Licitación ID: 1660-77-LE26
CONVENIO DE BRAZALETES DE SERVICIO FARMACIA.
Responsable de esta licitación: SERVICIO SALUD COQUIMBO HOSP DE SALAMANC
Fecha de Cierre: 30-04-2026 12:13:00
Reclamos recibidos por incumplir plazo de pago: 30
Este número indica los reclamos recibidos por esta institución desde los últimos 12 meses hasta el día de ayer. Recuerde interpretar esta información considerando la cantidad de licitaciones y órdenes de compra que esta institución genera en el Mercado Público.
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Productos o servicios
1
Brazaletes o etiquetas de identificación de autopsia 28000 Unidad
Cod: 42261609
CONVENIO DE BRAZALETES ZEBRA Z-BAND PARA MAQUINA ZEBRA HC 100 ADULTO, SE ADJUNTAN BASES ADMINISTRATIVAS Y TECNICAS. CONVENIO DE BRAZALETES ZEBRA Z-BAND PARA MAQUINA ZEBRA HC 100 ADULTO  

2
Brazaletes o etiquetas de identificación de autopsia 113000 Unidad
Cod: 42261609
CONVENIO DE BRAZALETES ZEBRA Z-BAND PARA MAQUINA ZEBRA HC 100 PEDIATRICO SE ADJUNTAN BASES ADMINISTRATIVAS Y TECNICAS.  

3
Brazaletes o etiquetas de identificación de autopsia 600 Unidad
Cod: 42261609
CONVENIO DE BRAZALETES ZEBRA Z-BAND PARA MAQUINA ZEBRA HC 100 BEBE. SE ADJUNTAN BASES ADMINISTRATIVAS Y TECNICAS.  

1. Características de la licitación
Nombre de la licitación:
CONVENIO DE BRAZALETES DE SERVICIO FARMACIA.
Estado:
Publicada
Descripción:
SE REQUIERE: CONVENIO DE BRAZALETE ZEBRA Z-BAND (ADULTOS,PEDIATRICOS Y BEBE) PARA MAQUINA ZEBRA SOLICITADO POR UNIDAD DE FARMACIA DEL HOSPITAL DE SALAMANCA. SE ADJUNTAN BASES ADMINISTRATIVAS Y TECNICAS, SE ADJUNTAN FORMULARIOS EDITABLES. REQUIRENTE:JEFA DE FARMACIA.
Tipo de licitación:
Pública-Licitación Pública igual o superior a 100 UTM e inferior a 1.000 UTM (LE)
Tipo de convocatoria:
ABIERTO
Moneda:
Peso Chileno
Etapas del proceso de apertura:
Una Etapa
Contrato
Se requerirá suscripción de contrato
Toma de razón por Contraloría:
No requiere Toma de Razón por Contraloría
Publicidad de ofertas técnicas:
Las ofertas técnicas serán de público conocimiento una vez realizada la apertura técnica de las ofertas.
2. Organismo demandante
Unidad de compra:
SERVICIO SALUD COQUIMBO HOSP DE SALAMANC
R.U.T.:
61.606.408-8
Dirección:
AVENIDA INFANTE N°891
Comuna:
Salamanca
Región en que se genera la licitación:
Región de Coquimbo
3. Etapas y plazos
Fecha de cierre de recepción de la oferta: 30-04-2026 12:13:00
Fecha de Publicación: 20-04-2026 15:42:40
Fecha inicio de preguntas: 20-04-2026 18:02:00
Fecha final de preguntas: 23-04-2026 18:02:00
Fecha de publicación de respuestas: 24-04-2026 18:02:00
Fecha de acto de apertura técnica: 30-04-2026 12:14:00
Fecha de acto de apertura económica (referencial): 30-04-2026 12:14:00
Fecha de Adjudicación: 15-05-2026 12:14:00
Fecha de entrega en soporte fisico No hay información
Fecha estimada de firma de contrato 29-05-2026
Tiempo estimado de evaluación de ofertas No hay información
4. Antecedentes para incluir en la oferta
Adicionalmente, todos los proveedores para ofertar en esta licitación, deberán obligatoriamente confirmar y firmar electrónicamente la Declaración Jurada de Requisitos para Ofertar.
Documentos Administrativos
1.-  Formulario N°1, Presentación del Oferente, Carta Aceptación y Declaración del Oferente: Identificación completa del oferente y su Representante Legal cuando corresponda, incluyendo nombre completo, nacionalidad, estado civil, profesión u oficio, domicilios y números de cédula nacional de identidad. Declaración jurada simple en que el oferente declare estar en conocimiento de las características generales de la licitación, de su situación legal, de los antecedentes que forman parte de esta propuesta y de la aceptación de ésta en todas sus partes, así como la facultad privativa del Mandante de adjudicar la licitación.
2.-  Formulario N°2, Declaración Conflicto de Intereses: Cada oferente deberá completar todos los datos solicitados.
3.-  Formulario N°3, Declaración Jurada por Prácticas Antisindicales o Infracción a los Derechos Fundamentales del Trabajador, o delitos concursales establecidos en el Código Penal: Cada oferente deberá completar todos los datos solicitados.
4.-  Formulario N°4, Declaración Jurada Responsabilidad Penal de las Personas Jurídicas en los Delitos de Lavado de Activos, Financiamiento del Terrorismo y Delitos de Cohecho: Cada oferente deberá completar todos los datos solicitados.
5.-  Formulario N°5, LEY N°21.595 de delitos económicos declaración jurada simple persona natural utilizar formulario N°5-A o jurídica debe utilizar formulario N°5-B dependiendo de su situación.
6.-  Formulario N°6 Presentación del proponente unión temporal de proveedores: Identificación completa del oferente y representante legal cuando corresponda, incluyendo nombre completo, nacionalidad. Los oferentes deberán acompañar la escritura pública que da cuenta del acuerdo para participar de esta forma (UTP).
7.-  Formulario N°7 Programa de integridad: Cada proponente deberá completar obligatoriamente toda la información solicitada en este formulario.
Documentos Técnicos
1.-  Formulario N°9 Fecha de Vencimiento.
 
2.-  Formulario N°10 Especificaciones Técnicas.
 
3.-  Formulario N°11 Certificación de Calidad
 
4.-  Formulario N°12 Plazo de entrega de los insumos
 
Documentos Económicos
1.- ⮚ Formulario N°8, Carta Oferta Deberá ser llenado en conformidad a lo que se indica en el formulario correspondiente. Los proponentes deberán indicar: Unidad, Cantidad (según lo requerido en Bases Técnicas) y Precio Unitario en valor neto. En el caso que el interesado en presentar su propuesta sea una persona natural, deberá ofertar considerando ingresar el valor total incluido el porcentaje de retención. En caso de ser una empresa afecta a IVA, deberá ofertar considerando el valor total neto (sin IVA) por totalidad de los servicios requeridos. El precio de los servicios se indicará en el portal de www.mercadopublico.cl, vigente para el periodo a contratar, en moneda nacional, pesos. (Precio Neto) En caso de existir una discrepancia entre la cifra indicada en el portal y en el formulario respectivo, se entenderá como válido el valor indicado en el formulario para los efectos de la evaluación y eventual adjudicación.
5. Requisitos para contratar al proveedor adjudicado
Persona natural
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.
 
2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.
 
3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.
 
4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.
 
5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.
 
6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.
 
7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.
 
8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).
 
Documentos persona natural
- Fotocopia Legalizada de Cédula de Identidad
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
Persona jurídica
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.

2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.

3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.

4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.

5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.

6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.

7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.

8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).

Documentos persona jurídica
- Fotocopia Legalizada del Rut de la Empresa
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
- Certificado de Vigencia de la Sociedad
- (1) Certificado de Boletín de Informes Comerciales
- (1) Certificado de Quiebras/Convenio Judicial
6. Criterios de evaluación
ÍtemObservacionesPonderación
1 Fecha de Vencimiento Los oferentes deberán exponer fecha de vencimiento del insumo considerando DIA – MES – AÑO, proveedor debe llenar formulario adjunto en presente licitación. proveedor debe llenar adjunto en presente licitación, además de adjuntar ficha técnica de insumo ofertado. –(Formulario N°9) FECHA DE VENCIMIENTO PORCENTAJE De 3 años a más años 100 % Menos de 3 años a 1 año y 6 meses 70 % menos de 1 año 6 meses a 1 año 40 % menos de 1 año hasta los 6 meses 10 % No indica fecha de vencimiento 0 % 20%
2 Especificaciones Técnicas El siguiente criterio será evaluado de la siguiente manera: Formulario Nº 10 DETALLE PORCENTAJE Cumple con especificaciones técnicas de solicitadas. 100% No cumple con especificaciones técnicas solicitadas. 0% 20%
3 PRECIO El monto será el estipulado por cada oferente en el Formulario N° 8 (Oferta I.V.A incluido). La oferta que presente el menor monto con todos sus impuestos incluidos se calificará con un cien (100), las demás ofertas tendrán su puntaje de acuerdo al porcentaje de cercanía a la oferta menor. Puntaje Monto Oferta=((Oferta Menor)/(Oferta a Evaluar)*100) 28%
4 Cumplimiento de requisitos formales Dicho criterio será evaluado mediante la verificación de los siguientes documentos. DETALLE PORCENTAJE Formulario N°1 20% Formulario N°2 20% Formulario N°3 20% Formulario N°4 20% Formulario N°5 20% No adjunta, doc. Incompleto o ilegible 0% 5%
5 Presentación Certificado de Calidad El siguiente criterio será evaluado de la siguiente manera, el cual debe indicar y acreditar con documentación. Formularios Nº11 DETALLE PORCENTAJE Presenta Certificado de Calidad 100% No presenta certificado de Calidad 0% 10%
6 Plazo de entrega Proveedor debe indicar compromiso por plazo de entregar en las dependencias del Hospital de Salamanca. (no será considerado el plazo en despachar desde las dependencias del proveedor), formulario Nº12 El siguiente criterio será evaluado de la siguiente manera, además adjuntar documento en donde se comprometa a su plazo de entrega: despacho parcializado DETALLE PORCENTAJE Cumple e indica entrega igual o menor a 2 días hábiles desde la emisión de la orden de compra 100% Cumple e indica entrega de mayor a 2 a 4 días hábiles desde la emisión de la orden de compra 50% Cumple e indica entrega mayor a 4 días hábiles desde la emisión de la orden de compra 10% No cumple o no indica plazo de entrega de los productos 0% 15%
7 Programa de Integridad Para la evaluación de este criterio, se evaluará si el oferente posee un programa de integridad que sea implementado y conocido por su persona o trabajadores, lo cual deberá ser declarado en el Formulario N°7. “El programa de integridad se entiende como un conjunto de instrumentos internos que fomentan, entre los integrantes de una empresa u organización, un comportamiento apegado a determinados estándares éticos que contribuyen a las buenas prácticas, al respeto de la normativa vigente y a las creaciones de una cultura de probidad que permite evitar prácticas corruptas o delictivas”. Al fin de comprobar su declaración se deberá adjuntar a la oferta el referido programa de integridad y los antecedentes que den cuenta de que este es conocido por su personal, tal como: comunicado interno, afiche informativo, mail masivo, impresión de pantalla del sistema o programa, anexo de contrato de trabajo, constancia de la inducción, capacitación, seminarios, etc. De acuerdo con lo señalado, la as 2%

7. Montos y duración del contrato
Estimación en base a: Presupuesto Disponible
Fuente de financiamiento: No hay información
Contrato con Renovación: NO
Observaciones Sin observaciones
Plazos de pago: 30 días contra la recepción conforme de la factura
Opciones de pago: Transferencia Electrónica, Cheque
Nombre de responsable de pago: ANGELINA MORALES TORREBLANCA
e-mail de responsable de pago: angelina.morales@redsalud.gob.cl
Prohibición de subcontratación: Se permite subcontratación
8. Garantías requeridas
No hay información de Garantías
9. Requerimientos técnicos y otras cláusulas
Cláusula de Readjudicación
Si el respectivo adjudicatario se desiste de su oferta, no entrega los antecedentes legales para contratar y/o la garantía de fiel cumplimiento, no firma el contrato o no se inscribe en Chileproveedores en los plazos que se establecen en las presentes bases, la entidad licitante podrá dejar sin efecto la adjudicación y seleccionar al oferente que, de acuerdo al resultado de la evaluación le siga en puntaje, y así sucesivamente, a menos que, de acuerdo a los intereses del servicio, se estime conveniente declarar desierta la licitación.
Resolución de Empates
En caso de presentarse un empate entre 2 o más ofertas, ello se resolverá adjudicando al oferente que hubiese obtenido el mayor puntaje en el criterio “Precio” en caso de producirse empates en la evaluación de los criterios; de persistir el empate, se adjudicará la oferta con mayor puntaje en el segundo criterio individual con mayor relevancia de acuerdo con las bases Especificaciones Técnicas. De proseguir la situación, se continuará el mismo análisis con el siguiente de los criterios “Fecha de Vencimiento”. De proseguir la situación, se continuará el mismo análisis con el siguiente de los criterios Plazo de entrega De proseguir la situación, se continuará el mismo análisis con el siguiente de los criterios Certificado de Calidad De proseguir la situación, se continuará el mismo análisis con el siguiente de los criterios Cumplimiento de requisitos formales De proseguir la situación, se continuará el mismo análisis con el siguiente de los criterios y por último “Programa de integridad”. Presentación integral de documentación de los insumos

En el caso que, aplicado el procedimiento de resolución de empate antes descrito, se siga manteniendo el empate en la calificación de los oferentes que haya ingresado su oferta al portal, según da cuenta el comprobante ingreso de oferta electrónico o soporte físico (para el caso de las ofertas que se acojan al artículo N°115 del reglamento de compras públicas


REVOCACION DE LA LICITACION
De acuerdo con lo indicado en el artículo N°61 de la ley N°19.880 que establece bases de los procedimientos administrativos que rigen los actos de los órganos de la administración del estado, el hospital podrá otorgar el estado “revocada” a una licitación que ya se encuentre publicada en el portal, en base a una decisión debidamente justificada, en donde el hospital se desiste, de seguir el flujo normal que conduce a la adjudicación. No procederá la revocación, según lo indicado en el artículo N°61 de la ley N°19.880, en los siguientes casos: a) Cuando se trate de actos declarativos o creadores de derechos adquiridos legítimamente; b) Cuando la ley haya determinado expresamente otra forma de extinción de los actos; o c) Cuando, por su naturaleza, la regulación legal del acto impida que sean dejados sin efecto.
SUSPENSION DE LA LICITACION
De acuerdo a lo indicado en el artículo N°57 de la ley N°19.880 que establece bases de los procedimientos administrativos que rigen los actos de los órganos de la administración del estado, una licitación podrá pasar al estado de suspendida, esto es, que dicho proceso licitatorio quedara congelado por una cantidad determinada de días y posteriormente seguir con el curso normal de la licitación, cuando el tribunal de contratación pública ordena la suspensión de la licitación, indicando a través del respectivo oficio el periodo de días en que el procedimiento estará suspendido. La licitación podrá ser suspendida por el tribunal de contratación pública desde la aprobación de las bases, hasta la adjudicación. La suspensión, será tramitada siempre que concurra alguno de los supuestos que contemple el citado artículo N°57 de la ley N°19.880, medida que puede ser ordenada tanto a petición del interesado como de oficio, en concordancia con lo establecido en el artículo N°8 de la ley N°18.3575 y N°32 de la ley N°19.880.
ADJUDICACION
El Hospital de Salamanca dentro del plazo establecido en la ficha del portal, adjudicará la oferta que obtenga el mayor puntaje como resultado de la evaluación técnica y económica, habiendo aplicado los criterios de evaluación establecidos en las presentes bases. El hospital adjudicara a un único oferente en el ítem de la materia de encargo. La adjudicación de la propuesta se efectuará a través del portal, mediante resolución exenta del hospital, la que será publicada y notificada al adjudicatario y al resto de los oferentes por el mismo medio. La notificación de dicha resolución se concretará luego de 24 horas transcurridas desde que se publique en el portal (Articulo N°9 del reglamento de compras públicas). Según lo indicado en el inciso 2° del artículo 58 del reglamento de compras públicas, cuando la adjudicación no se realice dentro del plazo señalado en las bases de licitación, el hospital de salamanca informara en el sistema de información las razones que justifican el incumplimiento del plazo para adjudicar e indicara un nuevo plazo para adjudicación. El acto de adjudicación no genera vínculos contractuales entre el adjudicatario y el hospital y podrá dejarse sin efecto en los casos: Los casos en que procederá dejar sin efecto la adjudicación serán los siguientes: a) Si se trata de la readjudicación en los términos descritos en el artículo N°21.3 de las presentes bases, siendo estas causales atribuibles al adjudicatario. b) Si se trata de una reevaluación efectuada por el hospital a consecuencia de una corrección del acta de evaluación motivada por algún incidente de los oferentes generado a través del reclamo por el portal, frente a la observancia de errores en la evaluación respectiva. c) Por error involuntario en el proceso operativo de la adjudicación en el portal, por parte del hospital. d) Si se constata que el adjudicatario presentó documentación falsa o adulterada.
1 MODIFICACIONES A LA FECHA DE ADJUDICACION
En caso de no cumplirse con la fecha de adjudicación indicada en la ficha del portal de la licitación, el hospital publicara una nueva fecha y hora en el icono “mostrar fechas” de la licitación, señalando las razones de incumplimiento del plazo de adjudicación inicial. Dicha modificación de la fecha de adjudicación se formalizará mediante la emisión de resolución exenta del director. Las razones de un eventual incumplimiento del plazo de adjudicación inicialmente establecido podrán ser las siguientes, sin que la numeración resulte taxativa: - No se logró conformar la comisión evaluadora dentro de las fechas correspondientes. - En caso de que las ofertas recibidas requieran mayor tiempo de estudio por parte de la comisión de evaluación debido a su complejidad. - Por requerir aclaraciones a las ofertas no previstas en los plazos determinados para el proceso de evaluación. - Retraso de las firmas del acta de evaluación de ofertas. - Retraso en las firmas de la resolución exenta que aprueba la adjudicación, lo anterior por compromiso de los miembros de la comisión de evaluación o del director o subrogantes. - Por motivos de fuerza mayor, emergencia o imprevistos. La nueva fecha de adjudicación no podrá exceder la vigencia de la oferta estipulada en el artículo N°7 de las presentes bases.
INADMISIBILIDAD DE LAS OFERTAS
El hospital declarará inadmisible las ofertas cuando determine que estas no se ajustan a los requerimientos señalados en las bases de licitación, la ley o reglamento. En todos los casos, la resolución del hospital deberá ser fundada y publicada en el sistema de información. Según lo establecido en el artículo N°60 del reglamento de compras públicas, se declarará inadmisible una o más ofertas cuando se presenten en un procedimiento de contratación, ofertas simultaneas respecto de un mismo bien o servicio por parte de empresas pertenecientes al mismo grupo empresarial o relacionada entre sí, según dispone el artículo N°9 de la ley de compras. En este caso, la entidad licitante considerará para efectos de la evaluación de la licitación pública, solo la oferta más conveniente de los respectivos proveedores del mismo grupo empresarial o relacionadas entre sí, según los criterios establecidos en las bases, y declarará inadmisible las demás. En caso de que las bases no se señalen criterios específicos, será considerada como oferta más ventajosa la de menor precio, siempre que no se encuentre en el supuesto del artículo N°61 del reglamento de compras públicas.
DESERCION
Se declara desierta la licitación (según lo indicado en el artículo N°9 de la Ley N°19.886), en los siguientes: - Si no se presentan ofertas. - Cuando todas las ofertas no fueran admisibles. - Si las condiciones del servicio ofertadas no son convenientes para los intereses del hospital de salamanca. En ambos casos deberá ser formalizada mediante resolución exenta correspondiente. En los casos detallados en párrafos precedentes, cuando se declare desierta la licitación, el hospital podrá efectuar un nuevo llamado a licitación pública, llamado a licitación privada o adquirir mediante trato directo, de acuerdo al artículo N°73 del reglamento de compras pública.
READJUDICACION
El hospital podrá re-adjudicar la licitación al oferente que siga en orden de prelación de acuerdo con el puntaje obtenido, mediante la emisión de un nuevo acto administrativo, dejando sin efecto la adjudicación previa y aprobando la readjudcación correspondiente, en los siguientes casos: a) Si el adjudicatario no entrega garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato si ha sido solicitada en las presentes bases de licitación. b) Si al adjudicatario se desiste de su oferta. c) Si el adjudicatario es inhábil para contratar con el estado en los términos del artículo N°4 de la ley N°19.886 o en virtud de la ley N°20.393, o no proporciona los documentos que le sean requeridos para verificar dicha condición. d) No encontrarse inscrito y hábil en el registro oficial de proveedores, chile proveedores, dentro del plazo máximo de 15 días hábiles desde la adjudicación. e) Si se constata que el adjudicatario presentó documentación falsa o adulterada. En caso de re-adjudicar, se elegirá la oferta con el segundo mejor puntaje. Si esta oferta no se puede re-adjudicar se continuará con la siguiente y así sucesivamente. La readjudicación no podrá exceder los 60 días corridos contados desde la notificación de la adjudicación original. Se debe establecer que todo lo expresado en el presente artículo en lo que se refiera al acto de invalidación de la adjudicación, deserción y/o readjudicación, tendrá lugar en la medida que se dé cumplimiento a lo indicado en el artículo N°53 de la ley N°19.880.
10. Demandas ante el Tribunal de Contratación Pública
No cuenta con demandas ante el Tribunal de Contratación Pública.