACIÓN DE PLAZO.

En caso que el Contratista invoque como causal de ampliación de plazo, aumento de obras ordenadas por la Municipalidad, problemas de fuerza mayor o casos fortuitos, éstas deberán ser calificadas por el ITO, quien resolverá sobre su aprobación o rechazo. El ITO deberá presentar Modificación de contrato, decreto que aprueba modificación, garantía actualizada de fiel cumplimiento del contrato. El Contratista deberá solicitar la ampliación de plazo, por escrito, dentro de los diez días corridos siguientes al día de ocurrido el hecho. El plazo se entenderá ampliado solamente cuando la Municipalidad modifique el contrato original, lo apruebe por decreto exento y el contratista actualice los documentos de caución presentados.

15.- MULTAS

15.1.- Si las obras se entregaran con posterioridad al plazo contractual se aplicará a la empresa, una multa, del dos por mil, del monto total por cada día de atraso, hasta un periodo máximo de 30 días.

Si transcurrido este plazo la Empresa no hiciera entrega de la obra, se hará efectivo el documento en garantía por el fiel cumplimiento del contrato, además de lo estipulado en el punto 16 de las Bases Técnicas. Se deja expresamente establecido que el atraso de una obra será la diferencia expresada en días corridos que exista entre el término del plazo establecido en el contrato, más las ampliaciones de plazo concedidas, si las hubiese, y la fecha en que verificada la conclusión de la obra, se da curso por la Unidad Técnica a la recepción provisoria de la misma.

15.2 La no instalación del letrero indicativo de la obras como lo establecen las presentes Bases dentro de los cinco primeros días que la inspección entregue las dimensiones y el formato de este, la I.T.O. podrá sancionar con una multa diaria de 3 Unidades Tributarias Mensuales, las que serán canceladas en la Tesorería Municipal en la cuenta “Multas a Empresas Contratistas” y posterior a esto el comprobante de ingreso será entregado al ITO.

15.3 El incumplimiento por parte de la empresa de cualquiera de las obligaciones que le imponen las Bases de la propuesta de licitación y las suscritas por el contrato dará derecho a la Municipalidad a poner Término anticipado al mismo, según Art. Nº 16 y 17 de las Bases Técnicas.

15.4 La Empresa será responsable de la calidad de los materiales, de los errores de diseño cuando corresponda, de los vicios de construcción de las obras contratadas y de los perjuicios que con ellas ocasionaren a terceros, todo ello de conformidad a lo dispuesto en los Art. Nº 18 y Nº 19 del DFL Nº 458 Ley General de Urbanismo y Construcciones y su respectiva ordenanza, y sin perjuicio de lo establecido en el Art. 2003 del Código Civil.

15.5 Se cursará una multa al Contratista si en el transcurso de la ejecución de las obras el ITO comprueba que los trabajadores no utilizan los implementos de seguridad exigidos en la Ley para este tipo de obras, que ascenderá a 3 UTM diarias por día comprobado de incumplimiento, todo lo cual quedará consignado de forma escrita en el libro de obras y en el expediente del proyecto, las que serán canceladas en la Tesorería Municipal en la cuenta “Multas a Empresas Contratistas” y posterior a esto el comprobante de ingreso será entregado al ITO.

16.- TERMINO ANTICIPADO DEL CONTRATO

16.1 La Municipalidad podrá poner término administrativamente y en forma anticipada al contrato en los siguientes casos: 

  1. Si el contratista o alguno de los socios de la empresa contratista fuera condenado por delito que merezca pena aflictiva, o tratándose de una sociedad anónima, lo fuese alguno de los directores o el gerente;
  2. Si el contratista fuere declarado en quiebra, o le fueren protestados documentos comerciales, que se mantuvieren impagos durante más de 60 días o no fueren debidamente aclarados dentro de dicho plazo; 
  3. Si el contratista no concurriere, dentro del plazo establecido en el artículo 11 de las Bases Técnicas, a la entrega del terreno y trazado de la obra;
  4. Si el contratista no diere cumplimiento al programa oficial o al programa de trabajo, según corresponda, no iniciare oportunamente la obra o incurriere en paralizaciones superiores a los plazos ofertados;
  5. Si el contratista no suscribiere o protocolizare el contrato según lo indicado en el artículo Nº 6 de las Bases Técnicas, o no entregase la garantía de fiel cumplimiento del contrato; 
  6. Si el contratista no acatare las órdenes e instrucciones que le dé el ITO.
  7. Si por error en la ejecución de los trabajos la obra quedara con defectos graves que no pudieran ser reparados y ellos comprometieran su seguridad u obligaran a modificaciones sustanciales del proyecto;
  8. Cuando la Municipalidad de común acuerdo con el contratista, resuelve liquidar anticipadamente el contrato;
  9. Si el contratista empleare subcontratistas en la ejecución de las obras sin haber obtenido la autorización correspondiente, y
  10. Si el contratista se hubiere adjudicado el contrato estando en situación de incumplimiento con los requisitos establecidos en el Art. Nº 2 de las Bases Técnicas para mantener vigente su clasificación en el Registro de Contratistas. 
  11. En caso de fallecimiento del contratista se procederá al término anticipado del contrato, si ella arroja un saldo a favor del contratista, ésta le será entregada a sus herederos conjuntamente con  las garantías y retenciones, una vez suscrito el finiquito correspondiente, siempre y cuando se haya dado cumplimiento a las obligaciones del contrato. En todos estos casos de término anticipado del contrato se procederá a valorizar las partidas ejecutadas de acuerdo a los precios del mismo, dándose  valor "cero" a toda la obra que deba ser rehecha.

En todos los casos la Unidad Ejecutora  tendrá derecho  a la propiedad de las obras y materiales que el contratista tuviere en faena.

16.2 Ante el eventual término anticipado del contrato por cualquiera de las causales señaladas en estas Bases, salvo la establecida en la letra h) del presenten artículo, se harán efectivas las garantías y retenciones del contrato, las que servirán para responder del mayor precio que pueda costar la obra hecha por administración o por un nuevo contrato, como asimismo, para el pago de las multas que afecten al municipio.


17.- LIQUIDACIÓN FINAL DEL CONTRATO

17.1.- La liquidación del contrato se materializará conforme a la resolución adoptada por el Sr. Alcalde, y su aprobación se efectuará sin perjuicio de que el contratista puede hacer valer por su parte, los recursos que le conceden las leyes ante la justicia ordinaria.

Cuando la liquidación del contrato se realice de común acuerdo o por término anticipado del contrato, el contratista no podrá hacer valer ningún recurso posterior. 

La liquidación deberá establecer claramente los saldos  pendientes que resulten a favor o en contra del contratista.

Se tienen por incorporadas y  en carácter de supletorias las disposiciones de la Ley Nº 18.695 Orgánica Constitucional de Municipalidades y sus modificaciones posteriores, en todo lo que no  esté expresamente contemplado en los respectivos contratos.

17.2 En caso de proceder con la Liquidación del Contrato se deberá determinar si  esta es realizada con Cargos o sin Cargos, según lo siguiente:

a)      Liquidación Final Sin Cargo

-          Formulación del Acta de Liquidación Final

-          Detalle de los Estados de pago

-          Resumen de los anticipos y retenciones, de existir.

-          Liquidación y/o devolución de las garantías

-          Suscripción de la liquidación Final.

-          Decreto Exento que aprueba la Liquidación Final Sin Cargo

b)      Liquidación Final Con Cargo


-          Informe de Término con cargo emitido por el ITO

-          Formulación del Acta de Liquidación Final

-          Detalle de los Estados de pago

-          Resumen de los anticipos y retenciones, de existir.

-          Suscripción de la liquidación Final.

-          Liquidación de multas.

-          Liquidación y/o devolución de las garantías

-          Decreto Exento que aprueba la Liquidación Final con cargo.

Con todo lo anterior, cualquier Término anticipado del contrato debe ser consultado y autorizado por el mandante de la obra.

 

18. PARALIZACIÓN DE OBRAS

Cualquier paralización menor o igual a 5 días, deberá ser autorizado por el I.T.O. En caso que la paralización sea mayor deberá ser autorizado por el Mandante, previo informe del I.T.O., de no darse cumplimiento a esta obligación se podrá realizar el Término Anticipado del Contrato según el Art. Nº 16 de las Bases Técnicas


19.  LETREROS IDENTIFICATORIO DE OBRAS

El letrero de obras será proporcionado por la Inspección Técnica, según la fuente de financiamiento de la obra.

 20.- VISITA A TERRENO 

Se realizará una visita en terreno, la cual no será de carácter obligatoria, y la fecha y hora será indicada en el Art. Nº 3 de las Bases Administrativas. 

21.- DOCUMENTOS GRÁFICOS.

22.1 El contratista, en cada estado de pago, deberá acompañar un set Gráfico de al menos 6 fotografías del estado de avance semanal de la obra, las cuales deberán consignar la fecha y hora estampadas en alguno de sus bordes, por la misma cámara fotográfica. Dicho registro se realizará a las partidas más importantes de la obra, las cuales serán informadas por el ITO y deberán ser entregadas de forma impresa a todo color y en CD adjunto a cada estado de pago cursado.

El incumplimiento de este requisito dará lugar a la aplicación de una multa, según los montos y procedimientos consignados en el Art. Nº 15.2 de las Bases Técnicas.


22.- OTROS DEBERES DEL CONTRATISTA.

22.1. El contratista deberá tener a la vista en la obra, los cuadros de cubicaciones, el programa general de trabajos, el plan de avance de las obras, las especificaciones Técnicas y los planos de detalle. Además, deberá tener a la vista cualquier otro cuadro que el I.T.O le solicite.

22.2 El Contratista deberá considerar medidas de seguridad para la ejecución de la obra, como ser la Señalización adecuada de prevención, entre otras que le solicite el ITO 

22.3 El contratista deberá designar un profesional, para dirigir personalmente los trabajos y atenderlos en forma que el avance de la obra esté de acuerdo con el programa de trabajo aprobado y de modo que las actividades se ejecuten cumpliendo en todo, con lo establecido en los documentos contractuales. Este profesional será de dedicación exclusiva en relación con las actividades propias del contrato, debiendo permanecer en obra durante todos los días hábiles de trabajo. Sólo podrá ausentarse por causa justificada, previa autorización del inspector. Si se ausenta por períodos que puedan afectar el avance de la obra, deberá dejar un profesional reemplazante autorizado por el inspector. La Municipalidad podrá, por causas que a su juicio lo justifiquen, ordenar al contratista el término de las funciones del reemplazante.

22.4 El contratista deberá dar cumplimiento a lo determinado en las Bases de licitación del contrato, respecto a la calidad y número de profesionales que debe mantener en terreno durante la ejecución de la obra. 

22.5 El contratista debe cumplir con todas las disposiciones legales vigentes en materias laborales y de protección a los trabajadores, contenidas en el Código del Trabajo y otros cuerpos legales que regulan las relaciones con los trabajadores.

22.6 El contratista debe mantener los dispositivos de seguridad en equipos y maquinarias que se empleen en las obras, y suministrar a sus trabajadores los elementos de protección personal necesarios, que cuenten con certificaciones de calidad emitidos por organismos competentes, no pudiendo en caso alguno cobrarles su valor. El contratista deberá asimismo tomar todas las medidas necesarias para mantener en sus instalaciones y en la obra, la higiene y seguridad en el trabajo, en conformidad a las normas legales que regulan estas materias. 

22.7 El período para el pago de las remuneraciones será semanal, quincenal o mensual, según se establezca en los contratos celebrados entre el contratista y sus trabajadores. Las remuneraciones deberán pagarse en dinero efectivo o de acuerdo a otro sistema que el trabajador convenga con el empleador y no podrán ser inferiores a las legales vigentes en la zona correspondiente. El contratista queda obligado a pagar a sus trabajadores por cada día de lluvia no trabajado una suma equivalente a la estipulada en la legislación vigente. 

22.8 El contratista deberá mantener a su costa la circulación por las vías públicas que haya necesidad de desviar o modificar a causa de los trabajos, tomando todas las precauciones para proteger las obras en ejecución y la seguridad del tránsito. Asimismo tendrá que mantener el libre escurrimiento de las aguas, construyendo a su costo las obras que sean necesarias para ello, y responderá por las indemnizaciones que tengan su origen en la ocupación temporal de terrenos, corte de árboles u otros. Todas aquellas actividades necesarias para el desarrollo del proyecto, serán de responsabilidad y costo exclusivo del Contratista. 

22.9 Todo daño de cualquier naturaleza que con motivo de la ejecución de la obra se cause a terceros, será de exclusiva responsabilidad del contratista. Dentro del mismo contexto, todo daño de cualquier naturaleza, incluyendo fuerza mayor o caso fortuito, sufran las obras durante el período de construcción, será de exclusiva responsabilidad del contratista y deberá ser reparado a su costa y cargo, teniendo presente la facultad de éste de tomar los seguros que estime pertinentes. Cualquier costo eventualmente no cubierto por el seguro, incluyendo deducibles, será igualmente de cargo del contratista. 

22.10 El contratista deberá dar cumplimiento a las disposiciones contenidas en la legislación y reglamentación ambiental vigente y a las normas que regulan los efectos sobre el medio ambiente. 

22.11 El contratista deberá dar cumplimiento a las disposiciones contenidas en la legislación vigente referente al enfoque de género.

22.12 El contratista deberá dar cumplimiento a las disposiciones contenidas en la legislación y reglamentación vigente respecto de los discapacitados. 

22.13 El Contratista deberá informar y obtener la autorización respectiva del ITO para generar subcontratos, los cuales serán de su exclusiva responsabilidad sin que ello genere una vinculación de los subcontratados con el municipio.


23.- SITUACIONES NO CONTEMPLADAS. 

Todas las situaciones no consideradas en las Bases Administrativas Generales y Bases Especiales, se aplicará el procedimiento establecido por el Reglamento de contrato de obras públicas del MOP.

 24.- OTROS DOCUMENTOS

Se consideran parte integrante de la presente licitación los documentos cargados como anexos en el Portal, los cuales deben ser presentados según los formatos propuestos en los archivos indicados. Siendo estos los siguientes:

a)      Anexo Nº 1: Formato de Identificación del Oferente.

b)      Anexo Nº 2: Declaración Jurada.

c)      Anexo Nº 3: Formato de Oferta Económica.

d)      Anexo Nº 4: Presupuesto Detallado.

Resolución de Empates
En caso de presentarse un empate entre 2 o más ofertas, ello se resolverá adjudicando al oferente que hubiese obtenido el mayor puntaje en el criterio “PRECIO”. Si aplicando la fórmula anterior aún persiste el empate entre oferentes, dicha situación se resolverá adjudicando al oferente que hubiese obtenido el mayor puntaje en el sub-criterio “EXPERIENCIA DE LOS OFERENTES”. De persistir el empate, se adjudicará al oferente que hubiese obtenido el mayor puntaje en el sub-criterio "REGISTROS VIGENTES” y, finalmente, de continuar aun así empatados los oferentes, se adjudicará al oferente que hubiese obtenido el mayor puntaje en el sub-criterio “PLAZO”.
Mecanismo para solución de consultas respecto a la adjudicación
FORO INVERSO.
Acreditación de cumplimiento de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social
COTIZACIONES PROVISIONALES.
Presentación de antecedentes omitidos por los oferentes
FORO INVERSO.
Pacto de integridad
El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones que contenidas el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:1.- El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.2.- El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influír o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas.3.- El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma.4.- El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio.5.- El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase.6.- El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.7.- El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.8.- El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluídos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.
10. Demandas ante el Tribunal de Contratación Pública
No cuenta con demandas ante el Tribunal de Contratación Pública.